Anuncio relativo a la convocatoria derivada de la Oferta de Empleo Público del año 2024 y a su ampliación derivada de la aprobación de la Oferta de Empleo Público del año 2026.
El Consejo de Administración de la Sociedad, en sesión celebrada el 26 de diciembre de 2024, aprobó la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2024, en virtud de la tasa específica del artículo 20 apartado Dos.4 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023 (actualmente prorrogada), para la contratación, en régimen laboral, por tiempo indefinido, de tres dotaciones del puesto de operario/a del cementerio y crematorio (grupo de clasificación 6).
Mediante resolución de fecha 6 de julio de 2026, el Director-Gerente de la Sociedad, en ejercicio de las facultades que se le otorgaron en dicho Consejo de Administración, ha aprobado la convocatoria del proceso de selección y las bases reguladoras por las que se regirá, con el objeto de ejecutar la referida Oferta de Empleo Público.
A su vez, el Director-Gerente de la Sociedad, mediante resolución de fecha 8 de julio de 2026 y en ejercicio de las facultades otorgadas por el Consejo de Administración en sesión celebrada el 18 de septiembre de 2025, ha aprobado la Oferta de Empleo Público correspondiente al ejercicio 2026, en virtud de la tasa de reposición ordinaria de la Disposición Adicional Vigésima Primera de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023 (actualmente prorrogada), para la contratación, en régimen laboral, por tiempo indefinido, de una dotación del puesto de Operario/a de Cementerio y Crematorio (grupo de clasificación 6).
Así mismo, en dicha resolución y en el ejercicio de las referidas facultades, y de conformidad con lo previsto en las bases reguladoras de la convocatoria derivada de la Oferta de Empleo Público del año 2024, ha acordado ampliar la convocatoria de tres (3) dotaciones del puesto de Operario/a del Cementerio y Crematorio derivada de la Oferta de Empleo Público del año 2024 con la dotación (1) adicional del mismo puesto derivada de la Oferta de Empleo Público del año 2026.
En consecuencia, el total de dotaciones objeto de la convocatoria pasa a ser el que se indica a continuación:
— Puesto: Operario/a de cementerio y crematorio.
Número de dotaciones: 4.
Grupo de clasificación: 6.
Se transcriben, a continuación, para su general conocimiento, las bases reguladoras del proceso de selección convocado, aprobadas en virtud de la Resolución de la Dirección-Gerencia de 6 de julio de 2026. Estarán, a su vez, a disposición de las personas interesadas en participar en el proceso de selección en la sede electrónica del Ayuntamiento (apartado Ofertas de Empleo Municipales - Polloe Servicios Funerarios).
Bases del proceso de selección para la contratación de tres dotaciones del puesto de operario/a de cementerios y crematorio en Servicios Funerarios de San Sebastián, S.A. y para la creación de una bolsa de trabajo para atender necesidades no permanentes de personal.
Primera. Objeto del proceso de selección.
El objeto del presente proceso de selección es la contratación de tres (3) operario/as de cementerios y crematorio para Servicios Funerarios de Donostia-San Sebastián, S.A. (en adelante, Polloe), sociedad municipal que gestiona los cementerios municipales de Polloe, Altza e Igeldo y el Crematorio de Polloe. Así mismo, las personas candidatas que habiendo superado el proceso de selección no resulten seleccionadas, pasarán a conformar una bolsa de trabajo para atender las necesidades no permanentes de personal del puesto de trabajo operario/a de cementerios y crematorio.
Las tres dotaciones del puesto de trabajo objeto de este proceso de selección se encuentran incluidas en la Oferta de Empleo Público de Polloe para el ejercicio 2024, aprobada por su Consejo de Administración con fecha de 26 de diciembre de 2024, en virtud de la tasa específica aprobada por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de San Sebastián con fecha de 24 de diciembre de 2024, conforme a lo dispuesto en el artículo 20 apartado Dos.4 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023.
En el caso de que como resultado de la planificación de la plantilla de Polloe durante el ejercicio 2025 y siguientes se contara con la existencia de nuevas vacantes de este mismo puesto, se procederá a su cobertura con las personas aspirantes que hayan superado el proceso de selección, por razones de economía, simplificación y agilidad procedimental. El número de puestos incluidos en la presente convocatoria podrá incrementarse con el de dichas vacantes siempre y cuando se produzcan con anterioridad a la publicación definitiva del resultado del proceso. En tal caso, no será preceptiva la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes. Dicho incremento de puestos queda condicionado, en todo caso, al cumplimiento de la legislación vigente sobre la limitación de incorporación de nuevo personal.
