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Universidades
Convocatoria
Granada
Profesor/a Asociado/a
Universidad de Granada · Andalucía
Plazas
No se indica
Grupo
No se indica
Sistema
Oposición
Docente
Estado del proceso
- Convocada: hecho
- Solicitudes: fase actual
- Listas
- Examen
- Aprobados
- Nombramientos
Fase 2 de 6 · Solicitudes
- Convocada
- Plazo de solicitudes
- Siguiente: listas de admitidos
Última novedad: convocatoria (09/10/2026). Fechas orientativas: confírmalas en el boletín.
¿Puedo presentarme?
- Titulación Requisito: Grado, licenciatura o titulación afín de estudios filológicos en Lengua EspañolaNivel mínimo: Grado universitario
- Quién puede presentarse Turno libre: cualquier persona que cumpla los requisitos.
- Plazo de solicitudes Quedan 15 días (hasta el 26/10/2026).
- Cómo presentarse La solicitud se presenta en la sede electrónica o el registro del organismo convocante; los pasos exactos vienen en la publicación oficial ↗.
- Tipo
- Convocatoria
- Título oficial
- Resolución de 5 de octubre de 2026, de la Universidad de Granada, por la que se convoca concurso público para la adjudicación de contratos de Profesorado Asociado, para el curso 2026/2027, en el Campus de Granada.
- Convoca
- Universidad de Granada
- Ámbito
- Universidades
- Acceso
- Turno libre
- Titulación
- Grado, licenciatura o titulación afín de estudios filológicos en Lengua Española
- Publicada
- 09/10/2026 en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
- Fuente
- Basado en datos de Boletín Oficial de la Junta de Andalucía ↗. Última comprobación: 11/10/2026.
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Lo que otros ya averiguaron se ve gratis. Para lo demás hace falta tu propia clave de Anthropic (pagas tú, unos céntimos por análisis); se guarda solo en este navegador.
Crea tu cuenta gratis para usar la IA con tu clave Ya tengo cuentaConforme a las normas contenidas en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU); los Estatutos de la Universidad de Granada, aprobados por Decreto 231/2011, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía; Ley 1/2026, de 20 de febrero, Universitaria para Andalucía; el Real Decreto 898/85, de 30 de abril, sobre Régimen de Profesorado Universitario y las posteriores modificaciones del mismo; el 1.er Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador con contrato laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, (BOJA núm. 92, de 9 de mayo de 2008), se convoca concurso público para la adjudicación de contratos de Profesorado Asociado en los ámbitos de conocimiento que se indican en el anexo correspondiente de esta convocatoria.
1. Plazas.
Las relacionadas como Anexo I adjunto.
2. Características y requisitos.
2.1. Tipo de contrato: Laboral. El Profesorado Asociado será contratado con dedicación a tiempo parcial de entre especialistas de reconocida competencia que acrediten ejercer su actividad profesional fuera del ámbito académico universitario, con antigüedad de, al menos, tres años y que guarde relación con la plaza convocada.
2.2. Duración: El contrato será de carácter indefinido, y la dedicación, a tiempo parcial, será la establecida para la plaza según se indica en el Anexo I de la presente convocatoria.
2.3. Edad: Haber cumplido 16 años y no superar la edad reglamentaria de jubilación.
2.4. Régimen de dedicación: Tiempo parcial de 2, 3, 4, 5 ó 6 horas de docencia semanales y un número de horas semanales de tutoría y asistencia al alumnado de acuerdo con lo establecido en el Plan de Ordenación Docente aprobado por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada para el curso académico en que se firme el contrato, según se determine en el Anexo I.
2.5. Horario: En jornada de mañana y/o tarde (a determinar por el Departamento).
2.6. Titulación: Licenciado, Graduado Universitario, Arquitecto o Ingeniero; o Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico.
2.7. Requisito específico: Discapacidad auditiva/persona sorda o Intérprete de Lengua de Signos Española (especificado en el anexo de las plazas objeto de la convocatoria).
