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Concellos e deputacións
Convocatoria
Las Palmas
Ingeniero/a Técnico/a Industrial
Cabildo Insular de Fuerteventura · Canarias
Prazas
1
segundo a publicación
Grupo
A2
segundo a publicación
Sistema
Concurso-oposición
Laboral
Estado do proceso
- Convocada: feito
- Solicitudes: fase actual
- Listaxes
- Exame
- Aprobados
- Nomeamentos
Fase 2 de 6 · Solicitudes
- Convocada
- Prazo de solicitudes
- Seguinte: listaxes de admitidos
Última novidade: convocatoria (02/10/2026). Datas orientativas: confírmaas no boletín.
Podo presentarme?
- Titulación Requisito: Universitario oficial de Ingeniero/a Técnico/a Industrial o título oficial universitario de Grado que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada s…Nivel mínimo: Grao universitario
- Quen pode presentarse Quenda libre: calquera persoa que cumpra os requisitos.
- Prazo de solicitudes Quedan 8 días (ata o 22/10/2026).
- Como presentarse A solicitude preséntase na sede electrónica ou no rexistro do organismo convocante; os pasos exactos veñen na publicación oficial ↗.
- Tipo
- Convocatoria
- Título oficial
- Convocatoria y bases para seleccionar 1 plaza de Ingeniero/a Técnico/a Industrial
- Convoca
- Cabildo Insular de Fuerteventura
- Ámbito
- Concellos e deputacións
- Acceso
- Quenda libre
- Titulación
- Universitario oficial de Ingeniero/a Técnico/a Industrial o título oficial universitario de Grado que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada s…
- Publicada
- 02/10/2026 en Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas
- Fonte
- Baseado en datos de Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas ↗. Última comprobación: 14/10/2026.
3 temas segundo a publicación.
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TEMARIO DE INGENIERO/A TÉCNICO/A INDUSTRIAL TEMAS GENERALES
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Título preliminar. La organización territorial del Estado: Principios generales, de la Administración local. Procedimiento de reforma de la Constitución.
Tema 2. Ley 3/2026, de 16 de junio, de Cabildos Insulares: competencias de los cabildos insulares: disposiciones generales; competencias de los cabildos insulares como órganos de gobierno, administración y representación de las islas: disposiciones generales.
Tema 3. Reglamento Orgánico del Cabildo Insular de Fuerteventura: Órganos de Gobierno. El pleno: naturaleza y composición, atribuciones, sesiones, tipo de sesiones, celebración y convocatoria de las sesiones. La Presidencia: atribuciones, formas de las normas, actos y decisiones de la Presidencia, delegación de atribuciones. Tema 4. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. De los interesados en el procedimiento: la capacidad de obrar y el concepto de interesado. Identificación y firma de los interesados en el procedimiento administrativo.
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Mediante Resolución 6654/2026 de la Consejera de Área Insular de Hacienda, Promoción Económica, Recursos Humanos, Deportes y Movilidad Sostenible, de fecha 28 de septiembre de 2026, se ha procedido a aprobar la convocatoria y las siguientes bases específicas por las que se regirá el proceso selectivo de una (1) plaza de funcionario de carrera denominada Ingeniero/a Técnico/a Industrial, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Grupo A, Subgrupo A2, mediante el sistema de concurso-oposición por el turno libre, así como la configuración de la lista de reserva, para el Cabildo de Fuerteventura, incluida en la Oferta de Empleo Público 2023, en el sentido siguiente:
Primero. Aprobar la convocatoria y las siguientes bases específicas por las que se regirá el proceso selectivo, de una (1) plaza de funcionario de carrera denominada Ingeniero/a Técnico/a Industrial, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Grupo A, Subgrupo A2, mediante el sistema de concurso-oposición por el turno libre, así como la configuración de la lista de reserva, para el Cabildo de Fuerteventura, conforme a las Bases Generales para la selección de personal funcionario de carrera y laboral fijo aprobadas mediante Resolución del Consejero de Recursos Humanos de 11 de junio de 2015 (BOP de Las Palmas número 77, de 17 de junio de 2015), modificadas por Resolución de 3 de diciembre de 2021 (BOP de Las Palmas número 150, de 15 de diciembre de 2021).
