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Ayuntamientos y diputaciones
Convocatoria
Toledo
Técnico de Prevención de Riesgos Laborales de la Subescala Técnica de Administración Especial
Ayuntamiento de Toledo · Castilla-La Mancha
Plazas
1
según la publicación
Grupo
A2
según la publicación
Sistema
Concurso-oposición
Funcionario
¿Puedo presentarme?
- Titulación Requisito: Titulación académic a de Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica; Arquitectura Técnica, Grado o equivalentesNivel mínimo: FP grado medio (Técnico)
- Quién puede presentarse Turno libre: cualquier persona que cumpla los requisitos.
- Plazo de solicitudes Aún no ha empezado. Plazo aún no abierto: empieza al publicarse en el BOE (20 hábiles)
- Cómo presentarse La solicitud se presenta en la sede electrónica o el registro del organismo convocante; los pasos exactos vienen en la publicación oficial ↗.
- Tipo
- Convocatoria
- Título oficial
- Proceso selectivo para la cobertura por el sistema general de acceso libre de una plaza de Técnico de Prevención de Riesgos Laborales de la Subescala Técnica de Administración Especial del Ayuntamiento de Toledo
- Convoca
- Ayuntamiento de Toledo
- Ámbito
- Ayuntamientos y diputaciones
- Municipio
- Toledo
- Acceso
- Turno libre
- Titulación
- Titulación académic a de Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica; Arquitectura Técnica, Grado o equivalentes
- Publicada
- 28/09/2026 en Boletín Oficial de la Provincia de Toledo
- Fuente
- Basado en datos de Boletín Oficial de la Provincia de Toledo ↗. Última comprobación: 14/10/2026.
6 temas según la publicación.
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ANEXO I PROGRAMA DE MATERIAS PARTE GENERAL
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido esencial. Los derechos y deberes fundamentales. La organización territorial del Estado y las Administraciones Públicas: La Administración General del Estado y la Administración de las Comunidades Autónomas.
Tema 2. La Administración Local: la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local. El Municipio: organización y competencias.
Tema 3. La organización política y administrativa del Ayuntamiento de Toledo: El Gobierno municipal, el Pleno, la Alcaldesa, los Tenientes de Alcalde. La Junta de Gobierno Local. Número y denominación de las actuales áreas de Gobierno.
Tema 4. El personal al servicio de las Entidades locales: clases de empleados públicos; derechos y deberes de los empleados públicos.
Tema 5. La igualdad efectiva de mujeres y hombres: políticas públicas de igualdad.
Tema 6. El presupuesto del Ayuntamiento de Toledo: elaboración, aprobación y ejecución.
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Ayuntamientos AYUNTAMIENTO DE TOLEDO Resolución nº 8626, de 21 de septiembre de 2026, de la Concejalía de Movilidad, Transportes, Interior y Personal, por la que se convoca el proceso selectivo para la cobertura por el sistema general de acceso libre de una plaza de Técnico de Prevención de Riesgos Laborales de la subescala Técnica de Administración Especial del Ayuntamiento de Toledo La Junta de Gobierno Local de la ciudad de Toledo, en sesión de 28 de mayo de 2024, aprobó la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento para el ejercicio 2024, incorporando una plaza de Técnico de Prevención de Riesgos Laborales de la subescala Técnica de Administración General Especial, para su cobertura por el sistema general de acceso libre y el procedimiento de concurso-oposición.
En ejecución del acuerdo, y en el ejercicio de la competencia delegada por la Junta de Gobierno Local en sesión de 26 de junio de 2023, he resuelto convocar la cobertura de la plaza ofertada, con sujeción a las siguientes:
BASES DE LA CONVOCATORIA
1. NORMAS GENERALES.
1.1. Objeto de la convocatoria. Se convoca el proceso selectivo para cubrir por el sistema general de acceso libre y por el procedimiento de concurso-oposición una plaza de Técnico de Prevención de Riesgos Laborales de la subescala Técnica de Administración Especial de este Ayuntamiento, clasificada en el subgrupo A2 de los establecidos en el artículo 76 de la ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
1.2. Normativa reguladora. Al proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 30/1984, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto del Empleados Público; la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha; la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a los que deberá ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de administración local; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado; y las bases de esta convocatoria.
1.3. Información adicional. Además de los lugare s previstos específicamente en las bases de esta convocatoria podrá recabarse información adiciona l sobre el proceso selectivo en los teléfonos 925333604 y 925333610; esta información adicional tendrá un valor orientativo y no será vinculante para el Ayuntamiento de Toledo, ni generará derechos para los interesados.
2. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES
2.1. Requisitos. Para ser admitidos al proceso sele ctivo los aspirantes deberá n reunir los siguientes requisitos:
2.1.1. Requisitos generales:
a) Tener la nacionalidad española o de un Estado miembro de la Unión Europea. También podrán participar sus cónyuges, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de sus cónyuges, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente, se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras.
b) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión de la titulación académic a de Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica; Arquitectura Técnica, Grado o equivalentes, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite la homologación por el Ministerio de Educación o cualquier otro órga no de la Administración competente para ello. A efectos de las equivalencias al título de Diplomado Universitario se estará a lo dispuesto en la disposición transitoria quinta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y en la disposición adicional primer a d e l RD 1 2 7 2/ 2 00 3 , d e 1 0 d e oct u b r e , po r e l q u e s e r eg u l a n l a s condiciones para la declaración de equivalencias de títulos españoles de enseñanza superior universitaria o no universitaria a los títulos univer sitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, que dispone que se considerará equivalente al título de Diplomado Universitario el haber superado los tres primeros cursos de los estudios conducentes a la obtención de cualquier título oficial de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto, o el primer ciclo correspondiente a dichos estudios siempre que contenga una carga lectiva mínima de 180 créditos.
d) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas de las plazas convocadas.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. Las personas cuya nacionalidad no sea la española deberán, igualmente, no hallarse inhabilitadas o en situación equivalente ni haber sido sometidas a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
2.1.2. Requisitos específicos:
a) Formación no inferior a 600 horas, según el artí culo 37 del RD 39/1997 o la disposición adicional primera del RD 337/2010.
b) Permiso de conducción, clase B.
