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Concellos e deputacións
Convocatoria
Toledo
Policía del Cuerpo de la Policía Local del municipio de Carranque (Toledo)
Ayuntamiento de Carranque · Castilla-La Mancha
Prazas
1
segundo a publicación
Grupo
C1*
estimado polo posto
Sistema
Oposición
Funcionario
Podo presentarme?
- Titulación Requisito: Bachiller, Técnico de Formación Profesional o equivalenteNivel mínimo: Bacharelato
- Quen pode presentarse Quenda libre: calquera persoa que cumpra os requisitos.
- Prazo de solicitudes Aínda non comezou. Plazo aún no abierto: empieza al publicarse en el BOE (20 hábiles)
- Como presentarse A solicitude preséntase na sede electrónica ou no rexistro do organismo convocante; os pasos exactos veñen na publicación oficial ↗.
- Tipo
- Convocatoria
- Título oficial
- APROBACION BASES Y CONVOCATORIA POLICIA LOCAL
- Convoca
- Ayuntamiento de Carranque
- Ámbito
- Concellos e deputacións
- Concello
- Carranque
- Acceso
- Quenda libre
- Titulación
- Bachiller, Técnico de Formación Profesional o equivalente
- Publicada
- 28/09/2026 en Boletín Oficial de la Provincia de Toledo
- Fonte
- Baseado en datos de Boletín Oficial de la Provincia de Toledo ↗. Última comprobación: 14/10/2026.
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Ayuntamientos AYUNTAMIENTO DE CARRANQUE Por resolución de Alcaldía Nº 809, de fecha 23 de septiembre del 2026, se han aprobado las bases reguladoras y la convocatoria para la provisión en propiedad de una plaza de policía del Cuerpo de la Policía Local del municipio de Carranque (Toledo) , mediante sistema de oposición por turno libre. Habiéndose avocado por esta la competencia delegada en la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Carranque por resolución de Alcaldía n.º 889/2023.
Se hace público el texto íntegro de las bases re guladoras de las pruebas selectivas. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábi les a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el “Boletín Oficial del Estado”.
BASES PARA LA CONVOCATORIA POR TURNO LIBRE DE PLAZAS DE POLICÍA DEL CUERPO DE POLICÍA LOCAL DE CARRANQUE
Publicada la oferta de empleo público en el “Boletín Oficial” de la provincia de T oledo nº 1 8 1 , del día 22 de septiembre de 2026, y de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Carranque, en virtud de las competencias otorgadas por la legislación vigente, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en la escala Básica, categoría Policía con sujeción a las siguientes: BASES DE LA CONVOCATORIA
1. Normas generales
1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir por turno libre y mediante oposición una plaza en la escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo de Po licía Local de este Ayuntamiento, clasificada en el subgrupo C-1 de los establecidos en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
1.2. A las presentes pruebas selectivas le serán de a p l i c a c i ó n l a L e y 8 / 2 00 2 , d e 2 3 d e m a y o , d e Coordinación de las Policías Locales de Castilla-La Mancha, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el Decreto 1 10/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, y las bases de esta convocatoria.
2. Requisitos de las personas participantes.
2.1. Para ser admitidos a la realización estas prue bas selectivas los aspira ntes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no exceder de la edad de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión, o en condiciones de obtener en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, del título de Bachiller, Técnico de Formación Profesional o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. A efectos de equivalencias con los títulos de Bachiller o Técnico, deberá estarse a lo dispuesto en la Orden del Ministerio de Educación 1 603/2009 , de 1 0 de junio, por la que se establecen las equivalencias con lo s títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
d) No haber sido objeto de separación mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a los cuerpos de policía local.
e) Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases B, y de la clase A o A2.
f) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas para ejercer adecuadamente las funciones.
g) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
h) No haber sido condenado por sentencia firme por ningún delito contra la libertad e indemnidad sexual, conforme a los dispuesto en la Ley orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
i) Compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la ley mediante declaración jurada o promesa.
2.2. Todos los requisitos exigidos deberán reunirse el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durant e el desarrollo del proceso selectivo, hasta la toma de posesión c o m o fu n c i o n a r i o s d e c a r r e r a . La a c r ed i ta c i ó n d e l o s m i s m o s d e be r á ef ect u a rs e c o n a n t e r i o r i d a d a l correspondiente nombramiento como funcionario/a en prácticas.
3. Solicitudes.
3.1. La solicitud para tomar parte en estas pruebas selectivas es facilitada por este Ayuntamiento.
ANEXO IV.
3.2. Las solicitudes se dirigirán a la Alcaldía-Presidencia de esta Corporación.
3.3. El plazo de presentación de solicitudes será d e v e i n t e d í a s h á b i l e s , c o n ta d o s a pa rt i r d e l d í a siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.
3.4. Para ser admitido bastará con que los aspirantes manifiesten en la solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos y condiciones exigidas, indicando la titulación académica necesaria que poseen.
3.5. La presentación de solicitudes podrá hacerse directamente en las oficinas de este Ayuntamiento, en la sede electrónica del Ayuntamiento o realizarse con arreglo a las formas previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3.6. Los derechos de examen serán de 35,00 euros, y se ingresarán a través de ingreso o transferencia bancaria, con el concepto de “PL Apellidos Nombre”, en el número de cuenta corriente siguiente, haciendo constar su objeto en el corresp ondiente impreso e incorporando resguardo de pago a la solicitud de participación en el proceso selectivo.