BASES ESPECÍFICAS DE SELECCIÓN POR LA QUE SE REGIRÁ EL PROCESO SELECTIVO DE UNA PLAZA DE INGENIERO/A TÉCNICO/A INDUSTRIAL V ACANTE EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE FUERTEVENTURA, POR EL TURNO LIBRE, INCLUIDA EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2023.
PRIMERA. CARACTERÍSTICAS DEL PUESTO DE TRABAJO OBJETO DE LA CONVOCATORIA:
Denominación del puesto: Ingeniero/a Técnico/a Industrial.
Vínculo: Funcionario.
Ubicación: Servicio de Obras y Maquinaria.
Número de puestos: 1.
SEGUNDA. CARACTERÍSTICAS DE LA PLAZA:
Plazas incluidas en la Oferta de Empleo Público de 2023 del Cabildo Insular de Fuerteventura (B.O.P. de Las Palmas, número 157, de 29/12/2023).
Denominación: Ingeniero/a Técnico/a Industrial.
Escala: Administración Especial.
Subescala: Técnica.
Clase: Técnico Medio.
Grupo de Clasificación: A, Subgrupo: A2.
Número de plazas: 1.
TERCERA. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES:
Además de lo dispuesto en la Base Cuarta de las Bases Generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Cabildo de Fuerteventura para la selección de funcionarios de carrera y personal laboral fijo, se requiere lo siguiente:
- Título universitario oficial de Ingeniero/a Técnico/a Industrial o título oficial universitario de Grado que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada según establecen las Directivas Comunitarias.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso la homologación.
- Estar en posesión del carnet de conducir B.
CUARTA. SOLICITUDES:
Se estará a lo dispuesto en la Base Quinta de las Bases Generales. El plazo de presentación será de VEINTE DÍAS NATURALES, contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán presentarán su solicitud telemáticamente a través de la sede electrónica del Cabildo de Fuerteventura (Ofertas de Empleo- Convocatorias - https://cabildofuer.convoca.online), junto a la documentación requerida.
Los aspirantes deberán aportar junto a la solicitud los documentos acreditativos de los méritos alegados. No será necesaria la compulsa de los documentos que se presenten, bastando la declaración responsable sobre la autenticidad de los mismos, así como de los datos que figuran en la instancia, sin perjuicio de que, en cualquier momento, el tribunal calificador o los órganos competentes del Cabildo de Fuerteventura, puedan requerir a los aspirantes que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados y que hayan sido objeto de valoración. La fecha límite para la alegación de los méritos y la presentación de los documentos relativos a los mismos será la de finalización del plazo de presentación de solicitudes. En ningún caso se valorarán méritos no alegados en la solicitud o no acreditados documentalmente en el plazo de presentación de solicitudes La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la inadmisión del aspirante al proceso selectivo.
QUINTA. DERECHOS DE EXAMEN:
Se estará a lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por inscripción en pruebas selectivas del personal al servicio del Cabildo de Fuerteventura, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, número 98 de fecha 30 de junio de 2010.
Para la plaza de Ingeniero/a Técnico/a Industrial el/la aspirante debe abonar 40 euros.
SEXTA. ADMISIÓN DE LOS ASPIRANTES:
Se estará a lo dispuesto en la Base Sexta de las Bases Generales.
SÉPTIMA. TRIBUNAL:
Se estará a lo dispuesto en la Base Séptima de las Bases Generales.
OCTA V A. SISTEMA SELECTIVO:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.6 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y en la Base Octava de las Bases Generales, el sistema selectivo aplicable será el de concurso-oposición.
La elección de este sistema se fundamenta en la especial naturaleza técnica y el elevado grado de especialización de las funciones propias de la plaza de Ingeniero/a Técnico/a Industrial, que requieren conocimientos especializados para la elaboración de proyectos, estudios e informes técnicos, la dirección, inspección y supervisión de obras e infraestructuras, el control técnico y económico de su ejecución, la redacción de pliegos de prescripciones técnicas, la realización de cálculos, valoraciones y tasaciones, la tramitación de expedientes de carácter técnico y el asesoramiento especializado a los distintos servicios de la Corporación. De conformidad con la doctrina jurisprudencial sobre la utilización del sistema de concurso-oposición, la motivación específica y la justificación de la proporcionalidad de este sistema, constan debidamente acreditadas en el informe técnico emitido por el Servicio de Recursos Humanos que obra en el expediente administrativo de esta convocatoria.
