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Concellos e deputacións
Convocatoria
Ciudad Real
Subinspector/a Policía Local
Ayuntamiento de Puertollano · Castilla-La Mancha
Prazas
1
segundo a publicación
Grupo
A2*
estimado polo posto
Sistema
Concurso-oposición
Funcionario
Podo presentarme?
- Titulación Requisito: Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitectura Téc - nica o Grado equivalenteNivel mínimo: Grao universitario
- Quen pode presentarse Quenda libre: calquera persoa que cumpra os requisitos.
- Prazo de solicitudes Aínda non comezou. Plazo aún no abierto: empieza al publicarse en el BOE (20 hábiles)
- Como presentarse A solicitude preséntase na sede electrónica ou no rexistro do organismo convocante; os pasos exactos veñen na publicación oficial ↗.
- Tipo
- Convocatoria
- Título oficial
- Convocatoria de una plaza Subinspector/a Policía Local, promoción interna mediante concurso-oposición
- Convoca
- Ayuntamiento de Puertollano
- Ámbito
- Concellos e deputacións
- Concello
- Puertollano
- Acceso
- Quenda libre
- Titulación
- Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitectura Téc - nica o Grado equivalente
- Publicada
- 13/10/2026 en Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real
- Fonte
- Baseado en datos de Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real ↗. Última comprobación: 14/10/2026.
10 temas segundo a publicación.
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ANEXO II PROGRAMA.
PARTE GENERAL.
Tema 1.- La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes funda - mentales de los españoles. Su garantía y suspensión. La reforma de la Constitución.
Tema 2.- Las Cortes Generales: las Cámaras, composición, funcionamiento y atribuciones. Proce - dimiento de elaboración de las leyes. La Corona.
Tema 3.- El Poder Judicial. Principios Constitucionales. Organización del sistema judicial espa - ñol. El Tribunal Constitucional. El Tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo.
Tema 4.- El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.
Tema 5.- La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Competencias de las Comunidades Autónomas. La financiación de las Comunidades Autó - nomas.
Tema 6.- La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: su Estatuto de Autonomía. De las Insti - tuciones de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: Las Cortes de Castilla-La Mancha, el Presi - dente de la Junta y el Consejo de Gobierno.
Tema 7. Competencias de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
Tema 8.- El Derecho administrativo general. La Administración Pública. Concepto. Fuentes del derecho administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los Reglamentos.
Tema 9.- El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Efica - cia y validez de los actos administrativos. El funcionamiento electrónico del sector público.
Tema 10.- El procedimiento administrativo: Concepto y principios generales. Fases del procedi - miento administrativo. Peculiaridades del procedimiento administrativo local. Los recursos administra - tivos. El recurso contencioso Administrativo contra los actos y disposiciones de las Entidades Locales. Tema 11.- La potestad sancionadora de la Administración. Principios de la potestad sancionado - ra. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.
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administración local AYUNTAMIENTOS PUERTOLLANO Convocatoria de una plaza de Subinspector/a Policía Local, promoción interna, mediante concur - so-oposición.
Nº de Decreto: 2026-5711. Fecha: 05/10/2026.
BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN POR PROMOCIÓN INTERNA, ME - DIANTE EL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO-OPOSICIÓN, DE UNA PLAZA DE SUBINSPECTOR/A, DEL CUERPO DE POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE PUERTOLLANO.
Publicada la Oferta de Empleo Público de 2026, en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real nº 146, de 3 de agosto de 2026; y conforme a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 4/2011, de 10 de marzo del Empleo Público de Castilla-La Mancha, la Ley 30/84, de 2 de agosto, modificada por la Ley 23/88, de 18 de julio, Ley 7/85 de 2 de abril, modificada por la Ley 11/99, de 21 de abril, RD 781/86, de 18 de abril RD 896/91 de 7 de junio y RD 364/95, de 10 de marzo, el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de esta ciudad, en virtud de las competencias otorgadas por la legislación antes citada, mediante esta resolución acuerda convocar pruebas selectivas para la provi - sión de la plaza ofertada con arreglo a las siguientes bases:
BASES DE LA CONVOCATORIA.
1. Normas generales.
1.1. Se convoca el proceso selectivo para cubrir por el sistema de promoción interna y el proce - dimiento de concurso-oposición una plaza en la Escala Ejecutiva, Categoría de Subinspector/a, del Cuerpo de Policía Local de este Ayuntamiento, clasificada en el grupo A-2 de los establecidos en el Es - tatuto Básico del Empleado Público.
1.2. A las presentes pruebas selectivas le serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de las Policías Locales de Castilla-La Mancha;
el Decreto 110/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha; la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Casti - lla-La Mancha; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Gene - ral de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Pues - tos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Es - tado; y las bases de esta convocatoria.
1.3. A efectos de publicidad de los actos de desarrollo del proceso de provisión, además de los lugares previstos específicamente en las bases de esta convocatoria, tendrá la consideración de sede electrónica la página web del Ayuntamiento de Puertollano http://http//www.puertollano.es .
2. Requisitos de los candidatos.
2.1. Para ser admitidos al proceso selectivo los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española.
b) Estar en posesión, del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitectura Téc - nica o Grado equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. En caso de titulación obtenida en el extranjero, se deberá estar en pose - sión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.
c) Ser funcionario de carrera del Cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento de Puertollano en la Categoría de Oficial en Activo y tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicio activo en la misma.
d) No encontrarse en la situación de segunda actividad.
e) No haber sido sancionado por la comisión de falta grave o muy grave, salvo que se hubiera ob - tenido la cancelación de la sanción impuesta.
f) No haber sido separado del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
g) Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases A o A2 y B
h) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
i) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
j) No haber sido condenado por sentencia firme por ningún delito contra la libertad e indemni - dad sexual, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
k) Compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la ley mediante declara - ción jurada o promesa.
2.2. Todos los requisitos deberán reunirse el día en que finalice el plazo de presentación de soli - citudes. La acreditación de los mismos deberá efectuarse con anterioridad al correspondiente nombra - miento como funcionario/a en prácticas.
3. Solicitudes.
3.1. Se presentarán de alguna de las formas siguientes:
a) En el Registro Municipal, o con arreglo a las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, solicitando tomar parte en el proceso selectivo y manifestando cumplir todos los requisitos exigidos en las bases, adjuntándose los documentos acreditativos, de la fase de concurso. Deberán ir dirigidas a el Sr. Alcalde-Presidente, estableciéndose un plazo de presentación de solicitudes de 20 días hábiles a partir del siguiente de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
b) De forma telemática a través del Registro Electrónico de este Ayuntamiento.
c) De forma presencial mediante su presentación en el Registro General de este Ayuntamiento.
d) En cualquiera de las dependencias indicadas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octu - bre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los méritos cuya acreditación derive de datos obrantes en el Departamento de Personal, han de ser señalados por el aspirante en la solicitud indicando que se encuentran en poder de este Ayunta - miento. El departamento municipal correspondiente elaborará la oportuna certificación, teniendo en cuenta documentos de carácter oficial (acuerdos plenarios, actas de toma de posesión, resoluciones y otros documentos de reconocida validez).
3.2. Las solicitudes para tomar parte en el proceso selectivo se ajustarán al modelo oficial pre - visto a estos efectos, que podrá recogerse en el Registro General del Ayuntamiento.
3.3. Quienes deseen realizar la prueba voluntaria de idioma, deberán indicar en la solicitud el idioma o idiomas elegidos, en su caso, entre los señalados en la base 6.2.
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano convocante dictará resolución aprobando las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo. Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Ciudad Real. Los aspirantes provisional - mente excluidos tendrán un plazo de diez días para subsanar los defectos causantes de su exclusión.
