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Ajuntaments i diputacions
Convocatòria
Las Palmas
Profesor/a de Música (Clarinete/Saxofón)
Cabildo Insular de Fuerteventura · Canarias
Places
1
segons la publicació
Grup
A2
segons la publicació
Sistema
Concurs oposició
Docent
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- Titulació Grau universitariDeduït del grup A2: confirma-ho a les bases.
- Qui s'hi pot presentar Torn lliure: qualsevol persona que compleixi els requisits.
- Termini de sol·licituds Encara no ha començat. Plazo aún no abierto: empieza al publicarse en el BOE (20 naturales)
- Com presentar-s'hi La sol·licitud es presenta a la seu electrònica o al registre de l'organisme convocant; els passos exactes són a la publicació oficial ↗.
- Tipus
- Convocatòria
- Títol oficial
- Convocatoria y bases específicas que regirán la selección de 1 plaza de Profesor/a de Música (Clarinete/Saxofón)
- Convoca
- Cabildo Insular de Fuerteventura
- Àmbit
- Ajuntaments i diputacions
- Accés
- Torn lliure
- Publicada
- 09/10/2026 a Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas
- Font
- Basat en dades de Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas ↗. Última comprovació: 14/10/2026.
4 temes segons la publicació.
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TEMARIO PROFESOR/A DE MÚSICA - CLARINETE SAXOFÓN TEMAS COMUNES
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Título preliminar. La organización territorial del Estado: Principios generales, de la Administración local. Procedimiento de reforma de la Constitución.
Tema 2. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: Principios de protección de datos. Derecho de las Personas. Encargado de tratamiento.
Tema 3. Ley 3/2026, de 16 de junio, de Cabildos Insulares: competencias de los cabildos insulares: disposiciones generales; competencias de los cabildos insulares como órganos de gobierno, administración y representación de las islas: disposiciones generales.
Tema 4. Reglamento Orgánico del Cabildo Insular de Fuerteventura: Órganos de Gobierno. El pleno: naturaleza y composición, atribuciones, sesiones, tipo de sesiones, celebración y convocatoria de las sesiones. La Presidencia: atribuciones, formas de las normas, actos y decisiones de la Presidencia, delegación de atribuciones. Tema 5. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: De los convenios. Tema 6. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. De los interesados en el procedimiento: la capacidad de obrar y el concepto de interesado. Identificación y firma de los interesados en el procedimiento administrativo.
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Mediante Resolución 6797/2026 de la Consejera de Área Insular de Hacienda, Promoción Económica, Recursos Humanos, Deportes y Movilidad Sostenible, de fecha 2 de octubre de 2026, se procede a la aprobación de la convocatoria y las bases específicas, por las que se regirá el proceso selectivo de una (1) plaza de PROFESOR/A DE MUSICA, con la especialidad de Clarinete/Saxofón, Grupo A, Subgrupo A2, mediante el sistema de concurso-oposición por el turno libre, así como la configuración de la lista de reserva, para el Cabildo de Fuerteventura, incluida en la Oferta de Empleo Público 2025, aprobada mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno Insular del Cabildo de Fuerteventura de fecha 27 de agosto de 2025, en el sentido siguiente: Primero. Aprobar la convocatoria y las siguientes bases específicas por las que se regirá el proceso selectivo, de una (1) plaza de Profesor/a de Música, con la especialidad de Clarinete / Saxofón, Grupo A, Subgrupo A2, mediante el sistema de concurso-oposición por el turno libre, así como la configuración de la lista de reserva, para el Cabildo de Fuerteventura, conforme a las Bases Generales para la selección de personal funcionario de carrera y laboral fijo aprobadas mediante Resolución del Consejero de Recursos Humanos de 11 de junio de 2015 (BOP de Las Palmas número 77, de 17 de junio de 2015), modificadas por Resolución de 3 de diciembre de 2021 (BOP de Las Palmas número 150, de 15 de diciembre de 2021).
