Itzuli zerrendara
Udalak eta aldundiak
Deialdia
Sevilla
Administrativo
Ayuntamiento de El Palmar de Troya · Andalucía
Plazak
1
argitalpenaren arabera
Taldea
C1
argitalpenaren arabera
Sistema
Oposizio-lehiaketa
Funtzionarioa
Aurkez naiteke?
- Titulazioa Baldintza: Bachiller o Técnico (Formación Profesional de Grado MedioGutxieneko maila: Batxilergoa
- Nor aurkez daiteke Txanda irekia: baldintzak betetzen dituen edonor.
- Eskabideak aurkezteko epea Oraindik ez da hasi. Plazo aún no abierto: empieza al publicarse en el BOE (20 hábiles)
- Nola aurkeztu Eskabidea erakunde deitzailearen egoitza elektronikoan edo erregistroan aurkezten da; urrats zehatzak argitalpen ofizialean ↗ daude.
- Mota
- Deialdia
- Titulu ofiziala
- Bases de la convocatoria para la provisión, por promoción interna, de una plaza de Administrativo, vacante en la plantilla de personal funcionario
- Deitzailea
- Ayuntamiento de El Palmar de Troya
- Eremua
- Udalak eta aldundiak
- Udalerria
- El Palmar de Troya
- Sarbidea
- Txanda irekia
- Titulazioa
- Bachiller o Técnico (Formación Profesional de Grado Medio
- Argitaratua
- 2026/10/13 (Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla)
- Iturria
- Datu-iturria: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla ↗. Azken egiaztapena: 2026/10/13.
Argitu AArekin
Argitalpenak argi uzten ez badu, AA batek (Claude, Anthropicena) testu ofiziala irakurtzen du eta gai-zerrenda, baldintzak, datak edo laburpen bat ateratzen dizkizu, testua aipatuz. Beste erabiltzaile batzuek argitutakoa doan ikusten da.
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Sortu zure kontua doan, AA zure gakoarekin erabiltzeko Badut kontuaargituta jada · doan{coste} zure gakoarekinzure gakoa behar duEz dago jasotaGai-zerrenda ({n} gai)Testuak ez du gai-zerrendarikAipatzen dituen gaiakNon bilatuKonfiantza: {nivel}BaldintzakTitulazioaAdinaNazionalitateaTxartelak eta baimenakHizkuntzakBeste batzukTasakZenbatekoaSalbuespenakOrdainketa-moduaEskabideaNolaNonEpeaDokumentazioaDatak eta epeakEz dago datarik jasota.Faseak eta probakEz dago jasota.IzaeraGalderakZigorraIraupenaPuntuazioa5 lerrotanEzin izan da emaitza erakutsi.{modelo} ereduarekin sortua ({fecha}), PDF ofizialetik abiatuta{modelo} ereduarekin sortua ({fecha}), fitxako datuekin bakarrik (ez genuen testua){modelo} ereduarekin sortua ({fecha}), testu ofizialetik abiatuta{coste} kostatu zaizuSortu berriro nire gakoarekinAAk testu ofizialetik abiatuta sortutako analisia; egiaztatu argitalpenean ezer erabaki aurretik. Emaitza hau gorde egiten da, eta beste erabiltzaile batzuei ere erakusten zaie (zure gakoa, inoiz ez).Inork ez du hau oraindik argitu: konfiguratu zure gakoa hori egiteko.Argitalpena irakurtzen… 20 segundo eta minutu bat artean behar izaten ditu.Zerbitzariaren errorea ({status}).Ezin izan da analisia egin.Argituta zegoen jada: ez dizu ezer kostatu.Ezin izan da zerbitzariarekin konektatu.
ANUNCIO
D. [nombre omitido], Alcalde Presidente del Ayuntamiento de El Palmar de Troya, hace saber:
Que en Sesión Ordinaria de la Junta de Gobierno Local de fecha 1 de octubre de 2026, se adoptaron entre otros, el acuerdo del punto noveno del orden del día, relativo a las Bases que han de regir la convocatoria y el proceso de selección de una plaza de administrativo/a por promoción interna, cuyo tenor literal es el siguiente:
“BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA Y EL PROCESO DE SELECCIÓN DE UNA PLAZA DE ADMINISTRATIVO/A POR PROMOCIÓN INTERNA
PRIMERA. Objeto de la Convocatoria Es objeto de las presentes bases cubrir en propiedad la plaza por promoción interna, cuyas características son:
Grupo C Subgrupo C1 Escala Administración General Subescala Administrativa Clase Administrativo/a Denominación Administrativo/a Nº de vacantes 1 Funciones encomendadas El puesto de Administrativo/a tendrá encomendadas, con carácter general, las funciones de gestión, tramitación, apoyo técnico-administrativo y ejecución material de procedimientos, bajo la dirección y supervisión de los órganos superiores o del personal técnico responsable.
