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Comunidade autónoma
Convocatoria
Palencia
Carácter sanitario en las Secciones de Epidemiología de los Servicios Territoriales de Sanidad
Consejería de Sanidad y Bienestar Social · Castilla y León
Prazas
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Sistema
Oposición
Estatutario (sanidade)
Estado do proceso
- Convocada: feito
- Solicitudes: fase actual
- Listaxes
- Exame
- Aprobados
- Nomeamentos
Fase 2 de 6 · Solicitudes
- Convocada
- Prazo de solicitudes
- Seguinte: listaxes de admitidos
Última novidade: convocatoria (14/10/2026). Datas orientativas: confírmaas no boletín.
Podo presentarme?
- Titulación Requisito: Licenciado o Graduado en Medicina y Especialidad en Medicina Preventiva y Salud PúblicaNivel mínimo: Grao universitario
- Quen pode presentarse Non se indica o tipo de acceso: revisa as bases.
- Prazo de solicitudes Quedan 14 días (ata o 28/10/2026).
- Como presentarse A solicitude preséntase na sede electrónica ou no rexistro do organismo convocante; os pasos exactos veñen na publicación oficial ↗.
- Tipo
- Convocatoria
- Título oficial
- RESOLUCIÓN de 8 de octubre de 2026, de la Secretaria General de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social, por la que se efectúa convocatoria para cubrir, mediante nombramiento de personal sanitario interino, vacante de Jefe de Sección de Epidemiología del Servicio Territorial de Sanidad de Palencia.
- Convoca
- Consejería de Sanidad y Bienestar Social
- Ámbito
- Comunidade autónoma
- Titulación
- Licenciado o Graduado en Medicina y Especialidad en Medicina Preventiva y Salud Pública
- Publicada
- 14/10/2026 en Boletín Oficial de Castilla y León
- Fonte
- Baseado en datos de Boletín Oficial de Castilla y León ↗. Última comprobación: 14/10/2026.
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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 y siguientes de la Orden de 7 de julio de 1988, de la entonces Consejería de Cultura y Bienestar Social, existiendo una vacante adscrita a funcionarios sanitarios en la Sección de Epidemiología del Servicio Territorial de Sanidad de Palencia y vista la autorización global trimestral concedida mediante Orden conjunta de las Consejerías de la Presidencia y de Economía y Hacienda, de 16 de enero de 2026 (Expediente 2-IG/2026), prorrogada para el cuarto trimestre de 2026 a la vista de los informes de la Dirección General de Presupuestos, Fondos Europeos y Estadística y de la Dirección General de la Función Pública, de 27 y 31 de agosto de 2026 respectivamente (Expediente 13-IG/2026), para la provisión temporal de puestos de carácter sanitario en las Secciones de Epidemiología de los Servicios Territoriales de Sanidad, y resultando acreditada la necesidad de su cobertura, se anuncia convocatoria para cubrir el citado puesto de trabajo mediante nombramiento de personal interino.
Dicha convocatoria se efectúa atendiendo a lo dispuesto por el artículo 5.2 del Decreto 275/1993, de 18 de noviembre, por el que se fijan las competencias en materia de personal de la Comunidad de Castilla y León, así como a lo establecido por el Capítulo III de la Orden de 7 de julio de 1988, de la entonces Consejería de Cultura y Bienestar Social, por la que se establece el procedimiento de nombramiento de personal interino en puestos adscritos a funcionarios sanitarios, en cuya virtud ha de entenderse delegada en el titular de esta Secretaría General la competencia para realizar la convocatoria pública del correspondiente procedimiento de selección, de acuerdo con las siguientes
BASES:
Primera. Se convoca la plaza que se indica, con las características que se señalan en el Anexo I de esta convocatoria, para cubrir mediante nombramiento de personal sanitario interino.
Segunda. Los aspirantes a cubrir dicha plaza, que en todo caso deberán reunir los requisitos que se señalan en la Base Tercera, deberán dirigir sus solicitudes, según el modelo que figura en el Anexo II de esta Orden, al Ilmo. Sr. Ilmo. Sr. Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León en Palencia en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León, acreditando documentalmente los méritos que en la misma se aleguen.
Las instancias se presentarán en las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Junta de Castilla y León, o en los lugares a que hace referencia el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tercera. Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
1. Nacionalidad.
Podrán concurrir:
– Los españoles y los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea.
– El cónyuge de los españoles y de los nacionales de los Estados citados, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
– Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
2. Edad.
Tener cumplidos dieciséis años de edad y, en su caso, no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
3. Titulación.
Estar en posesión del título de Licenciado o Graduado en Medicina y Especialidad en Medicina Preventiva y Salud Pública.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.
4. Capacidad.
Poseer la capacidad necesaria para el desempeño de las funciones correspondientes al puesto de trabajo a los que aspira a acceder.
