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Concellos e deputacións
Convocatoria
Segovia
Conductor/a del Servicio de recogida de residuos sólidos urbanos
Comunidad de Villa y Tierra de Pedraza · Castilla y León
Prazas
1
segundo a publicación
Grupo
C2*
estimado polo posto
Sistema
Concurso-oposición
Laboral
Podo presentarme?
- Titulación ESO / Graduado escolarDeducido do grupo C2: confírmao nas bases.
- Quen pode presentarse Non se indica o tipo de acceso: revisa as bases.
- Prazo de solicitudes Aínda non comezou. Plazo aún no abierto: empieza al publicarse en el BOCYL (20 hábiles)
- Como presentarse A solicitude preséntase na sede electrónica ou no rexistro do organismo convocante; os pasos exactos veñen na publicación oficial ↗.
- Tipo
- Convocatoria
- Título oficial
- Bases que rigen la convocatoria para la cobertura de una plaza de personal laboral de Conductor/a del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos por concurso-oposición, incluida en la Oferta de Empleo Público de 2025
- Convoca
- Comunidad de Villa y Tierra de Pedraza
- Ámbito
- Concellos e deputacións
- Publicada
- 16/09/2026 en Boletín Oficial de la Provincia de Segovia
- Fonte
- Baseado en datos de Boletín Oficial de la Provincia de Segovia ↗. Última comprobación: 14/10/2026.
El programa que figura en el Anexo de esta convocatoria y puntuará de 0 a 10 puntos, efectuándose la calificación de la siguiente manera
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COMUNIDAD DE VILLA Y TIERRA DE PEDRAZA ANUNCIO
ACUERDO de 26 de julio de 2026, de la Junta General de la Comunidad de Villa y Tierra de Pedraza (Segovia), por el que se aprueban las bases que rigen la convocatoria para cubrir, mediante el sistema de concurso-oposición, 1 plaza de personal laboral de Conductor del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos, incluidas en la oferta de empleo público de 2025. Expte.: 17/2026. BASES QUE RIGEN LA CONVOCATORIA PARA LA COBERTURA DE UNA PLAZA DE PERSONAL LABORAL DE CONDUCTOR DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE RESIDUOS SOLIDOS URBANOS POR CONCURSO-OPOSICION, INCLUIDA EN LA OFERTA DE EMPLEO PUBLICO DE 2025.
PRIMERA.- Objeto de la convocatoria Es objeto de la presente convocatoria, conforme a la Oferta de Empleo Público 2025, aprobada acuerdo de la Junta General de fecha 25 de julio de 2025, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León nº 157 de fecha 14 de agosto y Boletín Oficial de la Provincia de Segovia nº 104 de fecha 31 de agosto, la cobertura de una plaza de Conductor/a del Servicio de recogida de residuos sólidos urbanos de la plantilla de personal laboral de esta Comunidad de Villa y Tierra.
SEGUNDA.- Requisitos de admisión de los aspirantes Para tomar parte en este proceso, los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que concluya el plazo de presentación de solicitudes, los requisitos siguientes:
a) Ser español, sin perjuicio de lo dispuesto sobre el acceso al empleo público de nacionales de otros Estados en el art. 57.2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Tener cumplidos los 18 años y no superar la edad de jubilación forzosa.
c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
d) Estar en posesión del título de mínimo exigible para esta plaza o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, en su caso. Para esta plaza es necesario:
– Certificado de escolaridad o equivalente.
– Permiso de conducir C.
– Estar en posesión del Certificado de Aptitud Profesional para transporte de mercancías (CAP) en vigor.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la convalidación.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni tener inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos o haber sido despedido como personal laboral en los términos establecidos en el art. 56.1 d) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
TERCERA.- Solicitudes Los interesados podrán presentar solicitudes debidamente cumplimentadas en el modelo oficial (Anexo I) durante el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León, y se dirigirán al Presidente, presentándose en el Registro de la Comunidad o en cualquiera de los formas previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Se adjuntará junto a la solicitud que incluye la inscripción y declaración responsable debidamente rellenada y firmada según el modelo oficial (Anexo I):
• Fotocopia del DNI o documento equivalente.
