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Universitats
Correcció d'errades
Castellón
Cuerpos docentes universitarios
Universidad Jaume I · Comunitat Valenciana
Places
No s'indica
Grup
No s'indica
Sistema
Concurs de mèrits
Docent
Estat del procés
- Convocada: fet
- Sol·licituds: fase actual
- Llistes
- Examen
- Aprovats
- Nomenaments
Fase 2 de 6 · Sol·licituds
- Convocada
- Termini de sol·licituds
- Següent: llistes de persones admeses
Última novetat: correccion (27/01/2026). Dates orientatives: confirma-les al butlletí.
- Tipus
- Correcció d'errades
- Títol oficial
- Resolución de 22 de enero de 2026, de la Universidad Jaume I, por la que se corrigen errores en la de 14 de enero de 2026, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
- Convoca
- Universidad Jaume I
- Àmbit
- Universitats
- Publicada
- 27/01/2026 a Boletín Oficial del Estado
- Font
- Basat en dades de l'Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat ↗. Última comprovació: 11/10/2026.
Seguiment del procés
-
Aquesta publicació
El que hem llegit d'aquest procés. Les llistes de persones no es copien: s'enllacen. Pot haver-hi publicacions en butlletins que encara no cobrim.
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Advertido un error en la resolución mencionada, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 18, de 20 de enero de 2026, se realizan las siguientes rectificaciones:
Página 9320, donde dice:
«Visto lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU); el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios; el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y su Inclusión Social; el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad; el Decreto 194/2025, de 12 de diciembre, del Consell, por el que se aprueban los Estatutos de la Universitat Jaume I de Castelló (EUJI), y el Reglamento de selección de personal docente e investigador de la Universitat Jaume I (RSPDIUJI).
De acuerdo con las competencias que le atribuye la LOSU, y las previstas en el artículo 71 de los Estatutos de la Universitat Jaume I, resuelvo:
Primero.
Convocar un concurso público por el turno de discapacidad para el acceso a la plaza de profesor o profesora titular de universidad que se relaciona en el anexo II de esta resolución, dotada en el estado de gastos del presupuesto de la Universitat Jaume I, destinadas a la incorporación de personal investigador doctor que haya superado la evaluación del Programa de incentivación de la incorporación e intensificación de la actividad investigadora (I3), o que haya obtenido el certificado como investigadora o investigador establecido (R3) ...».
Debe decir:
«Visto lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU); el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios; el Decreto 194/2025, de 12 de diciembre, del Consell, por el que se aprueban los Estatutos de la Universitat Jaume I de Castelló (EUJI), y el Reglamento de selección de personal docente e investigador de la Universitat Jaume I (RSPDIUJI).
De acuerdo con las competencias que le atribuye la LOSU, y las previstas en el artículo 71 de los Estatutos de la Universitat Jaume I, resuelvo:
Primero.
Convocar un concurso público para el acceso a las plazas de profesor o profesora titular de universidad que se relaciona en el anexo II de esta resolución, dotada en el estado de gastos del presupuesto de la Universitat Jaume I, destinadas a la incorporación de personal investigador doctor que haya superado la evaluación del Programa de incentivación de la incorporación e intensificación de la actividad investigadora (I3), o que haya obtenido el certificado como investigadora o investigador establecido (R3) ...».
Página 9322, donde dice:
«2.2 Requisitos específicos.
a) Pueden presentarse a los concursos de acceso las personas que han sido acreditadas para el cuerpo docente de profesorado titular de universidad, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 69 de la LOSU y en el Real decreto 678/2023 de 18 de julio.
b) Acreditar la obtención del certificado I3 dentro del Programa de incentivación de la incorporación e intensificación de la actividad investigadora (I3), o haber obtenido el certificado como investigadora o investigador establecido (R3).
c) Las personas que participen en la reserva de plazas para personas con discapacidad deben acreditar tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 % mediante un documento expedido por el órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente.
d) Además, deberán cumplir con los requisitos específicos de lengua que aparecen, en su caso, en el anexo II.
2.3 Los requisitos establecidos en esta base deberán cumplirse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario o funcionaria de carrera.
2.4 En ningún caso se admitirá la participación en el concurso de acceso cuando se ostente la titularidad de una plaza de igual categoría a la convocada.»
Debe decir:
«2.2 Requisitos específicos.
a) Pueden presentarse a los concursos de acceso las personas que han sido acreditadas para el cuerpo docente de profesorado titular de universidad, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 69 de la LOSU y en el Real decreto 678/2023 de 18 de julio.
b) Acreditar la obtención del certificado I3 dentro del Programa de incentivación de la incorporación e intensificación de la actividad investigadora (I3), o haber obtenido el certificado como investigadora o investigador establecido (R3).
c) Además, deberán cumplir con los requisitos específicos de lengua que aparecen, en su caso, en el anexo II.
2.3 Los requisitos establecidos en esta base deberán cumplirse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario o funcionaria de carrera.
2.4 En ningún caso se admitirá la participación en el concurso de acceso cuando se ostente la titularidad de una plaza de igual categoría a la convocada.»
Esta corrección no modifica el plazo de presentación de solicitudes que establece la resolución de la convocatoria.
Castelló de la Plana, 22 de enero de 2026.–La Rectora, P. D. (Resolución de 27 de mayo de 2022), el Vicerrector de Ordenación Académica y Profesorado, [nombre omitido].