4.2. Transcurrido el plazo para subsanar los defectos, el mismo órgano que aprobó las relaciones provisionales dictará resolución aprobando las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y exclui - dos del proceso selectivo, y señalando la fecha, hora y lugar para el inicio de las pruebas. Dicha resolu - ción se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, conteniendo las relaciones definitivas de aspiran - tes excluidos y el lugar donde se exponen al público las relaciones definitivas de aspirantes admitidos.
4.3. La publicación del lugar y la fecha de realización, del primer ejercicio de la oposición se efectuara mediante un anuncio del Tribunal Calificador. Esta publicación se realizara en los tablones de anuncios del Ayuntamiento y en la página web municipal.
5. Tribunal Calificador.
5.1. El Tribunal Calificador del proceso selectivo estará compuesto por, un presidente/a que se - rá un funcionario/a designado por el órgano competente, un secretario/a, el de la Corporación o fun - cionario/a que se designe para la sustitución, que actuará con voz y sin voto. Vocales; cuatro funciona - rios/as designados por el órgano competente entre los que se encontrará la persona que ostente la je - fatura de la Policía Local o funcionario/a que se designe en su sustitución. Se podrá designar a uno de ellos a propuesta de la Consejería con competencias en materia de coordinación de policías locales y a otro a propuesta de la Junta de Personal o al Delegado/a de Personal. Su composición se publicará, en los tablones de anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Puertollano ( www.puertollano.es ), junto con la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos en el proceso selectivo.
5.2. Todos los miembros del Tribunal deberán poseer la titulación necesaria para el acceso a las plazas convocadas y ser funcionarios/as de carrera pertenecientes a cuerpos, escalas y categorías de nivel igual o superior al de las plazas convocadas.
5.3. El Tribunal podrá designar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas del proceso selectivo. Su función se limitará al asesoramiento del Tribunal en aquello para lo que fueron nombrados.
5.4. Para la válida actuación del Tribunal Calificador es necesaria la presencia de la mayoría de sus miembros y, en todo caso, la del Presidente y Secretario o la de quienes legalmente les sustituyan.
5.5. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Corporación, cuando en ellos concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 32 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, o hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas para el acceso a plazas de la Subescala, clase y categoría objeto de la convocatoria, en los cinco años anteriores a la publicación de la misma. Asimismo, y por las mismas causas, podrán ser recusados por los aspirantes.
5.6. El Tribunal Calificador de estas pruebas selectivas tendrá la categoría primera, según lo dis - puesto en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
6. Sistema selectivo.
6.1. La selección de los aspirantes se realizará por el procedimiento de concurso-oposición. Se valorará con una puntuación máxima de 36 puntos, de los cuales 28 corresponderán a la fase de oposi - ción y 8 a la de concurso.
El artículo 82 del Decreto 110/2006, establece el procedimiento de selección para la promoción interna.
1. El procedimiento de selección por promoción interna será el de concurso-oposición. En todo caso, los procedimientos de selección se ajustarán a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como al de publicidad.
2. Las pruebas de la fase de oposición serán, para cada categoría, las aplicables al turno libre con las siguientes particularidades.
a) Estarán exentos del reconocimiento médico.
b) La prueba de aptitud física será baremable y no eliminatoria. Su valoración máxima no podrá superar el 25 por 100 de la suma de puntuación máxima de las pruebas obligatorias.
c) En las categorías de Oficial, Inspector y Subinspector se eximirá de la realización del test de conocimientos, cuando así se determine por el Ayuntamiento. En caso contrario, podrá celebrarse la prueba de conocimientos en una única sesión o en dos sesiones, según determinen las bases de la con - vocatoria correspondiente.
6.2. Fase de oposición. La fase de oposición constará de las cuatro pruebas siguientes, obligato - rias y eliminatorias, a excepción de la primera que no será eliminatoria y de la cuarta, que tendrá ca - rácter voluntario y de mérito.
– Primera prueba: Aptitud física. Se calificará de 0 a 5 puntos y no tendrá carácter eliminatorio.
Previamente a la celebración de estas, cada aspirante deberá presentar un certificado médico, expedido con una antelación no superior a treinta días en relación con la fecha de realización de las pruebas, en el que se exprese que la persona aspirante está capacitada para realizarlas.
Estará dirigida a comprobar las condiciones de fuerza, agilidad, flexibilidad y resistencia de los aspirantes, y consistirá en las pruebas previstas en el anexo I, que se calificarán conforme a lo estable - cido en el mismo y atendiendo a las marcas de referencia.
– Segunda prueba: Prueba de conocimientos. Consistirá en resolver por escrito y en un tiempo máximo de una hora uno o varios supuestos prácticos relacionados con las materias que figuran en el temario del anexo II de la presente convocatoria. Se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesaria una calificación mínima de 20 puntos para superarla. Si hubiera más de un supuesto práctico, cada uno de ellos se calificará de 0 a 20 puntos, obteniéndose la calificación final de la prueba de la media aritmé - tica de todos ellos.
– Tercera prueba: Aptitud psicotécnica. Se incluirá uno o varios tests dirigidos a determinar las aptitudes y actitudes de los aspirantes para el desempeño de las funciones de su categoría. Se califica - rá de apto o no apto.
– Cuarta prueba: Voluntaria, de idiomas. Consistirá en la traducción inversa, por escrito, de uno o varios idiomas, a elección del aspirante de entre los idiomas inglés, francés, alemán y/o italiano, de un documento redactado en español, sin diccionario, y la posterior lectura del texto en sesión pública ante el Tribunal, seguida de una conversación con éste en la lengua elegida. La prueba será calificada de 0 a 1 punto por cada uno de los idiomas sobre los que se examine el aspirante, sin que, en ningún caso, la puntuación total de la prueba pueda ser superior a 3 puntos.
6.3. Fase de concurso. La fase de concurso consistirá en la valoración de los méritos que a conti - nuación se relacionan, hasta un máximo de 8 puntos y conforme al baremo que así mismo se expresa.
Sólo se valorarán los méritos de los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición.
1) Antigüedad: Por servicios prestados en las AAPP, hasta un máximo de 3 puntos:
a) Por cada año completo de antigüedad en la categoría de Oficial: 0,30 puntos.
b) Por cada año completo de antigüedad en otras Categorías de los Cuerpos de Policía Local:
0,20 puntos.
c) Por cada año completo de servicios prestados en otras Fuerzas y Cuerpos de seguridad: 0,10 puntos.
d) Por cada año completo de servicios prestados en cualquier Administración Pública: 0,05 puntos.
1.1) Los méritos referidos a este punto se justificaran de la siguiente forma:
a) Cuando hayan sido prestados en el Ayuntamiento de Puertollano serán recabados de oficio por el órgano gestor convocante, salvo que el interesado/a manifieste su oposición expresa, en cuyo caso debe aportarlo en el momento de presentación de la solicitud.
b) Cuando hayan sido prestados en otras Administraciones Públicas se acreditarán mediante cer - tificado de servicios prestados expedido por la Administración correspondiente.
c) En todo caso se ha de aportar vida laboral para la oportuna verificación de los méritos alegados.
2) Formación: por la asistencia o impartición en actividades de formación relacionadas con el área de seguridad y organizadas por las AAPP o las OOSS promotoras de los Acuerdos de Formación Continua, hasta un máximo de 3 puntos, conforme a la siguiente distribución:
a) Asistencia a jornadas o congresos de interés policial: 0,15 puntos por cada uno.
b) Asistencia a cursos de formación de interés policial: hasta 20 horas lectivas, 0,30 puntos cada uno; entre 21 y 40 horas lectivas, 0,40 puntos por cada uno; superiores a 40 horas lectivas, 0,50 puntos cada uno.
c) Impartición de cursos, seminarios o jornadas de interés policial: 0,05 por hora impartida.