• La titulación indicada en la convocatoria.
• Justificación documental de los méritos que se aleguen para su valoración en la Fase de Concurso, en la forma que determina la Base Sexta de esta Convocatoria.
Las bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia, en el Boletín Oficial de Castilla y León y en la sede electrónica esta Comunidad de Villa y Tierra: https:// villaytierradepedraza.sedelectronica.es.
CUARTA.- Admisión de aspirantes Son causas de inadmisión de los aspirantes las siguientes:
a) No acreditar alguno de los requisitos para participar en el correspondiente proceso selectivo y/o no aportar la documentación que lo justifique.
b) La omisión de firma en la solicitud.
c) La presentación fuera de plazo.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia, en el tablón de anuncios de esta Comunidad y en su sede electrónica, con indicación de las causas de exclusión, así como el plazo de subsanación de defectos y presentación de reclamaciones que se concede a los aspirantes excluidos, a tenor del artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 14.3 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, que será de 10 días hábiles.
En el supuesto de formularse reclamaciones, serán resueltas en el mismo acto administrativo que apruebe la lista definitiva, que será hecha pública, asimismo, en la forma indicada anteriormente. En dicha resolución se efectuará igualmente el nombramiento de los miembros del Tribunal. De no presentarse reclamaciones, la lista provisional se entenderá elevada automáticamente a definitiva, haciéndose constar esta circunstancia en el anuncio que se indica en el anterior párrafo. Contra el acuerdo aprobatorio de la lista definitiva podrán los interesados interponer el recurso potestativo de reposición ante el Presidente de la Comunidad de Villa y Tierra previsto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o alternativamente recurso contencioso- administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Segovia, en los términos de la vigente Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
QUINTA.- Órgano de selección Conforme recoge el Art. 60 del TREBEP, el órgano de selección estará compuesto por cinco miembros: Presidencia, Secretaría y Tres vocales, todos ellos con voz y voto que será designado en el momento de la publicación de las listas definitivas. En cumplimiento del principio de especialidad, al menos la mitad más uno de sus miembros habrá de poseer una titulación correspondiente a las áreas de conocimiento exigidas para participar y la totalidad de ellos igual o superior nivel académico, estarán formados mayoritariamente por miembros de los Cuerpos objeto de las pruebas, cumpliéndose siempre que sea posible con el principio de paridad recogido en la Ley.
No podrán formar parte de los órganos de selección, el personal de elección o designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual.
Podrán designarse suplentes en sustitución de los titulares que integren el referido Tribunal. Así mismo, el Presidente de la Corporación podrá designar si lo estima oportuno o conveniente algún asesor especialista para todas o alguna de las pruebas. Por otra parte, el Tribunal podrá recabar cuando lo estime oportuno la asistencia de funcionarios o trabajadores de esta Comunidad de Villa y Tierra para actuar como colaboradores técnicos o administrativos del tribunal durante el proceso selectivo.
El órgano de selección no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, como mínimo, de la mitad más uno de sus miembros, ajustará su funcionamiento a lo previsto en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, y estará facultado para resolver las cuestiones que pudieran suscitarse durante el desarrollo de la Convocatoria, y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden de la misma, en todo lo no previsto en estas Bases.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 30 y en el Anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre Indemnizaciones por Razón del Servicio, el órgano de selección que actúe en el presente proceso tendrá la categoría tercera.
Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Presidencia, cuando concurran en ellos alguna de las causas previstas en el art. 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a esta Convocatoria. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran en ellos alguna de estas circunstancias en los términos previstos en el artículo 24 de la misma ley 40/2015.
La pertenencia a los Tribunales u órganos de selección, será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta, en representación o por cuenta de nadie.