Asimismo, la configuración del proceso selectivo garantiza el carácter predominante de la fase de oposición, que constituye el elemento esencial para determinar la idoneidad de las personas aspirantes, mientras que la fase de concurso tendrá carácter no eliminatorio y una incidencia limitada en la puntuación total del proceso selectivo, respetándose plenamente los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad recogidos en los artículos 23.2 y 103.3 de la Constitución Española, así como en el artículo 55 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
NOVENA. DESARROLLO DEL PROCESO SELECTIVO:
Se estará a lo dispuesto en la Base Octava de las Bases Generales.
DÉCIMA. DESCRIPCIÓN DEL PROCESO SELECTIVO:
Atendiendo a lo establecido en la Base Octava y Novena de las Bases Generales, el sistema selectivo que se aplicará en esta convocatoria será de concurso-oposición:
A. FASE DE OPOSICIÓN:
La fase de oposición constará de dos ejercicios, ambos eliminatorios, siendo la puntuación final la suma de las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios. La calificación máxima de la fase de oposición será de 20 puntos.
Primer ejercicio, de carácter teórico. Tendrá una duración máxima de 180 minutos.
Consistirá en el desarrollo por escrito de dos temas completos extraídos por sorteo público en presencia de los aspirantes:
- Un (1) tema a elegir por el aspirante de entre dos (2) extraídos del bloque de Temas Generales.
- Un (1) tema a elegir por el aspirante de entre cuatro (4) extraídos del bloque de Temas Específicos. Cada uno de los dos temas seleccionados se calificará de 0 a 10 puntos. Para superar este primer ejercicio, el aspirante deberá obtener una puntuación mínima de 5,00 puntos en cada uno de los dos temas desarrollados de manera individual.
La calificación global del primer ejercicio será la media aritmética de ambos temas, siempre que se haya cumplido el mínimo exigido en cada uno.
Segundo ejercicio, de carácter práctico. Tendrá una duración máxima de 180 minutos.
Consistirá en la resolución por escrito de dos (2) supuestos prácticos a elegir libremente por el aspirante de entre cuatro (4) propuestos por el Tribunal, relacionados de forma directa con el temario específico de la convocatoria.
Cada supuesto práctico se calificará de 0 a 10 puntos, siendo indispensable obtener una puntuación mínima de 5,00 puntos en cada uno de ellos para superar el ejercicio.
La calificación global de este segundo ejercicio será el resultado de calcular la media aritmética de ambos supuestos.
B. FASE DE CONCURSO:
Accederán a la fase de concurso únicamente las personas aspirantes que hayan superado los dos ejercicios de la fase de oposición.
Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, conforme al siguiente baremo:
1. Experiencia Profesional (Máximo 1,50 puntos):
a.1) Por servicios prestados en cualquier Administración Pública, en plazas o puestos de trabajo con funciones propias de la profesión de Ingeniero Técnico Industrial e integradas en el mismo Subgrupo A2 (Escala de Administración Especial): 0,04 puntos por mes completo de servicio.
* Para la acreditación de la experiencia profesional se deberá aportar la siguiente documentación:
- Certificación de servicios prestados expedido por la unidad de recursos humanos competente, en el que conste los periodos de servicios prestados con el tiempo exacto de duración de los mismos, especificando los siguientes datos para cada uno de dichos periodos: Vínculo, Grupo, Subgrupo, Escala, subescala, clase, rama y especialidad.
- Informe de vida laboral.
a.2) Por servicios prestados en empresas públicas o sector privado, por cuenta ajena, en puestos de trabajo de la misma categoría y titulación acreditada mediante contrato y vida laboral: 0,03 puntos por mes completo de servicio.
