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Estado
Libre designación
Resolución de 26 de noviembre de 2025, de la Subsecretaría, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.
Subsecretaría
- Tipo
- Libre designación
- Título oficial
- Resolución de 26 de noviembre de 2025, de la Subsecretaría, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.
- Convoca
- Subsecretaría
- Ámbito
- Estado
- Publicada
- 03/12/2025 en Boletín Oficial del Estado
- Fonte
- Baseado en datos de a Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado ↗. Última comprobación: 11/10/2026.
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De conformidad con los artículos 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y 52 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y en uso de las atribuciones conferidas a esta Subsecretaría por el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
Esta Subsecretaría acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I de la presente resolución, y que figura en la relación de puestos de trabajo del Departamento.
Esta convocatoria, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Directiva 2006/54/CE del Parlamento y del Consejo, de 5 de julio de 2006, relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación, tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en la provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios, y se desarrollará con arreglo a las siguientes bases:
Primera.
El puesto de trabajo que se convoca, y que se relaciona en el anexo I, podrá ser solicitado por las funcionarias y funcionarios que reúnan los requisitos establecidos para su desempeño.
Segunda.
Los interesados dirigirán sus solicitudes, que deberán ajustarse al modelo que figura en el anexo II, a la Subsecretaría del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Las solicitudes se presentarán a través del portal Funciona, mis servicios de RR. HH. (SIGP) –convocatoria libre designación– solicitud de convocatoria de libre designación, https://www.funciona.es/public/funciona/AreaPersonal/autoservicio.html, siendo imprescindible la acreditación por medio de certificado electrónico.
En el caso de que la persona interesada no pueda presentar la solicitud por este medio, podrá hacerlo, con carácter excepcional, a través del Registro Electrónico Común, a la Subsecretaría del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, debiendo en este caso, además, aportar la documentación que acredite la imposibilidad técnica de realizar la presentación a través del portal Funciona.
Tercera.
Además de los datos personales, número de registro personal y último destino definitivo obtenido, los aspirantes deberán acompañar a la solicitud su curriculum vitae en el que harán constar:
a) Títulos académicos.
b) Puestos de trabajo desempeñados.
c) Estudios y cursos realizados y cuantos otros méritos estimen oportuno poner de manifiesto.
Cuarta.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del recurrente, conforme a lo establecido en los artículos 10.1.i, 14.1 segunda y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 26 de noviembre de 2025.–El Subsecretario para la Transformación Digital y de la Función Pública, [nombre omitido].
ANEXO I
S. DE E. DIGITALIZ. E INTELIG. ARTIFICIAL - D.G. ORD. SERV. DE DIGIT. Y COM. AUDIOV.
S.G. DE ORDENACION DE LOS SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
N.º Orden
Centro directivo - Unidad puesto de trabajo
Provincia - Localidad
Nivel
CE
GR / SB
Admón.
Tit. req.
Funciones
Méritos
Observaciones
1
S. DE E. DIGITALIZ. E INTELIG.ARTIFICIAL.
D.G. ORD. SERV. DE DIGIT. Y COM. AUDIOV.
S.G. DE ORDENACION DE LOS SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL.
VOCAL ASESOR / VOCAL ASESORA (3848914).
MADRID / MADRID.
MADRID - MADRID
30
23597.14
A1
AE
Relativas a las competencias que el Real Decreto 210/2024, de 27 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, atribuye a la Subdirección General de Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual.
Conocimientos de la normativa nacional e internacional en materia de servicios de comunicación audiovisual y servicios de medios de comunicación.
Experiencia en la tramitación de títulos habilitantes de los servicios de comunicación audiovisual y negocios jurídicos, así como en la tramitación de procedimientos administrativos, convenios y contratos en el ámbito del sector de la comunicación audiovisual.
Experiencia en elaboración y tramitación de proyectos normativos y transposición e implementación de la normativa europea en el ordenamiento jurídico nacional.
Experiencia internacional en el ámbito de los servicios de comunicación audiovisual y servicios de medios de comunicación.
Experiencia en la coordinación e impulso de políticas públicas en el ámbito digital, tecnológico o audiovisual.
Experiencia en el asesoramiento jurídico en el ámbito de la Administración General del Estado.
Experiencia en gestión de equipos y procedimientos de trabajo.
Licenciatura en Derecho.
Formación en materias relacionadas con derecho de nuevas tecnologías, producción normativa, derecho administrativo.
CUERPOS O ESCALAS:
ADSCRIPCIÓN A ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (AD):
* AE: ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
TITULACIONES:
ANEXO II