Volver al listado
Quedan 8 días
Quedan 8 días
Quedan 8 días
Quedan 8 días
Ayuntamientos y diputaciones
Convocatoria
Las Palmas
Educador/a Musical
Cabildo Insular de Fuerteventura · Canarias
Plazas
2
según la publicación
Grupo
C1
según la publicación
Sistema
Concurso-oposición
Laboral
¿Puedo presentarme?
- Titulación Requisito: Bachillerato, Técnico o equivalenteNivel mínimo: Bachillerato
- Quién puede presentarse Turno libre: cualquier persona que cumpla los requisitos.
- Plazo de solicitudes Aún no ha empezado. Plazo aún no abierto: empieza al publicarse en el BOE (20 hábiles)
- Cómo presentarse La solicitud se presenta en la sede electrónica o el registro del organismo convocante; los pasos exactos vienen en la publicación oficial ↗.
- Tipo
- Convocatoria
- Título oficial
- Convocatoria y bases específicas que regirá el proceso selectivo de 2 plazas de Educador/a Musical
- Convoca
- Cabildo Insular de Fuerteventura
- Ámbito
- Ayuntamientos y diputaciones
- Acceso
- Turno libre
- Titulación
- Bachillerato, Técnico o equivalente
- Publicada
- 09/10/2026 en Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas
- Fuente
- Basado en datos de Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas ↗. Última comprobación: 14/10/2026.
Averiguar con IA
Si la publicación no lo deja claro, una IA (Claude, de Anthropic) lee el texto oficial y te saca el temario, los requisitos, las fechas o un resumen, citando el texto. Lo ya averiguado por otros usuarios se ve gratis.
Lo que otros ya averiguaron se ve gratis. Para lo demás hace falta tu propia clave de Anthropic (pagas tú, unos céntimos por análisis); se guarda solo en este navegador.
Crea tu cuenta gratis para usar la IA con tu clave Ya tengo cuentaya averiguado · gratis{coste} con tu clavenecesita tu claveNo constaTemario ({n} temas)El texto no incluye el temarioMaterias que mencionaDónde buscarloConfianza: {nivel}RequisitosTitulaciónEdadNacionalidadCarnés y permisosIdiomasOtrosTasasImporteExencionesForma de pagoSolicitudCómoDóndePlazoDocumentaciónFechas y plazosNo consta ninguna fecha.Fases y pruebasNo consta.CarácterPreguntasPenalizaciónDuraciónPuntuaciónEn 5 líneasNo se pudo mostrar el resultado.Generado con {modelo} el {fecha} a partir del PDF oficialGenerado con {modelo} el {fecha} solo con los datos de la ficha (no teníamos el texto)Generado con {modelo} el {fecha} a partir del texto oficialte ha costado {coste}Volver a generar con mi claveAnálisis generado por IA a partir del texto oficial; compruébalo en la publicación antes de decidir nada. Este resultado se guarda y se muestra también a otros usuarios (nunca tu clave).Esto aún no lo ha averiguado nadie: configura tu clave para hacerlo.Leyendo la publicación… suele tardar entre 20 segundos y un minuto.Error del servidor ({status}).No se pudo hacer el análisis.Ya estaba averiguado: no te ha costado nada.No se pudo conectar con el servidor.
Mediante Resolución 6801/2026 de la Consejera de Área Insular de Hacienda, Promoción Económica, Recursos Humanos, Deportes y Movilidad Sostenible, de fecha 2 de octubre de 2026, se procede a la aprobación de la convocatoria y las bases específicas, por las que se regirá el proceso selectivo de dos (2) plazas de Educador/a Musical, Grupo C, Subgrupo C1, mediante el sistema de concurso-oposición por el turno libre, así como la configuración de la lista de reserva, para el Cabildo de Fuerteventura, incluida en la Oferta de Empleo Público 2025, aprobada mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno Insular del Cabildo de Fuerteventura de fecha 27 de agosto de 2025, en el sentido siguiente:
Primero. Aprobar la convocatoria y las siguientes bases específicas por las que se regirá el proceso selectivo, de dos (2) plazas de Educador/a Musical, Grupo C, Subgrupo C1, mediante el sistema de concurso-oposición por el turno libre, así como la configuración de la lista de reserva, para el Cabildo de Fuerteventura: BASES ESPECÍFICAS DE SELECCIÓN POR LA QUE SE REGIRÁ EL PROCESO SELECTIVO DE UNA PLAZA DE EDUCADOR/A MUSICAL DE FOLCLORE, V ACANTE EN LA PLANTILLA COMO PERSONAL LABORAL DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE FUERTEVENTURA, POR EL TURNO LIBRE, INCLUIDA EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2025.
