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Cuenca
Convocatoria y bases para bolsa de trabajo de profesor/a de música por oposición
Ayuntamiento de Mota del Cuervo · Castilla-La Mancha
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A2
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Sistema
Oposició
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- Tipus
- Borsa de treball
- Títol oficial
- Convocatoria y bases para bolsa de trabajo de profesor/a de música por oposición
- Convoca
- Ayuntamiento de Mota del Cuervo
- Àmbit
- Ajuntaments i diputacions
- Municipi
- Mota del Cuervo
- Publicada
- 18/09/2026 a Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca
- Font
- Basat en dades de Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca ↗. Última comprovació: 14/10/2026.
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NÚM. 2201 AYUNTAMIENTO DE MOTA DEL CUERVO ANUNCIO BASES Y CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN POR EL PROCEDIMIENTO DE OPOSICIÓN, DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE PROFESOR/A DE MÚSICA PARA EL AYUNTAMIENTO DE MOTA DEL CUERVO (CUENCA).
PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
Es objeto de la presente convocatoria la formación para cubrir, mediante contratación laboral temporal, las eventualidades que surjan en el Ayuntamiento de Mota del cuervo conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 2720/1998 de 18 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos de duración determinada, por el procedimiento de oposición, de una Bolsa de trabajo de la ESPECIALIDAD DE ARPA para el Conservatorio Profesional Municipal y la Escuela Municipal de Música de Mota del Cuervo. El/la Profesor/a seleccionado/a se contratará a tiempo parcial para cubrir las necesidades del servicio. Así mismo, la distribución de la jornada, turnos u horarios se realizará en atención a la programación del Conservatorio Profesional Municipal y la Escuela Municipal de Música de Mota del Cuervo.
Tanto el número de horas como su distribución podrán ser modificadas en función del número de alumnos/as existentes en cada momento de vigencia del respectivo contrato, así como por la necesidad de adecuar las diferentes clases o actividades, según los niveles o grupos de alumnos/as para la obtención de un mejor rendimiento académico.
La contratación será de carácter laboral temporal, en función de la demanda del servicio, según la normativa en vigor re - guladora de los contratos de trabajo, con la finalidad de atender la realización de aquellos servicios y, en su caso, tareas, que puntualmente determinase este Ayuntamiento, así como cubrir las bajas temporales que se produzcan en la plantilla del personal de esta Corporación. La aceptación del puesto de trabajo llevará aparejada la flexibilidad horaria en función de las necesidades del servicio.
El puesto estará dotado con las retribuciones básicas de Profesor/a de Música, incluidas en la RPT del Excmo. Ayunta - miento de Mota del Cuervo, correspondientes al grupo A2 , y nivel de complemento de destino 18, pagas extraordinarias, trienios y demás emolumentos que correspondan a dicho puesto, con arreglo a la legislación vigente, proporcionales a la jornada efectivamente realizada en función de las necesidades del servicio.
Los/as Profesores/as que resulten contratados/as asumirán las funciones de impartir las clases en el horario establecido por el centro de acuerdo con el programa que se oferta en el Conservatorio Profesional Municipal, y serán responsables del diseño, ejecución y evaluación de la formación en la especialidad para la que sea contratado, y desarrollaran entre otras las siguientes funciones:
1.-Impartir clases de las asignaturas que le corresponden al alumnado del Conservatorio Profesional de Música y de la Escuela Municipal de Música de Mota del Cuervo.
2. Preparar y programar las clases.
3. Realizar tareas de estudio y perfeccionamiento del instrumento musical.
4. Participar en los ensayos y organizar y asistir a las audiciones trimestrales del centro.
5. Atender los requerimientos del alumnado y sus progenitores.
6. Asistir a los claustros.
7. Preparar y dirigir las reuniones de departamento.
8. Asistir a las reuniones del Consejo Escolar
9. Realizar tutorías con los padres del alumnado
10. Efectuar cualquier otra tarea propia de su categoría que le sea encomendada y para la cual haya sido previamente instruido
SEGUNDA. PUBLICIDAD DE ESTA CONVOCATORIA Y SUS BASES.
La presente convocatoria y sus Bases se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca, en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Mota del Cuervo: https://motadelcuervo.sedelectronica.es/info.0 , y los sucesivos anuncios relativos a la convocatoria se publicarán, así mismo, en la Sede Electrónica No será necesario efectuar notificaciones o avisos individuales a los/las concursantes sobre el desarrollo de las pruebas.
TERCERA. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.
Para ser admitidos/as, los/as aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos referidos al día en que finalice el plazo de admisión de solicitudes y mantenerlos hasta la finalización del proceso selectivo:
a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea. También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores. Así mismo podrán participar los ciudadanos extranjeros de cualquier otro Estado, siempre que cumplan los requisitos establecidos para ello en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, reguladora de los derechos y libertades de los extranjeros en España y de su integración social.
b) Encontrarse en posesión del título Superior de Música de la Especialidad a la que se presenta regulado por el Real Decreto 21/2015, de 23 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación o titulación equivalente. Son titulaciones equivalentes de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1542/1994 de 8 de julio:
1. El título de profesor superior expedido al amparo del decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, y el Título de profesional o de profesor al amparo del Decreto de 15 de junio de 1942 y diplomas de capacidad de planes anteriores a todos los efectos.
2.
El título de profesor expedido al amparo del decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, únicamente a efectos de docencia en las enseñanzas de música.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
e) Carecer de antecedentes penales por delitos de naturaleza sexual.
f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el ac - ceso al empleo público. No estar en causa de incompatibilidad en el marco de lo establecido en la Ley 53/84 de 26 de diciembre y demás disposiciones concordantes.
g) Las personas con minusvalía serán admitidas en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, sin que se establezcan exclusiones por limitaciones psíquicas o físicas sino en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes. Los aspirantes con minusvalía deberán aportar certificación de discapacidad expedida por la Administración competente, con indicación de que la misma no incapacita para el desempeño del puesto de trabajo objeto de la convocatoria.
Todos los requisitos exigidos deberán reunirse el día en que finalice la presentación de instancias y gozar de los mismos durante el procedimiento de selección y mientras se permanezca en la lista de espera.
CUARTA. PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS Y ADMISIÓN.
Quienes deseen tomar parte en el procedimiento de selección deberán solicitarlo mediante instancia dirigida al Sra. Al - caldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Mota del Cuervo. En ella manifestarán que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la Base 3ª, con referencia a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes.
Las solicitudes para tomar parte en esta selección se ajustarán al modelo que figura en el Anexo I de la presente convo - catoria.
la solicitud se acompañará el Documento Nacional de Identidad y todos los documentos que demuestren el cumpli - miento de requisitos exigidos en la base TERCERA.
El plazo de presentación será de 5 días hábiles a partir de la publicidad de la presente resolución en la sede electrónica del Ayuntamiento de Mota del Cuervo. En el caso de que el último día del plazo fuera inhábil el plazo finalizará el siguiente día hábil, debiendo efectuarse esta presentación en el Registro General del Ayuntamiento, o en la forma prevista en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas Las solicitudes se presentarán preferentemente a través de la sede electrónica municipal, a la cual se adjuntará el resto de documentación original escaneada. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos, deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de correos antes de ser certificadas.
QUINTA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
Finalizado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la Corporación aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con expresa indicación de las causas de exclusión, que se hará pública en la Sede Electrónica, concediéndose un plazo de 2 días hábiles para reclamaciones y subsanación de defectos, para el caso de que exista algún excluido. Dichas reclamaciones, si las hubiese, serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva, que será hecha pública con la relación definitiva de admitidos y excluidos, asimismo, en la forma indicada. Si no hubiera reclamaciones, la resolución provisional se elevará automáticamente a definitiva.
SEXTA. COMIENZO Y DESARROLLO
El comienzo de la valoración se anunciará en la sede electrónica del Ayuntamiento de Mota del Cuervo: https://motadelcuervo.sedelectronica.es/info.0 , al menos, con 48 horas de antelación.
SÉPTIMA. TRIBUNAL
CALIFICADOR.
De conformidad con el artículo 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.
El Tribunal será designado por Resolución de la Alcaldía, que será publicada en la Sede Electrónica del Ayuntamiento, y estará compuesto por cinco personas:
- Un/a Presidente/a.
- Un/a Secretario/a.
- Tres Vocales que determine la convocatoria.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimento de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por el Tribunal, por mayoría. OCT AVA. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y CALIFICACIÓN.
El sistema de selección será el de Oposición.
Los aspirantes de especialidad instrumental deberán realizar la siguiente prueba:
El/la aspirante deberá interpretar una obra libre compuesta para instrumento solo, cuya duración no superará los 15 minutos. En el caso de interpretar una obra compuesta para instrumento acompañado no se valorará la prueba. Se establece este criterio para evitar el coste de pianista acompañante.
En el caso de que el/la aspirante no pueda aportar instrumento propio, el centro dispone de arpa celta que estará a disposición del/de la aspirante para la realización de la prueba.
Al finalizar la interpretación, el tribunal realizará una entrevista a los candidatos/as sobre aspectos pedagógicos y didácti - cos correspondientes a las enseñanzas de su especialidad. Se permite el uso de material propio.
Esta prueba se puntuará de cero a diez puntos. El resultado será la suma de las puntuaciones efectuadas por todos los miembros del tribunal, dividida por el número de miembros (media aritmética), y será de 10 puntos como máximo.
NOVENA. RELACIÓN DE APROBADOS Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS
Terminada la calificación de los aspirantes, se publicará en la sede electrónica la lista definitiva de puntuaciones por orden de puntuación, que determinará el llamamiento de los/as aspirantes para su contratación, en función de las necesidades del servicio, dándose un plazo de 2 días hábiles para presentar reclamaciones a la misma. Dichas reclamaciones serán resueltas por el tribunal, si las hubiese, serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se apruebe la valoración definitiva que será hecha pública en la Sede Electrónica.
A los efectos de contrataciones interinas o eventuales por necesidades del servicio, los/as candidatos/as que no fuesen contratados constituirán la lista de reserva. Dicha lista tendrá vigencia hasta el 30/06/2028, prorrogable al 30/06/2029 como máximo.
Los/as aspirantes propuestos/as podrán ser requeridos en el momento de su contratación para presentar los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos de los aspirantes y la titulación original exigida, que habrán de mantener hasta el momento de ser llamados para su incorporación al servicio. Si los/as aspirantes propuestos/as no presentaran su documentación o no reunieran los requisitos, no podrán ser contratados, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubie - sen podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria.
DÉCIMA. CONTRA TACIÓN.
Los contratos se producirán por riguroso orden establecido en lista definitiva de puntuaciones, en función de las necesidades del servicio, y atendiendo a las necesidades de contratación para el correspondiente curso escolar, según la demanda de usuarios en cada una de las especialidades ofertadas. Se podrá establecer en ellos un periodo de prueba de DOS ME- SES, y con las consecuencias que establece la normativa laboral sobre la no superación del mismo.
El tiempo, la jornada, y el horario de los contratos, estarán vinculados a las necesidades de personal del servicio del Conservatorio Profesional Municipal y la Escuela Municipal de Música de Mota del Cuervo.
T anto el número de horas como su distribución podrán ser modificadas en función del número de alumnos existentes en cada momento de vigencia del respectivo contrato, así como por la necesidad de adecuar las diferentes clases o actividades, según los niveles o grupos de alumnos/as para la obtención de un mejor rendimiento académico.