2. Méritos Formativos y de Perfeccionamiento (Máximo 0,50 puntos):
Se valorarán los cursos realizados que tengan relación con las materias objeto de la convocatoria que hayan sido impartidos o reconocidos por Universidades, Centros Oficiales de Formación (INAP, ICAP o análogos), Administraciones Públicas y Consorcios de Administraciones Públicas (FECAI, FECAM o análogos), y de sindicatos incluidos en planes de formación continua para empleados públicos. La puntuación máxima que puede obtenerse por este concepto de méritos académicos será de 0,50 puntos y se otorgará de acuerdo con el siguiente baremo: b.1) Cursos de hasta 20 horas: 0,20 puntos.
b.2) Cursos entre 21 y 60 horas: 0,30 puntos.
b.3) cursos de más 60 horas: 0,50 puntos.
El Tribunal publicará la puntuación provisional de la fase de concurso, abriéndose un plazo de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES para la presentación de alegaciones. Tras su resolución, se elevará a definitiva.
DECIMOPRIMERA. CRITERIOS DE CALIFICACIÓN:
CONOCIMIENTO DE LA MATERIA OBJETO DEL EJERCICIO.
Primer ejercicio de naturaleza teórica: La duración máxima será de 180 minutos Desarrollo de dos temas:
1. Estructura del tema y su desarrollo.
Organización del tema: índice, introducción y estructuración ordenada de los contenidos objeto del tema.
2. Conocimiento y profundidad del tema.
Desarrollo completo, equilibrado y coherente de los contenidos del tema.
Nivel de conocimiento acreditado sobre los distintos apartados del tema.
Correcta utilización de los conceptos específicos y de la terminología técnica propia de la materia. Adecuada fundamentación mediante referencias normativas, conceptos y demás contenidos relacionados con la materia objeto de examen.
Relación de los contenidos del tema con otras materias del programa, cuando resulte procedente.
3. Presentación, orden y redacción del tema.
Presentación adecuada y corrección ortográfica, gramatical y sintáctica del texto.
Claridad expositiva de las ideas, argumentación ordenada y coherencia en el desarrollo del tema, evitando repeticiones, reiteraciones innecesarias o deficiencias relevantes en la exposición.
Segundo ejercicio de carácter práctico: La duración máxima será de 180 minutos.
Supuesto práctico:
Se valorará el planteamiento realizado por la persona aspirante para la resolución del supuesto, la identificación de las cuestiones planteadas, la correcta aplicación de la normativa y de los conocimientos técnicos exigibles, la capacidad de análisis y razonamiento, así como la claridad, coherencia y fundamentación de la solución propuesta. ORTOGRAFÍA.
En la corrección de los ejercicios escritos se valorará la corrección ortográfica de los textos elaborados por las personas aspirantes. A estos efectos, se considerarán faltas de ortografía los errores cometidos en la aplicación de las normas ortográficas vigentes de la Real Academia Española.
Los ejercicios que presenten faltas de ortografía serán penalizados en los siguientes términos:
Por cada falta derivada de la incorrecta aplicación de las reglas de acentuación o del uso indebido de vocales o consonantes se descontarán 0,10 puntos de la calificación del ejercicio.
La reiteración de una misma falta ortográfica se computará como una única falta.
La correcta utilización de los signos de puntuación se valorará dentro de los criterios relativos a la claridad, orden, coherencia y calidad de la exposición escrita. Los errores de puntuación no serán objeto de una penalización específica.
La revisión ortográfica únicamente se realizará respecto de aquellos ejercicios que hayan alcanzado una calificación igual o superior a cinco (5) puntos.
CALIGRAFÍA.
Los ejercicios deberán presentarse de forma legible. Cuando la escritura utilizada impida la lectura y comprensión del ejercicio, el Tribunal, mediante acuerdo motivado adoptado por mayoría de sus miembros, podrá calificarlo como «no apto».
DECIMOSEGUNDA. SUPERACIÓN DEL PROCESO SELECTIVO, LISTADO DE APROBADOS, ACREDITACIÓN DE REQUISITOS Y NOMBRAMIENTO.
Se estará a lo dispuesto en las Bases Generales.
En caso de empate en la calificación definitiva del proceso de selección, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1. La mayor puntuación obtenida en la fase oposición.