–ES663081004221 1099295220
4. Admisión de personas participantes.
4.1. Terminado el plazo de presen tación de solicitudes, el órgano convocante dictará resolución aprobando las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo. Dicha resolución se publicará en el “Boletín Oficial” de la provincia de Toledo, recogiendo la relación provisional de aspirantes excluidos e indicando las causas de exclusión y el lugar donde se encuentra expuesta al público la relación provisional de aspirantes admitidos. Los aspirantes provisionalmente excluidos tendrán un plazo de diez días hábiles para subsanar los defectos causantes de su exclusión.
4.2. Transcurrido el plazo para subsanar los defe ctos, el mismo órgano qu e aprobó las relaciones provisionales dictará resolución aprobando las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo, y señalando la fecha, hora y lu gar para el inicio de las pruebas. Dicha resolución se publicará en el “Boletín Oficial” de la provincia de Toledo, conteniendo las relaciones definitivas de aspirantes excluidos y el lugar donde se exponen al público las relaciones definitivas de aspirantes admitidos.
4.3. El hecho de figurar en la relación de personas admitidas no supone que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos pa ra participar en el proceso selectivo. Cuando del examen de la documentación presentada conforme a la base 9, se desprenda que no posee alguno de los requisitos, las personas seleccionadas decaerán en todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en el procedimiento.
5. Tribunal calificador
5.1. El Tribunal calificador de las pruebas selectivas se compondrá de la siguiente forma: Presidente: Un funcionario/a público de carrera designado por el órgano convocante.
Secretario: Funcionario/a que se designe, que actuará con voz y sin voto.
Vocales: Cuatro funcionarios/as, entre los que se encontrará la persona que ostente la jefatura de la Policía Local o funcionario/a que se designe en su sustitución y un funcionario/a propuesto por la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Todos los miembros del Tribunal deberán poseer la titulación necesaria para el acceso a las plazas convocadas y ser funcionarios/as de carrera pertenecientes a cuerpos, escalas y categorías de nivel igual o superior al de las plazas convocadas.
5.2. La designación de la vocalía correspondient e a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital deberá efectuarse en el plazo de los veinte días hábiles siguientes al de la recepción de la correspondiente solicitud realizada a este organismo una vez publicado el proceso selectivo en el “Boletín Oficial” de la provincia de Toledo. Si transcurriera dicho plazo sin que se hubiese efectuado la correspondiente designación, la Corporación podrá proceder a designar dicha vocalía entre su propio personal, siempre que posean igualmente los requisitos indicados, dando cuenta de dicha decisión a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital.
5.3. El nombramiento de los miembros del Tribunal incluirá el de sus suplentes, a quienes les será de aplicación las mismas prescripciones.
5.4. El presidente del Tribunal podrá designar as esores especialistas para todas o algunas de las pruebas, cuya función se limitará a asesorar al Trib unal en aquello para lo que fueron nombrados, sin que puedan intervenir directamente en la calificación de las pruebas.
5.5. Para la valida actuación de los tribunales calificadores es necesaria la presencia de la mayoría de sus miembros y, en todo caso, la del presidente y secretario o la de quienes legalmente les sustituyan.
5.6. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Corporación, cuando en ellos concurran alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Públ ico. Asimismo, y por las mismas causas, podrán ser recusados por los aspirantes.
5.7. El Tribunal calificador de estas pruebas selectivas tendrá la categoría segunda, según lo dispuesto en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
6. Sistema selectivo.
6.1. La selección de los aspirantes se realizará por el sistema de acceso libre, mediante el procedimiento de oposición y constará de dos fases:
a) Oposición.
b) Curso selectivo.
6 .2 . La fa s e d e o po s i c i ó n c o n sta r á d e l a s c u a tro pruebas siguientes, todas ellas obligatorias y eliminatorias, a celebrar por el orden siguiente:
Primera prueba: aptitud física. Estará dirigida a comprobar las condiciones de fuerza, agilidad, flexibilidad y resistencia de los aspirantes. Su calificación será la de apto o no apto, siendo eliminatoria cada una de las pruebas establecidas (anexo I). Prev iamente a la celebración de estas, cada aspirante deberá presentar un certificado médico, expedido con una antelación no superior a treinta días hábiles en relación con la fecha de realización de las pruebas, en el que se exprese que el aspirante está capacitado para realizarlas.
Las aspirantes que no puedan realizar las prue bas físicas por embarazo o parto, debidamente acreditados, podrán realizar las demás pruebas de la fase de oposición, quedando condicionada la superación de la citada fase de oposición, a la realización y superación de las mencionadas pruebas físicas, que deberán de efectuarse en todo caso, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de la documentación prevista en la base 9.1 de la convocatoria.
Segunda prueba: test de conocimientos. Consistirá en la contestación por escrito a un cuestionario de preguntas con cuatro respuestas alternativas propuesto por el tribunal calificador de entre las materias que figuran en el programa de la convocatoria (anexo II). Las respuestas erróneas se penalizarán con un tercio del valor de una contestación. El número de preguntas será de 75 más 10 de reserva para posibles anulaciones, y el tiempo para la realización de la prueba será de setenta y cinco minutos. Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superar la prueba. En el supuesto que las preguntas de reserva llegas en a agotarse, las posibles preguntas anuladas por encima de las de reserva se tendrán por no puestas, revisando el Tribunal los coeficientes de puntuación y adaptándolos al nuevo número de preguntas correctas.
El número de preguntas relativas a cada una de las partes (general y especial) no podrá ser inferior al cuarenta por ciento ni superior al sesenta por ciento del total, identificándose cada una de las partes en el examen.
