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Universidades
Convocatoria
Navarra
Personal investigador
Universidad Pública de Navarra
Plazas
No se indica
Grupo
No se indica
Sistema
Oposición
Investigador
Estado del proceso
- Convocada: hecho
- Solicitudes: fase actual
- Listas
- Examen
- Aprobados
- Nombramientos
Fase 2 de 6 · Solicitudes
- Convocada
- Plazo de solicitudes
- Siguiente: listas de admitidos
Última novedad: convocatoria (05/10/2026). Fechas orientativas: confírmalas en el boletín.
¿Puedo presentarme?
- Titulación Requisito: Máster en SIG y Teledetección o equivalente.
- Quién puede presentarse No se indica el tipo de acceso: revisa las bases.
- Plazo de solicitudes Quedan 9 días (hasta el 20/10/2026).
- Cómo presentarse La solicitud se presenta en la sede electrónica o el registro del organismo convocante; los pasos exactos vienen en la publicación oficial ↗.
- Tipo
- Convocatoria
- Título oficial
- RESOLUCIÓN 2329/2026, de 16 de septiembre, del vicerrector de Investigación de la Universidad Pública de Navarra, por la que se convoca proceso selectivo para la contratación en régimen laboral de personal investigador para el desarrollo del proyecto de investigación "EU-DRIVE" ERASMUS-EDU-2025-PEX-COVE-101260905.
- Convoca
- Universidad Pública de Navarra
- Ámbito
- Universidades
- Titulación
- Máster en SIG y Teledetección o equivalente.
- Publicada
- 05/10/2026 en Boletín Oficial de Navarra
- Fuente
- Basado en datos de Boletín Oficial de Navarra ↗. Última comprobación: 11/10/2026.
- También publicada en
- Buscador de empleo público (administracion.gob.es) (05/10/2026) ↗
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Lo que otros ya averiguaron se ve gratis. Para lo demás hace falta tu propia clave de Anthropic (pagas tú, unos céntimos por análisis); se guarda solo en este navegador.
Crea tu cuenta gratis para usar la IA con tu clave Ya tengo cuentaCon fecha 16 de septiembre de 2026, el Servicio de Investigación solicita la convocatoria de proceso selectivo para la contratación de personal investigador en calidad de colaborador/a de proyecto, mediante contrato de actividades científico-técnicas para el desarrollo del proyecto de investigación "EU-DRIVE" ERASMUS-EDU-2025-PEX-COVE-101260905, siendo el investigador responsable don [nombre omitido], investigador doctor adscrito al Departamento de Ingeniería.
Considerando el informe-propuesta de la directora del Servicio de Recursos Humanos.
En uso de las competencias delegadas por Resolución 1306/2023, de 20 de junio, del rector de la Universidad Pública de Navarra, por la que se aprueba la estructura general del equipo rectoral y se determinan sus funciones,
HE RESUELTO:
Primero.–Aprobar la convocatoria de proceso selectivo para la contratación en régimen laboral de personal investigador para el desarrollo del proyecto de investigación "EU-DRIVE" ERASMUS-EDU-2025-PEX-COVE-101260905, así como sus bases.
Segundo.–Comunicar la presente resolución a los miembros de la comisión de selección y al Servicio de Investigación.
Tercero.–Ordenar la publicación de la presente resolución en el tablón electrónico oficial de la Universidad y en el Boletín Oficial de Navarra.
Pamplona, 16 de septiembre de 2026.–El vicerrector de Investigación, Martín Larraza Quintana.
ANEXO I.–BASES DE LA CONVOCATORIA DE PROCESO SELECTIVO PARA LA CONTRATACIÓN EN RÉGIMEN LABORAL DE PERSONAL INVESTIGADOR PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN
"EU-DRIVE" ERASMUS-EDU-2025-PEX-COVE-101260905
Esta convocatoria se regirá por las siguientes,
BASES
1.–Datos generales.
–Objeto de la convocatoria: es objeto de la presente convocatoria la selección de personal para su posterior contratación en régimen laboral para el desarrollo del proyecto de investigación "EU-DRIVE" ERASMUS-EDU-2025-PEX-COVE-101260905.
–Categoría profesional: Colaborador/a de proyecto, con carácter preeminentemente investigador.
–Funciones a realizar: Apoyo técnico en SIG, teledetección, Python y drones para elaborar materiales formativos y desarrollar actividades piloto multirriesgo del proyecto Erasmus+ CoVE EU-DRIVE.
–Tipo de contrato: de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 bis de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, la contratación se realizará a través de la modalidad de contrato de actividades científico-técnicas.
