Volver al listado
Ayuntamientos y diputaciones
Convocatoria
Cuenca
Escala Básica
Ayuntamiento de Tarancón · Castilla-La Mancha
Plazas
6
según la publicación
Grupo
No se indica
Sistema
Oposición
Funcionario
¿Puedo presentarme?
- Titulación Requisito: Bachiller, Técnico de formación Profesional o equivalenteNivel mínimo: Bachillerato
- Quién puede presentarse Turno libre: cualquier persona que cumpla los requisitos.
- Plazo de solicitudes Aún no ha empezado. Plazo aún no abierto: empieza al publicarse en el BOE (20 hábiles)
- Cómo presentarse La solicitud se presenta en la sede electrónica o el registro del organismo convocante; los pasos exactos vienen en la publicación oficial ↗.
- Tipo
- Convocatoria
- Título oficial
- Bases convocatoria 6 plazas policía local del Ayuntamiento por oposición libre
- Convoca
- Ayuntamiento de Tarancón
- Ámbito
- Ayuntamientos y diputaciones
- Municipio
- Tarancón
- Acceso
- Turno libre
- Titulación
- Bachiller, Técnico de formación Profesional o equivalente
- Publicada
- 02/10/2026 en Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca
- Fuente
- Basado en datos de Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca ↗. Última comprobación: 14/10/2026.
El programa recogido en el Anexo II
Copiado de la publicación oficial. Si hay diferencias, manda el boletín.
Averiguar con IA
Si la publicación no lo deja claro, una IA (Claude, de Anthropic) lee el texto oficial y te saca el temario, los requisitos, las fechas o un resumen, citando el texto. Lo ya averiguado por otros usuarios se ve gratis.
Lo que otros ya averiguaron se ve gratis. Para lo demás hace falta tu propia clave de Anthropic (pagas tú, unos céntimos por análisis); se guarda solo en este navegador.
Crea tu cuenta gratis para usar la IA con tu clave Ya tengo cuentaya averiguado · gratis{coste} con tu clavenecesita tu claveNo constaTemario ({n} temas)El texto no incluye el temarioMaterias que mencionaDónde buscarloConfianza: {nivel}RequisitosTitulaciónEdadNacionalidadCarnés y permisosIdiomasOtrosTasasImporteExencionesForma de pagoSolicitudCómoDóndePlazoDocumentaciónFechas y plazosNo consta ninguna fecha.Fases y pruebasNo consta.CarácterPreguntasPenalizaciónDuraciónPuntuaciónEn 5 líneasNo se pudo mostrar el resultado.Generado con {modelo} el {fecha} a partir del PDF oficialGenerado con {modelo} el {fecha} solo con los datos de la ficha (no teníamos el texto)Generado con {modelo} el {fecha} a partir del texto oficialte ha costado {coste}Volver a generar con mi claveAnálisis generado por IA a partir del texto oficial; compruébalo en la publicación antes de decidir nada. Este resultado se guarda y se muestra también a otros usuarios (nunca tu clave).Esto aún no lo ha averiguado nadie: configura tu clave para hacerlo.Leyendo la publicación… suele tardar entre 20 segundos y un minuto.Error del servidor ({status}).No se pudo hacer el análisis.Ya estaba averiguado: no te ha costado nada.No se pudo conectar con el servidor.
NÚM. 2320 AYUNTAMIENTO DE TARANCÓN ANUNCIO BASES PARA LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN POR EL SISTEMA DE OPOSICIÓN LIBRE, DE SEIS PLA- ZAS VACANTES DE LA PLANTILLA DE POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE TARANCÓN
Publicada la Oferta de Empleo Público en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca de fecha 8 de abril de 2026, y su modificación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca de fecha 30 de septiembre de 2026, y de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, la Alcaldía Presidencia del Ayuntamiento de Tarancón, en virtud de las competencias otorgadas por la legislación vigente, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en la Escala Básica, categoría Policía con sujeción a las siguientes: BASES DE LA CONVOCATORIA:
1. Normas Generales
1.1. Objeto de la convocatoria. Se convocan pruebas selectivas para cubrir por turno libre y mediante oposición 6 plazas en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo de Policía Local de este Ayuntamiento, clasificadas en el subgrupo C-1 de los establecidos en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
1.2. Normativa reguladora. A las presentes pruebas selectivas le serán de aplicación la Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de las Policías Locales de Castilla-La Mancha; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el Decreto 110/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, modificado por el Decreto 9/2022, de 15 de febrero y el Decreto 37/2026, de 7 de julio; la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Pro - moción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y las bases de esta convocatoria.
2. Requisitos de las personas participantes.
2.1. Requisitos. Para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a. Tener la nacionalidad española.
b. Tener cumplidos dieciocho años de edad y no exceder de la edad de jubilación forzosa.
c. Estar en posesión, o en condiciones de obtener en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, del título de Bachiller, Técnico de formación Profesional o equivalente.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. A efectos de equivalencias con los títulos de Bachiller o Técnico, deberá estarse a lo dispuesto en la Orden del Ministerio de Educación 1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen las equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
d. No haber sido objeto de separación mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a los cuerpos de policía local.
e. Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases B, y de la clase A o A2.
f. Cumplir las condiciones físicas y psíquicas para ejercer adecuadamente las funciones.
g. Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
h. No haber sido condenado por sentencia firme por ningún delito contra la libertad e indemnidad sexual, conforme a los dispuesto en la Ley orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
i. Compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la ley mediante declaración jurada o promesa.