Sistema de selección Concurso-oposición
SEGUNDA. Condiciones de Admisión de Aspirantes Para formar parte en las pruebas de selección, será necesario:
a) Ser funcionario de carrera del Ayuntamiento de El Palmar de Troya, que pertenezca al grupo o subgrupo inmediatamente inferior al de la plaza convocada , de acuerdo con el artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
b) Tener una anti güedad de al menos, dos años como personal funcionario de carrera en el cuerpo o escala desde el que se accede, según lo dispuesto en el artículo 18.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legis lativo 5/2015, de 30 de octubre, en relación con el artículo 76 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
c) Estar en posesión o en condiciones de obtener a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, el título de Bachiller o Técnico (Formación Profesional de Grado Medio o Superior).
d) Haber abonado las tasas por derechos de examen y/o acreditación de los requisitos exigidos para disfrutar de alguna exención o bonificación del pago, para lo cual deberá presentar justificante de pago. El importe a abonar en concepto de tasa por derechos de examen es de 23,44€, que corresponde en función del grupo o categoría C1, según resulta de la ordenanza reguladora vigente. El pago deberá realizarse mediante transferencia a la cuenta número ES11 3020-0002-19-2003554520, en la que deberá indicarse SELECCIÓN PLAZA ADMIVO/A + NOMBRE Y APELLIDOS + DNI del candidato/a.
En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcia l del mismo supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes; únicamente podrá n demandar su modificación mediante un escrito motivado, dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza. Los errores materiales, de hecho, o aritméticos que pudi eran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
TERCERA. Forma y Plazo de Presentación de Instancias Las solicitudes (Anexo I), requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de selección, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza que se opte, se dirigirán a la Alcaldía - Presidencia de este Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento de acuerdo al artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anunc io del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Asimismo, las bases de la convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia (Sevilla), en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), y en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
En el Tablón de Anuncios físico y electrónico del Ayuntamiento se publicarán los sucesivos actos.
CUARTA. Admisión de Aspirantes Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará Resolución en el máximo de un mes, decl arando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento y, en su caso, en el Tablón de Anuncios físico y electrónico, para mayor difusión, y se señalará un plazo de diez días hábiles para subsanación. Las alegaciones presentadas serán resultas en el plazo de 30 días desde la finalización del plazo para presentación. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado resolución alguna, las alegaciones se entenderán desestimadas.
Vistas las alegaciones presentadas, por Resolución de Alcaldía se procederá a la aprobación definitiva de la lista de admitidos y excluidos, que, igualmente será objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Anuncios físico y electrónico. En esta misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que habrán de realizarse el/los ejercicio/os de selección. Igualmente, en la misma resolución, se hará constar la designación nominal del Tribunal.
No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causas imputables a los aspirantes, ni en caso de inasistencia al ejercicio.
QUINTA. Tribunal Calificador El Tribunal calificador de esta convocatoria estará constituido, conforme a lo dispuesto en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por:
- Un Presidente /a, que será un funcion ario de carrera de cualquier Administración pública.
- Un Secretario/a, con voz y sin voto, que será un funcionario de carrera de la Corporación, con la titulación mínima requerida en las presentes bases, a designar por el Alcalde.
- Tres vocales, que serán elegidos de entre funcionarios de carrera o personal laboral fijo de cualquier Administración Pública, a designar por el Alcalde.
- Un suplente de Presidente/a, un suplente de Secretario/a y tres suplentes de vocales, de entre funcionarios de carrera o personal laboral fijo de cualquier Administración Pública, a designar por el Alcalde.
La composición definitiva del Tribunal calificador se publicará junto a la lista definitiva de admitidos y excluidos.