2.2. Acreditación. Todos los requisitos deberán reunirse el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y acreditarse conforme a lo dispuesto en la base 9.1.
3. SOLICITUDES.
3.1. Forma. Las solicitudes para tomar parte en el proceso selectivo se cumplimentarán por medios electrónicos en el modelo disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Toledo (https://sede. toledo.es), debiendo presentarse en el plazo y lugar señalados en las bases 3.2 y 3.3.
3.2. Plazo de presentación. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”. En el caso de que el último día de presentación de solicitudes fuera sábado, domingo o festivo, el plazo finalizará el siguiente día hábil.
3.3. Lugar de presentación. Una vez cumplimentadas , las solicitudes se presentarán por cualquiera de las formas siguientes:
a) Presencialmente. En este caso, los participante s deberán imprimir la solicitud y presentarla, una vez firmada y abonados los derechos de examen en la forma y cuantía previstas en la base 3.4, en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en materia de Registro del Ayuntamiento de Toledo, ubicadas en las direcciones recogidas en la sede electrónica del Ayuntamiento. A la solicitud deberá adjuntarse el justificante de pago de la tasa por derechos de examen.
b) Telemáticamente. A través del Registro Electrónico del Ayuntamiento de Toledo (https://sede.toledo. es), para cuyo acceso será imprescindible disponer de certificado electrónico. En este caso, se adjuntarán al registro el documento de la solicitud debidamente cumplimentado y el justificante del pago de la tasa por derechos de examen; el abono de esta tasa se hará a través del enlace a la Oficina Virtual Tributaria existente en la dirección http://www.toledo.es/el-ayuntamiento/empleo-publico. Una vez realizado el registro el sistema expedirá un resguardo acreditativo del mismo.
c) Otras formas de presentación. Las solicitudes también podrán presentarse con arreglo a lo previsto en el apartado 4 del artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públ icas. Las solicitudes que se presen ten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.
3.4. Derechos de examen. El importe de los derechos por participación en el proceso selectivo es de 18,05 euros. Los derechos de examen se abonarán mediante autoliquidación, que podrá ser obtenida y pagada en la Oficina Virtual Tributaria a la que se accede a través del enlace http://www.toledo.es/ el-ayuntamiento/empleo-publico o desde la propia sede electrónica; así mismo podrán abonarse directamente, mediante tarjeta bancaria, en las Ofic inas de Asistencia en materia de Registro del Ayuntamiento de Toledo.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por inscripción en las pruebas selectivas del personal al servicio del Ayuntamiento de Toledo, los aspirantes que tuvieran la condición de desempleados a la fe cha de publicación de la convocatoria del proceso selectivo estarán exentos del pago de la tasa por derechos de examen. Para hacer efectivo este derecho, deberán adjuntar a su solicitud de participación en el proceso selectivo un certificado emitido por los servicios públicos de empleo que acredite expresamente su condición de demandante de empleo a la fecha de publicación de la convocatoria en el “Boletín Oficial” de la provincia de Toledo.
La falta de pago de los derechos de examen en tiempo y forma supondrá la no admisión del aspirante al proceso selectivo. No procederá la devolución de los derechos de examen a los aspirantes excluidos del proceso selectivo. En ningún caso, el pago de los derechos de examen dará derecho por sí mismo a la participación en el proceso selectivo para lo que será necesario, además, la presentación en tiempo y forma del impreso de solicitud con arreglo a lo dispuesto en las bases 3.2 y 3.3.
3.5. Instrucciones para cumplimentar la solicitud. Al cumplimentar la solicitud en el apartado referido a “datos de la convocatoria” deberán seguirse las siguientes instrucciones:
3.5.1. En el apartado referido a “denominación”, se expresará “Técnico en Prevención de Riesgos Laborales”.
3.5.2. En el apartado referido a “sistema de acceso” se marcará la opción “libre”.
3.5.3. En el apartado referido al “título académico exigido en la convocatoria”, se expresará el título académico que se posea, exigido en la base 2.1, c).
3.5.4. En el apartado referido a los “derechos de examen” habrá que consignar el importe exacto de los derechos de examen recogido en la base 3.4.
3.5.5. La opción referida a “exención del pago de los derechos de examen” sólo se marcará si se reúnen las condiciones previstas a estos efectos en la base 3.4.
3.5.6. La “adaptación de tiempo y medios” sólo puede solicitarse si se reúne la condición de persona con discapacidad, conforme a lo dispuesto en la base 7.8.
3.6. Tratamiento de datos. En aplicación de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, los datos contenidos en la solicitud podrán ser objeto de tratamiento automatizado por el Ayuntamiento de Toledo para el desarrollo del proceso selectivo. A estos efectos, los aspirantes dan su consentimiento con la firma de su solicitud de participación para que el Ayuntamiento pueda publicar los mismos en su página web o en cualquier otro lugar establecido al efecto para los actos de trámite que se deriven del proceso selectivo.
4. ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
4.1. Relaciones provisionales de aspirantes. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano convocante dictará resolución aprobando las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo. Dicha resolución se publicará en el “Boletín Oficial” de la provincia de Toledo. En ella se expresará la relación provisional de aspirantes excluidos, indicando las causas de exclusión, y el lugar donde se encuentra expuesta al público la relación provisional de aspirantes admitidos.
4.2. Subsanación de los defectos de exclusión. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a instancia del interesado. En todo caso, la resolución por la que se publique la relación provisional de aspirantes excluidos esta blecerá el plazo de diez días hábiles para que los interesados puedan subsanar, en su caso, los defectos que motivaran su exclusión. Quienes no subsanen los defectos dentro del plazo señalado, justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.
4.3 Relaciones definitivas de aspirantes. Transcurrid o el plazo fijado para subsanar los defectos, en el plazo máximo de un mes se publicarán en los mismos lugares las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos al proceso selectivo. La resolución por la que se publique contendrá las relaciones definitivas de aspirantes excluidos y el lugar donde se encuentra expuesta las relaciones definitivas de aspirantes admitidos, así como el lugar y la fecha de realización del primer ejercicio del proceso selectivo y la composición del Tribunal calificador.
