Itzuli zerrendara
Udalak eta aldundiak
Deialdia
Toledo
Policía local por sistema de movilidad
Ayuntamiento de Olias del Rey · Castilla-La Mancha
Plazak
1
argitalpenaren arabera
Taldea
C1*
lanpostuaren arabera zenbatetsia
Sistema
Merezimendu-lehiaketa
Funtzionarioa
Prozesuaren egoera
- Deituta: eginda
- Eskabideak: uneko fasea
- Zerrendak
- Azterketa
- Gaindituak
- Izendapenak
2/6 fasea · Eskabideak
- Deituta
- Eskabideak aurkezteko epea
- Hurrengoa: onartuen zerrendak
Azken berritasuna: convocatoria (2026/09/18). Data orientagarriak: egiaztatu aldizkarian.
Aurkez naiteke?
- Titulazioa Baldintza: Bachiller, Técni co o equivalente, o haber realizado las actividades formativas de dispensa previstas en la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castil…Gutxieneko maila: Batxilergoa
- Nor aurkez daiteke Ez da sarbide mota adierazten: begiratu oinarriak.
- Eskabideak aurkezteko epea Gaur ixten da (2026/10/14 arte).
- Nola aurkeztu Eskabidea erakunde deitzailearen egoitza elektronikoan edo erregistroan aurkezten da; urrats zehatzak argitalpen ofizialean ↗ daude.
- Mota
- Deialdia
- Titulu ofiziala
- APROBACION BASES Y CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE LA PLAZA DE POLICÍA LOCAL POR SISTEMA DE MOVILIDAD
- Deitzailea
- Ayuntamiento de Olias del Rey
- Eremua
- Udalak eta aldundiak
- Udalerria
- Olias del Rey
- Titulazioa
- Bachiller, Técni co o equivalente, o haber realizado las actividades formativas de dispensa previstas en la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castil…
- Argitaratua
- 2026/09/18 (Boletín Oficial de la Provincia de Toledo)
- Iturria
- Datu-iturria: Boletín Oficial de la Provincia de Toledo ↗. Azken egiaztapena: 2026/10/14.
Argitu AArekin
Argitalpenak argi uzten ez badu, AA batek (Claude, Anthropicena) testu ofiziala irakurtzen du eta gai-zerrenda, baldintzak, datak edo laburpen bat ateratzen dizkizu, testua aipatuz. Beste erabiltzaile batzuek argitutakoa doan ikusten da.
Beste batzuek argitu dutena doan ikusten da. Gainerakorako, zure Anthropic gako propioa behar da (zuk ordaintzen duzu, zentimo batzuk analisi bakoitzeko); nabigatzaile honetan bakarrik gordetzen da.
Sortu zure kontua doan, AA zure gakoarekin erabiltzeko Badut kontuaargituta jada · doan{coste} zure gakoarekinzure gakoa behar duEz dago jasotaGai-zerrenda ({n} gai)Testuak ez du gai-zerrendarikAipatzen dituen gaiakNon bilatuKonfiantza: {nivel}BaldintzakTitulazioaAdinaNazionalitateaTxartelak eta baimenakHizkuntzakBeste batzukTasakZenbatekoaSalbuespenakOrdainketa-moduaEskabideaNolaNonEpeaDokumentazioaDatak eta epeakEz dago datarik jasota.Faseak eta probakEz dago jasota.IzaeraGalderakZigorraIraupenaPuntuazioa5 lerrotanEzin izan da emaitza erakutsi.{modelo} ereduarekin sortua ({fecha}), PDF ofizialetik abiatuta{modelo} ereduarekin sortua ({fecha}), fitxako datuekin bakarrik (ez genuen testua){modelo} ereduarekin sortua ({fecha}), testu ofizialetik abiatuta{coste} kostatu zaizuSortu berriro nire gakoarekinAAk testu ofizialetik abiatuta sortutako analisia; egiaztatu argitalpenean ezer erabaki aurretik. Emaitza hau gorde egiten da, eta beste erabiltzaile batzuei ere erakusten zaie (zure gakoa, inoiz ez).Inork ez du hau oraindik argitu: konfiguratu zure gakoa hori egiteko.Argitalpena irakurtzen… 20 segundo eta minutu bat artean behar izaten ditu.Zerbitzariaren errorea ({status}).Ezin izan da analisia egin.Argituta zegoen jada: ez dizu ezer kostatu.Ezin izan da zerbitzariarekin konektatu.