2.2. Plazo de acreditación. Todos los requisitos exigidos deberán reunirse el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante el desarrollo del proceso selectivo, hasta la toma de posesión como funcionarios de carrera. La acreditación de los mismos deberá efectuarse con anterioridad al correspondiente nombramiento como funcionario/a en prácticas.
3. Solicitudes.
3.1. Forma. Las solicitudes para tomar parte en el proceso selectivo se cumplimentarán por medios electrónicos en el modelo disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Tarancón (https://tarancon.sedelectronica.es), debiendo presentarse en el plazo y lugar señalados en las bases 3.2 y 3.3.
3.2. Plazo de presentación. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. En el caso de que el último día de presentación de solicitudes fuera sábado, domingo o festivo, el plazo finalizará el siguiente día hábil.
3.3. Lugar de presentación. Las solicitudes se presentarán, exclusivamente, de forma telemática, a través del Registro Electrónico del Ayuntamiento de Tarancón (https://tarancon.sedelectronica.es), para cuyo acceso será imprescindible disponer de certificado electrónico, clave pin, clave permanente o similar.
3.4. A la solicitud se acompañará una declaración responsable, conforme al modelo del anexo IV, en la que las personas aspirantes declaren reunir todos los requisitos y condiciones exigidos en la convocatoria e indiquen la titulación académica que poseen.
3.5 Derechos de examen. El importe de los derechos por participación en los procesos selectivos es de 18,00€ que se ingresarán de acuerdo con el trámite de autoliquidación. No procederá la devolución de los derechos de examen a los aspirantes excluidos del proceso selectivo. En ningún caso, el pago de los derechos de examen dará derecho por sí mismo a la participación en el proceso selectivo para lo que será necesario, además, la presentación en tiempo y forma del impreso de solicitud con arreglo a lo dispuesto en las bases 3.2 y 3.3.
3.5.1. Estarán exentos de la tasa quienes acrediten las siguientes circunstancias:
- Las personas que figuren como demandante de empleo, con una antigüedad mínima de dos meses, referida a la fecha de publicación de la convocatoria de las pruebas selectivas en el Boletín Oficial del Estado. El sujeto pasivo deberá acreditar esta la circunstancia mediante la presentación junto con la solicitud de certificado de desempleo, emitido por el Instituto Nacional del Empleo, o, en su caso, el Servicio Regional de Empleo que corresponda.
- Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100. Esta circunstancia se acreditará mediante la presentación junto con la solicitud de certificado de minusvalía expedido por Organismo estatal o autonómico competente.
3.6.- Tratamiento de datos. En aplicación de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, los datos contenidos en la solicitud podrán ser objeto de tratamiento automatizado por el Ayuntamiento de Tarancón para el desarrollo del proceso selectivo. A estos efectos, los aspirantes dan su consentimiento con la firma de su solicitud de participación para que el Ayuntamiento pueda publicar los mismos en su página web o en cualquier otro lugar establecido al efecto para los actos de trámite que se deriven del proceso selectivo.
4. Admisión de personas participantes.
4.1. Relaciones provisionales de aspirantes. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano convocante dictará resolución aprobando las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo. Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Ta - rancón (https://tarancon.sedelectronica.es). En ella se expresará la relación provisional de aspirantes excluidos, indicando las causas de exclusión. Asimismo, incluirá la composición del Tribunal Calificador, de tal manera que pueda instarse la recusación o manifestar la abstención cualquier miembro del mismo en un plazo concurrente con la subsanación de los defectos que presentaren las solicitudes.
4.2. Subsanación de los defectos de exclusión. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a instancia del interesado. En todo caso, la Resolución por la que se publique la relación provisional de aspirantes ad - mitidos y excluidos establecerá el plazo de diez días hábiles para que los interesados puedan subsanar, en su caso, los defectos que motivaran su exclusión. Quienes no subsanen los defectos dentro del plazo señalado, justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.
4.3 Relaciones definitivas de aspirantes. Transcurrido el plazo para subsanar los defectos, el mismo órgano que aprobó las relaciones provisionales dictará resolución aprobando las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo, y señalando la fecha, hora y lugar para el inicio de las pruebas. Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Tarancón ( https://tarancon.sedelectronica.es), conteniendo las relaciones definitivas de aspirantes excluidos y el lugar donde se exponen al público las relaciones definitivas de aspirantes admitidos.
4.4. El hecho de figurar en la relación de personas admitidas no supone que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos para participar en el proceso selectivo. Cuando del examen de la documentación presentada conforme a la base 9, se desprenda que no posee alguno de los requisitos, las personas seleccionadas decaerán en todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en el procedimiento.
5. Tribunal Calificador
5.1. Composición. El Tribunal Calificador del proceso selectivo estará formado por los siguientes miembros titulares, y sus correspondientes suplentes, todos ellos funcionarios/as de carrera pertenecientes cuerpos, escalas y categorías de nivel igual o superior al de las plazas convocadas y con un nivel de titulación así mismo igual o superior a la exigida para las plazas convocadas:
a) Presidente, un funcionario de carrera designado por el órgano convocante;
b) Secretario, un funcionario de carrera designado por el órgano convocante, que actuará con voz y sin voto;
c) Vocales, cuatro funcionarios de carrera designados por el órgano convocante entre los que se encontrará la persona que ostente la Jefatura de la Policía Local o funcionario/a que se designe en su sustitución.
El nombramiento de los miembros del Tribunal se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca con ocasión de la publicación de la relación de aspirantes admitidos y excluidos definitivos del proceso selectivo.
El presidente del Tribunal podrá designar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas, cuya función se limitará a asesorar al Tribunal en aquello para lo que fueron nombrados, sin que puedan intervenir directamente en la ca - lificación de las pruebas. Podrán disponer así mismo la utilización de personal colaborador en materias de organización, coordinación y vigilancia para la realización de las pruebas
5.2. Abstención y recusación. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad que les nombró, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el art. 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, o hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas para el acceso a plazas de la Subescala, Clase y Categoría objeto de la convocatoria, en los cinco años anteriores a la publicación de la misma. Asimismo, quienes participen en el proceso podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el referido artículo.
5.3. Funcionamiento. Para la valida actuación de los tribunales calificadores es necesaria la presencia de la mayoría de sus miembros y, en todo caso, la del presidente y secretario o la de quienes legalmente les sustituyan.
5.4. Clasificación. El Tribunal calificador de estas pruebas selectivas tendrá la categoría segunda, según lo dispuesto en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
6. Sistema y procedimiento selectivo.
6.1. Fases del procedimiento. La selección de los aspirantes se realizará por el sistema general de acceso libre y por el procedimiento de oposición. Constará de dos fases: fase de oposición y curso selectivo.
6.2. Fase de oposición. La fase de oposición constará de las cuatro pruebas siguientes, todas ellas obligatorias y eliminatorias, a celebrar por el orden siguiente:
Primera prueba: aptitud física. Estará dirigida a comprobar las condiciones de fuerza, agilidad, flexibilidad y resistencia de los aspirantes. Su calificación será la de apto o no apto, siendo eliminatoria cada una de las pruebas establecidas (anexo I). Previamente a la celebración de estas, cada aspirante deberá presentar un certificado médico, expedido con una antelación no superior a treinta días hábiles en relación con la fecha de realización de las pruebas, en el que se exprese que el aspirante está capacitado para realizarlas.
Las aspirantes que no puedan realizar las pruebas físicas por embarazo o parto, debidamente acreditados, podrán reali - zar las demás pruebas de la fase de oposición, quedando condicionada la superación de la citada fase de oposición, a la realización y superación de las mencionadas pruebas físicas, que deberán de efectuarse en todo caso, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de la documentación prevista en la base 9.1 de la convocatoria. A estos efectos, deberán comunicar al Tribunal Calificador tales circunstancias en el plazo de 48 horas desde la publicación del llamamiento para su realización.
Segunda prueba: conocimientos. Consistirá en contestar por escrito y en el tiempo máximo de 75 minutos a un cuestionario de preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. El cuestionario constará de 70 preguntas más 5 de reserva para posibles anulaciones, relativas todas ellas a las materias del programa recogido en el Anexo II.
Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superar la prueba. Las preguntas erróneas se penalizarán con arreglo a la siguiente fórmula: nº de aciertos – (nº de errores/3).
El número de preguntas relativas a cada una de las partes (general y especial) no podrá ser inferior al cuarenta por ciento ni superior al sesenta por ciento del total, identificándose cada una de las partes en el examen. El número de preguntas relativas a los temas 18 a 24 no podrá superar el diez por ciento del total. Las preguntas de reserva podrán referirse a cualquiera de las partes del Programa.
En el supuesto de que como consecuencia de las anulaciones las preguntas de reserva llegaran a agotarse, las preguntas anuladas por encima del cupo de reserva se tendrán por no puestas, ajustándose por el Tribunal los parámetros de califi - cación de la prueba al número final de respuestas válidas.
Una vez celebrada la prueba se harán públicos, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Tarancón ( https://tarancon. sedelectronica.es), el cuestionario de preguntas y la plantilla con la relación de las respuestas correctas a cada una de las preguntas. Dicha plantilla tendrá carácter de provisional, elevándose a definitiva tras el estudio de las alegaciones y reclamaciones que pudieran haberse formulado sobre el contenido de la prueba o de la plantilla correctora.
Quienes hayan realizado la prueba dispondrán de un plazo de tres días hábiles para formular alegaciones o dirigir recla - maciones al Tribunal Calificador sobre la plantilla correctora provisional, a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación. Dichas alegaciones o reclamaciones serán tenidas en cuenta por el Tribunal Calificador en sus deliberaciones, entendiéndose resueltas con la decisión que se derive de la publicación de la plantilla correctora definitiva. Concluido el plazo de reclamaciones, el Tribunal publicará en el mismo lugar la plantilla correctora definitiva junto con la relación de aspirantes aprobados, entendiéndose resueltas las reclamaciones con este acto; todo ello, sin perjuicio de los recursos que pudieran interponerse contra los actos definitivos o de trámite cualificado del proceso selectivo. Tercera prueba: psicotécnica. Incluirá dos test dirigidos a determinar las aptitudes y actitudes de las personas aspirantes para el desempeño de las funciones de su categoría:
- Test de inteligencia general y aptitudes en el que se valorará la capacidad verbal, numérica y espacial, atención-percepción, comprensión de órdenes, razonamiento cognitivo, atención discriminativa, resistencia a la fatiga intelectual y memoria visual.
- Test de personalidad y capacidades en el que se valorará la estabilidad emocional, autoconfianza, habilidades interper - sonales, capacidad de adaptación a las normas, capacidad de afrontamiento al estrés y motivación por el trabajo policial. Se calificará de apto o no apto.
