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Universidades
Convocatoria
Granada
Escala de Gestión de Relaciones Internacionales
Universidad de Granada · Andalucía
Plazas
3
según la publicación
Grupo
A2
según la publicación
Sistema
Concurso-oposición
Funcionario
Estado del proceso
- Convocada: hecho
- Solicitudes: fase actual
- Listas
- Examen
- Aprobados
- Nombramientos
Fase 2 de 6 · Solicitudes
- Convocada
- Plazo de solicitudes
- Siguiente: listas de admitidos
Última novedad: convocatoria (06/10/2026). Fechas orientativas: confírmalas en el boletín.
¿Puedo presentarme?
- Titulación Requisito: Grado, Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente, o cumplir los requisitos para su obtenciónNivel mínimo: Grado universitario
- Quién puede presentarse Promoción interna: solo personal que ya trabaja en esa Administración.
- Plazo de solicitudes Quedan 17 días (hasta el 28/10/2026).
- Cómo presentarse La solicitud se presenta en la sede electrónica o el registro del organismo convocante; los pasos exactos vienen en la publicación oficial ↗.
- Tipo
- Convocatoria
- Título oficial
- Resolución de 1 de octubre de 2026, de la Universidad de Granada, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso en la escala de Gestión de Relaciones Internacionales, por el sistema de promoción interna.
- Convoca
- Universidad de Granada
- Ámbito
- Universidades
- Acceso
- Promoción interna
- Titulación
- Grado, Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente, o cumplir los requisitos para su obtención
- Publicada
- 06/10/2026 en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
- Fuente
- Basado en datos de Boletín Oficial de la Junta de Andalucía ↗. Última comprobación: 11/10/2026.
39 temas según la publicación.
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ANEXO I
Programa
Bloque General
1. Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario. Título Preliminar, Título I: Funciones del sistema universitario y autonomía de las universidades, Título II: Creación y reconocimiento de las universidades y calidad del sistema universitario, Título III: Organización de enseñanzas, Título IV: Investigación y transferencia e intercambio del conocimiento e innovación y Título IX: Capítulo I. Régimen jurídico y estructura de las universidades públicas.
2. Proyecto de Estatutos de la Universidad de Granada, aprobado en la sesión extraordinaria del Claustro Universitario de 25 de mayo de 2026 (BOUGR núm. 326, de 27 de mayo de 2026).
3. Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre: Título I. Objeto y ámbito de aplicación y Título II. Personal al servicio de las Administraciones Públicas. Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía: Título I, Capítulo I Objeto, ámbito de aplicación y principios, Capítulo 3 Personal al servicio de la Administración pública, Título IX Acceso al empleo público, adquisición y pérdida de la relación de servicio, Título XI Situaciones administrativas y Título XII Régimen disciplinario.
4. Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, aprobado por el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo.
5. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
6. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Título Preliminar: Objeto y ámbito de la Ley, Título I: El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación, Título IV: El derecho al trabajo en igualdad de oportunidades. Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI. Título Preliminar: Disposiciones generales, Título I: Actuación de los poderes públicos. Capítulo I: Criterios y líneas generales de actuación de los poderes públicos y órgano de participación ciudadana, Capítulo II: Políticas públicas para promover la igualdad efectiva de las personas LGTBI. Sección 1.ª Estrategia estatal para la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, Sección 2.ª Medidas en el ámbito administrativo.
Bloque específico
1. Estrategia Europea para las Universidades, publicada por la Comisión Europea el 18 de enero de 2022 (Comunicación de la Comisión sobre una Estrategia europea para las Universidades).
2. Decisión de Ejecución (UE) 2021/173 de la Comisión de 12 de febrero de 2021 por la que se crea la Agencia Ejecutiva Europea de Educación y Cultura (EACEA), y se derogan las Decisión de Ejecución 2013/776/UE: marco jurídico, estructura, funciones y programas.
3. Real Decreto 903/2007, de 6 de julio, por el que se aprueba el Estatuto del Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE).
4. Reglamento (UE) 2021/817 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de mayo de 2021 por el que se establece Erasmus+, el Programa de la Unión para la educación y la formación, la juventud y el deporte, y se deroga el Reglamento (UE) núm. 1288/2013.
5. Programa Erasmus+: objetivos, prioridades, características, estructura, presupuesto, ejecución y participantes del programa (Guía del Programa Erasmus+ 2026, versión 1 - 12/11/2025).
6. Programa Erasmus+: Iniciativa «Universidades Europeas». (Guía del Programa Erasmus+ 2026, versión 1 - 12/11/2025).
7. Programa Erasmus+: Asociaciones para la cooperación (Guía del Programa Erasmus+ 2026, versión 1 - 12/11/2025).
8. Programa Erasmus+: Alianzas para la innovación (Guía del Programa Erasmus+ 2026, versión 1 - 12/11/2025).
9. Programa Erasmus+: Desarrollo de Capacidades en el ámbito de la educación superior (Guía del Programa Erasmus+ 2026, versión 1 - 12/11/2025).
