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Resolución de 28 de septiembre de 2026, de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir un puesto de trabajo por el sistema de libre designación.
Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción · Andalucía
- Mota
- Izendapen askea
- Titulu ofiziala
- Resolución de 28 de septiembre de 2026, de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir un puesto de trabajo por el sistema de libre designación.
- Deitzailea
- Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción
- Eremua
- Autonomia-erkidegoa
- Argitaratua
- 2026/10/02 (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía)
- Iturria
- Datu-iturria: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía ↗. Azken egiaztapena: 2026/10/11.
Argitu AArekin
Argitalpenak argi uzten ez badu, AA batek (Claude, Anthropicena) testu ofiziala irakurtzen du eta gai-zerrenda, baldintzak, datak edo laburpen bat ateratzen dizkizu, testua aipatuz. Beste erabiltzaile batzuek argitutakoa doan ikusten da.
Beste batzuek argitu dutena doan ikusten da. Gainerakorako, zure Anthropic gako propioa behar da (zuk ordaintzen duzu, zentimo batzuk analisi bakoitzeko); nabigatzaile honetan bakarrik gordetzen da.
Sortu zure kontua doan, AA zure gakoarekin erabiltzeko Badut kontuaargituta jada · doan{coste} zure gakoarekinzure gakoa behar duEz dago jasotaGai-zerrenda ({n} gai)Testuak ez du gai-zerrendarikAipatzen dituen gaiakNon bilatuKonfiantza: {nivel}BaldintzakTitulazioaAdinaNazionalitateaTxartelak eta baimenakHizkuntzakBeste batzukTasakZenbatekoaSalbuespenakOrdainketa-moduaEskabideaNolaNonEpeaDokumentazioaDatak eta epeakEz dago datarik jasota.Faseak eta probakEz dago jasota.IzaeraGalderakZigorraIraupenaPuntuazioa5 lerrotanEzin izan da emaitza erakutsi.{modelo} ereduarekin sortua ({fecha}), PDF ofizialetik abiatuta{modelo} ereduarekin sortua ({fecha}), fitxako datuekin bakarrik (ez genuen testua){modelo} ereduarekin sortua ({fecha}), testu ofizialetik abiatuta{coste} kostatu zaizuSortu berriro nire gakoarekinAAk testu ofizialetik abiatuta sortutako analisia; egiaztatu argitalpenean ezer erabaki aurretik. Emaitza hau gorde egiten da, eta beste erabiltzaile batzuei ere erakusten zaie (zure gakoa, inoiz ez).Inork ez du hau oraindik argitu: konfiguratu zure gakoa hori egiteko.Argitalpena irakurtzen… 20 segundo eta minutu bat artean behar izaten ditu.Zerbitzariaren errorea ({status}).Ezin izan da analisia egin.Argituta zegoen jada: ez dizu ezer kostatu.Ezin izan da zerbitzariarekin konektatu.
Conforme a lo establecido en los artículos 31.1 de la Ley 2/2021, de 18 de junio, de lucha contra el fraude y la corrupción en Andalucía y protección de la persona denunciante, y el artículo 58 del Reglamento de Régimen Interior y Funcionamiento de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción, aprobado por Acuerdo de 20 de abril de 2022, de la Mesa del Parlamento de Andalucía, esta Dirección, en virtud de la competencia atribuida por el artículo 14.2.g) del citado reglamento, anuncia la provisión de un puesto de trabajo por el sistema de libre designación, con sujeción a las siguientes
BASES
Primera. Se convoca la provisión del puesto de trabajo de libre designación que se detalla en el anexo de la presente resolución.
Segunda. Podrá participar en la presente convocatoria el personal funcionario de carrera que reúna los requisitos señalados para el desempeño del mismo en el anexo que se acompaña y aquellos otros de carácter general exigidos por la legislación vigente.
