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Ayuntamientos y diputaciones
Convocatoria
Ciudad Real
Policía Local
Ayuntamiento de Alcázar de San Juan · Castilla-La Mancha
Plazas
1
según la publicación
Grupo
C1
según la publicación
Sistema
Oposición
Funcionario
Estado del proceso
- Convocada: hecho
- Solicitudes: hecho
- Listas: hecho
- Examen: hecho
- Aprobados: hecho
- Nombramientos: fase actual
Fase 6 de 6 · Nombramientos
- Convocada · Solicitudes · Listas · Examen · Aprobados
- Nombramientos
Última novedad: Tribunal nombrado (12/10/2026). Fechas orientativas: confírmalas en el boletín.
¿Puedo presentarme?
- Titulación Requisito: Bachiller, Técnico o equivalente, o haber realizado las activi - dades formativas de dispensa previstas en la Ley de Coordinación de Policías Locales de Cast…Nivel mínimo: Bachillerato
- Quién puede presentarse No se indica el tipo de acceso: revisa las bases.
- Plazo de solicitudes Aún no ha empezado. Plazo aún no abierto: empieza al publicarse en el BOE (15 hábiles)
- Cómo presentarse La solicitud se presenta en la sede electrónica o el registro del organismo convocante; los pasos exactos vienen en la publicación oficial ↗.
- Tipo
- Convocatoria
- Título oficial
- Bases para la convocatoria de una plaza de Policía Local, por el sistema de movilidad, mediante concurso de méritos.
- Convoca
- Ayuntamiento de Alcázar de San Juan
- Ámbito
- Ayuntamientos y diputaciones
- Municipio
- Alcázar de San Juan
- Titulación
- Bachiller, Técnico o equivalente, o haber realizado las activi - dades formativas de dispensa previstas en la Ley de Coordinación de Policías Locales de Cast…
- Publicada
- 15/09/2026 en Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real
- Fuente
- Basado en datos de Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real ↗. Última comprobación: 14/10/2026.
Seguimiento del proceso
-
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administración local AYUNTAMIENTOS ALCÁZAR DE SAN JUAN ANUNCIO Por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada en fecha 1 de septiembre de 2026, han sido aprobadas las bases para la convocatoria de una plaza de Policía Local, por el sistema de movilidad, mediante concurso de méritos, cuyo tenor literal es el siguiente:
BASES PARA LA CONVOCATORIA DE UNA PLAZA DE POLICÍA DEL CUERPO POLICÍA LOCAL DE ALCÁZAR DE SAN JUAN POR EL SISTEMA DE MOVILIDAD.
1. Objeto de la convocatoria.
Es objeto de la presente convocatoria la provisión de 1 plaza vacante de Policía Local, mediante el sistema de concurso de movilidad, de una plaza de Policía Local (Escala Básica, Categoría Policía – art. 14 LCPLCLM), pertenecientes al Grupo C, Subgrupo C1 conforme a lo regulado en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en relación con su Disposición Transitoria Tercera, y se en - cuentran encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Policía Local de la plantilla del Ayuntamiento de Alcázar de San Juan.
Al funcionario que supere este proceso selectivo se le adjudicará el puesto de trabajo de Policía Local de la vigente Relación de Puestos de Trabajo que aparece en la misma con las siguientes carac - terísticas:
CÓDIGO DENOMINACIÓN PUESTO DE TRABAJO SUBG NIVEL DEST. COMP. ESPEC. T.P. F.P. PERS. Titulación T. JORN. COMPLEM.
5 POLICÍA LOCAL C1 20 17.741,29 € S C F Bachiller o Técnico P/T/N/F Las funciones básicas del puesto de trabajo son las que figuran en la ficha del puesto aprobada por el Pleno de la Corporación en sesión celebradas con fecha 28/11/2023, y las que establezca la nor - mativa legal vigente en materia de Policía Local.
1. Normativa aplicable.
A las presentes bases le serán de aplicación las siguientes disposiciones:
◦ Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.
◦ Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público ◦ Decreto 110/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordi - nación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.
◦ Decreto 31/2011, de 26 de abril, por el que se regula el Registro de Policías Locales de la Co - munidad Autónoma de Castilla-La Mancha ◦ Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha.
◦ Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingre - so del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Traba - jo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y las bases de esta convocatoria.
◦ Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
◦ Real Decreto 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba del Texto Refundido de las dispo - siciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
◦ Acuerdo Marco del Ayuntamiento de Alcázar de San Juan.
◦ Demás disposiciones de aplicación.
