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Ajuntaments i diputacions
Convocatòria
Ciudad Real
Oficial
Ayuntamiento de Puertollano · Castilla-La Mancha
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Concurs oposició
Funcionari
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- Titulació Requisit: Bachiller, Técnico de Formación Profesional o equivalente, o bien tener una antigüedad de cinco años como policía y la superación de un curso específico de f…Nivell mínim: Batxillerat
- Qui s'hi pot presentar Promoció interna: només personal que ja treballa en aquella administració.
- Termini de sol·licituds Encara no ha començat. Plazo aún no abierto: empieza al publicarse en el BOE (20 hábiles)
- Com presentar-s'hi La sol·licitud es presenta a la seu electrònica o al registre de l'organisme convocant; els passos exactes són a la publicació oficial ↗.
- Tipus
- Convocatòria
- Títol oficial
- Bases de la convocatoria para la provisión por promoción interna, mediante el procedimiento de concurso-oposición, de dos plazas de Oficial, del Cuerpo de Policía Local.
- Convoca
- Ayuntamiento de Puertollano
- Àmbit
- Ajuntaments i diputacions
- Municipi
- Puertollano
- Accés
- Promoció interna
- Titulació
- Bachiller, Técnico de Formación Profesional o equivalente, o bien tener una antigüedad de cinco años como policía y la superación de un curso específico de f…
- Publicada
- 13/10/2026 a Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real
- Font
- Basat en dades de Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real ↗. Última comprovació: 14/10/2026.
3 temes segons la publicació.
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Programa.
PARTE GENERAL.
TEMA 1.- La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido. Derechos y deberes funda - mentales de los españoles. Su garantía y suspensión. La reforma de la Constitución.
TEMA 2.- El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Presidente del Gobierno. Los Vicepresidentes. El Consejo de Ministros y las Comisiones Delegadas del Gobierno. El Consejo de Estado.
TEMA 3.- La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Au - tonomía. Competencias de las Comunidades Autónomas. La financiación de las Comunidades Autónomas. TEMA 4.- La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: su Estatuto de Autonomía. De las Insti - tuciones de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: Las Cortes de Castilla-La Mancha, el Presi - dente de la Junta y el Consejo de Gobierno.
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administración local AYUNTAMIENTOS PUERTOLLANO Convocatoria de dos plazas Oficial Policía Local, promoción interna, mediante concurso-opo - sición.
Nº de Decreto: 2026-5724. Fecha: 05/10/2026.
BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN POR PROMOCIÓN INTERNA, ME - DIANTE EL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO-OPOSICIÓN, DE DOS PLAZAS DE OFICIAL, DEL CUERPO DE PO - LICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE PUERTOLLANO.
Publicadas las Ofertas de Empleo Público de 2025, en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real nº 249, de 26 de diciembre de 2025; y conforme a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 4/2011, de 10 de marzo del Empleo Público de Castilla-La Mancha, la Ley 30/84 de 2 de agosto, modificada por la Ley 23/88, de 18 de julio, Ley 7/85 de 2 de abril, modificada por la Ley 11/99, de 21 de abril, RD 781/86, de 18 de abril, RD 896/91, de 7 de junio y RD 364/95 de 10 de marzo, el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de esta ciudad, en virtud de las competencias otorgadas por la legislación antes citada, mediante esta resolución acuerda convocar pruebas selecti - vas para la provisión de las plazas ofertadas con arreglo a las siguientes bases:
BASES DE LA CONVOCATORIA.
1. Normas generales.
1.1. Se convoca el proceso selectivo para cubrir por el sistema de promoción interna y el proce - dimiento de concurso-oposición dos plazas en la Escala Básica, Categoría de Oficial, del Cuerpo de Po - licía Local de este Ayuntamiento, clasificada en el grupo C, subgrupo C-1 de los establecidos en el Es - tatuto Básico del Empleado Público.
1.2. A las presentes pruebas selectivas le serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de las Policías Locales de Castilla-La Mancha; el Decreto 110/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha; el Decreto 9/2022 de 15 de febrero por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto 110/2006 de 17 de octubre; Resolución de 12 de abril de 2022, de la Consejería de Hacienda y Admi - nistraciones Públicas, por la que se establecen los programas a incluir en las convocatorias de acceso a las distintas categorías de los cuerpos de Policía Local de Castilla-La Mancha; la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; y las bases de esta convocatoria.
1.3. A efectos de publicidad de los actos de desarrollo del proceso de provisión, además de los lugares previstos específicamente en las bases de esta convocatoria, tendrá la consideración de sede electrónica la página web del Ayuntamiento de Puertollano http://www.puertollano.es/ .
2. Requisitos de los candidatos.
2.1. Para ser admitidos al proceso selectivo los aspirantes deberán reunir los siguientes requi - sitos:
a) Tener nacionalidad española.
b) Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico de Formación Profesional o equivalente, o bien tener una antigüedad de cinco años como policía y la superación de un curso específico de forma - ción programado por la Escuela de Protección Ciudadana de Castilla-La Mancha, o una antigüedad de diez años como policía. En caso de titulación obtenida en el extranjero, deberá acreditarse su homolo - gación por el Ministerio de Educación y Ciencia, o cualquier otro órgano de la Administración compe - tente para ello. A efectos de equivalencias con los títulos de Bachiller o Técnico, deberá estarse a lo dispuesto en la Orden del Ministerio de Educación 1603/2009 de 10 de junio, publicada en el BOE nº 146, de 17 de junio de 2009, por la que se establecen las equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación.
No será necesario la posesión de la titulación cuando se haya realizado el curso de integración previsto en la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 8/2002 de 23 de mayo, de Coordinación de Po - licías Locales de Castilla-La Mancha.
c) Ser funcionario de carrera del Cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento de Puertollano en la Categoría de Policía y tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicio activo en la misma.
d) No encontrarse en la situación de segunda actividad.
e) No haber sido sancionado por la comisión de falta grave o muy grave, salvo que se hubiera ob - tenido la cancelación de la sanción impuesta.
f) No haber sido separado del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
g) Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases A o A2 y B.
h) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
i) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las funciones.
j) Carecer de antecedentes penales por la comisión de delitos dolosos.
k) No haber sido condenado por sentencia firme por ningún delito contra la libertad e indemni - dad sexual, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
l) Compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la ley mediante declara - ción jurada o promesa.
2.2. Todos los requisitos deberán reunirse el día en que finalice el plazo de presentación de soli - citudes y mantenerse durante el desarrollo del proceso selectivo.
3. Solicitudes.
3.1. Se presentarán de alguna de las formas siguientes:
a) En el Registro Municipal, o con arreglo a las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, solicitando tomar parte en el proceso selectivo y manifestando cumplir todos los requisitos exigidos en las bases, adjuntándose los documentos acreditativos, de la fase de concurso. Deberán ir dirigidas a el Sr. Alcalde-Presidente, estableciéndose un plazo de presentación de solicitudes de 20 días hábiles a partir del siguiente de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
b) De forma telemática a través del Registro Electrónico de este Ayuntamiento.
c) De forma presencial mediante su presentación en el Registro General de este Ayuntamiento.
d) En cualquiera de las dependencias indicadas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octu - bre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los méritos cuya acreditación derive de datos obrantes en el Departamento de Personal, han de ser señalados por el aspirante en la solicitud indicando que se encuentran en poder de este Ayunta - miento. El departamento municipal correspondiente elaborará la oportuna certificación, teniendo en cuenta documentos de carácter oficial (acuerdos plenarios, actas de toma de posesión, resoluciones y otros documentos de reconocida validez).