PRIMERA. CARACTERÍSTICAS DEL PUESTO DE TRABAJO OBJETO DE LA CONVOCATORIA:
Denominación de los puestos: Educador/a Musical de Folclore.
Vínculo: Laboral.
Ubicación: Escuela Insular de Música.
Número de puestos: 1.
SEGUNDA. CARACTERÍSTICAS DE LA PLAZA:
Plazas incluidas en la Oferta de Empleo Público de 2025 del Cabildo Insular de Fuerteventura.
Denominación: Educador/a Musical de Folclore.
Vínculo: Laboral Fijo.
Grupo de Clasificación: C, Subgrupo: C1.
Número de plazas: 1.
TERCERA. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES:
Además de lo dispuesto en la Base Cuarta de las Bases Generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Cabildo de Fuerteventura para la selección de funcionarios de carrera y personal laboral fijo, se requiere lo siguiente:
- Título de Bachillerato, Técnico o equivalente.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso la homologación.
- Carnet de conducir B.
- Certificado de carecer de antecedentes penales por delitos de naturaleza sexual, según establece la Ley 26/2015.
CUARTA. SOLICITUDES:
Se estará a lo dispuesto en la Base Quinta de las Bases Generales. El plazo de presentación será de VEINTE DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado. Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán presentarán su solicitud telemáticamente a través de la sede electrónica del Cabildo de Fuerteventura (Ofertas de Empleo - https://cabildofuer.convoca.online), junto a la documentación requerida.
De acuerdo con lo establecido en el “ARTÍCULO 3. SUPUESTOS QUE ORIGINAN LA CONFIGURACIÓN DE LISTAS DE RESERV A” del “REGLAMENTO DE LISTAS DE RESERV A PARA CUBRIR INTERINIDADES Y CONTRATACIONES TEMPORALES EN LAS DISTINTAS CATEGORÍAS DEL PERSONAL LABORAL
Y FUNCIONARIO DEL CABILDO DE FUERTEVENTURA”, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 79 de fecha 3 de julio de 2017, en el que establece que los aspirantes que hayan superado todas las pruebas de la convocatoria para el acceso libre en desarrollo de la Oferta de Empleo Público, para contrato de personal laboral fijo o para nombramiento de personal funcionario de carrera, que sobrepasen el número de plazas convocadas se configurará una lista de reserva para dicha categoría.
QUINTA. DERECHOS DE EXAMEN:
Se estará a lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por inscripción en pruebas selectivas del personal al servicio del Cabildo de Fuerteventura, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, número 98 de fecha 30 de junio de 2010.
Para la plaza de Educador/a Musical, el/la aspirante debe abonar 30 euros.
SEXTA. ADMISIÓN DE LOS ASPIRANTES:
Se estará a lo dispuesto en la Base Sexta de las Bases Generales.
SÉPTIMA. TRIBUNAL:
Se estará a lo dispuesto en la Base Séptima de las Bases Generales.
OCTA V A. CRITERIOS DE CALIFICACIÓN:
Se estará a lo dispuesto en la Base Novena de las Bases Generales.
ORTOGRAFÍA
El ejercicio se deberá presentar sin faltas de ortografía. Se entiende por falta de ortografía, a los efectos de calificación del ejercicio, toda palabra cuya forma no sea reconocida por el diccionario de la RAE. Los ejercicios que presenten faltas de ortografía se penalizarán en los siguientes términos:
Faltas derivadas de la incorrecta aplicación de las reglas de acentuación, así como las faltas derivadas del uso indebido de vocales o consonantes: 0,1 puntos por cada falta.
Se considerará la repetición de una falta de ortografía (escribir incorrectamente dos o más veces la misma palabra) como una sola falta.
La correcta utilización de los signos de puntuación (el punto, la coma, el punto y coma, los dos puntos, la raya y el guion) se valorará en el criterio de calificación referente al conocimiento de la materia pues inciden directamente en la apreciación de la claridad de los conocimientos y el orden y coherencia de la exposición. Los errores de puntuación no tienen una penalidad específica.
Aquellos ejercicios que no hayan obtenido la nota mínima de 5 puntos exigida para superar el ejercicio no serán objeto de la revisión ortográfica.
CALIGRAFÍA
Los ejercicios que a juicio de la mayoría de los miembros del tribunal presenten una caligrafía ilegible que no permita su comprensión serán declarados «no aptos».
