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Ayuntamientos y diputaciones
Convocatoria
Illes Balears
Peón de brigada como personal laboral fijo de la Empresa Municipal de Serveis d'Alcúdia
Ayuntamiento de Alcúdia
Plazas
1
según la publicación
Grupo
AP
según la publicación
Sistema
Concurso-oposición
Laboral
Estado del proceso
- Convocada: hecho
- Solicitudes: fase actual
- Listas
- Examen
- Aprobados
- Nombramientos
Fase 2 de 6 · Solicitudes
- Convocada
- Plazo de solicitudes
- Siguiente: listas de admitidos
Última novedad: convocatoria (01/10/2026). Fechas orientativas: confírmalas en el boletín.
¿Puedo presentarme?
- Titulación Requisito: Certificado de escolaridad o equivalenteNivel mínimo: Sin titulación
- Quién puede presentarse No se indica el tipo de acceso: revisa las bases.
- Plazo de solicitudes Cierra en 5 días (hasta el 16/10/2026).
- Cómo presentarse La solicitud se presenta en la sede electrónica o el registro del organismo convocante; los pasos exactos vienen en la publicación oficial ↗.
- Tipo
- Convocatoria
- Título oficial
- Bases que deben regir la convocatoria para la cobertura de un puesto de peón de brigada como personal laboral fijo de la Empresa Municipal de Serveis d'Alcúdia, SAU (EMSA), mediante el sistema de concurso-oposición primero. objeto de la convocatoria
- Convoca
- Ayuntamiento de Alcúdia
- Ámbito
- Ayuntamientos y diputaciones
- Municipio
- Alcúdia
- Titulación
- Certificado de escolaridad o equivalente
- Publicada
- 01/10/2026 en Butlletí Oficial de les Illes Balears
- Fuente
- Basado en datos de Butlletí Oficial de les Illes Balears ↗. Última comprobación: 11/10/2026.
9 temas según la publicación.
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ANEXO III PROGRAMA
1. Los elementos más característicos del Municipio de Alcúdia: Fiestas, elementos arquitectónicos, cultura, calles...
2. Mantenimiento y conservación de edificios e instalaciones: nociones básicas sobre mantenimiento de instalaciones de agua, gas, calefacción y aire acondicionado, extinción de incendios.
3. Mantenimiento de parques y su normativa.
4. Mantenimiento de mobiliario público.
5. Accesorios y herramientas de fontanería, electricidad, albañilería y limpieza.
6. Conservación de áreas verdes, mantenimiento, siembra, detección de patologías.
7. Uso correcto de los productos de limpieza.
8. Pinturas. Clases y aplicaciones. La generación de residuos tóxicos y su adecuado tratamiento.
9. Conocimientos de prevención de riesgos laborales en mantenimiento.
Copiado de la publicación oficial. Si hay diferencias, manda el boletín.
Averiguar con IA
Si la publicación no lo deja claro, una IA (Claude, de Anthropic) lee el texto oficial y te saca el temario, los requisitos, las fechas o un resumen, citando el texto. Lo ya averiguado por otros usuarios se ve gratis.
Lo que otros ya averiguaron se ve gratis. Para lo demás hace falta tu propia clave de Anthropic (pagas tú, unos céntimos por análisis); se guarda solo en este navegador.
Crea tu cuenta gratis para usar la IA con tu clave Ya tengo cuentaMediante Acuerdo del Consejo de Administración, aprobado en sesión ordinaria de fecha 17 de octubre de 2024, se han aprobado las bases reguladoras que han de regir la convocatoria para la cobertura de una plaza de peón de brigada como personal laboral fijo de EMSA, mediante el sistema de concurso-oposición.
BASES QUE DEBEN REGIR LA CONVOCATORIA PARA LA COBERTURA DE UN PUESTO DE PEÓN DE BRIGADA COMO PERSONAL LABORAL FIJO DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE SERVEIS D'ALCÚDIA, SAU (EMSA), MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN
PRIMERO. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El objeto de esta convocatoria es cubrir un puesto de peón de brigada, como personal laboral fijo de EMSA, mediante el sistema de concurso-oposición, incluido en la oferta pública de empleo del año 2023.
Características del puesto de trabajo:
Área
Técnica
Servicios
EDAR, EBAR, Red, mantenimiento general, servicios de playa además de los que se puedan asumir en futuros pedidos a medios propios realizados por el Ayuntamiento de Alcudia
Naturaleza
Laboral
Relación contractual
Personal laboral fijo
Grupo
E
Categoría
5
Nivel catalán
A2
Circunstancia que lo justifica
Puesto vacante con financiación adecuada incluido en la Oferta de Empleo Público de 2023 (BOIB N° 176 de 30 de diciembre de 2023)
Número de plazas
1
La dedicación, jornada laboral y remuneración corresponderán a la jornada laboral completa del personal laboral de esta empresa.