3) Titulaciones académicas: por tener más de una titulación académica de las exigidas para el ingreso, hasta un máximo de 1 punto, conforme a la siguiente distribución:
a) Doctor o Máster: 1 punto.
b) Licenciado o Grado: 0,90 puntos.
c) Diplomado en criminología: 0,80 puntos.
d) Cualquier otra Diplomatura: 0,70 puntos.
No se valorarán aquellas titulaciones ni méritos que fueran imprescindibles para la obtención de otras de nivel superior
4) Premios y condecoraciones: hasta un máximo de 1 punto por los premios y condecoraciones recibidos como consecuencia de actuaciones profesionales, siempre que hayan sido reconocidas por las respectivas administraciones públicas con carácter individual, a excepción de las concedidas por el tiempo de prestación de servicios. Se valorarán con la siguiente distribución:
a) Condecoraciones: 0,50 puntos.
b) Distinciones: 0,20 puntos.
6.3. La puntuación final del proceso selectivo estará determinada por la suma de la obtenida en las pruebas de la oposición y en la fase de concurso. En caso de empate el orden de puntuación se es - tablecerá atendiendo a los siguientes criterios, por orden de prelación: la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición y, en su defecto, en las pruebas cuarta y tercera; la mayor puntuación por anti - güedad, formación, premios y condecoraciones o, en su defecto, el orden de actuación de los aspiran - tes a que se refiere la base 7.3.
7. Desarrollo del proceso selectivo.
7.1. El Tribunal Calificador podrá requerir a los opositores para que acrediten su identidad en cualquier momento durante el desarrollo del proceso selectivo.
7.2. Los aspirantes serán convocados en llamamiento único para cada una de las pruebas de la fase de oposición. Decaerán en su derecho quienes no comparezcan a su realización, salvo en casos de fuerza mayor y otros excepcionales que no afecten al normal desarrollo del proceso, para los que po - drá realizarse una convocatoria extraordinaria.
7.3. El orden de actuación de los aspirantes en las pruebas se iniciará de conformidad con lo es - tablecido por Resolución de la Dirección General de la Función Pública de la Administración de la Jun - ta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de fecha 26 de noviembre de 2025, publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de 4 de diciembre de 2025, que indica que se iniciará por orden alfabéti - co a partir del primero de la letra “Q”.
7.4. Cuando sea compatible con la realización de las pruebas, éstas se realizarán de forma que quede garantizado el anonimato de los aspirantes.
7.5. La duración máxima del proceso selectivo no excederá de seis meses, contados desde la fe - cha de realización de la primera prueba.
7.6. Entre la publicación de la relación de aspirantes aprobados en una prueba y el comienzo de la siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.
7.7. La publicación de los sucesivos anuncios de celebración de las pruebas de la fase de oposi - ción se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya celebrado la anterior y en la forma pre - vista en el apartado 1.3 de estas bases, con cuarenta y ocho horas, al menos, de antelación al comien - zo de los mismos.
7.8. Si en cualquier momento del proceso selectivo llegara a conocimiento del Tribunal que al - guno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al órgano convocante, indicando las in - exactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión, a los efectos proce - dentes.
7.9. Concluida la fase de oposición se abrirá un plazo de 10 días naturales para que los aspiran - tes que la hubieran superado presenten la documentación acreditativa de los méritos a valorar en la fase de concurso. A estos efectos, los méritos derivados de la relación de servicios de los aspirantes con el Ayuntamiento de Puertollano se acreditarán de oficio por el Servicio Administración interna.
8. Relaciones de aprobados y valoración de méritos.
8.1. Terminada cada una de las pruebas que componen la fase de oposición, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial y en la página web del Ayuntamiento: http://www.puertollano.es, la relación de los aspirantes aprobados, con expresión de su nombre y apellidos, DNI, y la puntuación obtenida.
8.2. Concluidas todas las pruebas de la fase de oposición, el Tribunal publicará en los lugares previstos en la base 8.1, la relación de aspirantes que la hubieran superado, con expresión de su nom - bre y apellidos, DNI, y la puntuación obtenida en cada una de ellas y en el total de la oposición.
8.3. La relación conteniendo la valoración de los méritos en la fase de concurso se publicará en los lugares previstos en la base 8.1.
8.4. Terminada la calificación de los aspirantes en la fase de oposición y la valoración de los mé - ritos de la fase de concurso, el Tribunal publicará en los lugares previstos en la base 8.1, la resolución con el aspirante propuesto para la cobertura de la plaza y la elevará a la autoridad competente.
8.5. El Tribunal no podrá declarar aprobado en el proceso selectivo a un número de aspirantes mayor al de plazas convocadas.
9. Presentación de documentos.
9.1. El aspirante propuesto presentará dentro del plazo de veinte días hábiles desde que se haga pública la resolución prevista en la base 8.4, los documentos acreditativos de reunir las condiciones para tomar parte en el proceso selectivo que se exigen en la convocatoria, estando exento de justifi - car las condiciones y demás requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento.
9.2. Si dentro del plazo indicado y salvo causas de fuerza mayor, no se presentara la documenta - ción o no se reunieran los requisitos exigidos, no podrá nombrarse funcionario de carrera, quedando anuladas todas sus actuaciones; todo ello, sin perjuicio de la responsabilidad en que se hubiera podido incurrir por falsedad en la solicitud de participación en el proceso selectivo.
10. Nombramiento de funcionarios de carrera y toma de posesión.
10.1. Examinada la documentación prevista en la base 9.1, el órgano competente, propondrá al aspirante para la realización del preceptivo Curso Selectivo de la Escuela de Protección Ciudadana co - rrespondiente a la categoría de Inspector.
10.2. Previo a la incorporación al Curso Selectivo, el Presidente de la Corporación dictará Reso - lución por la que se nombre funcionarios en prácticas al aspirante que haya superado las pruebas se - lectivas a partir del día en que se incorpore al Curso Selectivo organizado por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Una copia de esta Resolución será remitida a la Consejería de Administraciones Públicas.
10.3. El contenido del curso selectivo se ajustará a la adquisición de conocimientos y al desarro - llo de habilidades, destrezas y actitudes necesarias para el desempeño de los puestos de trabajo co - rrespondiente a la categoría de Inspector.
10.4. Recibido el informe de la Escuela de Protección Ciudadana, los Ayuntamientos deberán proceder al nombramiento de funcionarios de carrera en el plazo de 15 días.
11. Protección de datos de carácter personal.
Por el solo hecho de su participación en el presente proceso selectivo, los aspirantes prestan su consentimiento para que los datos de carácter personal facilitados por ellos sean incorporados en los ficheros automatizados del Departamento de Personal, cuya finalidad es la de ser utilizados para la gestión del personal en todos sus aspectos: formación, selección y promoción interna, retribuciones, estadísticas relativas al mismo, prevención de riesgos laborales, incompatibilidades y otros extremos, pudiendo ser utilizados asimismo dichos datos para gestionar las listas de aspirantes admitidos y ex - cluidos, así como las listas con los resultados de los ejercicios correspondientes (dichas listas se harán públicas), salvo que los aspirantes indiquen expresamente no querer que dicha información se utilice a tales efectos. El Ilustrísimo Ayuntamiento de Puertollano, como responsable del fichero mencionado, garantiza el pleno cumplimiento de la normativa de protección de datos de carácter personal, y así, de acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos personales y garantías de los derechos digitales, el aspirante en el presente procedimiento de selección queda informado y presta su consentimiento para el tratamiento de los datos de carácter personal facilitados. El oposi - tor podrá ejercitar respecto a sus datos de carácter personal los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición previstos en la Ley Orgánica citada, mediante escrito dirigido a Ayuntamien - to de Puertollano, Plaza Constitución, 1, 13500 Puertollano (Ciudad Real). Asimismo, a efectos de gestión del proceso de selección para el que el aspirante ha autorizado la utilización de sus datos, estos podrán ser comunicados a terceros, con la única finalidad del desarrollo del proceso selectivo correspondiente.