NOVENA. SISTEMA SELECTIVO:
En conformidad con el art. 61.7 del TREBEP y según lo dispuesto en la Base Octava de las Bases Generales el sistema selectivo que se aplicará en esta convocatoria será de concurso- oposición. La elección de dicho sistema es acorde y se adecua a las funciones o tareas a desarrollar en el puesto de trabajo convocado tal y como preceptúa el art. 55 TREBEP.
DÉCIMA. DESARROLLO DEL PROCESO SELECTIVO:
Se estará a lo dispuesto en la Base Octava de las Bases Generales.
DECIMOPRIMERA. SUPERACIÓN DEL PROCESO SELECTIVO:
Se estará a lo dispuesto en la Base Novena de las Bases Generales.
DECIMOSEGUNDA. DESCRIPCIÓN DEL PROCESO SELECTIVO:
Atendiendo a lo establecido en la Base Octava y Novena de las Bases Generales, el sistema selectivo que se aplicará en esta convocatoria será de concurso-oposición:
I. FASE DE OPOSICIÓN:
La fase de oposición constará de dos ejercicios, ambos eliminatorios, siendo la calificación máxima de la fase de oposición será de 10 puntos.
Primer ejercicio de carácter teórico. El ejercicio consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 70 preguntas tipo test en 80 minutos, relacionadas con todo el temario, con tres respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta.
En lo relativo a la calificación, cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con el equivalente a 1/3 del valor de la respuesta correcta, redondeando al valor del segundo decimal.
Este ejercicio se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5,00 puntos para superarlo.
Segundo ejercicio práctico- Prueba práctica de instrumento. El aspirante deberá aportar una lista de tres obras de distintos estilos, con un nivel conforme a la titulación exigida, de entre las cuales el tribunal elegirá una de ellas (deberán aportar dos copias el día de la prueba para el tribunal), con un tiempo máximo de ejecución de 10 minutos.
Este ejercicio se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5,00 puntos para superarlo.
II. FASE DE CONCURSO
Una vez finalizada la fase de oposición, dará comienzo la fase de concurso, a esta fase sólo podrán acceder aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
El Tribunal publicará en los lugares mencionados la relación que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada uno de los apartados y la puntuación final. Los aspirantes dispondrán de un plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, a partir del siguiente al de la publicación de dicha resolución para efectuar alegaciones. Finalizado el plazo el tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
La fase de concurso consistirá en la valoración de méritos relativos a la experiencia profesional y en la valoración de méritos formativos, se estará a lo dispuesto en las Bases Generales:
a) Experiencia profesional: Se valorará el trabajo desarrollado en el desempeño de puestos de trabajo pertenecientes al grupo y categoría profesional igual al que se opta. La puntuación máxima que se puede obtener por este concepto de experiencia profesional será de 3 puntos y se otorgará según lo que se indica en las Bases Generales:
b) Méritos formativos: Se valorarán los cursos realizados que tengan relación con las materias objeto de la convocatoria que hayan sido impartidos o reconocidos por Universidades, Centros Oficiales de Formación (INAP, ICAP o análogos), Administraciones Públicas y Consorcios de Administraciones Públicas (FECAI, FECAM o análogos), y de sindicatos incluidos en planes de formación continua para empleados públicos. La puntuación máxima que puede obtenerse por este concepto de méritos académicos será de 1 puntos y se otorgará de acuerdo con lo regulado en las Bases Generales.
La Fase de Concurso no es eliminatoria y la puntuación máxima que se puede obtener en su conjunto es de 4 puntos, puntuación que se acumulará al resultado de la fase de oposición siempre y cuando haya superado la misma.
DECIMOTERCERA. CALIFICACIÓN FINAL, ACREDITACIÓN DE REQUISITOS Y NOMBRAMIENTO.
Se estará a lo dispuesto en las Bases Generales.
DECIMOCUARTA. CONSTITUCIÓN LISTA DE RESERV A EN LA PLAZA CONVOCADA.
En el caso de que existieran candidatos que hayan superado el proceso selectivo y no puedan ser nombrados funcionarios de carrera, se confeccionará una lista de reserva.
La lista de reserva que se configure, como consecuencia del proceso selectivo a que se refieren las presentes bases, se regirá en todos sus términos por las disposiciones contenidas en las normas de funcionamiento de las listas de reserva para cubrir interinidades y contrataciones temporales del Cabildo Insular de Fuerteventura. TEMARIO EDUCADOR/A MUSICAL DE FOLCLORE Tema 1. La Constitución Española de 1978: Título I de los Derechos y Deberes fundamentales.
Tema 2. Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares: Competencias de los Cabildos Insulares como órganos de gobierno, administración y representación de las islas y disposiciones generales.
