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Concellos e deputacións
Bolsa de emprego
Burgos
Bases reguladoras para la creación de una bolsa de empleo de conductor/a operario/a de recogida de basuras polivalente, como personal laboral temporal a tiempo completo
Mancomunidad Odra-Pisuerga · Castilla y León
Este prazo xa pechou. Abertas agora: Oficios e mantemento
Concellos e deputacións
Oficial de Servicios (Especialidad Albañilería)
Ayuntamiento de Móstoles (Madrid)
5días
14 prazas
Publicada 29/09/2026
Comunidade autónoma
Técnico Mantenimiento Edificios e Instalaciones Industriales
Hospital Universitario Virgen Macarena · Sevilla
5días
5 prazas
Publicada 09/10/2026
Comunidade autónoma
Técnico Mantenimiento Edificios e Instalaciones Industriales
Hospital Universitario Regional de Málaga
5días
3 prazas
Publicada 09/10/2026
Prazas
Non se indica
Grupo
Non se indica
Sistema
Concurso de méritos
Laboral
Estado do proceso
- Convocada: feito
- Solicitudes: fase actual
- Listaxes
- Exame
- Aprobados
- Nomeamentos
Fase 2 de 6 · Solicitudes
- Convocada
- Prazo de solicitudes
- Seguinte: listaxes de admitidos
Última novidade: convocatoria (15/09/2026). Datas orientativas: confírmaas no boletín.
Podo presentarme?
- Titulación Requisito: Graduado escolar o equivalenteNivel mínimo: ESO / Graduado escolar
- Quen pode presentarse Non se indica o tipo de acceso: revisa as bases.
- Prazo de solicitudes Prazo pechado (ata o 29/09/2026).
- Como presentarse A solicitude preséntase na sede electrónica ou no rexistro do organismo convocante; os pasos exactos veñen na publicación oficial ↗.
- Tipo
- Bolsa de emprego
- Título oficial
- Bases reguladoras para la creación de una bolsa de empleo de conductor/a operario/a de recogida de basuras polivalente, como personal laboral temporal a tiempo completo
- Convoca
- Mancomunidad Odra-Pisuerga
- Ámbito
- Concellos e deputacións
- Titulación
- Graduado escolar o equivalente
- Publicada
- 15/09/2026 en Boletín Oficial de la Provincia de Burgos
- Fonte
- Baseado en datos de Boletín Oficial de la Provincia de Burgos ↗. Última comprobación: 14/10/2026.
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C.V.E.: BOPBUR-2026-03789 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL MANCOMUNIDAD ODRA-PISUERGA
Habiéndose aprobado por resolución de Alcaldía de fecha 1 de septiembre de 2026, las bases y la convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo de personal laboral temporal a tiempo completo, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en Boletín Oficial de la Provincia.
Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:
BASeS regulAdOrAS PArA lA creAción de unA BOlSA de emPleO de PerSOnAl lABOrAl temPOrAl A tiemPO cOmPletO en lA cAtegOríA de cOnductOr/A-OPerAriO/A de recOgidA de BASurAS POlivAlente de lA mAncOmunidAd OdrA-PiSuergA Primer o. – Normas generales. Objeto de la convocatoria.
las presentes bases regulan el procedimiento selectivo para la constitución, mediante concurso, de una bolsa de empleo de personal laboral temporal en la categoría de conductor/a operario/a de recogida de basuras, con el fin de cubrir las necesidades de personal que pudieran surgir por las causas previstas en la base segunda. el procedimiento se ajusta a los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad (artículos 14, 23.2 y 103.3 ce) y a la normativa básica del empleo público.
constituye el objeto de las presentes bases la regulación del procedimiento selectivo para constituir una bolsa de empleo de personal laboral temporal en la categoría de conductor/a-operario/a de recogida de basuras polivalente.
– denominación de la plaza: de conductor/a-operario/a de recogida de basuras polivalente.
– régimen: personal laboral.
– categoría profesional: 8.
– titulación exigible: graduado escolar o equivalente.
– Sistema selectivo: concurso de méritos.
las funciones encomendadas son las siguientes:
– conducción del camión de basuras.
– conducción de las diferentes máquinas de la mancomunidad.
– traslado, recepción, entrega y recogida de maquinaria, enseres y documentos relacionados con la actividad de la mancomunidad tanto dentro como fuera de los términos municipales de los ayuntamientos que componen la mancomunidad.
– Formulación de denuncias por infracciones de depósito de basuras, enseres, etc.