2. La mayor puntuación obtenida en la parte práctica de la fase de oposición.
3. La mayor puntuación alcanzada en la parte teórica de la fase de oposición.
4. La mayor puntuación alcanzada en la fase de concurso.
5. La mayor puntuación alcanzada en la experiencia profesional.
En caso de que, a pesar de la utilización sucesiva de todos los criterios anteriores, persistiera el empate, se dirimirá por sorteo en acto público entre los aspirantes afectados.
DECIMOTERCERA. CONSTITUCIÓN LISTA DE RESERV A EN LA PLAZA CONVOCADA.
En el caso de que existieran candidatos que hayan superado el proceso selectivo y no puedan ser nombrados funcionarios de carrera, se confeccionará una lista de reserva.
La lista de reserva que se configure, como consecuencia del proceso selectivo a que se refieren las presentes bases, se regirá en todos sus términos por las disposiciones contenidas en las normas de funcionamiento de las listas de reserva para cubrir interinidades y contrataciones temporales del Cabildo Insular de Fuerteventura. DECIMOCUARTA. COMUNICACIONES E INCIDENCIAS.
Se estará a lo dispuesto en la Base Decimocuarta de las Bases Generales.
TEMARIO DE INGENIERO/A TÉCNICO/A INDUSTRIAL TEMAS GENERALES
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Título preliminar. La organización territorial del Estado: Principios generales, de la Administración local. Procedimiento de reforma de la Constitución.
Tema 2. Ley 3/2026, de 16 de junio, de Cabildos Insulares: competencias de los cabildos insulares: disposiciones generales; competencias de los cabildos insulares como órganos de gobierno, administración y representación de las islas: disposiciones generales.
Tema 3. Reglamento Orgánico del Cabildo Insular de Fuerteventura: Órganos de Gobierno. El pleno: naturaleza y composición, atribuciones, sesiones, tipo de sesiones, celebración y convocatoria de las sesiones. La Presidencia: atribuciones, formas de las normas, actos y decisiones de la Presidencia, delegación de atribuciones. Tema 4. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. De los interesados en el procedimiento: la capacidad de obrar y el concepto de interesado. Identificación y firma de los interesados en el procedimiento administrativo.
Tema 5. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Iniciación del procedimiento, disposiciones generales, iniciación del procedimiento de oficio por la administración, inicio del procedimiento a solicitud del interesado. Ordenación del procedimiento. Instrucción del procedimiento; disposiciones generales.
Tema 6. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Finalización del procedimiento. De la revisión de los actos en vía administrativa, recursos administrativos.
Tema 7. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: De los distintos tipos de contratos de las Administraciones Públicas. Del contrato de obras.
Tema 8. La prevención de los riesgos laborales: Disposiciones generales. Órganos de control. Responsabilidades y sanciones. Estructura orgánica para la prevención de riesgos laborales en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Tema 9. Estatuto básico del Empleado Público. El personal al servicio de las Entidades Locales: concepto y clases de empleados públicos. Derechos de los empleados públicos. Deberes de los empleados públicos. Código de conducta. Principios éticos y de conducta.
Tema 10. Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y acceso a la información pública: Principios informadores. Obligación de la transparencia. Medios de acceso a la información. Unidades responsables de la información pública.
Tema 11. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: Título I: Disposiciones generales. Título II: Principios de Protección de datos. Título III: Derechos de las personas.
Tema 12. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres: Objeto y ámbito de aplicación. El principio de igualdad y trato entre mujeres y hombres. consecuencias jurídicas de las conductas discriminatorias. Criterios generales de actuación de los poderes públicos. Ley canaria de igualdad entre mujeres y hombres: Principios generales.
TEMAS ESPECÍFICOS
Tema 13. Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos y otras medidas administrativas complementarias. Objeto y ámbito de aplicación. De las competencias.
Tema 14. Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos y otras medidas administrativas complementarias. De las licencias de actividad clasificada: ámbito y aplicación: régimen procedimental general. Tema 15. Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos y otras medidas administrativas complementarias. Del inicio de la actividad. Modificación y extinción de la licencia de instalación de actividad clasificada.
Tema 16. Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos y otras medidas administrativas complementarias. De la comunicación previa a la instalación y apertura de actividades clasificadas no sometidas al régimen de autorización. De la autorización de espectáculos públicos.