–Duración: indefinida, vinculada al proyecto de investigación Apoyo técnico en SIG, teledetección, Python y drones para elaborar materiales formativos y desarrollar actividades piloto multirriesgo del proyecto Erasmus+ CoVE EU-DRIVE.
–Tipo de jornada: completa.
–Retribuciones: las contempladas en el anexo del Reglamento de contratación del Personal Investigador de la Universidad Pública de Navarra, aprobado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de mayo de 2017, actualizadas al año 2026.
Se podrá realizar el pago de remuneraciones por el cumplimiento de los objetivos establecidos en el proyecto. El pago de estas requerirá que se emita un informe final justificativo del responsable y existencia de dotación presupuestaria.
–Financiación: "EU-DRIVE" ERASMUS-EDU-2025-PEX-COVE-101260905.
–Lugares de publicación: sin perjuicio de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra, todos los actos y resoluciones a que dé lugar esta convocatoria se publicarán en el tablón electrónico oficial de la Universidad Pública de Navarra, en la reseña correspondiente a la misma.
2.–Requisitos de participación.
2.1. Para ser admitidos al proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española o de uno de los Estados miembros de la Unión Europea, o ser nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.
También podrá participar quien sea cónyuge de personas con nacionalidad española, de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea y de los nacionales de los estados incluidos en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales mencionados, siempre que no medie separación de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, cuando no medie separación de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
Las personas aspirantes de Estados no miembros de la Unión Europea no incluidos en los apartados anteriores podrán participar en el concurso, quedando condicionada la contratación a que se encuentren en España en situación de legalidad y sean titulares de un documento que les habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral.
b) Ser mayor de 18 años y no haber cumplido la edad de jubilación.
c) Titulación académica oficial de Máster en SIG y Teledetección o equivalente.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión del correspondiente certificado de equivalencia o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitación física o psíquica que impida el desempeño de las funciones correspondientes a las plazas convocadas.
e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.
2.2. El cumplimiento de los requisitos de participación previstos en esta convocatoria se entiende referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y deberá mantenerse durante la vigencia del contrato.
3.–Solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes de participación será de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.
La inscripción en este proceso selectivo se hará de forma telemática a través de la sede electrónica de la Universidad Pública de Navarra, en la siguiente dirección:
https://sedeelectronica.unavarra.es/oficina/tramites/acceso.do?id=8734&block=PDI-RR-HH_1096&blockType=AREAS_SEDE&entity=1096
a través del botón "Iniciar trámite".
En el apartado "Documentación incorporada" deberán adjuntarse los siguientes documentos para cada categoría de plaza:
–Fotocopia del documento nacional de identidad, NIE o pasaporte.
–Fotocopia del título exigido en la convocatoria.
–Fotocopia del expediente académico, con especificación de la nota media.
–Curriculum vitae con cuantos justificantes de méritos se estime oportuno.
4.–Lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas.
4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y documentación a los que se refiere la base segunda, se publicarán en el tablón electrónico oficial de la Universidad las listas provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas, con indicación en este último caso de la causa de exclusión. Si no hubiera personas aspirantes excluidas se aprobará directamente la lista definitiva.
4.2. Sin perjuicio de la exclusión provisional por no presentar los documentos a que se refiere la base 2.1, serán motivos de exclusión insubsanables presentar la solicitud fuera del plazo establecido o no poseer los requisitos que deben reunirse para ocupar la plaza a la que se concurse.
4.3. Las personas aspirantes excluidas u omitidas provisionalmente dispondrán de un plazo de 5 días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de la lista provisional, para subsanar, en su caso, los defectos que hayan provocado su exclusión, y formular reclamaciones. Esta subsanación deberá hacerse a través de una instancia general del registro telemático.
Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen los defectos que provocaron su exclusión provisional, serán definitivamente excluidas del proceso selectivo.
5.–Lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas.
5.1. Trascurrido el plazo que se indica en la base cuarta, se publicará en el tablón electrónico oficial de la Universidad, la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas.
5.2. La inclusión de personas aspirantes en la relación de personas admitidas al proceso selectivo, así como en la lista de personas que han superado el proceso selectivo, no supone en ningún caso el reconocimiento por parte de la Universidad de que reúnen los requisitos generales o particulares exigidos en las bases de la convocatoria. La acreditación y verificación de éstos tendrá lugar para las personas aspirantes que sean llamados a la contratación, que deberán presentar la documentación original en el momento de la firma del contrato.