10. Programa Erasmus+: Acciones Jean Monnet. (Guía del Programa Erasmus+ 2026, versión 1 12/11/2025).
11. Programa Erasmus+: Acción Erasmus Mundus: medidas de diseño y másteres conjuntos (Guía del Programa Erasmus+ 2026, versión 1 - 12/11/2025).
12. Programa Erasmus+: Acción Clave 1 (KA131) - Movilidad para estudiantes y personal de educación superior de instituciones de los Estados miembros de la UE y de terceros países asociados al Programa (Guía del Programa Erasmus+ 2026, versión 1 - 12/11/2025).
13. Programa Erasmus+: Acción Clave 1 (KA171) - Movilidad internacional para estudiantes y personal de educación superior de instituciones de los Estados miembros de la UE y de terceros países no asociados al Programa. (Guía del Programa Erasmus+ 2026, versión 1 - 12/11/2025).
14. Estrategia de Inclusión y Diversidad en el programa Erasmus+: Guía para la implementación de la estrategia de inclusión y diversidad (versión: 24/06/2021) y Estrategia de inclusión y diversidad del SEPIE (versión: 15/12/2022).
15. Estrategia Digital de los programas Erasmus+ y del cuerpo Europeo de Solidaridad. Directrices de aplicación (versión 1 - 28.11.2024). La iniciativa del carné europeo de estudiante (ESCI).
16. La Estrategia de Cooperación e Inversión Internacional Global Gateway de la Unión Europea.
17. El Portal de Financiación y Licitaciones de la Comisión Europea (EU Funding & Tenders Portal). Manual de usuario on-line: https://ec.europa.eu/info/funding-tenders/opportunities/docs/2021-2027/common/guidance/om_en.pdf.
18. La Carta Erasmus de Educación Superior y la Declaración de la política Erasmus de la Universidad de Granada 2021-2027.
19. El programa Europa Creativa: Proyectos de Cooperación Europea del subprograma Cultura (Convocatoria de propuestas CREA-CULT-2026-COOP, versión 1.0 05/03/2026).
20. El Plan Estratégico 2031 de la Universidad de Granada, aprobado en la sesión extraordinaria de Consejo de Gobierno de 21 de abril de 2022: Eje 7. Universidad Internacional.
21. Plan Director de la UGR 2026 aprobado en la sesión ordinaria de Consejo de Gobierno de 25 de febrero de 2026. Eje director VII: Universidad Internacional.
22. Estrategia de Internacionalización 2026-2031 de la Universidad de Granada, aprobada en la sesión ordinaria de Consejo de Gobierno de 27 de enero de 2026.
23. Plan Propio de Internacionalización de la UGR 2026, aprobado en la sesión ordinaria del Consejo de Gobierno de 25 de febrero de 2026.
24. Reglamento de movilidad internacional de estudiantes, aprobado en sesión ordinaria del Consejo de Gobierno de 26 de junio de 2019 y modificado en sesión ordinaria del Consejo de Gobierno de 2 de febrero de 2023.
25. Reglamento para la solicitud, participación y gestión de Proyectos Internacionales de Cooperación Académica y de Cooperación Universitaria al Desarrollo en la Universidad de Granada, aprobado en la sesión ordinaria del Consejo de Gobierno de 31 de enero de 2022 y modificado en la sesión ordinaria del Consejo de Gobierno de 19 de diciembre de 2023.
26. Redacción y gestión de convenios internacionales en la UGR: acuerdos interinstitucionales Erasmus+ entre instituciones de los Estados miembros de la UE y de terceros países asociados al Programa (KA131), acuerdos interinstitucionales entre instituciones de los Estados miembros de la UE y de terceros países no asociados al Programa (KA171), convenios bilaterales internacionales.
27. El grupo Coimbra de Universidades: Carta fundacional, firmada el 15 de octubre de 1987, Estatutos (texto consolidado aprobado por la Asamblea General el 10 de junio de 2022), Declaración de Durham, firmada el 26 de marzo de 2025, Declaración de Poitiers-Granada, firmada el 18 de junio de 2026.
28. Redes y asociaciones universitarias a nivel internacional: Asociación Internacional de Universidades (International Association of Universities-IAU): Estatutos (aprobados el 9 diciembre de 1950), UNIMED: Estatutos (aprobados por la Asamblea el 23 de junio de 2022), Asociación Universitaria Iberoamericana de Posgrado-AUIP: Estatutos (aprobados por la Asamblea General Extraordinaria el 30 de noviembre de 2020).