Tema 17. Decreto 52/2012, de 7 de junio, por el que se establece la relación de actividades clasificadas y se determinan aquellas a las que le resulta de aplicación el régimen de autorización administrativa previa. Tema 18. Decreto 86/2013, de 1 de agosto, por el que se aprueba el reglamento de actividades clasificadas y espectáculos públicos. Objeto y ámbito de aplicación. Asunción y ejercicio de competencias municipales por los Cabildos Insulares.
Tema 19. Decreto 86/2013, de 1 de agosto, por el que se aprueba el reglamento de actividades clasificadas y espectáculos públicos. Requisitos y condiciones técnicas de las actividades clasificadas y espectáculos públicos: Medidas para la protección de la seguridad y la salud Tema 20. Decreto 86/2013, de 1 de agosto, por el que se aprueba el reglamento de actividades clasificadas y espectáculos públicos. Requisitos y condiciones técnicas de las actividades clasificadas y espectáculos públicos: Medidas de control de aforos y Personal de control de acceso.
Tema 21. Ley 4/2017, de 13 de julio, del suelo y espacios naturales protegidos de Canarias. Disposiciones organizativas: Principios generales y administraciones competentes.
Tema 22. Ley 4/2017, de 13 de julio, del suelo y espacios naturales protegidos de Canarias. Intervención a través de actos autorizatorios y comunicaciones previas: Disposiciones generales:
Tema 23. Ley 4/2017, de 13 de julio, del suelo y espacios naturales protegidos de Canarias. Intervención a través de actos autorizatorios y comunicaciones previas: Régimen jurídico de las licencias urbanísticas. Tema 24. Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicadas a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencias. Ámbito de aplicación. Elaboración de los planes de Autoprotección. Plan de Autoprotección. Tema 25. Decreto 67/2015, de 30 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Autoprotección exigible a determinadas actividades, centros o establecimiento que puedan dar origen a situaciones de emergencia en la Comunidad Autónoma de Canarias: Objeto y finalidades, Ámbito de aplicación, Administraciones Públicas de Canarias competentes en materia de autoprotección.
Tema 26. Decreto 67/2015, de 30 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Autoprotección exigible a determinadas actividades, centros o establecimiento que puedan dar origen a situaciones de emergencia en la Comunidad Autónoma de Canarias: Personal técnico con competencias para la elaboración de planes de autoprotección, Implantación de los planes de autoprotección, mantenimiento de los planes de autoprotección. Tema 27. Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión: Objeto, Campo de aplicación, Instalación eléctrica, Clasificación de las tensiones, Frecuencia de las redes, Tipos de suministro, Ordenación de cargas, Ejecución y puesta en servicio de las instalaciones, Información a los usuarios, Cumplimiento de las prescripciones.
Tema 28. Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión: ITC-BT03 Tema 29. Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión: ITC-BT04 Tema 30. Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión: ITC-BT05 Tema 31. Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión: ITC-BT028.
Tema 32. Decreto 141/2009, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los procedimientos administrativos relativos a la ejecución y puesta en servicio de las instalaciones eléctricas en Canarias: Disposiciones generales.
Tema 33. Decreto 141/2009, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los procedimientos administrativos relativos a la ejecución y puesta en servicio de las instalaciones eléctricas en Canarias: Puesta en servicio de instalaciones eléctricas.
Tema 34. Decreto 141/2009, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los procedimientos administrativos relativos a la ejecución y puesta en servicio de las instalaciones eléctricas en Canarias: Documentación calidad y certificación: Elaboración y contenido de los documentos técnicos.
Tema 35. Decreto 141/2009, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los procedimientos administrativos relativos a la ejecución y puesta en servicio de las instalaciones eléctricas en Canarias: Documentación calidad y certificación: Certificación de las instalaciones.
Tema 36. Decreto 141/2009, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los procedimientos administrativos relativos a la ejecución y puesta en servicio de las instalaciones eléctricas en Canarias: Mantenimiento, Revisiones y organismos de control autorizados (OCA): Revisiones periódicas, Actuaciones de los organismos de control autorizados (OCA).
Tema 37. Real decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la edificación: Disposiciones generales.
Tema 38. Real decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la edificación: Condiciones técnicas y administrativas.
