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Comunitat autònoma
Lliure designació
Illes Balears
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la cual se corrigen los errores detectados en la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que se convoca la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo de jefe/a de Servicio de Gestión de la Subdirección de Transformación, Innovación y Salud Digital de la plantilla orgánica autorizada de los Servicios Corporativos del Servicio de Salud de las Islas Baleares
Servicio de Salud de las Illes Balears
- Tipus
- Lliure designació
- Títol oficial
- Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la cual se corrigen los errores detectados en la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que se convoca la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo de jefe/a de Servicio de Gestión de la Subdirección de Transformación, Innovación y Salud Digital de la plantilla orgánica autorizada de los Servicios Corporativos del Servicio de Salud de las Islas Baleares
- Convoca
- Servicio de Salud de las Illes Balears
- Àmbit
- Comunitat autònoma
- Publicada
- 08/10/2026 a Butlletí Oficial de les Illes Balears
- Font
- Basat en dades de Butlletí Oficial de les Illes Balears ↗. Última comprovació: 11/10/2026.
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Antecedentes
1. El 22 de septiembre de 2026 se publicó en el BOIB núm. 118 la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 18 de septiembre de 2026 por la que se aprueba la convocatoria de provisión para cubrir, por el sistema de libre designación, el puesto de trabajo de jefe/a de Servicio de Gestión de la Subdirección de Transformación, Innovación y Salud Digital de la plantilla orgánica autorizada de los Servicios Corporativos del Servicio de Salud de las Islas Baleares.
2. En la resolución mencionada en el párrafo anterior, se han observado errores, concretamente en el punto 4.1 y en el punto 4.2. d) del anexo 1, que requieren ser corregidos.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, establece que «las administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos».
2. El artículo 56.1 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dispone que la revocación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actas y disposiciones administrativas corresponden al órgano que ha dictado el acto o la disposición.
Por eso dicto la siguiente
Resolución
1. Modificar la Resolución de 18 de septiembre de 2025 del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que se convoca la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo de jefe/a de Servicio de Gestión de la Subdirección de Transformación, Innovación y Salud Digital de la plantilla orgánica autorizada de los Servicios Corporativos del Servicio de Salud de las Islas Baleares, a fin de corregir los errores observados, en el sentido indicado en los puntos siguientes.
- Modificar el punto 4.1. «Funciones» del anexo 1.
Donde dice:
a) Planificar, organizar y controlar los recursos tecnológicos asignados al Servicio de Salud.
b) Diseñar e impulsar los sistemas de información y comunicación, así como fomentar la tramitación electrónica.
c) Coordinar áreas clave como operaciones y sistemas, comunicaciones, microinformática, apoyo a usuarios y explotación de aplicaciones clínicas.
d) Participar en la definición e implantación de políticas tecnológicas del Servicio de Salud.
e) Supervisar la disponibilidad y operatividad de infraestructuras como servidores, redes, equipos informáticos y aplicaciones clínicas.
Debe decir:
a) Planificar, organizar, coordinar y supervisar la actividad del Servicio de Gestión de la Subdirección de Transformación, Innovación y Salud Digital, conforme a las directrices de su titular.
b) Coordinar, bajo las directrices de la persona titular de la Subdirección, la participación de sus distintos servicios, unidades y responsables de proyectos en las actuaciones transversales, facilitando su alineación con los planes estratégicos vigentes, el seguimiento de los compromisos y la consecución de los objetivos comunes.
c) Coordinar la elaboración de las propuestas presupuestarias de la Subdirección y realizar el seguimiento de su ejecución, incluyendo la planificación de necesidades económicas, las previsiones de gasto y las propuestas de modificación presupuestaria.
d) Coordinar la planificación de las necesidades de contratación de la Subdirección y la preparación y tramitación de la documentación administrativa y económica necesaria para impulsar los expedientes, en colaboración con los responsables técnicos y los órganos competentes en materia de contratación.
e) Realizar el seguimiento económico y administrativo de los contratos vinculados a la Subdirección, incluyendo sus plazos, hitos, facturación, prórrogas y modificaciones, en coordinación con los responsables de los contratos y las unidades competentes.
f) Coordinar la gestión administrativa y el seguimiento económico de los convenios, subvenciones y proyectos financiados con fondos finalistas, estatales o europeos, así como la preparación de la documentación necesaria para su justificación y control.
g) Coordinar, bajo las directrices de la persona titular de la Subdirección, el seguimiento y la actualización de los planes estratégicos vigentes en su ámbito de actuación, manteniendo actualizados sus programas, proyectos, hitos, plazos y necesidades de recursos, y proponiendo los ajustes necesarios en función de su evolución y de las prioridades de la organización.
h) Elaborar informes, memorias y propuestas, así como definir y mantener, en coordinación con los responsables de los servicios y proyectos, un sistema de indicadores y cuadros de mando que permita evaluar la actividad, la ejecución presupuestaria, el avance de los proyectos y el cumplimiento de los planes estratégicos y objetivos asignados, facilitando la toma de decisiones y la adopción de medidas de mejora.
i) Coordinar la identificación y tramitación de las necesidades de personal, formación y medios materiales de la Subdirección, en colaboración con sus responsables y con las unidades competentes.
j) Organizar y supervisar los procedimientos administrativos, la gestión documental y la atención de los requerimientos de información correspondientes al ámbito del Servicio de Gestión, asegurando la trazabilidad de las actuaciones.
k) Impulsar la simplificación, digitalización y mejora continua de los procesos de gestión de la Subdirección, favoreciendo la coordinación transversal con los servicios corporativos y las gerencias territoriales.
l) Coordinar las relaciones administrativas con los proveedores y con las unidades corporativas competentes en materia de contratación, compras, contabilidad, presupuestos e intervención, para la gestión de las actuaciones de la Subdirección.
m) Organizar, coordinar y supervisar al personal adscrito al Servicio de Gestión, velando por la adecuada distribución de las cargas de trabajo y el cumplimiento de los objetivos asignados.
- Modificar el punto 4.2 d), «Objetivos» del anexo 1.
Donde dice:
Garantizar la orientación a resultados y la mejora continua de los procesos y servicios digitales.
Debe decir:
Garantizar la orientación a resultados y la mejora continua de los procesos de gestión, mediante el seguimiento de los planes estratégicos vigentes y de los indicadores de actividad, ejecución y resultados.
2. Ampliar el plazo para presentar solicitudes a 20 días hábiles a contar desde el día siguiente de la fecha de publicación de esta resolución. Las solicitudes ya presentades continuaran siendo válidas, salvo que los candidatos decidan retirarlas de la convocatoria.
3. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el portal web del Servicio de Salud de las Islas Baleares (www.ibsalut.es).
Interposición de recursos
Contra esta resolución —que agota la vía administrativa— puede interponerse un recurso de reposición ante el órgano que la dicta en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su fecha de publicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución, de conformidad con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente interponer.
Palma, firmado electrónicamente (6 de octubre de 2026)
El director general Per delegació de la consellera de Salut (BOIB núm. 94, de 17/07/2025) ([nombre omitido])