Los Órganos de selección deberán ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros.
Contra los actos y decisiones del Tribunal calificador, así como las que imposibiliten la continuación del procedimiento para el interesado o produzcan indefensión y se funden en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer por el interesado recurso de alzada ante el Alcalde-Presidente de la Corporación, de conformidad con lo establecido en el artículo 121 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, y ello sin perjuicio de la interposición de cualesquiera otro recurso que se estime oportuno.
SEXTA.- Sistema de Selección y Desarrollo del proceso La selección constará de dos fases, una fase de Concurso y otra fase de Oposición.
6.1.- Fase de concurso:
La Fase de Concurso consistirá en la valoración de los méritos acreditados documentalmente por los aspirantes referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
6.1.1.- Baremo de méritos.
El baremo de méritos de la Fase de Concurso se regirá por los siguientes apartados para las plazas objeto de esta selección:
A) Experiencia profesional.
La valoración máxima de este apartado será de hasta 10 puntos:
A.1) Servicios prestados en la Comunidad de Villa y Tierra de Pedraza en el mismo grupo y categoría profesional del puesto objeto de la Convocatoria: 0,20 puntos por mes trabajado. A.2) Servicios prestados en el mismo grupo y categoría profesional al del objeto de la convocatoria en otras entidades locales que cuenten con servicio de recogida de residuos sólidos urbanos: 0,15 puntos por mes trabajado.
A.3) Servicios prestados en el mismo grupo y categoría profesional al del objeto de la convocatoria para el que se requiera permiso de conducir C o superior en otras Administraciones públicas o empresas privadas: 0,10 puntos por mes trabajado.
B) Méritos académicos.
La Valoración máxima de este apartado será de 5 puntos.
B.1) Por estar en posesión del permiso de conducir:
– Tipo superior a C: 2 puntos.
B.2) Por la obtención del certificado de aptitud profesional para transporte por carretera en fecha posterior a 1 de enero de 2023: 2 puntos.
B.3) Asistencia a cursos, seminarios, congresos, jornadas o similar, impartidos por organismos públicos y/o centro homologado y/o empresa homologada, debidamente acreditados y relacionados con el puesto a desempeñar:
– Hasta 20 horas lectivas o cuya duración no conste expresamente en el diploma o certificado de asistencia: 0,10 puntos por curso.
– Más de 20 horas: 0,20 puntos por curso.
Respecto a la experiencia profesional:
Sólo se computarán por meses enteros, siendo despreciados los periodos inferiores al mes. La puntuación asignada a la experiencia laboral se atenderá a la aportación de certificado original emitido por el órgano competente en donde haya desempeñado el trabajo, en la cual se haga constar claramente la duración del servicio, grupo y categoría profesional desempeñada o contrato de trabajo. Se atenderá a los días cotizados en el Informe de Vida Laboral para cada uno de los períodos de prestación de servicios siendo requisito necesario la aportación del Informe de Vida Laboral. Su no aportación impedirá la valoración del mérito.
Como medida apropiada de agilización esta Comunidad de Villa y Tierra no requerirá a los aspirantes que tengan o hayan tenido relación laboral con ella aportar la documentación relativa a los contratos de trabajo al estar en posesión de esta administración.
Respecto a los méritos académicos:
Se valorará exclusivamente el título superior que se haya presentado.
El Tribunal examinará las solicitudes presentadas, valorando únicamente aquellos méritos que hayan sido justificados documentalmente.
6.1.2.- Justificación de los méritos de la Fase de Concurso.
Los méritos se acreditarán documentalmente junto con la instancia de solicitud para tomar parte en la Convocatoria y dentro del plazo de presentación de las mismas. La forma de acreditación de los méritos será la siguiente:
1.- Servicios prestados (apartados a, b) y c) del Baremo):
-Si se trata de servicios prestados en la Comunidad de Villa y Tierra de Pedraza, el aspirante solicitará expresamente la inclusión de dichos servicios en la valoración de méritos, sin que sea necesaria la aportación por el aspirante del certificado de servicios, el cual se expedirá posteriormente de oficio por el propio Ayuntamiento.
