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Udalak eta aldundiak
Lan-poltsa
Toledo
Bases y convocatoria para la constitución de bolsa de trabajo de personal laboral de duración determinada a tiempo parcial como monitor/a de ludoteca
Ayuntamiento de San Martin de Pusa · Castilla-La Mancha
Plazak
Ez da adierazten
Taldea
Ez da adierazten
Sistema
Ez da adierazten
Lan-kontratuduna
Prozesuaren egoera
- Deituta: eginda
- Eskabideak: uneko fasea
- Zerrendak
- Azterketa
- Gaindituak
- Izendapenak
2/6 fasea · Eskabideak
- Deituta
- Eskabideak aurkezteko epea
- Hurrengoa: onartuen zerrendak
Azken berritasuna: convocatoria (2026/10/01). Data orientagarriak: egiaztatu aldizkarian.
Aurkez naiteke?
- Titulazioa Ezin izan dugu irakurri: deialdiaren oinarrietan dago.
- Nor aurkez daiteke Ez da sarbide mota adierazten: begiratu oinarriak.
- Eskabideak aurkezteko epea 2 egun barru ixten da (2026/10/16 arte).
- Nola aurkeztu Eskabidea erakunde deitzailearen egoitza elektronikoan edo erregistroan aurkezten da; urrats zehatzak argitalpen ofizialean ↗ daude.
- Mota
- Lan-poltsa
- Titulu ofiziala
- BASES Y CONVOCATORIA PARA LA CONSTITUCIÓN DE BOLSA DE TRABAJO DE PERSONAL LABORAL DE DURACIÓN DETERMINADA A TIEMPO PARCIAL COMO MONITOR/A DE LUDOTECA
- Deitzailea
- Ayuntamiento de San Martin de Pusa
- Eremua
- Udalak eta aldundiak
- Udalerria
- San Martin de Pusa
- Argitaratua
- 2026/10/01 (Boletín Oficial de la Provincia de Toledo)
- Iturria
- Datu-iturria: Boletín Oficial de la Provincia de Toledo ↗. Azken egiaztapena: 2026/10/14.
Argitu AArekin
Argitalpenak argi uzten ez badu, AA batek (Claude, Anthropicena) testu ofiziala irakurtzen du eta gai-zerrenda, baldintzak, datak edo laburpen bat ateratzen dizkizu, testua aipatuz. Beste erabiltzaile batzuek argitutakoa doan ikusten da.
Beste batzuek argitu dutena doan ikusten da. Gainerakorako, zure Anthropic gako propioa behar da (zuk ordaintzen duzu, zentimo batzuk analisi bakoitzeko); nabigatzaile honetan bakarrik gordetzen da.
Sortu zure kontua doan, AA zure gakoarekin erabiltzeko Badut kontuaargituta jada · doan{coste} zure gakoarekinzure gakoa behar duEz dago jasotaGai-zerrenda ({n} gai)Testuak ez du gai-zerrendarikAipatzen dituen gaiakNon bilatuKonfiantza: {nivel}BaldintzakTitulazioaAdinaNazionalitateaTxartelak eta baimenakHizkuntzakBeste batzukTasakZenbatekoaSalbuespenakOrdainketa-moduaEskabideaNolaNonEpeaDokumentazioaDatak eta epeakEz dago datarik jasota.Faseak eta probakEz dago jasota.IzaeraGalderakZigorraIraupenaPuntuazioa5 lerrotanEzin izan da emaitza erakutsi.{modelo} ereduarekin sortua ({fecha}), PDF ofizialetik abiatuta{modelo} ereduarekin sortua ({fecha}), fitxako datuekin bakarrik (ez genuen testua){modelo} ereduarekin sortua ({fecha}), testu ofizialetik abiatuta{coste} kostatu zaizuSortu berriro nire gakoarekinAAk testu ofizialetik abiatuta sortutako analisia; egiaztatu argitalpenean ezer erabaki aurretik. Emaitza hau gorde egiten da, eta beste erabiltzaile batzuei ere erakusten zaie (zure gakoa, inoiz ez).Inork ez du hau oraindik argitu: konfiguratu zure gakoa hori egiteko.Argitalpena irakurtzen… 20 segundo eta minutu bat artean behar izaten ditu.Zerbitzariaren errorea ({status}).Ezin izan da analisia egin.Argituta zegoen jada: ez dizu ezer kostatu.Ezin izan da zerbitzariarekin konektatu.
