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Ayuntamientos y diputaciones
Convocatoria
Illes Balears
Peón y 1 operario de mantenimiento como personal laboral fijo
Ayuntamiento de Alcúdia
Plazas
3
según la publicación
Grupo
AP*
estimado por el puesto
Sistema
Concurso-oposición
Laboral
¿Puedo presentarme?
- Titulación Requisito: Certificado de escolaridad o equivalenteNivel mínimo: Sin titulación
- Quién puede presentarse Turno libre: cualquier persona que cumpla los requisitos.
- Plazo de solicitudes Plazo sin determinar.
- Cómo presentarse La solicitud se presenta en la sede electrónica o el registro del organismo convocante; los pasos exactos vienen en la publicación oficial ↗.
- Tipo
- Convocatoria
- Título oficial
- Bases de la convocatoria de 2 plazas de peón y 1 operario de mantenimiento como personal laboral fijo
- Convoca
- Ayuntamiento de Alcúdia
- Ámbito
- Ayuntamientos y diputaciones
- Municipio
- Alcúdia
- Acceso
- Turno libre
- Titulación
- Certificado de escolaridad o equivalente
- Publicada
- 10/10/2026 en Butlletí Oficial de les Illes Balears
- Fuente
- Basado en datos de Butlletí Oficial de les Illes Balears ↗. Última comprobación: 11/10/2026.
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Lo que otros ya averiguaron se ve gratis. Para lo demás hace falta tu propia clave de Anthropic (pagas tú, unos céntimos por análisis); se guarda solo en este navegador.
Crea tu cuenta gratis para usar la IA con tu clave Ya tengo cuentaMediante Resolución de Alcaldía núm. 2026/3597, del Ayuntamiento de Alcúdia, de fecha 7 de octubre de 2026, se decretó:
Primero. - Aprobar las bases reguladoras del procedimiento selectivo que figuran en el anexo de esta resolución, para el acceso como personal laboral fijo del Ayuntamiento de Alcúdia, por el turno libre y mediante el sistema de oposición de tres (3) plazas, dos (2) de peón y una (1) de operario de mantenimiento del Ayuntamiento de Alcúdia, incluidas en las ofertas públicas de empleo mencionadas en los antecedentes.
Segundo. - Convocar el procedimiento selectivo de acuerdo con el contenido de las bases que se aprueban.
Tercero. - Publicar las bases de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el tablón de anuncios del sitio web del Ayuntamiento de Alcúdia, así como publicar en el Boletín Oficial del Estado el anuncio de la convocatoria.
Cuarto.- Contra la convocatoria y las presentes bases, que agotan la vía administrativa, podrá interponerse por parte de las personas interesadas bien recurso potestativo de reposición, a interponer ante esta Alcaldía, en el plazo de un mes desde su publicación en el BOIB, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien directamente y de forma alternativa recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo establecido en los citados artículos y en los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, a interponer ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOIB de la convocatoria.
BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR EL PROCEDIMIENTO SELECTIVO, POR EL TURNO LIBRE, DE TRES PLAZAS, DOS DE PEÓN Y UNA DE OPERARIO DE MANTENIMIENTO, PERSONAL LABORAL FIJO, CORRESPONDIENTE A LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE LOS AÑOS 2025 Y 2026 DEL AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA.
BASE 1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
La presente convocatoria tiene por objeto regular el proceso selectivo para proveer, como personal laboral fijo, tres plazas, dos de peón/a y una de operario de mantenimiento, correspondientes al grupo profesional 5, mediante el sistema de concurso-oposición, incluidas en la Oferta Pública de Empleo de los años 2025 y 2026 del Ayuntamiento de Alcúdia.
Características de las plazas
Vinculación: personal laboral fijo.
Denominación: peón/a-operario de mantenimiento.
Código: L053, L054, L054.
Grupo profesional: 5.
Turno: libre.
Sistema selectivo: concurso-oposición.
BASE 2. CARACTERÍSTICAS DEL PUESTO DE TRABAJO
La relación laboral será mediante contrato laboral fijo indefinido, con un período de prueba de tres meses.