3.2. Las solicitudes para tomar parte en el proceso selectivo se ajustarán al modelo oficial pre - visto a estos efectos, que podrá recogerse en el Registro General del Ayuntamiento.
3.3. Quienes deseen realizar la prueba voluntaria de idioma, deberán indicar en la solicitud el idioma o idiomas elegidos, en su caso, entre los señalados en la base 6.2.
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano convocante dictará resolución aprobando las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo. Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Ciudad Real y página web municipal (www.puertollano.es ).
Los aspirantes provisionalmente excluidos tendrán un plazo de diez días hábiles, contados a par - tir del siguiente a la publicación de la citada resolución, para subsanar los defectos causantes de su exclusión.
Los aspirantes que dentro de dicho plazo no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justifi - cando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos.
4.2. Transcurrido el plazo para subsanar los defectos, el mismo órgano que aprobó la relación provisional dictará resolución aprobando la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo, señalando la fecha, hora y lugar para el inicio de las pruebas. Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, conteniendo las relaciones definitivas de aspirantes ex - cluidos y el lugar donde se exponen al público las relaciones definitivas de aspirantes admitidos, y la composición nominal del Tribunal; publicándose en los tablones de anuncios y página web del Ayunta - miento de Puertollano ( www.puertollano.es ).
4.3. La publicación del lugar y la fecha de realización, del primer ejercicio de la oposición se efectuara mediante un anuncio del Tribunal Calificador. Esta publicación se realizara en los tablones de anuncios del Ayuntamiento y en la página web municipal.
5. Tribunal Calificador.
5.1. El Tribunal Calificador del proceso selectivo estará compuesto por, un presidente/a que se - rá un funcionario/a designado por el órgano competente, un secretario/a, el de la Corporación o fun - cionario/a que se designe para la sustitución, que actuará con voz y sin voto. Vocales; cuatro funciona - rios/as designados por el órgano competente entre los que se encontrará la persona que ostente la je - fatura de la Policía Local o funcionario/a que se designe en su sustitución. Se podrá designar a uno de ellos a propuesta de la Consejería con competencias en materia de coordinación de policías locales y a otro a propuesta de la Junta de Personal o al Delegado/a de Personal. Su composición se publicará, en los tablones de anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Puertollano ( www.Puertollano.es ), junto con la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos en el proceso selectivo.
5.2. Todos los miembros del Tribunal deberán poseer la titulación necesaria para el acceso a las plazas convocadas y ser funcionarios/as de carrera pertenecientes a cuerpos, escalas y categorías de nivel igual o superior al de las plazas convocadas.
5.3. El Tribunal podrá designar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas del proceso selectivo. Su función se limitará al asesoramiento del Tribunal en aquello para lo que fueron nombrados.
5.4. Para la válida actuación del Tribunal Calificador es necesaria la presencia de la mayoría de sus miembros y, en todo caso, la del Presidente y Secretario o la de quienes legalmente les sustituyan.
5.5. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Corporación, cuando en ellos concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 32 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, o hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas para el acceso a plazas de la Subescala, clase y categoría objeto de la convocatoria, en los cinco años anteriores a la publicación de la misma. Asimismo, y por las mismas causas, podrán ser recusados por los aspirantes.
5.6. El Tribunal Calificador de estas pruebas selectivas tendrá la categoría primera, según lo dis - puesto en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
6. Sistema selectivo.
6.1. La selección de los aspirantes se realizará por el sistema de concurso-oposición y constará de:
a) Proceso selectivo:
- Fase de oposición.
- Fase de concurso.
b) Curso selectivo.
6.2. La fase de oposición constará de las tres pruebas siguientes, obligatorias y eliminatorias, a excepción de la primera que no será eliminatoria, a celebrar por el orden siguiente:
Primera prueba: Aptitud física. Estará dirigida a comprobar las condiciones de fuerza, agilidad, flexibilidad y resistencia de los aspirantes. Consistirá en las pruebas previstas en el anexo I. Previa mente a la celebración de estás, cada aspirante deberá presentar un certificado médico, expedido con una antelación no superior a treinta días hábiles en relación con la fecha de realización de las prue - bas, en el que se exprese que la persona aspirante está capacitada para realizarlas. Se calificará de cero a cinco puntos, atendiendo a las marcas de referencia previstas en el anexo I, no siendo elimina - toria. Se establecerá una media entre las 4 pruebas físicas, la nota obtenida hará media con el resto de las pruebas del proceso. Las pruebas a realizar serán:
• Carrera de resistencia.
• Carrera de velocidad.
• Salto de longitud con los pies juntos.
• Lanzamiento de balón medicinal.
Los aspirantes que no puedan realizar las pruebas físicas por embarazo o parto, debidamente acreditados, podrán realizar posteriormente las mencionadas pruebas físicas, con anterioridad a la fi - nalización del plazo de presentación de la documentación prevista en la base 9.1 de la convocatoria. Segunda prueba: Conocimientos.
Supuestos prácticos. Consistente en resolver uno o varios casos prácticos relacionados con las materias que figuren en el temario de la convocatoria. Se calificará de cero a veinte puntos. El tiempo para su realización será de setenta y cinco minutos y para superarla será necesario obtener un mínimo de diez puntos.
Los ejercicios de la segunda prueba serán leídos por los aspirantes en sesión pública ante el Tri - bunal, que podrá formular cuantas preguntas estime necesarias para aclarar, ampliar, o valorar el con tenido de la exposición.
Tercera prueba: Prueba psicotécnica. Se incluirán dos test dirigidos a determinar las aptitudes y actitudes de las personas aspirantes para el desempeño de las funciones de su categoría:
• Test de inteligencia general y aptitudes en el que se valorará la capacidad verbal, numérica y espacial, atención-percepción, comprensión de órdenes, razonamiento cognitivo, atención discrimina - tiva, resistencia a la fatiga intelectual y memoria visual.
• Test de personalidad y capacidades en el que se valorará la estabilidad emocional, autocon - fianza, habilidades interpersonales, capacidad de adaptación a las normas, capacidad de afrontamien - to al estrés, motivación por el trabajo policial, capacidad de liderazgo, organización, planificación y toma de decisiones.
Se calificará de apto o no apto.
Cuarta prueba: Voluntaria, de idiomas. Consistirá en la traducción inversa, por escrito, de uno o varios idiomas, a elección del aspirante de entre los idiomas inglés, francés, alemán y/o italiano, de un documento redactado en español, sin diccionario, y la posterior lectura del texto en sesión pública ante el Tribunal, seguida de una conversación con éste en la lengua elegida. La prueba será calificada de 0 a 1 punto por cada uno de los idiomas sobre los que se examine el aspirante, sin que, en ningún caso, la puntuación total de la prueba pueda ser superior a 3 puntos.
6.3. En la fase de concurso, la evaluación se efectuará conforme al siguiente baremo: Consistirá en la comprobación y valoración de los méritos de los aspirantes, al objeto de determinar su orden de prelación en el proceso selectivo. Serán objeto de valoración los méritos alegados que sean justifica - dos documentalmente en el momento de presentar la instancia, con arreglo al siguiente baremo:
1. Experiencia profesional: Por cada año complemento de servicios, o fracción superior a seis meses prestados en la Administración Local, en la categoría de Policía Local: 0,08 puntos. Hasta un máximo de 2,20 puntos.
2. Cursos de formación y perfeccionamiento que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto a que aspira, cuya aptitud o superación se acredite mediante certificación o diploma expedido al efecto, de acuerdo con el siguiente valor: 0,01 puntos por cada hora lectiva, no valorándose los cursos de duración inferior a 20 horas. Máximo 2,20 puntos.