29. La Alianza Universitaria Europea Arqus: Declaración de Misión de Arqus (Arqus Mission Statement) y Estrategia Conjunta a Largo Plazo (Joint Long-term Strategy) 2026-2031.
30. Política Lingüística de la UGR, aprobada en la sesión ordinaria del Consejo de Gobierno de 31 de enero de 2017 (BOUGR núm. 115 de 9 de febrero de 2017).
31. Convenio de las Universidades Públicas Andaluzas para la acreditación de lenguas extranjeras y sus Anexos del 29 de junio de 2022.
32. Estrategia de la Universidad de Granada para el fomento del español académico y científico internacional: documento estratégico «El español como lengua académica y científica internacional: hacia una estrategia en la UGR», aprobado en la sesión ordinaria del Consejo de Gobierno de 30 de enero de 2025 y Declaración de Granada sobre la creación, expresión y difusión de la ciencia en español.
33. Manual Sistema Universitario de Gestión Integrada (SUGI), aprobado por Resolución del Rector de la Universidad de Granada, de 18 de marzo de 2026. (La normativa exigible serán las versiones vigentes o disposiciones que la sustituyan, a fecha de publicación de la presente convocatoria, excepto el tema referido a los Estatutos de la Universidad de Granada, que vendrá referido al documento aprobado por el Claustro en su sesión de 27 de mayo de 2026).
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Lo que otros ya averiguaron se ve gratis. Para lo demás hace falta tu propia clave de Anthropic (pagas tú, unos céntimos por análisis); se guarda solo en este navegador.
Crea tu cuenta gratis para usar la IA con tu clave Ya tengo cuentaEn cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Decreto 231/2011, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía y publicados en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 147, de 28 de julio de 2011, en la Resolución de 5 de julio de 2024, de la Universidad de Granada, por la que se publica la Oferta de Empleo Público del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios para el año 2024, y en la Orden de 15 de mayo de 2025, del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, por la que se autoriza a la Universidad de Granada, para la convocatoria de plazas de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios, en ejecución de la Oferta de Empleo Público de 2024, el Rector, en uso de las competencias atribuidas en el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en relación con el artículo 3.2.j) de la misma norma, así como en los artículos 45, 162 y 164 de los Estatutos de esta Universidad, y con el fin de atender las necesidades de personal técnico, de gestión y de administración y servicios ha resuelto convocar proceso selectivo para el ingreso en la escala de Gestión de Relaciones Internacionales de la Universidad de Granada por el sistema de promoción interna, con arreglo a las siguientes
BASES DE LA CONVOCATORIA
1. Normas generales.
1.1. Se convoca proceso selectivo para cubrir tres plazas de personal funcionario de la escala de Gestión de Relaciones Internacionales, grupo A, subgrupo A2, por el sistema de promoción interna.
1.2. Al presente proceso selectivo le serán aplicables el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres; la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; los Estatutos de la Universidad de Granada, y demás normativa aplicable, así como lo dispuesto en las presentes bases.
1.3. El procedimiento de selección será el de concurso-oposición.
1.4. La fase de oposición se desarrollará con los ejercicios y puntuaciones que aparecen en el Anexo II de esta convocatoria, y el programa de materias en que se basarán los ejercicios será el contenido en el Anexo I de la misma. La fecha y lugar para la realización del primer ejercicio de la fase de oposición, que no se iniciará antes del 1 de marzo de 2027, se fijará en la forma establecida en la base 4.1 de esta convocatoria.
1.5. La fase de concurso se desarrollará conforme a lo dispuesto en el Anexo II de la presente convocatoria, con aplicación del baremo contenido en el mismo.
2. Requisitos de las personas aspirantes.
2.1. Para ser admitidas a participar en el proceso selectivo, las personas aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a la función pública y, en particular:
a) Las personas aspirantes que concurran a estas plazas deberán ser personal funcionario con destino definitivo en la Universidad de Granada, que se encuentren en cualquier situación administrativa excepto suspensión de funciones, y pertenecer a la escala básica de Relaciones Internacionales o a cuerpos y escalas de otra Administración de dicha especialidad del grupo C, subgrupo C1, según la equivalencia establecida en el apartado 2 de la disposición transitoria tercera del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer una antigüedad de, al menos, 2 años de servicio activo en el cuerpo o escala desde la que se accede.
c) Estar en posesión del título de Grado, Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente, o cumplir los requisitos para su obtención en la fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud de participación.
2.2. Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de la solicitud de participación y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de la escala de Gestión de Relaciones Internacionales de la Universidad de Granada.
3. Solicitudes de participación.
3.1. Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar electrónicamente su solicitud. Para ello, deberán inscribirse mediante el procedimiento «Procesos selectivos de PAS: Solicitud de admisión», disponible en la sede electrónica de la Universidad de Granada (https://sede.ugr.es). En la ficha del citado procedimiento se indican las instrucciones a seguir para cumplimentar la solicitud de admisión a procesos selectivos.