– limpieza y mantenimiento de los espacios, maquinaria y enseres de la mancomunidad.
– todo tipo de obras e instalaciones dentro de los edificios de la mancomunidad que le sean encomendadas por la Presidencia conforme a su categoría profesional y conocimientos, tanto en inversión nueva como de reposición, así como de reparaciones, mantenimiento y conservación.
– entrega de herramientas municipales y dirección de determinados trabajos, bajo las órdenes de la Presidencia, de los de trabajadores eventuales de la mancomunidad.
– control y mantenimiento de llaves, herramientas, máquinas y vehículos que se hallen en las dependencias de la mancomunidad, así como ropa laboral del personal.
– colaboración con trabajos relacionados con fiestas, actividades culturales y deportivas y cualesquiera otros trabajos afines a la categoría de puestos que sean encomendados por la mancomunidad y sean necesarios por razón del servicio.
– estar preparado para cualquier urgencia y localizable por medio de móvil para responder a las incidencias que puedan surgir en el servicio de recogida de basuras incluso en fines de semana y festivos.
– cualquier otra tarea o función que se le encomiende relacionadas con su puesto de trabajo o que puedan serle atribuida por la legislación vigente.
Para la selección se tendrá en cuenta que se requiere el siguiente perfil: persona con espíritu de servicio hacia el usuario atención y habilidades de comunicación con el público, tener experiencia en puestos similares, capacidad de organización y responsable en conseguir los objetivos del puesto de trabajo.
Segundo. – Modalidad del contrato.
la modalidad del contrato es la de personal laboral temporal a tiempo completo, regulada por el artículo 15 del texto refundido de la ley del estatuto de los trabajadores y legislación laboral. en su caso, se podría utilizar para la cobertura de puesto de trabajo para jubilación parcial de alguno de los trabajadores de la mancomunidad, estableciéndose, el correspondiente contrato relevo.
la jornada de trabajo será de treinta y siete horas y media semanales, fijando como día de descanso el sábado y el domingo en el horario de invierno, y el domingo en el horario de verano (en general de junio a septiembre), salvo necesidades del servicio en casos excepcionales. el horario de trabajo será flexible, dependiendo de las circunstancias y las necesidades existentes siendo determinado por la presidencia de la mancomunidad pudiendo ser de mañana y tarde. el desempeño del puesto conlleva disponibilidad horaria para atender fuera del horario normal las contingencias que puedan producirse. las retribuciones son las fijadas en el presupuesto y en la plantilla de trabajadores aprobada. Tercero. – Condiciones de admisión de aspirantes.
Para ser admitidos en el procedimiento selectivo, será necesario reunir los requisitos establecidos en el artículo 46 de la ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de castilla y león, en relación con el artículo 56 del texto refundido de la ley del estatuto Básico del e mpleado Público, aprobado por r eal decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre:
a) tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido de la ley del estatuto Básico del empleado Público, aprobado por real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Solo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. en el caso de ser nacional de otro estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.
e) no padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
f) estar en posesión de la titulación del graduado escolar o título equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de proposiciones para tomar parte en las pruebas selectivas. en caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación; además se adjuntará al título su traducción jurada.
g) Otros requisitos específicos:
– estar en posesión del permiso de conducción tipo B en vigor.
– estar en posesión del permiso de conducción para camiones tipo c en vigor.
– estar en posesión del c.A.P ., o en trámites para conseguirlo. (certificado de aptitud profesional de conductores).
Cuarta. – Forma y plazo de presentación de instancias.
las solicitudes requiriendo tomar parte en los procedimientos selectivos se formularán por escrito conforme al anexo i, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales, se dirigirán al presidente de la m ancomunidad Odra-Pisuerga, se presentarán en el registro general de esta mancomunidad (sito en las oficinas municipales del Ayuntamiento de melgar de Fernamental, plaza españa, n.º 1 de melgar de Fernamental), en el registro electrónico de la mancomunidad (https://odrapisuerga.sedipualba.es) o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos. el anuncio se publicará en la sede electrónica de la mancomunidad https://odrapisuerga.sedipualba.es/tablondeanuncios/ y en los tablones de anuncios de los municipios que integran esta mancomunidad.
los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del proceso selectivo, es decir para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban realizarse. cuando sea necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la disposición adicional séptima de la ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos Personales y garantía de los derechos digitales. la mancomunidad será la responsable del tratamiento de estos datos.
la solicitud deberá ir acompañada por:
– Fotocopia del dni o, en su caso, pasaporte.