Tema 3. Reglamento Orgánico del Cabildo Insular de Fuerteventura: Título Segundo. Organización Administrativa. Capítulo I. Organización Administrativa. Capítulo II. Órganos Superiores.
Tema 4. Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: de los interesados en el procedimiento: la capacidad de obrar y el concepto de interesado; identificación y firma de los interesados en el procedimiento administrativo.
Tema 5. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: Principios de protección de datos. Derecho de las Personas. Encargado de tratamiento. Tema 6. La prevención de los riesgos laborales: Disposiciones generales. Órganos de control. Responsabilidades y sanciones. Estructura orgánica para la prevención de riesgos laborales en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Tema 7. Estatuto básico del Empleado Público. El personal al servicio de las Entidades Locales: concepto y clases de empleados públicos. Derechos de los empleados públicos. Deberes de los empleados públicos. Código de conducta.
Tema 8. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres: Objeto y ámbito de aplicación. El principio de igualdad y trato entre mujeres y hombres.
Tema 9. Decreto 179/1994, de 29 de julio, regulación de Escuelas de Música y Danza (B.O.C. 105, de 26.08.1994): ámbito de aplicación. Objetivos. Ordenación de las enseñanzas. Creación, autorización y registro de las Escuelas de Música y/o Danza.
Tema 10. Decreto 179/1994, de 29 de julio, regulación de Escuelas de Música y Danza (B.O.C. 105, de 26.08.1994): Órganos de Gobierno. Organización interna de los centros. Disposiciones adicionales. Disposiciones finales. Tema 11. Reglamento de Régimen Interno de la Escuela Insular de Música de Fuerteventura.
Tema 12. Atención a la diversidad y educación inclusiva. Diversidad como principio. Concepto de desarrollo de la atención a la diversidad. Principios de la atención a la diversidad. De la atención a la diversidad a la educación inclusiva.
Tema 13. La música como lenguaje y como medio de expresión.
Tema 14. La música como expresión cultural de los pueblos. La música étnica. El folclore y sus aplicaciones didácticas.
Tema 15. Didáctica de la enseñanza del folclore musical.
Tema 16. Función social de la música.
Tema 17. Instrumentos tradicionales de Canarias.
Tema 18. La modulación. Procedimientos y ejemplos de su mecánica.
Tema 19. La armonía en la Educación musical. Acordes, tipos de acorde.
Tema 20. La audición musical: su didáctica. Objetivos, contenidos y actividades.
Tema 21. El folclore musical en Canarias: características y especificidades.
Tema 22. Ritmos y Canciones principales de la música folclórica.
Tema 23. Cantos de trabajo en el folclore de Fuerteventura.
Tema 24. Canciones infantiles en el folclore de Fuerteventura.
Tema 25. Géneros religiosos y de navidad del folclore musical de Fuerteventura.
Tema 26. Cantos de relación (bailes y enamorados) en el folclore musical de Fuerteventura.
Tema 27. Folias y seguidillas en el folclore canario. Isas y malagueñas en el folclore canario. Tema 28. Descripción de algunas manifestaciones Tradicionales relacionadas con el folclore musical: ranchos de ánimas, bailes de taifas y velorios de parida.
Tema 29. Clasificación organológica de los instrumentos utilizados en el folclore musical canario. Principales sistemas de escritura musical utilizados en el folclore canario.
Tema 30. Instrumentos de percusión utilizados en el folclore musical canario. Características.
Tema 31. Cordófonos utilizados en el folclore musical canario. Aerófonos utilizados en el folclore musical canario. Ideófonos utilizados en el folclore musical canario.
Tema 32. Descripción general del laúd. El sonido del laúd: tesitura y afinación.
Tema 33. Descripción general del timple. El sonido del timple: Tesitura y afinación.
Tema 34. Descripción general de la guitarra. El sonido de la guitarra: Tesitura y afinación.
Tema 35. El sistema cifrado o tablatura.
Tema 36. Colocación de la guitarra y el timple. Hábitos posturales.
Tema 37. Exposición sobre como impartir una clase de iniciación a la guitarra en folclore.
Tema 38. Exposición sobre como impartir una clase de iniciación al timple en folclore.
Tema 39. Exposición sobre como impartir una clase de iniciación al laúd en la asignatura de folclore. Tema 40. La isa majorera y la malagueña de tres tiempos: Interpretación.
Si en la fecha de celebración de los ejercicios se hubiese modificado o derogado la legislación que regula la materia objeto del temario se entenderá que será de aplicación la legislación que en esa fecha entra en vigor.