3.2. La presentación de solicitudes se hará en plazo de los quince días hábiles siguientes al día de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
3.3. Las personas aspirantes podrán adjuntar a su solicitud de participación la documentación acreditativa de aquellos méritos que deseen hacer valer en la fase de concurso y que no consten en su expediente administrativo.
El Tribunal de Valoración valorará de oficio los méritos que, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, figuren en el expediente administrativo de las personas aspirantes obrante en el Servicio de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios de la Universidad de Granada, sin perjuicio de la valoración de la documentación aportada junto con la solicitud de participación.
3.4. Las personas aspirantes con grado reconocido de discapacidad igual o superior al 33 por 100 deberán indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud expresando, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en el que esta adaptación sea necesaria a fin de asegurar su participación en el proceso en condiciones de igualdad, utilizando para ello el apartado correspondiente de la solicitud. A tal fin, deberán aportar dictamen técnico facultativo acerca de la procedencia de la adaptación solicitada, emitido por el órgano técnico de valoración que determinó el grado de discapacidad, en el que conste expresamente la adaptación que corresponde al interesado en cada uno de los ejercicios según sus circunstancias personales. El Tribunal estudiará la propuesta del informe técnico y decidirá sobre su concesión, conforme a los criterios establecidos en la Orden PJC/804/2025, de 23 de julio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de medios y tiempos y la realización de otros ajustes razonables en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
3.5. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo solicitar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.6. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
3.7. El tratamiento de la información se ajustará a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, así como la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y demás disposiciones que resulten de aplicación.
Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión serán tratados con la finalidad de la gestión del proceso selectivo y las comunicaciones necesarias para ello y del análisis y estudio de los datos relativos a estos procesos selectivos.
El nombre, apellidos y número del documento de identidad se publicarán respetando la anonimización exigida en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. La Universidad de Granada tomará medidas para que esa información no sea indexada por los buscadores de internet.
La Universidad de Granada es responsable del tratamiento de esos datos y publica su registro de actividades de tratamiento en
https://secretariageneral.ugr.es/unidades/oficina-proteccion-datos/registro-de-actividades-de-tratamiento
Los derechos de protección de datos de las personas solicitantes se podrán ejercer dirigiéndose al responsable del tratamiento a través de la sede electrónica de la Universidad de Granada. Si presenta una solicitud para el ejercicio de estos derechos y considera que no ha sido atendida adecuadamente por nuestra institución, puede dirigirse a la Delegada de Protección de Datos de la Universidad dpd@ugr.es o presentar una reclamación ante la Autoridad de Control competente.
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Granada dictará resolución declarando aprobadas las relaciones provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas, indicándose, en este último caso, las causas de exclusión. En dicha resolución, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», se indicará el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio; la resolución también se publicará en el sitio web del Servicio de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios de la Universidad de Granada, http://serviciopas.ugr.es
4.2. Las personas que figuren excluidas o hayan sido omitidas dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión o reclamar la omisión. Las reclamaciones deberán presentarse por escrito, dirigidas al Rector, a través de la Sede Electrónica de la Universidad de Granada, procedimiento «Registro Electrónico de la UGR (Solicitud genérica)».
https://sede.ugr.es/procedimientos/registro_electronico.html
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes comprobarán fehacientemente no sólo que no figuran recogidas en la relación de exclusiones, sino, además, que sus datos identificativos constan en la pertinente relación de personas admitidas. Las personas que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o no reclamen la omisión quedarán definitivamente excluidas de la participación en el proceso selectivo.
4.3. Concluido el plazo para la subsanación de la solicitud de admisión, por resolución del Rector de la Universidad de Granada se declararán aprobadas las relaciones definitivas de personas admitidas y excluidas y en ellas se decidirá acerca de las alegaciones planteadas por las personas interesadas sobre su exclusión u omisión en las relaciones provisionales, y su publicación les servirá de notificación. Esta resolución se publicará en el sitio web del Servicio de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios de la Universidad de Granada, http://serviciopas.ugr.es
4.4. La resolución por la que se declara aprobadas las relaciones definitivas de personas admitidas y excluidas agotará la vía administrativa. Contra la citada resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Rector de la Universidad de Granada en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.
5. Tribunal de valoración.
5.1. El Tribunal de valoración de este proceso selectivo estará compuesto por cinco miembros y sus respectivos suplentes, y atenderá a los principios de imparcialidad, profesionalidad y especialidad, respetando, asimismo, el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres. Será nombrado por el Rector, y se publicará junto con las relaciones de personas aspirantes admitidas y excluidas a la que se refiere la base 4.1 de la presente convocatoria.
5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Granada, cuando concurran en ellos alguna de las causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a procesos selectivos en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
El presidente o presidenta podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el párrafo anterior. Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal, a tenor del artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
5.3. Con anterioridad a la iniciación del proceso selectivo, si se hubiese producido y prosperado un incidente de abstención o recusación, la autoridad convocante publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» resolución por la que se nombra a las nuevas personas que integran el Tribunal que habrán de sustituir a las que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base anterior. No obstante, si dicha abstención o recusación se plantease después de pasados 15 días desde la publicación del nombramiento del Tribunal a la que se hace referencia en la base 5.1 de esta convocatoria, la composición del nuevo Tribunal se publicará en el sitio web oficial del Servicio de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios
http://serviciopas.ugr.es/
5.4. Previa convocatoria del presidente o presidenta se constituirá el Tribunal con la asistencia de todos sus miembros. Las personas designadas como titulares que no concurran al citado acto cesarán y serán sustituidos por sus respectivos suplentes. Celebrarán su sesión de constitución con una antelación mínima de diez días antes de la celebración del primer ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal acordará las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo del proceso selectivo.
5.5. Para la válida constitución del Tribunal de valoración, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia, presencial o a distancia, del presidente o presidenta y del secretario o secretaria o en su caso, de quienes les suplan y la de la mitad, al menos, de sus miembros.
5.6. Durante el desarrollo del proceso selectivo, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
5.7. El Tribunal actuará con plena autonomía y sus miembros serán responsables de la transparencia y objetividad del proceso selectivo y del cumplimiento de las bases de la convocatoria. La valoración de ejercicios o méritos se efectuará conforme a la apreciación técnica de dicho órgano y de acuerdo con los criterios establecidos en las bases de la convocatoria.
5.8. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de especialistas para el asesoramiento en la preparación o desarrollo de las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose, dichas personas, a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores o asesoras deberá comunicarse al Rector de la Universidad a fin de que sea formulada la oportuna resolución de nombramiento.
5.9. Igualmente, cuando por el número de personas que soliciten participar en el proceso selectivo se considere necesario, y para garantizar el correcto y normal desarrollo de los distintos ejercicios, el Tribunal podrá designar personal colaborador.
5.10. El Tribunal adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulten necesario, de forma que las personas con discapacidad gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de personas que participan en el proceso. En este sentido se establecerá, para las personas con discapacidad que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.4, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.
5.11. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Servicio de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios, Edificio Santa Lucía (C/ Santa Lucía, núm. 8), teléfono 958 241 000, extensiones 20573 y 20574. El Tribunal dispondrá que, en dicha sede, al menos una persona, que podrá pertenecer o no al Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con este proceso selectivo.
5.12. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviese conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia de la misma, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Granada, comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas en la solicitud de admisión al proceso selectivo, a los efectos procedentes. Contra la exclusión, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Rector o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada.
5.13. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de personas aprobadas que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho. No obstante, cuando se produzcan renuncias de las personas aspirantes seleccionadas, antes del nombramiento o toma de posesión, o cuando alguna de estas carezca de los requisitos señalados en la base 2, el órgano convocante podrá requerir del órgano de selección relación complementaria de las personas aspirantes que sigan a las propuestas, para su posible nombramiento como personal funcionario de carrera, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.8 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
5.14. El Tribunal que actúe en este proceso selectivo percibirá las indemnizaciones por razón de servicio establecidas en las bases de ejecución del Presupuesto de la Universidad de Granada vigentes.
6. Desarrollo del proceso de selección.
6.1. Las personas participantes en el proceso serán convocadas para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidas de la oposición aquellas personas que no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
6.2. El orden de actuación de las personas aspirantes en el ejercicio o los ejercicios en que se requiera una actuación individualizada, será por orden alfabético, a partir de la letra que resulte del sorteo que publique la resolución de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública vigente a fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado de esta convocatoria.
6.3. En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a las personas aspirantes que acrediten su identidad mediante el documento que se haya consignado en la solicitud de admisión al proceso selectivo.
6.4. Una vez comenzado el proceso selectivo, los sucesivos anuncios relacionados con el desarrollo del mismo, deberán hacerse públicos por el Tribunal en el sitio web del Servicio de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios,
http://serviciopas.ugr.es/ y por cualquier otro medio si se considera conveniente. Cuando dichos anuncios traten sobre la realización de los ejercicios previstos en estas bases, deberán hacerse con veinticuatro horas, al menos, de antelación al comienzo de los mismos.
6.5. Desde la total conclusión del primer ejercicio (publicación de la relación definitiva de personas aspirantes que han superado el primer ejercicio) hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de tres días hábiles, y un plazo máximo de un mes.