El personal nombrado quedará afectado por lo establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciem - bre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria se regularán por lo estable - cido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administra - ciones Públicas.
2. Anuncios.
Las Bases serán publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real, publicándose igualmente el anuncio de la convocatoria con referencia a las mismas en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Las listas provisionales y definitivas de aspirantes admitidos y excluidos serán objeto de publica - ción en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios y edictos de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alcázar de San Juan ( https://sede.alcazardesanjuan.es ).
Los sucesivos anuncios relativos al procedimiento selectivo serán objeto de publicación a través del tablón de anuncios y edictos de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alcázar de San Juan. De conformidad con el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP), se fija como medio de comunicación de las publicaciones que se deriven de los actos integrantes de este procedimiento selectivo, la exposi - ción en el tablón de anuncios y edictos de la sede electrónica de este Ayuntamiento:
https://sede.alcazardesanjuan.es/ .
Asimismo, se podrá obtener información en relación con estas bases, su convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal, en el apartado “Oferta pú - blica de Empleo” de la citada sede electrónica.
4. Requisitos de las personas participantes.
4.1. Para ser admitidos a la realización estas pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser funcionario o funcionaria de un Cuerpo de Policía Local de Castilla-La Mancha en la cate - goría de Policía y tener una antigüedad mínima de tres años en la misma.
b) Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico o equivalente, o haber realizado las activi - dades formativas de dispensa previstas en la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.
c) Haber permanecido en el último puesto de trabajo obtenido por algún sistema de provisión de puestos de trabajo un mínimo de dos años.
d) Estar en posesión de los permisos de conducir tipos B y A o A2. (o A y B).
e) No encontrarse en situación de segunda actividad, ni padecer ninguna causa de disminución de las aptitudes físicas o psíquicas que originan el pase a la situación de segunda actividad, recogidas en el Anexo del Decreto 110/2006, de 17 de octubre.
4.2. No podrán participar los funcionarios o funcionarias que se encuentren en alguna de las si - guientes situaciones:
a) Los que están inhabilitados y los que se encuentren en la situación de suspenso firme.
b) Los que se encuentren en alguna situación administrativa diferente a la de activo, mientras no hayan cumplido el plazo de permanencia en la misma.
4.3. Todos los requisitos deberán de reunirse con referencia a la fecha de publicación del anun - cio de la convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, y mantenerse durante el desarrollo del proceso selectivo.
5. Solicitudes.
5.1. Modelo de solicitud y forma de presentación. Las instancias, cuyo modelo figura en el Anexo I y que figurará asimismo en la respectiva ficha del proceso selectivo del Catálogo de Trámites y Solici - tudes de la sede electrónica de este Ayuntamiento, solicitando tomar parte en el proceso, se dirigirán a la Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Alcázar de San Juan y se presentarán de alguna de las formas siguientes:
◦ De forma telemática a través del Registro Electrónico de este Ayuntamiento.
◦ De forma presencial mediante su presentación la Oficina de Asistencia en materia de Registros (O.A.C.) de este Ayuntamiento, de 9:00 a 14:00 horas (C/ Santo Domingo, 1).
◦ En cualquiera de las dependencias indicadas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 66.6 LPACAP el modelo que figure en la respectiva fi - cha del proceso selectivo de la sede electrónica, es de uso obligatorio por los/as interesados/as, no siendo admitida ninguna solicitud que no se ajuste a dicho modelo.
5.2. Plazo de presentación de solicitudes y documentación a aportar.
Las solicitudes se presentarán en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Para ser admitido bastará con que los aspirantes manifiesten en la solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos y condiciones exigidas, indicando la titulación académica que poseen. Junto con la instancia los/as aspirantes deberán aportar la siguiente documentación:
- Copia del Documento Nacional de Identidad.
- Certificación de la Secretaría de la Corporación del Cuerpo de Policía Local de procedencia, in - dicativa de la antigüedad, nivel o niveles de puesto de trabajo desarrollados y consolidados, y la cate - goría o categorías desempeñadas en el Cuerpo de Policía Local.
- En su caso, cualesquiera otras certificaciones de servicios prestados en otras Administraciones Públicas.
- Documentación acreditativa de los méritos alegados por el/la aspirante.
5.3. Una vez transcurrido el plazo de presentación de instancias, las solicitudes formuladas serán vinculantes para las personas peticionarias y el destino adjudicado será irrenunciable. No obstante, las personas interesadas podrán desistir de su solicitud, así como renunciar al destino adjudicado, si, con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes y antes de la fecha límite fijada para la toma de posesión hubiesen obtenido otro destino mediante convocatoria pública, o cuando con - curran circunstancias personales de especial gravedad, así apreciada por el órgano convocante.