5. TRIBUNAL CALIFICADOR.
5.1. Composición. El Tribunal calificador del proceso selectivo estará compuesto por cinco miembros, titulares y suplentes, todos ellos funcionarios de carrera y designados por el órgano convocante: un Presidente, un Secretario y tres vocales. Todos los miembros de Tribunal deberán tener un nivel de titulación académica igual o superior a la exigida para las plazas convocadas. Su composición se publicará en el “Boletín Oficial” de la provincia de Toledo con ocasión de la publicación de la relación definitiva de aspirantes admitidos en el proceso selectivo.
5.2. Asesores especialistas. El Tribunal podrá designar asesores para todas o algunas de las pruebas, cuya función se limitará al asesoramiento en aquello para lo que fueron nombrados.
5.3. Funcionamiento. Para la válida actuación del Tribunal calificador es necesaria la presencia de la mayoría de sus miembros y, en todo caso, la del Presidente y Secretario o la de quienes legalmente les sustituyan. Previa convocatoria de su Presidente, el Tribunal se constituirá con la asistencia del Presidente, el Secretario y al menos uno de sus vocales, titulares o suplentes. En la sesión de constitución se acordarán las decisiones que correspondan en orden al correcto desarrollo del proceso selectivo.
Dentro del proceso selectivo, el Tribunal calificador resolverá todas las dudas que pudieran surgir en aplicación de estas bases, así como la forma de ac tuación en los casos no pr evistos. Su procedimiento de actuación se ajustará a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, para el funcionamiento de los órganos colegiados. A efectos de comunicaciones y demás incidencias el Tribunal calificador tendrá su sede en las Casas Consistoriales del Ayuntamiento de Toledo.
5.4. Abstenciones y recusaciones. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Servicio de Régimen In terior del Ayuntamiento, cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la ley 40/201 5, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Así mismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal en los casos y en la forma prevista en el artículo 24 de esta misma Ley.
5.5. Asistencias. El Tribunal calificador tendrá la categoría segunda, según lo dispuesto en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
6. PROCEDIMIENTO SELECTIVO.
6.1. Procedimiento. La selección de los aspirantes se realizará por el procedimiento de concurso-o po s i c i ó n l i b r e . La p u n t u a c i ó n m áx i m a a l c a n za b l e e n e l p r oc e s o s e l ect i v o s e r á d e 40 p u n t o s , 3 0 correspondientes a la fase de oposición y 10 a la de concurso.
6.2. Fase de oposición. La fase de oposición constará de tres pruebas selectivas, todas ellas de carácter eliminatorio.
a) Primera prueba: test de conocimientos generales. Consistirá en responder en el plazo máximo de 60 minutos a un cuestionario de 50 preguntas, más 5 de reserva para posibles anulaciones; todas ellas con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una será correcta y relacionadas con el contenido del programa que figura en el Anexo I a estas bases.
La prueba se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarla obtener un mínimo de 5 puntos. Las preguntas erróneas se penalizarán con arre glo a la siguiente fórmula: nº de aciertos – (nº de errores/3), obteniéndose así el número de respuestas netas acertadas. No obstante, si el número de aspirantes aprobados fuera inferior a diez veces el número de las plazas convocadas se entenderá que han superado la prueba y pasan a la siguiente los aspirantes que obtengan la mayor puntuación, siempre que sea igual o superior a 4 puntos y hasta alcanzar diez veces el número de las plazas convocadas. En el supuesto de que como consecuencia de las anulaciones las preguntas de reserva llegarán a agotarse, las preguntas anuladas por encima del cupo de rese rva se tendrán por no puestas, ajustándose por el Tribunal los parámetros de calificación de la prueba al número final de respuestas válidas. En el plazo de los tres días siguientes al de realización de la prueba, el Tribunal publicara en el tablón edictal del Ayuntamiento de Toledo (https://sede.toledo.es) la plantilla correctora provisional con la relación de las respuestas correctas. Los aspirantes podrán presentar contra la misma las reclamaciones que consideren oportunas en el plazo de cinco días naturales desde su publicación. Concluido el plazo de reclamaciones, el Tribunal publicará en el mismo lugar la plantilla correctora definitiva junto con la relación de aspirantes aprobados, entendiéndose resueltas las reclamaciones con este acto; todo ello, sin perjuicio de los recursos que pudieran interponerse contra los actos definitivos o de trámite cualificado del proceso selectivo.
b) Segunda prueba: desarrollo de temas del programa . Consistirá en desarrollar, por escrito y en el plazo máximo de tres horas, cuatro temas, uno por cada una de las cuatro partes específicas del programa de materias recogido en el Anexo I, a elegir por el aspirante de entre ocho extraídos por sorteo: dos de cada una de las partes específicas del mismo. Cada un o de los ejercicios se calificará de 0 a 10 puntos, resultando la calificación final de la prueba de la media aritmética de todos ellos. La prueba se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario alcanzar al menos 5 puntos para superarla. Los ejercicios se puntuarán directamente y de forma individual por los miembros del Tribunal calificador, siendo su puntuación final la media aritmética resultante de las puntuaci ones de todos ellos, excluidas las puntuaciones que varíen más de dos puntos de la media inicial. Para su calificación se tendrán en cuenta el volumen y comprensión de los conocimientos específicos del tema , la claridad y precisión en su exposición, y la calidad de la expresión escrita del aspirante. Los ejercicios se leerán por los aspirantes en lectura pública ante el Tribunal, que podrá plantear cuantas cuestiones considere necesarias en relación con el contenido de los temas desarrollados, por un tiempo máximo de quince minutos.
c) Tercera prueba: práctica. Consistirá en desarr ollar por escrito y durante el tiempo máximo de tres horas uno o varios supuestos prácticos propuest os por el Tribunal, relacionados con las materias comprendidas en el programa del Anexo I y con las funciones de la plaza convocada. La prueba se calificará de 0 a 15 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 7,50 puntos para superarla. Se puntuará directamente y de forma individual por los miembros del Tribunal calificador, siendo su puntuación final la media aritmética resultante de las puntuaciones de todos ellos excluidas las puntuaciones que varíen más de tres puntos de la media inicial. Para su calificación se tendrá en cuenta la capacidad de análisis y la aplicación razonada y precisa de los conocimientos teóricos a la resolución de las cuestiones planteadas. Los ejercicios se leerán por los aspirantes en lectura pública ante el Tribunal, que podrá plantear cuantas cuestiones considere necesarias en relación con el contenido de los temas desarrollados, por un tiempo máximo de quince minutos.