El Tribunal podrá acordar la incorporación de as esores especialistas, quienes se limitarán a valorar los méritos correspondientes a su especialidad técnica y colaborarán con el Tribunal exclusivamente en base a dicha especialidad.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de l a mitad de sus miembros, titulares o suplentes indistintamente, siendo siempre necesaria la presencia del Presidente/a y el Secretario/a o de quienes legalmente les sustituyan. Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos de los miembros presentes, resolviendo en caso de empate el voto de calidad del Presidente del Tribunal.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir notificándolo a la autoridad convocante. La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La actuación del Tribunal se ajustará estrictamente a las bases de la convocatoria. No obstante, el mismo resolverá las dudas que surjan de su aplicación y p odrá tomar los acuerdos que correspondan, para aquellos supuestos no previstos en las bases. Las indemnizaciones por asistencia como miembros del Tribunal se efectuarán de acuerdo con lo dispuesto en la legislación vigente.
SEXTA. Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN (CONCURSO-OPOSICIÓN) El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:
— Oposición.
— Concurso.
FASE DE OPOSICIÓN (Máx 60 puntos):
La fase de oposición consistirá en la realización de dos ejercicios: un ejercicio tipo test y de un ejercicio práctico, ambas pruebas eliminatorias y obligatorias para los aspirantes.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan hasta la finalización del llamamiento de los aspirantes. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad. Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.
El ejercicio de las pruebas será obligatorio y eliminatorio, calificándose hasta un máximo de 60 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 3 0 puntos.
Desarrollo de las pruebas:
Los ejercicios serán valorados sin que se conozca la identidad de los aspirantes, excluyéndose a aquellos candidatos en cuyo ejercicio figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad de los mismos.
Para ello, se distribuirá entre las personas a spirantes un sobre de tamaño A4, que contendrá la hoja de respuestas con su correspondiente código identificativo, así como un sobre de menor tamaño. El sobre de menor tamaño contendrá, a su vez, una cuartilla, donde aparecerá el código identificativo asig nado, y deberá indicarse en la misma nombre, apellidos, firma y número de Documento Nacional de Identidad. Antes del inicio del ejercicio, las personas aspirantes deberán depositar en una urna el sobre de menor tamaño, en el únicamente constará la cuartilla con los datos debidamente cumplimentados. Una vez todas las personas aspirantes hubieren depositado los sobres de menor tamaño en el interior de la urna, ésta será precintada y custodiada por el Secretario /a del Órgano de Selección. Finalizado el ejercicio, las personas aspirantes deberán introducir en el sobre de tamaño A4 únicamente la hoja de respuestas.
Cualquier actuación por parte del aspirante, previa al conocimiento de la identidad, supondrá un quebrando del anonimato, que será asumido por el mismo.
Los ejercicios de la oposición serán los siguientes:
PRIMER EJERCICIO: TIPO TEST (Máx 30 puntos).
El primer ejercicio se calificará de 0 a 30 puntos, siendo necesario para aprobar obtener una calificación de 15 puntos.
Consistirá en un examen tipo test, a contestar por el tiempo de duración que determine el tribunal de selección, correspondiente a la parte general y especial del temario, con un máximo de 40 preguntas más 5 preguntas reserva, con cuatro posibles respuesta s alternativas, donde tan solo una de las respuestas será la correcta. Las preguntas contestadas erróneamente se penalizarán con la pérdida del valor equivalente a 1/4 de un acierto, para salvaguardar la objetividad y neutralidad exigidas. Las preguntas no contestadas no penalizarán.
El tribunal publicará en el tablón electrónico del Ayuntamiento de El Palmar de Troya la plantilla provisional de respuestas. Las personas aspirantes podrán formular alegaciones a la misma en el plazo de cinco días hábiles desde el siguiente a la publicación. La resolución de estas reclamaciones se hará pública entendiéndose desestimadas todas aquellas no incluidas en ella, tras lo que se publicará la lista provisional de notas según cada código identificativo, otorgando un plazo de 3 días hábiles desde el día siguiente a la publicación para que puedan los interesados formular alegaciones exclusivamente respecto de posibles errores materiales o aritméticos en la contabilización de las respuestas, la corrección o el cálculo de la puntuación obtenida. Transcurrido dicho plazo, se resolverán las alegaciones presentadas. En caso de que no se presenten alegaciones a las calificaciones provisionales, se elevarán a definitivas.
Tras las calificaciones defini tivas, se realizará en acto público de apertura de los sobres que contienen los datos personales de cada persona aspirante, así como su código identificativo, previa convocatoria con una antelación mínima de cinco días hábiles. Una vez identificada cada pe rsona aspirante con su código identificativo y, por tanto, con la calificación obtenida en el ejercicio, se publicará el edicto correspondiente en el tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento.