Una vez celebrada la prueba se harán públicos el cuestionario de preguntas y la plantilla con la relación de las respuestas correctas a cada una de las pregun tas. Dicha plantilla tendrá carácter de provisional, elevándose a definitiva tras el estudio de las alegaciones y reclamaciones que pudieran haberse formulado sobre el contenido de la prueba o de la plantilla correctora.
Quienes hayan realizado la prueba dispondrán de u n p l az o d e t r e s d í a s h á b i l e s pa r a f o r m u l a r alegaciones o dirigir reclamaciones al Tribunal calificador sobre la plantilla correctora provisional, a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación. Dichas alegaciones o reclamaciones serán tenidas en cuenta por el Tribunal calificador en sus deliberaciones, entendiéndose resueltas con la decisión que se derive de la publicación de la plantilla correctora definitiva.
Si los aspirantes no hubieran podido retirar el cuestionario de preguntas en el momento de realización del ejercicio, deberá hacerse público junto con la plantilla provisional.
Tercera prueba: prueba psicotécnica. Incluirá dos test dirigidos a determinar las aptitudes y actitudes de las personas aspirantes para el desempeño de las funciones de su categoría:
–Test de inteligencia general y aptitudes en el que se valorará la capacidad verbal, numérica y espacial, atención-percepción, comprensión de órdenes, ra zonamiento cognitivo, atención discriminativa, resistencia a la fatiga intelectual y memoria visual.
–Test de personalidad y capacidades en el que se valorará la estabilidad emocional, autoconfianza, habilidades interpersonales, capacidad de adaptación a las normas, capacidad de afrontamiento al estrés y motivación por el trabajo policial.
Se calificará de apto o no apto.
Cuarta prueba: reconocimiento médico. Tendente a comprobar el cumplimiento de las condiciones exigidas en el cuadro de exclusiones médicas (anexo III). Se calificará de apto o no apto. Las pruebas baremables se puntuarán con una precisión de tres decimales.
6.3. La puntuación final, en orden a determinar lo s aspirantes que superan la fase de oposición del proceso selectivo, vendrá determinada por la prueba de conocimientos. En caso de empate, se estará a la mejor puntuación obtenida en las preguntas de la parte especial del examen de conocimientos. De persistir el empate, se aplicará el orden de actuación de los aspirantes a que se refiere la base 7.3.
6.4. La fecha del primer ejercicio de la fase de oposición comenzará a partir de la publicación del listado definitivo de admitidos y excluidos, determin á n d o s e l a f ec h a ex a cta e n l a r e s o l u c i ó n q u e s e indica en la base 4.2.
7. Desarrollo de los ejercicios 7 .1. En cualquier momento el Tribunal calificador podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su identidad.
7.2. Los aspirantes serán convocados en llamamiento único para cada una de las pruebas. Decaerán en su derecho quienes no comparezcan a su realiz ación, salvo en casos de fuerza mayor y otros excepcionales que no afecten al normal desarrollo del proceso, para los que podrá realizarse una convocatoria extraordinaria.
7.3. El orden de actuación, cuando no se trate de pruebas simultáneas, vendrá dado por la letra “Q” que rige para los procesos selectivos de ingreso que se convoquen por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha durante el año 2026 (DOCM nº 235 04/12/2025), de conformidad con lo establecido en la Resolución de 26/1 1/2025, de la Dirección General de la Función Pública de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
7.4 El Tribunal calificador adoptará las medidas necesarias para garantizar que las pruebas cuyas características técnicas así lo permitan sean corregidas sin que se conozca la identidad de las personas participantes. Aquellas personas en cuyas pruebas figuren nombres, rasgos, marcas o cualquier otro signo que permita conocer su identidad podrán ser excluidas del proceso selectivo.
7.5. La duración máxima de la fase de oposición del proceso selectivo no excederá de seis meses, contados desde la fecha de realización de la primera prueba.
7.6. Entre la conclusión de una prueba y el comienzo de la siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días hábiles.
7.7. La publicación de los sucesivos anuncios de celebración de la segunda y restantes pruebas se efectuará por el Tribunal calificador en la sede electrónica https://carranque.sedipualba.es, con cuarenta y ocho horas, al menos, de antelación al comienzo de las mismas.
7.8. Si en cualquier momento del proceso de se lección llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado deberá proponer su exclusión al Presidente de la Corporación, indicando las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspi rante en la solicitud de admisión a estas pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
8. Lista de aprobados
8. 1 . C o n c l u i d a s c a d a u n a d e l a s p r u e ba s , e l T r i b u n a l h a r á p ú b l i c a s e n l a s ed e e l ect r ó n i c a h tt p s :/ / carranque.sedipualba.es, la relación de los aspirantes que hayan superado cada una de ellas.
8.2. Finalizada la fase de oposición del proceso se l ect i v o , e l T r i b u n a l h a r á p ú b l i c a l a r e l a c i ó n d e aprobados por orden de puntuación, elevando al órgano convocante la propuesta de los aspirantes que deberán realizar el curso selectivo.
8.3. El Tribunal no podrá declarar que han superado la fase de oposición del proceso selectivo, y en consecuencia proponer para la realización del curso selectivo, un número mayor de aspirantes al de plazas convocadas.
No obstante lo anterior, cuando se produzca alguna renuncia de los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición, antes de su nombramiento como funcionarios en prácticas, el órgano convocante podrá requerir al Tribunal de selección, una rela ción complementaria de aspirantes que sigan a los propuestos, para su posible nombramiento como funcionarios en prácticas.
9. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios en prácticas
9.1. Recibida la anterior propuesta, se concederá a los aspirantes un plazo de diez días hábiles para presentar en las oficinas de este Ayuntamiento los siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad.
b) Fotocopia compulsada del titulo de Bachiller, Técnico o equivalente, o certificación académica que acredite haber realizado los estudios necesarios para la obtención del correspondiente título. Aquellos aspirantes que aleguen titulaciones homo logadas o equivalentes a la exigida habrán de citar la disposición legal en que se reconozca la ho mologación o equivalencia o, en su caso, aportar certificación expedida en tal sentido por el órgano competente del Ministerio de Educación y Ciencia, o cualquier otro órgano de la Administración competente para ello.
c) Fotocopia compulsada de los permisos de conducir A o A2 y B.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado del servicio de ninguna Administración Pública.
e) Certificado de antecedentes penales, que no podrán tener una fecha de expedición anterior al inicio del plazo de presentación de solicitudes.
f) Certificación negativa, a que se refiere el artículo 9 del RD. 1 1 10/2015, de 1 1 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes sexuales, que no podrán tener una fecha de expedición anterior al inicio del plazo de presentación de solicitudes.
g) Certificado del Cuerpo de Policía Local de procedencia, para aquellos aspirantes que ya ostentasen la condición de funcionario de algún Cuerpo de Policía Local.
9.2. Quienes no presentasen la documentación requerida, salvo casos de fuerza mayor, o del examen de la misma se dedujere que carecen de alguno de los requisitos exigidos, decaerán en su derecho a ser nombrados funcionarios de carrera.
9.3. Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anteri or nombramiento debiendo presentar únicamente certificación del Ministerio, Consejería, Entidad Local u organismo del que dependieran, para acreditar tal condición.
9.4. Los aspirantes que superen la fase de oposic ión del proceso selectivo, y acrediten reunir los r eq u i s i t o s ex i g i d o s e n l a c o n v oc a t o r i a s e r á n n o m b r a d o s fu n c i o n a r i o s e n p r á ct i c a s. Esta s i t u a c i ó n s e mantendrá hasta su nombramiento como funcionarios de carrera.
10. Curso selectivo y nombramiento de funcionarios de carrera
10.1. Para adquirir la condición de funcionario de carrera será preciso superar un curso selectivo en la Escuela de Protección Ciudadana, salvo que el aspirante ya hubiese superado con anterioridad el curso correspondiente y obtenga la correspondiente convalidación.
10.2. La Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Trasformación Digital homologará parte o la totalidad del curso selectivo a los aspirant es que lo soliciten acreditando haber superado el contenido de las materias que lo integran en otra Escuela de Policía, ya sea local, autonómica o estatal.
10.3. El contenido del curso selectivo se ajustará a la adquisición de conocimientos y al desarrollo de habilidades, destrezas y actitudes necesarias para el desempeño de los puestos de trabajo correspondiente a la categoría de Policía.
10.4. Recibido el informe de la Escuela de Protección Ciudadana, los Ayuntamientos deberán proceder al nombramiento de funcionarios de carrera en el plazo de quince días hábiles, así como a su publicación en el “Boletín Oficial” de la provincia de Toledo.
10.5. El orden de prelación en el proceso selectivo se obtendrá de la suma de las notas obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo.
10.6. Para adquirir la condición de funcionario de carrera del Cuerpo de Policía Local de Carranque, se exigirán a las personas participantes, además del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, las siguientes condiciones:
a) Aceptación del compromiso de portar armas, así como de utilizarlas en caso necesario.
b) Toma de posesión del puesto adjudicado en el plazo de un mes desde que fueran nombrados, salvo que concurran causas extraordinarias que lo impidan.
c) Aceptación del compromiso de obtener el permiso de conducción de la clase A, si no estuvieran en posesión del mismo, desde el momento en que re únan los requisitos necesarios para su obtención, si el Ayuntamiento así se lo requiriese por necesi dades del servicio. Los gastos de obtención de dicho permiso de conducción serán por cuenta del propio personal funcionario.
11. Norma final Contra la presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Toledo, en el plazo de dos meses, o previamente, recurso potestativo de re posición, ante el órgano administrativo que dictó la presente convocatoria, en el plazo de un mes, en ambos supuestos, desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, según establecen los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de interponer cualquier otro que se considere procedente
ANEXO I CONVOCATORIA PARA EL INGRESO EN LA CATEGORÍA DE POLICÍA DEL CUERPO DE POLICÍA LOCAL DE CARRANQUE
PRIMERA PRUEBA: APTITUD FÍSICA PRUEBAS FÍSICAS
1. Consistirán en la realización y superación de las cuatro pruebas siguientes:
1. CARRERA DE VELOCIDAD (60 metros).
2. CARRERA DE RESISTENCIA (1.000 metros).
3. SALTO DE LONGITUD (pies juntos).
4. LANZAMIENTO DE BALON MEDICINAL de 4 kg para los hombres y 3 kg para las mujeres.
2. Las pruebas se realizarán por el orden en que es tán relacionadas y cada una es eliminatoria para pasar a la siguiente.