6 .3 . F a s e d e c o n c u rs o . C o n s i st i r á e n l a v a l o r a c i ó n c o m o m é r i t o d e l o s s e rv i c i o s p r e sta d o s e n l a s Administraciones Públicas y la formación de los aspirantes, hasta un máximo de 10 puntos. La puntuación de la fase de concurso se obtendrá de la suma de las puntuaciones alcanzadas en cada uno de los méritos que la componen. Sólo se valorarán los méritos de los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición.
6.3.1. Méritos. Se valorarán los siguientes méritos:
A. Servicios prestados: Por cada mes completo de servicios prestados en las Administraciones Públicas en puestos de trabajo de la subescala, clase y categoría de las plazas convocadas: 0,106 por mes, hasta un máximo de 6 puntos.
B. Formación: Por cursos y jornadas de formació n con una duración mínima de 20 horas lectivas, relacionados con las actividades del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, impartidos por cualquier Administración Pública o por las organizaciones sind icales promotoras en el marco de los Acuerdos Nacionales de Formación Continua: 0,010 puntos por hora hasta un máximo de 4 puntos.
6.3.2. Acreditación. Los méritos estarán referidos a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes de participación en el proceso selectivo y se acreditarán de oficio por el Ayuntamiento de Toledo cuando se trate de servicios prestados en el mismo, o mediante certificación expedida al efecto por el órgano competente de la Administración en la que se hubieran prestado, en la forma prevista en la base 7.3.
6.4. Calificación del proceso selectivo. La puntuación final del proceso selectivo se determinará por la suma de las obtenidas en todas las pruebas. En caso de empate, el orden de puntuación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios por orden de prelación: la mayor puntuación obtenida en la tercera y segunda prueba, sucesivamente; y, de persistir el empate, por el orden de actuación de los aspirantes a que se refiere la base 7.3.
6.5. Conservación de las calificaciones de la prueba selectiva. Los aspirantes aprobados en las diferentes pruebas de la oposición convocada por resolución nº 3845, del 1 de julio de 2020, de la Concejalía Hacienda y Régimen Interior, por la que se convocó el proceso selectivo para la cobertura por el sistema general de acceso libre de una plaza de Técnico de Prevenci ón de Riesgos Laborales, podrán optar, mediante comunicación previa antes de la realización de ca da prueba, por conservar sus calificaciones, siempre que hubieran superado el 60% de la calificación máxima prevista para cada una de ellas y que, en el proceso selectivo al que se apliquen, el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios o pruebas sean idénticos, salvo las actualizaciones normativas precisas.
7. DESARROLLO DEL PROCESO SELECTIVO.
7.1. Acreditación personalidad. El Tribunal calificador podrá requerir a los opositores para que acrediten su identidad en cualquier momento durante el desarrollo del proceso selectivo.
7.2. Llamamiento. Los aspirantes serán convocados en llamamiento único para cada una de las pruebas. Decaerán en su derecho quienes no comparezcan a su realización, salvo en casos de fuerza mayor y otros excepcionales que no afecten al normal desarrollo del proceso, para los que podrá realizarse una convocatoria extraordinaria.
7.3. Fase de concurso.
7 .3.1. Acreditación de oficio. Publicada por el Tribunal la relación de aspirantes aprobados en la fase de oposición, por el Servicio de Régimen Interior del Ayuntamiento se expedirá de oficio la certificación acreditativa de los méritos de los aspirantes inclui dos en la misma que estuvieran prestando servicios en el Ayuntamiento de Toledo.
7 .3.2. Acreditación a instancia de parte. Los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición y aleguen méritos en fase de concurso por servicio prestados o cursos de formación realizados en otra Administración Pública, deberán acreditarlos aportando al Tribunal calificador la certificación correspondiente, en el plazo de diez días naturales a contar desde la fecha de publicación de la relación de aspirantes aprobados en la fase de oposición.
7 .3.3. Publicación de los méritos. La relación conteniendo la valoración de los méritos en la fase de concurso se publicará en los lugares previstos en la base 8.1. Las reclamaciones contra la relación que contiene la valoración de méritos podrán presentarse ante el T ribunal calificador, en el plazo máximo de 5 días naturales a contar desde el siguiente al de su publicación.
7.4. Orden de actuación. El orden de actuación de los aspirantes en las pruebas en que resulte necesario se iniciará alfabéticamente por el primero cuyo primer apellido comience por la letra “Q” de conformidad con lo establecido por Resolución de 26 de noviembr e de 2025, de la Dirección General de la Función Pública de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para el año 2026.
7.4. Anonimato en la corrección de las pruebas. La primera prueba se hará y calificará de manera que se garantice el anonimato de los aspirantes. A estos efectos, aquellos aspirantes en cuyas prueba figuren nombres, rasgos, marcas o cualquier otro signo que permita conocer su identidad podrán ser excluidos del proceso selectivo.
7.5. Calendario del proceso selectivo. La primera prueba no se realizará antes del día 15 de noviembre de 2026. La duración máxima del procedimiento selectivo no excederá de seis meses, contados desde la fecha de realización de la primera prueba. Entre la publicación de la relación de aspirantes aprobados en una prueba y el comienzo de la siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.
7.6. Realización de la primera prueba. La fecha, ho ra y lugar de la primera prueba se publicará en el “Boletín Oficial” de la provincia de Toledo con ocasión de la publicación de las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos del proceso select ivo. La publicación de los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas se publicarán en el tablón edictal del Ayuntamiento de Toledo (https://sede.toledo.es) con cuarenta y ocho horas, al menos, de antelación a su comienzo.
7.7. Exclusiones. Si en cualquier momento del proceso selectivo llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos deberá proponer su exclusión al órgano convocante, previa audiencia del interesado.