SEGUNDO EJERCICIO: SUPUESTOS PRÁCTICOS (Máx 30 puntos)
El segundo ejercicio se calificará de 0 a 30 puntos, siendo necesario para aprobar obtener una calificación de 15 puntos.
Consistirá en la resolución de 2 supuestos prácticos correspondiente a la parte especial del temario, a elección y por el tiempo que determine para su desarrollo el tribunal de selección.
Realizado el ejercicio, una vez corregido, el Órgano de selección publicará, en el tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento, las calificaciones provisionales según cada código identificativo, otorgando un plazo de cinco días hábiles para la formulación de reclamaciones o alegaciones por los aspirantes, que podrán presentarse alegaciones a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 octubre. En ningún caso , se admitirán alegaciones fuera de plazo ni presentadas por cualquier otro medio distinto del indicado.
Transcurrido dicho plazo sin haberse presentado alegación alguna, las calificaciones provisionales se elevarán a definitivas.
Tras las calificaciones definitivas, se realizará en acto público de apertura de los sobres que contienen los datos personales de cada persona aspirante, así como su código identificativo, previa convocatoria con una antelación mínima de cinco días hábiles. Una vez identificada cada persona aspirante con su código identificativo y, por tanto, con la calificación obtenida en el ejercicio, se publicará el edicto correspondiente en el tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento.
FASE CONCURSO (Máx 40 puntos):
Méritos computables:
a) Formación (Máx 16 puntos):
Por la superación de cursos de formación, perfeccionamiento o especialización cuyo objeto guarde relación directa con las funciones de la plaza convocada, que hayan sido organizados, impartidos u homologados por A dministraciones Públicas, Universidades, centros oficiales de formación de empleados públicos (IAAP, INAP, Universidades Públicas, COSITAL, Sindicatos, Colegios Profesionales), siempre que hayan sido realizados dentro de los diez años inmediatamente anteri ores a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el BOE . Se valorará a 0,20 puntos/hora.
Los méritos deberán acreditarse mediante la correspondiente certificación o diploma, en el que consten, al menos, la entidad organizadora o acreditadora, la denominación del curso, la fecha de realización y el número de horas de duración. No serán objeto de valoración los cursos cuya fecha de realización no pueda determinarse, que no guarden relación directa con las funciones y competencias correspondientes a la plaza objeto de la convocatoria, aquellos que excedan del período máximo de diez años establecido en las presentes bases, ni aquellos cuya duración no venga especificada en horas o no las establezca.
Para evitar la doble valoración de una misma actividad formativa, no se computarán dos o más certificados correspondientes a un mismo curso o actividad formativa, aunque hayan sido expedidos por distintas entidades.
b) Ejercicios superados en otros procesos selectivos (Máx 8 puntos):
Se valorará la superación de ejercicios o pruebas de procesos selectivos de esta o de otras Administraciones Públicas, siempre que estén referidos a cuerpos, escalas o categorías con funciones sustancialmente equivalentes a la del Cuerpo Administrativo objeto de la presente convocatoria.
• Por cada ejercicio superado en procesos selectivos de acceso al Cuerpo Administrativo o equivalente: 1 punto.
Este mérito se acreditará mediante certificación oficial expedida por el órgano competente en materia de función pú blica o de recursos humanos de la Administración convocante del proceso que se alega. En dicha certificación deberá constar de forma expresa la denominación del cuerpo/escala, el grupo/subgrupo de adscripción, la convocatoria de referencia ( BOP, BOE, BOJA) el número de ejercicios efectivamente superados por el aspirante.
No será necesario acreditar los ejercicios superados en procesos selectivos convocados previamente por esta misma Administración, siempre que consten en el expediente del empleado y así se indique en la solicitud de participación.
c) Experiencia (Máx 16 puntos):
Por servicios prestados en la Administración Local (máx 8 puntos) (cualquier Ayuntamiento, Diputación Provincial o Entidad Local Autónoma): En plazas o puestos de trabajo que tengan asignadas idénticas funciones y pertenezcan al mismo Grupo/Subgrupo de clasificación profesional, con independencia de la naturaleza funcionarial o laboral del vínculo: 0,20 puntos por mes completo de servicios. Por servicios prestados en otras Administra ciones Públicas (máx 8 puntos) (Administración General del Estado, Comunidades Autónomas, Órganos Estatutarios): En plazas o puestos del mismo Grupo/Subgrupo con funciones homólogas: 0,20 puntos por mes completo de servicios.
