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Ayuntamientos y diputaciones
Bolsa de empleo
Illes Balears
Interventor/a
Ayuntamiento de Alaró
Plazas
No se indica
Grupo
A1*
estimado por el puesto
Sistema
Concurso-oposición
Funcionario
Estado del proceso
- Convocada: hecho
- Solicitudes: fase actual
- Listas
- Examen
- Aprobados
- Nombramientos
Fase 2 de 6 · Solicitudes
- Convocada
- Plazo de solicitudes
- Siguiente: listas de admitidos
Última novedad: convocatoria (08/10/2026). Fechas orientativas: confírmalas en el boletín.
¿Puedo presentarme?
- Titulación Grado universitarioDeducido del grupo A1: confírmalo en las bases.
- Quién puede presentarse No se indica el tipo de acceso: revisa las bases.
- Plazo de solicitudes Quedan 29 días (hasta el 09/11/2026).
- Cómo presentarse La solicitud se presenta en la sede electrónica o el registro del organismo convocante; los pasos exactos vienen en la publicación oficial ↗.
- Tipo
- Bolsa de empleo
- Título oficial
- Desistimiento de la convocatoria y las bases del proceso selectivo, mediante el sistema de concurso-oposición, para la creación de una bolsa de trabajo para cubrir con carácter interino la plaza de interventor/a
- Convoca
- Ayuntamiento de Alaró
- Ámbito
- Ayuntamientos y diputaciones
- Municipio
- Alaró
- Publicada
- 08/10/2026 en Butlletí Oficial de les Illes Balears
- Fuente
- Basado en datos de Butlletí Oficial de les Illes Balears ↗. Última comprobación: 11/10/2026.
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Se hace público para general conocimiento la Resolución de Alcaldía núm. 2026-1482, de 6 de octubre de 2026, con el siguiente contenido:
Desistimiento de la convocatoria y las bases del proceso selectivo, mediante el sistema de concurso-oposición, para la creación de una bolsa de trabajo para cubrir con carácter interino la plaza de interventor/a
Antecedentes
1. En fecha 14 de enero de 2026, mediante la Resolución de Alcaldía núm. 2026-0069, se aprobaron la convocatoria y las bases reguladoras del proceso selectivo, mediante el sistema de concurso-oposición, para la creación de una bolsa de trabajo para cubrir con carácter interino la plaza de interventor/a del Ayuntamiento de Alaró.
2. La convocatoria y las bases reguladoras del proceso selectivo se publicaron en el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 9, de 17 de enero de 2026.
3. Con posterioridad a la publicación de la convocatoria, y con la finalidad de garantizar la cobertura del puesto de interventor/a, el Ayuntamiento de Alaró solicitó a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la cobertura del puesto mediante una persona integrante de la bolsa de trabajo de la que dispone esta Administración para la cobertura temporal de puestos reservados a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional.
4. Como consecuencia de esta actuación, la necesidad de cobertura temporal del puesto de interventor/a que había motivado la convocatoria del proceso selectivo municipal quedó atendida mediante la cobertura del puesto a través de la bolsa de trabajo de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
5. En consecuencia, el proceso selectivo municipal no ha avanzado en las fases posteriores a la convocatoria y presentación de solicitudes.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 84 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, establece que ponen fin al procedimiento, entre otros, la resolución, el desistimiento, la renuncia al derecho en que se fundamente la solicitud, cuando dicha renuncia no esté prohibida por el ordenamiento jurídico, y la declaración de caducidad.
2. El artículo 93 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, establece que, en los procedimientos iniciados de oficio, la Administración podrá desistir, motivadamente, en los supuestos y con los requisitos previstos en las leyes.
3. De acuerdo con el artículo 35.1.g) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, deberán ser motivados los actos administrativos que acuerden el desistimiento por parte de la Administración en los procedimientos iniciados de oficio.
En el presente caso, el desistimiento se fundamenta en el estado de tramitación del procedimiento, que se encuentra en una fase inicial, dado que, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, no se ha aprobado ni publicado la relación provisional de personas admitidas y excluidas, ni se han llevado a cabo actuaciones relativas a la valoración de los méritos o al desarrollo de las pruebas selectivas previstas en las bases reguladoras.
En consecuencia, atendiendo a la fase en la que se encuentra el procedimiento y a la inexistencia de actuaciones posteriores de selección, se considera procedente acordar el desistimiento del procedimiento y disponer su archivo.
Por lo expuesto, en ejercicio de la atribución conferida por el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, adopto la siguiente:
Resolución
1. Desistir del procedimiento selectivo convocado mediante la Resolución de Alcaldía núm. 2026-0069, de 14 de enero de 2026, y publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 9, de 17 de enero de 2026, correspondiente a la aprobación de la convocatoria y las bases del proceso selectivo, mediante el sistema de concurso-oposición, para la creación de una bolsa de trabajo para cubrir con carácter interino la plaza de interventor/a.
2. Declarar finalizado el procedimiento y disponer el archivo del expediente.
3. Iniciar el procedimiento de devolución de la tasa por inscripción en la convocatoria de pruebas selectivas referenciada, y conceder el plazo de un mes a partir de la publicación de la resolución para que las personas interesadas comuniquen sus datos personales y bancarios actualizados, a efectos de proceder a la devolución de la tasa por inscripción en las pruebas selectivas de referencia. ANUNCI BOIB CAT RB. 1212
4. Comunicar a los interesados, mediante publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears , así como en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento, que queda sin efecto la convocatoria publicada por desistimiento de la misma.
Recursos
Contra este acto, que es definitivo en vía administrativa, se pueden interponer, alternativamente, los siguientes recursos:
a) Directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente acuerdo.
b) Recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno Local, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente acuerdo.
Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo.
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente.
Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Alaró, en fecha de firma electrónica (7 de octubre de 2026)
El alcalde Llorenç Perelló Rosselló