2.8. Funciones: Las funciones docentes y de tutorías propias del Área a la que pertenece la plaza convocada, siendo concretadas por el Departamento correspondiente.
2.9. Las personas candidatas a plazas de Profesorado Asociado deberán ser especialistas de reconocida competencia que acrediten de forma fehaciente estar ejerciendo, fuera del ámbito académico-universitario, una actividad remunerada laboral, profesional o en la Administración Pública, relacionada con materias impartidas por el área de conocimiento para la que sea contratado y con una antigüedad de al menos 3 años. Deberán mantener el ejercicio de dicha actividad durante la totalidad de su periodo de contratación.
2.10. Quienes participen por el cupo de personas con discapacidad, deberán tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
2.11. Retribuciones: Serán las establecidas para esta figura contractual en el Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.
2.12. No podrán concurrir al presente concurso quienes hayan sido separados/as, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o se encuentren inhabilitados para el ejercicio de las funciones públicas o padezcan enfermedad física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
2.13. De conformidad con lo establecido en los criterios generales de valoración de méritos para la contratación de profesorado contratado no permanente (Profesorado Ayudante Doctor y Profesorado Asociado) de la Universidad de Granada, aprobado en Consejo de Gobierno de 10 de febrero de 2025, quienes no posean la nacionalidad de un país cuya lengua oficial sea el español deberán acreditar, mediante certificado oficial, un nivel C1 de idioma español o, en su defecto, estar en posesión de un grado, licenciatura o titulación afín de estudios filológicos en Lengua Española. En caso contrario, la comisión de evaluación solicitará la realización de una prueba lingüística al Vicerrectorado de la Universidad de Granada competente en la materia; la no superación de dicha prueba supondrá la exclusión del concurso.
Cuando un idioma extranjero sea consustancial con la plaza convocada se deberá también acreditar mediante certificado oficial un nivel C1 de la correspondiente lengua extranjera. La no acreditación de dicho nivel supondrá la exclusión del concurso. Quedarán exentos de acreditar el citado nivel C1 aquellas personas cuya lengua materna coincida con el idioma extranjero de la plaza convocada, así como quienes estén en posesión de un grado, licenciatura o titulación afín de Filología en la correspondiente lengua moderna extranjera, así como en Traducción (solo aplicable a lengua B).
3. Solicitudes y documentación.
3.1. Conforme a lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, así como en el Reglamento de administración electrónica de la Universidad de Granada, aprobado en Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada de 25 de marzo de 2021 (BOJA núm. 85 de 6 de mayo), las personas solicitantes deberán realizar los trámites relacionados con este procedimiento por medios electrónicos a través de la sede electrónica de la Universidad de Granada.
En los casos en que el/la solicitante no disponga de certificado digital ni de claves de acceso identificado, se les facilitará una cuenta temporal de acceso a la sede electrónica de la Universidad de Granada. La cuenta temporal se facilitará exclusivamente a aquellas personas que, por no ser nacionales o residentes en España, carezcan de los medios de identificación (sin DNI ni NIE) que la legislación española establece para relacionarse por medios electrónicos con las administraciones públicas españolas. Toda aquella persona que esté en posesión de DNI o NIE cumple los requisitos para obtener un certificado digital válido, por ejemplo, el certificado de persona física de la FNMT, por lo que no se le creará cuenta temporal.
Para solicitar esta cuenta temporal se deberán seguir los siguientes pasos:
- Debe escribir a eadmin@ugr.es solicitando una cuenta temporal de acceso a la sede electrónica de la Universidad de Granada. Debe aportar también este documento y datos:
• Video corto mostrando su rostro junto con su documento de identificación bien visibles. En fichero ZIP y tamaño menor de 4MB**.
• Número de identificación (Pasaporte), nombre y apellidos completos e indicar que es para participar en concursos de plazas docentes de la Universidad de Granada.
