Itzuli zerrendara
Udalak eta aldundiak
Deialdia
Asturias
Escala de Administración Especial
Ayuntamiento de Gijón · Principado de Asturias
Plazak
2
argitalpenaren arabera
Taldea
A2
argitalpenaren arabera
Sistema
Oposizio-lehiaketa
Funtzionarioa
Aurkez naiteke?
- Titulazioa Unibertsitate-graduaA2 taldetik ondorioztatua: egiaztatu oinarrietan.
- Nor aurkez daiteke Txanda irekia: baldintzak betetzen dituen edonor.
- Eskabideak aurkezteko epea Epea zehaztu gabe.
- Nola aurkeztu Eskabidea erakunde deitzailearen egoitza elektronikoan edo erregistroan aurkezten da; urrats zehatzak argitalpen ofizialean ↗ daude.
- Mota
- Deialdia
- Titulu ofiziala
- Anuncio. Acuerdo de la Junta de Gobierno Local adoptado en sesión de 15 de septiembre de 2026, que aprueba la convocatoria de 2 plazas de la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales Policía Local: Intendente del Ayuntamiento de Gijón, de promoción interna. Expte. 28237P/2026.
- Deitzailea
- Ayuntamiento de Gijón
- Eremua
- Udalak eta aldundiak
- Udalerria
- Gijón
- Sarbidea
- Txanda irekia
- Argitaratua
- 2026/09/24 (Boletín Oficial del Principado de Asturias)
- Iturria
- Datu-iturria: Boletín Oficial del Principado de Asturias ↗. Azken egiaztapena: 2026/10/12.
Argitu AArekin
Argitalpenak argi uzten ez badu, AA batek (Claude, Anthropicena) testu ofiziala irakurtzen du eta gai-zerrenda, baldintzak, datak edo laburpen bat ateratzen dizkizu, testua aipatuz. Beste erabiltzaile batzuek argitutakoa doan ikusten da.
Beste batzuek argitu dutena doan ikusten da. Gainerakorako, zure Anthropic gako propioa behar da (zuk ordaintzen duzu, zentimo batzuk analisi bakoitzeko); nabigatzaile honetan bakarrik gordetzen da.
Sortu zure kontua doan, AA zure gakoarekin erabiltzeko Badut kontuaargituta jada · doan{coste} zure gakoarekinzure gakoa behar duEz dago jasotaGai-zerrenda ({n} gai)Testuak ez du gai-zerrendarikAipatzen dituen gaiakNon bilatuKonfiantza: {nivel}BaldintzakTitulazioaAdinaNazionalitateaTxartelak eta baimenakHizkuntzakBeste batzukTasakZenbatekoaSalbuespenakOrdainketa-moduaEskabideaNolaNonEpeaDokumentazioaDatak eta epeakEz dago datarik jasota.Faseak eta probakEz dago jasota.IzaeraGalderakZigorraIraupenaPuntuazioa5 lerrotanEzin izan da emaitza erakutsi.{modelo} ereduarekin sortua ({fecha}), PDF ofizialetik abiatuta{modelo} ereduarekin sortua ({fecha}), fitxako datuekin bakarrik (ez genuen testua){modelo} ereduarekin sortua ({fecha}), testu ofizialetik abiatuta{coste} kostatu zaizuSortu berriro nire gakoarekinAAk testu ofizialetik abiatuta sortutako analisia; egiaztatu argitalpenean ezer erabaki aurretik. Emaitza hau gorde egiten da, eta beste erabiltzaile batzuei ere erakusten zaie (zure gakoa, inoiz ez).Inork ez du hau oraindik argitu: konfiguratu zure gakoa hori egiteko.Argitalpena irakurtzen… 20 segundo eta minutu bat artean behar izaten ditu.Zerbitzariaren errorea ({status}).Ezin izan da analisia egin.Argituta zegoen jada: ez dizu ezer kostatu.Ezin izan da zerbitzariarekin konektatu.
Antecedentes de hecho
Primero.