BASES ESPECÍFICAS DE SELECCIÓN POR LA QUE SE REGIRÁ EL PROCESO SELECTIVO DE UNA PLAZA DE PROFESOR/A DE MÚSICA CON LA ESPECIALIDAD DE CLARINETE / SAXOFÓN, V ACANTE EN LA PLANTILLA COMO PERSONAL LABORAL DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE FUERTEVENTURA, POR EL TURNO LIBRE, INCLUIDA EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2025.
PRIMERA. CARACTERÍSTICAS DEL PUESTO DE TRABAJO OBJETO DE LA CONVOCATORIA:
Denominación de los puestos: Profesor/a de Música.
Vínculo: Laboral.
Ubicación: Escuela Insular de Música.
Especialidad: Clarinete/Saxofón.
Número de puestos: 1.
SEGUNDA. CARACTERÍSTICAS DE LA PLAZA:
Plaza incluida en la Oferta de Empleo Público de 2025 del Cabildo Insular de Fuerteventura. (BOP de Las Palmas, número 104, de 29/08/2025).
Denominación: Profesor/a de Música.
Vínculo: Laboral Fijo.
Grupo de Clasificación: A, Subgrupo: A2.
Número de plazas: 1.
TERCERA. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES:
Además de lo dispuesto en la Base Cuarta de las Bases Generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Cabildo de Fuerteventura para la selección de funcionarios de carrera y personal laboral fijo, se requiere lo siguiente:
- Título Superior de Música o equivalente con la especialidad de Clarinete / Saxofón.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso la homologación.
- Estar en posesión del carnet de conducir B.
- Certificado de carecer de antecedentes penales por delitos de naturaleza sexual, según establece la Ley 26/2015.
CUARTA. SOLICITUDES:
Se estará a lo dispuesto en la Base Quinta de las Bases Generales. El plazo de presentación será de VEINTE DÍAS NATURALES, contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán presentarán su solicitud telemáticamente a través de la sede electrónica del Cabildo de Fuerteventura (Ofertas de Empleo- Convocatorias - https://cabildofuer.convoca.online), junto a la documentación requerida.
Los aspirantes deberán aportar junto a la solicitud los documentos acreditativos de los méritos alegados. No será necesaria la compulsa de los documentos que se presenten, bastando la declaración responsable sobre la autenticidad de los mismos, así como de los datos que figuran en la instancia, sin perjuicio de que, en cualquier momento, el tribunal calificador o los órganos competentes del Cabildo de Fuerteventura, puedan requerir a los aspirantes que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados y que hayan sido objeto de valoración. La fecha límite para la alegación de los méritos y la presentación de los documentos relativos a los mismos será la de finalización del plazo de presentación de solicitudes. En ningún caso se valorarán méritos no alegados en la solicitud o no acreditados documentalmente en el plazo de presentación de solicitudes. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la inadmisión del aspirante al proceso selectivo.
QUINTA. DERECHOS DE EXAMEN:
Se estará a lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por inscripción en pruebas selectivas del personal al servicio del Cabildo de Fuerteventura, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, número 98 de fecha 30 de junio de 2010.
Para la plaza de Profesor/a de Música, el/la aspirante debe abonar 40 euros.
SEXTA. ADMISIÓN DE LOS ASPIRANTES:
Se estará a lo dispuesto en la Base Sexta de las Bases Generales.
SÉPTIMA. TRIBUNAL:
Se estará a lo dispuesto en la Base Séptima de las Bases Generales.
OCTA V A. SISTEMA SELECTIVO:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.7 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y en la Base Octava de las Bases Generales, el sistema selectivo aplicable será el de concurso-oposición.
La elección de este sistema se fundamenta en la especial naturaleza técnica, artística y pedagógica de las funciones atribuidas al puesto de Profesor/a de Música, especialidad Clarinete/Saxofón (Ficha RPT número 81), caracterizadas por la impartición de enseñanzas musicales especializadas, la elaboración y desarrollo de programaciones didácticas, la evaluación continua del alumnado, el ejercicio de la acción tutorial, la participación en los órganos docentes de la Escuela de Música, la elaboración de memorias e informes, la organización de pruebas de acceso y la actualización permanente de las metodologías de enseñanza. De conformidad con la doctrina jurisprudencial vigente, la motivación detallada y la justificación técnica de la proporcionalidad de este sistema constan debidamente acreditadas en el informe técnico emitido por el Servicio de Recursos Humanos que obra en el expediente administrativo de esta convocatoria.