La relación laboral se mantendrá hasta que se produzca alguna de las siguientes causas:
Renuncia de la persona interesada.
Jubilación.
Cualquier otra causa legalmente establecida.
La jornada será del 100 % de la jornada ordinaria, dentro del horario habitual de la brigada municipal.
Funciones principales:
Las funciones básicas del puesto son:
Mantenimiento y conservación de edificios e instalaciones municipales.
Tareas de jardinería y mantenimiento de zonas verdes.
Montaje y desmontaje de escenarios, tarimas y otras infraestructuras para actos municipales.
Apoyo logístico y material en actividades organizadas por el Ayuntamiento.
Limpieza y organización de los almacenes municipales.
Conservación de herramientas, vehículos y maquinaria.
Cualquier otra función similar encomendada por la brigada municipal o los órganos de gobierno municipales.
BASE 3. REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES
Para participar en este proceso selectivo es necesario reunir los siguientes requisitos:
Tener la nacionalidad española o cumplir lo establecido en el artículo 57 del TREBEP.
Haber cumplido 16 años y no superar la edad de jubilación forzosa.
Estar en posesión del certificado de escolaridad o equivalente.
Acreditar conocimientos de catalán de nivel A1 o superior.
Poseer la capacidad funcional para desarrollar las funciones del puesto.
No haber sido separado/a del servicio de ninguna administración pública ni encontrarse inhabilitado/a.
No padecer ninguna enfermedad o limitación que impida el ejercicio de las funciones.
Todos los requisitos deberán cumplirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
BASE 4. PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS
Las solicitudes deberán presentarse según el modelo normalizado del Anexo II, dirigidas a la Alcaldía del Ayuntamiento de Alcúdia.
Lugares de presentación
Las instancias podrán presentarse:
En la OAC del Ayuntamiento.
En el registro electrónico municipal.
Mediante cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
PLAZO
El plazo será de 20 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOE.
Documentación para aportar:
Deberá adjuntarse:
DNI, NIE o documento equivalente.
Titulación académica requerida.
Certificado de catalán.
Hoja de autobaremación y documentación acreditativa de los méritos.
Únicamente se valorarán los méritos obtenidos antes de la publicación de la convocatoria en el BOE.
BASE 5. ADMISIÓN DE PERSONAS ASPIRANTES
Finalizado el plazo de presentación, la Alcaldía aprobará:
La lista provisional de personas admitidas y excluidas.
El plazo de 10 días hábiles para subsanaciones o reclamaciones.
Posteriormente se publicará la lista definitiva y la fecha de la prueba de catalán.
Los anuncios sucesivos se publicarán en el tablón electrónico municipal: www.alcudia.net
BASE 6. TRIBUNAL CALIFICADOR
El tribunal estará formado por:
Presidencia.
Tres vocales.
Secretaría.
Los miembros deberán ser personal funcionario de carrera o laboral fijo con titulación igual o superior a la exigida.
El tribunal:
Actuará válidamente con la mitad de sus miembros.
Adoptará los acuerdos por mayoría.
Estará sometido al régimen de abstención y recusación previsto legalmente.
Podrá asistir un miembro del Comité de Empresa con voz, pero sin voto.
BASE 7. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
El proceso selectivo constará de:
Prueba de catalán.
Fase de oposición.
Fase de concurso.
Distribución de la puntuación
Fase de oposición: 60 puntos (60 %).
Fase de concurso: 40 puntos (40 %).
I. PRUEBA DE CATALÁN
La realizarán únicamente las personas que no hayan acreditado el nivel requerido.
II. FASE DE OPOSICIÓN
Ejercicio único
Cuestionario tipo test de 30 preguntas.
25 preguntas ordinarias y 5 de reserva.
Duración: 45 minutos.
Valoración máxima: 60 puntos.
Sistema de puntuación
Cada respuesta correcta: 2,40 puntos.
Respuestas erróneas o en blanco: 0 puntos.