12.- Incidencias.
12.1. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la convocatoria, en todo lo no previsto en las bases.
12.2. Contra la presente convocatoria que agota la vía administrativa, podrán interponerse re - curso contencioso administrativo, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su pu - blicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, o ser recurrida potestativamente en reposición, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 de 2 de octubre.
ANEXO I
PRIMERA PRUEBA: APTITUD FÍSICA.
PRUEBAS FÍSICAS.
1. Consistirán en la realización de las cuatro pruebas siguientes:
1. Salto de longitud (pies juntos).
2. Lanzamiento de balón medicinal de 4kg.
3. Carrera de resistencia (1.000 metros).
4. Carrera de velocidad (60 metros).
2. Las pruebas se realizarán por el orden en que están relacionadas.
3. Desarrollo de las pruebas:
SALTO DE LONGITUD CON LOS PIES JUNTOS.
3.1.1. Disposición: El aspirante se colocará entre la raya, de un metro de larga y 0,05 metros de ancha, marcada en el suelo, paralela al foso de saltos y a una distancia de 0,05 metros al borde ante - rior del mismo.
3.1.2. Ejecución: Cuando esté dispuesto el aspirante flexionará y extenderá rápidamente el tren inferior para, apoyando los dos pies en el suelo, proyectar el cuerpo hacia adelante y caer en el foso.
3.1.3. Medición: Se efectuará desde la parte de la raya más alejada del foso hasta la última hue - lla que deje el cuerpo del aspirante sobre la arena del foso.
3.1.4. Intentos: Puede realizar tres intentos. El tiempo mínimo de preparación entre cada uno de ellos será de dos minutos.
3.1.5. Invalidaciones: El salto debe realizarse con un solo impulso de los pies, contabilizándose como nulo aquel en el que una vez separados los pies del suelo, vuelvan a apoyarse de nuevo para la impulsión definitiva. Es nulo el salto en el que el aspirante pise la raya en el momento de la impulsión. Es nulo el salto que se produce por el apoyo alternativo y no simultáneo de los pies sobre el suelo.
3.1.6. Marcas de referencia: Según el cuadro indicativo de pruebas y marcas de referencia.
LANZAMIENTO DE BALÓN MEDICINAL.
3.2.1. Disposición: Pies separados y simétricos, sosteniendo el balón con ambas manos por enci - ma y detrás de la cabeza.
3.2.2. Ejecución: Lanzarán el balón con fuerza por encima de la cabeza de forma que caiga den - tro del sector de lanzamiento.
3.2.3. Medición: Deberá ser manual.
3.2.4. Intentos: Tres intentos. El tiempo mínimo de preparación entre cada uno de ellos será de dos minutos.
3.2.5. Invalidaciones: Levantar los pies del suelo en su totalidad. Que el balón no caiga dentro de la zona de lanzamiento.
3.2.6. Marcas de referencia: Según el cuadro indicativo de pruebas y marcas de referencia.
CARRERA DE RESISTENCIA DE 1.000 METROS.
3.3.1. Disposición: El aspirante se colocará en la pista en el lugar indicado.
3.3.2. Ejecución: La propia de este tipo de carrera.
3.3.3. Medición: Se tendrá en cuenta lo dicho para la carrera de velocidad.
3.3.4. Intentos: Un sólo intento. 3.2.5. Invalidaciones: De acuerdo con el Reglamento de la FIAA.
3.3.6. Marcas de referencia: Según el cuadro indicativo de pruebas y marcas de referencia.
CARRERA DE VELOCIDAD DE 60 METROS.
3.4.1. Disposición: El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o agachado, sin tacos.
3.4.2. Ejecución: La propia de una carrera de velocidad.
3.4.3. Medición: Deberá ser manual, con cronómetro.
3.4.4. Intentos: Se efectuará un sólo intento.
3.4.5. Invalidaciones: De acuerdo con el Reglamento de la FIAA.
3.4.6. Marcas de referencia: Según el cuadro indicado de pruebas y marcas de referencia.
Carrera de velocidad (60 metros).
Cuadro de marcas en segundos(´´) y su puntuación (hombres) Puntos Hasta 31 años 32-36 años 37-41 años 42-47 años 48-54 años Mas de 55 años 0 Mas de 9,8´´ Más de 10,3´´ Más de 10,6´´ Más de 10,9´´ Más de 11,11´´ Más de 11,4´´ 0,5 Más de 9,6´´ hasta 9,8´´ Más de 10,1´´ hasta 10,3´´ Más de 10,4´´ hasta 10,6´´ Más de 10,7´´ hasta 10,9´´ Más de 10,9´´ hasta 11,1´´ Más 11,2´´ hasta 11,4´´ 1 Más de 9,4´´ hasta 9,6´´ Más de 9,9´´ hasta 10,1´´ Más de 10,2´´ hasta 10,4´´ Más de 10,5´´ hasta 10,7´´ Más de 10,7´´ hasta 10,9´´ Más de 11´ hasta 11,2´´ 1,5 Más de 9,2´´ hasta 9,4´´ Más de 9,7´´ hasta 9,9´´ Más de 10´´ hasta 10,2´´ Más de 10,3´´ hasta 10,5´´ Más de 10,5´´ hasta 10,7´´ Más de 10, 8´´ hasta 11´´ 2 Más de 9´´ hasta 9,2´´ Más de 9,5´´ hasta 9,7´´ Más de 9,8´´ hasta 10´´ Más de 10,1´´ hasta 10,3´´ Más de 10,3´´ hasta 10,5´´ Más de 10,6´´ hasta 10,8´´ 2,5 Más de 8,4´´ hasta 9´´ Más de 8,9´´ hasta 9,5,´´ Más de 9,2´´ hasta 9,8´´ Más de 9,5´´ hasta 10,1´´ Más de 9,7´´ hasta 10,3´´ Más de 10´´ hasta 10,6´´ 3 Más de 7,9´´ hasta 8,4´´ Más de 8,4´´ hasta 8,9´´ Más de 8,7´´ hasta 9,2´´ Más de 9´´ hasta 9,5´´ Más de 9,2´´ hasta 9,7´´ Más de 9,5´´ hasta 10´´ 3,5 Más de 7,6´´ hasta 7,9´´ Más de 8,1´´ hasta 8,4´´ Más de 8,4´´ hasta 8,7´´ Más de 8,6´´ hasta 9´´ Más de 8,8´´ hasta 9,2´´ Más de 9,1´´ hasta 9,5´´ 4 Más de 7,2´´ hasta 7,6´´ Más de 7,7´´ hasta 8,1´´ Más de 8´´ hasta 8,4´´ Más de 8,4´´ hasta 8,6´´ Más de 8,6´´ hasta 8,8´´ Más de 8,9´´ hasta 9,1´´ 4,5 Más de 6,4´´ hasta 7,2 Más de 6,9´´ hasta 7,7´´ Más de 7,2´´ hasta 8´´ Más de 7,6´´ hasta 8,4´´ Más de 7,8´´ hasta 8,6´´ Más de 8,1´´ hasta 8,9´´ 5 6,4´´ o menos 6,9´´ o menos 7,2´´ o menos 7,6´´ o menos 7,8´´ o menos 8,1´´ o menos Carrera de velocidad (60 metros).