Cuarta prueba: reconocimiento médico. Tendente a comprobar el cumplimiento de las condiciones exigidas en el cuadro de exclusiones médicas (anexo III). Se calificará de apto o no apto.
6.3. Calificación de las pruebas de la fase de oposición. La puntuación final, en orden a determinar los aspirantes que su - peran la fase de oposición del proceso selectivo, vendrá determinada por la prueba de conocimientos. En caso de empate, se estará a la mejor puntuación obtenida en las preguntas de la parte especial del examen de conocimientos. De persistir el empate, se aplicará el orden de actuación de los aspirantes a que se refiere la base 7.3.
6.4.- La fecha del primer ejercicio de la fase de oposición comenzará a partir del día 9 de noviembre de 2026, determinándose la fecha exacta en la resolución que se indica en la base 4.2.
7. Desarrollo de los ejercicios.
7.1. Acreditación de identidad. En cualquier momento el Tribunal calificador podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su identidad.
Si en el transcurso del proceso selectivo llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria, se pondrá en conocimiento del órgano convocante a efectos de su exclusión.
7.2 Fecha de realización de las pruebas. La fecha, hora y lugar de la primera prueba se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca con ocasión de la publicación de las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo, y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Tarancón. La fecha, hora y lugar para la realización de las pruebas restantes se publicarán exclusivamente en la sede electrónica del Ayuntamiento de Tarancón (https://tarancon. sedelectronica.es).
La duración máxima de la fase de oposición del proceso selectivo no excederá de seis meses, contados desde la fecha de realización de la primera prueba.
Entre la publicación de la relación de aspirantes aprobados en una prueba y el comienzo de la siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 48 horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.
7.3 Llamamiento para la realización de las pruebas. Los aspirantes serán convocados en llamamiento único para cada una de las pruebas. Decaerán en su derecho quienes no comparezcan a su realización, salvo en casos de fuerza mayor y otros excepcionales que no afecten al normal desarrollo del proceso, para los que podrá realizarse una convocatoria extraordinaria.
7.4. Orden de actuación. El orden de actuación de los aspirantes en las pruebas en que resulte necesario se iniciará alfa - béticamente por el primero cuyo primer apellido comience por la letra “Q”, de conformidad con lo establecido por la Reso - lución de 26/11/2025, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se publica la letra para determinar el orden alfabético de actuación de las personas aspirantes en los ejercicios o pruebas de los procesos selectivos de ingreso que se convoquen por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha durante el año 2026.
En el supuesto de que no exista ninguna persona aspirante cuyo primer apellido comience por la letra “Q”, el orden de actuación se iniciará por aquellas cuyo primer apellido comience por la letra “R”, y así sucesivamente.
7.5. Anonimato para la corrección de las pruebas. El Tribunal Calificador adoptará las medidas necesarias para garantizar que las pruebas cuyas características técnicas así lo permitan sean corregidas sin que se conozca la identidad de las personas participantes. En estos casos, aquellos aspirantes en cuyas pruebas figuren nombres, rasgos, marcas o cualquier otro signo que permita conocer su identidad podrán ser excluidas del proceso selectivo.
8. Relación de aspirantes aprobados.
8.1. Aspirantes aprobados en las pruebas de la fase de oposición. Concluidas cada una de las pruebas de la fase de oposición, el Tribunal publicará en la sede electrónica del Ayuntamiento de Tarancón (https://tarancon.sedelectronica.es) la relación de los aspirantes aprobados, con expresión de su nombre y apellidos y la puntuación obtenida.
8.2.- Aspirantes aprobados en la fase de oposición. Finalizada la fase de oposición del proceso selectivo, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación, elevando al órgano convocante la propuesta de los aspirantes que deberán realizar el curso selectivo.
El Tribunal no podrá declarar que han superado la fase de oposición del proceso selectivo, y en consecuencia proponer para la realización del curso selectivo, un número mayor de aspirantes al de plazas convocadas.
No obstante lo anterior, cuando se produzca alguna renuncia de los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición, antes de su nombramiento como funcionarios en prácticas, el órgano convocante podrá requerir al Tribunal de selección, una relación complementaria de aspirantes que sigan a los propuestos, para su posible nombramiento como funcionarios en prácticas.
9. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios en prácticas
9.1. Recibida la anterior propuesta, se concederá a los aspirantes un plazo de diez días hábiles para presentar electróni - camente, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Tarancón ( https://tarancon.sedelectronica.es), los siguientes documentos:
a. Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.
b. Fotocopia compulsada del título de Bachiller, Técnico o equivalente, o certificación académica que acredite haber realizado los estudios necesarios para la obtención del correspondiente título.
Aquellos aspirantes que aleguen titulaciones homologadas o equivalentes a la exigida habrán de citar la disposición legal en que se reconozca la homologación o equivalencia o, en su caso, aportar certificación expedida en tal sentido por el órgano competente del Ministerio de Educación y Ciencia, o cualquier otro órgano de la Administración compe - tente para ello.
c. Fotocopia compulsada de los permisos de conducir A o A2 y B.
d. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado del servicio de ninguna Administración Pública. e. Certificado de antecedentes penales, que no podrán tener una fecha de expedición anterior al inicio del plazo de pre - sentación de solicitudes.
f. Certificación negativa, a que se refiere el art. 9 del RD. 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes sexuales, que no podrán tener una fecha de expedición anterior al inicio del plazo de presentación de solicitudes.
g. Certificado del Cuerpo de Policía Local de procedencia, para aquellos aspirantes que ya ostentasen la condición de funcionario de algún Cuerpo de Policía Local.