Ayuntamientos AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE PUSA Por resolución de Alcaldía, de 28 de septiembre de 2026, se aprobaron las siguientes bases de selección de monitor/a de ludoteca y su convocatoria:
BASES Y CONVOCATORIA PARA LA CONSTITUCIÓN DE BOLSA DE TRABAJO DE PERSONAL LABORAL, DE DURACIÓN DETERMINADA A TIEMPO PARCIAL, COMO MONITOR/A DE LUDOTECA DEL AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE PUSA, EN EL MARCO DEL PLAN CORRESPONSABLES 2026-2027
1. NORMAS GENERALES
A) Se convoca proceso selectivo para la creación de una bolsa de trabajo para la provisión temporal, mediante el procedimiento de concurso, de puestos de personal laboral como Monitor/a de Ludoteca, destinados al desarrollo de actuaciones de cuidados de carácter colectivo dirigidas a personas menores de edad en el marco del Plan Corresponsables 2026-2027 , en el Ayuntamiento de San Martín de Pusa. B) Las plazas estarán adscritas al servicio munici pal de atención y cuidado de menores, financiado con cargo a los fondos correspondientes al Plan Corresponsables 2026-2027 , promovido por el Ministerio de Igualdad y la Junta de Comunidades de Castilla -La Mancha, con la participación de la Diputación Provincial de Toledo en la correspondiente cofinanciación.
C) Las funciones a desempeñar se rán las propias de Monitor/a de Ludoteca y, en general, las relacionadas con la atención, cuidado, acompañami ento, dinamización y desarrollo de actividades educativas, culturales, recreativas y de ocio y tiempo libre dirigidas a las personas menores participantes en el programa.
D) El contrato tendrá carácter laboral de duración determinada y a tiempo parcial, con una jornada de veinte horas semanales y con un periodo de pr ueba de treinta días, en los términos legalmente establecidos.
En cuanto a bajas, permisos, vacaciones y demás c ondiciones laborales, se estará a lo dispuesto en la normativa laboral aplicable.
E) La bolsa tendrá vigencia durante el periodo de ejecución de las actuaciones del Plan Corresponsables 2026-2027 y, en todo caso, hasta su agotamiento o hasta que sea sustituida por una nueva bolsa. F) Las retribuciones serán de 1.250,00 euros br utos mensuales a jornada completa, ajustándose proporcionalmente a la jornada efectiva que corresponda al puesto.
G) La duración del servicio y de los contratos estará condicionada al periodo de ejecución del Plan Corresponsables 2026-2027 , a las necesidades del Ayuntamiento y a la disponibilidad de financiación con cargo al mismo.
En particular, el servicio y los contratos objeto de la presente convocatoria tendrán una duración comprendida entre el 1 de noviembre de 2026 y el 31 de octubre de 2027, ambos inclusive, sin perjuicio de que su continuidad quede condicionada a la vigencia y financiación del Plan Corresponsables 2026-2027. H) El horario de prestación del servicio será determinado por el Ayuntamiento atendiendo a las necesidades de conciliación existentes y a la programación de las actuaciones del Plan Corresponsables.
2. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES
Requisitos generales A) Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa. B) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones correspondientes al puesto.
C) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. D) No estar incurso en causa de incompatibilidad de conformidad con la legislación vigente. Requisitos específicos A) Estar en posesión de alguna de las siguient es titulaciones, cualific aciones o acreditaciones profesionales, o equivalentes, que resulten adecuadas a los perfiles profesionales admitidos por el Plan Corresponsables:
• Monitor/a de actividades juveniles.
• Monitor/a de ocio y tiempo libre.
• Técnico/a Superior en Educación Infantil.
• Técnico/a Superior en Animación Sociocultural y Turística.
• Técnico/a Superior en Enseñanza y Animación Sociodeportiva.
• Técnico/a Superior en Integración Social.
• Técnico/a en Guía en el Medio Natural y de Tiempo Libre.
• Grado en Educación Infantil.