Las funciones principales asignadas al puesto son las siguientes:
—Enterramientos.
—Incineraciones.
—Exhumaciones.
—Reducciones.
—Vaciado de fosas.
—Limpieza de sepulturas.
—Mantenimiento de los jardines de los cementerios.
—Labores de albañilería relacionadas con obras en panteones, capillas o construcciones en los recintos de los cementerios.
—Labores puntuales de fontanería, pintura y otras disciplinas.
—Labores puntuales administrativas para atender las necesidades básicas de atención al público (enterramientos e incineraciones).
La jornada de trabajo es de lunes a viernes de 7:30 a 14:00 horas y sábados y algunos festivos en función del calendario anual de 7:30 a 13:00 horas.
La retribución asignada en 2026 para el puesto es de 36.706,04 euros brutos anuales.
La persona trabajadora tendrá un período de prueba de 2 meses. Durante el periodo de prueba, la persona trabajadora tendrá los derechos y obligaciones correspondientes al puesto de trabajo que desempeñe, excepto los derivados de la resolución de la relación laboral, que podrá producirse a instancia de cualquiera de las partes durante su transcurso.
La contratación se realizará mediante la formalización de contrato laboral a jornada completa de carácter indefinido.
Asimismo, se generará una bolsa de trabajo de operario/a de cementerios y crematorio con el objeto de atender las necesidades no permanentes de personal de Polloe con las personas candidatas que habiendo superado el proceso de selección no hayan resultado seleccionadas para cubrir los puestos ofertados.
La creación de la citada bolsa de trabajo supone que, a partir de la fecha de finalización del proceso selectivo, quedarán automáticamente sin efecto las anteriores bolsas de trabajo de sepulturero/a (denominación anterior del puesto) que existan.
La convocatoria es pública y abierta, y el proceso de selección se realizará con la colaboración de Grupo Oteic, empresa de selección de personal, ateniéndose a las condiciones recogidas en este documento y a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
Segunda. Requisitos y condiciones generales de participación.
Podrán tomar parte en el proceso de selección quienes acrediten los siguientes requisitos a la fecha de finalización del plazo establecido para la presentación de las solicitudes de participación:
A) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa, en la fecha en que finalice el plazo establecido para la presentación de las solicitudes de participación.
B) Nacionalidad: tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, o ser nacional de algún estado al que, en virtud de la aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
También podrá participar el/la cónyuge de los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no esté separado/a de derecho, así como sus descendientes y los/las de su cónyuge, siempre, asimismo, que ambos cónyuges no estén separados/as de derecho, sean estos/as descendientes menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
Asimismo, podrán tomar parte las personas extranjeras no incluidas en los párrafos anteriores que tengan residencia legal en el Estado español. Si resultaran seleccionadas, deberán poseer la autorización administrativa para realizar la actividad objeto del contrato con carácter previo a la formalización de éste.
C) Estar en posesión, o haber abonado los derechos para la obtención del título de Técnico (Ciclo Formativo de Grado Medio o Formación Profesional de Primer Grado (FPI)) en especialidades relacionadas con carpintería, albañilería, jardinería u otros oficios y familias profesionales vinculados al mantenimiento general, la maquinaria o servicios descritos en las funciones del puesto.
D) Experiencia profesional: Experiencia mínima de 1 año en tareas de mantenimiento general o de maquinaria y/u oficios (carpintería, albañilería, jardinería, pintura, fontanería, electromecánica o similares).
Su acreditación se realizará mediante declaración responsable a través del impreso de solicitud de participación junto con la presentación del Informe de Vida Laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social u otro documento acreditativo de la fecha de finalización y de la duración íntegra del/de los contrato/s, pudiendo acompañarse de copia del/de los contratos de trabajo, siempre que de su contenido pueda deducirse el trabajo desempeñado, u otras certificaciones de empresa que especifiquen la categoría profesional y funciones desempeñadas.
E) Estar en posesión del carnet de conducir B.
F) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas: no padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
G) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de personal funcionario, o, en el caso del personal laboral, para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el empleo o cargo público del que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sancionado disciplinariamente o equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
H) No haber sido inhabilitado para el ejercicio de funciones similares a las que se desempeñaban, derivada de una sanción de despido disciplinario de personal laboral por la comisión de una falta muy grave.
Las personas aspirantes deben reunir los requisitos a la fecha de finalización del plazo establecido para la presentación de las solicitudes de participación y deberán mantener su cumplimiento hasta suscribir el contrato laboral, excepto el señalado en el apartado F) que deberá ser certificado por el servicio médico inmediatamente antes de la contratación.