9.2. Quienes no presentasen la documentación requerida, salvo casos de fuerza mayor, o del examen de la misma se dedujere que carecen de alguno de los requisitos exigidos, decaerán en su derecho a ser nombrados funcionarios de carrera.
9.3. Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento debiendo presentar únicamente certificación del Ministerio, Consejería, Entidad Local u organismo del que dependieran, para acreditar tal condición.
9.4. Los aspirantes que superen la fase de oposición del proceso selectivo, y acrediten reunir los requisitos exigidos en la convocatoria serán nombrados funcionarios en prácticas. Esta situación se mantendrá hasta su nombramiento como funcionarios de carrera.
10. Curso selectivo y nombramiento de funcionarios de carrera
10.1. Para adquirir la condición de funcionario de carrera será preciso superar un curso selectivo en la Escuela de Pro - tección Ciudadana, salvo que el aspirante ya hubiese superado con anterioridad el curso correspondiente y obtenga la correspondiente convalidación.
10.2. La Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Trasformación Digital homologará parte o la totalidad del curso selectivo a los aspirantes que lo soliciten acreditando haber superado el contenido de las materias que lo integran en otra Escuela de Policía, ya sea local, autonómica o estatal.
10.3. El contenido del curso selectivo se ajustará a la adquisición de conocimientos y al desarrollo de habilidades, destre - zas y actitudes necesarias para el desempeño de los puestos de trabajo correspondiente a la categoría de Policía.
10.4. Recibido el informe de la Escuela de Protección Ciudadana, los Ayuntamientos deberán proceder al nombramiento de funcionarios de carrera en el plazo de quince días hábiles, así como a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
10.5. El orden de prelación en el proceso selectivo se obtendrá de la suma de las notas obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo.
10.6.- Para adquirir la condición de funcionario de carrera del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Tarancón se exigirá a los aspirantes aprobados, además del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, las siguientes condiciones:
a. Aceptación del compromiso de portar armas, así como de utilizarlas en caso necesario.
b. Toma de posesión del puesto adjudicado en el plazo de un mes desde que fueran nombrados, salvo que concurran causas extraordinarias que lo impidan.
c. Aceptación del compromiso de obtener el permiso de conducción de la clase A si no lo tuvieran, desde el momento en que reúnan los requisitos necesarios para su obtención si el Ayuntamiento así se lo requiriese por necesidades del servicio. Los gastos de obtención de dicho permiso de conducción serán por cuenta del funcionario.
11. Norma final Contra la aprobación de estas bases, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-admi - nistrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cuenca, en el plazo de dos meses, o previamente, recurso potestativo de reposición, ante el órgano administrativo que la dictó, en el plazo de un mes; en ambos supuestos, desde el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial” de la Provincia de Cuenca, según establecen los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Todo ello, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente.
Lo que se publica para general conocimiento en Tarancón, a la fecha de la firma.
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
ANEXO I PRUEBAS FÍSICAS
PRIMERA PRUEBA: APTITUD FÍSICA PRUEBAS FÍSICAS
Consistirán en la realización y superación de las cuatro pruebas siguientes:
1. CARRERA DE VELOCIDAD (60 metros)
2. CARRERA DE RESISTENCIA (1.000 metros)
3. SALTO DE LONGITUD (pies juntos)
4. LANZAMIENTO DE BALÓN MEDICINAL de 4 kg. para los hombres y 3 kg. para las mujeres.
2. Carácter eliminatorio. Las pruebas se realizarán por el orden en que están relacionadas y cada una es eliminatoria para pasar a la siguiente.
3. Desarrollo de las pruebas:
3.1.- CARRERA DE VELOCIDAD DE 60 METROS
3.1.1. Disposición. El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o agachado, sin tacos.
3.1.2. Ejecución. La propia de una carrera de velocidad
3.1.3. Medición. Deberá ser manual, con cronómetro.
3.1.4. Intentos. Se efectuará un sólo intento.
3.1.5. Invalidaciones. De acuerdo con el Reglamento de la FIAA.
3.1.6. Marcas mínimas. Según el cuadro indicado de pruebas y marcas mínimas.
3.2.- CARRERA DE RESISTENCIA DE 1.000 METROS
3.2.1. Disposición. El aspirante se colocará en la pista en el lugar indicado.
3.2.2. Ejecución. La propia de este tipo de carrera.
3.2.3. Medición. Deberá ser manual, con cronómetro.
3.2.4. Intentos. Un sólo intento.
3.2.5. Invalidaciones. De acuerdo con el Reglamento de la FIAA.
3.2.6. Marcas mínimas. Según el cuadro indicativo de pruebas y marcas mínimas.
3.3.- SALTO DE LONGITUD CON LOS PIES JUNTOS
3.3.1. Disposición. El aspirante se colocará antes de la raya marcada en el suelo paralela al foso de saltos.
3.3.2. Ejecución. Cuando esté dispuesto el aspirante flexionará y extenderá rápidamente el tren inferior para, apoyando los dos pies en el suelo, proyectar el cuerpo hacia adelante y caer en el foso.
3.3.3. Medición. Se efectuará desde la parte de la raya más alejada del foso hasta la huella más próxima que deje el cuerpo del aspirante sobre la arena del foso.