La persona que supere el proceso de selección y, por tanto, sea contratada como personal laboral fijo de la brigada de EMSA, desempeñará las funciones correspondientes al puesto de peón de brigada de EMSA en el Área Técnica de EMSA.
Funciones
1. Tareas elementales de mantenimiento y conservación de edificios e instalaciones municipales.
2. Barrer, limpiar, regar, podar, pintar, cortar el césped y plantar en calles, plazas y otros espacios públicos.
3. Montar y desmontar escenarios, plataformas y otros elementos para adaptar espacios.
4. Colaborar con el personal del Ayuntamiento en la organización de eventos u otras actividades que este autorice.
5. Mantener ordenados y limpios los almacenes municipales.
6. Realizar tareas de mantenimiento y conservación de las herramientas, vehículos y maquinaria necesarias para el desarrollo de las distintas obras y actividades que le sean encomendadas.
7. Cualquier otra función atribuible a su puesto de trabajo y perfil profesional.
SEGUNDO. CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES
Para participar en estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán cumplir, en la fecha de finalización del plazo señalado para la presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española o cualquier otra que permita el acceso al empleo público de conformidad con el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015.
b) Haber cumplido dieciséis años y no haber alcanzado la edad de jubilación obligatoria, referidas ambas circunstancias al día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
c) Estar en posesión del certificado de escolaridad o equivalente. En el caso de títulos expedidos en el extranjero, se deberá aportar la documentación correspondiente que acredite su homologación o reconocimiento oficial.
d) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para el ejercicio de las funciones propias del puesto de peón de brigada.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna de las Administraciones públicas ni de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en situación de inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones similares a las desempeñadas en el caso del personal laboral, en las que haya sido separado o inhabilitado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no estar inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
f) No estar sujeto a ninguna causa de incapacidad o incompatibilidad de las previstas en la legislación aplicable.
g) Estar en posesión del certificado de conocimientos de lengua catalana de nivel A2 expedido por la Dirección General de Política Lingüística, la Escuela Balear de Administración Pública u otro organismo reconocido a tal efecto por la legislación vigente.
Si no puede acreditarse este requisito, el solicitante deberá superar una prueba de conocimientos de lengua catalana correspondiente al nivel A2 prevista en la fase de oposición.
h) Estar en posesión del permiso de conducir de clase B.
i) Con carácter previo a la contratación como personal laboral fijo, la persona seleccionada deberá presentar la documentación acreditativa de los requisitos establecidos en los apartados c), g) y h), así como una declaración de cumplimiento de los requisitos establecidos en los apartados d), e) y f).
TERCERO. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes de participación en las pruebas selectivas deberán presentarse de acuerdo con el modelo oficial que figura como Anexo I de estas bases, en el Registro de EMSA o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Si la solicitud se presenta a través de la sede electrónica, en el campo «RESUMEN» deberá indicarse: «Convocatoria para la cobertura de un puesto de peón de brigada EMSA».
En caso de presentar la solicitud por una vía distinta al Registro de EMSA o a la sede electrónica, el interesado deberá notificarlo a EMSA antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes, mediante correo electrónico a la dirección emsa@alcudia.net, indicando en el asunto «Convocatoria de cobertura de un puesto de peón de brigada EMSA» y adjuntando el justificante acreditativo de haber presentado la solicitud dentro de plazo.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Junto con la solicitud de participación, los aspirantes deberán presentar:
a) La documentación acreditativa de los requisitos exigidos y que se determinan en el modelo de instancia.
b) La hoja de autobaremación de méritos debidamente cumplimentada, que figura como parte del Anexo I.
c) La documentación justificativa de los méritos alegados en la hoja de autobaremación.
No se valorará ningún mérito que no haya sido alegado en la hoja de autobaremación y acreditado documentalmente dentro del plazo de presentación de solicitudes.
Los méritos deberán haberse obtenido antes de la fecha límite de presentación de solicitudes.
No se admitirá la incorporación posterior de nuevos méritos ni documentación que permita acreditar por primera vez un mérito no acreditado dentro del plazo.
El Tribunal Calificador podrá exigir, en cualquier momento durante el proceso de selección, que los aspirantes acrediten la veracidad de los datos y documentos aportados, así como solicitar las aclaraciones necesarias para la correcta valoración de los méritos. Este requerimiento no podrá tener por objeto la aportación extemporánea de nuevos méritos.
La hoja de autobaremación tendrá carácter orientativo para el Tribunal, que realizará la valoración definitiva de conformidad con estas bases y con la documentación justificativa aportada.
La falta de acreditación documental de un mérito alegado en la autobaremación determinará que dicho mérito no sea valorado.
La convocatoria se anunciará en los lugares habituales y en la página web de EMSA, sin perjuicio de las publicaciones que resulten legalmente obligatorias.
Con la formalización y presentación de la solicitud, el solicitante presta su consentimiento al tratamiento de sus datos personales en los términos establecidos en la base decimoséptima.
Los aspirantes quedarán vinculados por los datos que hagan constar en su solicitud. La dirección, el correo electrónico y el número de teléfono indicados se considerarán válidos a efectos de comunicaciones, siendo responsabilidad exclusiva de los candidatos comunicar cualquier modificación durante el proceso de selección.
CUARTO. ADMISIÓN DE ASPIRANTES
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Presidencia de EMSA dictará una resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública en la página web de EMSA.
Se concederá un plazo de cinco días hábiles para que los interesados puedan presentar las alegaciones que consideren oportunas y subsanar los defectos que sean susceptibles de subsanación.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen los defectos que hayan motivado su exclusión serán excluidos definitivamente del proceso de selección.
Se considerarán causas de exclusión no subsanables, imputables al solicitante:
Presentar la solicitud fuera de plazo.
No cumplir alguno de los requisitos de participación antes de la fecha límite de presentación de solicitudes.
Cualquier otra causa que resulte de la normativa aplicable o de estas bases.
Los aspirantes deberán comprobar tanto que figuran en la lista de candidatos admitidos como que no figuran en la lista de candidatos excluidas.
Las reclamaciones, si las hubiera, serán resueltas por la Presidencia mediante resolución por la que se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública de la misma forma que la lista provisional.
En caso de que no se presenten reclamaciones a la lista provisional, esta se considerará definitiva sin necesidad de nuevo acuerdo o publicación.
Los errores materiales, de hecho o aritméticos podrán corregirse en cualquier momento, de oficio o a instancia del interesado.
Una vez que la lista de aspirantes admitidos y excluidos sea definitiva, la Presidencia determinará la fecha, el lugar y la hora del primer ejercicio.
Los aspirantes deberán presentarse provistos de documento nacional de identidad, pasaporte o documento equivalente válido.
La lista definitiva, junto con la fecha, el lugar y la hora del primer ejercicio, se publicará en la página web de EMSA.
La inclusión en la lista de los candidatos admitidos no implica el reconocimiento de que se cumplen todos los requisitos exigidos, que deberán acreditarse en los términos establecidos en estas bases.
El solicitante propuesto para la contratación deberá presentar, antes de la formalización del contrato, la documentación acreditativa de los requisitos exigidos y, en su caso, los originales o copias auténticas de la documentación correspondiente a los méritos valorados.
QUINTO. TRIBUNAL CALIFICADOR
El Tribunal Calificador estará integrado por tres miembros: una persona que ejercerá la Presidencia, una persona que ejercerá la Secretaría, con voz y voto, y un vocal, con sus correspondientes suplentes.
En función del número de solicitudes o de las necesidades del proceso de selección, el número de miembros podrá ampliarse hasta un máximo de cinco, determinándose su composición en el acto de nombramiento.
El nombramiento de los miembros del Tribunal se realizará de conformidad con la normativa aplicable y se publicará con carácter previo a la realización de las pruebas, en los términos correspondientes.
El Tribunal estará facultado para resolver todas las dudas que puedan surgir y adoptar los acuerdos necesarios para el buen funcionamiento del proceso de selección en todo aquello que no esté expresamente previsto en estas bases.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, y deberán comunicarlo a la autoridad competente.
Los interesados podrán promover la recusación de los miembros del Tribunal en los casos y en la forma previstos en la normativa aplicable.
El Comité de Empresa de EMSA podrá designar un representante sindical para colaborar en el desarrollo del proceso de selección en calidad de observador, sin intervenir en las deliberaciones ni en las calificaciones del Tribunal.
SEXTO. ORDEN DE ACTUACIÓN DE LOS ASPIRANTES
Si fuera necesario organizar turnos para la realización de los ejercicios, el orden de actuación de los aspirantes se determinará mediante sorteo público y se hará público en la página web de EMSA.
SÉPTIMO. FASE DE OPOSICIÓN
La fase de oposición tendrá una puntuación máxima de 60 puntos .
Los aspirantes serán convocados en una única convocatoria, publicándose los anuncios de celebración de los ejercicios en la página web de EMSA.
Quedarán excluidas del proceso de selección los aspirantes que no se presenten en el lugar, fecha y hora indicados, salvo en los casos previstos legalmente.
Deberán transcurrir al menos 72 horas entre la finalización de un ejercicio y el comienzo del siguiente y no podrán transcurrir más de tres meses. Excepcionalmente, el Tribunal podrá acordar la ampliación de este plazo por razones justificadas.
Primer ejercicio. Prueba de lengua catalana
Eliminatoria. Calificación: apto/no apto.
Esta prueba consistirá en un ejercicio de conocimientos de lengua catalana correspondiente al nivel A2.
La prueba será realizada por el Servicio de Normalización Lingüística del Ayuntamiento de Alcúdia o por el organismo competente que se determine.
Quedarán exentos de realizar esta prueba los aspirantes que acrediten estar en posesión de un certificado de conocimientos de lengua catalana correspondiente al nivel requerido o superior, expedido por un organismo reconocido de acuerdo con la normativa vigente.
Se reconocerán los certificados y equivalencias que establezca la normativa aplicable en cada momento.
Una vez finalizada la prueba, el Tribunal hará público el resultado y concederá a los aspirantes interesadas un plazo de tres días hábiles para formular alegaciones o solicitar la revisión de la prueba.
Segundo ejercicio. Cuestionario tipo test (20 puntos). No eliminatorio
Obligatorio y no eliminatorio.
Consistirá en responder por escrito un cuestionario tipo test de 20 preguntas más 5 preguntas de reserva, con tres respuestas alternativas, de las cuales solo una será correcta, referidas al temario que figura como Anexo III.
Los aspirantes marcarán las respuestas en las hojas de examen correspondientes.
Cada respuesta correcta se valorará con 1 punto.
No se valorarán las preguntas que no hayan sido respondidas o que contengan más de una respuesta marcada.
Las respuestas incorrectas serán penalizadas con 0,25 puntos.
En caso de que el Tribunal anule una o más preguntas, las preguntas de reserva se tendrán en cuenta en el orden en que aparezcan en el ejercicio.
Si el número de preguntas anuladas excede el número de preguntas de reserva, el valor de las preguntas restantes se ajustará proporcionalmente de modo que la puntuación máxima del ejercicio sea de 20 puntos.
El tiempo máximo para realizar este ejercicio será de 40 minutos.
De acuerdo con la normativa aplicable al uso de la lengua catalana en el Ayuntamiento de Alcúdia, el cuestionario tipo test se realizará en lengua catalana.
Tercer ejercicio. Prueba física (40 puntos). Eliminatoria
Obligatorio y eliminatorio.
Los aspirantes deberán superar las siguientes tres pruebas físicas:
1. Potencia: lanzamiento estático de balón medicinal, con un peso de 3 kg para las mujeres y 4 kg para los hombres, con una distancia mínima de 6 metros.
2. Resistencia: carrera de 3 kilómetros en un tiempo máximo de 16 minutos.
3. Fuerza: levantar un saco o elemento equivalente del suelo y mantenerlo durante un mínimo de 5 segundos, con un peso de 20 kg para las mujeres y 25 kg para los hombres.
Cada una de las pruebas será eliminatoria. Si no supera una prueba, el solicitante no podrá realizar la siguiente y quedará eliminado del proceso de selección.
La prueba física tendrá una puntuación máxima de 40 puntos y los aspirantes deberán obtener al menos 20 puntos , además de superar individualmente los mínimos establecidos para cada una de las pruebas.
La realización de las pruebas físicas implica actividades que pueden provocar cargas físicas y reacciones cardiovasculares y broncopulmonares de diversa intensidad, así como riesgo de lesiones físicas.
Las pruebas se realizarán en condiciones de seguridad adecuadas y bajo la supervisión del personal designado para su realización.
Será responsabilidad del solicitante realizar las pruebas en condiciones psicofísicas adecuadas para su realización.
El Tribunal establecerá y hará públicas, antes de la realización de las pruebas, las instrucciones específicas relativas al sistema de salida, intentos, criterios de medición, ejecución y validación de cada una de las pruebas.
OCTAVO. CALIFICACIÓN DE LOS EJERCICIOS
La calificación de los ejercicios se realizará garantizando el anonimato cuando la naturaleza de la prueba lo permita.
Segundo ejercicio. Cuestionario tipo test
Este ejercicio se calificará hasta un máximo de 20 puntos.
La puntuación será el resultado de sumar las respuestas correctas y restar 0,25 puntos por cada respuesta incorrecta, con los ajustes que, en su caso, correspondan por la anulación de preguntas.
El resultado se expresará con dos decimales, aplicando las reglas ordinarias de redondeo.
Tercer ejercicio. Prueba física
Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos.
Serán eliminados los aspirantes que no obtengan un mínimo de 20 puntos o que no superen alguna de las pruebas físicas en los términos establecidos.
La puntuación de la prueba será la siguiente:
1. Potencia — máximo 10 puntos
Lanzamiento estático de balón medicinal de 3 kg para mujeres y 4 kg para hombres.
De 6 metros a menos de 7 metros: 5 puntos.
De 7 metros a menos de 8 metros: 6 puntos.
De 8 metros a menos de 9 metros: 7 puntos.
De 9 metros a menos de 10 metros: 8 puntos.
De 10 metros a menos de 11 metros: 9 puntos.
11 metros o más: 10 puntos.
La distancia mínima requerida para superar la prueba será de 6 metros.
2. Resistencia — máximo 15 puntos
Carrera de 3 kilómetros.
Más de 15 minutos y hasta 16 minutos: 8 puntos.
Más de 14 minutos y hasta 15 minutos: 9 puntos.
Más de 13 minutos y hasta 14 minutos: 10 puntos.
Más de 12 minutos y hasta 13 minutos: 11 puntos.
Más de 11 minutos y hasta 12 minutos: 12 puntos.
Más de 10 minutos y hasta 11 minutos: 13 puntos.
Más de 9 minutos y hasta 10 minutos: 14 puntos.
9 minutos o menos: 15 puntos.
El tiempo máximo para superar la prueba será de 16 minutos.
3. Fuerza — máximo 15 puntos
Elevación de un saco o elemento equivalente desde el suelo y mantenimiento de la carga durante el tiempo establecido.
El peso será de 20 kg para las mujeres y 25 kg para los hombres.
5 segundos a menos de 10 segundos: 6 puntos.
10 segundos a menos de 20 segundos: 8 puntos.
20 segundos a menos de 30 segundos: 10 puntos.
30 segundos a menos de 60 segundos: 12 puntos.
60 segundos a menos de 120 segundos: 14 puntos.
120 segundos o más: 15 puntos.
La prueba se considerará superada a partir de 5 segundos.
Por tanto, la puntuación máxima de la prueba física será de 40 puntos.
NOVENO. PUBLICACIÓN DE LAS CALIFICACIONES
Al finalizar cada ejercicio, el Tribunal hará pública en la página web de EMSA la lista de aspirantes, con indicación de la calificación obtenida.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles, a partir de la publicación de las calificaciones, para formular reclamaciones o solicitar la revisión del ejercicio ante el Tribunal.
La calificación final de la fase de oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios puntuables.
La lista de aspirantes que hayan superado la fase de oposición, junto con la calificación final, se hará pública en la página web de EMSA.
DÉCIMO. FASE DE CONCURSO Y MÉRITOS A VALORAR
La fase de concurso tendrá una puntuación máxima de 40 puntos , equivalente al 40 % de la puntuación máxima alcanzable en el proceso de selección.
Los méritos deberán haberse obtenido antes de la fecha límite de presentación de solicitudes y deberán haber sido acreditados documentalmente dentro de dicho plazo.
A. Experiencia profesional
Este apartado se valorará con un máximo de 40 puntos .
Se otorgará la siguiente puntuación:
Servicios prestados a la Administración Pública, a sus organismos autónomos o a empresas del sector público, como funcionario o personal laboral, en la categoría de peón, oficial de segunda, oficial de primera o en una categoría con funciones sustancialmente equivalentes a las del puesto objeto de la convocatoria: 0,50 puntos por cada mes completo trabajado a jornada completa , hasta un máximo de 40 puntos.
Servicios prestados en el sector privado, mediante contrato de trabajo o certificado de empresa, en una categoría y con funciones sustancialmente equivalentes a las del puesto objeto de la convocatoria: 0,40 puntos por cada mes completo trabajado a jornada completa , hasta un máximo de 40 puntos.
Las fracciones inferiores a un mes se valorarán proporcionalmente.
En el caso de servicios prestados a tiempo parcial, la puntuación se calculará proporcionalmente a la jornada efectivamente trabajada.