3. Distintivo de especialidad. Se valorara con 0.50 puntos cada especialidad reconocida en la Es - cuela de Protección Ciudadana, hasta un máximo de 2 puntos.
4. Premios y condecoraciones: hasta un máximo de 1 punto por los premios y condecoraciones recibidos como consecuencia de actuaciones profesionales, siempre que hayan sido reconocidas por las respectivas administraciones públicas con carácter individual, a excepción de las concedidas por el tiempo de prestación de servicios. Se valorarán con la siguiente distribución:
a) Condecoraciones: 0,50 puntos.
b) Distinciones: 0,20 puntos.
5. Titulaciones académicas: por tener más de una titulación académica de las exigidas para el ingreso, hasta un máximo de 1 punto, conforme a la siguiente distribución:
a) Doctor o Máster: 1 punto.
b) Licenciado o Grado: 0,90 puntos.
c) Diplomado en criminología: 0,80 puntos.
d) Cualquier otra Diplomatura: 0,70 puntos.
e) Técnico Superior: 0,50 puntos.
No se valorarán aquellas titulaciones ni méritos que fueran imprescindibles para la obtención de otras de nivel superior.
6. La puntuación final del proceso selectivo estará determinada por la suma de la obtenida en las pruebas de la oposición y en la fase de concurso. En caso de empate el orden de puntuación se es - tablecerá atendiendo a los siguientes criterios, por orden de prelación: la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición y, en su defecto, en las pruebas cuarta y tercera; la mayor puntuación por anti - güedad, formación, premios y condecoraciones o, en su defecto, el orden de actuación de los aspiran - tes a que se refiere la base 7.3.
7. Desarrollo de los ejercicios.
7.1. El Tribunal Calificador podrá requerir a los opositores para que acrediten su identidad en cualquier momento durante el desarrollo del proceso selectivo.
7.2. Los aspirantes serán convocados en llamamiento único para cada una de las pruebas de la fase de oposición. Decaerán en su derecho quienes no comparezcan a su realización, salvo en casos de fuerza mayor y otros excepcionales que no afecten al normal desarrollo del proceso, para los que po - drá realizarse una convocatoria extraordinaria.
7.3. La actuación de los opositores se iniciará por orden alfabético a partir del primero de la le - tra “Q” según marca la Resolución de la Dirección General de la Función Pública, de Castilla-La Man - cha, de fecha 26 de noviembre de 2025, publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de 4 de diciembre de 2025.
7.4. Cuando sea compatible con la realización de las pruebas, éstas se realizarán de forma que quede garantizado el anonimato de los aspirantes.
7.5. La duración máxima del proceso selectivo no excederá de seis meses, contados desde la fe - cha de realización de la primera prueba.
7.6. Entre la publicación de la relación de aspirantes aprobados en una prueba y el comienzo de la siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.
7.7. La publicación de los sucesivos anuncios de celebración de las pruebas de la fase de oposi - ción se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya celebrado la anterior y en la forma pre - vista en el apartado 1.3 de estas bases, con cuarenta y ocho horas, al menos, de antelación al comien - zo de los mismos.
7.8. Si en cualquier momento del proceso selectivo llegara a conocimiento del Tribunal que al - guno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al órgano convocante, indicando las in - exactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión, a los efectos proce - dentes.
7.9. Concluida la fase de oposición se abrirá un plazo de 10 días naturales para que los aspiran - tes que la hubieran superado presenten la documentación acreditativa de los méritos a valorar en la fase de concurso. A estos efectos, los méritos derivados de la relación de servicios de los aspirantes con el Ayuntamiento de Puertollano se acreditarán de oficio por el Servicio Administración interna.
8. Lista de personas aprobadas y valoración de méritos.
8.1. Terminada cada una de las pruebas que componen la fase de oposición, el Tribunal publica - rá en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial y en la página web del Ayuntamiento: http//www. - puertollano.es , la relación de los aspirantes aprobados, con expresión de su nombre y apellidos, DNI, y la puntuación obtenida.
8.2. Concluidas todas las pruebas de la fase de oposición, el Tribunal publicará en los lugares previstos en la base 8.1, la relación de aspirantes que la hubieran superado, con expresión de su nom - bre y apellidos, DNI, y la puntuación obtenida en cada una de ellas y en el total de la oposición.
8.3. La relación conteniendo la valoración de los méritos en la fase de concurso se publicará en los lugares previstos en la base 8.1.
8.4. Terminada la calificación de los aspirantes en la fase de oposición y valoración de los méri - tos de la fase de concurso, el Tribunal publicará en los lugares previstos en la base 8.1, la resolución con el/los aspirantes propuestos para realizar el curso selectivo.
8.5. El Tribunal no podrá proponer para la realización del curso declarar aprobado en el proceso selectivo a un número de aspirantes mayor al de plazas convocadas. No obstante lo anterior, cuando se produzca alguna renuncia de los aspirantes que hubieran superado el proceso selectivo, antes de su nombramiento como funcionarios en prácticas en la respectiva categoría, el órgano convocante podrá requerir al Tribunal Calificador, una relación complementaria de aspirantes que sigan a los propuestos, para su posible nombramiento como funcionarios en prácticas en la categoría.
9. Presentación de documentos y nombramiento de funcionario o funcionaria en prácticas.
9.1. Los aspirantes propuestos presentarán dentro del plazo de veinte días hábiles desde que se haga pública la relación de personas aprobadas prevista en el apartado 8.2, los documentos acreditati - vos de reunir las condiciones para tomar parte en el procedimiento selectivo que se exigen en la con - vocatoria, estando exentos de justificar las condiciones y demás requisitos para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación acreditativa de su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.
9.2. Si dentro del plazo indicado y salvo causa de fuerza mayor, las personas aprobadas propues - tas no presentaran la documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombradas y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en el procedimiento selectivo.
9.3. Los aspirantes que superen el proceso selectivo, y acrediten reunir los requisitos exigidos en la convocatoria serán nombrados funcionarios en prácticas. Esta situación se mantendrá hasta su nom - bramiento como funcionarios de carrera.
10. Nombramiento de funcionarios de carrera y toma de posesión.
10.1. Examinada la documentación prevista en la base 9.1, el órgano competente, propondrá al aspirante para la realización del preceptivo Curso Selectivo de la Escuela de Protección Ciudadana co - rrespondiente a la categoría de oficial.
10.2. Previo a la incorporación al curso selectivo, el Presidente de la Corporación dictará Resolu - ción por la que se nombre funcionarios en prácticas al aspirante que haya superado las pruebas selectivas a partir del día en que se incorpore al curso selectivo organizado por la Junta de Comunidades de Casti - lla-La Mancha. Una copia de esta Resolución será remitida a la Consejería de Administraciones Públicas.
10.3. Para adquirir la condición de funcionario de carrera será preciso la superación de un curso selectivo de la categoría de Oficial en la Escuela de Protección Ciudadana de Castilla-La Mancha, salvo que el aspirante ya hubiera superado con anterioridad el curso correspondiente obtenga la correspon - diente convalidación.
10.4. El contenido del curso selectivo se ajustará a la adquisición de conocimientos y al desarro - llo de habilidades, destrezas y actitudes necesarias para el desempeño de los puestos de trabajo co - rrespondiente a la categoría de Oficial.
10.5. Recibido el informe de la Escuela de Protección Ciudadana, los Ayuntamientos deberán pro ceder al nombramiento de funcionarios de carrera en el plazo de 15 días hábiles.