BASES ESPECÍFICAS DE SELECCIÓN POR LA QUE SE REGIRÁ EL PROCESO SELECTIVO DE UNA PLAZA DE EDUCADOR/A MUSICAL DE GUITARRA ELÉCTRICA, V ACANTE EN LA PLANTILLA COMO PERSONAL LABORAL DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE FUERTEVENTURA, POR EL TURNO LIBRE, INCLUIDA EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2025.
PRIMERA. CARACTERÍSTICAS DEL PUESTO DE TRABAJO OBJETO DE LA CONVOCATORIA:
Denominación de los puestos: Educador/a Musical de Guitarra Eléctrica.
Vínculo: Laboral.
Ubicación: Escuela Insular de Música.
Número de puestos: 1.
SEGUNDA. CARACTERÍSTICAS DE LA PLAZA:
Plazas incluidas en la Oferta de Empleo Público de 2025 del Cabildo Insular de Fuerteventura.
Denominación: Educador/a Musical de Guitarra Eléctrica.
Vínculo: Laboral Fijo.
Grupo de Clasificación: C, Subgrupo: C1.
Número de plazas: 1.
TERCERA. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES:
Además de lo dispuesto en la Base Cuarta de las Bases Generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Cabildo de Fuerteventura para la selección de funcionarios de carrera y personal laboral fijo, se requiere lo siguiente:
- Título de Bachillerato, Técnico o equivalente.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso la homologación.
- Carnet de conducir B.
- Certificado de carecer de antecedentes penales por delitos de naturaleza sexual, según establece la Ley 26/2015.
CUARTA. SOLICITUDES:
Se estará a lo dispuesto en la Base Quinta de las Bases Generales. El plazo de presentación será de VEINTE DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado. Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán presentarán su solicitud telemáticamente a través de la sede electrónica del Cabildo de Fuerteventura (Ofertas de Empleo - https://cabildofuer.convoca.online), junto a la documentación requerida.
De acuerdo con lo establecido en el “ARTÍCULO 3. SUPUESTOS QUE ORIGINAN LA CONFIGURACIÓN DE LISTAS DE RESERV A” del “REGLAMENTO DE LISTAS DE RESERV A PARA CUBRIR INTERINIDADES Y CONTRATACIONES TEMPORALES EN LAS DISTINTAS CATEGORÍAS DEL PERSONAL LABORAL
Y FUNCIONARIO DEL CABILDO DE FUERTEVENTURA”, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas nº79 de fecha 3 de julio de 2017, en el que establece que los aspirantes que hayan superado todas las pruebas de la convocatoria para el acceso libre en desarrollo de la Oferta de Empleo Público, para contrato de personal laboral fijo o para nombramiento de personal funcionario de carrera, que sobrepasen el número de plazas convocadas se configurará una lista de reserva para dicha categoría.
QUINTA. DERECHOS DE EXAMEN:
Se estará a lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por inscripción en pruebas selectivas del personal al servicio del Cabildo de Fuerteventura, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, número 98 de fecha 30 de junio de 2010.
Para la plaza de Educador/a Musical, el/la aspirante debe abonar 30 euros.
SEXTA. ADMISIÓN DE LOS ASPIRANTES:
Se estará a lo dispuesto en la Base Sexta de las Bases Generales.
SÉPTIMA. TRIBUNAL:
Se estará a lo dispuesto en la Base Séptima de las Bases Generales.
OCTA V A. CRITERIOS DE CALIFICACIÓN:
Se estará a lo dispuesto en la Base Novena de las Bases Generales.
ORTOGRAFÍA
El ejercicio se deberá presentar sin faltas de ortografía. Se entiende por falta de ortografía, a los efectos de calificación del ejercicio, toda palabra cuya forma no sea reconocida por el diccionario de la RAE. Los ejercicios que presenten faltas de ortografía se penalizarán en los siguientes términos:
Faltas derivadas de la incorrecta aplicación de las reglas de acentuación, así como las faltas derivadas del uso indebido de vocales o consonantes: 0,1 puntos por cada falta.
Se considerará la repetición de una falta de ortografía (escribir incorrectamente dos o más veces la misma palabra) como una sola falta.
La correcta utilización de los signos de puntuación (el punto, la coma, el punto y coma, los dos puntos, la raya y el guion) se valorará en el criterio de calificación referente al conocimiento de la materia pues inciden directamente en la apreciación de la claridad de los conocimientos y el orden y coherencia de la exposición. Los errores de puntuación no tienen una penalidad específica.
Aquellos ejercicios que no hayan obtenido la nota mínima de 5 puntos exigida para superar el ejercicio no serán objeto de la revisión ortográfica.