Cuadro de marcas en segundos (´´) y su puntuación (mujeres).
Puntos Hasta 31 años 32-36 años 37-41 años 42-47 años 48-54 años Mas de 55 años 0 Más de 11,8´´ Más de 12,2´´ Más de 12,6´´ Más de 13,1´´ Más de 13,4´´ Más de 13,8´´ 0,5 Más 11,4´´ hasta 11,8´´ Más de 12´´ hasta 12,2´´ Más de 12,3´´ hasta 12,6´´ Más de 12,8´´ hasta 13,1´´ Más de 13,1´´ hasta 13,4´´ Más de 13,5´´ hasta 13,8´´ 1 Más de 11´´ hasta 11,4´´ Más de 11,8´´ hasta 12´´ Más de 12´´ hasta 12,3´´ Más de 12,5´´ hasta 12,8´´ Más de 12,8´´ hasta 13,1´´ Más de 13,1´´ hasta 13,5´´ 1,5 Más de 10, 8´´ hasta 11´´ Más de 11,4´´ hasta 11,8´´ Más de 11,8´´ hasta 12´´ Más de 12,2´´ hasta 12,5´´ Más de 12,5´´ hasta 12,8´´ Más de 12,8´´ hasta 13,1´´ 2 Más de 10,4´´ hasta 10,8´´ Más de 10,9´´ hasta 11,4´´ Más de 11,4´´ hasta 11,8´´ Más de 11,9´´ hasta 12,2´´ Más de 12,3´´ hasta 12,5´´ Más de 12,6´´ hasta 12,8´´ 2,5 Más de 10´´ hasta 10,4´´ Más de 10,5´´ hasta 10,9´´ Más de 11´´ hasta 11,4´´ Más de 11,3´´ hasta 11,9´´ Más de 12´´ hasta 12,3´´ Más de 12,2´´ hasta 12,6´´ 3 Más de 9,5´´ hasta 10´´ Más de 10,1´´ hasta 10,5´´ Más de 10,5´´ hasta 11´´ Más de 10,8´´ hasta 11,3´´ Más de 11,4´´ hasta 12´´ Más de 11,7´´ hasta 12,2´´ 3,5 Más de 9,1´´ hasta 9,5´´ Más de 9,6´´ hasta 10,1´´ Más de 10,1´´ hasta 10,5´´ Más de 10,3´´ hasta 10,8´´ Más de 10,8´´ hasta 11,4´´ Más de 11´´ hasta 11,7´´ 4 Más de 8,9´´ hasta 9,1´´ Hasta 9´´ hasta 9,6´´ Más de 9,5´´ hasta 10,1´´ Más de 9,6´´ hasta 10,3´´ Más de 10´´ hasta 10,8´´ Más de 10,3´´ hasta 11´´ 4,5 Más de 8,1´´ hasta 8,9´´ Más de 8,4´´ hasta 9´´ Más de 8,7 hasta 9,5´´ Más de 9´´ hasta 9,6´´ Más de 9,4´´ hasta 10´´ Más de 9,6´´ hasta 10,3´´ 5 8,1´´ o menos 8,4´´ o menos 8,7´´ o menos 9´´ o menos 9,4´´ o menos 9,6´´ o menos Carrera de resistencia (1.000 m).
Cuadro de marcas en minutos (´) y segundos( ´´) y su puntuación (hombres) Puntos Hasta 31 años 32-36 años 37-41 años 42-47 años 48-54 años Mas de 55 años 0 Mas de 5´05´´ Más de 5´30´´ Más de 5´40´´ Más de 5´50´´´ Más de 6´00´´ Más de 6´10´´ 0,5 Más de 4´55´´ hasta 5´05´´ Más de 5´20´´ hasta 5´30´´ Más de 5´30´´ hasta 5´40´´ Más de 5´40´´ hasta 5´50´´ Más de 5´50´´ hasta 6´00´´ Más de 6´00´´ hasta 6´10´´ 1 Más de 4´45´´ hasta 4´55´´ Más de 5´10´´ hasta 5´20´´ Más de 5´20´´ hasta 5´30´´ Más de 5´30´´ hasta 5´40´´ Más de 5´40´´ hasta 5´50´´ Más de 5´50´´ hasta 6´00´´ 1,5 Más de 4´35´´ hasta 4´45´´ Más de 5´00´´ hasta 5´10´´ Más de 5´10´´ hasta 5´20´´ Más de 5´20´´ hasta 5´30´´ Más de 5´30´´ hasta 5´40´´ Más de 5´40´´ hasta 5´50´´ 2 Más de 4´20´´ hasta 4´35´ Más de 4´45´´ hasta 5´00´´ Más de 4,55´´ hasta 5´10´´ Más de 5´05´´ hasta 5´20´´ Más de 5´15´´ hasta 5´30´´ Más de 5´25´´ hasta 5´40´´ 2,5 Más de 3´25´´ hasta 4´20´´ Más de 3´50´´ hasta 4´45´´ Más de 4´00´ hasta 4´55´´ Más de 4´10´´ hasta 5´05´´ Más de 4´20´´ hasta 5´15´´ Más de 4´30´´ hasta 5´25´´ 3 Más de 2´45´´ hasta 3´25´´ Más de 3´10´´ hasta 3´50´´ Más de 3´20´´ hasta 4´00´´ Más de 3´30´´ hasta 4´10´´ Más de 3´40´´ hasta 4´20´´ Más de 3´50´´ hasta 4´30´´ 3,5 Más de 2,33´´ hasta 2´45´´ Más de 2´58´´ hasta 3´10´´ Más de 3´08´´ hasta 3´20´´ Más de 3´18´´ hasta 3´30´´ Más de 3´28´´ hasta 3´40´´ Más de 3´38´´ hasta 3´50´´ 4 Más de 2´27´´ hasta 2´33´´ Más de 2´52´´ hasta 2´58´´ Más de 3´02´´ hasta 3´08´´ Más de 3´12´´ hasta 3´18´´ Más de 3´22´´ hasta 3´28´´ Más de 3´32´´ hasta 3´38´´ 4,5 Más de 2´13´´ hasta 2´27´´ Más de 2´38´´ hasta 2´52´´ Más de 2´48´´ hasta 3´02´ Más de 2´58´´ hasta 3´12´´ Más de 3´08´´ hasta 3´22´´ Más de 3´18´´ hasta 3´32´´ 5 2´13´´ o menos 2´38´´ o menos 2´48´´ o menos 2´58´´ o menos 3´08´´ o menos 3´18´´ o menos Carrera de resistencia (1.000 m).