3. Desarrollo de las pruebas:
CARRERA DE VELOCIDAD DE 60 METROS
3.1.1. Disposición: El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o agachado, sin tacos.
3.1.2. Ejecución: La propia de una carrera de velocidad
3.1.3. Medición: Deberá ser manual, con cronómetro.
3.1.4. Intentos: Se efectuará un sólo intento.
3.1.5. Invalidaciones: De acuerdo con el Reglamento Internacional de World Athletic
3.1.6. Marcas mínimas: Según el cuadro indicado de pruebas y marcas mínimas.
CARRERA DE RESISTENCIA DE 1.000 METROS
3.2.1. Disposición: El aspirante se colocará en la pista en el lugar indicado.
3.2.2. Ejecución: La propia de este tipo de carrera.
3.2.3. Medición: Se tendrá en cuenta lo dicho para la carrera de velocidad.
3.2.4. Intentos: Un sólo intento.
3.2.5. Invalidaciones: De acuerdo con el Reglamento Internacional de World Athletic
3.2.6. Marcas mínimas: Según el cuadro indicativo de pruebas y marcas mínimas.
SALTO DE LONGITUD CON LOS PIES JUNTOS
3.3.1. Disposición: El aspirante se colocará entre la raya de un metro de larga y 0’05 metros de ancha marcada en el suelo paralela al foso de saltos y a una distancia de 0’05 metros al borde anterior del mismo.
3.3.2. Ejecución: Cuando esté dispuesto el aspirante flexionará y extenderá rápidamente el tren inferior para, apoyando los dos pies en el suelo, proyectar el cuerpo hacia adelante y caer en el foso.
3.3.3. Medición: Se efectuará desde la parte de la raya más alejada del foso hasta la última huella que deje el cuerpo del aspirante sobre la arena del foso.
3.3.4. Intentos: Puede realizar tres intentos. El tiempo mínimo de preparación entre cada uno de ellos será de dos minutos.
3.3.5. Invalidaciones: El salto debe realizarse con un solo impulso de los pies, contabilizándose como nulo aquel en el que una vez separados los pies del suelo, vuelvan a apoyarse de nuevo para la impulsión definitiva. Es nulo el salto en el que el aspirante pise la raya en el momento de la impulsión. Es nulo el salto que se produce por el apoyo alternativo y no simultáneo de los pies sobre el suelo.
3.3.6. Marcas mínimas: Según el cuadro indicativo de pruebas y marcas mínimas.
LANZAMIENTO DE BALÓN MEDICINAL
3.4.1. Disposición: Pies separados y simétricos, sosteniendo el balón con ambas manos por encima y detrás de la cabeza.
3.4.2. Ejecución: Lanzarán el balón con fuerza po r encima de la cabeza de forma que caiga dentro del sector de lanzamiento.
3.4.3. Medición: Deberá ser manual.
3.4.4. Intentos: Tres intentos. El tiempo mínimo de preparación entre cada un o de ellos será de dos minutos.
3.4.5. Invalidaciones: Levantar los pies del suelo en su totalidad. Que el balón no caiga dentro de la zona de lanzamiento.
3.4.6. Marcas mínimas: Según cuadro indicativo de pruebas y marcas mínimas.
4. Marcas mínimas:
Debe tenerse en cuenta que a efectos de determin ación de las marcas de aptitud mínimas que se establecen en el presente anexo, se debe atender a la atribución de sexo que asigne el documento nacional de identidad a cada aspirante. Se exceptúa el supu esto en el que se acredite documentalmente que, a solicitud del aspirante, se hubiera inscrito en el Registro Civil la resolución definitiva de rectificación de la mención registral del sexo a que se refiere el artículo 44.9 de la Ley 4/2023, de 28 de febrero. En tales casos se estará al sexo que expresamente resulte de tal inscripción.
HOMBRES - SEXO MASCULINO
PRUEBAS Hasta 32 años 33-45 años 46-65 años CARRERA DE VELOCIDAD (60 metros) 9’’00 9’’30 9’’50 CARRERA RESISTENCIA (1.000 metros) 4’00’’ 4’05’’ 4’10’’ SALTO DE LONGITUD (pies juntos) (metros) 2,10 2,00 1,90 BALÓN MEDICINAL (4 kgs) (metros) 7 ,80 7 ,60 7 ,50 MUJERES – SEXO FEMENINO PRUEBAS
Hast a años 33-45 años 46-65 años CARRERA DE VELOCIDAD (60 metros) 10’’40 10’’70 11’’00 CARRERA RESISTENCIA (1000 metros) 4´ 40’’ 4´50´´ 5´00’’ SALTO DE LONGITUD (pies juntos) (metros) 1,80 1,70 1,60 BALÓN MEDICINAL (3 kgs. ) (metros) 5,70 5,50 5,30
ANEXO II CONVOCATORIA PARA EL INGRESO EN LA CATEGORÍA DE POLICÍA DE LA POLICÍA LOCAL DE CARRANQUE
SEGUNDA PRUEBA: TEST DE CONOCIMIENTOS
Programa PARTE GENERAL TEMA 1. La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Su garantía y suspensión. La reforma de la Constitución.
TEMA 2. Las Cortes Generales: las Cámaras, composición, funcionamiento y atribuciones. Procedimiento de elaboración de las leyes. La Corona.
TEMA 3. El Poder Judicial. Principios Constitucional es. Organización del sistema judicial español. El Tribunal Constitucional. El Tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo.
TE M A 4 . E l Go b i e r n o y l a A d m i n i st r a c i ó n . R e l a c i o nes entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Presidente del Gobierno. Los Vicepresidentes. El Co nsejo de Ministros y las Comisiones Delegadas del Gobierno. El Consejo de Estado.