Los/as integrantes de la lista de reserva podrán ser llamados para posibles sustituciones o bajas en régimen de interinidad. Las bajas temporales serán cubiertas por el tiempo necesario, que como máximo será la duración del contrato al que se sustituye. Las bajas definitivas, por renuncia, serán cubiertas como máximo hasta la finalización del contrato al que se sustituye.
El llamamiento se realizará mediante comunicación remitida al correo electrónico indicado en la solicitud, especificándose la modalidad de contrato a formalizar, plazo y jornada, siendo el correo electrónico un dato obligatorio de la solicitud. El/la integrante de la Bolsa que sea llamado/a, al objeto de formalizar contrato, deberá responder en el plazo improrroga - ble de 24 horas si acepta o no la propuesta de trabajo. La falta de contestación o la renuncia al primer puesto propuesto ofertado, conllevará su pase al último lugar de la bolsa de trabajo, en el caso del segundo puesto ofertado producirá su exclusión de la bolsa. Únicamente se respetará el lugar en la bolsa si el aspirante justifica documentalmente su renuncia, por encontrarse trabajando para otra administración pública o entidad privada.
Se podrá establecer un período de prueba de DOS MESES, con las consecuencias que establece la normativa laboral sobre la no superación del mismo.
UNDÉCIMA. CARACTERÍSTICAS DE LA BOLSA.
La Bolsa tendrá vigencia hasta el 30/06/2028, prorrogable al 30/06/2029 como máximo.
La participación en el presente proceso selectivo supone la Autorización al Ayuntamiento de Mota del Cuervo para proceder al tratamiento de sus datos de carácter personal de acuerdo con lo dispuesto en la LOPD, así como a la publicación de los datos meramente identificativos y los resultados de la convocatoria en la sede electrónica y página web municipal. DÉCIMOSEGUNDA. INCIDENCIAS.
El tribunal calificador quedará facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar cuantos acuerdos sean necesarios para el buen orden del desarrollo de la selección en todo lo no previsto en estas bases.
DÉCIMOTERCERA. IMPUGNACIONES.
En lo no previsto en las bases, se regirá por la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha, el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
Las presentes bases y convocatoria, y cuantos actos administrativos se deriven de las mismas y de la actuación del tribunal calificador, podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En Mota del Cuervo, a fecha al margen Fdo. La Alcaldesa Presidenta D. [nombre omitido] FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
ANEXO I SOLICITUD DE ADMISIÓN A LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA FORMACIÓN, POR EL PROCEDIMIENTO DE OPOSICIÓN, DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE PROFESORES/AS DE MÚSICA PARA EL CONSERVATORIO PROFE- SIONAL MUNICIPAL DE MÚSICA Y LA ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA DE MOTA DEL CUERVO APELLIDOS: ...................................................
......................................................
NOMBRE……………………………………………………………………………………..
ESPECIALIDAD A LA QUE SE PRESENTA……………………………………………..
DOMICILIO: .............................................................................................................. DNI: ………………………………TELÉFONO: ……………………………………….
Correo electrónico, a efecto de notificaciones(*):……………………………………….
(*) Dato obligatorio
-Títulos académicos (exigidos en la convocatoria).
El/la abajo firmante SOLICITA ser admitido a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia y DECLARA que son ciertos todos los datos consignados en ella, y que reúne las condiciones exigidas para el ingreso y las especialmente señaladas en la convocatoria citada comprometiéndose a probar todos los datos que figuran en la solicitud. Asimismo, autorizo al Ayuntamiento de Mota del Cuervo:
1.-Para proceder al tratamiento de mis datos personales, de acuerdo a la LOPD.
2.-A la publicación de los datos meramente identificativos y de los resultados de la convocatoria en la sede electrónica y página web municipal.
En Mota del Cuervo a ……………... de …………………………..…………..…. de 2026 Firmado. D/Dª ILMO. SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA DEL EXCMO. AYTO. DE MOTA DEL CUERVO