6.6. Finalizada la fase de oposición se desarrollará la fase de concurso, con aplicación del baremo establecido en el Anexo II.
El Tribunal de valoración publicará en el sitio web oficial del Servicio de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (http://serviciopas.ugr.es) la relación que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada mérito y la total. Para dicha valoración, el Tribunal solo tendrá en cuenta los datos que de cada aspirante obren en el expediente administrativo del Servicio de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, sin perjuicio de aquellos otros méritos que se hayan podido presentar junto a la solicitud de admisión al proceso selectivo en el plazo y forma establecidos en la base 3.
Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar a partir del día siguiente al de la publicación en el sitio web indicado de la relación provisional de méritos, para efectuar las reclamaciones o alegaciones pertinentes. Las reclamaciones deberán presentarse por escrito, dirigidas al presidente o presidenta del Tribunal, a través de la Sede Electrónica de la Universidad de Granada (https://sede.ugr.es), procedimiento «Registro Electrónico de la UGR (Solicitud genérica)». Finalizado dicho plazo, y resueltas las reclamaciones, si la hubiere, el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
7. Relación de personas seleccionadas.
7.1. La puntuación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida en la fase de oposición y la obtenida en la fase de concurso.
En caso de empate en la calificación final, a efectos de determinar las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo, prevalecerá la mayor puntuación individual en el global de la fase de oposición. Si persistiese el empate, se resolverá atendiendo a la mayor puntuación individual obtenida en cada uno de los ejercicios según el siguiente orden de prioridad: primer ejercicio y segundo ejercicio. Si a pesar de esto se mantuviese el empate, este se dirimirá por la mayor antigüedad en la Universidad de Granada, y finalmente por orden alfabético comenzando por la letra indicada en la base 6.2.
7.2. Concluidas la fase de oposición y la fase de concurso, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo de acceso a las plazas convocadas por orden de puntuación alcanzada. En la citada relación se expresará la puntuación obtenida en la fase de oposición, desglosando esta última para cada uno de los ejercicios celebrados y en la fase de concurso. Dichas relaciones serán elevadas al Rector de la Universidad de Granada como propuesta del Tribunal de valoración a efectos de lo previsto en la base 8 de esta convocatoria. El número de personas que superen el proceso selectivo no podrá ser superior al de plazas convocadas siendo nula de pleno derecho cualquier actuación en sentido contrario.
8. Presentación de documentos y nombramiento de personal funcionario.
8.1. En el plazo de diez días hábiles a contar desde la publicación en el sitio web del Servicio de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios de la Universidad de Granada (http://serviciopas.ugr.es/) de la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo a que se refiere la base anterior, las personas aspirantes que figuren en las mismas, deberán presentar aquellos documentos que acrediten las condiciones y requisitos exigidos para el acceso a la escala de Gestión de Relaciones Internacionales, a excepción de aquellos que obren ya en poder de la Universidad de Granada, como consecuencia de la aportación realizada para su anterior nombramiento como personal funcionario de carrera.
8.2. Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaran la documentación o, del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados, no podrán ser nombrados personal funcionario de carrera y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido.
8.3. A las personas aspirantes seleccionadas se les podrá adjudicar como primer destino el mismo puesto de trabajo que vinieran ocupando con carácter definitivo como personal funcionario de carrera del cuerpo o escala desde el que acceden, siempre que dicho puesto se encuentre dentro del intervalo de niveles correspondientes al grupo A, subgrupo A2.
8.4. Por la autoridad convocante, vista la propuesta del Tribunal de valoración, se procederá al nombramiento de personal funcionario de carrera, mediante resolución que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
8.5. La toma de posesión se efectuará en el plazo máximo de un mes, contado a partir del día siguiente al de publicación de su nombramiento en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
9. Norma final.
9.1. Las personas aspirantes, por el hecho de participar en el presente proceso selectivo, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases, así como para la adopción de los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo.
9.2. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa en virtud de los artículos 84.1 de los Estatutos de esta Universidad y 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el Rector de esta Universidad, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de notificación de este escrito, según disponen los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.
9.3. Las personas que tengan la consideración de interesadas en el procedimiento podrán interponer recurso de alzada contra los actos del Tribunal de valoración de las pruebas ante el Rector de la Universidad, en los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
9.4. Asimismo, el Rector de la Universidad de Granada podrá, en su caso, proceder a la revisión de los acuerdos del Tribunal, conforme a lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 85 de los Estatutos de la Universidad de Granada.
Granada, 1 de octubre de 2026.- El Rector, Pedro Mercado Pacheco.
