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Estat
Convocatòria
Letrado/a titular del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo para el orden civil
Consejo General del Poder Judicial
Places
1
segons la publicació
Grup
A1
segons la publicació
Sistema
Concurs de mèrits
Funcionari
Estat del procés
- Convocada: fet
- Sol·licituds: fase actual
- Llistes
- Examen
- Aprovats
- Nomenaments
Fase 2 de 6 · Sol·licituds
- Convocada
- Termini de sol·licituds
- Següent: llistes de persones admeses
Última novetat: convocatoria (13/10/2026). Dates orientatives: confirma-les al butlletí.
M'hi puc presentar?
- Titulació Grau universitariDeduït del grup A1: confirma-ho a les bases.
- Qui s'hi pot presentar No s'indica el tipus d'accés: revisa les bases.
- Termini de sol·licituds Queden 14 dies (fins al 28/10/2026).
- Com presentar-s'hi La sol·licitud es presenta a la seu electrònica o al registre de l'organisme convocant; els passos exactes són a la publicació oficial ↗.
- Tipus
- Convocatòria
- Títol oficial
- Acuerdo de 5 de octubre de 2026, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso para la provisión de plaza de Letrado/a titular del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo para el orden civil.
- Convoca
- Consejo General del Poder Judicial
- Àmbit
- Estat
- Publicada
- 13/10/2026 a Boletín Oficial del Estado
- Font
- Basat en dades de l'Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat ↗. Última comprovació: 13/10/2026.
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La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su sesión de 5 de octubre de 2026 en virtud de lo establecido en el artículo 61 quater de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, ha acordado anunciar en el «Boletín Oficial del Estado» un concurso de méritos para la provisión de la plaza n.º 7 de Letrado/a titular del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo correspondiente al área civil, así como la plaza en comisión de servicio de la misma área que pudiera quedar vacante a resultas de la adjudicación de la anterior, y la plaza como Letrado de refuerzo extraordinario (artículo 61 bis.5 LOPJ) que pudiera quedar vacante a resultas de la adjudicación de esta segunda, con duración prevista hasta el 31 de diciembre de 2026. El concurso se regirá por las siguientes
Bases
Primera.
Las plazas que se anuncian son: (i) una plaza de Letrado/a titular del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo para el área civil (plaza n.º 7) (plaza principal); (ii) la que eventualmente pudiera quedar vacante en caso de que, en el concurso para cubrir esa plaza principal de Letrado/a titular, se propusiera a quien ya desempeñara un puesto de trabajo en la misma área de la plantilla en comisión de servicios (primera resulta); y (iii) la que, eventualmente, pudiera quedar vacante en caso de que, en este mismo procedimiento selectivo, se propusiera el nombramiento de quien ya desempeñara el puesto de trabajo en la citada área en comisión de servicios de refuerzo extraordinario (segunda resulta).
Segunda.
Podrán tomar parte en el presente concurso los/las miembros de la Carrera Judicial, los/las miembros de la Carrera Fiscal y los/las funcionarios/as de carrera pertenecientes al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, así como los/as funcionarios/as de carrera de las Administraciones públicas u órganos constitucionales, con titulación en Derecho (licenciatura en derecho o título equivalente en los planes de estudios actuales, es decir, el grado en derecho) pertenecientes a Cuerpos del subgrupo A1 o asimilados, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme mientras dure la suspensión.
Tercera.
Quienes deseen concursar presentarán sus solicitudes según modelo adjunto en anexo I en el Registro General del Consejo General del Poder Judicial, calle Marqués de la Ensenada, número 8, 28071 Madrid, o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, –cuya vigencia deriva de la previsión expresamente establecida al efecto en el apartado segundo, in fine, de la disposición derogatoria Única de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas– en el plazo de quince días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del presente acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado». Las peticiones que se cursen a través de las Oficinas de Correos deberán presentarse en sobre abierto para que el funcionario correspondiente pueda estampar en ellas el sello de fechas antes de certificarlas.
Los solicitantes, con carácter general, podrán optar por todas las plazas o por alguna de ellas (principal, primera y/o segunda resulta). No obstante, por tratarse de puestos no singularizados solo podrán aspirar a la plaza de segunda resulta los participantes que, en la fecha de la convocatoria, no desempeñen ya un puesto de trabajo como Letrado/a en el área correspondiente.
Cuarta.
A la solicitud de participación se acompañará certificación expedida por el órgano competente del Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, o del Departamento Ministerial, Organismo, Entidad u Órgano constitucional correspondiente al que se hallen adscritos las Carreras o Cuerpos de pertenencia de los/as funcionarios/as solicitantes, acreditativa de que éstos/as son miembros de aquéllos, situación administrativa en la que se encuentran en los respectivos Cuerpos o Carreras, y de la titulación en derecho que poseen. Esta certificación no será necesaria para los/as miembros de la Carrera Judicial.