La experiencia profesional se computará por meses completos de servicios prestados. A estos efectos, únicamente serán valorables los meses completos acreditados documentalmente, sin que proceda el prorrateo, la acumulación o la valoración de períodos inferiores a un mes.
La experiencia se acreditará por medio de vida laboral y certificado de servicios prestados conforme al Anexo I contemplado en el Real Decreto 1461/1982, de 25 de junio, por el que se dictan normas de aplicación a la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública (BOE nº 159, de 5 de julio de 1982), ambos obligatoriamente. En caso de faltar uno de los dos: vida laboral o certificado de servicios prestados no se valorará este mérito.
El tribunal publicará en el tablón electrónico del Ayuntamiento El Palmar de Troya la puntuación del baremo provisional de los méritos. Las personas aspirantes podrán formular alegaciones a dicho baremos provisionales, en el plazo de cinco días hábiles desde el siguiente a la publicación.
Transcurrido dicho plazo, se resolverán las alegaciones presentadas. En caso de que no se presenten alegaciones a las puntuaciones del baremo provisional, se elevarán a definitivas.
En caso de empate en la fase de concurso, se estará a lo dispuesto en el artículo 44.4 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que establece que en caso de empate en la puntuación se acudirá para dirimirlo a la otorgada a los méritos enunciados en el apartado primero de este artículo según el orden establec ido. De persistir el empate se acudirá a la fecha de ingreso como funcionario de carrera en el Cuerpo o Escala desde el que se concursa y, en su defecto, al número obtenido en el proceso selectivo. De persistir el empate se acudirá al sorteo público.
SÉPTIMA. Calificación La puntuación de todos los ejercicios de la fase oposición será de 0 a 60 puntos resultando eliminados los aspirantes que no lleguen a 30 puntos.
La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en la fase de oposición y la obtenida en la fase de concurso.
OCTAVA. Relación de personas aprobadas, Acreditación de Requisitos Exigidos y Nombramiento Una vez terminada la calificación de los aspirantes, los Tribunales harán pública la relación de personas aprobadas por orden de puntuación en el Tablón de Anuncios físico y electrónico, precisándose que el número de personas aprobadas no podrá rebasar el número de plazas vacantes convocadas. Dicha relación se elevará al Presidente de la Corporación, que la publicará, una vez realizado el nombramiento, en el Boletín Oficial de la Provincia.
Los aspirantes propuestos acreditarán ante la Administración, dentro del plazo de veinte días hábiles desde que se publican en el Boletín Oficial de la Provincia , las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Téngase en cuenta que, tal y como dice el artículo 23.3 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de lo s Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, los que tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obte ner su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del Ministerio u Organismo del que dependan, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal. Las vacantes convocadas para la promoción interna que queden desiertas por no haber obtenido los aspirantes la puntuación mínima exigida para la superación de las correspondientes pruebas, se acumularán a las que se ofrezcan al resto de los aspirantes de acceso libre, salvo en el caso de convocatorias independientes de promoción interna en virtud del artículo 79 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
La Alcaldía deberá nombrar funcionario al aspirante propuesto, en el plazo de 20 días hábiles a contar desde la terminación de los veinte días anteriores. El nombramiento mencionado se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia . Una vez publicado el nombramiento de funcionario, éste deberá tomar posesión o incorporarse en el plazo de un mes.
NOVENA. Incompatibilidades Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable.
DÉCIMA. Disposición derogatoria.
Las presentes bases derogan y dejan sin efecto las bases reguladoras del proceso selectivo de promoción interna aprobadas con anterioridad a las presentes, publicadas en el BOP nº15 de fecha 23 de enero de 2026, así como cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en estas bases.