10.6. El orden de prelación en el procedimiento selectivo se obtendrá de la suma de las notas obtenidas en el proceso selectivo y en el curso.
11. Protección de datos de carácter personal.
Por el solo hecho de su participación en el presente proceso selectivo, los aspirantes prestan su consentimiento para que los datos de carácter personal facilitados por ellos sean incorporados en los ficheros automatizados del Departamento de Personal, cuya finalidad es la de ser utilizados para la gestión del personal en todos sus aspectos: formación, selección y promoción interna, retribuciones, estadísticas relativas al mismo, prevención de riesgos laborales, incompatibilidades y otros extremos, pudiendo ser utilizados asimismo dichos datos para gestionar las listas de aspirantes admitidos y ex - cluidos, así como las listas con los resultados de los ejercicios correspondientes (dichas listas se harán públicas), salvo que los aspirantes indiquen expresamente no querer que dicha información se utilice a tales efectos. El Ilustrísimo Ayuntamiento de Puertollano, como responsable del fichero mencionado, garantiza el pleno cumplimiento de la normativa de protección de datos de carácter personal, y así, de acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos personales y garantías de los derechos digitales, el aspirante en el presente procedimiento de selección queda informado y presta su consentimiento para el tratamiento de los datos de carácter personal facilitados. El opositor podrá ejercitar respecto a sus datos de carácter personal los derechos de acceso, rectificación, cancela - ción y oposición previstos en la Ley Orgánica citada, mediante escrito dirigido al Ayuntamiento de Puer - tollano, Plaza Constitución, 1, 13500-Puertollano (Ciudad Real). Asimismo, a efectos de gestión del pro - ceso de selección para el que el aspirante ha autorizado la utilización de sus datos, estos podrán ser co - municados a terceros, con la única finalidad del desarrollo del proceso selectivo correspondiente.
12. Incidencias.
12.1. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la convocatoria, en todo lo no previsto en las bases.
12.2. Contra la presente convocatoria que agota la vía administrativa, podrán interponerse re curso contencioso administrativo, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publica - ción en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real, de conformidad con lo establecido en el artículo
14.2 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o ser recurrida potestativamente en reposi - ción, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre.
ANEXO I CONVOCATORIA PARA EL INGRESO EN LA CATEGORÍA DE OFICIAL DEL CUERPO DE POLICÍA LOCAL DE PUERTOLLANO.
PRIMERA PRUEBA: APTITUD FÍSICA.
PRUEBAS FÍSICAS.
1. Consistirán en la realización de las cuatro pruebas siguientes:
1. CARRERA DE VELOCIDAD (60 metros).
2. CARRERA DE RESISTENCIA (1.000 metros).
3. SALTO DE LONGITUD (pies juntos).
4. LANZAMIENTO DE BALÓN MEDICINAL de 4kg. para los hombres y 3 kg. para las mujeres.
2. Las pruebas se realizarán por el orden en que están relacionadas.
3. Desarrollo de las pruebas:
CARRERA DE VELOCIDAD DE 60 METROS.
3.1.1. Disposición. El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o agachado, sin tacos.
3.1.2. Ejecución. La propia de una carrera de velocidad.
3.1.3. Medición. Deberá ser manual, con cronómetro.
3.1.4. Intentos. Se efectuará un sólo intento.
3.1.5. Invalidaciones. De acuerdo con el Reglamento de la FIAA.
3.1.6. Marcas de referencia.
Según el cuadro indicado de pruebas y marcas de referencia.
CARRERA DE RESISTENCIA DE 1.000 METROS.
3.2.1. Disposición. El aspirante se colocará en la pista en el lugar indicado.
3.2.2. Ejecución. La propia de este tipo de carrera.
3.2.3. Medición. Se tendrá en cuenta lo dicho para la carrera de velocidad.
3.2.4. Intentos. Un sólo intento.
3.2.5. Invalidaciones. De acuerdo con el Reglamento de la FIAA.
3.2.6. Marcas de referencia Según el cuadro indicativo de pruebas y marcas de referencia.
SALTO DE LONGITUD CON LOS PIES JUNTOS.
3.3.1. Disposición. El aspirante se colocará entre la raya de un metro de larga y 0’05 metros de ancha marcada en el suelo paralela al foso de saltos y a una distancia de 0’05 metros al borde anterior del mismo.
3.3.2. Ejecución. Cuando esté dispuesto el aspirante flexionará y extenderá rápidamente el tren inferior para, apoyando los dos pies en el suelo, proyectar el cuerpo hacia adelante y caer en el foso.
3.3.3. Medición. Se efectuará desde la parte de la raya más alejada del foso hasta la última hue - lla que deje el cuerpo del aspirante sobre la arena del foso.
3.3.4. Intentos. Puede realizar tres intentos.
El tiempo mínimo de preparación entre cada uno de ellos será de dos minutos.
3.3.5. Invalidaciones. El salto debe realizarse con un solo impulso de los pies, contabilizándose como nulo aquel en el que una vez separados los pies del suelo, vuelvan a apoyarse de nuevo para la impulsión definitiva. Es nulo el salto en el que el aspirante pise la raya en el momento de la impulsión. Es nulo el salto que se produce por el apoyo alternativo y no simultáneo de los pies sobre el suelo.
3.3.6. Marcas de referencia. Según el cuadro indicativo de pruebas y marcas de referencia. LANZAMIENTO DE BALÓN MEDICINAL.
3.4.1. Disposición. Pies separados y simétricos, sosteniendo el balón con ambas manos por enci - ma y detrás de la cabeza.
3.4.2. Ejecución. Lanzarán el balón con fuerza por encima de la cabeza de forma que caiga den - tro del sector de lanzamiento.
3.4.3. Medición. Deberá ser manual.
3.4.4. Intentos. Tres intentos. El tiempo mínimo de preparación entre cada uno de ellos será de dos minutos.
3.4.5. Invalidaciones. Levantar los pies del suelo en su totalidad. Que el balón no caiga dentro de la zona de lanzamiento.
3.4.6. Marcas de referencia. Cuadro indicativo de pruebas y marcas de referencia.
4. Marcas de referencia.
Carrera de velocidad (60 metros).