En el caso de servicios prestados por cuenta propia, los días de alta en la actividad correspondiente se calcularán proporcionalmente al tiempo efectivamente acreditado, siempre que se documente que la actividad realizada guarda una relación sustancial con las funciones del puesto.
La experiencia profesional deberá acreditarse mediante documentación que permita determinar suficientemente el puesto desempeñado, las funciones realizadas, el período de prestación del servicio y, en su caso, la jornada trabajada.
En el caso de servicios prestados a una Administración Pública, organismo autónomo o empresa del sector público, se deberá aportar un certificado de servicios prestados o documento equivalente expedido por el organismo competente, indicando el período de prestación, la categoría o puesto de trabajo y, en su caso, la jornada.
En el caso de servicios prestados en el sector privado, se deberá aportar un certificado de empresa o contrato de trabajo y el informe de vida laboral, o documentación equivalente suficiente, para acreditar el período trabajado y la categoría o funciones desempeñadas.
No se valorará la experiencia profesional que no haya sido acreditada documentalmente dentro del plazo de presentación de solicitudes.
UNDÉCIMO. CALIFICACIÓN DE LA FASE DE CONCURSO
La calificación final de la fase de concurso será la suma de las puntuaciones otorgadas por los méritos alegados y acreditados.
La calificación se hará pública en la página web de EMSA.
Los aspirantes dispondrán de tres días hábiles para presentar alegaciones a esta calificación.
Las alegaciones serán resueltas por el Tribunal antes de formular la propuesta de calificación final.
DUODÉCIMO. CALIFICACIÓN FINAL DEL CONCURSO-OPOSICIÓN
La calificación final del concurso-oposición será la suma de:
Fase de oposición: máximo 60 puntos.
Fase de concurso: máximo 40 puntos.
La puntuación máxima total será de 100 puntos .
La calificación final se hará pública en la página web de EMSA.
Una vez finalizado el proceso de selección, el Tribunal elevará a la Presidencia de EMSA la propuesta de contratación del aspirante que haya obtenido la puntuación más alta.
En ningún caso podrá proponerse la contratación de un número de aspirantes superior al número de plazas objeto de la convocatoria.
En este caso, la propuesta de contratación corresponderá a un único solicitante.
En caso de empate en la puntuación final, se aplicarán sucesivamente los siguientes criterios:
Puntuación más alta obtenida en la prueba física.
Puntuación más alta obtenida en el cuestionario tipo test.
Puntuación más alta obtenida en la fase de concurso.
Mayor experiencia profesional en el sector público en funciones equivalentes.
Si persiste el empate, se resolverá mediante sorteo.
DECIMOTERCERO. BOLSA DE TRABAJO
Una vez finalizado el proceso selectivo, el Tribunal Calificador elaborará una lista de aspirantes que pasarán a formar parte de la bolsa de trabajo de peón de la brigada de EMSA, de acuerdo con los criterios establecidos en estas bases.
El orden de prioridad estará determinado por la puntuación final obtenida, de mayor a menor.
Solo formarán parte de la bolsa los aspirantes que hayan superado las pruebas eliminatorias y hayan obtenido la puntuación necesaria para formar parte de esta.
En caso de empate, se aplicarán los criterios establecidos en la base duodécima.
Cuando se produzca una situación que, de acuerdo con la normativa laboral aplicable, permita la contratación de personal laboral temporal, EMSA podrá realizar una oferta a la persona que corresponda según el orden de prioridad de la bolsa de trabajo.
La comunicación podrá realizarse mediante correo electrónico o llamada telefónica, de acuerdo con los datos facilitados por el solicitante.
La persona requerida deberá manifestar su aceptación de la oferta y su disponibilidad para incorporarse dentro del plazo indicado por EMSA.
Si no manifiesta su aceptación dentro del día hábil siguiente a la comunicación de la oferta, se entenderá que renuncia a la misma.
Si, transcurridas 24 horas desde el primer intento de comunicación, este no tiene éxito, la oferta podrá hacerse a la siguiente persona por orden de prioridad, sin que ello implique necesariamente la pérdida del lugar en la bolsa.
Los candidatos que renuncien expresa o tácitamente a una oferta pasarán al último lugar del orden de prioridad, salvo que acrediten alguna de las siguientes circunstancias:
Encontrarse en período de embarazo, maternidad o paternidad, adopción o acogimiento, incluidos los períodos en los que sea aplicable el permiso para el cuidado de hijos o hijas.
Prestar servicios como personal laboral de EMSA, de una Administración Pública, organismo autónomo o empresa municipal.