• Grado en Educación Primaria.
• Promoción e intervención socioeducativa con personas con discapacidad.
• Animación físico-deportiva y recreativa para personas con discapacidad.
• Atención a personas no dependientes con necesidades de cuidados en su entorno cotidiano.
• Cualquier otra titulación o cualificación profesional incluida entre los perfiles profesionales admitidos por el Plan Corresponsables 2026-2027 y que resulte adecuada para las funciones objeto de la convocatoria. B) No haber sido condenado mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual, en los términos establecidos en la legislac ión vigente, debiendo acreditarse esta circunstancia mediante el correspondiente certificado del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos.
C) Los requisitos establecidos en estas bases deberán cumplirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, mantenerse durante el proceso selectivo y acreditarse, en todo caso, con carácter previo a la contratación.
3. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
A) Quienes deseen tomar parte en este proceso se lectivo deberán solicitarlo mediante instancia, conforme al modelo que figura como Anexo I, dirigida al Sr . Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de San Martín de Pusa.
B) En la instancia el aspirante manifestará que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en las presentes bases, con referencia a la fecha de fina lización del plazo de pres entación de solicitudes, acompañando la siguiente documentación:
• Fotocopia del DNI.
• Fotocopia de la titulación o acreditación profesional exigida.
• Documentación acreditativa de los méritos alegados para la fase de concurso.
• Vida laboral y contratos de trabajo o certificados de empresa que acrediten la experiencia profesional alegada.
• Títulos y certificados de formación que pretendan hacerse valer.
• Certificado actualizado de no figurar inscrito en el Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos.
Asimismo, deberán facilitar teléfono y correo electrónico a efectos de comunicaciones y llamamientos de la bolsa.
C) El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial” de la provincia de Toledo. D) Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de San Martín de Pusa, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 14:00 horas, si n perjuicio de cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
4. ADMISIÓN DE ASPIRANTES Y VALORACIÓN DE LOS MÉRITOS
Concluido el plazo de presentación de instancias, la Comisión de Selección elevará propuesta al Sr. Alcalde, quien dictará resolución aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos. Dicha lista se publicará en el tablón de anunci os y en la sede electrónica del Ayuntamiento, concediéndose un plazo para la presentación de alegaciones y subsanaciones.
Una vez resueltas las alegaciones, se publicará la lista definitiva de admitidos y excluidos. La Comisión de Selección procederá posteriormente a la valoración de los méritos aportados, elevando la correspondiente propuesta de composición de la bolsa al Sr. Alcalde.
Serán excluidos aquellos candidatos que no apor ten la documentación exigida o que no acrediten los requisitos establecidos en las presentes bases.
5. COMISIÓN DE SELECCIÓN
La Comisión de Selección estará integrada por lo s miembros que se determinen mediante Decreto de Alcaldía, que será publicado en el tablón de anuncios y sede electrónica del Ayuntamiento. La Comisión actuará con sujeción a los principios de imparcialidad, profesionalidad, independencia y objetividad.
6. SISTEMA DE SELECCIÓN Y DESARROLLO DEL PROCESO
El procedimiento de selección de los aspirantes se desarrollará en una única fase de concurso. Los méritos serán valorados con referencia a la fech a de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
A) FORMACIÓN (máximo 8 puntos)
1. Titulaciones académicas (máximo 5 puntos):
• Grado Universitario en Educación Infantil o Educación Primaria: 5 puntos.
• Diplomatura en Magisterio o titulación universi taria equivalente relacionada con las funciones: 4 puntos.
• Técnico/a Superior en Educación Infantil, Animación Sociocultural y Turística, Enseñanza y Animación Sociodeportiva o Integración Social: 3 puntos.
No serán objeto de valoración las titulaciones que constituyan requisito indispensable de acceso, cuando se trate de la misma titulación exigida para participar en la convocatoria.
2. Cursos de formación (máximo 3 puntos):
Cursos, seminarios, congresos, jornadas o activi dades formativas impartidos u organizados por Administraciones Públicas u organismos públicos oficiales y relacionados con las funciones a desarrollar, ocio y tiempo libre, educación, infancia, atención a menores, igualdad, corresponsabilidad, inclusión o materias directamente relacionadas con el puesto.