Atienda y responda a las indicaciones que se le puedan remitir por correo electrónico, sobre todo, de aporte de información o documentación necesaria.
Cuando se le cree su cuenta de acceso temporal (usuario y clave) recibirá un correo electrónico de confirmación.
Debe solicitar la creación de la cuenta temporal con una antelación mínima de 3 días hábiles antes de la finalización del plazo de solicitud de este concurso de plazas; en caso contrario, la Universidad no le puede garantizar la creación de su cuenta temporal.
3.2. Quienes deseen participar en este proceso selectivo podrán realizar su inscripción en el plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOJA, siguiendo el siguiente procedimiento.
- En primer lugar, los/as aspirantes deben realizar obligatoriamente, en el plazo de solicitud, su acreditación de méritos por sede electrónica, https://sede.ugr.es utilizando el procedimiento «Concursos a plazas docentes: Acreditación de méritos».
Al acceder a esta aplicación, el/la candidata/a deberá seleccionar la plaza que desea solicitar y se abrirá el formulario en el cual acreditar los méritos. El/la candidata/a se autobaremará y adjuntará la documentación acreditativa de cada mérito alegado, siguiendo las instrucciones establecidas en el punto 3.4. Finalmente, generará un informe resumen en formato PDF.
- En segundo lugar, el mismo plazo de solicitud, los/as aspirantes deben realizar la solicitud de inscripción por sede electrónica, https://sede.ugr.es utilizando el procedimiento electrónico «Concursos a plazas docentes: Solicitud de admisión» disponible en dicha sede. Junto al resto de documentos acreditativos de los requisitos de participación en el concurso (relacionados más adelante en el punto 3.3), deberá adjuntar el informe resumen en formato PDF obtenido en el paso anterior.
Una vez firmada y registrada una solicitud, la persona solicitante no podrá entrar de nuevo en el procedimiento de «Acreditación de méritos». Esto se permitirá durante el plazo de reclamaciones a la relación provisional de admitidos/as y excluidos/as.
Para que los/as interesados/as no tengan que aportar toda la documentación justificativa de los requisitos de participación en el concurso, la Universidad de Granada accederá a las bases de datos de las Administraciones, con garantía de confidencialidad y con la única finalidad de verificación y consulta de los datos consignados en la inscripción, salvo que el/la solicitante desee presentar la documentación por manifestar su oposición motivada a la consulta. Esta oposición deberán manifestarla en el apartado correspondiente de la solicitud en sede electrónica.
Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión y en el proceso serán tratados con la única finalidad de la gestión de las pruebas selectivas y las comunicaciones necesarias para ello. El nombre, apellidos y número del documento de identidad se publicará en la forma que determina la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. La Universidad de Granada tomará medidas para que esa información no sea indexada por los buscadores de internet. La base legal para el tratamiento de estos datos son las Leyes 39/2015, de 1 de octubre, y 40/2015, de 1 de octubre, y el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. La Universidad de Granada es responsable del tratamiento de esos datos y publica su política de protección de datos en https://secretariageneral.ugr.es/pages/proteccion_datos los derechos de protección de datos de los solicitantes se podrán ejercer dirigiéndose al responsable del tratamiento por vía electrónica, a través de la sede electrónica de la Universidad de Granada. Los interesados pueden ejercer sus derechos también ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía. Pueden consultar información adicional sobre el tratamiento de datos personales en procesos selectivos de personal en el siguiente enlace:
https://secretariageneral.ugr.es/pages/proteccion_datos/leyendas-informativas/_img/informacionadicionalprocesosselectivos/%21
3.3. Documentación acreditativa de los requisitos de participación en el concurso.
3.3.1. En el caso de no oponerse a la consulta por parte de la Universidad de los datos consignados en la solicitud, se deberá acompañar, para cada una de las plazas a las que se aspire, los siguientes documentos:
a) Justificante de haber abonado en CaixaBank en la cuenta abierta a nombre de «Universidad de Granada. Pruebas selectivas» ES71 21004224391300721670 la cantidad de 30 euros en concepto de derechos, especificando el código de la plaza a la que se concursa. En el justificante debe constar el nombre del/la candidata/a y el código de la plaza. En ningún caso la realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud. Este pago debe efectuarse en el mismo plazo que se establezca para la presentación de solicitudes.