7.8. Personas con discapacidad. De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 2 9 de noviembre, por el que se aprueba el text o refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social , la presente convocatoria no establece exclusión alguna por limitaciones de los aspirantes que no sean las derivadas de la propia incompatibilidad de estas con el desempeño normal de las tareas y funciones del puesto de trabajo. En este sentido y con la finalidad de promover su inclusión social, en las pruebas selectivas se establecerán para las personas con discapacidad que lo soliciten, las adaptaciones precisas de tiempo y medios para su realización, de forma que gocen en las mismas de igualdad de oportunidades respecto de los demás participantes. A estos efectos, son personas con discapacidad aquellas a quienes se les haya reconocido dicha condición por los órganos competentes de la comunidad autónoma correspondiente. Esta condición, así como la justificación técnica de las medidas de adaptación qu e, en su caso, se requieran, deberán acreditarse mediante las oportunas certificaciones en el momento de presentación de la solicitud de participación en el proceso selectivo.
8. RELACIONES DE APROBADOS, PROPUESTA DEL TRIBUNAL, OFERTA DE DESTINOS Y BOLSA DE TRABAJO.
8.1. Aspirantes aprobados en las pruebas selectivas. Concluidas cada una de las pruebas selectivas, el Tribunal publicará el en el tablón edictal del Ayuntamiento de Toledo (https://sede.toledo.es) la relación de los aspirantes aprobados, con expresión de su nombre y apellidos, D.N.I y la puntuación obtenida.
8.2. Aspirantes aprobados en la oposición. Concluidas todas las pruebas de la oposición, el Tribunal publicará en el lugar pre vi st o en la base 8. 1 la relación de aspirantes que la hubieran superado, con expresión de su nombre y apellidos, D.N.I y la puntua ción obtenida en cada una de las pruebas y en el total de la oposición. Esta relación se referirá exclusivamente a las calificaciones obtenidas en la oposición, sin que en ningún caso pueda entenderse que quienes figuren en ella han superado el proceso selectivo, para lo que será necesario figurar en la relación de aspirantes prevista en la base 8.3.
8.3. Aspirante aprobado en el proceso selectivo. Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará en el lugar previsto en la base 8.1 la relación con el aspirante aprobado en el proceso selectivo y la elevará a la autoridad competente para su nombramiento como funcionarios de carrera. La relación de aprobados en el proceso selectivo no podrá contener un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas.
8.4. Conservación voluntaria de calificaciones. Los aspirantes aprobados en las diferentes pruebas de la oposición podrán conservar sus calificaciones para el siguiente proceso selectivo, siempre que hubieran superado el 60% de la calificación máxima prevista para cada una de ellas y que, en el proceso selectivo al que se apliquen, el contenido del temario y la form a de calificación de los ejercicios o pruebas sean idénticos, salvo las actualizaciones normativas precisas.
8.5. Motivación. Los actos que pongan fin a los procedimientos selectivos deberán ser motivados. La motivación de los actos del Tribunal dictados en virt ud de discrecionalidad técnica en el desarrollo de su cometido de valoración estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
8.6. Bolsa de trabajo. Concluido el proceso selectivo se confeccionará una bolsa de trabajo para el nombramiento, en su caso, de funcionarios interino s para la cobertura de otras plazas vacantes que pudieran producirse de Técnico de Prevención de Riesgos laborales. La bolsa se constituirá con los aspirantes que hubieran superado al menos la prim era prueba y por el siguiente orden de prelación: primero, el mayor número de pruebas superadas y la calificación global de las mismas; segundo, mayor puntuación alcanzada en el proceso selectivo, una vez sumada la calificación obtenida en todas ellas; y, de persistir el empate, por el orden fijado en la base 6.4.
9. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS.
9.1. Documentos exigidos y plazo de presentación . El aspirante aprobado en el proceso selectivo presentará en el Servicio de Régimen Interior del Ayuntamiento, dentro del plazo de diez días naturales contados a partir de que se haga pública la relación de aprobados en el mismo, los siguientes documentos:
a) Copia auténtica del D.N.I o documento equivale nte para las personas con nacionalidad de los demás estados miembros de la Unión Europea o asimiladas conforme a la base 2.1.1 a), que acredite su edad y nacionalidad.
b) Copia auténtica de la titulación académica exig ida en la base 2.1.1 c), o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios necesa rios para la obtención del título. En el caso de t i t u l a c i o n e s h o m o l og a d a s o eq u i v a l e n t e s ex i g i d a s s e e sta r á a l o d i s p u e st o e n l a ba s e 2. 1 . c ) y e n l a s normas que en la misma se indican.
c ) Certificación acreditativa de reunir el requisito de funcionalidad previsto en la base 2. 1 . 1 , d) en relación con los aspirantes comprendidos en la base 7.8.
d) Declaración jurada o promesa de cumplir el requisito de la base 2.1,1 e).
e) Documentación acreditativa de la formación exigida en la base 2.1.2, a)
f) Permiso de conducción de la clase B.
9.2. Exenciones. Quienes tengan la condición de funcionario de carrera estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar la correspondiente certificación acreditativa de la Administración pública de la que dependan.
9.3. Falta de presentación de documentos. Quienes dentro del plazo fijado y salvo causas de fuerza mayor u otras circunstancias excepcionales apreciad a s po r e l ó r g a n o c o n v oc a n t e n o p r e s e n ta s e n l a documentación requerida en la base anterior, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos exigidos en la convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios, quedando anuladas todas sus actuaciones; y todo ello, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en su solicitud de participación en el proceso selectivo.
10. NOMBRAMIENTO Y TOMA DE POSESIÓN.
10.2. Nombramiento. Examinada la documentación prev ista en la base 9 . 1 , el órgano competente nombrará funcionarios de carrera a los aspirantes aprobados en el proceso selectivo.