5.3. Importe de los derechos de examen y causas de exención del pago. No se establece tasa por derechos de examen.
6. Protección de datos de carácter personal.
A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la L.O. 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y garantía de los derechos digitales, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de trata - miento automatizado por el Ayuntamiento de Alcázar de San Juan, para el desarrollo del proceso se - lectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión de la persona aspirante. Con la firma de la solicitud, la persona aspirante da el consentimiento al Ayuntamiento de Alcázar de San Juan para que pueda proceder a la publicación en su página web o en cualquier otro espacio es - tablecido al efecto, de los datos de carácter personal necesarios para los actos de trámite y resolución que se deriven del presente proceso selectivo, si bien su identificación se realizará de conformidad con lo dispuesto en la D.A. 7ª de la indicada Ley Orgánica.
7. Admisión de personas participantes.
7.1. Lista provisional de admitidos/as y excluidos/as.- Expirado el plazo de presentación de soli - citudes, la Alcaldía-Presidencia dictará resolución, declarando aprobada la lista provisional de perso - nas aspirantes admitidas y excluidas, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, tablón de anuncios y página web del Ayuntamiento de Alcázar de San Juan, con indicación del plazo de diez días hábiles para la presentación de subsanaciones, que de conformidad con el art. 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas, se concede a las personas aspirantes excluidas.
Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidas en la relación de admitidas, serán excluidas de la realización de las pruebas.
7.2. Lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as.- Concluido el plazo de presentación de re - clamaciones al listado provisional de personas admitidas y excluidas, la Alcaldía- Presidencia dictará Resolución en la que se establecerá el listado definitivo de personas aspirantes admitidas y excluidas, el lugar y fecha del comienzo de los ejercicios, así como la composición nominal de la Comisión de Va - loración. Esta Resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de edictos de la sede electrónica del Ayuntamiento.
Contra las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas podrá interponerse re - curso potestativo de reposición, ante la Alcaldía-Presidencia, en el plazo de un mes; o bien directa - mente recurso contencioso-administrativo, Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Ciudad Real o, a su elección, el que corresponda al domicilio del recurrente, si éste radi - ca en Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses; en ambos casos a contar a partir del día siguiente al de la publicación en el BOP de las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas. Los errores materiales o de hecho que pudieran advertirse en la lista podrán subsanarse en cual - quier momento, de oficio o a petición del/de la interesado/a, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El hecho de figurar en la relación de personas admitidas no prejuzga que se reconozca a las mis - mas la posesión de los requisitos exigidos para participar en el procedimiento selectivo convocado. Cuando del examen de la documentación que se presente en el caso de ser seleccionado, se desprenda que no posee alguno de los requisitos, las personas seleccionadas decaerán en todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en el procedimiento.
8. Comisión de Valoración.
8.1. Composición paritaria de la Comisión de Valoración.- De acuerdo con los artículos 49 de la Ley de Empleo Público de Castilla-La Mancha y 53 de la Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva de Mu - jeres y Hombres, los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, así como al de presencia equilibrada de mujeres y hombres, salvo por razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas.
8.2. Composición de la Comisión de Valoración.- La Comisión de Valoración de este procedimien - to selectivo será de carácter predominantemente técnico y estará constituido de la siguiente forma: Presidente/a: Un funcionario de carrera designado por la Alcaldía-Presidencia (Titular y Suplente). Secretario/a: La de la Corporación o funcionario/a en quien delegue (Titular y Suplente). Vocales:
• La persona que ostente la Jefatura de la Policía Local o funcionario que designe en su susti - tución.
• Un funcionario designado/a por la Alcaldía-Presidencia a propuesta de la Junta de Personal (Titular y Suplente).
• Un funcionario propuesto por la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Trans - formación Digital de la Junta Comunidades de Castilla-La Mancha (Titular y Suplente).
• Un funcionario del Ayuntamiento designado por la Alcaldía (Titular y Suplente).
Todos los miembros del Tribunal deberán ser poseer la titulación académica necesaria para el acceso a las plazas objeto de esta convocatoria, y ser funcionarios de carrera pertenecientes a cuer - pos, escalas y categorías de nivel igual o superior al de las plazas convocadas.
Todos los miembros del Tribunal tendrán derecho a voz y voto, a excepción del que desempeña funciones de Secretario/a que actuará con voz y sin voto.
La pertenencia al Tribunal Calificador será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.
