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Comunitat autònoma
Convocatòria
Asturias
Supervisor/a de Unidad: Turno
Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA) · Principado de Asturias
Places
1
segons la publicació
Grup
No s'indica
Sistema
No s'indica
Estatutari (sanitat)
Estat del procés
- Convocada: fet
- Sol·licituds: fase actual
- Llistes
- Examen
- Aprovats
- Nomenaments
Fase 2 de 6 · Sol·licituds
- Convocada
- Termini de sol·licituds
- Següent: llistes de persones admeses
Última novetat: convocatoria (15/09/2026). Dates orientatives: confirma-les al butlletí.
M'hi puc presentar?
- Titulació Requisit: Diplomado/a Universitario/a o Graduado/a en EnfermeríaNivell mínim: Grau universitari
- Qui s'hi pot presentar No s'indica el tipus d'accés: revisa les bases.
- Termini de sol·licituds Tanca d'aquí a 3 dies (fins al 15/10/2026).
- Com presentar-s'hi La sol·licitud es presenta a la seu electrònica o al registre de l'organisme convocant; els passos exactes són a la publicació oficial ↗.
- Tipus
- Convocatòria
- Títol oficial
- Resolución de 4 de septiembre de 2026, de la Gerencia del Área de Salud II Centro-Suroccidente del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se efectúa convocatoria pública para la cobertura de un puesto de Supervisor/a de Unidad: Turno.
- Convoca
- Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA)
- Àmbit
- Comunitat autònoma
- Titulació
- Diplomado/a Universitario/a o Graduado/a en Enfermería
- Publicada
- 15/09/2026 a Boletín Oficial del Principado de Asturias
- Font
- Basat en dades de Boletín Oficial del Principado de Asturias ↗. Última comprovació: 12/10/2026.
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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley 7/2019, de 29 de marzo, de Salud del Principado de Asturias, y con el Decreto 87/2014, de 8 de octubre, por el que se regulan los sistemas de provisión de puestos singularizados y mandos intermedios en el ámbito del Servicio de Salud del Principado de Asturias, y lo establecido en el Decreto 49/2019, de 21 de junio de 2019, de primera modificación del precitado decreto, esta Gerencia procede a efectuar la presente convocatoria de acuerdo con las siguientes:
BASES
Primera.—Puesto objeto de provisión.
El objeto de la presente convocatoria es la provisión por el procedimiento de concurso específico de méritos de un puesto de Supervisor/a de Unidad: Turno-Hospital Vital Álvarez Buylla, vacante en la plantilla orgánica del Área de Salud II Centro-Suroccidente (Mieres), de naturaleza estatutaria, nivel de Complemento de Destino 22.
Segunda.—Perfil profesional para el desempeño del puesto.
El perfil del aspirante se corresponde con un profesional enfermero/a, con acreditada experiencia profesional, con un conocimiento del sistema sanitario público y de su organización, orientando sus actuaciones a criterios de eficacia, eficiencia y servicio público.
Asimismo, debe atesorar experiencia de trabajo en equipo, con conocimiento de las distintas herramientas informáticas corporativas, metodología de trabajo basada en criterios de calidad, buena comunicación y una sólida base de conocimientos de gestión de cuidados, y un conocimiento de la normativa vigente en materia de ordenación de la asistencia sanitaria pública en Asturias.
Tercera.—Requisitos de los solicitantes.
1. Serán requisitos necesarios para la admisión como aspirante a la convocatoria:
a) Estar en posesión del Título de Diplomado/a Universitario/a o Graduado/a en Enfermería.
b) Tener la condición de personal estatutario con plaza en propiedad en el Sistema Nacional de Salud o bien ser titular de plaza vinculada.
c) Requisitos de exigencia general: Los de nacionalidad, capacidad funcional, edad, no separación del servicio por sanción disciplinaria ni inhabilitación, previstos en el apartado 5 del artículo 30 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, así como no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, de conformidad con lo establecido en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
2. Los requisitos en este apartado habrán de reunirse a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes.
3. La comprobación posterior del incumplimiento de cualquiera de los requisitos señalados, dará lugar, por resolución motivada, a la exclusión del aspirante o, en su caso, a la revocación de la adjudicación y nombramiento que se hubiesen efectuado.
Cuarta.—Características y funciones del puesto de trabajo y ámbito de actuación.
1. Características y ámbito de actuación:
— Denominación del puesto: Supervisor/a de unidad: Turno.
— Entorno de trabajo: Hospital Vital Álvarez Buylla.
— Ámbito de actuación: Hospital Vital Álvarez Buylla.
— Jornada laboral: Acorde a la normativa vigente.
— Horario de trabajo: Diurno, en horario de mañanas y posibilidad de realizar guardias localizadas.
2. Deberá gestionar eficazmente los recursos de enfermería del conjunto del Hospital, para cubrir las necesidades de cuidados de enfermería de los pacientes y sus familias dentro de sus competencias profesionales.
3. Además de las funciones asistenciales que tenga asignadas, las funciones del puesto será, entre otras:
— Organizar, planificar y dirigir la marcha diaria del Hospital de acuerdo a los objetivos y normas específicas marcadas desde la Dirección de Cuidados y Coordinación Sociosanitaria.
— Velar por el cumplimiento de las normas generales establecidas por la Gerencia del Área de Salud II Centro-Suroccidente.
— Gestionar de forma eficiente los recursos, tanto humanos como materiales, de que dispone el Hospital y mantener una ordenada planificación de la guardia de Enfermería que atienda a las necesidades que se puedan generar en los distintos turnos.
— Mantener reuniones periódicas con los demás Supervisores de Enfermería con el fin, tanto de transmitir y comunicar las informaciones recibidas como de recoger las aportaciones de los profesionales a su cargo.
— Informar a la Dirección de Cuidados y Coordinación Sociosanitaria con la periodicidad que se establezca, de la marcha y problemática del Hospital.
— Mantener una interrelación permanente con el equipo multidisciplinar que atiende al paciente, y con la Supervisión de Área, con el fin de mejorar el proceso de atención al paciente.
— Colaborar con la Dirección de Cuidados y Coordinación Sociosanitaria en la gestión de los recursos humanos, con la elaboración del plan de vacaciones, plan de sustituciones, cobertura de necesidades, etc.
— Desarrollar cualquier otra de las funciones que se le atribuyan por la Gerencia del Área de Salud II Centro-Suroccidente.
Quinta.—Objetivos del puesto.
— Garantizar y organizar la cobertura del personal de forma que se asegure la calidad y la continuidad de cuidados de los pacientes atendidos en el Hospital Vital Álvarez Buylla.
— Proponer medidas de mejora en los aspectos organizativos de recursos humanos del Hospital que mejoren la calidad, seguridad atención al paciente.
— Mantener actualizados los conocimientos y aptitudes para el correcto ejercicio de las responsabilidades de su puesto.
— Colaborar con la Dirección de Cuidados y Coordinación Sociosanitaria en los planes y objetivos que para el correcto funcionamiento del Hospital se establezcan.
Sexta.—Solicitudes.
1. Los interesados en participar en este procedimiento deberán formular su solicitud, dirigida a la Dirección de Atención Sanitaria y Coordinación Territorial de Mieres, del Área de Salud II Centro-Suroccidente, ajustada al modelo que se publica como anexo I a la presente convocatoria, que se presentará preferentemente en los Registros del área de salud convocante, pudiendo también presentarse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el siguiente al de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
2. Junto con la solicitud, habrá de acompañarse la siguiente documentación:
a) Documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos señalados en las letras a), b) y c) del número 1 de la base tercera, que deberán ser acreditados por los aspirantes adjuntando documentos originales o copias compulsadas de los títulos, nombramientos y certificados de servicios prestados. Su falta de acreditación dentro del plazo anteriormente señalado será causa de exclusión del aspirante, si bien podrá subsanarse en el plazo, que se determina en la base séptima. 1), de diez días hábiles que se abrirá al efecto, teniéndolo por desistido en su petición si así no se hiciera.
Respecto al requisito establecido por el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, se deberá acreditar su cumplimiento mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales o consentimiento para su consulta.
b) Currículum profesional, ajustado al contenido y estructura que se detalla en el baremo de méritos de la presente convocatoria, acompañado de la documentación original o compulsada que acredite fehacientemente el cumplimiento de los méritos alegados.
c) Proyecto de gestión y organización ajustado a la estructura del anexo II de la presente convocatoria. Este documento deberá presentarse en soporte informático (CD-ROM, DVD o lápiz de memoria), por quintuplicado ejemplar en formato pdf, con una extensión máxima de 50 hojas a una sola cara. El proyecto deberá incluir, como mínimo, los apartados establecidos en el baremo del anexo II.
3. La falta de presentación de la documentación antedicha en los plazos señalados dará lugar a la exclusión del aspirante.
4. La documentación acreditativa de los méritos valorados conforme al anexo II deberá ir ordenada y numerada según el orden en que se citan los méritos en el baremo contenido en dicho anexo II.
5. Con la presentación de solicitudes, el aspirante da su consentimiento para el tratamiento de los datos de carácter personal que son necesarios para formar parte en la convocatoria y para el resto de tramitación del proceso de concurrencia competitiva, de acuerdo con la normativa vigente.
6. Toda persona que haya presentado solicitud es responsable de la veracidad de los datos manifestados, incluidos los méritos. Los aspirantes quedarán vinculados a los datos que hagan constar en la solicitud. El domicilio que figure en la misma se considerará válido a efectos de las notificaciones que sean necesarias.
7. Una vez adjudicada la convocatoria, y transcurrido el plazo de recurso contra su resolución de adjudicación o, en su caso, resueltos los procedimientos e impugnación en vía administrativa o judicial, los aspirantes podrán solicitar el desglose y devolución de la documentación por ellos aportada.
Séptima.—Admisión de aspirantes.
1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, la Gerencia del Área de Salud II Centro-Suroccidente publicará la resolución por la que apruebe la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos en el portal de Salud del Principado de Asturias (www.astursalud.es), así como en los tablones de anuncios del centro. Los aspirantes excluidos, dispondrán de un plazo de 10 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de la citada resolución, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión.
2. Una vez finalizado el plazo de subsanación de defectos, se publicará en los mismos lugares indicados en el apartado anterior, la resolución por la que se apruebe la lista definitiva de aspirantes admitidos, detallándose expresamente los aspirantes que han resultado excluidos, publicación que servirá de notificación a los interesados. En esta resolución se publicará la relación nominal de los miembros de la Comisión de Valoración.
3. En el supuesto de que todos los aspirantes presentados sean admitidos y que no se requiera, por tanto, subsanación alguna, será objeto de publicación directamente la relación definitiva de los mismos junto con los miembros de la Comisión de Valoración.
Octava.—Comisión de Valoración.
1. La idoneidad de los aspirantes será valorada por una Comisión de Valoración compuesta por:
a) Un Presidente, propuesto por el órgano convocante.
b) Tres vocales designados por el órgano convocante: para una vocalía será designada una Supervisor/a de Área o de Unidad del ámbito del Sistema Nacional de Salud y las otras dos vocalías serán ocupadas por Personal de Enfermería fijo del Sistema Nacional de Salud.
c) La Secretaría que será desempeñada por un trabajador fijo, con titulación de licenciado, graduado o diplomado universitario del ámbito del Servicio de Salud del Principado de Asturias.
2. Por cada miembro titular se nombrará un miembro suplente que actuará en ausencia del anterior. Todos los miembros de la comisión, tanto titulares como suplentes, deberán encontrarse en posesión de titulación de igual o superior nivel académico que la exigida para el puesto objeto de provisión. La pertenencia a la comisión será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
3. Los miembros de la Comisión deberán abstenerse de intervenir cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Asimismo los aspirantes podrán recusar a los miembros de la Comisión de Valoración cuando, a su juicio, concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior conforme al artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Novena.—Procedimiento de Selección.
1. Una vez constituida la Comisión de Valoración y recibida por cada uno de sus miembros la relación de aspirantes admitidos así como de la documentación, currículum y proyectos técnicos de gestión presentados por estos y verificado que los aspirantes reúnen los requisitos establecidos en la presente convocatoria, se iniciará el proceso de evaluación, que constará de dos fases:
— Primera: Evaluación del currículum profesional, currículum formativo y antigüedad de acuerdo con el baremo establecido en el anexo II de la presente convocatoria.
— Segunda: Valoración del proyecto de gestión y organización de la Unidad convocada.
Para la valoración del proyecto de gestión y organización, la Comisión de Valoración, podrá convocar a los candidatos para la lectura y defensa del proyecto presentado, siendo excluidos del procedimiento quienes no comparezcan, para lo cual el candidato dispondría de un máximo de sesenta minutos, pudiendo la Comisión de Valoración solicitar al aspirante cuantas aclaraciones estime procedentes.