Cuadro de marcas en segundos(´´) y su puntuación (hombres) Puntos Hasta 31 años 32-36 años 37-41 años 42-47 años 48-54 años Mas de 55 años 0 Mas de 9,8´´ Más de 10,3´´ Más de 10,6´´ Más de 10,9´´ Más de 11,11´´ Más de 11,4´´ 0,5 Más de 9,6´´ hasta 9,8´´ Más de 10,1´´ hasta 10,3´´ Más de 10,4´´ hasta 10,6´´ Más de 10,7´´ hasta 10,9´´ Más de 10,9´´ hasta 11,1´´ Más 11,2´´ hasta 11,4´´ 1 Más de 9,4´´ hasta 9,6´´ Más de 9,9´´ hasta 10,1´´ Más de 10,2´´ hasta 10,4´´ Más de 10,5´´ hasta 10,7´´ Más de 10,7´´ hasta 10,9´´ Más de 11´ hasta 11,2´´ 1,5 Más de 9,2´´ hasta 9,4´´ Más de 9,7´´ hasta 9,9´´ Más de 10´´ hasta 10,2´´ Más de 10,3´´ hasta 10,5´´ Más de 10,5´´ hasta 10,7´´ Más de 10, 8´´ hasta 11´´ 2 Más de 9´´ hasta 9,2´´ Más de 9,5´´ hasta 9,7´´ Más de 9,8´´ hasta 10´´ Más de 10,1´´ hasta 10,3´´ Más de 10,3´´ hasta 10,5´´ Más de 10,6´´ hasta 10,8´´ 2,5 Más de 8,4´´ hasta 9´´ Más de 8,9´´ hasta 9,5,´´ Más de 9,2´´ hasta 9,8´´ Más de 9,5´´ hasta 10,1´´ Más de 9,7´´ hasta 10,3´´ Más de 10´´ hasta 10,6´´ 3 Más de 7,9´´ hasta 8,4´´ Más de 8,4´´ hasta 8,9´´ Más de 8,7´´ hasta 9,2´´ Más de 9´´ hasta 9,5´´ Más de 9,2´´ hasta 9,7´´ Más de 9,5´´ hasta 10´´ 3,5 Más de 7,6´´ hasta 7,9´´ Más de 8,1´´ hasta 8,4´´ Más de 8,4´´ hasta 8,7´´ Más de 8,6´´ hasta 9´´ Más de 8,8´´ hasta 9,2´´ Más de 9,1´´ hasta 9,5´´ 4 Más de 7,2´´ hasta 7,6´´ Más de 7,7´´hasta 8,1´´ Más de 8´´ hasta 8,4´´ Más de 8,4´´ hasta 8,6´´ Más de 8,6´´ hasta 8,8´´ Más de 8,9´´ hasta 9,1´´ 4,5 Más de 6,4´´ hasta 7,2 Más de 6,9´´ hasta 7,7´´ Más de 7,2´´ hasta 8´´ Más de 7,6´´ hasta 8,4´´ Más de 7,8´´ hasta 8,6´´ Más de 8,1´´hasta 8,9´´ 5 6,4´´ o menos 6,9´´ o menos 7,2´´ o menos 7,6´´ o menos 7,8´´ o menos 8,1´´ o menos Carrera de velocidad (60 metros).
Cuadro de marcas en segundos (´´) y su puntuación (mujeres).
Puntos Hasta 31 años 32-36 años 37-41 años 42-47 años 48-54 años Mas de 55 años 0 Más de 11,8´´ Más de 12,2´´ Más de 12,6´´ Más de 13,1´´ Más de 13,4´´ Más de 13,8´´ 0,5 Más 11,4´´ hasta 11,8´´ Más de 12´´ hasta 12,2´´ Más de 12,3´´ hasta 12,6´´ Más de 12,8´´ hasta 13,1´´ Más de 13,1´´ hasta 13,4´´ Más de 13,5´´ hasta 13,8´´ 1 Más de 11´´ hasta 11,4´´ Más de 11,8´´ hasta 12´´ Más de 12´´ hasta 12,3´´ Más de 12,5´´ hasta 12,8´´ Más de 12,8´´ hasta 13,1´´ Más de 13,1´´ hasta 13,5´´ 1,5 Más de 10, 8´´ hasta 11´´ Más de 11,4´´ hasta 11,8´´ Más de 11,8´´ hasta 12´´ Más de 12,2´´ hasta 12,5´´ Más de 12,5´´ hasta 12,8´´ Más de 12,8´´ hasta 13,1´´ 2 Más de 10,4´´ hasta 10,8´´ Más de 10,9´´ hasta 11,4´´ Más de 11,4´´ hasta 11,8´´ Más de 11,9´´ hasta 12,2´´ Más de 12,3´´ hasta 12,5´´ Más de 12,6´´ hasta 12,8´´ 2,5 Más de 10´´ hasta 10,4´´ Más de 10,5´´ hasta 10,9´´ Más de 11´´ hasta 11,4´´ Más de 11,3´´ hasta 11,9´´ Más de 12´´ hasta 12,3´´ Más de 12,2´´ hasta 12,6´´ 3 Más de 9,5´´ hasta 10´´ Más de 10,1´´ hasta 10,5´´ Más de 10,5´´ hasta 11´´ Más de 10,8´´ hasta 11,3´´ Más de 11,4´´ hasta 12´´ Más de 11,7´´ hasta 12,2´´ 3,5 Más de 9,1´´ hasta 9,5´´ Más de 9,6´´ hasta 10,1´´ Más de 10,1´´ hasta 10,5´´ Más de 10,3´´ hasta 10,8´´ Más de 10,8´´ hasta 11,4´´ Más de 11´´ hasta 11,7´´ 4 Más de 8,9´´ hasta 9,1´´ Hasta 9´´ hasta 9,6´´ Más de 9,5´´ hasta 10,1´´ Más de 9,6´´ hasta 10,3´´ Más de 10´´ hasta 10,8´´ Más de 10,3´´ hasta 11´´ 4,5 Más de 8,1´´ hasta 8,9´´ Más de 8,4´´ hasta 9´´ Más de 8,7 hasta 9,5´´ Más de 9´´ hasta 9,6´´ Más de 9,4´´ hasta 10´´ Más de 9,6´´ hasta 10,3´´ 5 8,1´´ o menos 8,4´´ o menos 8,7´´ o menos 9´´ o menos 9,4´´ o menos 9,6´´ o menos Carrera de resistencia (1.000 metros).
Cuadro de marcas en minutos (´) y segundos( ´´) y su puntuación (hombres) Puntos Hasta 31 años 32-36 años 37-41 años 42-47 años 48-54 años Mas de 55 años 0 Mas de 5´05´´ Más de 5´30´´ Más de 5´40´´ Más de 5´50´´ Más de 6´00´´ Más de 6´10´´ 0,5 Más de 4´55´´ hasta 5´05´´ Más de 5´20´´ hasta 5´30´´ Más de 5´30´´ hasta 5´40´´ Más de 5´40´´ hasta 5´50´´ Más de 5´50´´ hasta 6´00´´ Más de 6´00´´ hasta 6´10´´ 1 Más de 4´45´´ hasta 4´55´´ Más de 5´10´´ hasta 5´20´´ Más de 5´20´´ hasta 5´30´´ Más de 5´30´´ hasta 5´40´´ Más de 5´40´´ hasta 5´50´´ Más de 5´50´´ hasta 6´00´´ 1,5 Más de 4´35´´ hasta 4´45´´ Más de 5´00´´ hasta 5´10´´ Más de 5´10´´ hasta 5´20´´ Más de 5´20´´ hasta 5´30´´ Más de 5´30´´ hasta 5´40´´ Más de 5´40´´ hasta 5´50´´ 2 Más de 4´20´´ hasta 4´35´ Más de 4´45´´ hasta 5´00´´ Más de 4,55´´ hasta 5´10´´ Más de 5´05´´ hasta 5´20´´ Más de 5´15´´ hasta 5´30´´ Más de 5´25´´ hasta 5´40´´ 2,5 Más de 3´25´´ hasta 4´20´´ Más de 3´50´´ hasta 4´45´´ Más de 4´00´ hasta 4´55´´ Más de 4´10´´ hasta 5´05´´ Más de 4´20´´ hasta 5´15´´ Más de 4´30´´ hasta 5´25´´ 3 Más de 2´45´´ hasta 3´25´´ Más de 3´10´´ hasta 3´50´´ Más de 3´20´´ hasta 4´00´´ Más de 3´30´´ hasta 4´10´´ Más de 3´40´´ hasta 4´20´´ Más de 3´50´´ hasta 4´30´´ 3,5 Más de 2,33´´ hasta 2´45´´ Más de 2´58´´ hasta 3´10´´ Más de 3´08´´ hasta 3´20´´ Más de 3´18´´ hasta 3´30´´ Más de 3´28´´ hasta 3´40´´ Más de 3´38´´ hasta 3´50´´ 4 Más de 2´27´´ hasta 2´33´´ Más de 2´52´´ hasta 2´58´´ Más de 3´02´´ hasta 3´08´´ Más de 3´12´´ hasta 3´18´´ Más de 3´22´´ hasta 3´28´´ Más de 3´32´´ hasta 3´38´´ 4,5 Más de 2´13´´ hasta 2´27´´ Más de 2´38´´ hasta 2´52´´ Más de 2´48´´ hasta 3´02´ Más de 2´58´´ hasta 3´12´´ Más de 3´08´´ hasta 3´22´´ Más de 3´18´´ hasta 3´32´´ 5 2´13´´ o menos 2´38´´ o menos 2´48´´ o menos 2´58´´ o menos 3´08´´ o menos 3´18´´ o menos Carrera de resistencia (1.000 metros).