Será necesario obtener un mínimo de 30 puntos para superar la prueba.
El ejercicio se realizará en lengua catalana.
III. FASE DE CONCURSO
La fase de concurso tendrá una puntuación máxima de 40 puntos.
A) Experiencia profesional. Máximo 12 puntos
Administración pública
0,30 puntos por mes.
Empresa privada
0,20 puntos por mes.
Otros puestos en la administración
0,15 puntos por mes.
B) Titulaciones académicas. Máximo 8 puntos
ESO o equivalente: 4 puntos.
Bachillerato o CFGM: 6 puntos.
CFGS o equivalente: 8 puntos.
Únicamente se valorará la titulación superior.
C) Cursos de formación. Máximo 8 puntos
Se valorarán los cursos relacionados con las funciones del puesto.
Valoración
Impartición: 0,050 puntos/hora.
Aprovechamiento: 0,010 puntos/hora.
Asistencia: 0,015 puntos/hora.
D) Antigüedad. Máximo 8 puntos
1 punto por cada trienio reconocido.
E) Conocimientos de catalán. Máximo 4 puntos
A2: 0,5 puntos.
B1: 1 punto.
B2: 2 puntos.
C1: 3 puntos.
C2: 4 puntos.
Únicamente se valorará el certificado de nivel superior.
BASE 8. ACREDITACIÓN DE LOS MÉRITOS
Los méritos deberán acreditarse mediante:
Certificados de servicios prestados.
Vida laboral y contratos.
Titulaciones académicas.
Certificados de cursos.
Certificados de catalán.
Certificados de trienios.
BASE 9. RESULTADO FINAL Y BOLSA DE TRABAJO
La calificación final será la suma de:
La puntuación de la fase de oposición.
La puntuación de la fase de concurso.
Criterios de desempate
Mayor puntuación en la oposición.
Mayor experiencia profesional.
Mayor puntuación académica.
Mayor puntuación en formación.
Sorteo.
El tribunal elevará la propuesta de contratación y constitución de la bolsa de trabajo con los aspirantes que hayan aprobado el primer ejercicio a la Alcaldía.
BASE 10. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y CONTRATACIÓN
Las personas seleccionadas deberán presentar:
La titulación requerida.
Certificado médico.
Declaración responsable de no estar inhabilitado/a.
La formalización del contrato se realizará dentro de los tres días hábiles siguientes.
BASE 11. FUNCIONAMIENTO DE LA BOLSA DE TRABAJO
Las personas integrantes podrán encontrarse en situación de:
Disponible.
No disponible.
Las comunicaciones se realizarán telefónicamente o por correo electrónico.
Tres renuncias consecutivas conllevarán la exclusión definitiva de la bolsa.
La vigencia máxima de la bolsa será de tres años.
BASE 12. RÉGIMEN JURÍDICO Y RECURSOS
En lo no previsto en estas bases será de aplicación:
TREBEP.
Estatuto de los Trabajadores.
Ley de Función Pública de las Islas Baleares.
Normativa complementaria aplicable.
Contra estas bases podrá interponerse:
Recurso potestativo de reposición.
Recurso contencioso-administrativo.
TEMARIO
Parte general
Constitución Española de 1978.
Organización territorial del Estado.
Igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
Parte específica
Nociones básicas de albañilería.
Mantenimiento de edificios e instalaciones.
Herramientas de fontanería, electricidad y carpintería.
Pinturas y tratamiento de residuos.
Conservación de zonas verdes.
Productos de limpieza y desinfección.
Prevención y seguridad laboral.
(Firmado electrónicamente: 7 de octubre de 2026
La alcaldesa [nombre omitido])
Ayuntamientos y diputaciones
Peón de brigada como personal laboral fijo de la Empresa Municipal de Serveis d'Alcúdia
Ayuntamiento de Alcúdia · Illes Balears
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1 plaza
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2 plazas
Publicada 06/10/2026
Ayuntamientos y diputaciones
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1 plaza
Publicada 08/10/2026