Cuadro de marcas en minutos (´) y segundos(´´) y su puntuación (mujeres) Puntos Hasta 31 años 32-36 años 37-41 años 42-47 años 48-54 años Mas de 55 años 0 Más de 6´10´´ Más de 6´30´´ Más de 6´40´´ Más de 6´50´´ Más de 7´00´´ Más de 7´20´´ 0,5 Más de 5´50´´ hasta 6´10´´ Más de 6´10´´ hasta 6´30´´ Más de 6´20´´ hasta 6´40´´ Más de 6´30´´ hasta 6´50´´ Más de 6´45´´ hasta 7´00´´ Más de 7´05´´ hasta 7´20´´ 1 Más de 5´40´´ hasta 5´50´´ Más de 5´50´´ hasta 6´10´´ Más de 6´00´´ hasta 6´20´´ Más de 6´10´´ hasta 6´30´´ Más de 6´30´´ hasta 6´45´´ Más de 6´50´´ hasta 7´05´´ 1,5 Más de 5´20´´ hasta 5´40´´ Más de 5´40´´ hasta 5´50´´ Más de 5´45´´ hasta 6´00´´ Más de 5´55´´ hasta 6´10´´ Más de 6´10´´ hasta 6´30´´ Más de 6´35´´ hasta 6´50´´ 2 Más de 4´55´´ hasta 5´20´´ Más de 5´20´´ hasta 5´40´´ Más de 5´30´´ hasta 5´45´´ Más de 5´40´´ hasta 5´55´´ Más de 5´55´´ hasta 6´10´´ Más de 6´20´´ hasta 6´35´´ 2,5 Más de 4´30´´ hasta 4´55´´ Más de 5´00´´ hasta 5´20´´ Más de 5´10´´ hasta 5´30´´ Más de 5´20´´ hasta 5´40´´ Más de 5´30´´ hasta 5´55´´ Más de 5´45´´ hasta 6´20´´ 3 Más de 4´10´´ hasta 4´30´´ Más de 4´45´´ hasta 5´00´´ Más de 4,50´´ hasta 5,10´´ Más de 5´00´´ hasta 5´20´´ Más de 5´10´´ hasta 5´30´´ Más de 5´30´´ hasta 5´45´´ 3,5 Más de 3´50´´ hasta 4´10´´ Más de 4´20´´ hasta 4´45´´ Más de 4,30´´ hasta 4´50´´ Más de 4´40´´ hasta 5´00´´ Más de 4´50´´ hasta 5´10´´ Más de 5´05´´ hasta 5´30´´ 4 Más de 3´35´´ hasta 3´50´´ Más de 3´55´´ hasta 4´20´´ Más de 4´00´´ hasta 4´30´´ Más de 4´20´´ hasta 4´40´´ Más de 4´30´´ hasta 4´50´´ Más de 4´45´´ hasta 5´05´´ 4,5 Más de 3´20´´ hasta 3´35´´ Más de 3´35´´ hasta 3´55´´ Más de 3´45´´ hasta 4´00´´ Más de 3´55´´ hasta 4´20´´ Más de 4´05´´ hasta 4´30´´ Más de 4´15´´ hasta 4´45´´ 5 3´20´´ o menos 3´35´´ o menos 3´45´´ o menos 3´55´´ o menos 4´05´´ o menos 4´15´´ o menos Salto de longitud con los pies juntos.
Cuadro de marcas en metros (m) y su puntuación (hombres) Puntos Hasta 31 años 32-36 años 37-41 años 42-47 años 48-54 años Mas de 55 años 0 Menos de 1,5 m. Menos de 1,3 m. Menos de 1,2 m. Menos de 1,1 m. Menos de 1m. Menos de 0,9 m.
0,5 De 1,5 m a 1,6 m. De 1,3 a 1,4 m. De 1,2 a 1,3 m. De 1,1 m a 1,2 m. De 1 a 1,1 m. De 0,9 a 1 m.
1 Más de 1,6 a 1,7 m Más de 1,4 a 1,5 m. Más de 1,3 a 1,4 m. Más de 1,2 a 1,3 m Más de 1,1 a 1,2 m Más de 1 a 1,1 m. 1,5 Más de 1,7 a 1,8 m. Más de 1,5 a 1,6 m. Más de 1,4 a 1,5 m. Más de 1,3 a 1,4 m. Más de 1,2 a 1,3 m. Más de 1,1 a 1,2 m. 2 Más de 1,8 a 1,9 m. Más de 1,6 a 1,7 m Más de 1,5 a 1,6 m. Más de 1,4 a 1,5 m. Más de 1,3 a 1,4 m. Más de 1,2 a 1,3 m. 2,5 Más de 1,9 a 2 m. Más de 1,7 a 1,8 m. Más de 1,6 a 1,7 m Más de 1,5 a 1,6 m. Más de 1,4 a 1,5 m. Más de 1,3 a 1,4 m. 3 Más de 2 a 2,3 m. Más de 1,8 m a 2,1 m. Más de 1,7 a 2 m. Más de 1,6 a 1,9 m. Más de 1,5 a 1,8 m. Más de 1,4 a 1,7 m. 3,5 Más de 2,3 a 2,7 m Más de 2,1 a 2,5 m. Más de 2 a 2,4 m. Más de 1,9 a 2,3 m. Más de 1,8 a 2,2 m. Más de 1,7 a 2,1 m. 4 Más de 2,7 a 2,8 m. Más de 2,5 a 2,6 m. Más de 2,4 a 2,5 m. Más de 2,3 a 2,4 m. Más de 2,2 a 2,3 m. Más de 2,1 a 2,2 m. 4,5 Más de 2,8 a 3,2 m. Más de 2,6 a 3 m. Más de 2,5 a 2,9 m. Más de 2,4 a 2,8 m. Más de 2,3 a 2,7 m. Más de 2,2 a 2,6 m. 5 Más de 3,2 m. Más de 3 m. Más de 2,9 m. Más de 2,8 m. Más de 2,7 m. Más de 2,6 m.
Salto de longitud con los pies juntos.
Cuadro de marcas en metros (m) y su puntuación (mujeres) Puntos Hasta 31 años 32-36 años 37-41 años 42-47 años 48-54 años Mas de 55 años 0 Menos de 1,00 m. Menos de 0,90 m. Menos de 0´80 m Menos de 0,75 m. Menos de 0,70 m Menos de 0,60 m.
0,5 Más de 1,00 hasta 1,15 m. Más de 0,90 hasta 1,00 m Más de 0,80 hasta 0,90 m. Más de 0,75 hasta 0,85 m. Más de 0,70 hasta 0,80 m. Más de 0,60 hasta 0,70 m. 1 Más de 1,15 hasta 1,25 m. Más de 1,00 hasta 1,10 m. Más de 0,90 hasta 1,00 m. Más de 0,85 hasta 0,95 m. Más de 0,80 hasta 0,90 m. Más de 0,70 hasta 0,75 m. 1,5 Más de 1,25 hasta 1,40 m Más de 1,10 hasta 1,20 m. Más de 1,00 hasta 1,10 m. Más de 0,95 hasta 1,00 m. Más de 0,90 hasta 0,95 m. Más de 0,75 hasta 0,80 m. 2 Más de 1,40 hasta 1,55 m Más de 1,20 hasta 1,30 m. Más de 1,10 hasta 1,20 m. Más de 1,00 hasta 1,10 m. Más de 0,95 hasta 1,00 m. Más de 0,80 hasta 0,90 m. 2,5 Más de 1,55 hasta 1,70 m. Más de 1,30 hasta 1,50 m. Más de 1,20 hasta 1,40 m Más de 1,10 hasta 1,25 m Más de 1,00 hasta 1,15 m. Más de 0,90 hasta 1,05 m. 3 Más de 1,70 hasta 1,90 m. Más de 1,50 hasta 1,70 m. Más de 1,40 hasta 1,65 m. Más de 1,25 hasta 1,45 m. Más de 1,15 hasta 1,35 m. Más de 1,05 hasta 1,25 m. 3,5 Más de 1,90 hasta 2,10 m. Más de 1,70 hasta 1,95 m. Más de 1,65 hasta 1,90 m. Más de 1,45 hasta 1,70 m. Más de 1,35 hasta 1,60 m. Más de 1,25 hasta 1,45 m. 4 Más de 2,10 hasta 2,35 m Más de 1,95 hasta 2,25 m. Más de 1,90 hasta 2,15 m Más de 1,70 hasta 2,05 m. Más de 1,60 hasta 1,95 m. Más de 1,45 hasta 1,75 m. 4,5 Más de 2,35 m hasta 2,6 m. Más de 2,25 hasta 2,5 m. Más de 2,15 hasta 2,4 m. Más de 2,05 hasta 2,3 m. Más de 1,95 hasta 2,2 m. Más de 1,75 hasta 2,00 m. 5 Más de 2,6 m. Más de 2,5 m. Más de 2,4 m. Más de 2,3 m. Más de 2,2 m. Más de 2,00 m.