Tercera. La tramitación del presente procedimiento será exclusivamente telemática al amparo de lo dispuesto por el artículo 14.2.e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El deber de relacionarse con la institución por medios telemáticos comprenderá también, necesariamente, la obligación de recibir notificaciones electrónicas en el caso de aquellos actos o incidencias que requieran de una comunicación personal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41.1 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
No serán tenidas en cuenta las solicitudes de participación presentadas por papel ni por otro medio electrónico que no sea el indicado en el apartado anterior. En el caso de que la persona interesada no pueda presentar la solicitud por este medio, podrá hacerlo con carácter excepcional, en los registros a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, debiendo en este caso, aportar documentación que acredite la imposibilidad técnica de realizar la presentación a través del portal o de la aplicación informática correspondiente. Si no se aporta dicha justificación, la solicitud presentada en papel no será admitida.
Las solicitudes de participación y cuanta documentación se acompañe se dirigirán a la persona titular de la Dirección de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción, a través del trámite específico habilitado en su sede electrónica accesible a través de la url: https://antifraudeandalucia.sedelectronica.es dentro del plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
A tal efecto, se deberá cumplimentar el formulario de solicitud habilitado en la sede electrónica, adjuntando los documentos en formato PDF que deban aportarse en virtud de lo dispuesto en las presentes bases. En caso de que se produzca alguna incidencia técnica en la presentación telemática de las solicitudes, se estará a lo que disponen los apartados 3 y 4 del artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuarta. En el formulario referido figurarán los datos personales y profesionales requeridos así como el puesto al que aspira, debiendo acompañarse del currículum vitae y de la hoja de acreditación de datos (hoja de servicios o similar), en el que se harán constar el número de registro de personal, cuerpo de pertenencia y destino actual, grado personal consolidado, títulos académicos, cursos de perfeccionamiento, puestos de trabajo desempeñados en la Administración Pública, años de servicio, y cuantos otros méritos se relacionen con el contenido del puesto que se solicite.
Quinta. Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de presentación de instancias y su acreditación documental podrá ser requerida en cualquier momento por esta institución.
Sexta. De estimarse necesario, se celebrarán entrevistas con objeto de garantizar la adecuación de los candidatos al puesto que se aspira, pudiendo declararse la convocatoria desierta si se entendiera que ninguna persona solicitante reúne las condiciones de idoneidad o aptitud precisas para el desempeño.
Séptima. Una vez trascurrido el período de presentación de instancias, la solicitud formulada será vinculante para el peticionario y el destino adjudicado será irrenunciable, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiera obtenido otro destino mediante convocatoria pública.
Octava. La resolución de adjudicación del puesto, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, establecerá el plazo de toma de posesión, que deberá formalizarse con efectos administrativos del día siguiente al de cese en el destino de origen y, en todo caso, en el plazo máximo de un mes desde dicha publicación.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación; todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 62 del Reglamento de Régimen Interior y Funcionamiento de la Oficina, aprobado por Acuerdo de la Mesa del Parlamento de Andalucía de 20 de abril de 2022, en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 28 de septiembre de 2026.- El Director, [nombre omitido].
ANEXO
Denominación del puesto: Jefe/a de Equipo de Investigación.
Núm. de plazas: 1.
Adscripción: F.
Grupo: A1.
Nivel: 28.
C. específico: 27.998,64 €.
Modo de acceso: LD.
Requisitos: Experiencia de, al menos, cuatro años en alguna de las siguientes materias, funciones o áreas: Administración pública, legislación y régimen jurídico. Formación relacionada con alguna de las materias antes indicadas. Título universitario de licenciatura o grado o título universitario oficial de grado equivalente.
Principales funciones y competencias del puesto: Bajo la dependencia de la persona titular de la Subdirección de Investigación, Inspección y Régimen Sancionador, a la Jefatura de Equipo le corresponde, en general, la coordinación técnico-jurídica del personal dedicado a la investigación y tramitación de denuncias y específicamente las funciones previstas en el artículo 25 del Reglamento de Régimen Interior y Funcionamiento (RRIF).
Perfil preferente: Licenciatura o grado en Derecho. Experiencia en el desempeño de puestos con funciones de asesoramiento jurídico. Conocimiento avanzado de la contratación pública.