Estarán exentas del pago de los precios públicos:
- Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100.
- Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la presente convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores en cómputo mensual al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de empleo citada en el párrafo anterior se solicitará en las correspondientes Oficinas de Empleo, debiendo figurar en ella todos y cada uno de los requisitos citados en dicho párrafo.
En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará con una declaración jurada o promesa escrita del solicitante, para lo que se podrá utilizar el modelo que se acompaña como Anexo II a esta convocatoria.
Ambos documentos, certificación y declaración, deberán acompañar a la solicitud.
- Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos/as, debiendo aportar documentación que acredite tal condición.
- Las familias numerosas, que tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general.
b) Acreditación suficiente del ejercicio de la actividad profesional necesaria para ser aspirante al contrato como Profesor Asociado para lo que se requiere la presentación de la siguiente documentación:
1. Trabajador por cuenta ajena: Fotocopia del contrato de trabajo e informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social. En el caso de los Funcionarios de Carrera deberán aportar certificado acreditativo de dicha condición, expedido por el Servicio de Personal del Organismo correspondiente.
2. Trabajador por cuenta propia: Informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social. En el supuesto de que para la actividad profesional que se ejerce no resulte obligatoria el alta en ninguno de los regímenes del sistema de la Seguridad Social, se deberá presentar certificación del colegio profesional correspondiente que acredite el ejercicio de la actividad profesional y, en defecto del mismo, mediante certificación de la Delegación de Hacienda de estar dado de alta en dicha actividad profesional.
En cualquier caso, los documentos presentados deberán dejar constancia del ejercicio de una actividad remunerada laboral, profesional o en la Administración Pública, fuera del ámbito académico universitario, con una antigüedad de al menos 3 años. La citada actividad deberá estar relacionada con el perfil de la plaza solicitada.
c) Declaración responsable firmada por el/la aspirante en la que se indique que las fotocopias y copias digitales de los justificantes documentales de los méritos alegados son fiel reflejo de los originales.
d) Informe resumen de los méritos alegados en el procedimiento de «Concursos a plazas docentes: Acreditación de méritos»
e) Certificado oficial de nivel C1 de lengua extranjera, conforme a lo establecido en el segundo párrafo del punto 2.13.
Los solicitantes deberán aportar esta documentación en formato PDF a través de la sede electrónica, junto a la solicitud de inscripción.
3.3.2. En el caso de oponerse a la consulta por parte de la Universidad de los datos consignados en la solicitud, además de la documentación requerida en el apartado anterior, deberá acompañarse la siguiente documentación:
- Fotocopia de la titulación principal requerida o, en su defecto, fotocopia de la certificación supletoria provisional al título que tendrá una validez de un año desde la fecha de emisión de dicha certificación (disposición final tercera del Real Decreto 22/2015, de 23 de enero). En el caso de titulaciones extranjeras deberá acreditarse la correspondiente homologación o reconocimiento por el órgano competente.
- Fotocopia del DNI o pasaporte.
- Certificado de discapacidad, si fuera el caso.
- Acreditación de la condición de familia numerosa, si fuera el caso.
Las personas solicitantes deberán aportar esta documentación en formato PDF a través de la sede electrónica, junto con la solicitud de inscripción.
La no aportación de lo establecido en este apartado en el plazo de presentación de instancias o en el de subsanación a que se refiere la base 4.2, determinará la exclusión automática del solicitante en este procedimiento.
3.4. Documentación acreditativa de los méritos.
Los/as concursantes deberán realizar su acreditación de méritos por sede electrónica, https://sede.ugr.es utilizando el procedimiento «Concursos a plazas docentes: Acreditación de méritos».