Sólo serán valorados los cursos de duración superior a 20 horas.
Se asignará una puntuación de 0,005 puntos por hora, con un máximo total de 3 puntos. B). EXPERIENCIA PROFESIONAL (máximo 2 puntos) Por experiencia profesional en puestos de trabajo de similares características y naturaleza, relacionados con la atención, cuidado, educación, dinamización o actividades de ocio y tiempo libre con menores: 0 , 1 0 p u n t o s po r c a d a m e s c o m p l e t o t r a ba j a d o , h asta el máximo que resulte de la aplicación del presente baremo hasta un máximo de 2 puntos.
La experiencia deberá acreditarse mediante vida laboral y contratos de trabajo, certificados de empresa o documentación equivalente que permita co mprobar la categoría, funciones y duración de los servicios prestados.
C) FORMACIÓN Y PERFIL PREFERENTE DEL PLAN CORRESPONSABLES
De conformidad con las previsiones del Plan Corresponsables 2026-2027 , se tendrán especialmente en consideración los perfiles que, además de cumplir los requisitos profesionales exigidos, cuenten con:
• Formación específica en materia de igualdad de género.
• Formación en promoción de la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
• Formación universitaria o superior en igualdad de género.
• Condición de persona joven menor de 30 años.
• Condición de mujer mayor de 45 años.
• Condición de persona progenitora de familia monomarental o monoparental.
• Condición de persona desempleada de larga duración.
La acreditación de estas circunstancias deberá realizarse documentalmente.
D) ACREDITACIÓN DE LOS MÉRITOS
Los méritos deberán acreditarse junto con la solicitud de participación en el proceso selectivo. Las titulaciones y formaciones previstas en este apartado no serán acumulables entre sí, valorándose exclusivamente aquella que otorgue la mayor puntuación. Asimismo, no podrá valorarse la titulación o formación utilizada para acreditar el requisito de acceso al proceso selectivo.
No serán valorados aquellos méritos que no hayan sido alegados y acreditados dentro del plazo de presentación de solicitudes.
Una vez valorados los méritos, se publicará la relación de aspirantes por orden de puntuación, constituyéndose la correspondiente Bolsa de Trabajo.
7. CONDICIONES GENERALES DEL FUNCIONAMIENTO DE LA BOLSA DE TRABAJO
El orden de los aspirantes en la bolsa será de mayor a menor puntuación.
En caso de empate tendrá prioridad la persona de mayor edad.
Producida una vacante o necesidad de prestación del servicio, el Ayuntamiento comunicará al aspirante que corresponda la oferta de contratación mediante cualquier medio que permita dejar constancia del llamamiento, preferentemente por teléfono y correo electrónico.
Será obligatorio facilitar un número de teléfono y una dirección de correo electrónico actualizados. Si el aspirante no pudiera ser localizado por los medios facilitados dentro del día en que se conozca la necesidad que motive su llamamiento, el Ayuntamiento podrá cursar llamamiento al siguiente candidato de la lista.
Si la persona a quien corresponda trabajar manifiesta su rechazo o imposibilidad para aceptar el puesto ofertado, pasará al último puesto de la bolsa.
La segunda renuncia tendrá las mismas consecuencia s y, si una tercera vez vuelve a renunciar a un puesto ofertado, quedará automáticamente excluida de la bolsa.
En caso de que no haya sido posible contactar con el aspirante, conservará su puesto en la bolsa. Se producirá asimismo la exclusión de la bolsa en los siguientes casos:
• Abandono injustificado del puesto de trabajo.
• Solicitud expresa de baja voluntaria.
• Incumplimiento de las obligaciones propias del puesto de trabajo.
• Renuncia en tres ocasiones al puesto de trabajo ofertado.
8. CONTRATOS Y FUNCIONAMIENTO DE LA BOLSA
Los contratos se formalizarán de acuerdo con la s necesidades del servicio, la disponibilidad presupuestaria y la financiación concedida en el marco del Plan Corresponsables 2026-2027. La duración de los contratos será, con carácter general, de un año, desde el 1 de noviembre de 2026 hasta el 31 de octubre de 2027 , quedando en todo caso condicionada a las necesidades del servicio, a la disponibilidad presupuestaria y a la financiación concedida en el marco del Plan Corresponsables 2026- 2027 , y sin que pueda exceder de los límites establecidos por la normativa laboral vigente.