10.3. Toma de posesión. El aspirante nombrado funcionario deberá tomar posesión de su puesto de trabajo en el plazo de diez días naturales contad o desde el día siguiente al que le sea notificado su nombramiento. Si no lo hiciera, por renuncia u otras causas imputables al mismo, el órgano competente para su nombramiento, sin necesidad de una nueva propuesta del Tribunal, no mbrará funcionario al primero de los aspirantes integrantes de la bolsa de trabajo que reúna los requisitos para ello y que hubiera superado todas las pruebas del proceso selectivo.
11. NORMA FINAL.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Toledo, en el plazo de dos meses, o previamente, recurso potestativo de reposición, ante el órgano administrativo que la dictó, en el plazo de un mes; en ambos supuestos, desde el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial” de la provincia de Toledo, según establecen los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Todo ello, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente.
ANEXO I PROGRAMA DE MATERIAS PARTE GENERAL
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido esencial. Los derechos y deberes fundamentales. La organización territorial del Estado y las Administraciones Públicas: La Administración General del Estado y la Administración de las Comunidades Autónomas.
Tema 2. La Administración Local: la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local. El Municipio: organización y competencias.
Tema 3. La organización política y administrativa del Ayuntamiento de Toledo: El Gobierno municipal, el Pleno, la Alcaldesa, los Tenientes de Alcalde. La Junta de Gobierno Local. Número y denominación de las actuales áreas de Gobierno.
Tema 4. El personal al servicio de las Entidades locales: clases de empleados públicos; derechos y deberes de los empleados públicos.
Tema 5. La igualdad efectiva de mujeres y hombres: políticas públicas de igualdad.
Tema 6. El presupuesto del Ayuntamiento de Toledo: elaboración, aprobación y ejecución.
T ema 7 . El procedimiento administrativo local. Derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas. Los titulares de las unid ades administrativas y su responsabilidad en la tramitación de los procedimientos.
Tema 8. La transparencia en la administración del Ayuntamiento de Toledo: normativa de aplicación, publicidad activa y derecho de acceso a la información pública.
Tema 9. La protección de datos de carácter personal: régimen jurídico; principios y derechos de los ciudadanos.
Tema 10. La administración electrónica: rasgos definitorios y regulación de la Ley 39/2015. La sede electrónica. El derecho de los ciudadanos a relacionarse con la Administración por medios electrónicos. PARTE ESPECÍFICA I. CONCEPTOS GENERALES DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
Tema 1. El marco jurídico de la prevención de riesgos laborales en España. Antecedentes y normativa vigente. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre: contenid o, objeto y ámbito de aplicación. La articulación jurídica de la prevención de riesgos derivados del trabajo.
Tema 2. Conceptos básicos relativos a la seguridad y salud en el trabajo: Daños derivados del trabajo. Concepto de riesgo laboral. Protección y prevención. Prevención en el diseño. Condiciones de trabajo en relación con la salud. Factores de riesgo. Conceptos de accidente de trabajo y enfermedad profesional. T e m a 3 . La s e s pec i a l i d a d e s p r e v e n t i v a s : S eg u r i d a d e n e l T r a ba j o . H i g i e n e I n d u st r i a l . E r g o n o m í a y Psicosociología aplicada. Medici na del Trabajo. Técnicas de participación. La información y la comunicación. La formación. La seguridad industrial, medioambiental y de protección civil.
Tema 4. Unión Europea: El derecho comunitario rela cionado con la seguridad y salud en el trabajo. Evolución de la política comunitaria en esta materi a en el ámbito de los Tratados de las Comunidades Europeas. Situación actual. Las directivas sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo. Tema 5. El Reglamento de los Servicios de Prevención: La integración de prevención en la empresa. El plan de prevención de riesgos laborales. La eval uación de riesgos y la p lanificación preventiva. La organización de la actividad preventiva en la empr esa: modalidades, requisitos y funciones. La figura del recurso preventivo.
Tema 6. Los Servicios de Prevención: regulación legal y reglamentaria. La acreditación de entidades especializadas como servicios de prevención ajenos a las empresas. Características y funciones de un servicio de prevención.
Tema 7. La obligación de coordinación de actividades empresariales. Normativa sobre coordinación de actividades empresariales. Documentación obligatoria de las empresas.
Tema 8. La gestión de la seguridad y salud en el trabajo en la empresa: Concepto. Directrices de la OIT (2001). El sistema de gestión de prevención de riesgos laborales. La responsabilidad de la dirección. La documentación. La auditoría del sistema de prevención de riesgos laborales: concepto y regulación. Requisitos y autorización por la autoridad laboral de las personas o entidades especializadas para la realización de auditorías. Idoneidad de los auditores.
Tema 9. La formación en prevención de riesgos laborales. Derechos y obligaciones. Condiciones de eficacia. La planificación de la formación en la empr esa. El diagnóstico de necesidades. La definición de los objetivos. La determinación de los programas. Métodos y técnicas de formación. La enseñanza a distancia y las nuevas tecnologías aplicadas a la formación. La evaluación de la formación. La formación de adultos. Técnicas de modificación de conducta.
Tema 10. Consulta y participación de las personas trabajadoras: El deber de consulta del empresario. Los derechos de participación y representación. Los Delegados de Prevención: su designación, garantías, competencias y facultades. El Comité de Seguridad y Salud: competencias y facultades.
Tema 1 1. Evaluación de riesgos: El concepto de evaluación de riesgos y de la gestión de riesgos. Tipos de evaluaciones de riesgos y características de cada uno de ellos. Planificación de la actividad preventiva. Tema 12. Responsabilidades y sanciones en materia de prevención: Responsabilidades administrativas y de otro orden. Disposiciones en esta materia de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social. La actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Tema 13. Utilización de equipos de protección individual. Concepto y prioridad de utilización de los equipos de protección individual (EPI) en el trabajo. Tipos de EPI. Normativa del mercado único europeo r e l a t i v a a l d i s e ñ o y c o m e r c i a l i za c i ó n d e l o s E P I. Normativa sobre utilización por los trabajadores de equipos de protección individual. Concepto de protección colectiva, criterios de elección. Análisis previo a la implantación de protección colectiva.
Tema 14. Protección de trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos. Protección de la maternidad y de los menores: Riesgos laborales específicos para la mujer trabajadora en el período de embarazo, posparto y lactancia. Legislación vigente de protección a la maternidad. Riesgos específicos para los menores en razón de su trabajo. Legislació n vigente de protección de los menores. Trabajos prohibidos.
II. SEGURIDAD EN EL TRABAJO
Tema 1. Los costes de los accidentes de trabajo: coste humano y coste económico. Coste para el accidentado. Coste para la empresa. Coste para la sociedad. Análisis coste- beneficio de la prevención. El análisis estadístico de accidentes en la empresa: concepto y objetivos.
Tema 2. Investigación de daños a la salud de los trabajadores: objetivos de la investigación de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesio nales. Daños a la salud que se deben investigar. Metodología de la investigación. El informe resultante de la investigación. Características que deben de cumplir las propuestas preventivas emanadas de la investigación.
Tema 3. Normas y señalización de seguridad: concepto de norma de seguridad. Clasificación de las normas de seguridad. Principios básicos requerid o s e n u n a n o r m a d e s eg u r i d a d . C o n t e n i d o d e u n a norma de seguridad. Fases de implantación de una norma de seguridad. Conceptos y requisitos de la señalización de seguridad. Normativa sobre señalización de seguridad y salud en el trabajo. Tema 4. Riesgos en los lugares de trabajo. Norm ativa sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
Tema 5. El riesgo de incendio. Química del fuego. Cadena del incendio. Clasificación de los fuegos en función de la naturaleza del combustible. Prevención de incendios. Comportamiento ante el fuego de los materiales de construcción y elementos constructivos. Protección estructural de edificios y locales. Alumbrado de señalización y emergencia. Reglamentación de protección contra incendios según la actividad de los establecimientos. El Reglamento de instalaciones de protección contra incendios. Tema 6. Máquinas: Normativa por la que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas. Requisitos esenciales de seguridad y salud. Normas armonizadas y presunción de conformidad. Declaración de conformidad y marcado CE.
T e m a 7 . U t i l i za c i ó n d e eq u i po s d e t r a ba j o : No r mativa sobre utilización po r los trabajadores de los equipos de trabajo. Análisis y evaluación de riesgos. Procedimientos de adecuación y puesta en conformidad de equipos de trabajo.
Tema 8. Riesgos debidos a la electricidad: Lesiones producidas por la electricidad en el cuerpo humano. Factores que influyen en el efecto eléctrico. Actuación en caso de accidente eléctrico. Tipos de contacto eléctrico. Protección contra contactos eléctricos directos y contactos eléctricos indirectos. Normativa sobre disposiciones mínimas para la protec ción de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico.
Tema 9. Soldadura eléctrica y oxiacetilénica: Principales riesgos presentes en operaciones de soldadura. Medidas preventivas. Equipos de protección individual utilizados en operaciones de soldadura. Protección ocular y protección de las diferentes partes del cuerpo.
Tema 10. Concepto de explosión, tipos y condicionantes para que se produzca. Concepto de atmósfera explosiva y parámetros básicos a considerar por pr esencia de polvos combustibles y gases yvapores inflamables. Clasificación y características de las áreas en las que pueden formarse atmósferas explosivas. Fuentes de ignición. Evaluación del riesgo de explosión. Medidas de prevención de la formación de atmósferas explosivas. Aparatos y sistemas de prot ección para uso en atmósferas potencialmente explosivas.
Tema 11. Espacios confinados: Concepto de espa cio confinado. Peligros asociados a un espacio confinado. Actuación ante un espacio confinado. El permiso de trabajo. Procedimientos de emergencia y rescate. Formación e información. Presencia de recursos preventivos. Tipos de espacios confinados y motivos de acceso.
Tema 12. Seguridad y salud en las obras de construcción. Normativa sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. El es tudio y el plan de seguridad y salud. Obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales de los intervinientes en el proceso productivo. Normativa sobre subcontratación en el Sector de la Construcción.
III. HIGIENE INDUSTRIAL
Tema 1. Legislación sobre registro, evaluación, au torización y restricción de sustancias y mezclas químicas. Legislación sobre clasific ación, envasado y etiquetado de sustancias y mezclas químicas. Características de peligrosidad de los productos químicos. Criterios de clasificación de sustancias y mezclas químicas. Mecanismos de información: Etiquetas. Fichas de datos de seguridad.
Tema 2. Criterios de valoración de agentes químicos. Límites de exposición profesional para agentes químicos en España. Valores límites ambientales (VLA). Directrices para la evaluación de la exposición por inhalación de agentes químicos. Valoración por comparación con el VLA de exposición diaria VLA- ED. Valoración por comparación con el VLA de exposi ciones cortas VLA-EC. Mediciones periódicas de control. Valores límites biológicos (VLB). Control biológico.
Tema 3. Control de las exposiciones a agentes qu ímicos. Técnicas generales: Acciones de control técnicas. Acciones de control organizativas. Priorización del control de riesgos. Acciones sobre el agente. Acciones sobre el proceso. Acciones en el local de trabajo. Acciones en los métodos de trabajo. Técnicas de ventilación para el control de los agentes químicos: extracción localizada y ventilación por dilución. Tema 4. Normativa sobre riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo. Objeto y ámbito de aplicación. Evaluación de los riesgos. Medidas de prevención generales y específicas. Vigilancia específica de la salud. Medidas a adoptar frente a accidentes, incidentes y emergencias. Información y formación de los trabajadores con relación a los riesgos por agentes químicos.
Tema 5. Agentes cancerígenos y mutágenos. Evaluación de la exposición a agentes cancerígenos y mutágenos. Normativa sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos o mutágenos du rante el trabajo. Normativa sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto. Trabajos con riesgo de exposición al amianto. Medidas de prevención y protección. Plan de trabajo. Registro de empresas con riesgo por amianto.
Tema 6. Agentes biológicos. Características de lo s agentes biológicos: virus, bacterias, hongos, protozoos y helmintos. Principales efectos para la salud. Factores de la exposición a agentes biológicos. Metodologías de evaluación de los agentes biológic os. Control de la exposición a agentes biológicos. Concepto de contención: principales medidas de contención. Aplicación de las medidas de contención. Normativa sobre la protección de los trabajadores co ntra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.