– Fotocopia del permiso de conducir de la clase requerida.
– documentos acreditativos de los méritos y circunstancias alegados que deban ser valorados en la fase de concurso.
– curriculum vitae del aspirante.
(la documentación deberá estar válidamente compulsada o presentada junto con su original para la compulsa por esta administración).
Quinta. – Admisión de aspirantes.
Finalizado el plazo de presentación de instancias, el presidente aprobará la lista de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión en cada caso. esta resolución aprobando la lista de admitidos y excluidos se hará pública en el tablón de anuncios de la mancomunidad y en los tablones de anuncios de los municipios que integran esta mancomunidad y se concederá un plazo de diez días hábiles para la subsanación.
Sexta. – Tribunal calificador.
los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.
el personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.
la pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
el número de los miembros de los tribunales nunca será inferior a cinco, asimismo, su composición será predominantemente técnica y los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.
la abstención y recusación de los miembros del tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen Jurídico del Sector Público.
los miembros del tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados. las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por el tribunal, por mayoría.
Séptima. – Sistemas de selección.
el procedimiento de selección será el de concurso, puntuación máxima 100 puntos. la valoración de los aspirantes se realizará por el tribunal de selección y con arreglo a los siguientes:
méritos valorables:
a) experiencia profesional: máximo 40 puntos.
– experiencia por cada mes de trabajo demostrable en puesto o plaza similar entendiendo por tal la relacionada con la conducción y manejo de camión de recogida de basuras: 0,50 puntos por mes.
– experiencia por cada mes de trabajo demostrable en puesto o plaza similar entendiendo por tal la relacionada con la conducción de camión o tráiler: 0,25 puntos por mes.
Forma de acreditación: certificado de servicios expedida por la administración, contrato y certificación de funciones en la empresa privada, complementada en todo caso con informe de vida laboral.
b) Otros méritos: máximo 40 puntos.
– Por estar en posesión de titulación superior a la exigida para acceder a la convocatoria: 0,5 puntos por cada uno hasta un máximo de 1,00 punto.
– Por antigüedad en el carnet de conducir tipo « c»: 2 puntos por año hasta 24 puntos.
– Por antigüedad en el cAP: 1 punto por año hasta 12 puntos.
– Por cursos de formación relacionado con el perfil del puesto a desempeñar:
- de 0 a 10 horas de duración 0,2 puntos hasta un máximo de 2 puntos.
- de 11 a 20 horas de duración 0,2 hasta un máximo de 1 punto.
- de más de 21 horas 0,5 puntos hasta un máximo de 1 punto.
c) entrevista personal (hasta 20 puntos).
la entrevista se desarrollará mediante una batería de preguntas comunes para todas las personas aspirantes, relacionadas con situaciones prácticas y competencias profesionales vinculadas al puesto.
Se valorarán los siguientes aspectos:
– conducción, maniobrabilidad y gestión de incidencias en ruta (hasta 5,00 puntos).
– Prevención de riesgos laborales, uso de ePis y seguridad vial (hasta 5,00 puntos).
– trabajo en equipo y coordinación (hasta 5,00 puntos).
– cuidado del vehículo, hábitos de mantenimiento y atención ciudadana (hasta 5,00 puntos).
la valoración se realizará conforme a la rúbrica aprobada por el tribunal con carácter previo a la realización de la prueba.
Octava. – Calificación.
Finalizado el plazo de presentación de instancias, se procederá a la valoración de las solicitudes, y se publicará la correspondiente bolsa de trabajo y la puntuación obtenida. el tribunal expondrá la lista de aspirantes confeccionada del modo indicado en la sede electrónica de la mancomunidad por periodo de cinco días hábiles durante el cual los interesados podrán consultar el listado y presentar las alegaciones que consideren oportunas en orden a la valoración obtenida.
el tribunal procederá en el plazo de los cinco días siguientes a la finalización del periodo de exposición pública a analizar las alegaciones presentadas y a efectuar la propuesta definitiva de puntuación.
Novena. – Aprobación definitiva y publicación de la bolsa de trabajo.
la aprobación definitiva de la lista baremada, por orden de puntuación, será competencia de la Presidencia y la misma comprenderá la relación de personas ordenada por puntuación, puntuación obtenida y orden de llamamiento en su caso.
la bolsa de trabajo así formada y aprobada será expuesta al público en la sede electrónica de la mancomunidad donde deberá permanecer actualizada y en el tablón de anuncios de la mancomunidad.
el aspirante propuesto, cuando sean requeridas para su contratación, aportará ante la administración las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria (anexo i).
Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carece de alguno de los requisitos exigidos, no podrá ser contratado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
las propuestas de contratación serán adoptadas por el órgano competente a favor de los aspirantes según el orden de prelación de la relación de personas aprobadas. Si la persona aspirante al que le correspondiese la contratación no lo fuera, bien por desistimiento o por no reunir los requisitos exigidos, se convocará al siguiente candidato que hubiera superado el proceso de selección.
Asimismo, se informará a los aspirantes acerca del tratamiento de sus datos personales y del compromiso de confidencialidad con ocasión de la relación que se entabla con la mancomunidad.
Décima. – Vigencia de la bolsa de trabajo.
la bolsa de trabajo que se forme como resultado de las presentes bases, tendrá vigencia de cuatro años desde su aprobación. Si transcurrido dicho periodo no se hubiere aprobado nueva bolsa para la misma categoría ésta será prorrogable por el periodo necesario hasta la creación de una nueva.
con anterioridad al vencimiento del plazo inicial, se podrá abrir un plazo extraordinario de actualización de la misma que permitirá, tanto la actualización de méritos para los integrantes de la bolsa, como la presentación de nuevos aspirantes, dicho plazo extraordinario se publicará en la sede electrónica y en el tablón de anuncios de la mancomunidad.
llamamientos para ser contratado o nombrado.
las personas que formen la bolsa de trabajo serán llamadas a medida que surjan las necesidades de su contratación o nombramiento por riguroso orden de puntuación. cuando se produzca una vacante o sustitución temporal, será llamado el aspirante con mayor puntuación de la bolsa del puesto a cubrir temporalmente, y se le dará un plazo de dos días hábiles para que manifieste si está interesado en ser contratado o nombrado, entendiéndose que desiste si no hace manifestación expresa mediante escrito de estar interesado en la sustitución, pasándose al siguiente en puntuación, y así sucesivamente. Si no se pudiera localizar al interesado se procederá al llamamiento del siguiente, dejando constancia de esta situación en el expediente.
la forma de localización será la telefónica. Se realizarán un mínimo de tres intentos de contacto entre las 9:00 y las 14:00 horas, con un intervalo de 30 minutos entre cada llamada. Si en ese intervalo no fuese posible el contacto se acudirá a la persona siguiente. Quedará anotación escrita de lo que se indica en este apartado en el servicio correspondiente, dándose traslado inmediato de informe escrito al secretario de la mancomunidad para conocimiento y constancia.
las personas incluidas en la bolsa de trabajo tendrán que presentar datos personales suficientes que permitan su pronta localización, siendo responsables de que estén actualizados en todo momento.
la bolsa de trabajo debidamente actualizada se encontrará publicada de forma permanente en la sede electrónica de la mancomunidad.
– exclusiones de la bolsa de trabajo:
los aspirantes que rechacen el puesto de trabajo ofertado serán excluidos de la bolsa de trabajo, salvo por lo dispuesto a continuación:
estar en situación de ocupado, prestando servicios como personal contratado, en cualquiera de las formas admitidas en derecho, laboral o funcionario interino. estar en situación de suspensión por accidente, baja por enfermedad, intervención quirúrgica, internamiento hospitalario, maternidad, embarazo de alto riesgo y situación de riesgo o necesidad acreditada por facultativo que exija la lactancia natural de menores de nueve meses. l a acreditación documentada de la finalización de tal circunstancia dará lugar a la reposición en el mismo lugar del orden de lista en las bolsas de trabajo en que se encontrará la persona afectada.
ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo. el interesado deberá aportar a la mancomunidad, en el plazo de diez días desde la fecha del llamamiento, la correspondiente documentación acreditativa de cualquiera de las circunstancias expresadas.
los aspirantes podrán ser excluidos de la bolsa de trabajo, en las siguientes circunstancias:
en el supuesto que un aspirante rechazara una oferta de empleo sin causa justificada. Se considera rechazo a la oferta, la no comparecencia del aspirante en un plazo de 24 horas desde el llamamiento.