CALIGRAFÍA
Los ejercicios que a juicio de la mayoría de los miembros del tribunal presenten una caligrafía ilegible que no permita su comprensión serán declarados «no aptos».
NOVENA. SISTEMA SELECTIVO:
En conformidad con el artículo 61.7 del TREBEP y según lo dispuesto en la Base Octava de las Bases Generales el sistema selectivo que se aplicará en esta convocatoria será de concurso- oposición. La elección de dicho sistema es acorde y se adecua a las funciones o tareas a desarrollar en el puesto de trabajo convocado tal y como preceptúa el artículo 55 TREBEP.
DÉCIMA. DESARROLLO DEL PROCESO SELECTIVO:
Se estará a lo dispuesto en la Base Octava de las Bases Generales.
DECIMOPRIMERA. SUPERACIÓN DEL PROCESO SELECTIVO:
Se estará a lo dispuesto en la Base Novena de las Bases Generales.
DECIMOSEGUNDA. DESCRIPCIÓN DEL PROCESO SELECTIVO:
Atendiendo a lo establecido en la Base Octava y Novena de las Bases Generales, el sistema selectivo que se aplicará en esta convocatoria será de concurso-oposición:
III. FASE DE OPOSICIÓN:
La fase de oposición constará de dos ejercicios, ambos eliminatorios, siendo la calificación máxima de la fase de oposición será de 10 puntos.
Primer ejercicio de carácter teórico. El ejercicio consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 70 preguntas tipo test en 80 minutos, relacionadas con todo el temario, con tres respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta.
En lo relativo a la calificación, cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con el equivalente a 1/3 del valor de la respuesta correcta, redondeando al valor del segundo decimal.
Este ejercicio se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5,00 puntos para superarlo.
Segundo ejercicio práctico - Prueba práctica de instrumento. El aspirante deberá aportar una lista de tres obras de distintos estilos, con un nivel conforme a la titulación exigida, de entre las cuales el tribunal elegirá una de ellas (deberán aportar dos copias el día de la prueba para el tribunal), con un tiempo máximo de ejecución de 10 minutos.
Este ejercicio se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5,00 puntos para superarlo.
IV . FASE DE CONCURSO
Una vez finalizada la fase de oposición, dará comienzo la fase de concurso, a esta fase sólo podrán acceder aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
El Tribunal publicará en los lugares mencionados la relación que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada uno de los apartados y la puntuación final. Los aspirantes dispondrán de un plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, a partir del siguiente al de la publicación de dicha resolución para efectuar alegaciones. Finalizado el plazo el tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
La fase de concurso consistirá en la valoración de méritos relativos a la experiencia profesional y en la valoración de méritos formativos, se estará a lo dispuesto en las Bases Generales:
c) Experiencia profesional: Se valorará el trabajo desarrollado en el desempeño de puestos de trabajo pertenecientes al grupo y categoría profesional igual al que se opta. La puntuación máxima que se puede obtener por este concepto de experiencia profesional será de 3 puntos y se otorgará según lo que se indica en las Bases Generales:
d) Méritos formativos: Se valorarán los cursos realizados que tengan relación con las materias objeto de la convocatoria que hayan sido impartidos o reconocidos por Universidades, Centros Oficiales de Formación (INAP, ICAP o análogos), Administraciones Públicas y Consorcios de Administraciones Públicas (FECAI, FECAM o análogos), y de sindicatos incluidos en planes de formación continua para empleados públicos. La puntuación máxima que puede obtenerse por este concepto de méritos académicos será de 1 puntos y se otorgará de acuerdo con lo regulado en las Bases Generales.
La Fase de Concurso no es eliminatoria y la puntuación máxima que se puede obtener en su conjunto es de 4 puntos, puntuación que se acumulará al resultado de la fase de oposición siempre y cuando haya superado la misma.
DECIMOTERCERA. CALIFICACIÓN FINAL, ACREDITACIÓN DE REQUISITOS Y NOMBRAMIENTO.
Se estará a lo dispuesto en las Bases Generales.
DECIMOCUARTA. CONSTITUCIÓN LISTA DE RESERV A EN LA PLAZA CONVOCADA.
En el caso de que existieran candidatos que hayan superado el proceso selectivo y no puedan ser nombrados funcionarios de carrera, se confeccionará una lista de reserva.
La lista de reserva que se configure, como consecuencia del proceso selectivo a que se refieren las presentes bases, se regirá en todos sus términos por las disposiciones contenidas en las normas de funcionamiento de las listas de reserva para cubrir interinidades y contrataciones temporales del Cabildo Insular de Fuerteventura. TEMARIO EDUCADOR/A MUSICAL DE GUITARRA ELÉCTRICA Tema 1. La Constitución Española de 1978: Título I de los Derechos y Deberes fundamentales.