Tema 7. Ruido. Efectos del ruido en la salud de los trabajadores. Normativa sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido. Conceptos básicos. Valores límites de exposición. Evaluación de riesgos. Equipos de medición y procedimiento. Medidas de prevención y protección. Vigilancia de la salud.
Tema 8. Vibraciones. Efectos de las vibraciones en la salud de lo s trabajadores. Normativa sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabaj adores frente a los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas. Conceptos básicos. Valores límites de exposición. Evaluación de riesgos. Equipos de medición y procedimiento. Medidas de prevención y protección. Vigilancia de la salud.
Tema 9. Prevención de riesgos por exposición a radiaciones no ionizantes: Clasificación y características físicas. Efectos biológicos, fuentes de exposición, evaluación del riesgo y medidas preventivas frente a las radiaciones no ionizantes. Normativa sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a radiaciones ópticas artifici ales. Normativa sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a campos electromagnéticos.
Tema 10. Radiaciones ionizantes. Tipos de radiac iones ionizantes. Interacción de las radiaciones ionizantes con la materia: Irradiación y Contaminación. Efectos de las radiaciones ionizantes. Métodos de detección y medición de las radiaciones ionizantes. Protección radiológica: medidas básicas. El Reglamento sobre protección sanitaria contra radiaciones ionizantes. Radiación natural: Radón. Instalaciones nucleares y radiactivas. Instalación y utilización de aparatos de rayos X con fines de diagnóstico médico. Tema 1 1. Riesgos higiénicos en el laboratorio. Los productos químicos en el laboratorio. Principales características de peligrosidad de sustancias y preparados químicos. La reactividad química. Seguridad en el almacenamiento. Principales riesgos y medidas preventivas. Trabajo con muestras biológicas en el laboratorio. Cabinas de seguridad biológica. Desinfección y descontaminación. Manipulación y transporte de muestras biológicas.
Tema 12. Prevención de riesgos en el sector soci osanitario. Riesgo biológico: principales factores de exposición y vías de entrada. Exposición accidental. Medidas de prevención sobre el individuo y medidas sobre el ambiente. Gestión de residuos contaminados. Riesgo químico: trabajadores expuestos, vías de entrada y efectos sobre la salud en relación a agentes anestésicos, citostáticos, desinfectantes y esterilizantes. Medidas de prevención y protección.
IV. ERGONOMÍA Y PSICOSOCIOLOGÍA APLICADA
Tema 1. Ergonomía y psicosociología aplicada: co nceptos y objetivos. Técnicas de investigación en ergonomía y psicosociología: la observación, la entrevista, cuestionarios y escalas, registros electrofisiológicos y los grupos de discusión. Métodos estadísticos usuales: elección del tipo de estudio, selección de la muestra, definición y selección de las variables, recogida y análisis de datos. Tema 2. Calidad del ambiente interior: Factores que la determinan, riesgos asociados, su evaluación, prevención y control. Normativa sobre las condiciones ambientales y de iluminación mínimas de los lugares de trabajo: criterios para su acondicionamiento y evaluación. Evaluación del bienestar térmico. Normativa aplicable. Los índices PMV y PPD. Aspectos ergonómicos del ruido y su evaluación: Criterios SIL y NR.
Tema 3. Pantallas de visualización de datos: Metodología para la evaluación específica de los riesgos derivados. Acondicionamiento de los puestos de trabajo con pantallas de visualización de datos. Normativa aplicable.
T ema 4. Carga física de trabajo: Fisiología de la actividad muscular. La capa cidad de trabajo física. Medición de la carga derivada del trabajo dinámico mediante el consumo de oxígeno. Fatiga física y su recuperación. Carga física de trabajo: Su valoración mediante la medición de la frecuencia cardiaca. Los Criterios de Chamoux y de Frimat.
T e m a 5 . M a n i p u l a c i ó n m a n u a l d e c a r g a s. R i e sgos asociados y su prevención. Normativa sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trab ajadores. Métodos para la evaluación y prevención del riesgo para la salud derivado de la manipulación manual de cargas.
Tema 6. Posturas de Trabajo: Factores que las determinan. Criterios para la evaluación de las posturas de trabajo. Riesgos derivados de las posturas de trabajo y su prevención. Métodos de evaluación de las posturas de trabajo basados en la observación: método OWAS y método REBA.
Tema 7. Trastornos osteomusculares de la extremidad superior. Identificación de los factores de riesgo asociados y su prevención. Evaluación de estos riesgos; El método BULA, el Ergo-IBV y el Strain Index. Tema 8. Carga mental de trabajo: Factores determinantes y características de la carga mental. Efectos derivados y su prevención. Métodos de evaluación basa dos en factores de carga inherentes a la tarea. Métodos de evaluación basados en las alteraciones fisiológicas, psicológicas y de comportamiento de los individuos.
Tema 9. Factores psicosociales: Los aspectos relativos al diseño de las tareas. Riesgos derivados de la división del trabajo y su prevención. Los aspectos relativos a la organización del tiempo de trabajo. Riesgos derivados del trabajo a turnos y nocturno. Metodología para la evaluación de los factores psicosociales. El método de evaluación del INSSBT. La intervención psicosocial.
Tema 10. Estrés laboral: concepto, tipos, estresores y factores moduladores. Consecuencias del estrés para la empresa y el individuo. Evaluación y prevención del riesgo derivado del estrés laboral. Tema 1 1. La violencia, el acoso y hostigamiento en el trabajo (mobbing). Protocolos de actuación en caso de acoso laboral. El trabajo bajo presión. Motivación y satisfacción laboral. El efecto del «quemado» (burn out). Otros aspectos de índole psicosocial.
Tema 12. Aplicación en los sectores sanitario y sociosanitario. Riesgos ergonómicos: profesiones expuestas, factores de riesgo y trastornos musculoesqueléticos más habituales. Métodos de evaluación. Medidas de prevención y control. Riesgos psicosociales: profesiones expuestas, tipología, factores de riesgo y efectos sobre la salud. La intervención.
Toledo, 21 de septiembre de 2026.–El Secretario General de Gobierno, Fernando Payo Sánchez-Garrido. N.º I.-4330