5.3. La inexactitud, falsedad u omisión de la documentación original respecto a la documentación aportada junto a la instancia de participación determinará la imposibilidad de suscribir el contrato y la exclusión de la lista de contratación, de conformidad con la declaración responsable firmada por la propia persona interesada.
5.4. Con la publicación de las listas de personas admitidas y excluidas se considerará efectuada la correspondiente notificación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6.–Proceso de valoración.
Consistirá en la valoración de los méritos de las personas aspirantes de acuerdo con la documentación aportada y en función del baremo que se acompaña como anexo II.
Únicamente serán valorados los méritos que se ostenten a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, así como, en su caso, la puntuación obtenida en la entrevista prevista en la presente convocatoria, no computándose los obtenidos o celebrados con posterioridad.
Todos los méritos que se aleguen deben estar acreditados por cualquier medio válido en derecho.
En ningún caso la comisión de selección dará por supuesta la concurrencia de un mérito que no haya sido alegado o que no haya sido acreditado documentalmente, ni podrá otorgar en cada uno de los apartados puntuación superior a la máxima señalada.
Cada uno de los miembros de la comisión de selección valorará los méritos de las personas aspirantes. La media aritmética de las puntuaciones otorgadas a cada persona aspirante será su puntuación final.
7.–Publicación de resultados y alegaciones.
7.1. Finalizado el proceso de valoración, se publicará en el tablón electrónico oficial de la Universidad Pública de Navarra, en la reseña correspondiente a esta convocatoria, la puntuación obtenida por todas las personas aspirantes en cada uno de los apartados del baremo y la puntuación final. Dicha publicación servirá a todos los efectos de notificación a las personas interesadas.
7.2. Las personas interesadas podrán presentar alegaciones frente a las puntuaciones asignadas, ante la propia comisión de baremación en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de las puntuaciones obtenidas.
El escrito de alegaciones deberá contener los motivos en que se fundamenta. No se admitirán las alegaciones genéricas que se limiten a solicitar una nueva valoración de los méritos.
Resueltas las alegaciones, o transcurrido el plazo sin que se hayan presentado, la comisión de elección publicará los resultados definitivos.
8.–Resolución del proceso selectivo.
8.1. Una vez publicados los resultados definitivos, la Comisión de elección elevará al vicerrector de Investigación la relación de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo, con las puntuaciones obtenidas.
8.2. El vicerrector de Investigación dictará resolución aprobando la lista de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo, que será publicada en el Tablón electrónico oficial de la Universidad Pública de Navarra.
8.3. La lista de contratación generada en esta convocatoria tendrá una vigencia de 3 años a contar desde el día siguiente al de su publicación.
En tanto conserve su vigencia, esta lista de contratación podrá ser utilizada, además, cuando surjan necesidades de contratación de personal con la misma categoría y funciones básicamente idénticas, para un proyecto, contrato, convenio, cátedra, fondos del instituto o grupo de investigación, respetando en todo caso su orden de prelación.
8.4. A las personas aspirantes incluidas en la lista de contratación generada en esta convocatoria que acepten un contrato no se les ofertará la contratación para desempeñar ningún otro puesto de trabajo, salvo que resten 15 días o menos para la finalización de su contrato.
9.–Comisión de selección.
Presidente: [nombre omitido]
Secretario: [nombre omitido]
Vocal: [nombre omitido]
Comisión de selección suplente.
Presidente: [nombre omitido]
Secretario: [nombre omitido]
Vocal: [nombre omitido]
Las actuaciones de la comisión de selección se ajustarán en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la Comisión de selección tendrá su sede en el edificio de Administración y Gestión de la Universidad Pública de Navarra.
10.–Protección de datos de carácter personal.
La participación de personas interesadas en los procesos convocados por la Universidad Pública de Navarra en materia de gestión de personal comportará el tratamiento de sus datos. El responsable del tratamiento de sus datos es la propia Universidad Pública de Navarra.
Este tratamiento se efectuará conforme a la normativa aplicable, esto es, el Reglamento (UE) 2016/679 General de Protección de Datos y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos. La descripción del tratamiento resulta accesible en el Registro de Actividades de Tratamiento, publicado en http://www.unavarra.es/portal-transparencia .
Las personas interesadas afectadas por el tratamiento de datos son principalmente personas aspirantes en procesos selectivos y personal propio de la UPNA. Los datos objeto de tratamiento son nombre, apellidos, DNI, datos académicos y profesionales, así como eventualmente datos bancarios y de seguridad social o cualesquiera otros precisos para la siguiente finalidad.
La finalidad que justifica el tratamiento de datos es la tramitación de procedimientos selectivos, de movilidad, situaciones administrativas, certificaciones u otros relativos a la competencia de la UPNA en materia de Recursos Humanos.