Tema 2. Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares: Competencias de los Cabildos Insulares como órganos de gobierno, administración y representación de las islas y disposiciones generales.
Tema 3. Reglamento Orgánico del Cabildo Insular de Fuerteventura: Título Segundo. Organización Administrativa. Capítulo I. Organización Administrativa. Capítulo II. Órganos Superiores.
Tema 4. Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: de los interesados en el procedimiento: la capacidad de obrar y el concepto de interesado; identificación y firma de los interesados en el procedimiento administrativo.
Tema 5. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: Principios de protección de datos. Derecho de las Personas. Encargado de tratamiento. Tema 6. La prevención de los riesgos laborales: Disposiciones generales. Órganos de control. Responsabilidades y sanciones. Estructura orgánica para la prevención de riesgos laborales en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Tema 7. Estatuto básico del Empleado Público. El personal al servicio de las Entidades Locales: concepto y clases de empleados públicos. Derechos de los empleados públicos. Deberes de los empleados públicos. Código de conducta.
Tema 8. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres: Objeto y ámbito de aplicación. El principio de igualdad y trato entre mujeres y hombres.
Tema 9. Decreto 179/1994, de 29 de julio, regulación de Escuelas de Música y Danza (B.O.C. 105, de 26.08.1994): ámbito de aplicación. Objetivos. Ordenación de las enseñanzas. Creación, autorización y registro de las Escuelas de Música y/o Danza.
Tema 10. Decreto 179/1994, de 29 de julio, regulación de Escuelas de Música y Danza (B.O.C. 105, de 26.08.1994): Órganos de Gobierno. Organización interna de los centros. Disposiciones adicionales. Disposiciones finales. Tema 11. Reglamento de Régimen Interno de la Escuela Insular de Música de Fuerteventura.
Tema 12. Atención a la diversidad y educación inclusiva. Diversidad como principio. Concepto de desarrollo de la atención a la diversidad. Principios de la atención a la diversidad. De la atención a la diversidad a la educación inclusiva.
Tema 13. La música como lenguaje y como medio de expresión.
Tema 14. CONCEPTOS BÁSICOS I; pentagrama, figuras, silencios, etc... CONCEPTOS BÁSICOS II;
compás, alteraciones, síncopa, etc...
Tema 15. ESCALA MAYOR; construcción, acordes triadas y cuatriadas, grados y progresiones básicas. Tema 16. ESCALA MENOR NATURAL; construcción, acordes triadas y cuatriadas, grados y progresiones básicas.
Tema 17. ESCALA MENOR ARMÓNICA; construcción, acordes triadas y cuatriadas, grados y progresiones básicas.
Tema 18. ESCALA MENOR MELÓDICA; construcción, acordes triadas y cuatriadas, grados y progresiones básicas.
Tema 19. DOMINANTES SECUNDARIOS; explicación, cifrado, usos y ejemplos prácticos.
Tema 20. DOMINANTES SUSTITUTOS; explicación, cifrado, usos y ejemplos prácticos.
Tema 21. LA GUITARRA ELÉCTRICA; Antecedentes y evolución desde su origen hasta la actualidad; modelos y marcas. LA GUITARRA ELÉCTRICA; Descripción y anatomía de la guitarra eléctrica.
Tema 22. MANTENIMIENTO DEL INSTRUMENTO; Afinación, ajuste de altura, cuerdas, ajuste de entonación (octavado), curvatura del mástil.
Tema 23. HISTORIA DE LA GUITARRA ELÉCTRICA; Los guitarristas y sus aportaciones; desde Charlie Christian hasta la actualidad. INICIACIÓN A LA GUITARRA ELÉCTRICA.
Tema 24. AMPLIFICADORES; válvulas, transistores, modelos y marcas.
Tema 25. PROCESADORES DE SONIDO; efectos, chorus, delay, compresor, reverb, saturación y distorsión. Tema 26. LECTURA MELÓDICA APLICADA AL INSTRUMENTO; introducción y estudio de la quinta posición, notas naturales. La importancia de la mano derecha.
Tema 27. LECTURA MELÓDICA APLICADA AL INSTRUMENTO; las notas alteradas en la quinta posición.
Tema 28. LECTURA RÍTMICA APLICADA AL INSTRUMENTO; notación rítmica para guitarra eléctrica, técnica de mano derecha.
Tema 29. MANTENIMIENTO DEL INSTRUMENTO; Afinación, ajuste de altura, cuerdas, ajuste de entonación (octavado).