3.3.4. Intentos. Puede realizar tres intentos. El tiempo mínimo de preparación entre cada uno de ellos será de dos minutos.
3.3.5. Invalidaciones. El salto debe realizarse con un solo impulso de los pies, contabilizándose como nulo aquel en el que una vez separados los pies del suelo, vuelvan a apoyarse de nuevo para la impulsión definitiva. Es nulo el salto en el que el aspirante pise la raya en el momento de la impulsión. Es nulo el salto que se produce por el apoyo alternativo y no simultáneo de los pies sobre el suelo.
3.3.6. Marcas mínimas. Según el cuadro indicativo de pruebas y marcas mínimas.
3.4.- LANZAMIENTO DE BALÓN MEDICINAL
3.4.1. Disposición. Pies separados y simétricos, sosteniendo el balón con ambas manos por encima y detrás de la cabeza.
3.4.2. Ejecución. Lanzarán el balón con fuerza por encima de la cabeza de forma que caiga dentro del sector de lanza - miento.
3.4.3. Medición. Se efectuará desde la parte de la raya más alejada del foso hasta la huella más próxima que deje el balón sobre la arena del foso.
3.4.4. Intentos. Tres intentos. El tiempo mínimo de preparación entre cada uno de ellos será de dos minutos.
3.4.5. Invalidaciones. Levantar los pies del suelo en su totalidad. Que el balón no caiga dentro de la zona de lanzamiento.
3.4.6. Marcas mínimas. Según cuadro indicativo de pruebas y marcas mínimas.
4. Marcas mínimas (Debe tenerse en cuenta que a efectos de determinación de las marcas de aptitud mínimas que se establecen en el presente Anexo, se debe atender a la atribución de sexo que asigne el Documento Nacional de Identidad a cada aspirante. Se exceptúa el supuesto en el que se acredite documentalmente que, a solicitud del aspirante, se hubiera inscrito en el Registro Civil la resolución definitiva de rectificación de la mención registral del sexo a que se refiere el artículo 44.9 de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI. En tales casos se estará al sexo que expresamente resulte de tal inscripción.): TABLA MODELO BASES JCCM HOMBRES - SEXO MASCULINO PRUEBAS Hasta 32 años 33-45 años 46-65 años CARRERA DE VELOCIDAD (60 metros) 9’’00 9’’30 9’’50 CARRERA RESISTENCIA (1000 metros) 4’00’’ 4’05’’ 4’10’’ SALTO DE LONGITUD (pies juntos) (metros) 2,10 2,00 1,90 BALÓN MEDICINAL (4 kgs) (metros) 7,80 7,60 7,50 MUJERES – SEXO FEMENINO PRUEBAS Hasta 32 años 33-45 años 46-65 años CARRERA DE VELOCIDAD (60 metros) 10’’40 10’’70 11’’00 CARRERA RESISTENCIA (1000 metros) 4´40’’ 4´50´´ 5´00’’ SALTO DE LONGITUD (pies juntos) (metros) 1,80 1,70 1,60 BALÓN MEDICINAL (3 kgs. ) (metros) 5,70 5,50 5,30
ANEXO II PROGRAMA DE MATERIAS
SEGUNDA PRUEBA: TEST DE CONOCIMIENTOS
Programa A) PARTE GENERAL Tema 1.- La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Su garantía y suspensión. La reforma de la Constitución.
Tema 2.- Las Cortes Generales: las Cámaras, composición, funcionamiento y atribuciones. Procedimiento de elaboración de las leyes. La Corona.
Tema 3.- El Poder Judicial. Principios Constitucionales. Organización del sistema judicial español. El Tribunal Constitucional. El Tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo.
Tema 4.- El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Presidente del Gobierno. Los Vicepresidentes. El Consejo de Ministros y las Comisiones Delegadas del Gobierno. El Consejo de Estado. Tema 5.- La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Competencias de las Comunidades Autónomas. La financiación de las Comunidades Autónomas.
Tema 6.- La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: su Estatuto de Autonomía. De las Instituciones de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: Las Cortes de Castilla-La Mancha, el Presidente de la Junta y el Consejo de Gobierno. Tema 7.- Competencias de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha. Tema 8.- El Derecho administrativo general. La Administración Pública. Concepto. Fuentes del derecho administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los Reglamentos.
Tema 9.- El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. El funcionamiento electrónico del sector público.
Tema 10.- El procedimiento administrativo: Concepto y principios generales. Fases del procedimiento administrativo. Pe - culiaridades del procedimiento administrativo local. Los recursos administrativos. El recurso contencioso-Administrativo contra los actos y disposiciones de las Entidades Locales.
Tema 11.- La potestad sancionadora de la Administración. Principios de la potestad sancionadora. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Tema 12.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa I: actividad en materia de venta ambulante y con - sumo, animales domésticos y potencialmente peligrosos, urbanismo y medio ambiente. Venta de bebidas alcohólicas a menores.
Tema 13.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa II: Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos en Castilla-La Mancha: ámbito de aplicación y prohibiciones. Competencias municipales en la materia. Declaraciones responsables, autorizaciones, comunicaciones previas y licencias.
Tema 14.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa III: Condiciones y requisitos de organización y celebración de Espectáculos públicos y Actividades Recreativas en Castilla-La Mancha. Seguros. Derechos y obligaciones de espectadores y asistentes. Horario, publicidad y venta de entradas. Vigilancia, inspección y régimen sancionador. Tema 15.- La Administración Local: conceptos, principios constitucionales, regulación jurídica y Entidades que comprende. El Municipio. El padrón municipal. Las Mancomunidades. Los Órganos de Gobierno Municipal: el Alcalde, el Pleno, la Junta de Gobierno Local y otros Órganos. Competencias municipales.