Ayuntamientos AYUNTAMIENTO DE OLIAS DEL REY Habiéndose aprobado por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 19 de agosto de 2026 las bases para la provisión de la plaza de policía lo cal por sistema de movilidad, se abre el plazo de presentación de solicitudes que será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el “Diario Oficial de Castilla la Mancha” BASES PARA LA PROVISION DE UNA PLAZA DE POLICÍA LOCAL POR EL SISTEMA DE MOVILIDAD
1. Normas Generales
1.1.- Constituye el objeto de la presente convocatoria la provisión de 1 plaza vacante en la Relación de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento, clasificada en el grupo C-1 de los establecidos en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, Escala Básica, categoría Policía, del Cuerpo de Policía Local, con nivel de complemento de destino 20 y complemento específico 1.31 1,02 euros, mediante el sistema de concurso de movilidad.
1.2.- A la presente convocatoria le será de aplicación la Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el Decreto 1 10/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, el Decreto 31/2011, de 26 de abril, por el que se regula el Registro de Policías Locales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, la Ley 4/201 1, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y las bases de esta convocatoria.
2. Requisitos de los candidatos
2.1.- Para ser admitidos a este procedimiento de provisión las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser funcionario o funcionaria de un Cuerpo de Policía Local de Castilla-La Mancha en la categoría de Policía y tener una antigüedad mínima de tres años en la misma.
b) Estar en posesión del título de Bachiller, Técni co o equivalente, o haber realizado las actividades formativas de dispensa previstas en la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha
c) Reunir los requisitos exigidos en la relación de puestos de trabajo: Carnet de conducir A y B . Turnicidad. Festividad. Nocturnidad.
d) Haber permanecido en el último puesto de trabajo obtenido por algún sistema de provisión de puestos de trabajo un mínimo de dos años.
2.2.- No podrán participar los funcionarios o funcionarias que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
a) Los que están inhabilitados y los que se encuentren en la situación de suspenso firme.
b) Los que se encuentren en alguna situación admi nistrativa diferente a la de activo, mientras no hayan cumplido el plazo de permanencia en la misma.
2.3.- Todos los requisitos deberán de reunirse con referencia a la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
3. Solicitudes
3.1.- La solicitud establecida en el Anexo de esta convocatoria será facilitada por este Ayuntamiento, y deberá presentarse en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, acompañada de la siguiente documentación:
a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.
b) Resguardo acreditativo de haber abonado los derechos de examen, que se fijan en la cantidad de 13’10€ euros, y se ingresarán en la cuenta de la Corporación número ES05 3081 0128 961 1 0120 6421 de Eurocaja Rural.
c) Certificación de la Secretaría de la Corporación del Cuerpo de Policía Local de procedencia, indicativa de la antigüedad, nivel o niveles de puesto de tr abajo desarrollados y consol idados, y la categoría o categorías desempeñadas en el Cuerpo de Policía Local.
d) En su caso, cualesquiera otras certificaciones de servicios prestados en otras Administraciones Públicas.
3.2.- Las solicitudes se dirigirán a la Alcaldía-Presidencia de esta Corporación.
3.3.- La presentación de solicitudes podrá hacerse directamente en las oficinas de este Ayuntamiento o realizarse con arreglo a las formas previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas e implicará la aceptación de las presentes bases.
3.4.- Una vez transcurrido el plazo de presentación de instancias, las soli citudes formuladas serán vinculantes para las personas peticionarias y el dest ino adjudicado será irrenunciable. No obstante, las personas interesadas podrán desistir de su solicitud, así como renunciar al destino adjudicado, si, con posterioridad a la finalización del plazo de presentaci ón de solicitudes y antes de la fecha límite fijada para la toma de posesión hubiesen obtenido otro destino mediante convocatoria pública, o cuando concurran circunstancias personales de especial gravedad, así apreciada por el órgano convocante.
4. Comisión de Valoración
4.1.- La Comisión de Valoración estará constituida de la siguiente forma:
Presidencia: La Vicesecretaria-Interventora municipal o funcionario que le sustituya.
Secretaria: El Interventor municipal o funcionario que le sustituya, que actuará con voz y sin voto. Vocalías: en número de cuatro, nombradas por el órgano convocante, entre personas funcionarias, entre los que se incluirá una vocalía propuesta por la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas. Todos los miembros de la Comisión de Valoración deberán poseer la titulación necesaria para el acceso a las plazas convocadas y ser funcionarios de carrer a pertenecientes a cuerpos, escalas y categorías de nivel igual o superior al de las plazas convocadas.
4.2.- La designación de la vocalía de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas deberá ef ect u a rs e e n e l p l az o d e l o s v e i n t e d í a s h á b i l e s s i g u i e n t e s a l d e l a r ec e pc i ó n d e l a c o r r e s po n d i e n t e solicitud. Transcurrido dicho plazo, la Corporación podrá designar directamente a dicha vocalía.
4.3.- El nombramiento de los miembros de la Comisión de Valoración incluirá el de sus suplentes, a quienes les será de aplicación las mismas prescripciones.
4.4.- La Presidencia de la Comisión de Valoración podrá designar asesores, cuya función se limitará a asesorar a la Comisión de Valoración en aquello para lo que fueren nombrados, sin que puedan intervenir directamente en la calificación de las pruebas.
4.5.- Para la valida actuación de la Comisión de Valoración será necesaria la presencia de la mayoría de sus miembros y, en todo caso la de la Presiden cia y la Secretaría o las personas que legalmente les sustituyan.
4.6.- Los miembros de la Comisión de Valoración deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Corporación, cuando en ellos concurran alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, y por las mismas causas, podrán ser recusados por las personas aspirantes.
4.7.- La Comisión de Valoración de este proceso selectivo tendrá la categoría segunda, según lo dispuesto en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
5. Méritos El concurso constará de dos fases:
A) Primera fase: méritos generales, hasta 30 puntos.
1. Trabajo desarrollado, antigüedad, hasta un máximo de 20 puntos con arreglo al siguiente baremo:
a) Por cada año completo de antigüedad en la misma escala y categoría de la Policía Local: 1,50 puntos.
b) Por cada año completo de antigüedad prestado en otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: 1 punto.
c) Por cada año completo de antigüedad prestado en cualquier Administración Pública: 0,50 puntos.
2. Titulaciones académicas, hasta un máximo de 10 puntos. Se valorarán las titulaciones académicas acreditadas por las personas concursantes que sean superiores a las que se exigió para acceder a la escala y categoría a la que pertenezcan conforme al siguiente baremo:
a) Doctorado o Máster: 5 puntos.
b) Licenciado o Grado: 3 puntos.
c) Diplomatura: 1 puntos.
d) Técnico Superior: 0,50 puntos.
No se valorarán como mérito aquellas titulaciones que figurasen como requisitos para la provisión del puesto de trabajo, ni aquellas que fueran imprescindibles para la obtención de otras de nivel superior.
3. Cursos de formación y perfeccionamiento de in terés policial impartidos u homologados por una Administración Pública, hasta un máximo de 30 puntos, con arreglo al siguiente baremo:
a) Asistencia a jornadas o congresos y simposios de interés policial organizados por una Administración Pública: 0,50 puntos por cada uno.
b ) C u rs o s o fi c i a l e s i m pa rt i d o s po r A d m i n i st r a c i o n e s P ú b l i c a s u h o m o l og a d o s po r l a s Administraciones Públicas relacionados con las func iones de Policía Local, hasta 20 horas lectivas: 1 punto cada uno; de entre 21 y 40 horas lectivas: 2 pu ntos por cada uno; superiores a 40 horas lectivas: 3 puntos cada uno.
Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha . Los relativos a las titulaciones académicas y cursos de formación y perfeccionamiento, indicados en los puntos 2 y 3 de esta primera fase de méritos generales, se verificarán mediante la solicitud de certificación de los mismos al Registro de P olicías Locales de la C omunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Las personas participantes autorizan al órgano convocante, mediante la firma de la solicitud incorporada en el Anexo de la presente convocatoria, a solicitar al Registro de Policías Locales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha una certificación de los méritos antedichos. B) Segunda fase: méritos específicos (hasta 70 puntos):
1. Memoria, consistirá en un análisis de las tareas del puesto y de los requisitos, condiciones y medios necesarios para su desempeño, a juicio del candidato. Podrá contar con un máximo de 10 folios a doble cara, en letra tamaño 30 y formato arial.
Se valorará hasta un máximo de 30 puntos.
2. Entrevista personal, se realizará ante la Comisión de Valoración y versará sobre los méritos específicos adecuados a las características del puesto de trab ajo a desarrollar y sobre la memoria, pudiendo extenderse a la comprobación de los méritos alegados. Se valorará hasta un máximo de 40 puntos.
6. Resolución (1)
6.1.- La convocatoria se resolverá en el plazo máximo de tres meses desde la publicación del anuncio en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
6.2.- La propuesta de resolución recaerá sobre aq uella o aquellas personas candidatas que hayan obtenido mayor puntuación final. En caso de empate, se acudirá para dirimirlo, a la otorgada a los méritos generales y por el orden establecido en la base anterior.
(1) Los puestos no pueden ser declarados desiertos, salvo que no se presente ningún candidato, o que se exija una puntuación mínima para superar el proceso (referida a los puntos totales del procedimiento, no a un mérito o fase concreto).
7. Plazos de toma de posesión y cese (2) 7 .1.- La toma de posesión deberá efectuarse en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el cese en el puesto anterior, que deberá producirse en el plazo de tres días hábile s desde su publicación en el “Boletín Oficial” de la provincia de Toledo. No obstante, el órgano competente del Ayuntamiento donde deba cesar podrá diferir el cese por necesidades del servicio durante un mes como máximo, comunicándoselo así tanto a la persona funcionaria afectada como a este Ayuntamiento.
7.2.- Cuando la toma de posesión determine el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión será de un mes desde la publicación de la resolución definitiva de esta convocatoria. En este supuesto, las personas candidatas deberán acreditar, con carácter previo a la toma de posesión, que reúnen todos los requisitos exigidos para el nombramiento como funcionarios o funcionarias de carrera de la escala básica, categoría de Policía.
7.3.- Salvo en el supuesto de reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión se considerará como de servicio activo en el puesto adjudicado.
7.4.- Las personas funcionarias que no tomen posesión del puesto de trabajo adjudicado dentro del plazo anteriormente establecido serán declarados decaídos en los derechos que pudieran corresponderles.
8. Norma final
8.1.- Contra la presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Toledo, en el plazo de dos meses, o previamente, recurso potestativo de re posición, ante el órgano administrativo que dictó la presente convocatoria, en el plazo de un mes, en ambos supuestos, desde el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial” de la provincia de Toledo, según establecen los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de interponer cualquier otro que se considere procedente.
8.2.- Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del órgano encargado de la selección de estas pruebas, co nforme a lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Anexo
(2) Debe tenerse en cuenta que al tratarse de una forma de provisión de puestos de trabajo y no de un sistema de acceso a la función pública los funcionarios que superen las pruebas no deben ser nombrados funcionarios de carrera del Ayuntamiento, dado que conservarán dicha condición en su Ayuntamiento de origen, en el que pasarán a la situación de “Servicio en otras Administraciones”.
SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN EL CONCURSO DE MOVILIDAD DEL CUERPO DE POLICIA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE OLÍAS DEL REY (TOLEDO) DATOS PERSONALES Y PROFESIONALES
Primer apellido Segundo apellido Nombre Sexo D.N.I/N.I.F. Número de Identificación Profesional (N.I.P) Fecha de nacimiento Teléfono de contacto Domicilio (C/, plaza y nº) Código Postal Localidad Provincia Dirección de correo electrónico Cuerp o de Policía Local de procedencia DATOS DE LA CONVOCATORIA Categoría Nº de plazas convocadas Fecha de publicación en el D.O.C.M.
La persona abajo firmante solicita ser admitida al concurso de movilidad arriba indicado, y declara que son ciertos los datos consignados en esta solici tud y que reúne los requisitos establecidos para su participación, según las bases de la convocatoria. Se adjunta la siguiente documentación:
1. Fotocopia compulsada del D.N.I.
2. Justificante del ingreso de los derechos de examen.
3. Certificación de la Secretaría de la Corporación del Cuerpo de Policía Local de procedencia, indicativa de la antigüedad, nivel o niveles de puesto de tr abajo desarrollados y consol idados, y la categoría o categorías desempeñadas en el Cuerpo de Policía Local.
4. En su caso, cualesquiera otras certificaciones de servicios prestados en otras administraciones Públicas.
Asimismo, autoriza a solicitar al Registro de Policías Locales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha una certificación de las titulaciones académicas y los cursos de formación y perfeccionamiento que la persona interesada tenga anotados en el mismo, para valorar los méritos establecidos al efecto en la base quinta de la presente convocatoria.
En .......... a ...... de ................2026.
Firma del solicitante Tasas por derechos de examen Ingreso efectuado a favor del Ayuntamiento de Olías del Rey Por un importe de 15 €.
Número de cuenta:
ES05 3081 0128 961 1 0120 6421 Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se publicarán en el “Boletín Oficial” de la provincia de Toledo, en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección https://oliasdelrey.sedelectronica.es/info.0] [y, en su caso, en el Tablón de Anuncios, para mayor difusión].
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Toledo o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en otro domicilio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Olías del Rey, 9 de septiembre de 2026.- La Alcaldesa, Mª del [nombre omitido].
N.º I.- 4200