TEMA 5. La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Competencias de las Comunidades Autónomas. La financiación de las Comunidades Autónomas.
TE M A 6 . La C o m u n i d a d A u t ó n o m a d e C a st i l l a-La M a n c h a : s u Esta t u t o d e A u t o n o m í a . De l a s Instituciones de la Comunidad Autónoma de Castilla -La Mancha: Las Cortes de Castilla-La Mancha, el Presidente de la Junta y el Consejo de Gobierno.
TEMA 7. Competencias de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
TEMA 8. El Derecho administrativo general. La Administración Pública. Concepto. Fuentes del derecho administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los Reglamentos.
TEMA 9 . El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. El funcionamiento electrónico del sector público.
TEMA 10. El procedimiento administrativo: Concepto y principios generales. Fases del procedimiento administrativo. Peculiaridades del procedimiento administrativo local. Los recursos administrativos. El recurso contencioso-administrativo contra los actos y disposiciones de las Entidades Locales. TEMA 1 1. La potestad sancionadora de la Administración. Principios de la potestad sancionadora. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.
TEMA 12. La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa I: actividad en materia de venta ambulante y consumo, animales domésticos y potencialmente peligrosos, urbanismo y medio ambiente. Venta de bebidas alcohólicas a menores.
TEMA 13. La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa II: Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos en Castilla-La Mancha: ámbito de aplicación y prohibiciones. Competencias municipales en la materia. Declaraciones responsables, autorizaciones, comunicaciones previas y licencias.
TEMA 14. La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa III: Condiciones y requisitos de organización y celebración de Espectáculos públicos y Actividades Recreativas en Castilla-La Mancha. Seguros. Derechos y obligaciones de espectadores y asistentes. Horario, publicidad y venta de entradas. Vigilancia, inspección y régimen sancionador.
TEMA 15. La Administración Local: conceptos, principios constitucionales, regulación jurídica y Entidades que comprende. El Municipio. El padrón municipal. Las Mancomunidades. Los Órganos de Gobierno Mu n i c i pa l : el A lca lde , el P leno , l a Ju n ta de Gobierno L oca l y o t r o s Ór g a no s. C om pet enc i a s municipales.
TEMA 16. Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación de cada uno de ellos. Información y participación ciudadana en el ámbito local.
TEMA 17. La Función Pública Local y su organiza ción. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios; especial referencia a los funcionarios de los Cuerpos de Policía Local. Régimen disciplinario de los Cuerpos de Policía Local. Sistema de responsabilidades, penal, civil y administrativa.
Los Ayuntamientos podrán incluir en esta parte temas específicos relativos a normativa o cuestiones específicas de la localidad para garantizar, en todo caso, la selección de los aspirantes más cualificados para el desempeño de las plazas convocadas, sin superar el número máximo de sesenta temas.
PARTE ESPECIAL
TEMA 18. La regulación de las Policías Locales en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. El modelo Policial Español. Funciones y competencias de la Policía Nacional, Guardia Civil, Policía Judicial, Policías Autonómicas y Policías Locales. Colaborac ión y coordinación entre las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas. Las Juntas Locales de Seguridad.
TEMA 19. La Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.
TEMA 20. Normativa de desarrollo de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha. Reglamentos y Órdenes de aplicación en la materia.
TEMA 21. La Policía Local como Policía Judicial: La comprobación del delito y averiguación del delincuente. Funciones de la Policía Local como Policía Judicial.
TEMA 22. El atestado policial. Concepto, estructura y características. La regulación del atestado policial en la legislación vigente.
TEMA 23. Delitos. Concepto. Circunstancias modifi cativas de la responsabilidad criminal. Personas responsables. Grados de ejecución.
TEMA 24. Delito de lesiones. Delitos contra la libe rtad: las detenciones ilegales y los secuestros. Las amenazas. Las coacciones.
TEMA 25. Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales: De las agresiones sexuales. De los abusos sexuales. De los abusos y agresiones sexuales a menores de dieciséis años. Del acoso sexual. De los delitos de exhibicionismo y provocación sexual. De los delitos relativos a la prostitución y a la explotación sexual y corrupción de menores.
TEMA 26. Tratamiento jurídico de la violencia de género. Las medidas de protección integral contra la violencia de género. Derechos de las mujeres, víctimas de violencia de género.
TEMA 27. Tratamiento jurídico de la violencia dom éstica. Protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
TEMA 28. Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio: Del descubrimiento y revelación de secretos. Del allanamiento de morada, domicilio de personas jurídicas y establecimientos abiertos al público.
TEMA 29. Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico.
TEMA 30. De los delitos contra los derechos de lo s trabajadores. Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. Delitos de incendios. Delitos contra la salud pública.
TEMA 31. Delitos contra la Administración Pública. Delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo. La protección del patrimonio histórico y el medio ambiente.
TEMA 32. Delitos contra el orden público: De lo s atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia. De los desórdenes públicos.
TEMA 33. Delitos de odio y conductas que vulneran las normas legales sobre discriminación. TEMA 34. La detención: Concepto. Supuestos especiales de detención. Derechos del detenido. El procedimiento de Hábeas Corpus.
TE M A 3 5 . Ti po s d e p r oc ed i m i e n t o s pe n a l e s. Es pec i a l r ef e r e n c i a a l e n j u i c i a m i e n t o r á p i d o d e determinados delitos (los juicios rápidos).
TEMA 36. Delitos contra la seguridad vial: su regulación en el Código Penal. Principio “non bis in idem”. TEMA 37. Normativa sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Objeto y ámbito de aplicación. Administraciones Públicas competente s en materia de tráfico y seguridad vial: especial consideración de las competencias municipales. El Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.