Los/as aspirantes adjuntarán a la solicitud una memoria en la que harán constar cuantas circunstancias y méritos estimen oportunos, y en especial los que se refieran a destinos servidos, títulos académicos, publicaciones, idiomas y experiencia en el área de organización, gestión e investigación, informática en general y especialmente en la aplicada a la gestión judicial, conocimientos y experiencia en materias civil, penal, contencioso-administrativa y social, acompañando la documentación justificativa de tales extremos, pudiendo ser requeridos/as por el organismo convocante o por el Gabinete Técnico del Tribunal Supremo para subsanar cualquier defecto o completar dicha memoria en el plazo que se les señale.
Así mismo, cualesquiera de ellos/as podrá ser citado/a para la realización de una entrevista personal.
Quinta.
Las solicitudes y documentación anexa correspondiente a cada candidato/a admitido/a, junto con la relación de éstos/as, se remitirá a la Presidenta del Tribunal Supremo quien, oídos el presidente de Sala y el director del Gabinete Técnico, someterá a la Sala de Gobierno, para su aprobación, la propuesta correspondiente.
La propuesta de candidatos/as aprobada por la Sala de Gobierno será elevada por la Presidenta del Tribunal Supremo al Consejo General del Poder Judicial para que proceda al nombramiento de quien vaya a ocupar la plaza de Letrado/a del Gabinete Técnico al servicio del alto Tribunal y, eventualmente, de quien o quienes hayan de ocupar las plazas vacantes a resultas.
Sexta.
Se fijan como criterios de selección para las plazas convocadas los siguientes:
Se valorará especialmente la vinculación continuada con la jurisdicción civil o mercantil; la experiencia en derecho civil, mercantil y procesal, ya sea en tareas jurisdiccionales, de investigación o docentes; el estudio y práctica de la técnica casacional civil; el profundo y actualizado conocimiento de la jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo, del Tribunal Constitucional, del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea; los conocimientos informáticos –nivel usuario– de bases de datos de jurisprudencia, legislación y bibliografía; y el conocimiento de idiomas.
Los criterios de selección son idénticos para la plaza principal y las eventuales resultas objeto de esta convocatoria. De este modo, la propuesta de nombramiento de Letrado/a titular habrá de efectuarse en favor del aspirante mejor valorado. Si éste estuviese ya desempeñando puesto de Letrado/a del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo, se propondrá que la vacante resultante (primera resulta) se adjudique, en comisión de servicios y por el tiempo que reste de la misma, al segundo mejor valorado que haya aspirado a esta plaza a resultas. Si también éste estuviese ya desempeñando puesto de Letrado/a del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo, como Letrado/a de refuerzo extraordinario, se propondrá que esa vacante resultante (segunda resulta) se adjudique, también en comisión de servicios y por el tiempo que reste de la misma, al tercer mejor valorado de entre los aspirantes, siempre que haya solicitado dicha plaza.
Séptima.
El candidato/a nombrado/a titular será declarado por el órgano competente en la situación administrativa de servicios especiales en la carrera o cuerpo de procedencia en virtud de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 61 quinquies de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
El nombrado/a deberá tomar posesión de su cargo ante la Presidenta del Tribunal Supremo o ante el vicepresidente o presidente/a de Sala en quien delegue, en el plazo de veinte días naturales siguientes a la fecha de publicación del presente acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y de no hacerlo en este plazo decaerá el nombramiento.
A el o los candidatos/as seleccionados/as para ocupar las plazas a resultas, en su caso, se les conferirá nombramiento temporal mediante comisiones de servicio con relevación de funciones, que cuenta con autorización económica hasta el 31 de diciembre de 2026, sin perjuicio de su continuidad posterior.
Octava.
El aspirante nombrado/a titular pasará a prestar sus servicios en el Gabinete Técnico del Tribunal Supremo por un periodo de un año que podrá prorrogarse con sujeción a lo dispuesto en el artículo 61 quinquies de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
El o los aspirantes nombrados/as para las plazas a resultas pasarán a prestar sus servicios en el Gabinete Técnico del Tribunal Supremo por el periodo que reste hasta el 31 de diciembre de 2026, sin perjuicio de su prórroga posterior.
El nombrado/a que no pertenezca a la carrera judicial estará sometido/a al régimen estatutario de los Letrados de la Administración de Justicia, en cuanto le fuera aplicable. Sus retribuciones serán las correspondientes a un Letrado de la Administración de Justicia de Sala del Tribunal Supremo (artículo 23 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y Planta Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, de Reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial).
Novena.
Los/as aspirantes no nombrados/as dispondrán de un plazo de seis meses para retirar la documentación aportada, procediéndose a su destrucción en caso de no efectuarlo.
Contra este acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación del presente acuerdo. En este último caso, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo, hasta que se haya resuelto el recurso de reposición o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Madrid, 5 de octubre de 2026.–La Presidenta del Consejo General del Poder Judicial, [nombre omitido].
ANEXO I
Solicitud de participación en la convocatoria para la provisión de una plaza de Letrado/a del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo (área civil) y sus resultas