La designación de la Vocalía correspondiente a la Consejería de Hacienda, Administraciones Pú - blicas y Transformación Digital deberá efectuarse en el plazo de los veinte días hábiles siguientes al de la recepción de la correspondiente solicitud, realizada a este organismo una vez publicadas las bases de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Si transcurriera dicho plazo sin que se hubiese efectuado la correspondiente designación, la Corporación podrá proceder a designar dicha Vocalía en - tre su propio personal, siempre que posean igualmente los requisitos indicados, dando cuenta de dicha decisión a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital.
8.3. Constitución de la Comisión de Valoración.- La Comisión de Valoración no podrá constituirse ni actuar sin la presencia de su Presidente/a, Secretario/a y, al menos, la mitad de los vocales, ya sean titulares o suplentes.
En caso de empate, decidirá el voto de calidad de la Presidencia. Se levantará acta de cada se - sión celebrada por el Órgano de Selección.
8.4. Funcionamiento de la Comisión de Valoración.- Como órgano colegiado, la Comisión, se ajustará a lo establecido en los artículos 15 a 18 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurí - dico del Sector Público, y demás normas de general aplicación.
8.5. Asesores de la Comisión de Valoración.- La Alcaldía, a petición de la Presidencia de la comi - sión podrá acordar la incorporación a éste de Asesores/as Especialistas, con voz, pero sin voto, los cuales se limitarán al asesoramiento en las materias de su especialidad.
Dicha incorporación se llevará a cabo por resolución de la Alcaldía.
8.6. Abstención y recusación.- En relación con los miembros y con las personas asesoras especia - listas del Órgano de Selección, serán aplicables las previsiones de los arts. 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en materia de abstención y de recusación.
8.7. Resolución de incidencias.- La Comisión de Valoración queda facultada para resolver, de forma sucintamente motivada, cuantas incidencias surjan en el desarrollo del proceso selectivo, así como para adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden del mismo, en todo lo no previsto en las presentes bases y demás normativa aplicable.
8.8. Categoría de la Comisión de Valoración.- La Comisión de Valoración de estas pruebas selec - tivas tendrá la categoría segunda, según lo dispuesto en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
9. Sistema selectivo.
9.1. Sistema de selección.- La selección de los aspirantes se realizará por el sistema de concurso.
9.2. Méritos.
A) Primera fase:
Méritos generales. Constituirán el 60% de la puntuación, sumando un máximo de 60 puntos. Con - forme al artículo 92.2 del Decreto 110/2006, estarán referidos a la valoración del trabajo desarrollado, las titulaciones académicas y los cursos de formación y perfeccionamiento impartidos u homologados por las Administraciones Publicas.
1. Trabajo desarrollado: Antigüedad.
Se adjudicará hasta un máximo de 10 puntos, con arreglo al siguiente baremo:
a) Por cada año completo de antigüedad en la misma escala y categoría de la Policía Local: 4 puntos.
b) Por cada año completo de antigüedad prestado en otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: 2 puntos.
c) Por cada año completo de antigüedad prestado en cualquier Administración Pública: 0,50 puntos.
2. Titulaciones académicas.
Se adjudicará hasta un máximo de 15 puntos. Se valorarán las titulaciones académicas acredita - das por las personas concursantes que sean superiores a las que se exigió para acceder a la escala y ca - tegoría a la que pertenezcan conforme al siguiente baremo:
a) Doctor o máster: 15 puntos.
b) Licenciatura o grado: 12 puntos.
c) Diplomatura: 8 puntos.
d) Técnico/a Superior: 4 puntos.
No se valorarán como mérito aquellas titulaciones que figurasen como requisitos para la provi - sión del puesto de trabajo, ni aquellas que fueran imprescindibles para la obtención de otras de nivel superior.
3. Cursos de formación y perfeccionamiento.
De interés policial impartidos u homologados por una Administración Pública, hasta un máximo de 25 puntos, con arreglo al siguiente baremo:
a) Asistencia a jornadas o congresos y simposium de interés policial organizados por una Adminis - tración Pública: 0,25 puntos por cada uno.
b) Cursos oficiales impartidos por Administraciones Publicas u homologados por las Administra - ciones Publicas relacionados con las funciones de Policía Local, hasta 20 horas lectivas: 1 punto cada uno; de entre 21 y 40 horas lectivas: 2 puntos por cada uno; superiores a 40 horas lectivas: 3 puntos cada uno.
4. Condecoraciones y distinciones concedidas por las Administraciones Publicas como consecuen - cia de actuaciones profesionales.
Un máximo de 10 puntos, debiendo acreditarse documentalmente con carácter nominal, esto es, sin que quepa lugar a valoración de premios o felicitaciones que con carácter general se hagan al cuer - po de Policía.