Si en cualquier momento del proceso llegara a conocimiento del Comité de Selección que alguna de las personas aspirantes carece de los requisitos exigidos en la convocatoria, se le excluirá de la misma, previa audiencia de la persona interesada.
Tercera. Presentación de solicitudes de participación.
El plazo para presentar las solicitudes de participación es de 20 días naturales contados desde el día de la publicación de esta convocatoria en la sede electrónica del Ayuntamiento (apartado Ofertas de Empleo Municipales - Polloe Servicios) en concreto, desde el día 23 de octubre de 2026 hasta el día 11 de noviembre de 2026, ambos inclusive.
Proceso de presentación de las solicitudes de participación:
a) Las personas que deseen tomar parte en el proceso de selección deberán cumplimentar el impreso de solicitud de participación habilitado al efecto, debiendo hacer constar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda, referidas siempre a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de participación.
b) Junto al mencionado impreso de solicitud de participación se adjuntará:
b.1) Currículum vitae actualizado.
b.2) Documentación acreditativa de la experiencia profesional requerida, de conformidad con la base segunda apartado D).
La presentación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la base segunda para tomar parte en el proceso de selección será requerida para su comprobación durante el proceso de selección, salvo la referida a la experiencia profesional, que deberá presentarse junto con la solicitud de participación.
Se deberán hacer constar en el impreso los datos relativos a los aspectos a valorar como méritos, si bien para su acreditación se abrirá un plazo durante el proceso de selección para que las personas candidatas que sigan en el mismo aporten la documentación acreditativa de los méritos alegados en el formulario. A efectos de la valoración del conocimiento de euskera como merito, éste podrá ser alegado con posterioridad, siempre que el título haya sido obtenido antes de la finalización del plazo de acreditación de méritos que se establecerá al efecto.
En el caso de que alguna persona aspirante posea alguna discapacidad que precise su toma en consideración durante el desarrollo del proceso selectivo, deberá solicitar en el formulario las adaptaciones de tiempo y/o medios necesite para realizar los ejercicios en igualdad de condiciones con el resto de participantes y siempre que con ello no se desvirtúe el contenido de la prueba, ni se reduzca o menoscabe el nivel de aptitud exigido. Corresponderá al Comité de Selección la valoración de la procedencia o no de la concesión de las adaptaciones solicitadas. Asimismo, se adjuntará al impreso el certificado de reconocimiento del grado de discapacidad alegado, en su caso.
Lugar o medios de presentación de solicitudes de participación:
—Mediante correo electrónico a la siguiente dirección: polloe@oteic.com.
—De forma presencial en la siguiente dirección: Grupo Oteic, Parque Empresarial Zuatzu, Edificio Igeldo, 1.ª planta - 20018 Donostia-San Sebastián. El horario para la presentación presencial es de 9:00 a 18:00 horas, de lunes a viernes.
—En las oficinas de Correos, mediante envío certificado dirigido a la siguiente dirección: Grupo Oteic, Parque Empresarial Zuatzu, Edificio Igeldo, 1.ª planta - 20018 Donostia-San Sebastián.
Cuarta. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, se revisarán para comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos en la condición segunda por parte de las personas que han presentado su candidatura.
Quinta. Proceso de selección.
5.1. Se conformará un Comité de Selección formado por el Director/Gerente y dos personas trabajadoras de la entidad, con el objeto de gestionar el proceso selectivo y en particular de valorar las solicitudes presentadas, así como de calificar las pruebas y méritos en las distintas fases del proceso selectivo.
El Comité de Selección velará por la objetividad del proceso de selección. Asimismo, queda facultado para resolver las dudas que se presenten en el desarrollo del proceso de selección y para tomar los acuerdos necesarios para su ordenado desarrollo de conformidad con lo dispuesto en las presentes condiciones, estableciendo los criterios que deban adoptarse en relación con los supuestos no previstos en ellas.
El Comité de Selección adoptará las oportunas medidas para garantizar la confidencialidad del contenido de los ejercicios escritos, así como para garantizar que sean corregidos sin que se conozca la identidad de las personas que toman parte en ellos. Asimismo, validará los resultados de cada una de las fases y resolverá cuantas incidencias se presenten.
El Comité de Selección podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores/as o empresas especializadas para realizar las gestiones y pruebas que estime pertinentes, como por ejemplo la recepción de candidaturas, el diseño de las pruebas, la ejecución y valoración de las mismas en algunos casos, etcétera.
5.2. El proceso de selección constará de las siguientes fases:
Fase 1: Preselección de candidaturas: En base a la descripción del puesto y los requisitos definidos, la empresa de selección de personal realizará la propuesta de preselección motivada de las candidaturas que objetivamente sean más adecuadas.