-Si se trata de servicios prestados en otras Administraciones Públicas distintas de la Comunidad de Villa y Tierra de Pedraza o empresas privadas, se acreditarán mediante la presentación de los siguientes documentos:
Documento n.º 1.- Certificado de vida laboral debidamente actualizado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, en el que deberán figurar expresamente cotizados los servicios correspondientes.
Documento n.º 2.- Certificados de servicios expedidos por los Órganos competentes de la Administración Pública o Empresa o Empresas privadas en las que hayan prestado sus servicios, que deberán contener el período o períodos de servicios prestados y preferentemente, además, una descripción de las funciones realizadas. Excepcionalmente, si la empresa o entidad hubiera desaparecido o resultara imposible materialmente obtener el certificado de servicios por causas no imputables al interesado, podrán acreditarse en su lugar mediante copia del contrato/s de trabajo o resolución/es de nombramiento, junto con sus prórrogas y anexos. En todo caso deberá figurar de forma inequívoca la categoría profesional y períodos de prestación de los servicios.
Para la acreditación de los servicios prestados será necesaria la presentación de ambos documentos, por una parte, el certificado de servicios, preferentemente acompañado de la descripción de las funciones realizadas, o en su defecto contratos de trabajo y por otra parte el certificado de vida laboral, no bastando la presentación de uno solo de ellos.
En el caso de que, entre la documentación aportada por el aspirante no figure la descripción de las funciones realizadas, el Tribunal adoptará la resolución procedente de cara a la valoración o no de los servicios prestados en función de la denominación y características del puesto que figuren en dicha documentación.
2.- Asistencia a cursos relacionados con las funciones a desempeñar.- (Apartado B) del Baremo).- Se acreditarán mediante fotocopia del diploma correspondiente o certificado de asistencia expedido por la Entidad que lo haya impartido, con indicación del número de horas lectivas del curso y fechas o período de celebración. Si se trata de cursos impartidos como ponente, deberá acreditarse este dato.
Los documentos acreditativos de los méritos se acreditarán mediante fotocopias de los originales que se adjuntarán a la instancia antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes. No será necesaria inicialmente la compulsa de los documentos que se presenten fotocopiados, bastando la declaración expresa responsable del interesado sobre la autenticidad de los mismos, y sin perjuicio de que posteriormente pueda, en su caso, requerirse de los aspirantes la aportación de los originales de los documentos que se consideren oportunos para su cotejo y compulsa.
6.1.3.- Publicación de las calificaciones de la Fase de Concurso:
El Tribunal Calificador ordenará la publicación en el Tablón de Edictos y en la Sede Electrónica de la Comunidad de Villa y Tierra de Pedraza, de las calificaciones totales obtenidas en la Fase de Concurso.
Frente a las puntuaciones otorgadas en la Fase de Concurso, los aspirantes podrán formular las alegaciones que consideren oportunas en el plazo que a tal efecto conceda el Tribunal Calificador. Dichas alegaciones podrán referirse sólo a los méritos debidamente acreditados documentalmente dentro del plazo fijado al efecto, sin que proceda la incorporación de nuevos méritos no acreditados o acreditados insuficientemente en el mencionado plazo.
6.2.- Fase de oposición:
La Fase de Oposición consistirá en la realización de dos ejercicios de carácter eliminatorio y obligatorio para todos los aspirantes:
6.2.1.- Ejercicios Primer ejercicio: consistirá en contestar por escrito, durante el tiempo máximo que se determine por el Tribunal, a un cuestionario de 20 preguntas tipo test, con respuestas alternativas siendo una sola de las respuestas correcta, relacionadas con los temas que aparecen en el Programa de la Convocatoria. El Tribunal podrá disponer además, hasta un máximo de cuatro preguntas adicionales de reserva en previsión de posibles anulaciones.
Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de uno o varios ejercicios o pruebas prácticas, relacionadas con las funciones a desempeñar en la plaza convocada.
6.2.2.- Calificación de los ejercicios.
Todos los ejercicios tendrán carácter eliminatorio y obligatorio para todos los aspirantes. El primer ejercicio, de carácter teórico, versará sobre el programa que figura en el Anexo de esta convocatoria y puntuará de 0 a 10 puntos, efectuándose la calificación de la siguiente manera:
a) Cada pregunta correctamente contestada se calificará con 0,5 punto. Cada pregunta incorrectamente contestada se penalizará con 0,2 puntos. Cada pregunta sin contestar (en blanco) se calificará con 0,00 puntos.
b) A continuación, el Tribunal fijará en el primer ejercicio una nota de corte en función del número de aspirantes presentados y del número de aspirantes que le Tribunal considere que deben superar el mismo, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen dicha nota de corte. Dicha nota se determinará antes de la identificación de los aspirantes una vez calificado el ejercicio de forma anónima.
c) Serán eliminados los aspirantes que no alcancen la nota de corte previamente determinada por el Tribunal.
El segundo ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 10 puntos. En este ejercicio el Tribunal adoptará los criterios objetivos de puntuación que estime convenientes los cuales se pondrán en conocimiento de los aspirantes con carácter previo al inicio del ejercicio.
Las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal calificador, y dividiendo el total obtenido entre el número de miembros del Tribunal, siendo el cociente la calificación definitiva.
Las calificaciones de cada ejercicio serán hechas públicas en el mismo día en que se otorguen y expuestas en el Tablón de edictos y en la página Web de la Corporación, además de en los lugares donde se realicen las pruebas.
SÉPTIMA.- Calificación total y definitiva de los aspirantes.
7.1.- La calificación total y definitiva de los aspirantes vendrá dada por la puntuación resultante de sumar a la puntuación total alcanzada en la Fase de Concurso y la suma de las puntuaciones obtenidas en el conjunto de los dos ejercicios de la oposición por los aspirantes que superen la totalidad de los mismos.
7.2.- En caso de empate entre dos o más aspirantes, el Tribunal podrá llevar a efecto una o más pruebas complementarias sobre los ejercicios que componen la oposición.
OCTAVA.- Comienzo y desarrollo de las pruebas selectivas.
8.1.- Comienzo Los ejercicios se desarrollarán transcurridos, al menos, un mes desde la fecha en que aparezca publicado el anuncio de esta convocatoria.
8.2.- Publicación de la fecha, hora y lugar de celebración de las pruebas.
La fecha, lugar y hora de celebración de las pruebas será hecha pública en el Boletín Oficial de la Provincia al mismo tiempo en que se publique la lista de admitidos y excluidos.
8.3.- llamamiento de los aspirantes.
Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.
8.4.- Orden de actuación de los aspirantes.
El orden de actuación de los aspirantes en aquellos ejercicios que, en su caso, no se realicen conjuntamente por todos los aspirantes al mismo tiempo, se iniciará con aquel cuya letra inicial del primer apellido se corresponda con la letra que resulte elegida en el sorteo a realizar por el Tribunal antes de la realización del primer ejercicio.
8.5.- Publicación de calificaciones y anuncios sobre celebración de los sucesivos ejercicios. Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas en el Boletín Oficial de la Provincia. No obstante, estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores y en el tablón de edictos de la corporación, con una antelación de, al menos, 24 horas a la celebración del siguiente ejercicio, junto con las calificaciones obtenidas por los aspirantes que hubieran superado el ejercicio anterior.
NOVENA.– Presentación de documentos.