Asimismo, la configuración del proceso selectivo garantiza el carácter predominante de la fase de oposición, que constituye el elemento esencial para determinar la idoneidad de las personas aspirantes, mientras que la fase de concurso tendrá carácter no eliminatorio y una incidencia limitada en la puntuación total del proceso selectivo, respetándose plenamente los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad recogidos en los artículos 23.2 y 103.3 de la Constitución Española, así como en el artículo 55 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
NOVENA. DESARROLLO DEL PROCESO SELECTIVO:
Se estará a lo dispuesto en la Base Octava de las Bases Generales.
DÉCIMA. DESCRIPCIÓN DEL PROCESO SELECTIVO:
Atendiendo a lo establecido en la Base Octava y Novena de las Bases Generales, el sistema selectivo que se aplicará en esta convocatoria será de concurso-oposición:
A. FASE DE OPOSICIÓN:
La fase de oposición constará de dos partes, ambas eliminatorias, siendo la puntuación final la suma de las calificaciones obtenidas en cada una de las partes de la fase. La calificación máxima de la fase de oposición será de 20 puntos.
Primera parte, de carácter teórico.
Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 100 preguntas tipo test en 100 minutos, relacionadas con todo el temario, con cuatro respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta.
En lo relativo a la calificación, cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con el equivalente a 1/3 del valor de la respuesta correcta, redondeando al valor del segundo decimal.
Este ejercicio se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5,00 puntos para superarlo.
Segunda parte, de carácter práctico. Consistirá en la realización de dos ejercicios de carácter práctico, ambos eliminatorios.
* Prueba de interpretación, de carácter práctico. Tendrá una duración máxima de 30 minutos por aspirante. El ejercicio consistirá en la interpretación durante un tiempo máximo de 30 minutos de música de 3 obras o movimientos de obras de diferentes estilos.
La realización de este ejercicio se efectuará individualmente ante el tribunal, en la fecha, hora y aula establecidas en la convocatoria de las pruebas.
Todos los aspirantes deberán entregar al tribunal, en el momento de la realización del ejercicio, una relación de las obras elegidas, especificando título, estilo y autor, además del nombre del aspirante, y las partituras de dichas obras por triplicado. El aspirante podrá optar por interpretar las obras con o sin acompañamiento de piano u otro instrumento, si bien en ningún caso el Cabildo proporcionará el pianista acompañante.
El Tribunal valorará y puntuará de 0 a 10 puntos, los aspectos técnicos e interpretativos.
La puntuación de cada aspirante en el ejercicio será la media aritmética de las calificaciones de todos los miembros del Tribunal asistentes a las sesiones. En dicho ejercicio será eliminado el aspirante que no alcance un mínimo de 5 puntos, quienes podrán ser calificados por el Tribunal como “no apto”.
* Exposición de una clase, consistirá en la impartición de una clase de cualquier nivel de la especialidad a la que se opta, en sesión presencial de unos 30 minutos aproximadamente, de carácter obligatoria y eliminatorio. Tras llevar a cabo la simulación docente, el Tribunal podrá plantear las preguntas que considere, en relación a la lección impartida por el aspirante.
Los aspirantes deberán asistir a esta prueba acompañados, como mínimo, con una persona que actuará en calidad de alumno.
Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5,00 puntos para superarlo. La calificación de la parte práctica será el resultado de calcular la media de las calificaciones obtenidas en los dos ejercicios de carácter práctico.
B. FASE DE CONCURSO
Accederán a la fase de concurso únicamente las personas aspirantes que hayan superado los dos ejercicios de la fase de oposición.
Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, conforme al siguiente baremo:
1. Experiencia Profesional (Máximo 1,50 puntos):
a.1) Por servicios prestados en cualquier Administración Pública, en plazas o puestos de trabajo pertenecientes al grupo y categoría profesional igual al que se opta: 0,04 puntos por mes completo de servicio.
* Para la acreditación de la experiencia profesional se deberá aportar la siguiente documentación:
- Certificación de servicios prestados expedido por la unidad de recursos humanos competente, en el que conste los periodos de servicios prestados con el tiempo exacto de duración de los mismos, especificando los siguientes datos para cada uno de dichos periodos: Vínculo, Grupo, Subgrupo, Escala, subescala, clase, rama y especialidad.
- Informe de vida laboral.
a.2) Por servicios prestados en empresas públicas o sector privado, por cuenta ajena, en puestos de trabajo de la misma categoría y titulación acreditada mediante contrato y vida laboral: 0,03 puntos por mes completo de servicio.
2. Méritos Formativos y de Perfeccionamiento (Máximo 0,50 puntos):
Se valorarán los cursos realizados que tengan relación con las materias objeto de la convocatoria que hayan sido impartidos o reconocidos por Universidades, Centros Oficiales de Formación (INAP, ICAP o análogos), Administraciones Públicas y Consorcios de Administraciones Públicas (FECAI, FECAM o análogos), y de sindicatos incluidos en planes de formación continua para empleados públicos. La puntuación máxima que puede obtenerse por este concepto de méritos académicos será de 0,50 puntos y se otorgará de acuerdo con el siguiente baremo:
b.1) Cursos de hasta 20 horas: 0,20 puntos.
b.2) Cursos entre 21 y 60 horas: 0,30 puntos.
b.3) cursos de más 60 horas: 0,50 puntos.
El Tribunal publicará la puntuación provisional de la fase de concurso, abriéndose un plazo de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES para la presentación de alegaciones. Tras su resolución, se elevará a definitiva.
DECIMOPRIMERA. SUPERACIÓN DEL PROCESO SELECTIVO, LISTADO DE APROBADOS, ACREDITACIÓN DE REQUISITOS Y NOMBRAMIENTO.
Se estará a lo dispuesto en las Bases Generales.
En caso de empate en la calificación definitiva del proceso de selección, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1. La mayor puntuación obtenida en la fase oposición.
2. La mayor puntuación obtenida en la parte práctica de la fase de oposición.
3. La mayor puntuación alcanzada en la parte teórica de la fase de oposición
4. La mayor puntuación alcanzada en la fase de concurso.
5. La mayor puntuación alcanzada en la experiencia profesional.
En caso de que, a pesar de la utilización sucesiva de todos los criterios anteriores, persistiera el empate, se dirimirá por sorteo en acto público entre los aspirantes afectados.
DECIMOSEGUNDA. CONSTITUCIÓN LISTA DE RESERV A EN LA PLAZA CONVOCADA.
En el caso de que existieran candidatos que hayan superado el proceso selectivo o contratados como personal laboral fijo y no puedan ser nombrados funcionarios de carrera, se confeccionará una lista de reserva. La lista de reserva que se configure, como consecuencia del proceso selectivo a que se refieren las presentes bases, se regirá en todos sus términos por las disposiciones contenidas en las normas de funcionamiento de las listas de reserva para cubrir interinidades y contrataciones temporales del Cabildo Insular de Fuerteventura. DECIMOTERCERA. COMUNICACIONES E INCIDENCIAS.
Se estará a lo dispuesto en la Base Decimocuarta de las Bases Generales.
TEMARIO PROFESOR/A DE MÚSICA - CLARINETE SAXOFÓN TEMAS COMUNES
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Título preliminar. La organización territorial del Estado: Principios generales, de la Administración local. Procedimiento de reforma de la Constitución.
Tema 2. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: Principios de protección de datos. Derecho de las Personas. Encargado de tratamiento.
