Itzuli zerrendara
Udalak eta aldundiak
Deialdia
Cuenca
Oficial de policía local
Ayuntamiento de Cuenca · Castilla-La Mancha
Plazak
3
argitalpenaren arabera
Taldea
C1
argitalpenaren arabera
Sistema
Oposizio-lehiaketa
Funtzionarioa
Aurkez naiteke?
- Titulazioa Baldintza: Bachiller, Técnico o equivalente, o bien tener una antigüedad de cinco años como Policía y la superación de un curso específico de formación programado por l…Gutxieneko maila: Batxilergoa
- Nor aurkez daiteke Barne-sustapena: administrazio horretan dagoeneko lan egiten duten langileentzat bakarrik.
- Eskabideak aurkezteko epea Oraindik ez da hasi. Plazo aún no abierto: empieza al publicarse en el BOE (20 hábiles)
- Nola aurkeztu Eskabidea erakunde deitzailearen egoitza elektronikoan edo erregistroan aurkezten da; urrats zehatzak argitalpen ofizialean ↗ daude.
- Mota
- Deialdia
- Titulu ofiziala
- Bases de la convocatoria de 3 plazas oficial de policía local por concurso-oposición promoción interna
- Deitzailea
- Ayuntamiento de Cuenca
- Eremua
- Udalak eta aldundiak
- Udalerria
- Cuenca
- Sarbidea
- Barne-sustapena
- Titulazioa
- Bachiller, Técnico o equivalente, o bien tener una antigüedad de cinco años como Policía y la superación de un curso específico de formación programado por l…
- Argitaratua
- 2026/09/30 (Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca)
- Iturria
- Datu-iturria: Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca ↗. Azken egiaztapena: 2026/10/14.
4 gai, argitalpenaren arabera.
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ANEXO I - TEMARIO PARTE GENERAL
Tema 1.- La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Su garantía y suspensión. La reforma de la Constitución.
Tema 2.- Las Cortes Generales: las Cámaras, composición, funcionamiento y atribuciones. Procedimiento de elaboración de las leyes. La Corona.
Tema 3.- El Poder Judicial. Principios Constitucionales. Organización del sistema judicial español. El Tribunal Constitucional. El Tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo.
Tema 4.- El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Presidente del Gobierno. Los Vicepresidentes. El Consejo de Ministros y las Comisiones Delegadas del Gobierno. El Consejo de Estado. Tema 5.- La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: su Estatuto de Autonomía. De las Instituciones de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: Las Cortes de Castilla-La Mancha, el Presidente de la Junta y el Consejo de Gobierno. Tema 6.- El Derecho administrativo general. La Administración Pública. Concepto. Fuentes del derecho administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los Reglamentos.
Argitalpen ofizialetik kopiatua. Desberdintasunik badago, aldizkariak agintzen du.
Argitu AArekin
Argitalpenak argi uzten ez badu, AA batek (Claude, Anthropicena) testu ofiziala irakurtzen du eta gai-zerrenda, baldintzak, datak edo laburpen bat ateratzen dizkizu, testua aipatuz. Beste erabiltzaile batzuek argitutakoa doan ikusten da.
Beste batzuek argitu dutena doan ikusten da. Gainerakorako, zure Anthropic gako propioa behar da (zuk ordaintzen duzu, zentimo batzuk analisi bakoitzeko); nabigatzaile honetan bakarrik gordetzen da.
Sortu zure kontua doan, AA zure gakoarekin erabiltzeko Badut kontuaargituta jada · doan{coste} zure gakoarekinzure gakoa behar duEz dago jasotaGai-zerrenda ({n} gai)Testuak ez du gai-zerrendarikAipatzen dituen gaiakNon bilatuKonfiantza: {nivel}BaldintzakTitulazioaAdinaNazionalitateaTxartelak eta baimenakHizkuntzakBeste batzukTasakZenbatekoaSalbuespenakOrdainketa-moduaEskabideaNolaNonEpeaDokumentazioaDatak eta epeakEz dago datarik jasota.Faseak eta probakEz dago jasota.IzaeraGalderakZigorraIraupenaPuntuazioa5 lerrotanEzin izan da emaitza erakutsi.{modelo} ereduarekin sortua ({fecha}), PDF ofizialetik abiatuta{modelo} ereduarekin sortua ({fecha}), fitxako datuekin bakarrik (ez genuen testua){modelo} ereduarekin sortua ({fecha}), testu ofizialetik abiatuta{coste} kostatu zaizuSortu berriro nire gakoarekinAAk testu ofizialetik abiatuta sortutako analisia; egiaztatu argitalpenean ezer erabaki aurretik. Emaitza hau gorde egiten da, eta beste erabiltzaile batzuei ere erakusten zaie (zure gakoa, inoiz ez).Inork ez du hau oraindik argitu: konfiguratu zure gakoa hori egiteko.Argitalpena irakurtzen… 20 segundo eta minutu bat artean behar izaten ditu.Zerbitzariaren errorea ({status}).Ezin izan da analisia egin.Argituta zegoen jada: ez dizu ezer kostatu.Ezin izan da zerbitzariarekin konektatu.