Publicado el resultado definitivo del proceso selectivo, los aspirantes propuestos presentarán, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente de la publicación de la resolución de propuesta de contratación, los justificantes de reunir los requisitos requeridos por la convocatoria:
a) Certificación de Acta de Nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente.
b) Certificado médico acreditativo expedido por el facultativo correspondiente de Servicio Público de Salud, acreditativo de poseer la capacidad funcional correspondiente a las funciones a desarrollar, sin perjuicio del reconocimiento médico previo y complementario que en su caso deba realizar en los Servicios Médicos correspondientes del Servicio de Vigilancia de la Salud de esta Corporación.
c) Declaración jurada o responsable de no hallarse incurso en causa de incapacidad, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio del Estado, Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
d) Declaración jurada o responsable de no desempeñar ningún puesto del sector público o actividad privada incompatible según el art. 1 de la Ley 53/1984 de 26 de diciembre.
e) Declaración complementaria de conducta ciudadana con arreglo a lo dispuesto en la ley 68/1980 de 1 de diciembre.
Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, los aspirantes propuestos no presentasen su documentación no podrán ser contratados y se anularán todas sus actuaciones, sin perjuicio de las exigencias de responsabilidad en que hubiesen podido incurrir por falsedad en la instancia presentada solicitando tomar parte en la Convocatoria. En este caso, el Tribunal formulará propuesta adicional a favor de quien le siga en el orden de puntuación.
Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la Presidencia efectuará la correspondiente contratación como personal laboral fijo, debiendo formalizar el correspondiente contrato de trabajo en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación de su nombramiento como personal funcionario de carrera en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia, o, desde que se le haya efectuado el requerimiento para formalizar el correspondiente contrato de trabajo. Transcurrido dicho plazo de un mes, quienes no hayan formalizado el correspondiente contrato de trabajo, perderán todos los derechos adquiridos durante el proceso selectivo quedando anuladas todas sus actuaciones.
DÉCIMA .- Incidencias El órgano de selección queda facultado para resolver las dudas que surjan durante el proceso selectivo y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo en todo lo no previsto en estas bases.
DÉCIMO PRIMERA.- Bolsa de trabajo.
Al objeto de afrontar las futuras necesidades temporales de efectivos en la Comunidad de Villa y Tierra de Pedraza se formará una bolsa de trabajo de la categoría que regulan estas Bases, elaborada con las personas aspirantes que no hayan obtenido plaza por orden de puntuación en la calificación final . La vigencia de la bolsa de trabajo será por un período máximo de (4) cuatro años, quedando anulada en el caso de la constitución de otra bolsa de trabajo derivada de un nuevo proceso selectivo.
DÉCIMO SEGUNDA.- Vinculación de las bases.
Las presentes bases vinculan a la Comunidad de Villa y Tierra de Pedraza, al órgano de selección y a quienes participen en el proceso selectivo. Tanto las bases, como cuantos actos administrativos deriven de la convocatoria y de la actuación de la comisión de selección podrán ser impugnados por los interesados en los casos, plazos y forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra estas bases, que ponen fin a la vía administrativa, los interesados, pueden interponer , alternativamente, o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de estas Bases en el Boletín Oficial de la Provincia, ante la Presidencia de esta Comunidad de Villa y Tierra, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Segovia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. Sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que sea procedente y estimen oportuno.
Pedraza, a 1 de septiembre de 2026.— El Presidente, [nombre omitido]. MODELO DE SOLICITUD Nombre: 1.er. Apellido: 2.º Apellido: DNI/NIE:
1.er Número de teléfono:
2.º Número de teléfono: Correo electrónico:
Actuando en nombre propio o en representación de (se ha de adjuntar el poder de representación) Empresa/entidad/persona (nombre y apellidos) CIF/DNI/NIE Domiciliado en (lugar y medio a efectos de comunicaciones):
Código postal: Localidad: Provincia:
Teléfono de contacto:
Correo electrónico: Otro medio:
Forma de relacionarse con la Comunidad de Villa y Tierra de Pedraza En papel Por medios electrónicos EXPONE:
PRIMERO. Que desea tomar parte en las pruebas selectivas para la cobertura de 1 plaza de conductor del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos por concurso, incluida en la oferta de empleo público de 2024 según convocatoria y conforme a las bases publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia n.º , de fecha ....................... y en Boletín Oficial de Castilla y León n.º............, de fecha ...........................