Finalizado un contrato, el trabajador pasará al úl timo lugar de la correspondiente bolsa, salvo que las circunstancias de la contratación o las necesidades del servicio determinen otra cosa conforme a las presentes bases.
En todo caso, las contrataciones deberán quedar comprendidas dentro del periodo de ejecución subvencionable del Plan Corresponsables 2026-2027, que comprende desde el 1 de julio de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2027.
9. PLAN CORRESPONSABLES 2026-2027
Las actuaciones objeto de la presente convocatoria se desarrollarán al amparo del Plan Corresponsables 2026-2027.
El servicio estará destinado al cuidado de menore s de hasta 16 años inclusive y, en los supuestos previstos por el Plan, podrá extenderse a menores con necesidades especiales o discapacidad reconocida hasta los 21 años inclusive.
El desarrollo de las actuaciones deberá respetar lo s criterios y condiciones establecidos por el Plan Corresponsables, especialmente en materia de destinatarios, perfiles profesionales, igualdad, conciliación y justificación de los gastos.
10. PUBLICIDAD Y FINANCIACIÓN
En todas las actuaciones, documentos y medios de difusión relacionados con el servicio deberá garantizarse la adecuada identificación y visibili dad de la financiación del Plan Corresponsables, incorporando los logotipos y referencias institucionales exigidos por la normativa aplicable. En particular, deberá hacerse constar la financiación del Plan Corresponsables, Ministerio de Igualdad, Gobierno de España y Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, así como, cuando corresponda, la financiación de la Diputación Provincial de Toledo.
El incumplimiento de las obligaciones de publicid ad y visibilidad se ajustará a las consecuencias previstas en la normativa reguladora del Plan.
11. DISPOSICIÓN FINAL
La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de la actuación de la Comisión de Selección podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/201 5, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La Comisión de Selección queda facultada para resolver las dudas que puedan plantearse y adoptar las resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del proceso selectivo en aquellos aspectos no previstos expresamente en estas bases.
ANEXO I MODELO DE SOLICITUD
D. Dª. ................................................................, con D.N.I. núm. ............................, con domi cilio en ..................... .........................................., calle ..............................................................., teléfono ... ......................, correo electrónico ......................................., por medio de este escrito, EXPONE:
Que desea participar en el proceso selectivo median te concurso para la contratación de una plaza de personal laboral a tiempo parcial, como Monitor/a de la Ludoteca de San Martín de Pusa, en el marco del plan corresponsables 2026-2027.
Que asume totalmente el contenido de las bases y reúne los requisitos exigidos en éstas. Documentación que aporta:
–Fotocopia del D.N.I.
–Fotocopia de la titulación o acreditación profesional exigida.
–Documentación acreditativa de los méritos alegados para la fase de concurso.
–Vida laboral y contratos de trabajo o certificados de empresa acreditativos de la experiencia profesional alegada.
–Documentación acreditativa de los cursos y demás formación alegada.
–Certificado actualizado de no haber sido condenado por delitos contra la libertad e indemnidad sexual y de no figurar inscrito en el Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos. Asimismo, quien suscribe declara no estar incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad, ni haber sido separado o inhabilitado del servicio a ninguna de las Administraciones Públicas.
Los datos suministrados en este formulario serán ut ilizados únicamente para la finalidad descrita y serán tratados con el grado de protección adecua do. El usuario podrá ejercer derechos de acceso, rectificación, cancelación y opción a que se refieren los artículos 12 a 18 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, siendo el responsable de los datos: Ayuntamiento de San Martín de Pusa, plaza de Constitución, nº 1, 45170-San Martín de Pusa (Toledo).
E l a ba j o fi r m a n t e s o l i c i ta s e r a d m i t i d o a l p r e sente proceso selectivo y asimismo declara que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud y que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en la convocatoria.
San Martín de Pusa, a ..... de .......................... de 2026.
EL INTERESADO,
FDO. .............................................................
San Martín de Pusa, 28 de septiembre de 2026.–El Alcalde, [nombre omitido].
N.º I.-4461