Tema 3. Ley 3/2026, de 16 de junio, de Cabildos Insulares: competencias de los cabildos insulares: disposiciones generales; competencias de los cabildos insulares como órganos de gobierno, administración y representación de las islas: disposiciones generales.
Tema 4. Reglamento Orgánico del Cabildo Insular de Fuerteventura: Órganos de Gobierno. El pleno: naturaleza y composición, atribuciones, sesiones, tipo de sesiones, celebración y convocatoria de las sesiones. La Presidencia: atribuciones, formas de las normas, actos y decisiones de la Presidencia, delegación de atribuciones. Tema 5. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: De los convenios. Tema 6. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. De los interesados en el procedimiento: la capacidad de obrar y el concepto de interesado. Identificación y firma de los interesados en el procedimiento administrativo.
Tema 7. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Iniciación del procedimiento, disposiciones generales, iniciación del procedimiento de oficio por la administración, inicio del procedimiento a solicitud del interesado. Ordenación del procedimiento. Instrucción del procedimiento; disposiciones generales.
Tema 8. Políticas de Igualdad de género. La Ley Orgánica de 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: Principio de igualdad y tutela contra la discriminación. Principios de las políticas públicas para la igualdad.
Tema 9. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: Contratos del sector público, delimitación de los tipos contractuales, contratos sujetos a una regulación armonizada, contratos administrativos y contratos privados.
Tema 10. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: Objeto, presupuesto base de licitación, valor estimado y precio del contrato y su revisión. De la preparación de los contratos de las Administraciones Públicas.
Tema 11. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: De la adjudicación de los contratos de las Administraciones Públicas, normas generales.
Tema 12. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: Personal al servicio de las Administraciones Públicas, clases de personal. Derechos de los empleados públicos. Deberes de los empleados públicos. Códigos de conducta.
TEMAS ESPECÍFICOS
Tema 13. Origen del Clarinete, antecedentes y contexto histórico.
Tema 14. Papel de Johan Christoph Denner.
Tema 15. Características físico-acústicas del clarinete.
Tema 16. Importancia del Sistema Boehn en la estandarización del clarinete.
Tema 17. Influencia del período Clásico en el desarrollo del clarinete.
Tema 18. Escuela de Mannheim.
Tema 19. Familia de los clarinetes.
Tema 20. Obras y compositores más representativos del período Clásico en el clarinete.
Tema 21. Breve análisis histórico, estructural y estético del Concierto para Clarinete y Orquesta de Mozart en La Mayor, K.622.
Tema 22. Obras y compositores más representativos del período Romántico en el clarinete.
Tema 23. Obras y compositores más representativos en el Siglo XX para el clarinete.
Tema 24. Papel del clarinete en la orquesta sinfónica. Solistas destacados.
Tema 25. Música de Cámara para clarinete. Obras y compositores importantes.
Tema 26. Papel del clarinete en la Música Popular y Folklórica de Europa.
Tema 27. El clarinete en la Música Klezmer Tema 28. Papel del clarinete en la música de concierto, popular y folclórica de Iberoamérica.
Tema 29. Papel del clarinete en el Jazz. Solistas destacados y sus respectivos estilos.
Tema 30. Recursos estilísticos y expresivos dentro del estilo New Orleans y Dixieland.
Tema 31. Recursos estilísticos y expresivos dentro del Blues y el Swing.
Tema 32. Unidad didáctica enfocada a la improvisación rítmica y melódica en el contexto de una progresión armónica diatónica para clarinete.
Tema 33. El clarinete en la actualidad: Jazz contemporáneo, improvisación libre, música electrónica y experimentales.
Tema 34. Origen del saxofón, contexto histórico: Papel de Adolphe Sax Tema 35. Familia de los saxofones.
Tema 36. Escuela Francesa de Saxofón: Papel de Marcel Mule Tema 37. Obras y compositores importantes para el repertorio solista del saxofón dentro de la música de concierto. Tema 38. Solistas destacados en la interpretación del saxofón.
Tema 39. Papel del saxofón en la orquesta sinfónica.
Tema 40. Música de Cámara para saxofón: Cuarteto de saxofones.
Tema 41. Papel del saxofón dentro del Jazz.
Tema 42. Recursos estilísticos y expresivos dentro del estilo New Orleans y Dixieland.
Tema 43. Recursos estilísticos y expresivos dentro del Blues y el Swing: Blues rearmonizado de Jazz. Tema 44. Recursos estilísticos y expresivos dentro del Bebop.
Tema 45. Papel de Charlie Parker.
Tema 46. Jazz Modal en el saxofón.
Tema 47. Papel de John Coltrane Tema 48. Recursos estilísticos del saxofón dentro del Pop, el Funk y el Rock Tema 49. Papel de Michael Brecker Tema 50. El saxofón dentro del Latín Jazz.
Tema 51. Unidad didáctica enfocada a la improvisación rítmica y melódica en el contexto de una progresión armónica diatónica para saxofón.
Tema 52. El saxofón dentro de la improvisación libre, música electrónica y electroacústica.
Tema 53. Principales semejanzas y diferencias entre el clarinete y el saxofón con relación a su construcción y características físico-acústicas.
Tema 54. Formatos instrumentales compartidos por el saxofón y el clarinete.
Tema 55. Aspectos semejantes y diferenciales en las embocaduras del saxofón y del clarinete.
Tema 56. Describir los roles diferenciados del clarinete y el saxofón dentro de la Banda de Concierto. Tema 57. Unidad Didáctica enfocada a la unificación de habilidades para el desarrollo del multiinstrumentismo. Tema 58. Uso de material y accesorios que facilitan el multiinstrumentismo.
Tema 59. Técnicas extendidas para el saxofón y el clarinete en el marco de las vanguardias del Siglo XX. Tema 60. Géneros de la música popular donde destacan el saxofón y el clarinete. Si en la fecha de celebración de los ejercicios se hubiese modificado o derogado la legislación que regula la materia objeto del temario se entenderá que será de aplicación la legislación que en esa fecha entra en vigor.
Segundo. Las bases específicas se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Las Palmas, en el Tablón de Anuncios de la Corporación y en la página web institucional (www.cabildofuer.es). Tercero. Convocar las pruebas selectivas correspondientes, concediendo un plazo de VEINTE DÍAS NATURALES, contados desde el siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Estado, para la presentación de solicitudes.
Cuarto. La correspondiente Resolución se dará cuenta a los Servicios de Intervención y Recursos Humanos y al Pleno de la Corporación a los efectos oportunos.
El presente acto administrativo pone fin a la vía administrativa, y en consecuencia podrá ser recurrido potestativamente en reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado o ser impugnado directamente ante el Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, según disponen los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
En su caso, no se podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del Recurso de Reposición interpuesto.
El plazo para la interposición del Recurso de Reposición será de UN MES.
Transcurrido dicho plazo, únicamente podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del Recurso Extraordinario de Revisión.
El plazo para interponer el Recurso Contencioso-Administrativo será de DOS MESES contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto.
Puerto del Rosario, a cinco de octubre de dos mil veintiséis.
LA CONSEJERA DE ÁREA INSULAR DE HACIENDA, PROM, ECONOC., REC, HUM, DEP Y MOV ,
S, [nombre omitido].
Ajuntaments i diputacions
Funcionario de carrera denominada Ingeniero/a Técnico/a Agrícola
Cabildo Insular de Fuerteventura · Las Palmas
8dies
1 plaça
Publicada el 02/10/2026
Ajuntaments i diputacions
Técnico/a Administración Especial
Cabildo Insular de Fuerteventura · Las Palmas
8dies
1 plaça
Publicada el 02/10/2026
Ajuntaments i diputacions
Ingeniero/a Técnico/a Industrial
Cabildo Insular de Fuerteventura · Las Palmas
8dies
1 plaça
Publicada el 02/10/2026
Ajuntaments i diputacions
Funcionario de carrera denominadas Técnico/a Medio
Cabildo Insular de Fuerteventura · Las Palmas
8dies
2 places
Publicada el 02/10/2026