Tema 39. CTE: Documento Básico SI Seguridad en caso de Incendio SI 1. Propagación interior Tema 40. CTE: Documento Básico SI en caso de Incendio SI 3. Evacuación de ocupantes Tema 41. CTE: Documento Básico SI en caso de Incendio SI 4. Instalaciones de protección contra incendios, Documento Básico SI en caso de Incendio SI 5. Intervención de los bomberos Tema 42. CTE: Documento Básico SUA Seguridad de utilización y accesibilidad con comentarios SUA 4. Seguridad frente al riesgo causado por iluminación inadecuada Tema 43. CTE: Documento Básico SUA Seguridad de utilización y accesibilidad con comentarios SUA 7. Seguridad frente al riesgo causado por vehículos en movimiento Tema 44. Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios: Empresas instaladoras Tema 45. Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios: Empresas mantenedoras Tema 46. Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios: Instalación, puesta en servicio y mantenimiento de instalaciones de protección contra incendios, Inspecciones periódicas de Instalaciones de protección contra incendios Tema 47. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: Del contrato de obras: Actuaciones preparatorias del contrato de obras Tema 48. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: Del contrato de obras: Ejecución del contrato de obras, Cumplimiento del contrato de obras.
Tema 49. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: Del contrato de servicios. Tema 50. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: Encargos a medios propios Tema 51. Plan Insular de Cooperación a las Obras y Servicios de Competencia Municipal (PICOS) Tema 52. Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.
Tema 53. Bases de ejecución del presupuesto general del cabildo de Fuerteventura: Tipo de modificaciones de crédito, Créditos extraordinarios y suplementos de Crédito, Transferencias de crédito.
Tema 54. Caminos rurales. Criterios de diseño. El tráfico. Elementos de la geometría del camino rural. Curvas. Traza y perfiles. Sobreanchos y apartaderos. Subases y firmes Tema 55. Real Decreto 1627/1997, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción: Disposiciones específicas de seguridad y salud durante las fases de proyecto y ejecución de las obras Tema 56. Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera: Disposiciones generales.
Tema 57. Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera: Evaluación y gestión de la calidad del aire, Prevención y control de las emisiones.
Tema 58. Ley 2/2018, de 28 de septiembre, de régimen jurídico de la inspección técnica de vehículos en Canarias: Disposiciones generales, Disposiciones relativas al antiguo régimen concesional.
Tema 59. Decreto 47/2020, de 21 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento que regula la Inspección Técnica de Vehículos en Canarias. Disposiciones generales. Estaciones ITV .
Tema 60. Ley 6/2022, de 27 de diciembre, de cambio climático y transición energética de Canarias: Medidas en materia presupuestaria y de contratación pública Si en la fecha de celebración de los ejercicios se hubiese modificado o derogado la legislación que regula la materia objeto del temario se entenderá que será de aplicación la legislación que en esa fecha entra en vigor. Segundo. Las bases específicas se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, en el Tablón de Anuncio de la Corporación, y en la web de la Corporación (www.cabildofuer.es, en ofertas de empleo). Tercero. Publicar el extracto de la correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE), fecha a partir de la cual se computará el plazo de VEINTE (20) DÍAS NATURALES para la presentación de solicitudes de participación.
Cuarto. La correspondiente Resolución se dará cuenta a los Servicios de Intervención y Recursos Humanos y al Pleno de la Corporación a los efectos oportunos.
El presente acto administrativo pone fin a la vía administrativa, y en consecuencia podrá ser recurrido potestativamente en reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado o ser impugnado directamente ante el Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, según disponen los artículos 123 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
En su caso, no se podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del Recurso de Reposición interpuesto.
El plazo para la interposición del Recurso de Reposición será de UN MES.
Transcurrido dicho plazo, únicamente podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del Recurso Extraordinario de Revisión.
El plazo para interponer el Recurso Contencioso-Administrativo será de DOS MESES contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto.
Puerto del Rosario, a veintiocho de septiembre de dos mil veintiséis.
LA CONSEJERA DE ÁREA INSULAR DE HACIENDA, PROM, ECONOC., REC HUM, DEP Y MOV .
S, [nombre omitido].
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