UNDÉCIMA. Incidencias Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con l o establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por las personas interesadas recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Junta de Gobierno Local por delegación de competencia en virtud de acuerdo plenario de fecha 5 de julio de 2023, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sección de lo Contencioso -Administrativo del Tribunal de Instancia de Sevilla o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en otro, a partir del día siguiente al de la publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo). En lo no previsto en las Bases, será de aplicación el artículo 22 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, el Texto Refundido de la Ley del E statuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por el Real Decreto Legi slativo 781/1986, de 18 de abril, y la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
ANEXO I: CONCURSO- OPOSICIÓN
1. Datos de la persona interesada Nombre y apellidos o razón social de la persona interesada DNI Teléfono Medio de notificación
Notificación electrónica
Notificación postal Dirección Número Código postal Municipio Provincia Correo electrónico
2. Puesto de trabajo para el que solicita su inscripción:
Méritos (en caso de ser extensos, podrá adjuntarse por separado a este anexo, una relación enumerada de los mismo): 1.
2.
3.
4.
5.
6.
3. Expongo Que, teniendo conocimiento de la convocatoria del procedimiento selectivo:
Derivado de Oferta de Empleo Público
Para la constitución de Bolsa de trabajo temporal por el sistema de concurso- oposición DECLARO:
Que reúno todos y cada uno de los requisitos exigidos para participar en el proceso selectivo. Que conozco y acepto las bases generales de la convocatoria.
Por todo lo expuesto, SOLICITO que se tenga por presentada esta solicitud y ser admitido al proceso selectivo mencionado.
4. Consentimiento y deber de informar a las personas interesadas sobre protección de datos Mediante la firma de esta instancia, la persona interesada afirma haber sido informado de que el Ayuntamiento El Palmar de Troya va a tratar y guardar los datos aportados en la instancia y en la documentación que le acompaña para la tramitación y gestión del presente expediente administrativo, para lo cual presta su consentimiento. Responsable Ayuntamiento El Palmar de Troya Finalidad Principal Tramitación, gestión de expedientes administrativos y actuaciones administrativas derivadas de éstos. Legitimación Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos otorgados a este Ayuntamiento.
Destinatarios Se cederán da tos, en su caso, a otras Administraciones Públicas y a los encargados del tratamiento de los datos.
Derechos Tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir los datos, así como cualesquiera otros derechos que les correspondan, tal y como se explica en la información adicional A/A SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO EL PALMAR DE TROYA Anexo Temario de la convocatoria Grupo I parte general Tema 1. La Constitución Española de 1978. Estructura y principios generales. El modelo económico de la Constitución Española. El Tribunal Constitucional. La reforma de la Constitución. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Su garantía y suspensión. Tema 2. La Organización del Estado en la Constitución: Organización institucional o política y organización territorial. La Corona. Las Cortes Generales: Referencia al Defensor del Pueblo y al Tribunal de Cuentas.
Tema 3. El Poder Judicial: Principios constitucionales. Organización judicial en España. El Consejo General del Poder Judicial. El Ministerio Fiscal.
Tema 4. El Gobierno y la Administración. Relaciones del Gobierno con las Cortes Generales. Idea general de las Administraciones Públicas en el ordenamiento español. La Administración General del Estado. Las comunidades autónomas: Especial referencia a los Estatutos de Autonomía. La Administración Local. La Administración Institucional. Tema 5. Principios de actuación de la Administración Pública: Eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración, coordinación, buena fe y confianza legítima. Tema 6. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Administrativo: Especial referencia a la Ley y a los Reglamentos.
5. Fecha y firma Declaro bajo mi responsabilidad que los datos facilitados son ciertos.
En ________________________________, a _____ de _____________________ de 202___ Tema 7. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, por la igualdad efectiva de mujeres y hombres: Objeto y ámbito de la ley. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. Políticas públicas para la igualdad. El principio de igualdad en el empleo público.
Tema 8. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: Derechos y Obligaciones de los trabajadores. Delegados de prevención.
Grupo I parte especial Tema 1. La relación jurídico -administrativa. Concepto. Sujetos: La Administración y el administrado. Capacidad y representación. Derechos del administrado. Los actos jurídicos del administrado.
Tema 2. El procedimiento administrativo: Consideraciones general es. Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación, ordenación, instrucción y terminación. El silencio administrativo. Tramitación simplificada del procedimiento administrativo común. Dimensión temporal del procedimiento. Referencia a los procedimientos especiales. Tema 3. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos. Motivación, notificación y publicación.
Tema 4. Eficacia de los actos administrativos. Ejecutividad y ejecución forzosa. Suspensión. Validez e invalidez del acto administrativo. Convalidación, conservación y conversión. Tema 5. Revisión de los actos administrativos. Revisión de oficio. Los recursos administrativos: Principios generales. El recurso de alzada. El recurso potestativo de reposición. El recurso extraordinario de revisión. El recurso económico-administrativo. Tema 6. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Responsabilidad de las autoridades.
