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Estado
Libre designación
Resolución de 27 de octubre de 2025, de la Presidencia del Consejo de Estado, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.
Presidencia del Consejo de Estado
- Tipo
- Libre designación
- Título oficial
- Resolución de 27 de octubre de 2025, de la Presidencia del Consejo de Estado, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.
- Convoca
- Presidencia del Consejo de Estado
- Ámbito
- Estado
- Publicada
- 04/11/2025 en Boletín Oficial del Estado
- Fonte
- Baseado en datos de a Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado ↗. Última comprobación: 11/10/2026.
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De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20.1 b), párrafo segundo, y c), de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la reforma de la Función Pública, modificado en su redacción por la Ley 23/1988, de 28 de julio, con el alcance establecido en la disposición final cuarta del Estatuto Básico del Empleado Público, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en relación con el capítulo III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, se efectúa convocatoria para proveer puestos de trabajo por el sistema de libre designación.
Este Consejo de Estado acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo que se relaciona en el anexo de la presente resolución, con arreglo a las siguientes
Bases
Primera.
El puesto de trabajo que se convoca podrá ser solicitado por los/as funcionarios/as públicos que reúnan los requisitos establecidos para el desempeño del mismo.
Segunda.
Los interesados dirigirán su solicitud al Excmo. Sr. [nombre omitido]l Consejo de Estado (calle Mayor, 79, C.P. 28013), dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Tercera.
Además de los datos personales, número de registro de personal y destino actual, los aspirantes deberán acompañar a su escrito un currículo vitae en el que harán constar:
a) Títulos académicos.
b) Años de servicio y puestos de trabajo desempeñados, tanto en la Administración Pública como en la empresa privada, en su caso.
c) Estudios y cursos realizados, conocimiento de idiomas y otros méritos que los aspirantes estimen oportuno poner de manifiesto.
Harán constar detalladamente las características del puesto que vinieran desempeñando.
A la citada solicitud podrán acompañar, en todo caso, aquellas publicaciones, informes o cualquier otra documentación que permita apreciar los requisitos exigidos.
Cuarta.
Contra la presente resolución se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en relación con el artículo 1 de la Ley Orgánica 3/1980, de 22 de abril, modificada por la Ley Orgánica 3/2004, de 28 de diciembre, del Consejo de Estado.
Madrid, 27 de octubre de 2025.–La Presidenta del Consejo de Estado, [nombre omitido].
ANEXO I
Servicios administrativos
47.1449.37642.28001.3
1. Denominación del puesto: Jefe/a de la Secretaría de la Consejera de la Sección Segunda. Nivel: 18. Subgrupo C1/C2. Forma de provisión: N L. Complemento específico: 13.991,32 euros. Localidad: Madrid. Requisitos: Experiencia en puestos de secretarías de altos cargos.
ANEXO II