Fase 2: Análisis de candidaturas: Se procederá a realizar el análisis de las candidaturas preseleccionadas en la fase 1, convocando a las personas aspirantes a la realización de diferentes pruebas. Los ámbitos de análisis serán los siguientes:
—Análisis Profesional: mediante la realización de pruebas de carácter teórico y/o práctico sobre las siguientes materias:
—Normativa sanitaria relacionada con cementerios y crematorio y con la prestación del servicio en los cementerios y crematorio municipales (Decreto 202/2004, de 19 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de sanidad mortuoria de la Comunidad Autónoma del País Vasco). Disponible en: https://www.donostia.eus/documents/d/asset-library-250497/hileta-sanitate-araudia-reglamento-de-sanidad-mortuoria.
—Ordenanza general de prestación de servicios de los cementerios municipales. Disponible en: https://www.donostia.eus/documents/d/asset-library-250497/servicios_cementerios-ordenanza-general-donostia.
—Ofimática: Word y Excel.
—Página web: https://www.donostia.eus/es/padron-asuntos-personales/polloe-servicios-funerarios: guía de puntos de visita, trámites del área de descarga, mapas del cementerio.
—Trámites de Cementerios recogidos en la web municipal: https://www.donostia.eus/es/padron-asuntos-personales/polloe-servicios-funerarios/entierros-incineraciones-velatorios.
—Análisis Aptitudinal y Competencial: mediante la realización de pruebas psicotécnicas relacionadas con los requerimientos del puesto a cubrir.
—Análisis Personal: mediante la realización de entrevista/s de selección, pruebas psicotécnicas y/u otras pruebas personales y/o grupales orientadas a la valoración de la idoneidad personal y competencial de las personas aspirantes a las características del perfil del puesto.
—Valoración de Méritos, considerándose la formación y capacitación complementaria adicional a la titulación requerida para participar en el proceso selectivo, la experiencia profesional relacionada con el puesto adicional a la exigida como requisito de participación en el proceso de selección y el conocimiento de Euskera (siendo el nivel a considerar a estos efectos el B1).
Corresponderá al Comité de Selección la valoración de la cualidad de los contenidos formativos y de capacitación y la experiencia profesional en función del beneficio en el que puedan redundar para el citado puesto.
Las puntuaciones máximas y mínimas de cada fase son las siguientes:
Fasea / Fase
Gehienezko puntuazioa / Puntuación máxima
Gutxienezko puntuazioa / Puntuación mínima (*)
1. Analisi profesionala / Análisis profesional
20
1.1. Ezagutza / Conocimientos
18
1.2. Ofimatika / Ofimática
12
Azpitotala /Subtotal 1
30
2. Trebetasuna edo gaikuntzaren analisia / Análisis aptitudinal y competencial
Azpitotala / Subtotal 2
10
3. Analisi pertsonala / Análisis personal
Azpitotala / Subtotal 3
40
25
4. Merituen baliospena / Valoración de méritos
4.1. Hezkuntza / Formación
4
--
4.2. Esperientzia profesionala / Experiencia profesional
8
--
4.3. Euskara (B1 edo gehiago) / Euskera (B1 o superior)
8
---
Azpitotala / Subtotal 4
20
TOTALA / TOTAL
100
45
(*)Gutxieneko puntuazioa lortzen ez duten hautagaiak hautaketa prozesutik kanpo geratuko dira.
(*)Las personas candidatas que no alcancen la puntuación mínima establecida quedarán excluidas del proceso de selección.
El Comité de Selección determinará el orden de realización de las fases y pruebas, así como la posibilidad de realizar varias el mismo día, con el fin de conseguir el buen desarrollo del proceso selectivo.
Las personas aspirantes serán convocadas para cada prueba en llamamiento único y la no presentación de una persona a cualquiera de las pruebas en el momento de ser llamada determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en la misma y en las sucesivas, quedando excluidas en consecuencia del proceso selectivo, salvo en los casos debidamente justificados y apreciados libremente por el Comité de Selección.
Se realizarán las adaptaciones necesarias para la realización de las pruebas a aquellas personas con diversidad funcional que precisen de adaptación especial, de forma que gocen de igualdad de oportunidades que el resto de participantes, siempre que con ello no se desvirtúe el contenido de la prueba, ni se reduzca o menoscabe el nivel de aptitud exigido.
Sexta. Incorporación y bolsa de trabajo.