Tema 7. La Ley 40/2025, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Órganos colegiados: funcionamiento. Abstención y recusación. La potestad sancionadora. Tema 8. El Municipio: Concepto y elementos. El término municipal. La población: Especial referencia al empadronamiento.
Tema 9. Organización municipal. Competencias.
Tema 10. La Provincia. Organización provincial. Competencias.
Tema 11. Otras Entidades Locales. Mancomunidades, Comarcas u otras entidades que agrupen varios Municipios. Las Áreas Metropolitanas. Las entidades de ámbito territorial inferior al municipal.
Tema 12. Régimen General de las elecciones locales.
Tema 13. Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Procedimiento de elaboración y aprobación. Infracciones.
Tema 14. El personal al servicio de las Entidades Locales: Funcionarios, Personal Laboral, Personal Eventual y Personal Directivo Profesional.
Tema 15. El acceso a la función pública local: Requisitos para el acceso. Sistemas selectivos. Órganos de selección. Selección de personal interino y de personal laboral. Tema 16. Régimen jurídico del personal de las Entidades Locales: Derechos y deberes. Régimen disciplinario. Situaciones administrativas. Incompatibilidades.
Tema 17. Situaciones administrativas. Derechos económicos. Incompatibilidades. Tema 18. Los contratos del sector público: Clases de contratos. Régimen jurídico de los contratos administrativos y los de derecho privado. Disposiciones generales sobre la contratación del sector público. Documento firmado electrónicamente.
Tema 19. Las partes en los contratos del sector público. La capacidad y solvencia de los contratistas. Objeto, precio del contrato, presupuesto bases de licitación y valor estimado. La revisión de precios. Garantías en la contratación del sector público.
Tema 20. Procedimientos de adjudicación de los contratos. Ejecución, modificación y extinción de los contratos administrativos.
Tema 21. Especialidades del procedimiento administrativo local. El Registro de entrada y salida de documentos: Requisitos en la presentación de documentos. Comunicaciones y notificaciones.
Tema 22. Funcionamiento de los órganos colegiado s locales: Régimen de sesiones y acuerdos. Actas y certificaciones de acuerdos. Las resoluciones del Presidente de la Corporación.
Tema 23. La legislación sobre régimen del suelo y ordenación urbana: Evolución y principios inspiradores. La legislación básica estatal.
Tema 24. La actividad subvencional de las administraciones públicas: Concepto, naturaleza y clasificación de las subvenciones. Procedimientos de concesión y gestión. Pago y justificación de las subvenciones.
Tema 25. La actividad financiera. La Ley General Tributaria: Principios. La revisión de actos en vía administrativo en materia de gestión tributaria. Los procedimientos especiales de revisión.
Tema 26. Las Haciendas Locales. Las Ordenanzas fiscales. Estudio especial de los ingresos tributarios: Impuestos, tasas y contribuciones especiales. Los precios públicos. Los ingresos indebidos. La recaudación en período voluntario y ejecutivo.
Tema 27. Control interno de la actividad económico -financiera de los entes locales y sus entes dependientes. L a función interventora. Ámbito subjetivo y objetivo. Modalidades e inconvenientes.
Tema 28. Los presupuestos de las entidades locales. Principios, integración y documentos de que constan. Proceso de aprobación del presupuesto local. Gastos plurianuales. Anulación de remanentes. Incorporación de créditos. Anticipos de tesorería.
Tema 29. Las modificaciones presupuestarias: Los créditos extraordinarios y los suplementos de crédito, las transferencias de créditos y otras figuras. Liquidación del presupuesto. E jecución y liquidación del presupuesto. El remanente de tesorería. El principio de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Tema 30. El gasto público local: Concepto y régimen legal. Ejecución de los gastos públicos. La contabilidad pública. Principios generales. Plan general de contabilidad pública. El crédito local: Concepto, naturaleza y modalidades Tema 31. Ofimática: Definición y objetivos. Procesadores de textos, hojas de cálculo y bases de datos: Tipos, funcionalidad y descripción.
Tema 32. SICAL - Sistema de Información Contable para la Administración Local : Plan General Contable. Presupuesto de Gastos. Facturas. Presupuesto de Ingresos. Gastos con Financiación Afectada. Presupuestos Cerrados. Operaciones no presupuestarias. Tesorería.
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE