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Ajuntaments i diputacions
Convocatòria
Albacete
Programador/a Cultural incluida en la Oferta de Empleo Público de 2024
Ayuntamiento de Albacete · Castilla-La Mancha
Places
1
segons la publicació
Grup
A2
segons la publicació
Sistema
Concurs oposició
Laboral
M'hi puc presentar?
- Titulació Grau universitariDeduït del grup A2: confirma-ho a les bases.
- Qui s'hi pot presentar No s'indica el tipus d'accés: revisa les bases.
- Termini de sol·licituds Encara no ha començat. Plazo aún no abierto: empieza al publicarse en el BOE (20 naturales)
- Com presentar-s'hi La sol·licitud es presenta a la seu electrònica o al registre de l'organisme convocant; els passos exactes són a la publicació oficial ↗.
- Tipus
- Convocatòria
- Títol oficial
- Patronato de la Universidad Popular Municipal. Bases específicas para la provisión de una plaza de Programador/a Cultural incluida en la Oferta de Empleo Público de 2024
- Convoca
- Ayuntamiento de Albacete
- Àmbit
- Ajuntaments i diputacions
- Municipi
- Albacete
- Publicada
- 18/09/2026 a Boletín Oficial de la Provincia de Albacete
- Font
- Basat en dades de Boletín Oficial de la Provincia de Albacete ↗. Última comprovació: 14/10/2026.
3 temes segons la publicació.
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Tema 1.– La Constitución Española de 1978: Características y principios generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. El Poder Legislativo: Concepto. El Poder Judicial: Concepto.
Tema 2.– El Gobierno y la Administración del Estado. Las Comunidades Autónomas: Su significado jurídico-político.
Tema 3.– El Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha. Competencias autonómicas en materia educativa. Tema 4.– La Administración Local: Concepto y entidades que la integran. El municipio: Concepto y elementos. Órganos de Gobierno y administración del municipio: Su composición, competencias y funcionamiento. Responsabilidad de la Administración Pública.
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Sección tercera. adminiStración LocaL AYUNTAMIENTO DE ALBACETE Patronato de la Universidad Popular Municipal ANUNCIO Bases específicas para la provisión de una plaza de programador/a cultural incluida en la oferta de empleo púBlico de 2024 del patronato de la universidad popular de alBacete, aproBada por la Junta de goBierno local de 12/12/2024 (Bop 146, de 18/12/2024).
Base primera: Plaza convocada y sistema de selección.
A) Se convoca a las personas interesadas en cubrir como personal laboral fijo una plaza de Programador/a CulturaL, encuadrada el Grupo A, Subgrupo A2, incluida en la Oferta de Empleo Público de 2024. B) El sistema de selección de aspirantes será el de concurso-oposición, al amparo de lo establecido en el artículo 61.7 del RDL 5/2015, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, y en el artículo 47 de la Ley 4/2011, de Empleo Público de Castilla-La Mancha, en la DA 2.ª del RD 896/1991, así como en el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión de 14 de diciembre de 2023, sobre aprobación de la Oferta de Empleo Público 2023 (BOP 146, de 22/12/2023).
C) La presente convocatoria se regirá por las presentes bases específicas y, en lo no previsto en ellas, por lo dispuesto en las “Bases generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Albacete para la selección del personal laboral fijo” (BOP 122, de 18 de octubre de 2024). Base segunda: Requisitos de participación.
Para ser admitidas al proceso selectivo las personas participantes deberán reunir los siguientes requisitos, además de los que se indican en las bases generales antes mencionadas (BOP 122, de 18 de octubre de 2024):
– No estar inscritas en el Registro Central de Delincuentes Sexuales, de acuerdo con la resolución de 13/09/2016 de la Dirección General de la Función Pública, para la aplicación del artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero de Protección Jurídica del Menor. Esta circunstancia será acreditada por la persona aprobada en el proceso y por cada integrante de la bolsa de trabajo que sea llamado para cubrir las necesidades temporales de personal que se produzcan y acepte el ofrecimiento.
– Poseer o estar en condición de obtener antes de que termine el plazo de presentación de instancias, el título de Diplomatura Universitaria o equivalente o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
En todo caso, la equivalencia deberá ser aportada por la persona aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente.
En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá acreditar estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o de la correspondiente convalidación. Este requisito no se aplicará a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
Todos estos requisitos deberán ser reunidos por la persona aspirante el día que finalice el plazo para la presentación de solicitudes de participación, y deberán mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta el momento de la firma del contrato, y acreditarse, en caso de resultar seleccionado/a, según indique la Administración y según lo dispuesto en las bases generales.
Base tercera: Solicitudes y derechos de examen.
Las solicitudes para tomar parte en las pruebas selectivas se regirán por lo establecido en las referidas bases generales y se presentarán dentro del plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín oficial del estado, debiendo adjuntar a la misma copia de la documentación acreditativa de los méritos alegados y cumplimentado y firmado el autobaremo que figura en el Anexo IV, siguiendo alguno de los procedimientos siguientes:
– Cumplimentando la instancia electrónica que aparece en la sede electrónica del Patronato de la Universidad Popular de Albacete.
– Cumplimentando la solicitud de participación (anexo II) y que estará disponible en la web del Patronato de la Universidad Popular de Albacete (www.upalbacete.es), para presentación presencial en soporte papel una vez cumplimentada, en el Registro General de la Universidad Popular de Albacete.
– Por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La presentación de la solicitud de participación implica la manifestación de que se reúnen todas y cada una de las condiciones de la convocatoria a fecha de fin del plazo de presentación de las solicitudes. Estarán exentos del pago de los derechos de examen, quienes acrediten la concurrencia de alguna de las siguientes condiciones, debiendo marcar la correspondiente opción en el modelo de instancia:
– Quienes figuren como demandantes de empleo no remunerado.
– Quienes tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.
– Quienes sean miembros de las familias numerosas que tengan reconocida tal condición.
En caso de solicitar exención de los derechos de examen, la persona solicitante deberá adjuntar a la instancia justificación fehaciente de la causa de exención alegada.
En caso de no estar exento, a la solicitud se acompañará justificación de haber abonado los derechos de examen señalados en la instancia conforme al procedimiento indicado en la misma.
No procederá la devolución del importe satisfecho en concepto de derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causas imputables a las personas interesadas.
Serán causas de exclusión, asimismo, la no presentación de la solicitud en tiempo y forma, así como la falta de firma.
A efectos del cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y demás normativa de desarrollo, los datos de la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por el órgano competente para el desarrollo del proceso selectivo.
Asimismo, la presentación de la solicitud implicará el consentimiento expreso de la cesión de sus datos de carácter personal a cualquier entidad o Administración Pública que, en su caso, pueda resultar cesionaria de la bolsa de trabajo correspondiente, salvo que se haga constar expresamente su oposición en la instancia. Base cuarta: Proceso de selección.
La selección se efectuará mediante el sistema de concurso-oposición libre que constará de dos fases: Oposición y concurso, en este orden.
La valoración del proceso selectivo se efectuará sobre la puntuación máxima de 40 puntos, distribuidos de la siguiente forma: La fase de oposición supondrá un máximo de 30 puntos (15 por cada ejercicio) y la fase de concurso un máximo de 10 puntos. La calificación definitiva del proceso de selección estará determinada por la suma de la calificación final de la fase de oposición y la puntuación obtenida en la fase de concurso. La propuesta del Tribunal calificador será vinculante para el Patronato, sin perjuicio de que este pueda proceder a su revisión en los supuestos y en la forma previstos en la normativa vigente.
A) Fase de oposición (máx. 30 puntos).
Constará de dos ejercicios: Uno teórico tipo test y otro de carácter práctico.
Primer ejercicio: Teórico.
Consistirá en la contestación por escrito a un cuestionario de preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas y una sola opción correcta. El número de preguntas será determinado por el Tribunal calificador, pudiendo añadir preguntas de reserva, y su contenido se ajustará al temario que figura en el anexo I. La duración mínima del ejercicio será el tiempo que resulte de considerar tantos minutos como preguntas formuladas.
Esta prueba se calificará de 0 a 15 puntos, siendo necesario obtener al menos 7,5 puntos para la superación del ejercicio. Cada pregunta contestada correctamente, se valorará en positivo; la no contestada no tendrá valoración y la pregunta con contestación errónea se penalizará con el equivalente a 1/3 del valor de la respuesta correcta.
La fórmula a utilizar para el cálculo de la puntuación obtenida en el ejercicio será la siguiente:
Número de aciertos – (número de errores/3) Calificación = ––––––––––––––––––––––––––––––––––– x 15
Número total de preguntas El Tribunal calificador, antes de conocer la identidad de los aspirantes, determinará la nota de corte o nota mínima para superar la prueba, teniendo en cuenta que dicha nota nunca será inferior a 7 puntos ni superior a 8 puntos.
Segundo ejercicio: Práctico.
Accederán únicamente aquellos/as candidatos/as que hayan superado el primer ejercicio.
Consistirá en la resolución de uno a varios supuestos prácticos y/o en la realización de una prueba práctica, relacionados con la materia específica, que podrán ser o no eliminatorios entre sí, según determine el Tribunal calificador.
La duración máxima de este ejercicio será establecida por el Tribunal calificador, en función de su extensión, contenido y dificultad.
La puntuación máxima del ejercicio será de 15 puntos, siendo necesario obtener al menos 7,5 puntos para superarlo.
Antes de la realización del ejercicio práctico, el Tribunal informará a las personas aspirantes de la valoración de cada supuesto y/o prueba práctica, y resolverá las dudas que puedan surgir al respecto. El Tribunal valorará, en función del tipo de examen realizado, la capacidad de análisis, la aplicación razonada de los conocimientos a la resolución de los problemas prácticos planteados, la sistemática y claridad de ideas, así como la calidad, orden y limpieza en la ejecución o expresión.
B) Fase de concurso (máx. 10 puntos).
Para que se proceda a la valoración de esta parte, que no tendrá carácter eliminatorio, las personas aspirantes deberán haber superado previamente la fase de oposición.
A los efectos del cómputo de cada uno de los méritos alegados, se tomará como fecha límite el último día del plazo de presentación de solicitudes de participación en los respectivos procesos selectivos. Solo se valorarán aquellos méritos consignados en el autobaremo de los que se aporte la correspondiente documentación acreditativa, presentado según lo indicado en la base tercera.
La puntuación máxima de esta fase será de 10 puntos, valorándose cada uno de los méritos de la manera siguiente:
– Antigüedad (máximo 2,5 puntos): 0,25 puntos por año trabajado en cualquier Administración Pública, considerándose también las fracciones proporcionales de meses trabajados*.
– Experiencia profesional (máximo 3,75 puntos): 0,50 puntos por año trabajado en cualquier Administración Pública en puesto de trabajo de igual o superior categoría y que guarde relación con el trabajo a desempeñar, considerándose también las fracciones proporcionales de meses trabajados*.
(*) En relación a los puntos de antigüedad y experiencia profesional, se tendrán en cuenta las siguientes especialidades:
– Los servicios prestados en cualquier Administración Pública se acreditarán mediante certificado emitido por la misma que contenga los datos que constan en el anexo III.
En dicho certificado se deberá hacer constar la categoría, cuerpo, escala y/o especialidad de dichos servicios, el subgrupo o grupo de clasificación profesional, la titulación exigida como requisito para el ingreso en la misma, el régimen jurídico de la vinculación (personal laboral, personal funcionario…), el tipo de vínculo (fijo, temporal, indefinido no fijo…), y el período de prestación de servicios desempeñado, con indicación de la fecha de inicio y final, en su caso, con indicación del tiempo en el que se haya permanecido en situaciones que no conlleven el desempeño efectivo de prestación de servicios, así como las licencias sin retribución o excedencia voluntaria por interés particular.
– No se valorarán los servicios prestados como personal eventual, personal directivo profesional, personal titular de órganos superiores, personal contratado con sujeción a las reglas de derecho administrativo, personal vinculado por un contrato no laboral de prestación de servicios, sea de naturaleza civil o mercantil, como tampoco se valorarán los realizados como alumno/a trabajador/a contratado en desarrollo de programas de políticas activas de empleo.
– Los servicios prestados bajo la modalidad de reducción de jornada por cuidado de hijos o de cuidado de familiares, se computarán como jornada completa.
– Se considerarán servicios prestados los días efectivamente trabajados y los períodos de excedencia forzosa, excedencia voluntaria por cuidado de hijos o de un familiar a su cargo, excedencia por razón de violencia de género, excedencia por razón de violencia terrorista, incapacidad laboral, permiso por nacimiento y cuidado de menor y situación de riesgo durante el embarazo.
· Titulación académica (máximo 1,25 puntos): Valorándose 0,625 puntos por cada título académico oficial relacionado con las funciones a desempeñar y distinto del título habilitante.
· Cursos de formación (máximo 2,5 puntos). Se valorarán los cursos, con duración igual o superior a 20 horas, impartidos u homologados por las administraciones públicas, por promotores incluidos en los acuerdos de Formación Continua con las administraciones públicas, así como los realizados en empresas concertadas con la Administración, siempre y cuando guarden relación con las funciones a desempeñar (programación cultural, diseño y redes sociales), así como los relacionados con la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, prevención de riesgos laborales, ofimática y administración electrónica. La valoración se realizará a razón de 0,0125 puntos por cada hora lectiva.
La formación se acreditará mediante certificado o diploma en el que conste el número de horas, nombre, fecha del curso y datos personales. No se tendrán en cuenta los certificados o diplomas en los que no figure el número de horas lectivas.
Base quinta: Bolsa de trabajo.
Conforme a lo dispuesto en la base general decimosexta, una vez finalizado el proceso selectivo se formarán bolsas de trabajo, a efectos de la posible contratación como personal laboral temporal, con los candidatos que hayan superado al menos una prueba del mismo.
Asimismo, agotada la bolsa así constituida esta puede ampliarse integrando en la misma a aquellas personas aspirantes que, sin haber superado la primera o única prueba del proceso selectivo, hayan obtenido, al menos, la media aritmética de las puntuaciones alcanzadas por las personas aspirantes que la hayan realizado. Estas personas se incorporan a la correspondiente bolsa a continuación del último de sus integrantes que haya superado, al menos, dicha prueba del proceso selectivo.
La citada bolsa de trabajo permanecerá en vigor hasta la aprobación de una nueva bolsa resultante de una convocatoria posterior derivada de Oferta de Empleo Público, la cual anulará las bolsas de procesos anteriores. La bolsa de trabajo resultante del proceso se publicará en el tablón de anuncios electrónico de la Universidad Popular (https://up.sedipualba.es/), y podrá consultarse durante toda su vigencia en el apartado de Empleo Público de la página web www.upalbacete.es.
Base sexta.– Recursos.
Contra las presentes bases y cuantos actos administrativos definitivos se derivan de las mismas cabe recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, respectivamente, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.
anexo i Materia coMún Tema 1.– La Constitución Española de 1978: Características y principios generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. El Poder Legislativo: Concepto. El Poder Judicial: Concepto.
Tema 2.– El Gobierno y la Administración del Estado. Las Comunidades Autónomas: Su significado jurídico-político.
Tema 3.– El Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha. Competencias autonómicas en materia educativa. Tema 4.– La Administración Local: Concepto y entidades que la integran. El municipio: Concepto y elementos. Órganos de Gobierno y administración del municipio: Su composición, competencias y funcionamiento. Responsabilidad de la Administración Pública.
Tema 5.– El Patronato de la Universidad Popular Municipal como organismo autónomo local. Finalidad y competencias. Estatutos y órganos de gobierno.
Tema 6.– El Procedimiento Administrativo: Concepto y fases. El acto administrativo: Naturaleza, concepto y clases.
Tema 7.– La Función Pública Local: Organización y Régimen Jurídico. Derechos y deberes de los empleados públicos. Código de conducta. Régimen disciplinario. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales: Derechos de las personas (título III). Tema 8.– La Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales: Objeto, ámbito y definiciones (capítulo I). Tema 9.– Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo para la Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres.
Tema10.– La Administración Electrónica. Características y herramientas de la Administración electrónica. Especial referencia a Sedipualb@: SERES, SEFYCU, SEGEX y SEGRA.
Tema 11.– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: Objeto, ámbito subjetivo y principios generales.
Tema 12.– Hacienda Pública. Impuestos, tasas y precios públicos. Tipos y diferencias.
Materia específica Tema 1.– Las Universidades Populares. Definición. Bases conceptuales. Objetivos.
Tema 2.– Las Áreas, Aulas y Programas de la Universidad Popular de Albacete. La actividad formativa. Tipos de cursos.
Tema 3.– La actividad cultural de la Universidad Popular: Programación, producción cultural y difusión. Las técnicas de información y comunicación.
Tema 4.– Las competencias de la Universidad Popular Municipal de Albacete y de sus órganos de gobierno. Tema 5.– Los informes, acuerdos y resoluciones en el procedimiento administrativo.
Tema 6.– Los contratos administrativos. Tipos de contratos. Los contratos menores. El contrato menor de exclusividad artística. La contratación de servicios docentes.
Tema 7.– Definición y características de la educación no formal. Diferencias entre educación formal, educación informal y educación no formal.
Tema 8.– La Cultura. Caracterización y situación actual. Modelos de política cultural.
Tema 9.– Competencias de las entidades locales en relación con la cultura y la educación.
Tema 10.– Los modelos participativos de los ciudadanos en la cultura. La cultura en una sociedad multicultural.
Tema 11.– Organización institucional de las políticas culturales en España. Entidades públicas y privadas. Tema 12.– Legislación autonómica de Castilla-La Mancha aplicable en cultura. La Ley 7/2011, de 21 de marzo, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Castilla-La Mancha. Tema 13.– Las artes escénicas: El programa de apoyo a las artes escénicas en Castilla-La Mancha. Programa Estatal de Circulación de Espectáculos de Artes Escénicas.
Tema 14.– La sociedad general de autores de España. La regulación de los derechos de autor y la propiedad intelectual. texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (Real Decreto Legislativo1/1996, de 12 de abril): De los derechos de autor (Título I y Título II).
Tema 15.– Qué es un proyecto y para qué sirve. El proyecto en la gestión y las políticas culturales. El proyecto como herramienta de trabajo en la gestión cultural.
Tema 16.– La elaboración de proyectos culturales. Diseño integral de proyectos culturales. Esquemas de diseño de un proyecto cultural.
Tema 17.– La evaluación de proyectos culturales. Métodos generales de evaluación. Instrumentos e indicadores y fases de evaluación.
Tema 18.– Aptitudes e instrumentos de programación cultural.
Tema 19.– Creación y gestión de públicos en el ámbito cultural. Estrategias para el desarrollo de públicos culturales. Desarrollo de los distintos tipos de públicos y su finalidad. Modelos de desarrollo integral. Tema 20.– Los museos y su papel en la sociedad.
Tema 21.– El diseño de exposiciones: su función comunicativa, sus formas y sus claves. El ámbito de la exposición.
Tema 22.– El mecenazgo cultural.
Tema 23.– La igualdad de género y la cultura.
Tema 24.– Asociacionismo y promoción cultural.
Tema 25.– El turismo cultural: Definición y tipologías. Las fiestas y tradiciones como elemento cultural. Tema 26.– La animación sociocultural (ASC). Metodología. Conceptualización de la ASC: Principios fundamentales, fines y objetivos. Fuentes, orígenes, antecedentes, evolución y situación actual. Aspectos legales. Relación entre la ASC y la Programación Cultural.
Tema 27.– Marketing de proyectos. La planificación estratégica de marketing en la organización cultural. Modelos de planificación de las estrategias de marketing en el sector cultural. Estrategias de servicios culturales: Gestión de personas y procesos.
Tema 28.– Gestión de equipamientos culturales. Tipos de equipamientos culturales. Modelos de gestión de equipamientos culturales. Sistema organizativo. Breve descripción de las normas, modelos y herramientas más destacables. Plan de usos de un equipamiento cultural.
Tema 29.– La gestión de la calidad, el conocimiento y el talento en las organizaciones culturales. La idea de la calidad. La gestión del conocimiento. La gestión del talento.
Tema 30.– La cultura como factor de desarrollo. El papel de los servicios municipales culturales. Tema 31.– Casas de Cultura como elementos de dinamización cultural de proximidad.
Tema 32.– Sociología del consumo cultural. El consumo como fenómeno social. El dilema estructuraacción/individuo-sociedad en el análisis del consumo.
Tema 33.– El trabajo en equipo. La motivación. Estrategias de motivación. Resolución de conflictos. Tema 34.– La gestión de los conflictos en la gestión y las políticas culturales. Qué es un conflicto y qué rol juega en las relaciones entre agentes o personas.
Tema 35.– Disposiciones generales de la Ley de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha. Figuras de protección y Catálogo del Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha.
Tema 36.– Concepto de diseño. Metodologías de diseño gráfico. Procesos creativos y procesos de producción. Organización, planificación y gestión total de un proyecto de diseño gráfico.
Tema 37.– El uso de Canva, Coreldraw, Adobe Indesign y Adobe Illustrator.
Tema 38.– La fotografía en el diseño gráfico y la publicidad. La importancia de la imagen. La relación entre la imagen y el texto. La selección de fotografías: aspectos comunicativos y técnicos.
Tema 39.– La composición. Marcos y encuadres. Conceptos de equilibrio, tensión, peso y dirección. Jerarquía. Módulos, retículas y patrones.
Tema 40.– El color: Fundamentos físicos. Teoría del color. La significación del color.
Tema 41.– Preimpresión: Fotomecánica. El proceso de digitalización. El tratamiento digital de la imagen. Formatos digitales para imagen.
Tema 42.– Diseño de soportes impresos: Cartelería, folletos, programas de mano, etc.
Tema 43.– Los soportes de publicidad exterior: Carteles, vallas, mupis, marquesinas, monosoportes, videopantallas, rotulación de transporte público. Gran formato. Rotulación de lonas y pancartas. Tema 44.– El texto: La elección de la tipografía para los diferentes tratamientos de texto. La composición del texto. Las variables tipográficas. La legibilidad del texto.
Tema 45.– Identidad e imagen corporativa. La imagen municipal y su identidad corporativa. La definición de la imagen.
Tema 46.– Aplicación de las nuevas tecnologías de la información a la gestión cultural. Manejo, gestión y administración de las redes sociales de la Universidad Popular de Albacete. En especial, Instagram, Youtube y Facebook. La función del community manager.
Tema 47.– Buen uso de las redes sociales en instituciones públicas. Características de las redes y funcionalidad.
Tema 48.– Comunicación inclusiva: El uso igualitario del lenguaje y de la imagen. Lectura fácil. anexo ii modelo de solicitud Instancia para la participación en el proceso de selección de una plaza de Programador/a Cultural de la Universidad Popular Municipal de Albacete, incluida en la Oferta de Empleo Público de 2024, aprobada por la Junta de Gobierno Local de 12/12/2024 (BOP 146, de 28/12/2024)*.
* Según el artículo 14.1 e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los empleados públicos tienen la obligación de presentar la instancia a través de medios electrónicos.
datos personales Apellidos y nombre:
DNI: Fecha de nacimiento:
E-mail: Teléfono móvil:
Domicilio:
Municipio: Provincia:
C. P.:
El interesado actúa:
En nombre propio A través de representante (necesario acreditar representación a través de modelo normalizado) pago de derechos de exaMen Importe a abonar 30 € Número de cuenta: ES70 3190 0974 3142 1646 1527 Concepto: “PROCULT” y “nombre y apellidos” nota: No pagar por transferencia si se va a presentar instancia por Internet. La presentación por Internet requiere pago con tarjeta Tipo de exención de pago (causas):
Demandante de empleo sin prestación Discapacidad igual o superior al 33 % Familia numerosa En caso de alegar alguna causa de exención del pago, deberá usted aportar la documentación justificativa de la misma.
Adjunta (marcar según proceda):
DNI, pasaporte o tarjeta de residencia.
Titulación exigida para la participación en el proceso.
Resguardo del pago de tasas, por el importe de 30 €.
Documentación que acredita la causa de exención del pago de los derechos de examen.
Poder de representación, si procede.
Autobaremo y documentación acreditativa de los méritos alegados (modelo normalizado disponible en www.upalbacete.es/Información general/empleo público/bases):
Certificados o diploma/s de cursos de formación/otras titulaciones valorables según las bases. Certificado/s de servicios prestados en la Administración Pública (modelo normalizado disponible en www.upalbacete.es/Información general/empleo público/bases).
Conforme se indica en la base tercera, la presentación de esta solicitud implicará el consentimiento expreso en cuanto a la cesión de los datos de carácter personal del interesado a cualquier entidad o Administración Pública, que en su caso pueda resultar cesionaria de la bolsa de trabajo correspondiente, salvo que se haga constar la oposición.
Me opongo.
solicita:
Que se le admita para participar en el proceso selectivo a que se refiere la presente instancia. Firmado:
En Albacete a ___ de _____________ de 202__ Sr. Presidente de la Universidad Popular Municipal de Albacete En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, sus datos personales serán incorporados a un fichero propiedad del Patronato de la Universidad Popular con la finalidad de gestionar la solicitud del interesado/a, facilitar al interesado/a la cumplimentación de futuras instancias y recibir comunicaciones en expedientes en los que pudiera resultar afectado, pudiendo ejercer el derecho a solicitar el acceso a sus datos personales, derecho a solicitar su rectificación o supresión, derecho a solicitar la limitación de su tratamiento, derecho a oponerse al tratamiento y derecho a la portabilidad de los datos.
anexo iii modelo normalizado Certificación de servicios prestados en otras administraciones públicas Don/Doña __________________________________________, con cargo _________________________.
certifica:
Ministerio, organismo o corporación Localidad Provincia NIF interesado Apellidos y nombre Inicio Final Servicios prestados Grupo/Nivel de proporcionalidad Vínculo(1) Día Mes Año Día Mes Año Años Meses Días (2) Total Y para que conste y surta los efectos oportunos certifico la exactitud de los datos anteriores, que concuerdan con los datos obrantes en esta entidad.
En ___________________ a ____ de ____________________ de 202__
(1) C.– Funcionario de carrera. (2) EIP: Excedencia por interés particular.
V.– Personal eventual. ECF: Excedencia por cuidado de familiar.
P.– Funcionario en prácticas. EF: Excedencia forzosa.
L.– Contratado laboral. LSR: Licencia sin retribución.
E.– Funcionario interino.
anexo iv autoBaremo datos personales:
Apellidos y nombre:
DNI Teléfono:
E-mail Dirección Localidad C. P.
Provincia Relación numerada de méritos:
Doc. número 1 ___________________________________________________________________ Doc. número 2 ___________________________________________________________________ Doc. número 3 ___________________________________________________________________ Doc. número 4 ___________________________________________________________________ Doc. número 5 ___________________________________________________________________ Doc. número 6 ___________________________________________________________________ Doc. número 7 ___________________________________________________________________ Doc. número 8 ___________________________________________________________________ Doc. número 9 ___________________________________________________________________ Doc. número 10 __________________________________________________________________ Doc. número 11 __________________________________________________________________ Doc. número 12 __________________________________________________________________ Doc. número 13 __________________________________________________________________ Doc. número 14 __________________________________________________________________ Doc. número 15 __________________________________________________________________ Doc. número 16 __________________________________________________________________ Doc. número 17 __________________________________________________________________ Doc. número 18 __________________________________________________________________ Doc. número 19 __________________________________________________________________
* nota: Si se dispone de más documentos a presentar, se puede continuar en otra hoja autoBareMación:
Antigüedad (máx. 2,50 puntos):
* Instrucciones para el cálculo de este apartado:
– Multiplicar por 0,25 el número de años trabajados en cualquier Administración Pública.
– Si se ha trabajado un período inferior al año, se debe calcular la fracción proporcional, multiplicando cada mes completo por 0,021.
Doc.
número Entidad Puestode trabajo Fechainicio Fechafin Mesescompletos Propuestabaremacioncandidato* BaremaciónTribunal Totales Experiencia profesional (máx. 3,75 puntos):
* Instrucciones para el cálculo de este apartado:
– Multiplicar por 0,5 el número de años trabajados en cualquier Administración Pública en puesto de trabajo de igual o superior categoría y que guarde relación con el trabajo a desempeñar.
– Si se ha trabajado un período inferior al año, se debe calcular la fracción proporcional, multiplicando cada mes completo por 0,042.
Doc.
número Entidad Puestode trabajo Fechainicio Fechafin Mesescompletos Propuestabaremacioncandidato* BaremaciónTribunal Totales Titulación académica (máx. 1,25 puntos)
* Instrucciones para el cálculo de este apartado: 0,625 puntos por cada título académico oficial de igual o superior categoría a la exigida para acceder a la plaza convocada y distinto del título habilitante. Doc.
número Entidad que acredita la titulación Título/máster/curso Propuesta baremacióncandidato* BaremaciónTribunal Totales Formación (máx. 2,50 puntos).
* Instrucciones para el cálculo de este apartado: multiplicar por 0,0125 las horas de los cursos de duración igual o superior a 20 horas, impartidos u homologados por las administraciones públicas, por promotores incluidos en los acuerdos de Formación Continua con las Administraciones Públicas, así como los realizados en empresas concertadas con la Administración, siempre y cuando guarden relación con las funciones a desempeñar, así como los relacionados con la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, prevención de riesgos laborales, ofimática y administración electrónica.
Doc.
número Entidad que acredita la formación Curso de formación Fechainicio Fechafin Horas Propuesta baremacióncandidato* BaremaciónTribunal Totales Firmado: _______________________________________________
22.738