NÚM. 2289 AYUNTAMIENTO DE CUENCA ANUNCIO
La Junta de Gobierno Local de este Excmo. Ayuntamiento en sesión ordinaria, celebrada el día 15 de Septiembre de 2026, aprobó la modificación de la Oferta de Empleo Público ordinaria Específica de Policía Local publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca n.º 86 de 29 de Julio de 2026 con la inclusión de una plaza más de Oficial de Policía Local y por tanto, las bases para la provisión de TRES PLAZAS DE OFICIAL DE POLICÍA LOCAL, POR PROMOCIÓN INTERNA del Excmo. Ayuntamiento de Cuenca, en ejecución de la Oferta de Empleo Público Especifíca modificada para el año 2026, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca nº 108 de 18 de Septiembre de 2026 y Diario Oficial de Castilla La Mancha n.º 186 de 28 de septiembre de 2026.
Las presentes Bases deben sustituir a las publicadas el 14 de Agosto de 2026, lo que se hace público para general conocimiento.
« BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE TRES PLAZAS DE OFICIAL DE LA PO- LICÍA LOCAL DE LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DE CARRERA DEL AYUNTAMIENTO DE CUENCA, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN POR PROMOCIÓN INTERNA
PRIMERA. Normas Generales 1.1.-Es objeto de las presentes bases cubrir en propiedad, mediante el sistema de acceso de promoción interna y a través del procedimiento de selección de concurso-oposición, tres plazas vacantes de Oficial del Cuerpo de Policía local de este Municipio, ofertada en la OEP de 2026. Las plazas ofertadas se incluyen en la Oferta Pública de Empleo correspondiente al ejercicio del año 2026, aprobada por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 7 de julio de 2026 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 86 de 29 de julio de 2026 y Diario Oficial de Castilla La Mancha n.º 149, de 6 de agosto de 2026:
Grupo C Subgrupo C1 Escala/subescala Administración Especial, Servicios Especiales Escala Básica Categoría Oficial Clase Policía Denominación Oficial de policía Nº de vacantes 3 Sistema selectivo Concurso-Oposición
1.2.- A las presentes pruebas selectivas le serán de aplicación la Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de las Po - licías Locales de Castilla-La Mancha, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el Decreto 110/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla- La Mancha, la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y las bases de esta convo - catoria.
SEGUNDA. Condiciones de Admisión de Aspirantes
2.1- Para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: a. Tener nacionalidad española.
b. Estar en posesión del titulo de Bachiller, Técnico o equivalente, o bien tener una antigüedad de cinco años como Policía y la superación de un curso específico de formación programado por la Escuela de Protección Ciudadana de Castilla La Mancha, o bien tener una antigüedad de diez años como Policía.
c. Haber permanecido, al menos, durante dos años, como Policía Local en el Ayuntamiento de Cuenca d. No encontrarse en la situación de segunda actividad.
e. No haber sido sancionado por la comisión de falta grave o muy grave, salvo que se hubiera obtenido la cancelación de la sanción impuesta.
f. No haber sido objeto de separación mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en habilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a los cuerpos de policía local.
g. Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases A o A2 y B.
h. No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de sus funciones.
i. Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
j. No haber sido condenado por sentencia firme por ningún delito contra la libertad e indemnidad sexual, conforme a los dispuesto en la Ley orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
k. Compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la ley mediante declaración jurada o promesa.
2.2.- Todos los requisitos deberán reunirse el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse durante el desarrollo del proceso selectivo. La acreditación de los mismos deberá efectuarse con anterioridad al correspondiente nombramiento como funcionario/a en prácticas.
TERCERA. Forma y Plazo de Presentación de Instancias
3.1.- La solicitud para tomar parte en estas pruebas selectivas deberá realizarse obligatoriamente en la sede electrónica del Ayuntamiento y será formalizada conforme al Anexo III.
La presentación de solicitudes, la aportación y subsanación de documentación, la formulación de alegaciones, la inter - posición de recursos, así como cualquier otro trámite o actuación que deba realizarse durante la tramitación del proceso selectivo, se efectuará exclusivamente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Cuenca, sin perjuicio de las publicaciones y notificaciones que procedan conforme a la normativa aplicable y a las presentes bases.
3.2.- Las solicitudes se dirigirán a la Alcaldía-Presidencia de esta Corporación.
3.3.- El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publi - cación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
3.4.- Para ser admitido bastará con que los aspirantes manifiesten en la solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos y condiciones exigidas, con declaración expresa de la titulación con la que concurre al proceso selectivo.
3.5.- Los derechos de examen serán de 14,49 euros, y se ingresarán en la Caja de la Corporación, en el número de cuenta corriente de Unicaja: ES26 2103 7403 1100 3000 3814 , haciendo constar su objeto en el correspondiente impreso.
CUARTA. Admisión de Aspirantes
4.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano convocante dictará resolución aprobando las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo. Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de anuncios y en su caso, en la sede electrónica del Ayuntamiento, recogiendo la relación provisional de aspirantes excluidos e indicando las causas de exclusión y el lugar donde se encuentra expuesta al público la relación provisional de aspirantes admitidos. Se establecerá un plazo de diez días para que los aspirantes provisionalmente excluidos puedan subsanar, en su caso, los defectos causantes de su exclusión.