Lanzamiento de balón medicinal (4 kgs).
Cuadro de marcas en metros (m) y su puntuación (hombres) Puntos Hasta 31 años 32-36 años 37-41 años 42-47 años 48-54 años Mas de 55 años 0 Menos de 3 m. Menos de 2 m. Menos de 1,5 m. Menos de 1,35 m. Menos de 1m. Menos de 1 m.
0,5 De 3 m a 3,5 m. De 2 a 2,5 m. De 1,5 a 2 m. De 1,35 m a 1,85 m. De 1 a 1,25 m. De 1 a 1,25 m.
1 Más de 3,5 a 4 m. Más de 2,5 a 3 m. Más de 2 a 2,5 m. Más de 1,85 a 2,35 m Más de 1,25 a 1,75 m Más de 1,25 a 1,5 m. 1,5 Más de 4 a 4,5 m. Más de 3 a 3,5 m. Más de 2,5 a 3 m. Más de 2,35 a 2,85 m. Más de 1,75 a 2,25 m. Más de 1,5 a 2 m. 2 Más de 4,5 a 5 m. Más de 3,5 a 4 m Más de 3 a 3,5 m. Más de 2,85 a 3,35 m. Más de 2,25 a 2,75 m. Más de 2 a 2,5 m. 2,5 Más de 5 a 5,5 m. Más de 4 a 4,5 m. Más de 3,5 a 4 m Más de 3,35 a 3,85 m. Más de 2,75 a 3,25 m. Más de 2,5 a 3 m. 3 Más de 5,5 a 6 m. Más de 4,5 m a 5 m. Más de 4 a 4,5 m. Más de 3,85 a 4,35 m. Más de 3,25 a 3,75 m. Más de 3 a 3,5 m. 3,5 Más de 6 a 7 m Más de 5 a 6 m. Más de 4,5 m a 5,5 m. Más de 4,35 a 5,35 m. Más de 3,75 a 4,75 m. Más de 3,5 a 4,5 m. 4 Más de 7 a 8 m. Más de 6 a 7 m. Más de 5,5 a 6,5 m. Más de 5,35 a 6,35 m. Más de 4,75 a 5,75 m. Más de 4,5 a 5,5 m. 4,5 Más de 8 a 9,5 m. Más de 7 a 8,5 m. Más de 6,5 a 8 m. Más de 6,35 a 7,5 m. Más de 5,75 a 7 m. Más de 5,5 a 7 m. 5 Más de 9,5 m. Más de 8,5 m. Más de 8 m. Más de 7,5 m. Más de 7 m. Más de 7 m.
Lanzamiento de balón medicinal (3 kgs).
Cuadro de marcas en metros (m) y su puntuación (mujeres) Puntos Hasta 31 años 32-36 años 37-41 años 42-47 años 48-54 años Mas de 55 años 0 Menos de 2,00 m. Menos de 1,70 m. Menos de 1,50 m. Menos de 1,35 Menos de 1,00 m. Menos de 1,00 m.
0,5 Más de 2,00 hasta 2,60 m. Más de 1,70 hasta 2,20 m. Más de 1,50 hasta 2,00 m. Más de 1,35 hasta 1,80 m. Más de 1,00 hasta 1,60 m. Más de 1,00 hasta 1,50 m. 1 Más de 2,60 hasta 3,00 m. Más de 2,20 hasta 2,60 m. Más 2,00 hasta 2,35 m. Más de 1,80 hasta 2,25 m. Más de 1,60 hasta 1,85 m. Más de 1,50 hasta 1,70 m. 1,5 Más de 3,00 hasta 3,35 m. Más de 2,60 a 3,00 m. Más de 2,35 hasta 2,65 m. Más de 2,25 hasta 2,50 m. Más de 1,85 hasta 2,10 m. Más de 1,70 hasta 2,00 m. 2 Más de 3,35 hasta 3,75 m. Más de 3,00 hasta 3,25 m. Más de 2,65 hasta 3,00 m. Más de 2,50 hasta 2,75 m. Más de 2,10 hasta 2,50 m. Más de 2,00 hasta 2,30 m. 2,5 Más de 3,75 a 4,25 m. Más de 3,25 a 3,75 m. Más de 3,00 hasta 3,50 m Más de 2,75 hasta 3,20 m. Más de 2,50 hasta 3,00 m Más de 2,30 a 2,75 m. 3 Más de 4,25 a 5,00 m. Más de 3,75 a 5,00 m. Más de 3,50 hasta 4,50 m. Más de 3,20 hasta 4,00 m. Más de 3,00 hasta 3,75 m. Más de 2,75 hasta 3,50 m. 3,5 Más de 5,00 a 6,00 m. Más de 5,00 a 6,00 m. Más de 4,50 hasta 5,50 m. Más de 4,00 hasta 5,30 m. Más de 3,75 hasta 5,00 m. Más de 3,50 hasta 4,75 m. 4 Más de 6,00 a 7,00 m. Más de 6,00 hasta 7,00 m. Más de 5,50 hasta 6,50 m. Más de 5,30 hasta 6,30 m. Más de 5,00 hasta 6,00 m. Más de 4,75 hasta 6,00 m. 4,5 Más de 7,00 hasta 8,5 m. Más de 7,00 hasta 8,3 m. Más de 6,50 hasta 8,1 m. Más de 6,30 hasta 7,5 m. Más de 6,00 hasta 7,00 m. Más de 6,00 hasta 7,00 m. 5 Más de 8,5 m. Más de 8,3 m. Más de 8,1 m. Más de 7,5 m. Más de 7,00 m. Más de 7,00 m.
ANEXO II PROGRAMA.
PARTE GENERAL.
Tema 1.- La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes funda - mentales de los españoles. Su garantía y suspensión. La reforma de la Constitución.
Tema 2.- Las Cortes Generales: las Cámaras, composición, funcionamiento y atribuciones. Proce - dimiento de elaboración de las leyes. La Corona.
Tema 3.- El Poder Judicial. Principios Constitucionales. Organización del sistema judicial espa - ñol. El Tribunal Constitucional. El Tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo.
Tema 4.- El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.
El Presidente del Gobierno. Los Vicepresidentes. El Consejo de Ministros y las Comisiones Delegadas del Gobierno. El Consejo de Estado.
Tema 5.- La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Competencias de las Comunidades Autónomas. La financiación de las Comunidades Autó - nomas.
Tema 6.- La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: su Estatuto de Autonomía. De las Insti - tuciones de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: Las Cortes de Castilla-La Mancha, el Presi - dente de la Junta y el Consejo de Gobierno.
Tema 7. Competencias de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
Tema 8.- El Derecho administrativo general. La Administración Pública. Concepto. Fuentes del derecho administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los Reglamentos.
Tema 9.- El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Efica - cia y validez de los actos administrativos. El funcionamiento electrónico del sector público.