SEGUNDO. Que reúne todos y cada uno de los requisitos señalados en la Base Segunda de la convocatoria para tomar parte en el proceso de selección, aportando la siguiente documentación:
• Fotocopia del DNI o documento equivalente.
• La titulación indicada en la convocatoria.
• Justificación documental de los méritos que se aleguen para su valoración en la Fase de Concurso, en la forma que determina la Base Sexta de esta Convocatoria.
TERCERO. Asimismo, el abajo firmante DECLARA RESPONSABLEMENTE:
a) No haber sido separado mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleo o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal funcionario, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
b) No estar incurso en causa de incompatibilidad para el ejercicio de funciones públicas.
c) Que cumple los requisitos de la convocatoria (en todo caso habrán de acreditarse en el momento de la contratación o nombramiento si es seleccionado).
d) Que acepta íntegramente las bases de la convocatoria.
Y para que conste a los efectos oportunos, firmo la presente en.................a..........de..........de 202.... Fdo.: …………………….........
ANEXO II PROGRAMA DE LA CONVOCATORIA
Tema 1.- El Municipio en el Régimen Local Español. Organización y competencias de los Ayuntamientos. Los Órganos de Gobierno locales: composición, elección y atribuciones. Tema 2.- La Función Pública Local y su organización. Regulación Legal. El Estatuto Básico del Empleado Público de 12 de abril de 2007.- La Ley 7/2005 de 24 de mayo de la Función Pública de Castilla y León: Estructura y ámbitos de aplicación. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales. Sistema retributivo. Incompatibilidades. Régimen disciplinario.
Tema 3.- Legislación vigente de la Comunidad de Castilla y León en materia de carreteras: Ley de carreteras de Castilla y León (Ley 10/2008 de 9 de Diciembre). Estructura y contenido. Tema 4.- Legislación vigente sobre tráfico y seguridad vial. Real decreto legislativo de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. El Real Decreto 1428/2003 de 21 de Diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación. Real decreto 970/2020 de 16 de noviembre por el que se modifica el Reglamento General de Circulación. Normas generales. Señales de tráfico. Permisos de conducción.
Tema 5.- Normativa y reglamentación de tráfico para el transporte de materiales y maquinaria pesada.
Tema 6.- Mantenimientos periódicos, medidas preventivas en conservación de vehículos y maquinaria. ITV. Plazos y revisión del vehículo.
Tema 7.- Conocimiento de las herramientas básicas para mantenimiento de vehículos y maquinaria. Reparación de pequeñas averías.
Tema 8.- Conocimientos básicos de motores: diésel y gasolina de cuatro tiempos. Partes que los componen y funcionamiento.
Tema 9.- Electricidad, sistemas de arranque e iluminación. Reparación de pequeñas averías y mantenimiento.
Tema 10.- Diferencia de los distintos lubricantes y refrigerantes. Mecanismos y sistemas donde se utiliza cada uno.
Tema 11.- Neumáticos y suspensión. Tipos y sistemas empleados en turismos y vehículos industriales. Solucionar pequeñas averías. Alineación y equilibrado, cambio y repuesto. Adherencia y dibujo del neumático. Presión de inflado y desgaste.
Tema 12.- Frenos: conocimiento de los diferentes sistemas de frenado en materia y vehículo industrial. Sistemas empleados y funcionamiento.
Tema 13.- Mantenimiento de vehículos industriales y maquinaria pesada: embragues, transmisiones, grupo diferencial, dirección y caja de cambios.
Tema 14.- Conducción eficiente: consumo de combustible y mantenimiento del vehículo. Emisiones contaminantes. Medidas para evitar la contaminación.