El orden de clasificación definitivo estará determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en el análisis de los diferentes factores del proceso de selección, lo que determinará el orden de prelación.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1. A favor del género menos representado en la empresa.
2. A favor de quien haya obtenido mayor puntuación en la fase 3.
3. A favor de quien haya obtenido mayor puntuación en la fase 1.
4. Por sorteo.
La persona candidata que resulte seleccionada se incorporará coincidiendo con las necesidades organizativas efectivas de la Sociedad y se regirá por la normativa de la misma, debiendo acreditar previamente los requisitos exigidos para tomar parte en el proceso de selección que no hayan sido acreditados con anterioridad en alguna fase anterior del mismo. A tal efecto, los aspirantes serán sometidos a reconocimiento médico, en orden a determinar su aptitud médica para el normal desempeño de la función.
Las personas candidatas que habiendo superado el proceso de selección no resulten seleccionadas para cubrir el puesto ofertado, formarán parte de una Bolsa de Trabajo de operario/a de cementerios y crematorio para cubrir necesidades no permanentes de personal de la Sociedad, quedando automáticamente sin efecto, a partir de la fecha de finalización del proceso selectivo, las anteriores Bolsas de Trabajo que existan para este tipo de puesto, en su caso.
La Bolsa de Trabajo que se cree como consecuencia de esta convocatoria continuará vigente mientras no se realice una nueva convocatoria a estos efectos.
Séptima. Comunicación con aspirantes.
La comunicación con las personas aspirantes que corresponda realizar durante el desarrollo del proceso selectivo se llevará a cabo a través de Grupo Oteic.
A los efectos de comunicaciones y notificaciones se entenderá como medio preferente la dirección de correo electrónico señalada en la solicitud de participación, salvo que con posterioridad el candidato o la candidata comunique otro distinto de forma expresa y fehaciente al órgano convocante o, el órgano convocante determine otro medio preferente.
Octava. Tratamiento de datos.
Los datos personales facilitados por las personas aspirantes en sus respectivas solicitudes y aquellos otros que, durante el proceso regulado en las presentes condiciones, faciliten a Servicios Funerarios de Donostia-San Sebastián, S.A. serán tratados por dicha entidad como Responsable del Tratamiento, con la finalidad de gestionar su participación en el proceso de selección y sobre la base de la solicitud de adopción de medidas precontractuales por parte de la persona aspirante (solicitud de empleo).
En la medida en que el proceso selectivo objeto de la presente convocatoria esté afectado por el principio de publicidad, en cumplimiento de sus obligaciones legales, Servicios Funerarios de Donostia-San Sebastián, S.A. publicará/comunicará los resultados del proceso de selección y aquéllos otros aspectos referentes al mismo que sea necesario publicar/comunicar, consignándose la identidad de las personas interesadas mediante el código de identificación personal que se asignará a cada solicitud.
En cumplimiento de lo establecido en la normativa aplicable en materia de protección de datos, Servicios Funerarios de Donostia-San Sebastián, S.A. tiene designado un Delegado de Protección de Datos (DPO), encargado de la gestión y control de la privacidad en la entidad y con el cual las personas aspirantes pueden contactar a través de la dirección de correo electrónico dbo@donostia.eus .
Los datos personales facilitados serán tratados por Grupo Oteic (Oteic Consulting Group, S.A.), como entidad colaboradora en la gestión del proceso de selección, en calidad de organización encargada de tratamiento.
Servicios Funerarios de Donostia-San Sebastián, S.A. conservará los datos personales de las personas aspirantes durante el tiempo estrictamente necesario para la adecuada ejecución del proceso de selección y gestión de la bolsa de trabajo, así como, cuando fuese necesario, por los plazos adicionales de conservación que la entidad deba observar para el cumplimiento de sus obligaciones legales.
Al margen de las publicaciones que, de conformidad con lo antedicho, resulten necesarias y salvo en aquéllos supuestos en los que resulte legalmente exigible, los datos personales de las personas candidatas no serán comunicados a ningún tercero. Tampoco está prevista la realización de transferencias internacionales de datos personales.
Las personas aspirantes tendrán derecho a (i) solicitar el acceso a sus datos personales, así como a su rectificación, supresión, limitación de su tratamiento, a la portabilidad de los mismos o a oponerse a su tratamiento, cuando proceda, mediante solicitud escrita dirigida a la dirección polloe@donostia.eus; y (ii) presentar una reclamación ante la Autoridad Vasca de Protección de Datos o ante cualquier otra Autoridad de Control competente, especialmente cuando no hubieran obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos.
San Sebastián, a 2 de octubre de 2026.—El director-gerente, [nombre omitido].