Tema 10.- El procedimiento administrativo: Concepto y principios generales. Fases del procedi - miento administrativo. Peculiaridades del procedimiento administrativo local. Los recursos administra - tivos. El recurso contencioso Administrativo contra los actos y disposiciones de las Entidades Locales. Tema 11.- La potestad sancionadora de la Administración. Principios de la potestad sancionado - ra. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Tema 12.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa I: actividad en materia de venta ambulante y consumo, animales domésticos y potencialmente peligrosos, urbanismo y medio am - biente. Venta de bebidas alcohólicas a menores.
Tema 13.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa II: Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos en Castilla-La Mancha: ámbito de aplicación y prohibiciones. Competencias municipales en la materia. Declaraciones responsables, autorizaciones, comunicaciones previas y licencias.
Tema 14. La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa III. Condiciones y requisitos de organización y celebración de Espectáculos públicos y Actividades Recreativas en Castilla-La Man - cha. Seguros. Derechos y obligaciones de espectadores y asistentes. Horario, publicidad y venta de en - tradas. Vigilancia, inspección y régimen sancionador.
Tema 15.- La Administración Local: conceptos, principios constitucionales, regulación jurídica y Enti - dades que comprende. El Municipio. El padrón municipal. Las Mancomunidades. Los Órganos de Gobierno Municipal: el Alcalde, el Pleno, la Junta de Gobierno Local y otros Órganos. Competencias municipales. Tema 16.- Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Clases. Procedimiento de elaboración y aproba - ción de cada uno de ellos. Información y participación ciudadana en el ámbito local.
Tema 17.- La Función Pública Local y su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios;
especial referencia a los funcionarios de los Cuerpos de Policía Local. Régimen disciplinario de los Cuerpos de Policía Local. Sistema de responsabilidades, penal, civil y administrativa.
Tema 18.- Ordenanza de Movilidad del Ayuntamiento de Puertollano. Ordenanza Municipal de convivencia del Ayuntamiento de Puertollano. Ordenanza Reguladora de accesos al Centro Comercial Abierto.
PARTE ESPECIAL.
Tema 19.- La regulación de las Policías Locales en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Segu - ridad. El modelo Policial Español. Funciones y competencias de la Policía Nacional, Guardia Civil, Poli - cía Judicial, Policías Autonómicas y Policías Locales. Colaboración y coordinación entre las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas. Las Juntas Locales de Seguridad.
Tema 20.- La Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.
Tema 21.- Normativa de desarrollo de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha. Reglamentos y Órdenes de aplicación en la materia.
Tema 22- La Policía Local como Policía Judicial: La comprobación del delito y averiguación del delincuente. Funciones de la Policía Local como Policía Judicial.
Tema 23.- El atestado policial. Concepto, estructura y características. La regulación del atesta - do policial en la legislación vigente.
Tema 24.- Delitos. Concepto. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Perso - nas responsables. Grados de ejecución.
Tema 25.- Delito de lesiones. Delitos contra la libertad: las detenciones ilegales y los secuestros.
Las amenazas. Las coacciones.
Tema 26.- Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales: De las agresiones sexuales. De los abusos sexuales. De los abusos y agresiones sexuales a menores de dieciséis años. Del acoso sexual. De los delitos de exhibicionismo y provocación sexual. De los delitos relativos a la prostitución y a la ex - plotación sexual y corrupción de menores.
Tema 27.- Tratamiento jurídico de la violencia de género. Las medidas de protección integral contra la violencia de género. Derechos de las mujeres, víctimas de violencia de género.
Tema 28.- Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domi - cilio: Del descubrimiento y revelación de secretos. Del allanamiento de morada, domicilio de personas jurídicas y establecimientos abiertos al público.
Tema 29.- Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico.
Tema 30.- De los delitos contra los derechos de los trabajadores. Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. Delitos de incendios. Delitos contra la salud pública.
Tema 31.- Delitos contra la Administración Pública. Delitos relativos a la ordenación del territo - rio y el urbanismo. La protección del patrimonio histórico y el medio ambiente.
Tema 32.- Delitos contra el orden público: De los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia. De los desórdenes públicos.
Tema 33.- Delitos de odio y conductas que vulneran las normas legales sobre discriminación.
Tema 34.- La detención: Concepto. Supuestos especiales de detención. Derechos del detenido. El procedimiento de Hábeas Corpus.
Tema 35.- Tipos de procedimientos penales. Especial referencia al enjuiciamiento rápido de de - terminados delitos (los juicios rápidos).
Tema 36.- Delitos contra la seguridad vial: su regulación en el Código Penal. Principio “non bis in idem”.
Tema 37.- Normativa sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Objeto y ámbito de aplicación. Administraciones Públicas competentes en materia de tráfico y seguridad vial:
especial consideración de las competencias municipales. El Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.
Tema 38.- Normas de comportamiento de la circulación. Normas generales de los conductores.
De la circulación de vehículos: lugar de la vía, velocidad, prioridad de paso, cambios de dirección y marcha atrás. Adelantamiento, parada y estacionamiento, cruces de pasos a nivel y puentes levadizos;
utilización de alumbrado, advertencia de los conductores.
Tema 39.- Otras normas de circulación: utilización de casco, cinturón y restantes elementos de seguridad. Peatones. Circulación de animales. Comportamiento en casos de emergencia. De la señali - zación. Normas generales. Orden de preeminencia. Formato de las señales. Tipos y significado de las señales de circulación y marcas viales.
Tema 40.- El procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Infracciones y sanciones administrativas. Personas responsables. Clases de procedi - mientos y recursos. El Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico. Medidas provisionales y otras medidas.
Ejecución de las sanciones. Prescripción y caducidad.
Tema 41.- La conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópi - cos, estimulantes u otras sustancias análogas: investigación y práctica de pruebas de detección de di - chas bebidas o sustancias. Regulación administrativa de los etilómetros.
Tema 42.- El Reglamento General de Conductores.
Tema 43.- El Reglamento General de Vehículos.
Tema 44.- El transporte. Clases de transporte. Servicio público de viajeros y servicio público de mercancías o mixto. El servicio privado. Transporte escolar y de menores. Transporte de mercancías peligrosas.
Tema 45.- La Ley sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.
Tema 46.- La igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI.
Tema 47.- El Mando I. Concepto, funciones y responsabilidad. La Orden. Planificación. Organiza - ción, distribución, ejecución y control del trabajo policial.
Tema 48- Estilos de mando. Metodología de mando. La eficacia del mando. Relación mando-su - bordinado. Las necesidades del individuo.
Tema 49- La toma de decisiones, tipología. El proceso de toma de decisiones. Factores que influ - yen en la toma de decisiones. Decisiones de grupo. Poder y autoridad. Técnicas de dirección. El factor tiempo.
Tema 50.- Selección de tareas. Utilización de medios. Principios de disciplina efectiva. Conflictos.
Puertollano, 29 de septiembre de 2026.
Contra este acuerdo/resolución, que pone fin a la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y 8, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, se podrá interponer uno de los siguientes recursos:
a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recu - rrido (salvo que se trate de un acto dictado por delegación en cuyo caso corresponderá la resolución al órgano delegante), en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación. La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el ar - tículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que éste haya sido resuelto, podrá entender que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Admi - nistrativo de Ciudad Real, en el plazo de seis meses, a contar desde el día siguiente al de la desesti - mación presunta.
b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ciu - dad Real, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la recepción de esta no - tificación. En caso de optar por el recurso potestativo de reposición no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desesti - mación por silencio administrativo. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que esti - me procedente.
Lo que le notifico para su conocimiento a los efectos oportunos, sin perjuicio de que pueda em - prender cuantas acciones tenga por convenientes en defensa de sus derechos.
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