Cuadro de marcas en minutos (´) y segundos(´´) y su puntuación (mujeres) Puntos Hasta 31 años 32-36 años 37-41 años 42-47 años 48-54 años Mas de 55 años 0 Más de 6´10´´ Más de 6´30´´ Más de 6´40´´ Más de 6´50´´ Más de 7´00´´ Más de 7´20´´ 0,5 Más de 5´50´´ hasta 6´10´´ Más de 6´10´´ hasta 6´30´´ Más de 6´20´´ hasta 6´40´´ Más de 6´30´´ hasta 6´50´´ Más de 6´45´´ hasta 7´00´´ Más de 7´05´´ hasta 7´20´´ 1 Más de 5´40´´ hasta 5´50´´ Más de 5´50´´ hasta 6´10´´ Más de 6´00´´ hasta 6´20´´ Más de 6´10´´ hasta 6´30´´ Más de 6´30´´ hasta 6´45´´ Más de 6´50´´ hasta 7´05´´ 1,5 Más de 5´20´´ hasta 5´40´´ Más de 5´40´´ hasta 5´50´´ Más de 5´45´´ hasta 6´00´´ Más de 5´55´´ hasta 6´10´´ Más de 6´10´´ hasta 6´30´´ Más de 6´35´´ hasta 6´50´´ 2 Más de 4´55´´ hasta 5´20´´ Más de 5´20´´ hasta 5´40´´ Más de 5´30´´ hasta 5´45´´ Más de 5´40´´ hasta 5´55´´ Más de 5´55´´ hasta 6´10´´ Más de 6´20´´ hasta 6´35´´ 2,5 Más de 4´30´´ hasta 4´55´´ Más de 5´00´´ hasta 5´20´´ Más de 5´10´´ hasta 5´30´´ Más de 5´20´´ hasta 5´40´´ Más de 5´30´´ hasta 5´55´´ Más de 5´45´´ hasta 6´20´´ 3 Más de 4´10´´ hasta 4´30´´ Más de 4´45´´ hasta 5´00´´ Más de 4,50´´ hasta 5,10´´ Más de 5´00´´ hasta 5´20´´ Más de 5´10´´ hasta 5´30´´ Más de 5´30´´ hasta 5´45´´ 3,5 Más de 3´50´´ hasta 4´10´´ Más de 4´20´´ hasta 4´45´´ Más de 4,30´´ hasta 4´50´´ Más de 4´40´´ hasta 5´00´´ Más de 4´50´´ hasta 5´10´´ Más de 5´05´´ hasta 5´30´´ 4 Más de 3´35´´ hasta 3´50´´ Más de 3´55´´ hasta 4´20´´ Más de 4´00´´ hasta 4´30´´ Más de 4´20´´ hasta 4´40´´ Más de 4´30´´ hasta 4´50´´ Más de 4´45´´ hasta 5´05´´ 4,5 Más de 3´20´´ hasta 3´35´´ Más de 3´35´´ hasta 3´55´´ Más de 3´45´´ hasta 4´00´´ Más de 3´55´´ hasta 4´20´´ Más de 4´05´´ hasta 4´30´´ Más de 4´15´´ hasta 4´45´´ 5 3´20´´ o menos 3´35´´ o menos 3´45´´ o menos 3´55´´ o menos 4´05´´ o menos 4´15´´ o menos Salto de longitud con los pies juntos.
Cuadro de marcas en metros (m) y su puntuación (hombres) Puntos Hasta 31 años 32-36 años 37-41 años 42-47 años 48-54 años Mas de 55 años 0 Menos de 1,5 m. Menos de 1,3 m. Menos de 1,2 m. Menos de 1,1 m. Menos de 1m. Menos de 0,9 m. 0,5 De 1,5 m a 1,6 m. De 1,3 a 1,4 m. De 1,2 a 1,3 m. De 1,1 m a 1,2 m. De 1 a 1,1 m. De 0,9 a 1 m. 1 Más de 1,6 a 1,7 m Más de 1,4 a 1,5 m. Más de 1,3 a 1,4 m Más de 1,2 a 1,3 m Más de 1,1 a 1,2 m Más de 1 a 1,1 m. 1,5 Más de 1,7 a 1,8 m Más de 1,5 a 1,6 m. Más de 1,4 a 1,5 m Más de 1,3 a 1,4 m. Más de 1,2 a 1,3 m. Más de 1,1 a 1,2 m. 2 Más de 1,8 a 1,9 m Más de 1,6 a 1,7 m Más de 1,5 a 1,6 m Más de 1,4 a 1,5 m. Más de 1,3 a 1,4 m. Más de 1,2 a 1,3 m. 2,5 Más de 1,9 a 2 m. Más de 1,7 a 1,8 m. Más de 1,6 a 1,7 m Más de 1,5 a 1,6 m. Más de 1,4 a 1,5 m. Más de 1,3 a 1,4 m. 3 Más de 2 a 2,3 m. Más de 1,8 a 2,1 m. Más de 1,7 a 2 m. Más de 1,6 a 1,9 m. Más de 1,5 a 1,8 m. Más de 1,4 a 1,7 m. 3,5 Más de 2,3 a 2,7 m Más de 2,1 a 2,5 m. Más de 2 a 2,4 m. Más de 1,9 a 2,3 m. Más de 1,8 a 2,2 m. Más de 1,7 a 2,1 m. 4 Más de 2,7 a 2,8 m Más de 2,5 a 2,6 m. Más de 2,4 a 2,5 m Más de 2,3 a 2,4 m. Más de 2,2 a 2,3 m. Más de 2,1 a 2,2 m.
4,5 Más de 2,8 a 3,2 m Más de 2,6 a 3 m. Más de 2,5 a 2,9 m Más de 2,4 a 2,8 m. Más de 2,3 a 2,7 m. Más de 2,2 a 2,6 m. 5 Más de 3,2 m. Más de 3 m. Más de 2,9 m. Más de 2,8 m. Más de 2,7 m. Más de 2,6 m.
Salto de longitud con los pies juntos.
Cuadro de marcas en metros (m) y su puntuación (mujeres) Puntos Hasta 31 años 32-36 años 37-41 años 42-47 años 48-54 años Mas de 55 años 0 Menos de 1,00 m. Menos de 0,90 m. Menos de 0´80 m Menos de 0,75 m. Menos de 0,70 m Menos de 0,60 m. 0,5 Más de 1,00 hasta 1,15 m.
Más de 0,90 hasta 1,00 m Más de 0,80 hasta 0,90 m.
Más de 0,75 hasta 0,85 m.
Más de 0,70 hasta 0,80 m.
Más de 0,60 hasta 0,70 m.
1 Más de 1,15 hasta 1,25 m.
Más de 1,00 hasta 1,10 m.
Más de 0,90 hasta 1,00 m.
Más de 0,85 hasta 0,95 m.