TEMA 38. Normas de comportamiento de la circul ación. Normas generales de los conductores. De la circulación de vehículos: lugar de la vía, velocidad, prioridad de paso, cambios de dirección y marcha atrás. Adelantamiento, parada y estacionamiento, cruces de pasos a nivel y puentes levadizos; utilización de alumbrado, advertencia de los conductores.
TEMA 39. Otras normas de circul ación: utilización de casco, ci nturón y restantes elementos de seguridad. Peatones. Circulación de animales. Co mportamiento en casos de emergencia. De la señalización. Normas generales. Orden de preeminencia. Formato de las señales. Tipos y significado de las señales de circulación y marcas viales.
TEMA 40. Autorizaciones administrativas. Especial referencia al permiso por puntos.
TEMA 41. El procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Infracciones y sanciones administrativas. Personas responsables. Clases de procedimientos y recursos. El Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico. Medidas provisionales y otras medidas. Ejecución de las sanciones. Prescripción y caducidad.
TEMA 42. La conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas: investigació n y práctica de pruebas de detección de dichas bebidas o sustancias. Regulación administrativa de los etilómetros.
TEMA 43. Los accidentes de tráfico: concepto y co nsideraciones previas. Sus causas, clases y fases. Actuaciones de la Policía Local en accidentes de tráfico.
TEMA 44. El Reglamento General de Conductores.
TEMA 45. El Reglamento General de Vehículos.
TEMA 46. El transporte. Clases de transporte. Serv icio público de viajeros y servicio público de m e r c a n c í a s o m i xt o . E l s e rv i c i o p r i v a d o . T r a n s po rt e escolar y de menores. Transporte de mercancías peligrosas.
TEMA 47. Sistema Nacional de Protección Civil. Plan Territorial de Emergencias de Castilla-La Mancha. Planes especiales, específicos y de respuesta. Planes de emergencias de ámbito municipal.
TEMA 48. La Ley sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.
TEMA 49. Procesadores de textos. Principales funciones. Hojas de cálculo. Fórmulas y funciones. Bases de datos. Tablas, consultas, formularios e informes.
TEMA 50. La igualdad efectiva entre mujeres y homb res. Igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI.
TEMA 51. La protección de datos. Régimen jurídico. Principios y derechos de los ciudadanos. La seguridad de la información.
TEMA 52. Introducción a la prevención de riesgos laborales. Marco normativo básico de prevención de riesgos laborales: La Ley de prevención de ries gos laborales. Prevención de riesgos laborales en seguridad vial.
ANEXO III CONVOCATORIA PARA EL INGRESO EN LA CATEGORÍA DE POLICÍA DE LA POLICÍA LOCAL DE CARRANQUE
CUARTA PRUEBA: RECONOCIMIENTO MÉDICO CUADRO DE EXCLUSIONES MÉDICAS
1. EXCLUSIONES CIRCUNSTANCIALES:
Enfermedades o lesiones agudas, activas en el momento del reconocimiento, que puedan producir secuelas capaces de dificultar o impedir el desarrollo de las funciones policiales.
2. EXCLUSIONES DEFINITIVAS
2.1. Ojo y visión.
2.1.1. Agudeza visual espontánea remota inferior a 2/3 en uno o en ambos ojos, con o sin corrección, según la escala de Wecker. Para la realización de esta prueba, los aspirantes podrán utilizar lentes correctoras.
2.1.2 Desprendimiento de retina.
2.1.3. Estrabismo.
2.1.4. Hemianopsias significativas.
2.1.5. Discromatopsias significativas. Para la realización de esta prueba, los aspirantes podrán utilizar lentes correctoras.
2.1.6. Cualquier otro proceso patológico que, a juicio del Tribunal Médico, dificulte de manera importante la agudeza visual.
2.2. Oído y audición Agudeza auditiva, con o sin corrección, que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios o de 4.000 hertzios a 45 decibelios.
2.3. Otras exclusiones.
2.3.1. Aparato locomotor: Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la función policial, o que puedan agravarse, a juicio del Tribunal Medico, con el desarrollo del puesto de trabajo. (Patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defectos de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares).
2.3.2. Aparato digestivo: Ulcera gastro-duodenal y cualquier otro proceso digestivo que, a juicio del Tribunal Medico, dificulte el desarrollo del puesto de trabajo.
2.3.3. Aparato cardiovascular: Hipertensión arterial de cualquier causa, no debiendo sobrepasar las cifras en reposo los 145 mm/Hg en presión sistólica , y los 90 mm/Hg de presión diastólica; varices o insuficiencia venosa periférica, así como cualquier ot ra patología o lesión cardiovascular que, a juicio del Tribunal Médico, pueda limitar el desarrollo del puesto de trabajo.
2.3.4. Aparato respiratorio: El asma bronquial, la broncopatía crónica obstructiva, el neumotórax espontáneo (en más de una ocasión), la tuberculo sis pulmonar activa y otros procesos del aparato respiratorio que dificulten el desarrollo de la función policial.
2.3.5. Sistema nervioso: Epilepsia, depresión, jaqu ecas, temblores de cualqu ier causa, alcoholismo, toxicomanías y otros procesos patológicos que dificulten el desarrollo de la función policial.
2.3.6. Piel y faneras: Eczema, cicatrices que produzcan limitación funcional y otros procesos patológicos que dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.
2.3.7. Otros procesos patológicos: Intoxicaciones crónicas, hemopatías graves, malformaciones congénitas, psicosis y cualquier otro proceso patoló g i c o q u e , a j u i c i o d e l T r i b u n a l Méd i c o , l i m i t e o incapacite para el ejercicio de la función policial.
La c o m p r o ba c i ó n d e l o s d a t o s c l í n i c o s a q u e s e h a c e r ef e r e n c i a e n e st e a n ex o s e h a r á s o l o y exclusivamente en el centro médico designado al efecto, y sus resultados han de referirse al momento de la exploración.
ANEXO IV MODELO DE SOLICITUD
D./Dª. ..............................................................................................................., con D.N .I. ................................................ DATOS DEL REPRESENTANTE (en su caso) .......................................................................................... ....................... Poder de representación que ostenta ........................................................................................... ............................. Domicilio a efectos de notificaciones: C/ ..................................................................................... ............................. Municipio ................................................................................, provincia ......................... .............................................. Teléfono móvil ............................................., correo electrónico .............................................. ................................. Medio de notificación:
• Notificación electrónica
• Notificación postal EXPONE
PRIMERO: Que se ha convocado proceso selectivo para el acceso al empleo público como funcionario de carrera del Ayuntamiento de Carranque, para cubrir una plaza de la escala Básica Policía Local/escala de la Administración Especial, subescala Servicios Especiales, clase Policía Local Agente, mediante el sistema de oposición libre, publicado en el “Boletín Of icial” de la provincia de Toledo nº 181, de fecha 22 de septiembre de 2026, y vista la convocatoria anunciada en el “Boletín Oficial del Estado” de fecha ..................................................
SEGUNDO: Que DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD que conozco el contenido de las bases de la convocatoria, y dispongo de la capacidad de obrar en el ámbito de la contratación y el empleo público, No estando incurso en ninguna causa de incapacidad ni incompatibilidad, ni he sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Admi nistración Pública, ni estoy inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, o, similares para el personal funcionario
TERCERO: Que acepto y cumplo a la fecha de la ex piración del plazo de presentación de instancias, todas y cada una de las bases que componen la presente convocatoria y requisitos necesarios incluyendo la titulación necesaria y autorizando la consulta de datos que sea necesaria para la presente al Ayuntamiento y restantes administraciones intervinientes en el proceso.
CUARTO: Que presento la siguiente documentación a los efectos de acreditación de requisitos:
a) Justificante del ingreso de los derechos de examen.
QUINTO: Que autorizo el tratamiento de mis datos, que se realizará en los términos establecidos en la política de privacidad.
Y SOLICITO, ser admitido para participar en el pr oceso selectivo mediante oposición libre, de una plaza de AGENTE POLICIA LOCAL del Ayuntamiento de Carranque.
En ............................................, a ...... de ............................... de 2026. EL SOLICITANTE.
Fdo.: ............................................................
Tasas por derechos de examen: Ingreso efectuado a favor del Ayuntamiento de Carranque por un importe de 35,00 €. Número de cuenta: ES663081004221 1099295220 SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE CARRANQUE
De conformidad con lo dispuesto en la normativa de protección de datos, RGPD (UE) 2016/679 y Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de derechos digitales, usted queda informado que el Ayuntamiento de Carran que, con domicilio social en plaza Eras, nº 5, 45216-Carranque (Toledo) y correo electrónico: ayuntamiento@carranque.es, tratará los datos de carácter personal que Usted ha proporcionado, con la finalidad de gestionar su posible participación en procesos de selección. Asimismo, Usted queda informado que el Ayuntamiento de Carranque se reserva la facultad de no tramitar solicitudes incompletas.
Los datos que usted nos facilita son necesarios para la gestión y tramitación de los procesos de selección de personal del Ayuntamiento de Carranque y el hech o de nofacilitarlos supondría la imposibilidad de poder gestionar tales proc esos de selec ción. El tra tamien t o , por tan t o , se basa en el c on sen timien t o que usted ha prestado mediante una clara acción afirmativa en el momento de proporcionar sus datos Usted garantiza la veracidad de los datos de carácter personal proporcionados a el Ayuntamiento de Carranque. Asimismo, el Ayuntamiento podrá solicitarle la revisión y actualización de los datos personales que sobre Usted mantenga. Sus datos serán conservados durante un plazo doce meses en el supuesto de que haya sido admitido en algún proceso de selección abierto por el Ayuntamiento de Carranque.
No obstante, lo anterior, usted podrá ponerse en contacto cuando así lo estime con el Ayuntamiento de Carranque, pudiendo ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición, así como el derecho a la portabilidad de sus datos y a no ser objeto de decisiones automatizadas, mediante solicitud dirigida a el Ayuntamiento de Carranque en plaza Eras, nº 5, 45216-Carranque (Toledo), o mediante correo electrónico ayuntamiento@carranque.es.
Si considera que no hemos tratado sus datos personales de acuerdo con la normativa, puede contactar con el Delegado de Protección de Datos, D. [nombre omitido], en la dirección frojas@laboralgroup. com. Asunto: Reclamación protección de datos.
Puede obtener más informaciónsobre sus derechos dirigiéndose a la Agencia Española de Protección de Datos-AEPD, ante la cual tiene usted derecho a presentar una reclamación en el caso de que considere que no se han respetado sus derechos, situada en la calle Jorge Juan, 6, 28001-Madrid.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.
Carranque, 23 de septiembre de 2026.–La Alcaldesa, [nombre omitido].
N.º I.-4394