La justificación documental en formato PDF de cada uno de los méritos alegados en el currículum vitae, deben ser justificados de acuerdo con las instrucciones para la acreditación de méritos del curriculum vitae en los concursos de profesorado contratado no permanente de la Universidad de Granada; la no acreditación de un mérito conforme a dichas instrucciones supondrá la no baremación del mérito.
Cada mérito debe acreditarse con un único documento en formato PDF (si se estima que deben presentarse varios documentos para acreditar un solo mérito, deberán fusionarse y presentarse en un único fichero en formato PDF).
Todos los documentos que no estén redactados en lengua castellana deberán acompañarse necesariamente de la correspondiente traducción oficial si así es requerido por la Comisión Evaluadora.
Todos los requisitos, méritos y circunstancias alegados por los/as concursantes deberán poseerse a la fecha de finalización de la presentación de solicitudes.
3.5. La Comisión de Evaluación no valorará aquellos méritos que siendo alegados en la solicitud no estén debidamente justificados conforme a las instrucciones para la acreditación de méritos del currículum vitae en los concursos de profesorado contratado no permanente de la Universidad de Granada.
3.6. Será motivo de exclusión, además de no poseer o no acreditar de forma suficiente la posesión de los requisitos exigidos para cada una de las plazas convocadas, el estar el/la interesado/a ocupando una plaza de igual categoría, área de conocimiento, perfil, dedicación y campus. En el caso de que la plaza ocupada por el/la aspirante se encuentre recurrida o en plazo de interposición de recurso de alzada, esta persona será admitida al concurso. En este último supuesto, si llegada la fecha fin de presentación del recurso a la plaza que el candidato ostenta no hubiere sido recurrida, dicho candidato aparecerá como excluido en la lista provisional y definitiva, dictándose por el Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado la resolución que en derecho proceda.
3.7. Igualmente, será causa de exclusión el hecho de que no adjuntar a la solicitud el informe de méritos obtenido en el procedimiento «Concursos a plazas docentes: Acreditación de méritos».
4. Lista de admitidos.
4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Granada dictará resolución por la que se apruebe la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as, con indicación de las causas de exclusión.
La citada resolución será publicada en la página web del Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada. A partir del día siguiente a la fecha de publicación se contarán los plazos.
4.2. Contra la anterior resolución, los/as interesados/as dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación, para poder subsanar los motivos de exclusión.
Los/as solicitantes deberán presentar esta reclamación a través de la sede electrónica, utilizando el procedimiento «Concursos a plazas docentes: Reclamación a la relación provisional de admitidos/as y excluidos/as» disponible en dicha sede. Los/as concursantes que estuvieran excluidos aportarán en formato PDF los documentos que consideren para subsanar el motivo de exclusión.
Cuando algún/a interesado/a, habiendo presentado la solicitud dentro de plazo, no acompañe los documentos acreditativos de los méritos alegados especificados en el punto 3.4, dispondrá de ese mismo plazo (diez días hábiles desde la publicación de la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as) para la presentación de dichos documentos acreditativos. La presentación de estos documentos deberá hacerse utilizando el procedimiento «Concursos a plazas docentes: Acreditación de méritos» disponible en sede electrónica. Los/as aspirantes deberán generar un nuevo informe de méritos en formato PDF, el cual acompañarán a la reclamación.
La resolución de apruebe definitivamente las listas de admitidos/as pondrá fin a la vía administrativa y, en consecuencia, quienes estén legitimados/as para ello podrán formular recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la citada resolución o potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dicte.
5. Resolución del concurso.
5.1. Las Comisiones encargadas de resolver estos concursos estarán constituidas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 126 de los Estatutos de la Universidad de Granada, por los siguientes miembros:
1. El/la Vicerrector/a competente en materia de profesorado, o persona en quien delegue, que la presidirá.
2. El/la Decano/a o Director/a del Centro donde principalmente vaya a impartir docencia el contratado o la contratada, o persona en quien delegue.