Quienes renuncien a una contratación después de haberse comprometido a realizarlo, o abandonen su puesto de trabajo una vez contratado.
el incumplimiento de las normas de incompatibilidad.
la falsedad en la documentación presentada, o aquellas personas que hayan sido separadas mediante expediente disciplinario/despido firme con la mancomunidad. la no presentación de la documentación necesaria para la formalización del contrato en el plazo de 24 horas desde que se le requiere la documentación preceptiva para la formalización del contrato.
renuncia voluntaria a formar parte de la misma.
la no superación del periodo de prueba establecido en el contrato de trabajo. no cabrá exigir dicho periodo de prueba cuando el trabajador ya haya desempeñado las mismas funciones con anterioridad.
– incompatibilidades:
el aspirante propuesto quedará sujeto, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en la ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable.
– contratación:
la adjudicación de puestos de trabajo laboral temporal se efectuará de acuerdo con las peticiones de los interesados entre los puestos ofertados a los mismos, según el orden obtenido en el proceso selectivo.
concluidos el presente proceso selectivo para cubrir las plazas de personal laboral temporal indicadas en estas bases, las personas aspirantes que lo hubieran superado y hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán contratados como personal laboral temporal, previa resolución del órgano municipal competente, debiendo formalizar su contrato en el plazo máximo de un mes, contado a partir de la fecha de la notificación de la resolución de contratación.
transcurrido el plazo de presentación de documentos señalados en estas bases, el órgano competente de la corporación resolverá la contratación. la contratación de personal con carácter temporal sólo podrá realizarse con personas incluidas en la bolsa de trabajo vigente. Se procederá a la contratación y al nombramiento de personal en función de las necesidades de la mancomunidad, atendiendo el orden que establezcan las listas. el contrato se formalizará incluyendo el periodo de prueba máximo legalmente permitido. la no superación del periodo de prueba dará lugar a la extinción de la relación laboral, de acuerdo con la normativa aplicable. Asimismo, el aspirante que no supere dicho periodo será excluido de la bolsa de trabajo, procediéndose al llamamiento del siguiente candidato de la lista.
las personas responsables de hacer el seguimiento del periodo de prueba tendrán que emitir informe valorando los ítems que a continuación se determinan: capacidad de trabajo y rendimiento profesional, el sentido de la responsabilidad y la eficiencia, el interés por el aprendizaje, la disposición y la iniciativa, la integración en el equipo de trabajo y la adecuación en sus relaciones internas y externas.
Undécima. – Incidencias.
las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, la jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con los efectos y resolución del contrato laboral será la jurisdicción social.
contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante el presidente de la mancomunidad, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo contencioso-Administrativo de Burgos.
en lo no previsto en las bases, será de aplicación del texto refundido de la ley del estatuto Básico del empleado Público, aprobado por real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el r eglamento general de i ngreso del Personal al Servicio de la Administración general del e stado y de Provisión de Puestos de t rabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios civiles de la Administración general del estado aprobado por el real decreto 364/1995, de 10 de marzo; el real decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de administración local; el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, aprobado por el real decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril; la ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del r égimen local; y el texto refundido de la ley del e statuto de los trabajadores, aprobado por real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre. A 2 de septiembre de 2026.
el pr esidente, Jesús ignacio grajal martín
* * * A neXO i (mOdelO de inStAnciA) d/d.ª ………, mayor de edad, con dni n.º ………, con domicilio a efectos de notificación en ………, teléfono ………, correo electrónico ……… eXPOne:
Primero. – Que enterado/a de las bases del concurso convocado por la mancomunidad Odra-Pisuerga para la constitución de una bolsa de empleo para la provisión temporal de puesto de conductor, operario polivalente en la m ancomunidad Odra-Pisuerga.
Segundo. – d eclara que reúne las condiciones exigidas en las bases de la convocatoria anteriormente citada y que son ciertos todos y cada uno de los datos consignados en esta solicitud y en la documentación que a la misma se acompaña. Tercero. – Que adjunta la siguiente documentación:
– Fotocopia del dni compulsada.
– curriculum vitae del aspirante.
– Permiso de conducir tipo ce.
– documentación acreditativa de los méritos que se aleguen a efectos de valoración en la fase de concurso.
Cuarto. – Asimismo declara no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario o para ejercer funciones similares a las que desempeñaba en caso de personal laboral en que hubiese sido separado o inhabilitado. en caso de ser nacional de otro estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado en los mismos términos el acceso al empleo público.
SOlicitA:
Ser admitido/a al concurso convocado por la mancomunidad Odra-Pisuerga para formar parte en la bolsa de empleo de conductor.
en ………, a ……… de ………de 2026.
el/la solicitante, Fdo.: ………