Prestar servicios por cuenta ajena o por cuenta propia en una empresa privada, o estar dado de alta como trabajador autónomo en el régimen correspondiente.
Encontrarse en situación de incapacidad temporal.
Concurrir una causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada de acuerdo con el procedimiento determinado por EMSA.
Estas circunstancias deberán alegarse dentro de los dos días hábiles siguientes a la comunicación de la oferta y justificarse documentalmente dentro de los tres días naturales siguientes, sin perjuicio de los plazos específicos legalmente aplicables.
Los candidatos que acrediten alguna de estas circunstancias no estarán disponibles, manteniendo el puesto que ocupen en el orden de prioridad.
Estarán obligadas a comunicar a EMSA el fin de la situación que motivó la no disponibilidad dentro de los diez días hábiles siguientes a su finalización.
La persona que forme parte de la bolsa, antes de ser contratada, deberá aportar la documentación acreditativa de los requisitos exigidos y presentar, cuando sea necesario, los documentos originales o copias auténticas de los méritos valorados.
El solicitante que, ocupando un puesto de peón de brigada de EMSA a través de esta bolsa, renuncie voluntariamente al puesto será excluido de la bolsa, salvo en casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados por el órgano competente.
El solicitante que deje de trabajar a través de esta bolsa podrá reincorporarse al puesto que le corresponda de acuerdo con la puntuación obtenida en el momento de su creación, mientras esta permanezca vigente.
Cuando se incorpore la persona que ocupe el puesto de peón de brigada de EMSA y no exista otro puesto vacante, el procedimiento se realizará de acuerdo con la normativa laboral aplicable y con los criterios de preferencia establecidos por EMSA.
La bolsa de trabajo permanecerá vigente hasta la constitución de una nueva bolsa de peones de la brigada de EMSA.
La bolsa resultante de esta convocatoria tendrá carácter preferente respecto de las bolsas anteriores de la misma categoría.
Una vez agotada esta bolsa, en caso necesario, podrá utilizarse la bolsa anterior mientras se tramita un nuevo proceso de selección, siempre de acuerdo con la normativa aplicable.
En todo lo no previsto en estas bases será de aplicación la normativa laboral y administrativa aplicable.
DECIMOCUARTO. EXCLUSIÓN DE LA BOLSA DE TRABAJO
Son causas de exclusión de la bolsa de trabajo:
No cumplir los requisitos establecidos en la base segunda.
Despido del puesto de trabajo por motivos disciplinarios.
Ser sancionado como consecuencia de un expediente disciplinario, en los términos y durante los períodos correspondientes, de conformidad con la normativa aplicable.
Extinción del contrato de trabajo por iniciativa del solicitante, salvo en los casos expresamente previstos en estas bases.
Falsedad en la documentación aportada o en los datos declarados.
Renuncia voluntaria formalizada por escrito cuando, de conformidad con estas bases, determine la exclusión.
Cualquier otra causa legalmente prevista, previa audiencia del interesado cuando resulte necesario.
DECIMOQUINTO. INCIDENCIAS
El Tribunal estará facultado para resolver las dudas que surjan y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso de selección en todo aquello que no esté previsto en estas bases, sin perjuicio de las competencias que correspondan a la Presidencia de EMSA.
DECIMOSEXTO. IMPUGNACIÓN
Estas bases y los actos que se deriven de ellas podrán ser impugnados por las personas que acrediten un derecho o interés legítimo, de conformidad con la normativa aplicable y ante los órganos competentes.
Dada la naturaleza laboral de los puestos objeto de la convocatoria y la condición de EMSA como entidad empleadora, la determinación del orden jurisdiccional competente se realizará de acuerdo con la naturaleza específica del acto impugnado, la relación jurídica afectada y las normas procesales aplicables.
La impugnación de las bases podrá incluir, entre otras, aquellas determinaciones que vulneren los principios de igualdad, mérito, capacidad, publicidad y libre concurrencia, así como las normas legales, reglamentarias, convencionales o los principios jurídicos aplicables al proceso de selección.
La presentación de una reclamación ante EMSA no interrumpirá ni suspenderá los plazos establecidos para el ejercicio de acciones judiciales, salvo que así lo disponga la ley.
DECIMOSÉPTIMO. PROTECCIÓN DE DATOS
Los datos personales recogidos durante el proceso de selección serán tratados por EMSA para gestionar la convocatoria, tramitar la participación de los aspirantes, realizar las comunicaciones necesarias, valorar los méritos y gestionar, en su caso, la bolsa resultante.
El tratamiento se realizará sobre la base jurídica correspondiente, de acuerdo con la normativa vigente en materia de protección de datos.