El orden de actuación de los candidatos será el alfabético, debiendo iniciarse la práctica de los ejercicios por aquel aspirante cuyo primer apellido comience por la letra resultante en el sorteo público realizado por el Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada”, que corresponda a la fecha de publicación de la presente convocatoria.
2. Los miembros de la Comisión de Valoración no podrán abstenerse en las valoraciones o evaluaciones correspondientes al procedimiento de selección.
3. Para resultar adjudicatario de los puestos convocados será necesario alcanzar una puntuación mínima de 50 puntos en la suma de la puntuación obtenida en las dos fases, de los cuales, al menos 20 puntos deberán corresponder al proyecto de gestión y organización. La convocatoria deberá declararse desierta si a juicio de la Comisión de Valoración ninguno de los aspirantes alcanzara esta puntuación mínima.
4. La puntuación final vendrá determinada por la suma de las calificaciones asignadas a cada fase, debiendo la Comisión de Valoración elevar a la Gerencia convocante propuesta de nombramiento del candidato con mayor puntuación.
Décima.—Resolución de la convocatoria.
1. A la vista de la propuesta que realice la Comisión de Valoración, la Gerencia del Área de Salud II Centro-Suroccidente resolverá la adjudicación de la convocatoria, nombrando al aspirante designado para ocupar el puesto de Supervisor/a de Unidad: Tuno convocado, o la declarará desierta si así procediese.
2. Quien resulte nombrado para el puesto de Supervisor/a de Unidad: Turno, continuará adscrito a su plaza básica. No obstante, si el nombramiento recayese en personal ajeno al Área de Salud convocante deberá tramitarse previamente la oportuna comisión de servicios a una plaza básica del Área de Salud II Centro-Suroccidente.
3. La resolución de la convocatoria adjudicando o declarando desierta la plaza será objeto de publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, en los tablones de anuncios del centro, así como en el portal de salud del Principado de Asturias (www.astursalud.es).
4. El aspirante designado deberá tomar posesión del puesto al día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias. En caso de no incorporarse en el plazo indicado, perderá todos los derechos derivados de su participación, salvo que se deba a causa justificada, así apreciada por la Gerencia convocante, previa audiencia al interesado.
Decimoprimera.—Efectos de la designación
1. El aspirante seleccionado obtendrá un nombramiento para el desempeño del puesto convocado por un período inicial de cinco años e implicará necesariamente la dedicación exclusiva.
2. Transcurrido el período de cinco años desde su nombramiento, el profesional seleccionado será evaluado a los efectos de una prorroga, por idéntico período, o de su remoción, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 87/2014, de 8 de octubre, por el que se regulan los sistemas de provisión de puestos singularizados y mandos intermedios en el ámbito del Servicio de Salud del Principado de Asturias.
3. Sin perjuicio de lo anterior, el profesional nombrado, podrá ser cesado por alguna de las causas establecidas en el artículo 13 del Decreto 87/2014, de 8 de octubre, por el que se regulan los sistemas de provisión de puestos de trabajo singularizados y mandos intermedios en el ámbito del Servicio de Salud del Principado de Asturias.
Decimosegunda.—Publicidad.
La presente convocatoria será publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, en los tablones de anuncios del área sanitaria, así como en el portal de salud del Principado de Asturias (www.astursalud.es).
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante la Consejera de Salud en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 134 de la Ley del Principado de Asturias 7/2019. de 29 de marzo, de Salud, en consonancia con el artículo 9.4 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En Mieres, a 4 de septiembre de 2026.—El Gerente del Área de Salud II Centro-Suroccidente, por delegación del Director Gerente del SESPA; BOPA 9-12-2014.—Cód. 2026-07454.
Comunitat autònoma
Su preferencia
Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA)
3dies
Publicada el 08/10/2026
Comunitat autònoma
Coordinador/a de Enfermería del Equipo de Atención Primaria de La Lila (Zona Básica de Salud II
Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA)
4dies
Publicada el 24/09/2026
Comunitat autònoma
Coordinador/a de Enfermería del Equipo de Atención Primaria de La Iría/Buenavista (Zona Básica de Salud II
Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA)
4dies
Publicada el 24/09/2026
Comunitat autònoma
Coordinador/a de Enfermería del Equipo de Atención Primaria de Ventanielles (Zona Básica de Salud II
Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA)
7dies
Publicada el 25/09/2026