5. Habilitación:
No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse incurso en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no hallarse inhabilitados o en situación equivalente, ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
No estar inscrito en el Registro Central de Delincuentes Sexuales.
Cuarta. El procedimiento de selección se llevará a cabo conforme al siguiente baremo, en el que se valorarán los siguientes méritos, de acuerdo con los criterios que establezca la Comisión de Selección, dentro de los siguientes márgenes:
1.– Experiencia Profesional:
A) Por servicios prestados en las Administraciones Públicas con funciones similares a las del puesto objeto de la convocatoria, 0,10 puntos por mes completo de servicios, con un máximo de cuatro puntos.
B) Por experiencia en el sector privado con funciones similares a las del puesto objeto de la convocatoria, 0,025 puntos por mes completo de servicios, con un máximo de un punto.
2.– Formación:
A) Formación Especializada y Postgraduada, hasta un máximo de dos puntos:
– Título de Máster oficial, no incluido en la formación de postgrado universitaria obligatoria para la obtención de la titulación, relacionado con las funciones a desempeñar: 0,50 puntos.
– Por la realización completa de todos los cursos de Doctorado (Sistema anterior al Real Decreto 185/1985) o la realización del programa de Doctorado completo (Créditos y suficiencia investigadora) 1 punto o 1,5 puntos por estar en posesión del Grado de Doctor.
B) Cursos de Formación, hasta un máximo de un punto:
Por cursos de formación relacionados con las funciones a desempeñar, a razón de 0,02 puntos por crédito asignado (incluida su fracción) o, supletoriamente, por cada módulo o tramo de 10 horas de formación, no siendo objeto de valoración los tramos inferiores a 10 horas. En el supuesto de que la certificación venga expresada simultáneamente en créditos y en horas, la valoración se realizará siempre por los créditos certificados. Se valorarán a razón de 0,05 puntos por crédito asignado (incluida fracción) los cursos en cuyo título aparezcan créditos europeos.
En el caso de que en el correspondiente certificado o diploma no se especifiquen horas, ni créditos, dicha actividad no será objeto de valoración. La valoración de la formación continuada se realizará de forma independiente por cada actividad formativa; de tal forma que el remanente de horas de una actividad formativa en ningún caso será acumulable a otra/s.
Quinta. La Comisión de Selección podrá establecer la realización de entrevistas o pruebas a todos o algunos de los candidatos para mejor determinar la idoneidad de los mismos, pudiendo puntuar hasta un máximo de dos puntos. La Comisión de Selección deberá notificar por escrito a los interesados tal circunstancia, con una antelación mínima de tres días a la realización de las mismas.
Sexta. La Comisión de Selección estará constituida por:
– El Jefe del Servicio Territorial de Sanidad de Palencia, que actuará como Presidente.
– Tres funcionarios propuestos por el Jefe del Servicio Territorial.
– La Secretaria Técnica del Servicio Territorial que actuará como Secretaria, con voz y voto.
Los miembros que componen la Comisión de Selección tendrán derecho a las indemnizaciones por razón del servicio previstas en el Decreto 252/1993 de 21 de octubre, de la Junta de Castilla y León sobre indemnizaciones por razón del servicio de personal autónomo de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
Los miembros de la Comisión de Selección deberán abstenerse cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público. Los candidatos podrán recusarles cuando concurra alguna de dichas circunstancias.
Séptima. Dicha Comisión seleccionará para el puesto convocado un candidato titular y, al menos, dos suplentes, y elevará propuesta al Secretario General, que procederá a autorizar su nombramiento. Si se produjera la renuncia del candidato nombrado durante los tres años siguientes a la fecha de su toma de posesión, se procederá, si así lo aconsejan las necesidades del servicio, al nombramiento del candidato suplente.
Igualmente podrá declararse desierto el procedimiento cuando no se encontrase candidato idóneo, o bien porque la plaza se haya cubierto, aún con carácter provisional, con un funcionario de carrera durante el procedimiento selectivo.
Octava. En el acto de la toma de posesión cada candidato nombrado deberá aportar la siguiente documentación:
– Fotocopia del D.N.I.
– Fotocopia compulsada de la titulación requerida.
– Declaración de poseer la capacidad necesaria para el ejercicio de las funciones correspondientes a su puesto de trabajo.
– Declaración de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública y de no encontrarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones correspondientes.
– Declaración u opción a que alude el artículo 31 del Decreto 227/1997, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Incompatibilidades del Personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
– Certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales o declaración responsable y consentimiento expreso a la Administración para la consulta de sus datos, a los efectos de lo previsto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero de Protección Jurídica del Menor.
Si el candidato seleccionado no presentara dicha documentación completa, se considerará que renuncia a su nombramiento, procediéndose en su caso y si así lo aconsejaran las necesidades del servicio, al llamamiento de los suplentes que correspondan.