4.2. Transcurrido el plazo para subsanar los defectos, el mismo órgano que aprobó las relaciones provisionales dictará resolución aprobando las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo, y señalando la fecha, hora y lugar para el inicio de las pruebas. Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de anuncios y en la sede electrónica del Ayuntamiento ( http://ayuntamiento.cuenca.es/), conteniendo las relaciones definitivas de aspirantes incluido y excluidos, así como el lugar y la fecha de realización del primer examen y la composición del Tribunal y los lugares donde se publicarán los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas.
4.3.- El hecho de figurar en la relación de personas admitidas no supone que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos para participar en el proceso selectivo. Cuando del examen de la documentación que se presente en el caso de ser seleccionado, se desprenda que no posee alguno de los requisitos, las personas seleccionadas decaerán en todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en el procedimiento
QUINTA. Tribunal Calificador
5.1.- El Tribunal Calificador de las pruebas selectivas se compondrá de la siguiente forma:
Presidente/a: un funcionario/a designado por el órgano competente.
Secretario/a: el de la Corporación o funcionario/a que se designe para la sustitución, que actuará con voz y sin voto Vocales: Cuatro funcionarios/as designados por el órgano competente entre los que se encontrará la persona que ostente la jefatura de la Policía Local o funcionario/a que se designe en su sustitución y un funcionario propuesto por la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Todos los miembros del Tribunal deberán poseer la titulación necesaria para el acceso a las plazas convocadas y ser funcionarios de carrera pertenecientes a cuerpos, escalas y categorías de nivel igual o superior al de las plazas convocadas.
5.2.- La designación de la vocalía correspondiente a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Administra - ción Digital deberá efectuarse en el plazo de los veinte días hábiles siguientes al de la recepción, de la correspondiente solicitud, realizada a este organismo una vez publicado las bases de convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Si transcurriera dicho plazo sin que se hubiese efectuado la correspondiente designación, la Corporación podrá designar dicha vocalía entre su propio personal, siempre que posean igualmente los requisitos indicados, dando cuenta de dicha decisión a la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas.
5.3.- El nombramiento de los miembros del Tribunal Calificador incluirá el de sus respectivos suplentes, a quienes les será de aplicación las mismas prescripciones.
5.4.- El presidente del Tribunal Calificador podrá designar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas, cuya función se limitará a asesorar al Tribunal en aquello para lo que fueren nombrados, sin que puedan intervenir directamente en la calificación de las pruebas.
5.5.- Para la válida actuación del Tribunal Calificador será necesaria la presencia de la mayoría de sus miembros y, en todo caso, la del presidente y secretario o la de quienes legalmente les sustituyan.
5.6. La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con el artículo 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
5.7. El Tribunal tendrá la categoría segunda de las previstas en el Real Decreto 462/2022, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
SEXTA. Sistema selectivo y Desarrollo de los Procesos
6.1.- La selección de los aspirantes se realizará por el sistema de concurso-oposición y constará de dos fases:
a) Proceso selectivo:
- Fase de oposición
- Fase de concurso
b) Curso selectivo
6.2.- La fase de oposición será previa a la del concurso, y tendrá carácter eliminatorio, siendo necesario superarla para pasar a la fase de concurso.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.
Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.
Finalizada la fase de oposición, el Tribunal procederá a valorar los méritos y servicios de los aspirantes que hayan sido considerados como aptos en la citada fase de oposición.
La fase de oposición constará de tres pruebas, obligatorias y eliminatorias, a excepción de la primera que no será eliminatoria pero sí baremable.
El orden de actuación de los aspirantes, cuando no se trate de pruebas simultáneas, queda determinado por el orden alfabético del primer apellido de los aspirantes, comenzando los que empiecen por la letra “Q”, según el resultado del sorteo realizado a estos efectos y determinado por Resolución de 26 de noviembre de 2025, de la Secretaria de Estado de la Función Pública, por la que se publica la letra del resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingresos del Personal al Servicio de la Administración del Estado. Publicado en el BOP» núm. 114, de 13 de mayo de 2022.
Entre la publicación de la relación de aspirantes aprobados en una prueba y el comienzo de la siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.
La publicación de los sucesivos anuncios de celebración del segundo y restantes ejercicios de la fase de oposición se efectuará por el Tribunal en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en sede electrónica y en cualquier otro medio que facilite su máxima divulgación.
FASE DE OPOSICIÓN.
Las pruebas para el acceso a la categoría de oficial en la FASE DE OPOSICIÓN serán los siguientes:
Primera prueba: Aptitud física.- Tendente a comprobar, entre otros aspectos, las condiciones de fuerza, agilidad, flexibilidad y resistencia de los aspirantes. Previamente a la celebración de éstas, cada aspirante deberá presentar un certificado médico, expedido con una antelación no superior a treinta días en relación con la fecha de realización de las pruebas, en el que se exprese que el aspirante está capacitado para realizarlas.
Las aspirantes que no puedan realizar las pruebas físicas por embarazo o parto, debidamente acreditados, podrán realizar posteriormente las mencionadas pruebas físicas, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de la docu - mentación prevista en la base 9.1 de la convocatoria.