Más de 0,80 hasta 0,90 m.
Más de 0,70 hasta 0,75 m.
1,5 Más de 1,25 hasta 1,40 m Más de 1,10 hasta 1,20 m.
Más de 1,00 hasta 1,10 m.
Más de 0,95 hasta 1,00 m.
Más de 0,90 hasta 0,95 m.
Más de 0,75 hasta 0,80 m.
2 Más de 1,40 hasta 1,55 m Más de 1,20 hasta 1,30 m.
Más de 1,10 hasta 1,20 m.
Más de 1,00 hasta 1,10 m.
Más de 0,95 hasta 1,00 m.
Más de 0,80 hasta 0,90 m.
2,5 Más de 1,55 hasta 1,70 m.
Más de 1,30 hasta 1,50 m.
Más de 1,20 hasta 1,40 m Más de 1,10 hasta 1,25 m Más de 1,00 hasta 1,15 m.
Más de 0,90 hasta 1,05 m.
3 Más de 1,70 hasta 1,90 m.
Más de 1,50 hasta 1,70 m.
Más de 1,40 hasta 1,65 m.
Más de 1,25 hasta 1,45 m.
Más de 1,15 hasta 1,35 m.
Más de 1,05 hasta 1,25 m.
3,5 Más de 1,90 hasta 2,10 m.
Más de 1,70 hasta 1,95 m.
Más de 1,65 hasta 1,90 m.
Más de 1,45 hasta 1,70 m.
Más de 1,35 hasta 1,60 m.
Más de 1,25 hasta 1,45 m.
4 Más de 2,10 hasta 2,35 m Más de 1,95 hasta 2,25 m.
Más de 1,90 hasta 2,15 m Más de 1,70 hasta 2,05 m.
Más de 1,60 hasta 1,95 m.
Más de 1,45 hasta 1,75 m.
4,5 Más de 2,35 m hasta 2,6 m.
Más de 2,25 hasta 2,5 m.
Más de 2,15 hasta 2,4 m.
Más de 2,05 hasta 2,3 m.
Más de 1,95 hasta 2,2 m.
Más de 1,75 hasta 2,00 m.
5 Más de 2,6 m. Más de 2,5 m. Más de 2,4 m. Más de 2,3 m. Más de 2,2 m. Más de 2,00 m.
Lanzamiento balón medicinal (4 kgs).
Cuadro de marcas en metros (m) y su puntuación (hombres) Puntos Hasta 31 años 32-36 años 37-41 años 42-47 años 48-54 años Mas de 55 años 0 Menos de 3 m. Menos de 2 m. Menos de 1,5 m. Menos de 1,35 m. Menos de 1m. Menos de 1 m.
0,5 De 3 m a 3,5 m. De 2 a 2,5 m. De 1,5 a 2 m. De 1,35 m a 1,85 m. De 1 a 1,25 m. De 1 a 1,25 m. 1 Más de 3,5 a 4 m. Más de 2,5 a 3 m. Más de 2 a 2,5 m. Más de 1,85 a 2,35 m Más de 1,25 a 1,75 m Más de 1,25 a 1,5 m. 1,5 Más de 4 a 4,5 m. Más de 3 a 3,5 m. Más de 2,5 a 3 m. Más de 2,35 a 2,85 m. Más de 1,75 a 2,25 m. Más de 1,5 a 2 m. 2 Más de 4,5 a 5 m. Más de 3,5 a 4 m Más de 3 a 3,5 m. Más de 2,85 a 3,35 m. Más de 2,25 a 2,75 m. Más de 2 a 2,5 m. 2,5 Más de 5 a 5,5 m. Más de 4 a 4,5 m. Más de 3,5 a 4 m Más de 3,35 a 3,85 m. Más de 2,75 a 3,25 m. Más de 2,5 a 3 m. 3 Más de 5,5 a 6 m. Más de 4,5 a 5 m. Más de 4 a 4,5 m. Más de 3,85 a 4,35 m. Más de 3,25 a 3,75 m. Más de 3 a 3,5 m. 3,5 Más de 6 a 7 m Más de 5 a 6 m. Más de 4,5 a 5,5 m Más de 4,35 a 5,35 m. Más de 3,75 a 4,75 m. Más de 3,5 a 4,5 m. 4 Más de 7 a 8 m. Más de 6 a 7 m. Más de 5,5 a 6,5 m. Más de 5,35 a 6,35 m. Más de 4,75 a 5,75 m. Más de 4,5 a 5,5 m. 4,5 Más de 8 a 9,5 m. Más de 7 a 8,5 m. Más de 6,5 a 8 m. Más de 6,35 a 7,5 m. Más de 5,75 a 7 m. Más de 5,5 a 7 m. 5 Más de 9,5 m. Más de 8,5 m. Más de 8 m. Más de 7,5 m. Más de 7 m. Más de 7 m.
Lanzamiento balón medicinal (3 kgs).
Cuadro de marcas en metros (m) y su puntuación (mujeres) Puntos Hasta 31 años 32-36 años 37-41 años 42-47 años 48-54 años Mas de 55 años 0 Menos de 2,00 m. Menos de 1,70 m. Menos de 1,50 m. Menos de 1,35 Menos de 1,00 m. Menos de 1,00 m. 0,5 Más de 2,00 hasta 2,60 m. Más de 1,70 hasta 2,20 m. Más de 1,50 hasta 2,00 m. Más de 1,35 hasta 1,80 m. Más de 1,00 hasta 1,60 m. Más de 1,00 hasta 1,50 m. 1 Más de 2,60 hasta 3,00 m. Más de 2,20 hasta 2,60 m. Más 2,00 hasta 2,35 m. Más de 1,80 hasta 2,25 m. Más de 1,60 hasta 1,85 m. Más de 1,50 hasta 1,70 m. 1,5 Más de 3,00 hasta 3,35 m. Más de 2,60 a 3,00 m. Más de 2,35 hasta 2,65 m. Más de 2,25 hasta 2,50 m. Más de 1,85 hasta 2,10 m. Más de 1,70 hasta 2,00 m. 2 Más de 3,35 hasta 3,75 m. Más de 3,00 hasta 3,25 m. Más de 2,65 hasta 3,00 m. Más de 2,50 hasta 2,75 m. Más de 2,10 hasta 2,50 m. Más de 2,00 hasta 2,30 m. 2,5 Más de 3,75 a 4,25 m. Más de 3,25 a 3,75 m. Más de 3,00 hasta 3,50 m Más de 2,75 hasta 3,20 m. Más de 2,50 hasta 3,00 m Más de 2,30 a 2,75 m. 3 Más de 4,25 a 5,00 m. Más de 3,75 a 5,00 m. Más de 3,50 hasta 4,50 m. Más de 3,20 hasta 4,00 m. Más de 3,00 hasta 3,75 m. Más de 2,75 hasta 3,50 m.
3,5 Más de 5,00 a 6,00 m. Más de 5,00 a 6,00 m. Más de 4,50 hasta 5,50 m. Más de 4,00 hasta 5,30 m. Más de 3,75 hasta 5,00 m. Más de 3,50 hasta 4,75 m. 4 Más de 6,00 a 7,00 m. Más de 6,00 hasta 7,00 m. Más de 5,50 hasta 6,50 m. Más de 5,30 hasta 6,30 m. Más de 5,00 hasta 6,00 m. Más de 4,75 hasta 6,00 m. 4,5 Más de 7,00 hasta 8,5 m. Más de 7,00 hasta 8,3 m. Más de 6,50 hasta 8,1 m. Más de 6,30 hasta 7,5 m. Más de 6,00 hasta 7,00 m. Más de 6,00 hasta 7,00 m. 5 Más de 8,5 m. Más de 8,3 m. Más de 8,1 m. Más de 7,5 m. Más de 7,00 m. Más de 7,00 m.
