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Estat
Correcció d'errades
Cáceres
Dirección General de la Función Pública
- Tipus
- Correcció d'errades
- Títol oficial
- Resolución de 7 de julio de 2026, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se corrigen errores en la de 21 de mayo de 2026, por la que se publican las bases de concurso ordinario para el año 2025 y 2026, y convocatorias específicas para la provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional.
- Convoca
- Dirección General de la Función Pública
- Àmbit
- Estat
- Publicada
- 22/07/2026 a Boletín Oficial del Estado
- Font
- Basat en dades de l'Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat ↗. Última comprovació: 11/10/2026.
Seguiment del procés
-
Aquesta publicació
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Advertidos errores materiales en la Resolución de 21 de mayo de 2026 de la Dirección General de la Función Pública arriba citada, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 129, de 27 de mayo de 2026, y en uso de las atribuciones conferidas por el Real Decreto 210/2024, de 27 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública,
Esta Dirección General ha resuelto corregir la citada Resolución en los términos que se expresan a continuación:
Primero.
Se corrige en la página 71870; el párrafo tercero de la Base Novena. Resolución:
Donde dice: «Este plazo es improrrogable, declarándose desierto todo aquel puesto cuya adjudicación no haya sido comunicada dentro del mismo, en la forma indicada y a través del formulario electrónico disponible en el enlace siguiente: https://digital.sede.gob.es/procedimiento/portada?idProc=100324».
Debe decir: «La resolución del concurso será remitida a la Dirección General de la Función Pública dentro de los treinta días hábiles siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Este plazo es improrrogable, declarándose desierto todo aquel puesto cuya adjudicación no haya sido comunicada dentro del mismo, en la forma indicada y a través del formulario electrónico disponible en el enlace siguiente: https://digital.sede.gob.es/procedimiento/portada?idProc=100324».
Segundo.
Se corrige en el anexo II de la convocatoria:
Página 71879: Se elimina la convocatoria relativa al puesto de Cáceres. Agrupación Secretaría de clase 3.ª [11610] Acehúche-Agrupación Secretarial de Tercera, por estar ocupado en nombramiento definitivo.
Página 71880: Se elimina la convocatoria relativa al puesto de Girona. Secretaría de clase 1.ª-[01004]. Salt, Ayuntamiento de Primera. Nivel C o equivalente, por haber desistido la Corporación Local, en tiempo y forma, antes de la publicación de la presente Resolución en el BOE.
Página 71881:
Se elimina la convocatoria relativa al puesto de Huesca, Secretaría de clase 3.ª-[07540]. Lanaja. Ayuntamiento de Tercera, por estar ocupado en nombramiento definitivo.
Se elimina la convocatoria relativa al puesto de Huesca. Secretaría de clase 3.ª-[07513]. Altorricón. Ayuntamiento de Tercera, por estar ocupado en nombramiento definitivo.
Página 71882:
Donde dice: «Madrid. Director general de contabilidad y presupuestos, clase 1.ª-[23847]. Rozas de Madrid, Las. Ayuntamiento de Primera».
Debe decir: «Madrid. Director general de contabilidad y presupuestos, clase 1.ª-[23847]. Rozas de Madrid, Las. Ayuntamiento de Gran Población».
Página 71887: Se elimina la convocatoria relativa al puesto de Teruel. Agrupación Secretaría de clase 3.ª-[12880]. Ojos Negros. Agrupación Secretarial de Tercera, por estar ocupado en nombramiento definitivo.
Página 71889:
Se elimina la convocatoria relativa al puesto de Zaragoza. Secretaría de clase 3.ª-[13792], Comarca del Campo de Daroca. Consejo Comarcal de Tercera, estar ocupado en nombramiento definitivo.
Se elimina del anexo II la convocatoria relativa al puesto de Zaragoza. Secretaría de clase 2.ª-[20939]. Cadrete. Ayuntamiento de Segunda, por estar ocupado en nombramiento definitivo.
Tercero.
Las presentes exclusiones no producirán efecto alguno en el plazo de presentación de solicitudes de prelación de puestos, de forma que aquellas solicitudes en las que se hubieran incluido los citados puestos en el orden de preferencia correspondiente se entenderán como no incluidas respecto de estos.
Cuarto.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante esta Dirección General, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en los artículos 10.1 i) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera interponer.
Madrid, 7 de julio de 2026.–La Directora General de la Función Pública, [nombre omitido].