Los datos no serán comunicados a terceros, salvo cuando sea necesario para el cumplimiento de una obligación legal o en los demás casos previstos por la normativa aplicable.
Los datos relativos al proceso de selección podrán ser objeto de publicación cuando sea necesario para garantizar los principios de publicidad, transparencia, igualdad y concurrencia, de acuerdo con la normativa aplicable.
Los datos se conservarán durante el plazo necesario para cumplir las finalidades para las que hayan sido recogidos y durante los plazos legalmente exigidos.
Los interesados podrán ejercer los derechos reconocidos por la normativa de protección de datos dirigiéndose por escrito a EMSA, carrer dels Albellons, 2, 07400 Alcúdia, sin perjuicio de cualquier otro derecho que les corresponda.
(Firmado electrónicamente: 28 de septiembre de 2026
La presidenta del Consejo de Administración Laura Serra Martín)
ANEXO I MODELO DE INSTANCIA
Sr./Señora. ........................................................................................... mayor dieciséis años de edad, con DNI número ..........................
y domicilio a efectos de notificaciones y comunicaciones a .................................................................................., teléfono.....................
EXPONE:
Y. Que he tenido conocimiento de la convocatoria publicada por la Empresa Municipal de Serveis d'Alcúdia (EMSA SAU) para la cobertura como personal fijo de una plaza de peón de brigada de EMSA a través de concurso-oposición.
II. Que estoy en posesión de todas y cada una de las condiciones exigidas por las reglas de selección.
III. Que somos responsables de la veracidad de los documentos e informaciones presentes en este proceso de selección.
DOCUMENTACIÓN ADJUNTA:
I. Fotocopia de DNI, pasaporte o equivalente.
II. Acreditación de nivel A2 de catalán.
□ Solicitud para realizar el examen de nivel catalán.
III. Permiso de conducir B.
IV. Acreditación de los méritos alegados.
Por todo lo dicho,
SOLICITUD:
Ser admitido al proceso de selección correspondiente.
Alcudia, a.........de 20..........
(Firma del interesado)
ANEXO II AUTOBAREMO DE MÉRITOS
EXPERIENCIA PROFESIONAL
Entidad
Periodo
MÁXIMO 40 PUNTOS
Administración pública como peón, oficial 1ª. o 2ª. o equivalente
Puntuación (0,50/mes)
Administración pública como peón, oficial 1ª. o 2ª. o equivalente
Puntuación (0,50/mes)
Administración pública como peón, oficial 1ª. o 2ª. o equivalente
Puntuación (0,50/mes)
Administración pública como peón, oficial 1ª. o 2ª. o equivalente
Puntuación (0,50/mes)
Servicios prestados a sector privado como peón, oficial 1ª. o 2ª. equivalente
Puntuación (0,40/mes)
Servicios prestados a sector privado como peón, oficial 1ª. o 2ª. equivalente
Puntuación (0,40/mes)
Servicios prestados a sector privado como peón, oficial 1ª. o 2ª. equivalente
Puntuación (0,40/mes)
Servicios prestados a sector privado como peón, oficial 1ª. o 2ª. equivalente
Puntuación (0,40/mes)
TOTAL:
puntos
Alcudia, a ......... de ................................. de ………..
Firma
ANEXO III PROGRAMA
1. Los elementos más característicos del Municipio de Alcúdia: Fiestas, elementos arquitectónicos, cultura, calles...
2. Mantenimiento y conservación de edificios e instalaciones: nociones básicas sobre mantenimiento de instalaciones de agua, gas, calefacción y aire acondicionado, extinción de incendios.
3. Mantenimiento de parques y su normativa.
4. Mantenimiento de mobiliario público.
5. Accesorios y herramientas de fontanería, electricidad, albañilería y limpieza.
6. Conservación de áreas verdes, mantenimiento, siembra, detección de patologías.
7. Uso correcto de los productos de limpieza.
8. Pinturas. Clases y aplicaciones. La generación de residuos tóxicos y su adecuado tratamiento.
9. Conocimientos de prevención de riesgos laborales en mantenimiento.
Ayuntamientos y diputaciones
Oficial 1
Ayuntamiento de Alcúdia · Illes Balears
10días
2 plazas
Publicada 06/10/2026
Ayuntamientos y diputaciones
Técnico/a medio/a de Medio Ambiente como personal laboral fijo de la Empresa Municipal de Servicios de Alcúdia
Ayuntamiento de Alcúdia · Illes Balears
12días
1 plaza
Publicada 08/10/2026