ANEXO I
Programa
Bloque General
1. Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario. Título Preliminar, Título I: Funciones del sistema universitario y autonomía de las universidades, Título II: Creación y reconocimiento de las universidades y calidad del sistema universitario, Título III: Organización de enseñanzas, Título IV: Investigación y transferencia e intercambio del conocimiento e innovación y Título IX: Capítulo I. Régimen jurídico y estructura de las universidades públicas.
2. Proyecto de Estatutos de la Universidad de Granada, aprobado en la sesión extraordinaria del Claustro Universitario de 25 de mayo de 2026 (BOUGR núm. 326, de 27 de mayo de 2026).
3. Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre: Título I. Objeto y ámbito de aplicación y Título II. Personal al servicio de las Administraciones Públicas. Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía: Título I, Capítulo I Objeto, ámbito de aplicación y principios, Capítulo 3 Personal al servicio de la Administración pública, Título IX Acceso al empleo público, adquisición y pérdida de la relación de servicio, Título XI Situaciones administrativas y Título XII Régimen disciplinario.
4. Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, aprobado por el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo.
5. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
6. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Título Preliminar: Objeto y ámbito de la Ley, Título I: El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación, Título IV: El derecho al trabajo en igualdad de oportunidades. Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI. Título Preliminar: Disposiciones generales, Título I: Actuación de los poderes públicos. Capítulo I: Criterios y líneas generales de actuación de los poderes públicos y órgano de participación ciudadana, Capítulo II: Políticas públicas para promover la igualdad efectiva de las personas LGTBI. Sección 1.ª Estrategia estatal para la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, Sección 2.ª Medidas en el ámbito administrativo.
Bloque específico
1. Estrategia Europea para las Universidades, publicada por la Comisión Europea el 18 de enero de 2022 (Comunicación de la Comisión sobre una Estrategia europea para las Universidades).
2. Decisión de Ejecución (UE) 2021/173 de la Comisión de 12 de febrero de 2021 por la que se crea la Agencia Ejecutiva Europea de Educación y Cultura (EACEA), y se derogan las Decisión de Ejecución 2013/776/UE: marco jurídico, estructura, funciones y programas.
3. Real Decreto 903/2007, de 6 de julio, por el que se aprueba el Estatuto del Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE).
4. Reglamento (UE) 2021/817 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de mayo de 2021 por el que se establece Erasmus+, el Programa de la Unión para la educación y la formación, la juventud y el deporte, y se deroga el Reglamento (UE) núm. 1288/2013.
5. Programa Erasmus+: objetivos, prioridades, características, estructura, presupuesto, ejecución y participantes del programa (Guía del Programa Erasmus+ 2026, versión 1 - 12/11/2025).
6. Programa Erasmus+: Iniciativa «Universidades Europeas». (Guía del Programa Erasmus+ 2026, versión 1 - 12/11/2025).
7. Programa Erasmus+: Asociaciones para la cooperación (Guía del Programa Erasmus+ 2026, versión 1 - 12/11/2025).
8. Programa Erasmus+: Alianzas para la innovación (Guía del Programa Erasmus+ 2026, versión 1 - 12/11/2025).
9. Programa Erasmus+: Desarrollo de Capacidades en el ámbito de la educación superior (Guía del Programa Erasmus+ 2026, versión 1 - 12/11/2025).
10. Programa Erasmus+: Acciones Jean Monnet. (Guía del Programa Erasmus+ 2026, versión 1 12/11/2025).
11. Programa Erasmus+: Acción Erasmus Mundus: medidas de diseño y másteres conjuntos (Guía del Programa Erasmus+ 2026, versión 1 - 12/11/2025).
12. Programa Erasmus+: Acción Clave 1 (KA131) - Movilidad para estudiantes y personal de educación superior de instituciones de los Estados miembros de la UE y de terceros países asociados al Programa (Guía del Programa Erasmus+ 2026, versión 1 - 12/11/2025).
13. Programa Erasmus+: Acción Clave 1 (KA171) - Movilidad internacional para estudiantes y personal de educación superior de instituciones de los Estados miembros de la UE y de terceros países no asociados al Programa. (Guía del Programa Erasmus+ 2026, versión 1 - 12/11/2025).
14. Estrategia de Inclusión y Diversidad en el programa Erasmus+: Guía para la implementación de la estrategia de inclusión y diversidad (versión: 24/06/2021) y Estrategia de inclusión y diversidad del SEPIE (versión: 15/12/2022).
15. Estrategia Digital de los programas Erasmus+ y del cuerpo Europeo de Solidaridad. Directrices de aplicación (versión 1 - 28.11.2024). La iniciativa del carné europeo de estudiante (ESCI).
16. La Estrategia de Cooperación e Inversión Internacional Global Gateway de la Unión Europea.
17. El Portal de Financiación y Licitaciones de la Comisión Europea (EU Funding & Tenders Portal). Manual de usuario on-line: https://ec.europa.eu/info/funding-tenders/opportunities/docs/2021-2027/common/guidance/om_en.pdf.
18. La Carta Erasmus de Educación Superior y la Declaración de la política Erasmus de la Universidad de Granada 2021-2027.
19. El programa Europa Creativa: Proyectos de Cooperación Europea del subprograma Cultura (Convocatoria de propuestas CREA-CULT-2026-COOP, versión 1.0 05/03/2026).
20. El Plan Estratégico 2031 de la Universidad de Granada, aprobado en la sesión extraordinaria de Consejo de Gobierno de 21 de abril de 2022: Eje 7. Universidad Internacional.
21. Plan Director de la UGR 2026 aprobado en la sesión ordinaria de Consejo de Gobierno de 25 de febrero de 2026. Eje director VII: Universidad Internacional.
22. Estrategia de Internacionalización 2026-2031 de la Universidad de Granada, aprobada en la sesión ordinaria de Consejo de Gobierno de 27 de enero de 2026.
23. Plan Propio de Internacionalización de la UGR 2026, aprobado en la sesión ordinaria del Consejo de Gobierno de 25 de febrero de 2026.
24. Reglamento de movilidad internacional de estudiantes, aprobado en sesión ordinaria del Consejo de Gobierno de 26 de junio de 2019 y modificado en sesión ordinaria del Consejo de Gobierno de 2 de febrero de 2023.
25. Reglamento para la solicitud, participación y gestión de Proyectos Internacionales de Cooperación Académica y de Cooperación Universitaria al Desarrollo en la Universidad de Granada, aprobado en la sesión ordinaria del Consejo de Gobierno de 31 de enero de 2022 y modificado en la sesión ordinaria del Consejo de Gobierno de 19 de diciembre de 2023.
26. Redacción y gestión de convenios internacionales en la UGR: acuerdos interinstitucionales Erasmus+ entre instituciones de los Estados miembros de la UE y de terceros países asociados al Programa (KA131), acuerdos interinstitucionales entre instituciones de los Estados miembros de la UE y de terceros países no asociados al Programa (KA171), convenios bilaterales internacionales.
27. El grupo Coimbra de Universidades: Carta fundacional, firmada el 15 de octubre de 1987, Estatutos (texto consolidado aprobado por la Asamblea General el 10 de junio de 2022), Declaración de Durham, firmada el 26 de marzo de 2025, Declaración de Poitiers-Granada, firmada el 18 de junio de 2026.
28. Redes y asociaciones universitarias a nivel internacional: Asociación Internacional de Universidades (International Association of Universities-IAU): Estatutos (aprobados el 9 diciembre de 1950), UNIMED: Estatutos (aprobados por la Asamblea el 23 de junio de 2022), Asociación Universitaria Iberoamericana de Posgrado-AUIP: Estatutos (aprobados por la Asamblea General Extraordinaria el 30 de noviembre de 2020).
29. La Alianza Universitaria Europea Arqus: Declaración de Misión de Arqus (Arqus Mission Statement) y Estrategia Conjunta a Largo Plazo (Joint Long-term Strategy) 2026-2031.
30. Política Lingüística de la UGR, aprobada en la sesión ordinaria del Consejo de Gobierno de 31 de enero de 2017 (BOUGR núm. 115 de 9 de febrero de 2017).
31. Convenio de las Universidades Públicas Andaluzas para la acreditación de lenguas extranjeras y sus Anexos del 29 de junio de 2022.
32. Estrategia de la Universidad de Granada para el fomento del español académico y científico internacional: documento estratégico «El español como lengua académica y científica internacional: hacia una estrategia en la UGR», aprobado en la sesión ordinaria del Consejo de Gobierno de 30 de enero de 2025 y Declaración de Granada sobre la creación, expresión y difusión de la ciencia en español.
33. Manual Sistema Universitario de Gestión Integrada (SUGI), aprobado por Resolución del Rector de la Universidad de Granada, de 18 de marzo de 2026.
(La normativa exigible serán las versiones vigentes o disposiciones que la sustituyan, a fecha de publicación de la presente convocatoria, excepto el tema referido a los Estatutos de la Universidad de Granada, que vendrá referido al documento aprobado por el Claustro en su sesión de 27 de mayo de 2026).
Universidades
Bolsa de empleo
Nueva
Profesor Sustituto · Derecho Constitucional
Universidad de Granada
5días
Publicada 09/10/2026
Universidades
Bolsa de empleo
Nueva
Profesor Sustituto · Ingeniería del Terreno
Universidad de Granada
5días
Publicada 09/10/2026
Universidades
Nueva
Profesor/a Asociado/a
Universidad de Granada
15días
Publicada 09/10/2026
Universidades
Escala de Auxiliares de Archivos
Universidad de Granada
17días
13 plazas
Publicada 06/10/2026