Tema 16.- Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación de cada uno de ellos. Información y participación ciudadana en el ámbito local.
Tema 17.- La Función Pública Local y su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios; especial referencia a los funcionarios de los Cuerpos de Policía Local. Régimen disciplinario de los Cuerpos de Policía Local. Sistema de responsabilidades, penal, civil y administrativa.
Tema 18.- Ordenanzas municipales del municipio de Tarancón: Ordenanza de estacionamiento de vehículos de personas con movilidad reducida. Ordenanza reguladora de los vehículos de movilidad personal.
Tema 19.- Ordenanzas municipales del municipio de Tarancón: Ordenanza reguladora de la retirada de vehículos abandonados en las vías públicas municipales. Ordenanza de licencia de vados.
Tema 20.- Ordenanzas municipales del municipio de Tarancón: Ordenanza reguladora de contaminación acústica producida por ruidos y vibraciones. Ordenanza municipal reguladora de la tenencia de animales.
Tema 21.- Ordenanzas municipales del municipio de Tarancón: Ordenanza reguladora de la actuación municipal en rela - ción con la venta, publicidad y distribución de bebidas alcohólicas.
Tema 22.- Ordenanzas municipales del municipio de Tarancón: Ordenanza Reguladora del uso de caminos públicos. Tema 23.- Ordenanzas municipales del municipio de Tarancón: Ordenanza reguladora de la limpieza de la vía pública y recogida de basuras. Ordenanza reguladora de la protección de espacios públicos Tema 24.- Historia, plano y callejero del municipio de Tarancón.
B) PARTE ESPECIAL
Tema 25.- La regulación de las Policías Locales en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. El modelo Policial Español. Funciones y competencias de la Policía Nacional, Guardia Civil, Policía Judicial, Policías Autonómicas y Policías Locales. Colaboración y coordinación entre las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas. Las Juntas Locales de Seguridad.
Tema 26.- La Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.
Tema 27.- Normativa de desarrollo de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha. Reglamentos y Órdenes de aplicación en la materia.
Tema 28.- La Policía Local como Policía Judicial: La comprobación del delito y averiguación del delincuente. Funciones de la Policía Local como Policía Judicial.
Tema 29.- El atestado policial. Concepto, estructura y características. La regulación del atestado policial en la legislación vigente.
Tema 30.- Delitos. Concepto. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Personas responsables. Grados de ejecución.
Tema 31.- Delito de lesiones. Delitos contra la libertad: las detenciones ilegales y los secuestros. Las amenazas. Las coacciones.
Tema 32.- Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales: De las agresiones sexuales. De los abusos sexuales. De los abusos y agresiones sexuales a menores de dieciséis años. Del acoso sexual. De los delitos de exhibicionismo y provocación sexual. De los delitos relativos a la prostitución y a la explotación sexual y corrupción de menores. Tema 33.- Tratamiento jurídico de la violencia de género. Las medidas de protección integral contra la violencia de género. Derechos de las mujeres, víctimas de violencia de género.
Tema 34.- Tratamiento jurídico de la violencia doméstica. Protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
Tema 35.- Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio: Del descubrimiento y revelación de secretos. Del allanamiento de morada, domicilio de personas jurídicas y establecimientos abiertos al público. Tema 36.- Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico.
Tema 37.- De los delitos contra los derechos de los trabajadores. Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. Delitos de incendios. Delitos contra la salud pública.
Tema 38.- Delitos contra la Administración Pública. Delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo. La protección del patrimonio histórico y el medio ambiente.
Tema 39.- Delitos contra el orden público: De los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia. De los desórdenes públicos.
Tema 40.- Delitos de odio y conductas que vulneran las normas legales sobre discriminación.
Tema 41.- La detención: Concepto. Supuestos especiales de detención. Derechos del detenido. El procedimiento de Há - beas Corpus.
Tema 42.- Tipos de procedimientos penales. Especial referencia al enjuiciamiento rápido de determinados delitos (los jui - cios rápidos).
Tema 43.- Delitos contra la seguridad vial: su regulación en el Código Penal. Principio “non bis in idem”. Tema 44.- Normativa sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Objeto y ámbito de aplicación. Ad - ministraciones Públicas competentes en materia de tráfico y seguridad vial: especial consideración de las competencias municipales. El Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.
Tema 45.- Normas de comportamiento de la circulación. Normas generales de los conductores. De la circulación de ve - hículos: lugar de la vía, velocidad, prioridad de paso, cambios de dirección y marcha atrás. Adelantamiento, parada y estacionamiento, cruces de pasos a nivel y puentes levadizos; utilización de alumbrado, advertencia de los conductores. Tema 46.-. Otras normas de circulación: utilización de casco, cinturón y restantes elementos de seguridad. Peatones. Circulación de animales. Comportamiento en casos de emergencia. De la señalización. Normas generales. Orden de preeminencia. Formato de las señales. Tipos y significado de las señales de circulación y marcas viales.
Tema 47.- Autorizaciones administrativas. Especial referencia al permiso por puntos.