3. El/la Director/a del Departamento al que se adscriba la plaza, o persona en quien delegue.
4. Tres profesoras o profesores doctores del ámbito del conocimiento con vinculación permanente a la Universidad de Granada, a propuesta del Departamento, y sus respectivos suplentes, procurando una composición equilibrada entre mujeres y hombres.
5. Un profesor o profesora doctor con vinculación permanente a la Universidad de Granada a propuesta de la representación de las trabajadoras y los trabajadores, y su suplente.
La composición de cada Comisión de Evaluación será publicada en la página web del Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada.
5.2. La Comisión de Evaluación, una vez constituida, examinará el cumplimiento de los requisitos exigidos en las presentes bases.
5.3. La Comisión de Evaluación valorará a los aspirantes de acuerdo con los criterios generales de valoración de méritos para la contratación de profesorado contratado no permanente (Profesorado Ayudante Doctor y Profesorado Asociado) de la Universidad de Granada, aprobados en Consejo de Gobierno de 10 de febrero de 2025. La Comisión de Evaluación, una vez constituida y antes de acceder a los expedientes de los concursantes, hará públicos en la página web del Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada el grado de afinidad de cada uno de los méritos con el área de conocimiento de la plaza, en aplicación de la disposición transitoria única del Acuerdo sobre criterios generales de valoración de méritos para la contratación de profesorado contratado no permanente (Profesorado Ayudante Doctor y Profesorado Asociado) de la Universidad de Granada.
La Comisión de Evaluación será competente para resolver las dudas que puedan surgir en relación con la aplicación e interpretación del baremo, contando con el asesoramiento técnico de los órganos de la Universidad de Granada competentes.
La Comisión de Evaluación se reserva el derecho a solicitar a los/as concursantes la aportación de documentación original, a los documentos ya presentados, o cualquier aclaración sobre los méritos alegados o aportados en el proceso selectivo.
5.4. La Comisión de Evaluación resolverá el concurso y hará la correspondiente propuesta de contratación a favor de o la concursante, o de los/as concursantes (según sea una o más las plazas convocadas), mejor valorados/as. En todo caso, se hará público en la página web del Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada el resultado del mismo, especificando las puntuaciones parciales obtenidas en cada uno de los apartados considerados en el baremo. La propuesta será elevada al Rectorado de la Universidad de Granada.
5.5. Todos los concursos podrán resolverse con la no adjudicación de la/s plaza/s, cuando a juicio de la Comisión de Evaluación los curriculum de los aspirantes no se ajusten al perfil o actividad docente de la plaza.
5.6. La comunicación del resultado del concurso a los/as aspirantes, seleccionados o no, se entenderá practicada mediante la publicación de la propuesta de provisión efectuada por la Comisión de Evaluación en la página web del Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada. A tal fin los/as aspirantes deberán actuar con la diligencia razonable para estar al corriente del desarrollo del concurso y de la publicación en la cita página web del resultado del mismo, cuya fecha de publicación se hará constar en el mismo anuncio.
6. Recurso de alzada.
6.1. Contra el acuerdo de la Comisión de Evaluación formulando la propuesta de provisión de la plaza, los/as interesados/as podrán interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en la página web del Servicio de Personal de Personal Docente e Investigador, ante el Rector de la Universidad de Granada que resolverá una vez recabada la información necesaria.
6.2. Transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución, se entenderá desestimado el recurso y quedará expedita la vía procedente.
6.3. La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos en la propuesta de provisión o formalización del contrato, salvo que el Rector, mediante resolución expresa, aprecie que la ejecución del acto pudiera causar perjuicios de imposible o difícil reparación, o, aprecie en la fundamentación de la impugnación la existencia manifiesta de causa de nulidad de pleno derecho. A tal fin se formalizará el contrato laboral con el aspirante propuesto, sin perjuicio de que la eventual estimación del recurso tanto en vía administrativa como jurisdiccional, llevará consigo la extinción de la relación contractual inicialmente propuesta, actuando como condición resolutoria de la misma.