Dicha finalidad constituye una legitimación de interés público o poder público, como establece el artículo 6.1.e) del Reglamento General de Protección de Datos. Sus bases jurídicas son, entre otra normativa de personal, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y, en su caso, el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.
Los derechos de las personas interesadas sobre acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y portabilidad, relativos a las correspondientes actividades de tratamiento, podrán ejercerse ante delegado.protecciondatos@unavarra.es según los artículos 11 a 18 de la LOPD. En caso de insatisfacción, podrán acudir a la Agencia Española de Protección de Datos accesible desde el dominio https://www.aepd.es/.
11.–Recursos.
La presente resolución a tenor de lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley Orgánica del Sistema Universitario, agota la vía administrativa, pudiendo interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el rector o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sección del mismo orden del Tribunal de Instancia de Pamplona, en el plazo de un mes en el primer caso y de dos meses en el segundo, contados desde el día siguiente a la notificación o publicación de la presente resolución.
ANEXO II.–BAREMO DE SELECCIÓN
BAREMO A UTILIZAR Y/O PRUEBAS A REALIZAR
APARTADO 1: Expediente académico
Puntos
15
Se valorarán los expedientes académicos del grado que haya dado acceso al máster y del máster en SIG y teledetección presentado para cumplir el requisito de titulación:
–Expediente de grado: hasta 5 puntos. Se multiplicará la nota media del expediente, expresada sobre 10, por 0,5.
–Expediente de máster: hasta 10 puntos. Se multiplicará la nota media del expediente, expresada sobre 10, por 1,0.
Las calificaciones deberán acreditarse mediante certificación académica. En titulaciones extranjeras, la nota media se determinará mediante la declaración de equivalencia correspondiente o conforme al procedimiento oficial aplicable. Únicamente se valorará un expediente de grado y uno de máster.
APARTADO 2: Formación acreditada en materias de interés para el contrato
Puntos
25
2.1. Formación acreditada para el pilotaje de drones: hasta 6 puntos. Acreditación vigente para la subcategoría A1/A3: 2 puntos; acreditación vigente para la subcategoría A2: 2 puntos; y formación adicional acreditada en aplicaciones profesionales de UAS o drones: 0,05 puntos por hora, hasta 2 puntos. Las acreditaciones deberán haber sido expedidas o reconocidas por AESA o por una autoridad aeronáutica equivalente. Varios certificados equivalentes para una misma subcategoría no otorgarán puntuación adicional.
2.2. Programación en Python: hasta 3 puntos. Se valorará la formación acreditada en programación con Python, especialmente en tratamiento de datos, automatización de procesos y análisis geoespacial, a razón de 0,10 puntos por hora, hasta un máximo de 3 puntos.
2.3. Sistemas de información geográfica y teledetección: hasta 3 puntos. Se valorará la formación acreditada en manejo de SIG, análisis espacial, procesamiento de información ráster y vectorial, teledetección y elaboración de cartografía, a razón de 0,10 puntos por hora, hasta un máximo de 3 puntos.
2.4. Procesamiento de imágenes radar: hasta 3 puntos. Se valorará la formación acreditada en procesamiento y análisis de imágenes de radar de apertura sintética (SAR), incluyendo preprocesamiento, clasificación, detección de cambios y aplicaciones ambientales, a razón de 0,10 puntos por hora, hasta un máximo de 3 puntos.
2.5. Riesgos naturales objeto del proyecto EU-DRIVE: hasta 10 puntos. Se valorará conjuntamente la formación acreditada en análisis, cartografía, modelización, prevención o gestión de incendios forestales, inundaciones y sequías, a razón de 0,10 puntos por hora, hasta un máximo total de 10 puntos. No será necesario alcanzar una puntuación mínima en cada tipo de riesgo.
Para los subapartados 2.2 a 2.5 se admitirán cursos, asignaturas universitarias superadas y trabajos finales de máster evaluados cuyo contenido y duración estén acreditados. Cuando la duración se exprese exclusivamente en ECTS, se aplicará, a efectos de este baremo, una equivalencia de 25 horas por ECTS. En el caso de trabajos académicos, solo se computarán los créditos asignados oficialmente.
Una misma actividad formativa no podrá computarse íntegramente en varios subapartados. Si comprende distintas materias, las horas o créditos se distribuirán conforme al programa acreditado. Si no existe desglose suficiente, se asignará al subapartado correspondiente a su contenido predominante.