Novena. El candidato propuesto o, en su defecto, los suplentes, tomarán posesión del puesto de trabajo en el plazo de tres días, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la correspondiente resolución en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Producida la toma de posesión, el candidato propuesto o, en su caso, los suplentes, no conservarán derecho alguno respecto a sucesivas convocatorias.
Décima. El personal interino que al amparo de la presente convocatoria fuere seleccionado cesará automáticamente en el desempeño del puesto de trabajo en los supuestos establecidos y en los términos previstos por el artículo 10 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
La presente resolución, que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 9.4 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, ha de entenderse dictada por el órgano delegante, pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo previsto por el artículo 61.1, b) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
En consecuencia, y según lo establecido por el artículo 61.2 de la citada Ley 3/2001, contra ella se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Sanidad y Bienestar Social en el plazo de un mes, o alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid o de la circunscripción correspondiente al domicilio del recurrente (siempre que el mismo se encuentre situado dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León), a su elección, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente, todo ello conforme a lo dispuesto por los artículos 8.2.a), 14.1, Segunda y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Valladolid, 8 de octubre de 2026.
El Consejero de Sanidad y Bienestar Social,P.D. Orden de 7 julio de 1988El Secretario General,
Fdo.: [nombre omitido]
ANEXO I
Consejería: Sanidad y Bienestar Social
Centro Directivo: Secretaría General
Servicio: Servicio Territorial de Sanidad
Sección: Epidemiología
PUESTO DE TRABAJO
CÓDIGO R.P.T
SUBGRUPO
NIVEL
CE
CUERPO / ESPECIALIDAD
REQUISITOS
TITULACIÓN
CARACTERÍSTICAS DEL PUESTO
Jefe de Sección 21000
A1
24
13
Cuerpo Facultativo Superior, Escala Sanitaria (Médicos)
CNRDS *
Licenciado o Graduado
en Medicina
Especialista en Medicina Preventiva y de Salud Pública
Función FCA054
* Certificado de no estar inscrito en el Registro Central de Delincuentes Sexuales.
•
ANEXO II
CONSEJERÍA DE SANIDAD Y BIENESTAR SOCIAL
SOLICITUD DE ADMISIÓN A CONVOCATORIA PARA CUBRIR PLAZAS DE
CARÁCTER SANITARIO POR PERSONAL INTERINO
1.– DATOS DE LA CONVOCATORIA.
Fecha de la Convocatoria (publicación en B.O.C.y L):
1.1.– Plaza solicitada (indique orden de prelación de plazas)
GRUPO
NIVEL
PUESTO DE TRABAJO
CÓDIGO DEL PUESTO
CENTRO DIRECTIVO
LOCALIDAD
2.– DATOS PERSONALES
2.1 Primer Apellido
2.2 Segundo Apellido
2.3 Nombre
2.4 N.º D.N.I
2.5 Fecha de Nacimiento
2.6 Teléfono
2.7 Domicilio: calle o plaza n.º
2.8 Localidad (con distrito postal)
2.9 Provincia
2.10 Correo Electrónico
3- FORMACIÓN (Titulaciones exigibles como requisito y/o valorables como méritos en la Convocatoria)
3.1 Titulación
3.2 Centro de expedición
4.– DOCUMENTOS QUE APORTA
1.–
2.–
3.–
4.–
5.–
6.–
El abajo firmante solicita ser admitido a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia: DECLARA que son ciertos los datos en ella reseñados, y que reúne las condiciones exigidas para ingreso en la Administración Pública, y las especialmente señaladas en la convocatoria anteriormente citada.
En a de de 20____
Fdo.:
ILMO. SR. DELEGADO TERRITORIAL DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN EN PALENCIA
INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS
Reglamento General de protección de datos, REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO DE 27 DE ABRIL DE 2016 (RGPD)
Responsable
Secretaría General. Consejería de Sanidad y Bienestar Social
Finalidad
Gestión del proceso selectivo para cubrir plazas de carácter sanitario por personal interino para prestar servicios en la Consejería de Sanidad y Bienestar Social de la Junta de Castilla y León y sus posibles impugnaciones en vía administrativa y/o judicial.
Legitimación
El tratamiento de estos datos es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento y para el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
Destinatarios
No están previstas cesiones a terceros, salvo obligación legal.
Derechos
Puede solicitar el acceso, rectificación, supresión, limitación y oposición al tratamiento, en los términos previstos en el RGPD
Información adicional
Puede consultar la información adicional y detallada sobre protección de datos en el documento «información relativa a la protección de los datos de carácter personal» que se encuentra disponible junto a la presente solicitud en la web corporativa www.empleopublico.jcyl.es.
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BOCYL-D-14102026-199-10.xml -19 KB