1.1.—Por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, adoptado en sesión de fecha 2 de diciembre de 2025, se aprobaron los nuevos criterios comunes para la elaboración de las bases de selección de convocatorias aprobadas en desarrollo de Ofertas de Empleo Público del Ayuntamiento de Gijón/Xixón y sus Organismos autónomos, dejando sin efecto el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, adoptado en sesión celebrada el 2 de febrero 2020, y ello, en aras a dotar de una mayor agilidad administrativa a los procesos selectivos que se llevan a cabo, sin merma del objetivo fundamental que es la selección de personal con base en los principios de igualdad, mérito y capacidad, homogeneizando las convocatorias públicas que se tramiten en esta administración.
1.2.—Dichos criterios, para el caso de las plazas de las Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Policía Local y Extinción de Incendios, determinan que las convocatorias se ajustarán a la legislación vigente en cada momento, normativa municipal (Reglamentos aprobados) y términos de cada convocatoria, dado el carácter reglado de la mayor parte de los criterios de selección, la especial dificultad de la selección de dichos colectivos, el carácter complejo de las pruebas y la necesidad de ajustar la selección al perfil de plaza convocada, tal como establece el apartado 3 del citado Acuerdo de la Junta de Gobierno Local adoptado en sesión de fecha 2 de diciembre de 2025.
Segundo.—Tras la negociación en mesa general de negociación y la aprobación de criterios a que se ha hecho referencia en el antecedente anterior las Bases Generales que rigen la selección de todas las plazas de turno libre y promoción interna del Ayuntamiento de Gijón y sus Organismos Autónomos dependientes han sido aprobadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en sesión de fecha 10 de marzo de 2026 y publicadas en el BOPA n.º 51, de fecha 16 de marzo de 2026.
Tercero.—Por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, adoptado en sesión de fecha 9 de diciembre de 2025, se aprobó la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Gijón y sus Organismos autónomos dependientes y entre las plazas incluidas en la misma se encuentran 2 plazas de la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales. Policía Local: Intendente (Grupo/Subgrupo A2); Turno: promoción interna (BOPA n.º 244, de fecha 10 de diciembre de 2025).
Fundamentos de derecho
Primero.—Los artículos 55, 61 y 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre y el artículo 91.2 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, establecen que la selección de todo el personal ya sea funcionario, ya sea laboral, debe realizarse de acuerdo con la correspondiente Oferta de Empleo Público, mediante convocatoria pública y a través de los sistemas de oposición o concurso-oposición, con carácter general, en los que se garanticen, en todo caso, los principios de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad.
Segundo.—De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, en redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, es competencia de la Junta de Gobierno Local para “aprobar las bases de las convocatorias de selección”.
Vistos, Expediente de razón, antecedentes y fundamentos de derecho, la Junta de Gobierno,
Acuerda
Primero.—Aprobar el anexo que han de regir la convocatoria de las siguientes plazas de promoción interna:
Anexo I.—2 plazas de la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales. Policía Local: Intendente (Grupo/Subgrupo A2). Turno: promoción interna.
Las Bases Generales que rige el citado anexo han sido aprobadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno local, en sesión de fecha 10 de marzo de 2026 y publicadas en el BOPA n.º 51, de fecha 16 de marzo de 2026.
Tercero.—Publicar el presente Acuerdo a efecto de conocimiento público en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, tablón de anuncios y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.
Cuarto.—Tras la publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias se llevarán a cabo los trámites reglamentarios preceptivos a fin de disponer la publicación del Anuncio de la referida convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Lo que se publica para general conocimiento y efectos oportunos, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra el presente acto, que agota la vía administrativa, puede interponer ante el órgano que resuelve, con carácter potestativo, el recurso potestativo de reposición regulado en los artículos 123 y 124 de la citada Ley, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación, o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Gijón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de este acto. Si el acto de que se trata es relativo a las materias de responsabilidad patrimonial, personal, propiedades especiales y sanciones, y el demandante tiene su domicilio en un municipio asturiano distinto al de la demarcación de Gijón, será competente de igual forma, a elección del demandante, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Oviedo. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. Si se trata de uno de los sujetos obligados recogidos en el artículo 14 de la citada Ley 39/2015 el recurso ha de presentarse por medios electrónicos salvo lo establecido en la disposición transitoria tercera de la misma.”
En Gijón/Xixón, a 16 de septiembre de 2026.—La Jefa del Servicio de Organización y Planificación de Recursos Humanos.—Cód. 2026-07649.