APARTADO 3: Experiencia contratada de apoyo a la investigación y resultados científicos
Puntos
28
3.1. Experiencia contratada de apoyo a la investigación relacionada con las funciones del puesto: hasta 26 puntos. Se valorará la experiencia como asistente o técnico de investigación, personal investigador en etapa inicial o figura equivalente en proyectos de I+D+i, atendiendo a las funciones efectivamente realizadas y con independencia de la denominación del contrato. La puntuación se calculará mediante la fórmula 26 × (meses equivalentes a jornada completa / 18), hasta un máximo de 26 puntos, que se alcanzará con 18 meses. El resultado se redondeará a dos decimales. Se incluyen trabajos de SIG, teledetección, procesamiento de imágenes radar, programación aplicada al análisis geoespacial, cartografía mediante drones y análisis o modelización de riesgos naturales.
La experiencia se acreditará mediante contratos o documentos equivalentes y certificados de la entidad contratante que indiquen el proyecto, las funciones, las fechas y la dedicación. Los periodos inferiores a un mes se prorratearán tomando como referencia un mes de 30 días. La dedicación a tiempo parcial se ponderará proporcionalmente. Los periodos simultáneos se computarán sin superar el equivalente a una jornada completa. Solo se valorará la experiencia adquirida hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
3.2. Comunicaciones a congresos y artículos científicos: hasta 2 puntos. Se valorarán las contribuciones relacionadas con SIG, teledetección, análisis geoespacial, riesgos naturales o formación aplicada a estas materias:
–Artículos científicos publicados o aceptados en revistas con revisión por pares: 1 punto por artículo.
–Comunicaciones orales, pósteres o resúmenes publicados en actas de congresos científicos internacionales: 0,5 puntos por contribución.
Será necesario acreditar la autoría o coautoría y la publicación, aceptación o presentación de la contribución. Una misma contribución se computará una sola vez, aunque se acredite tanto mediante el resumen publicado como mediante su presentación en el congreso.
APARTADO 4: Otros méritos
Puntos
2
Se concederán 2 puntos por disponer de permiso de conducción de clase B en vigor y válido para conducir en España, en relación con los desplazamientos necesarios para las actividades de campo y de apoyo a los pilotos del proyecto.
APARTADO 5: Entrevista personal
Puntos
30
Se realizará una entrevista a las personas aspirantes que hayan obtenido al menos 40 puntos en la suma de los apartados anteriores. La entrevista tendrá una estructura y duración comunes para todas las candidaturas y se valorará con un máximo de 30 puntos, distribuidos entre los siguientes criterios: capacidad para seleccionar y procesar información geoespacial mediante SIG y teledetección, incluyendo imágenes radar (hasta 6 puntos); capacidad para plantear la automatización de procedimientos de análisis mediante Python (hasta 4 puntos); aplicación de conocimientos al análisis de incendios forestales, inundaciones y sequías (hasta 14 puntos); capacidad para preparar ejercicios y materiales formativos y apoyar las actividades piloto (hasta 4 puntos); y organización del trabajo, documentación de resultados y coordinación con el equipo (hasta 2 puntos). Se utilizarán preguntas técnicas y un supuesto práctico vinculado a las tareas del contrato. Para cada criterio se asignará el 0%, 25%, 50%, 75% o 100% de su puntuación máxima, según la respuesta sea inexistente o incorrecta, insuficiente, básica, adecuada o completa y bien justificada, respectivamente. La comisión dejará constancia de la puntuación otorgada y de la motivación de la valoración de cada criterio.
La puntuación mínima requerida para superar el proceso selectivo será de 60 puntos.
Los empates se dirimirán a favor de quien obtenga mayor puntuación en el apartado 5 (entrevista personal) y, si persistieran, en el apartado 3 (experiencia contratada de apoyo a la investigación y resultados científicos). Si el empate continuara, se resolverá por sorteo.
Los méritos deberán poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y estar acreditados documentalmente, con excepción de la entrevista. No se valorarán las meras declaraciones de conocimientos incluidas únicamente en el currículo aportado.
La puntuación máxima será de 100 puntos. Para superar el proceso selectivo será necesario obtener al menos 65 puntos en total y 15 puntos en la entrevista.
Universidades
Bolsa de empleo
Gestor/a económico/a
Universidad Pública de Navarra
5días
Publicada 01/10/2026
Universidades
Personal investigador
Universidad Pública de Navarra
9días
Publicada 05/10/2026
Universidades
Personal investigador
Universidad Pública de Navarra
9días
Publicada 05/10/2026
Universidades
Personal investigador y técnico con cargo a proyectos
Universidad Pública de Navarra
9días
Publicada 05/10/2026