La prueba física consistirá en:
a. Carrera de resistencia.
b. Carrera de velocidad.
c. Salto de longitud con los pies juntos.
d. Lanzamiento de balón medicinal o prueba de natación, conforme establezca las bases de la convocatoria. La prueba será baremable y no eliminatoria. Se calificará de cero a dos puntos y medio, atendiendo a las marcas de referencia previstas en el ANEXO I. La puntuación será la correspondiente a calcular la media entre las puntuaciones obtenidas entre las cuatro pruebas obligatorias.
Segunda prueba: Conocimientos, resolución de casos prácticos.
Supuestos prácticos. Consistente en resolver uno o varios casos prácticos relacionados con las materias que figuren en el temario de la convocatoria. Se calificará de cero a diez puntos. El tiempo para su realización será de una hora y para superarla será necesario obtener un mínimo de cinco puntos.
Esta parte habrá de ser leída por la persona aspirante en sesión pública, en la fecha que señale el Tribunal, pudiendo ser objeto de cuantas preguntas el Tribunal estime necesarias para aclarar, ampliar, o valorar el contenido de la exposición de la persona aspirante.
Tercera prueba: Prueba psicotécnica Incluirá dos test dirigidos a determinar las aptitudes y actitudes de las personas aspirantes para el desempeño de las funciones de su categoría.
1. Test de inteligencia general y/o aptitudes en el que se valorará la capacidad verbal, numérica y espacial, atención-percepción, comprensión de órdenes, razonamiento cognitivo, atención discriminativa, resistencia a la fatiga intelectual y memoria visual.
2. Test de personalidad y capacidades en el que se valorarán aspectos como la estabilidad emocional, autoconfianza, habilidades interpersonales, capacidad de adaptación a las normas, capacidad de afrontamiento al estrés, motivación por el trabajo policial, capacidad de liderazgo, organización, planificación y toma de decisiones u otros que determinen las bases de la convocatoria.
(Nota informativa: Conforme a la STS 74/2022, de 27 de enero, con carácter previo al inicio del ejercicio deberá darse a conocer a los aspirantes el concreto sistema de valoración de la prueba, así como de su corrección).
Se calificará de apto o no apto.
FASE CONCURSO.
La fase de concurso se valorará con una puntuación máxima de 3,75 puntos, no valorándose aquellos méritos requeridos para optar al procedimiento selectivo, no tendrá carácter eliminatorio y se desarrollará de la forma siguiente:
1. Antigüedad (Máximo 1 puntos):
3. Por cada año de antigüedad en la Administración 0,030 puntos.
4. Por cada año en la categoría de Policía 0,050 puntos.
2. Titulación Académica (Máximo 1 puntos): Cada titulación, distinta de la habilitante, igual o superior a la exigida se valorará conforme se refleja en la tabla siguiente:
1. Doctor: 1 punto.
2. Máster: 0,75 punto.
3. Licenciado o Grado: 0,5 puntos.
4. Técnico/a superior: 0,25 puntos.
3. Cursos de Formación (Máximo 1 puntos): Se valorarán los cursos, con duración igual o superior a 10 horas, y estén impartidos u homologados por las Administraciones Públicas, o por promotores incluidos en los Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones Públicas, y los que hayan sido realizados en empresas concertadas con la Administra - ción, siempre y cuando guarden relación con el puesto de trabajo a desempeñar. La valoración se realizará a razón de 0,0036 puntos por cada hora lectiva. La formación se acreditará mediante certificado o diploma en el que conste el número de horas, nombre, fecha del curso y datos personales del aspirante. No se tendrán en cuenta los certificados o diplomas en los que no figure el número de horas lectivas.
4. Titulación Oficial de Idiomas (Máximo 0,75 puntos):
Nivel C2 ……. 0,75 puntos.
Nivel C1 ……. 0,55 puntos.
Nivel B2…….. 0,35 puntos Nivel B1…….. 0,15 puntos
6.2 A los efectos de valorar cada uno de los méritos alegados se tomará como fecha límite el último día del plazo de pre - sentación de solicitudes.
6.3 La puntuación final del proceso selectivo, en orden a determinar los aspirantes que superan el proceso selectivo, vendrá determinada por la suma obtenida en todos los ejercicios de la oposición y la puntuación obtenida en la fase de concurso. En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mejor puntuación obtenida en la segunda prueba de la fase de oposición. De persistir el empate, se aplicará el orden de actuación de los aspirantes a que se refiere esta base
6.2. en cuanto al orden de actuación.
SÉPTIMA. Relación de Aprobados
7.1. Finalizados los procedimientos selectivos, los tribunales harán pública la relación de aprobados por orden de puntuación, elevando al órgano convocante la propuesta de los aspirantes que deberán realizar el correspondiente curso selec - tivo. Dicha relación se elevará al Presidente de la Corporación, que la publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de anuncios y en su caso, en la sede electrónica del Ayuntamiento. No se podrá proponer para la realización del curso selectivo un mayor número de aspirantes que el de plazas convocadas.
7.2. Recibida la anterior propuesta, el Ayuntamiento concederá a las personas aspirantes un plazo de diez días hábiles para que presenten la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos.
OCTAVA. Presentación de Documentos y Nombramiento de Funcionario en Prácticas
8.1. Concluido el plazo de 10 días hábiles para aportar la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos exigidos, quienes no presentasen la documentación requerida, o del examen de la misma se dedujere que carecen de alguno de los requisitos exigidos, decaerán en su derecho a ser nombrados funcionarios de carrera.
8.2. Los aspirantes que superen los procedimientos selectivos y acrediten reunir los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios en prácticas. Esta situación se mantendrá hasta su nombramiento como funcionarios de carrera.
NOVENA. Curso selectivo
9.1. Para adquirir la condición de funcionario de carrera de los Cuerpos de Policía Local será preciso superar un curso selectivo en la Escuela de Protección Ciudadana, salvo que el aspirante ya hubiese superado con anterioridad el curso correspondiente a la categoría a la que aspira y obtenga la correspondiente convalidación.
9.2. Cuando los aspirantes accedan por el sistema de promoción interna, la duración de los cursos será establecida por la Escuela de Protección Ciudadana teniendo en cuenta los conocimientos profesionales ya adquiridos, las competencias profesionales demostradas a través de la experiencia y la formación continua recibida.
9.3. El curso selectivo se estructurará en las áreas que se establezca por la Escuela de Protección Ciudadana.
9.4. El contenido del curso selectivo se ajustará a la adquisición de conocimientos y al desarrollo de habilidades, destrezas y actitudes necesarias para el desempeño de los puestos de trabajo correspondiente a la categoría de Oficial.
9.5. Finalizado el curso, la Escuela de Protección Ciudadana comunicará a los Ayuntamientos la relación de los aspirantes que lo hayan superado, con la nota final obtenida, a los efectos de su nombramiento como funcionarios de carrera.
DÉCIMA. Nombramiento
10.1. Recibido el informe de la Escuela de Protección Ciudadana de Castilla-La Mancha, el Ayuntamiento procederá al nombramiento de funcionario de carrera de la correspondiente categoría en el plazo de quince días.
10.2. El orden de prelación en el proceso selectivo se obtendrá de la suma de las notas obtenidas en el procedimiento selectivo y en el curso selectivo.
10.3. Para adquirir la condición de funcionario de carrera del Cuerpo de Policía Local los Ayuntamientos exigirán a los aspirantes, además del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, las siguientes condiciones:
1. Aceptación del compromiso de portar armas, así como de utilizarlas en caso necesario.
2. Toma de posesión del puesto adjudicado en el plazo de un mes desde que fueran nombrados, salvo que concurran causas extraordinarias que lo impidan.
3. Aceptación del compromiso de obtener el permiso de conducción de la clase A, si no estuvieran en posesión del mismo, desde el momento en que reúnan los requisitos necesarios para su obtención, si el Ayuntamiento así se lo requiriese por necesidades del servicio. Los gastos de obtención de dicho permiso de conducción serán por cuenta del propio personal funcionario.
UNDÉCIMA. Impugnación
11.1. Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
11.2. Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cuenca a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca. (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
11.3. En lo no previsto en las bases, será de aplicación la Ley 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo Público de Castilla-La Mancha; el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los pro - gramas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; y la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
ANEXO I - TEMARIO PARTE GENERAL
Tema 1.- La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Su garantía y suspensión. La reforma de la Constitución.
Tema 2.- Las Cortes Generales: las Cámaras, composición, funcionamiento y atribuciones. Procedimiento de elaboración de las leyes. La Corona.
Tema 3.- El Poder Judicial. Principios Constitucionales. Organización del sistema judicial español. El Tribunal Constitucional. El Tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo.
Tema 4.- El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Presidente del Gobierno. Los Vicepresidentes. El Consejo de Ministros y las Comisiones Delegadas del Gobierno. El Consejo de Estado. Tema 5.- La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: su Estatuto de Autonomía. De las Instituciones de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: Las Cortes de Castilla-La Mancha, el Presidente de la Junta y el Consejo de Gobierno. Tema 6.- El Derecho administrativo general. La Administración Pública. Concepto. Fuentes del derecho administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los Reglamentos.
Tema 7.- El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. El funcionamiento electrónico del sector público.
Tema 8.- La potestad sancionadora de la Administración. Principios de la potestad sancionadora. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Tema 9.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa I: actividad en materia de venta ambulante y consumo, animales domésticos y potencialmente peligrosos, urbanismo y medio ambiente. Venta de bebidas alcohólicas a menores. Tema 10.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa II: Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos en Castilla-La Mancha: ámbito de aplicación y prohibiciones. Competencias municipales en la materia. Declaraciones responsables, autorizaciones, comunicaciones previas y licencias.
Tema 11.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa III: Condiciones y requisitos de organización y celebración de Espectáculos públicos y Actividades Recreativas en Castilla-La Mancha. Seguros. Derechos y obligaciones de espectadores y asistentes. Horario, publicidad y venta de entradas. Vigilancia, inspección y régimen sancionador. Tema 12.- La Administración Local: conceptos, principios constitucionales, regulación jurídica y Entidades que comprende. El Municipio. El padrón municipal. Las Mancomunidades. Los Órganos de Gobierno Municipal: el Alcalde, el Pleno, la Junta de Gobierno Local y otros Órganos. Competencias municipales.
Tema 13.- Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación de cada uno de ellos. Información y participación ciudadana en el ámbito local.
PARTE ESPECIAL
Tema 14.- La regulación de las Policías Locales en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. El modelo Policial Español. Funciones y competencias de la Policía Nacional, Guardia Civil, Policía Judicial, Policías Autonómicas y Policías Locales. Colaboración y coordinación entre las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas. Las Juntas Locales de Seguridad.
Tema 15.- La Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.
Tema 16.- Normativa de desarrollo de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha. Reglamentos y Órdenes de aplicación en la materia.
Tema 17.- La Policía Local como Policía Judicial: La comprobación del delito y averiguación del delincuente. Funciones de la Policía Local como Policía Judicial.
Tema 18.- El atestado policial. Concepto, estructura y características. La regulación del atestado policial en la legislación vigente.
Tema 19.- Delitos. Concepto. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Personas responsables. Grados de ejecución.
Tema 20.- Delito de lesiones. Delitos contra la libertad: las detenciones ilegales y los secuestros. Las amenazas. Las coacciones.
Tema 21.- Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales: De las agresiones sexuales. De los abusos sexuales. De los abusos y agresiones sexuales a menores de dieciséis años. Del acoso sexual. De los delitos de exhibicionismo y provocación sexual. De los delitos relativos a la prostitución y a la explotación sexual y corrupción de menores. Tema 22.- Tratamiento jurídico de la violencia de género. Las medidas de protección integral contra la violencia de género. Derechos de las mujeres, víctimas de violencia de género.
Tema 23.- Tratamiento jurídico de la violencia doméstica. Protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
Tema 24.- Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio: Del descubrimiento y revelación de secretos. Del allanamiento de morada, domicilio de personas jurídicas y establecimientos abiertos al público. Tema 25.- Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico.
Tema 26.- Delitos contra el orden público: De los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia. De los desórdenes públicos.
Tema 27.- Delitos de odio y conductas que vulneran las normas legales sobre discriminación.
Tema 28.- Delitos contra la seguridad vial: su regulación en el Código Penal. Principio “non bis in idem”. Tema 29.- Normativa sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Objeto y ámbito de aplicación. Ad - ministraciones Públicas competentes en materia de tráfico y seguridad vial: especial consideración de las competencias municipales. El Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.
Tema 30.- Normas de comportamiento de la circulación. Normas generales de los conductores. De la circulación de ve - hículos: lugar de la vía, velocidad, prioridad de paso, cambios de dirección y marcha atrás. Adelantamiento, parada y estacionamiento, cruces de pasos a nivel y puentes levadizos; utilización de alumbrado, advertencia de los conductores. Tema 31.-Otras normas de circulación: utilización de casco, cinturón y restantes elementos de seguridad. Peatones. Cir - culación de animales. Comportamiento en casos de emergencia. De la señalización. Normas generales. Orden de preeminencia. Formato de las señales. Tipos y significado de las señales de circulación y marcas viales.
Tema 32.- El procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Infrac - ciones y sanciones administrativas. Personas responsables. Clases de procedimientos y recursos. El Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico. Medidas provisionales y otras medidas. Ejecución de las sanciones. Prescripción y caducidad. Tema 33.- La conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas: investigación y práctica de pruebas de detección de dichas bebidas o sustancias. Regulación admi - nistrativa de los etilómetros.
Tema 34.- Los accidentes de tráfico: concepto y consideraciones previas. Sus causas, clases y fases. Actuaciones de la Policía Local en accidentes de tráfico.
Tema 35.- El Reglamento General de Conductores.
Tema 36.- El Reglamento General de Vehículos.
Tema 37.- Sistema Nacional de Protección Civil. Plan Territorial de Emergencias de Castilla-La Mancha. Planes especiales, específicos y de respuesta. Planes de emergencias de ámbito municipal.
Tema 38.- La Ley sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.
Tema 39.- Procesadores de textos. Principales funciones. Hojas de cálculo. Fórmulas y funciones. Bases de datos. Tablas, consultas, formularios e informes.
Tema 40.- La igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI. Tema 41.- La protección de datos. Régimen jurídico. Principios y derechos de los ciudadanos. La seguridad de la información.
Tema 42.- Introducción a la prevención de riesgos laborales. Marco normativo básico de prevención de riesgos laborales: La Ley de prevención de riesgos laborales. Prevención de riesgos laborales en seguridad vial.
ANEXO II. PRUEBAS FÍSICAS
Consistirán en la realización de las pruebas siguientes:
Las tres primeras pruebas de las que a continuación se relacionan (carrera de velocidad, carrera de resistencia, y salto de longitud), serán puntuadas en función de su realización. De las previstas en cuarto lugar (natación y lanzamiento de balón medicinal), solo se realizará una de ellas, previa opción de cada aspirante.
1. CARRERA DE VELOCIDAD (60 metros)
2. CARRERA DE RESISTENCIA (1. 000 metros)
3. SALTO DE LONGITUD (pies juntos)
4. LANZAMIENTO DE BALON MEDICINAL
Las pruebas se realizarán por el orden en que están relacionadas.
Desarrollo de las pruebas:
CARRERA DE VELOCIDAD DE 60 METROS
Disposición.- El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o agachado, sin tacos.
Ejecución.- La propia de una carrera de velocidad Medición.-Deberá ser manual, con cronómetro.
Intentos.-Se efectuará un sólo intento.
Invalidaciones.- De acuerdo con el Reglamento de la FIAA Marcas de referencia.- Según el cuadro indicado de pruebas y marcas de referencia.
CARRERA DE RESISTENCIA DE 1.000 METROS
Disposición.- El aspirante se colocará en la pista en el lugar indicado.
Ejecución.-La propia de este tipo de carrera.
Medición.-Se tendrá en cuenta lo dicho para la carrera de velocidad.
Intentos..-Un sólo intento.
Invalidaciones.-De acuerdo con el Reglamento de la FIAA Marcas de referencia.- según el cuadro indicativo de pruebas y marcas de referencia.
SALTO DE LONGITUD CON LOS PIES JUNTOS
Disposición.- El aspirante se colocará entre la raya de un metro de larga y 0’05 metros de ancha marcada en el suelo pa - ralela al foso de saltos y a una distancia de 0’05 metros al borde anterior del mismo.
Ejecución.- Cuando esté dispuesto el aspirante flexionará y extenderá rápidamente el tren inferior para, apoyando los dos pies en el suelo, proyectar el cuerpo hacia adelante y caer en el foso.
Medición.- Se efectuará desde la parte de la raya más alejada del foso hasta la última huella que deje el cuerpo del aspi - rante sobre la arena del foso.
Intentos.- Puede realizar tres intentos. El tiempo mínimo de preparación entre cada uno de ellos será de dos minutos. Invalidaciones.-El salto debe realizarse con un solo impulso de los pies, contabilizándose como nulo aquel en el que una vez separados los pies del suelo, vuelvan a apoyarse de nuevo para la impulsión definitiva.
Es nulo el salto en el que el aspirante pise la raya en el momento de la impulsión.
Es nulo el salto que se produce por el apoyo alternativo y no simultáneo de los pies sobre el suelo.
Marcas de referencia. Según el cuadro indicativo de pruebas y marcas de referencia.
LANZAMIENTO DE BALÓN MEDICINAL
Disposición.- Pies separados y simétricos, sosteniendo el balón con ambas manos por encima y detrás de la cabeza. Ejecución.- Lanzarán el balón con fuerza por encima de la cabeza de forma que caiga dentro del sector de lanzamiento.
Medición.- Deberá ser manual.
Intentos.- Tres intentos. El tiempo mínimo de preparación entre cada uno de ellos será de dos minutos.
Invalidaciones. Levantar los pies del suelo en su totalidad. Que el balón no caiga dentro de la zona de lanzamiento. BAREMACIÓN DE MARCAS. CUADRO INDICATIVO CARRERA DE VELOCIDAD. MARCAS EN SEGUNDOS HOMBRES
PUNTOS -30 -35 -40 -50 50 o más 0,75 +10,600 seg +11,700 seg +11,900 seg +12,900 seg +15,900 seg 1,10 +9,900 seg +10,000 seg +10,200 seg +11,200 seg +14,200 seg 1,45 +9,400 seg +9,500 seg +9,700 seg +10,700 seg +13,700 seg 1,80 +9,200 seg +9,300 seg +9,500 seg +10,500 seg +13,500 seg 2,15 +9,000 seg +9,100 seg +9,300 seg +10,300 seg +13,300 seg 2,50 9 seg o menos 9,100 seg o menos 9,300 seg o menos 10,300 seg o menos 13,300 seg o menos MUJERES PUNTOS -30 -35 -40 -50 50 o más 0,75 +13,100 seg +13,200 seg +13,400 seg +14,400 seg +16,900 seg 1,10 +11,400 seg +11,500 seg +11,700 seg +12,700 seg +15,700 seg 1,45 +10,900 seg +11,000 seg +11,200 seg +12,200 seg +15,200 seg 1,80 +10,700 seg +10,800 seg +11,000 seg +12,000 seg +15,000 seg 2,15 +10,500 seg +10,600 seg +10,800 seg +11,800 seg +14,800 seg 2,50 10,50 seg o menos 10,600 seg o menos 10,800 seg o menos 11,800 seg o menos 14,800 seg o menos CARRERA DE RESISTENCIA. MARCAS EN MINUTOS HOMBRES PUNTOS -30 -35 -40 -50 50 o más
0,75 Más 4,50 Más 4,55 Más 5,05 Más 5,45 Más 6,45 1,10 Más 4,25 Más 4,55 Más 4,4 Más 5,2 Más 6,2 1,45 Más 4,15 Más 4,2 Más 4,3 Más 5,1 Más 6,1 1,80 Más 4,05 Más 4,1 Más 4,2 Más 5 Más 6 2,15 Más 3,55 Más 4 Más 4,1 Más 4,5 Más 5,5 2,50 3,55 o menos 4,00 o menos 4,10 o menos 4,50 o menos 5,50 o menos MUJERES PUNTOS -30 -35 -40 -50 50 o más 0,75 Más 4,30 Más 5,35 Más 5,45 Más 6,25 Más 7,25 1,10 Más 5,05 Más 5,10 Más 5,20 Más 6,00 Más 7,00 1,45 Más 4,55 Más 5,00 Más 5,10 Más 5,50 Más 6,50 1,80 Más 4,45 Más 4,50 Más 5,00 Más 5,40 Más 6,40 2,15 Más 4,35 Más 4,40 Más 4,50 Más 5,30 Más 6,30 2,50 4,35 o menos 4,40 o menos 4,50 o menos 5,30 o menos 6,30 o menos SALTO DE LONGITUD. MARCAS EN METROS HOMBRES PUNTOS -30 -35 -40 -50 50 o más
0,75 De 1,60 hasta 1,70 De 1,55 hasta 1,65 De 1,50 hasta 1,60 De 1,45 hasta 1,55 De 1,30 hasta 1,40 1,10 Más 1,70 hasta 1,80 Más 1,65 hasta 1,75 Más 1,60 hasta 1,70 Más 1,55 hasta 1,65 Más 1,40 hasta 1,50 1,45 Más 1,80 hasta 1,90 Más 1,75 hasta 1,85 Más 1,70 hasta 1,80 Más 1,65 hasta 1,75 Más 1,50 hasta 1,55 1,80 Más 1,90 hasta 2,00 Más 1,85 hasta 1,95 Más 1,80 hasta 1,90 Más 1,75 hasta 1,85 Más 1,55 hasta 1,60 2,15 Más 2,00 hasta 2,10 Más 1,95 hasta 2,05 Más 1,90 hasta 2,00 Más 1,85 hasta 1,95 Más 1,60 hasta 1,65 2,50 Más de 2,10 Más de 2,05 Más de 2,00 Más de 1,95 Más de 1,65 MUJERES PUNTOS -30 -35 -40 -50 50 o más 0,75 De 1,40 hasta 1,50 De 1,35 hasta 1,45 De 1,30 hasta 1,40 De 1,20 hasta 1,25 De 1,00 hasta 1,05 1,10 Más 1,40 hasta 1,50 Más 1,45 hasta 1,55 Más 1,40 hasta 1,50 Más 1,25 hasta 1,30 Más 1,05 hasta 1,10 1,45 Más 1,50 hasta 1,60 Más 1,55 hasta 1,65 Más 1,50 hasta 1,60 Más 1,30 hasta 1,35 Más 1,10 hasta 1,15 1,80 Más 1,60 hasta 1,70 Más 1,65 hasta 1,75 Más 1,60 hasta 1,70 Más 1,35 hasta 1,40 Más 1,15 hasta 1,20 2,15 Más 1,70 hasta 1,80 Más 1,75 hasta 1,85 Más 1,70 hasta 1,80 Más 1,40 hasta 1,45 Más 1,20 hasta 1,25 2,50 Más de 1,80 Más de 1,85 Más de 1,80 Más de 1,45 Más de 1,25 BALÓN MEDICINAL. CUADRO MARCAS EN METROS HOMBRES (4 KG)
PUNTOS -30 -35 -40 -50 50 o más 0,75 De 6,25 hasta 6,50 De 6,15 hasta 6,40 De 5,75 hasta 6,00 De 5,00 hasta 5,25 Más de 4,00 hasta 4,25 1,10 De 6,50 hasta 6,75 De 6,40 hasta 6,65 De 6,00 hasta 6,25 De 5,25 hasta 5,50 Más de 4,25 hasta 4,50 1,45 De 6,75 hasta 7,00 De 6,65 hasta 6,90 De 6,25 hasta 6,50 De 5,50 hasta 5,75 Más de 4,50 hasta 4,75 1,80 De 7,00 hasta 7,25 De 6,90 hasta 7,15 De 6,50 hasta 6,75 De 5,75 hasta 6,00 Más de 4,75 hasta 5,00 2,15 De 7,25 hasta 7,55 De 7,15 hasta 7,45 De 6,75 hasta 7,05 De 6,00 hasta 6,30 Más de 5,00 hasta 5,30 2,50 Más de 7,55 Más de 7,45 Más de 7,05 Más de 6,30 Más de 5,30 MUJERES (3KG) PUNTOS -30 -35 -40 -50 50 o más 0,75 De 4,75 hasta 5,00 De 4,65 hasta 4,90 De 4,25 hasta 4,50 De 3,50 hasta 3,75 Más de 2,50 hasta 2,75 1,10 De 5,00 hasta 5,25 De 4,90 hasta 5,15 De 4,50 hasta 4,75 De 3,75 hasta 4,00 Más de 2,75 hasta 3,00 1,45 De 5,25 hasta 5,50 De 5,15 hasta 5,40 De 4,75 hasta 5,00 De 4,00 hasta 4,25 Más de 3,00 hasta 3,25 1,80 De 5,50 hasta 5,75 De 5,40 hasta 5,65 De 5,00 hasta 5,25 De 4,25 hasta 4,50 Más de 3,25 hasta 3,50 2,15 De 5,75 hasta 6,05 De 5,65 hasta 5,95 De 5,25 hasta 5,55 De 4,50 hasta 4,80 Más de 3,50 hasta 3,80 2,50 Más de 6,05 Más de 5,95 Más de 5,55 Más de 4,80 Más de 3,80
ANEXO III
Solicitud de Participación DATOS PERSONALES DATOS DE LA CONVOCATORIA La persona abajo firmante solicita ser admitida y declara que son ciertos los datos consignados en esta solicitud y que reúne los requisitos establecidos para su participación, según las bases de la convocatoria.
Se adjunta la siguiente documentación:
1. Fotocopia del D.N.I.
2. Justificante del ingreso de los derechos de examen.
3. Copia del título académico exigido o equivalente.
Cuenca, a fecha de firma electrónica EL ALCALDE-PRESIDENTE