Tema 30. NOTACIÓN MUSICAL PARA GUITARRA ELÉCTRICA; Notación tradicional, tabulado, signos de articulación, signos específicos (bend, slide, hammer on, pull off…).
Tema 31. TÉCNICA; Colocación del instrumento, mano derecha (ejecución con dedos, ejecución con púa, ejecución mixta), mano izquierda.
Tema 32. LA FUNCIÓN MELÓDICA DE LA GUITARRA ELÉCTRICA; la escala mayor y la escala menor natural, construcción, aplicación y visualización de las mismas en el mástil.
Tema 33. LA FUNCIÓN MELÓDICA DE LA GUITARRA ELÉCTRICA; la escala menor armónica, construcción, aplicación y visualización en el mástil.
Tema 34. LA FUNCIÓN MELÓDICA DE LA GUITARRA ELÉCTRICA; la escala menor melódica, construcción, aplicación y visualización en el mástil.
Tema 35. LA FUNCIÓN MELÓDICA DE LA GUITARRA ELÉCTRICA; la escala pentatónica mayor y pentatónica menor, construcción, aplicación y visualización de las mismas en el mástil.
Tema 36. LA FUNCIÓN MELÓDICA DE LA GUITARRA ELÉCTRICA; la escala country y la escala blues, construcción, aplicación y visualización de las mismas en el mástil.
Tema 37. LA FUNCIÓN MELÓDICA DE LA GUITARRA ELÉCTRICA; los arpegios, triadas: mayor, menor, aumentada y disminuida, construcción, aplicación y visualización en el mástil.
Tema 38. LA FUNCIÓN MELÓDICA DE LA GUITARRA ELÉCTRICA; los arpegios, acordes: mayor de séptima, menor de séptima, dominante de séptima, semidisminuido y disminuido, construcción, aplicación y visualización.
Tema 39. LA FUNCIÓN ARMÓNICA DE LA GUITARRA ELÉCTRICA; construcción de intervalos, acordes (triadas, cuatriadas). Como se visualizan en el mástil.
Tema 40. LA FUNCIÓN ARMÓNICA DE LA GUITARRA ELÉCTRICA; construcción de acordes con tensiones, sistema de reducción para la guitarra eléctrica. Como se visualizan en el mástil.
Si en la fecha de celebración de los ejercicios se hubiese modificado o derogado la legislación que regula la materia objeto del temario se entenderá que será de aplicación la legislación que en esa fecha entra en vigor. Segundo. Las bases específicas se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, en el Tablón de Anuncio de la Corporación, y en la web de la Corporación (www.cabildofuer.es, en ofertas de empleo). Tercero. Convocar las pruebas selectivas correspondientes, concediendo un plazo de VEINTE DÍAS HÁBILES, contados desde el siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Estado, para la presentación de solicitudes.
Cuarto. La correspondiente Resolución se dará cuenta a los Servicios de Intervención y Recursos Humanos y al Pleno de la Corporación a los efectos oportunos.
El presente acto administrativo pone fin a la vía administrativa, y en consecuencia podrá ser recurrido potestativamente en reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado o ser impugnado directamente ante el Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, según disponen los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
En su caso, no se podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del Recurso de Reposición interpuesto.
El plazo para la interposición del Recurso de Reposición será de UN MES.
Transcurrido dicho plazo, únicamente podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del Recurso Extraordinario de Revisión.
El plazo para interponer el Recurso Contencioso-Administrativo será de DOS MESES contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto.
Puerto del Rosario, a cinco de octubre de dos mil veintiséis.
LA CONSEJERA DE ÁREA INSULAR DE HACIENDA, PROM, ECONOC., REC, HUM, DEP Y MOV ,
S, [nombre omitido].
Ayuntamientos y diputaciones
Funcionario de carrera denominada Ingeniero/a Técnico/a Agrícola
Cabildo Insular de Fuerteventura · Las Palmas
8días
1 plaza
Publicada 02/10/2026
Ayuntamientos y diputaciones
Técnico/a Administración Especial
Cabildo Insular de Fuerteventura · Las Palmas
8días
1 plaza
Publicada 02/10/2026
Ayuntamientos y diputaciones
Ingeniero/a Técnico/a Industrial
Cabildo Insular de Fuerteventura · Las Palmas
8días
1 plaza
Publicada 02/10/2026
Ayuntamientos y diputaciones
Funcionario de carrera denominadas Técnico/a Medio
Cabildo Insular de Fuerteventura · Las Palmas
8días
2 plazas
Publicada 02/10/2026