7. Formalización de los contratos.
7.1. Realizadas las propuestas, el Rector extenderá los correspondientes contratos previa presentación por parte del o la candidata de la documentación que le sea requerida a tal efecto. Los/as interesados/as tendrán un plazo máximo para ello de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la propuesta de provisión en la página web del Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada. En el caso de no presentarse el o la interesada en el referido plazo a la firma del contrato, se entiende que renuncia a sus derechos, salvo casos de fuerza mayor, libremente apreciados por el Rectorado.
7.2. En los casos de renuncia o cualquier otra causa que impida la contratación del o la aspirante seleccionado/a, podrá formalizarse la incorporación con el siguiente más valorado, si la Comisión de Evaluación no hubiese acordado que este/a candidato/a no se ajusta al perfil docente de la plaza o cuando no se adecue a las exigencias académicas de la misma.
7.3. En el caso de que para algunas de las plazas del turno de discapacidad no existieran candidatos o quedarán desiertas, se acumularán y se resolverán junto con las plazas de la misma área de conocimiento y departamento que se ofertan para el turno libre.
8. Disposición final.
8.1. El concurso y posterior contratación se regirá por las normas de la presente convocatoria, por la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo del Sistema Universitario; Real Decreto 898/1985, de 30 de abril, sobre Régimen de Profesorado Universitario y posteriores modificaciones del mismo, en todo lo que no se oponga a la anterior ley; Estatutos de la UGR, aprobados por Decreto 231/2011, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía; Ley 1/2026, de 20 de febrero, Universitaria para Andalucía; el 1.er Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador con contrato laboral de las Universidades Públicas de Andalucía; los Criterios generales de valoración de méritos para la contratación de profesorado contratado no permanente (Profesorado Ayudante Doctor y Profesorado Asociado) de la Universidad de Granada, aprobado en Consejo de Gobierno de 10 de febrero de 2025, y demás normas de carácter general que resulten de aplicación.
8.2. La convocatoria, sus bases y cuantos actos se deriven de la misma y de las actuaciones de la Comisión de Evaluación, podrán ser impugnados por los y las interesadas en el plazo y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).
Granada, 5 de octubre de 2026.- El Rector, Pedro Mercado Pacheco.
Anexo I
Código
Dedicación
Ámbito de conocimiento
Departamento
Perfil
Núm.
de plazas
Campus
1/1/PA/2627
3 horas (semanales)
Lingüística General
Lingüística General y Teoría de la Literatura
Perfil docente: Docencia en la asignatura Lengua C Nivel 1 Lengua de Signos Española y Lengua C Nivel 2 Lengua de Signos Española. Perfil específico: Intérprete de Lengua de Signos
1
GRANADA
PLAZA CONVOCADA POR EL CUPO DE DISCAPACIDAD
2/1/PA/2627
3 horas (semanales)
Lingüística General
Lingüística General y Teoría de la Literatura
Personal docente: Docencia en la asignatura Lengua C Nivel 1 Lengua de Signos Española. Perfil específico: Discapacidad auditiva/persona sorda
1
GRANADA
Universidades
Bolsa de empleo
Nueva
Profesor Sustituto · Derecho Constitucional
Universidad de Granada
5días
Publicada 09/10/2026
Universidades
Bolsa de empleo
Nueva
Profesor Sustituto · Ingeniería del Terreno
Universidad de Granada
5días
Publicada 09/10/2026
Universidades
Escala de Auxiliares de Archivos
Universidad de Granada
17días
13 plazas
Publicada 06/10/2026
Universidades
Escala de Gestión de Relaciones Internacionales
Universidad de Granada
17días
3 plazas
Publicada 06/10/2026