ANEXO II CONVOCATORIA PARA EL INGRESO EN LA CATEGORÍA DE OFICIAL DEL CUERPO DE POLICÍA LOCAL DE PUERTOLLANO.
SEGUNDA PRUEBA: CONOCIMIENTOS.
Programa.
PARTE GENERAL.
TEMA 1.- La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido. Derechos y deberes funda - mentales de los españoles. Su garantía y suspensión. La reforma de la Constitución.
TEMA 2.- El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Presidente del Gobierno. Los Vicepresidentes. El Consejo de Ministros y las Comisiones Delegadas del Gobierno. El Consejo de Estado.
TEMA 3.- La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Au - tonomía. Competencias de las Comunidades Autónomas. La financiación de las Comunidades Autónomas. TEMA 4.- La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: su Estatuto de Autonomía. De las Insti - tuciones de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: Las Cortes de Castilla-La Mancha, el Presi - dente de la Junta y el Consejo de Gobierno.
TEMA 5.- Competencias de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
TEMA 6.- El Derecho administrativo general. La Administración Pública. Concepto. Fuentes del derecho administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los Reglamentos. TEMA 7.- El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Efica - cia y validez de los actos administrativos. El funcionamiento electrónico del sector público. TEMA 8.- El procedimiento administrativo: Concepto y principios generales. Fases del procedi - miento administrativo. Peculiaridades del procedimiento administrativo local. Los recursos administra - tivos. El recurso contencioso–Administrativo contra los actos y disposiciones de las Entidades Locales. TEMA 9.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa I: Actividad en materia de venta ambulante y consumo, animales domésticos y potencialmente peligrosos, urbanismo y medio am - biente. Venta de bebidas alcohólicas a menores.
TEMA 10.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa III: Condiciones y requisi - tos de organización y celebración de Espectáculos públicos y Actividades Recreativas en Castilla-La Mancha. Seguros. Derechos y obligaciones de espectadores y asistentes. Horario, publicidad y venta de entradas. Vigilancia, inspección y régimen sancionador.
TEMA 11.- La Administración Local: Conceptos, principios constitucionales, regulación jurídica y Entidades que comprende. El Municipio. El padrón municipal. Las Mancomunidades. Los Órganos de Go - bierno Municipal: el Alcalde, el Pleno, la Junta de Gobierno Local y otros Órganos. Competencias muni - cipales.
TEMA 12.- Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Clases. Procedimiento de elaboración y aproba - ción de cada uno de ellos. Información y participación ciudadana en el ámbito local.
TEMA 13.- La Función Pública Local y su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios; especial referencia a los funcionarios de los Cuerpos de Policía Local. Régimen disciplinario de los Cuerpos de Policía Local. Sistema de responsabilidades, penal, civil y administrativa.
PARTE ESPECIAL.
TEMA 14.- La Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.
TEMA 15.- Normativa de desarrollo de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha. Reglamentos y Órdenes de aplicación en la materia.
TEMA 16.- La Policía Local como Policía Judicial: La comprobación del delito y averiguación del delincuente. Funciones de la Policía Local como Policía Judicial.
TEMA 17.- El atestado policial. Concepto, estructura y características. La regulación del atestado policial en la legislación vigente.
TEMA 18.- Delitos. Concepto. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Perso - nas responsables. Grados de ejecución.
TEMA 19.- Delito de lesiones. Delitos contra la libertad: las detenciones ilegales y los secuestros. Las amenazas. Las coacciones.
TEMA 20.- Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales: De las agresiones sexuales. De los abusos sexuales. De los abusos y agresiones sexuales a menores de dieciséis años. Del acoso sexual. De los delitos de exhibicionismo y provocación sexual. De los delitos relativos a la prostitución y a la ex - plotación sexual y corrupción de menores.
TEMA 21.- Tratamiento jurídico de la violencia de género. Las medidas de protección integral contra la violencia de género. Derechos de las mujeres, víctimas de violencia de género.
TEMA 22.- Tratamiento jurídico de la violencia doméstica. Protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
TEMA 23.- Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domi - cilio: Del descubrimiento y revelación de secretos. Del allanamiento de morada, domicilio de personas jurídicas y establecimientos abiertos al público.
TEMA 24.- Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico.
TEMA 25.- De los delitos contra los derechos de los trabajadores. Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. Delitos de incendios. Delitos contra la salud pública.
TEMA 26.- Delitos contra la Administración Pública. Delitos relativos a la ordenación del territo - rio y el urbanismo. La protección del patrimonio histórico y el medio ambiente.
TEMA 27.- Delitos contra el orden público: De los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia. De los desórdenes públicos.
TEMA 28.- Delitos de odio y conductas que vulneran las normas legales sobre discriminación. TEMA 29.- La detención: Concepto. Supuestos especiales de detención. Derechos del detenido. El procedimiento de Hábeas Corpus.
TEMA 30.- Tipos de procedimientos penales. Especial referencia al enjuiciamiento rápido de de - terminados delitos (los juicios rápidos).
TEMA 31.- Delitos contra la seguridad vial: su regulación en el Código Penal. Principio “non bis in idem”.
TEMA 32.- Normativa sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Objeto y ámbito de aplicación. Administraciones Públicas competentes en materia de tráfico y seguridad vial:
Especial consideración de las competencias municipales. El Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.
TEMA 33.- El procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Infracciones y sanciones administrativas. Personas responsables. Clases de procedi - mientos y recursos. El tablón edictal de sanciones de tráfico. Medidas provisionales y otras medidas. Ejecución de las sanciones. Prescripción y caducidad.
TEMA 34.- La conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópi - cos, estimulantes u otras sustancias análogas: investigación y práctica de pruebas de detección de di chas bebidas o sustancias. Regulación administrativa de los etilómetros.
TEMA 35.- Los accidentes de tráfico: concepto y consideraciones previas. Sus causas, clases y fa - ses. Actuaciones de la Policía Local en accidentes de tráfico. TEMA 36.- El Reglamento General de Con - ductores.
TEMA 37.- El Reglamento General de Vehículos.
TEMA 38.- Sistema Nacional de Protección Civil. Plan Territorial de Emergencias de Castilla-La Mancha. Planes especiales, específicos y de respuesta. Planes de emergencias de ámbito municipal. TEMA 39.- La Ley sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.
TEMA 40.- La igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI.
TEMA 41.- El Mando I. Concepto, funciones y responsabilidad. La Orden.
TEMA 42.- El Mando II. Planificación. Organización, distribución, ejecución y control del trabajo policial.
Contra este acuerdo/resolución, que pone fin a la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y 8, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, se podrá interponer uno de los siguientes recursos:
a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recu - rrido (salvo que se trate de un acto dictado por delegación en cuyo caso corresponderá la resolución al órgano delegante), en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación. La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el ar - tículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que éste haya sido resuelto, podrá entender que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Admi - nistrativo de Ciudad Real, en el plazo de seis meses, a contar desde el día siguiente al de la desesti - mación presunta.
b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ciu - dad Real, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la recepción de esta no - tificación. En caso de optar por el recurso potestativo de reposición no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desesti - mación por silencio administrativo. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que esti - me procedente. Lo que le notifico para su conocimiento a los efectos oportunos, sin perjuicio de que pueda emprender cuantas acciones tenga por convenientes en defensa de sus derechos.
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