Tema 48.- El procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Infrac - ciones y sanciones administrativas. Personas responsables. Clases de procedimientos y recursos. El Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico. Medidas provisionales y otras medidas. Ejecución de las sanciones. Prescripción y caducidad. Tema 49.- La conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas: investigación y práctica de pruebas de detección de dichas bebidas o sustancias. Regulación admi - nistrativa de los etilómetros.
Tema 50.- Los accidentes de tráfico: concepto y consideraciones previas. Sus causas, clases y fases. Actuaciones de la Policía Local en accidentes de tráfico.
Tema 51.- El Reglamento General de Conductores.
Tema 52.- El Reglamento General de Vehículos.
Tema 53.- El transporte. Clases de transporte. Servicio público de viajeros y servicio público de mercancías o mixto. El servicio privado. Transporte escolar y de menores. Transporte de mercancías peligrosas.
Tema 54.- Sistema Nacional de Protección Civil. Plan Territorial de Emergencias de Castilla-La Mancha. Planes especiales, específicos y de respuesta. Planes de emergencias de ámbito municipal.
Tema 55.- La Ley sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.
Tema 56.- Procesadores de textos. Principales funciones. Hojas de cálculo. Fórmulas y funciones. Bases de datos. Tablas, consultas, formularios e informes.
Tema 57.- La igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI. Tema 58.- La protección de datos. Régimen jurídico. Principios y derechos de los ciudadanos. La seguridad de la información.
Tema 59.- Introducción a la prevención de riesgos laborales. Marco normativo básico de prevención de riesgos laborales: La Ley de prevención de riesgos laborales. Prevención de riesgos laborales en seguridad vial.
ANEXO III CUADRO DE EXCLUSIONES MÉDICAS
CUARTA PRUEBA: RECONOCIMIENTO MÉDICO
1. EXCLUSIONES CIRCUNSTANCIALES: Enfermedades o lesiones agudas, activas en el momento del reconocimiento, que puedan producir secuelas capaces de dificultar o impedir el desarrollo de las funciones policiales.
2. EXCLUSIONES DEFINITIVAS:
2.1. Ojo y Visión.
2.1.1. Agudeza visual espontánea remota inferior a 2/3 en uno o en ambos ojos, con o sin corrección, según la escala de Wecker. Para la realización de esta prueba, los aspirantes podrán utilizar lentes correctoras.
2.1.2. Desprendimiento de retina.
2.1.3. Estrabismo severo.
2.1.4. Hemianopsias significativas.
2.1.5. Discromotopsias significativas. Para la realización de esta prueba, los aspirantes podrán utilizar lentes correctoras.
2.1.6. Cualquier otro proceso patológico que dificulte de manera importante la agudeza visual.
2.2. Oído y Audición.
Agudeza auditiva, con o sin corrección, que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios o de 4.000 hertzios a 45 decibelios.
2.3. Otras exclusiones.
2.3.1. Aparato locomotor: Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la función policial, o que puedan agravarse, a juicio del Tribunal Medico, con el desarrollo del puesto de trabajo. (Patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defectos de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares).
2.3.2. Aparato digestivo: Ulcera gastro-duodenal y cualquier otro proceso digestivo que, a juicio del Tribunal Medico, dificulte el desarrollo del puesto de trabajo.
2.3.3. Aparato Cardiovascular: Hipertensión arterial de cualquier causa, no debiendo sobrepasar las cifras en reposo los 145 mm/Hg en presión sistólica, y los 90 mm/Hg de presión diastólica; varices o insuficiencia venosa periférica, así como cualquier otra patología o lesión cardiovascular que, a juicio del Tribunal Médico, pueda limitar el desarrollo del puesto de trabajo.
2.3.4. Aparato respiratorio: Asma bronquial severa, broncopatía crónica obstructiva, neumotórax espontáneo (en más de una ocasión), tuberculosis pulmonar activa, y otros procesos del aparato respiratorio dificulten el desarrollo de la función policial.
2.3.5. Sistema Nervioso: Epilepsia, depresión, jaquecas, temblores de cualquier causa, migrañas severas, alcoholismo, toxicomanías y otros procesos patológicos que dificulten el desarrollo de la función policial.
2.3.6. Piel y faneras: Eczema, cicatrices que produzcan limitación funcional y otros procesos patológicos que dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.
2.3.7. Otros procesos patológicos: Intoxicaciones crónicas, hemopatías graves, malformaciones congénitas, psicosis y cualquier otro proceso patológico que, a juicio del Tribunal Médico, limite o incapacite para el ejercicio de la función policial. La comprobación de los datos clínicos a que se hace referencia en este anexo se hará solo y exclusivamente en el centro médico designado al efecto, y sus resultados han de referirse al momento de la exploración.
ANEXO IV MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D./D.ª ____________________________________________, con DNI n.º ____________________, y domicilio a efectos de notificaciones en ______________________________________________, DECLARA RESPONSABLEMENTE Que reúne todos y cada uno de los requisitos y condiciones exigidos en las Bases que rigen la convocatoria para la pro - visión de 6 plazas de Policía Local del Ayuntamiento de Tarancón, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64.2 del Decreto 110/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.
Asimismo, declara que son ciertos los datos consignados en la solicitud y que se compromete a acreditar documentalmente el cumplimiento de dichos requisitos cuando sea requerido por el órgano competente y, en todo caso, con carácter previo a su nombramiento como funcionario/a de carrera.
Y para que así conste y surta los efectos oportunos, firma la presente declaración.
En _________________, a ____ de __________________ de 20.
Fdo.: ____________________________________