1. Condecoraciones: 3 puntos cada una.
2. Distinciones: 2 puntos cada una.
3. Felicitaciones: 1 punto cada una.
Los méritos relativos a condecoraciones y distinciones, indicados en el punto 4, se acreditarán y aportarán directamente por los interesados.
Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Los relativos a las titulaciones académicas y cursos de for - mación y perfeccionamiento, indicados en los puntos 2 y 3 de esta primera fase de méritos generales, se verificarán mediante la solicitud de certificación de los mismos al Registro de Policías Locales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Las personas participantes autorizan al órgano convocan - te, mediante la firma de la solicitud incorporada en el Anexo de la presente convocatoria, a solicitar al Registro de Policías Locales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha una certificación de los méritos antedichos.
B) Segunda fase:
Méritos específicos y entrevista personal. Constituirán el 40% de la puntuación, sumando un má - ximo de 40 puntos.
Méritos específicos:
1. Entrevista personal: Se realizará ante la comisión de valoración y versará sobre los méritos ge - nerales y específicos adecuados a las características del puesto de trabajo a desarrollar, pudiendo ex - tenderse a la comprobación de los méritos alegados y otras cuestiones generales relacionadas con las funciones propias de la Policía Local. Valorará así mismo el conocimiento del término municipal y ca - llejero. Se valorará hasta un máximo de 40 puntos.
La valoración se realizará de forma objetiva siguiendo los principios de mérito y capacidad. So - bre el máximo de 40 puntos, se otorgarán:
- Hasta 15 puntos por el conocimiento sobre el callejero y término municipal de Alcázar San Juan.
- Hasta 10 puntos por el conocimiento sobre servicios, historia municipal, instituciones municipales, organización y administración municipal y otros de particular interés para la localidad de Alcázar de San Juan.
- Hasta 15 puntos por los conocimientos teóricos sobre sus funciones como Policía Local.
10. Desarrollo del proceso selectivo.
10.1. Llamamiento único.- Los aspirantes serán convocados para la realización de la entrevista en llamamiento único, siendo excluido del concurso quienes no comparezcan sino en los casos debida - mente justificados y libremente apreciados por la Comisión de Valoración.
10.2. Orden de actuación.- El orden de actuación, cuando no se traté de pruebas simultáneas, se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra “Q”, de conformidad con la Resolución de 26/11/2025, de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, por la que se publica la letra para determinar el orden alfabético de actuación de las personas aspirantes en los ejercicios o pruebas de los procesos selecti - vos de ingreso que se convoquen por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Man - cha durante el año 2026.
En el supuesto de que no exista ninguna persona aspirante cuyo primer apellido comience por la letra “Q”, el orden de actuación se iniciará por aquellas cuyo primer apellido comience por la letra “R”, y así sucesivamente.
10.3. Prohibición de aparatos electrónicos.- Durante la realización la entrevista no estará permi - tido el uso de aparatos o dispositivos digitales o electrónicos. El incumplimiento de la citada prohibi - ción supondrá la exclusión automática de la persona aspirante del proceso selectivo.
10.4. Duración del proceso.- La convocatoria se resolverá en el plazo máximo de tres meses des - de la publicación del anuncio en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
10.5. Anuncios de celebración de ejercicios.- Como se ha indicado en la Base 3, la publicación de los sucesivos anuncios de la convocatoria se realizará en el tablón de anuncios y edictos de la sede electrónica de este Ayuntamiento: https://sede.alcazardesanjuan.es/ , y en cualesquiera otros medios, si se juzga conveniente por la Comisión de Valoración.
10.6. Falta de requisitos por los aspirantes.- Si en cualquier momento del proceso de selección llegara a conocimiento de la Comisión de Valoración que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá propo - ner su exclusión al Presidente de la Corporación, indicando las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a estas pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
11. Lista de aprobados.
11.1. Publicación resultados de los ejercicios.- La puntuación final se obtendrá sumando los pun - tos obtenidos por cada uno de los/as aspirantes. La Comisión propondrá el nombramiento del aspirante que obtenga mayor puntuación, una vez sumados los resultados obtenidos en las fases de méritos gene - rales y específicos.
En caso de empate se acudirá para dirimirlo a la puntuación otorgada a los méritos generales. Si hay empate en los méritos generales se dirimirá a favor del que mayor puntuación haya obtenido en el apartado 1 de los méritos generales. De persistir el empate a favor del que mayor puntuación haya ob - tenido en el apartado 2; en caso de persistir, a favor del que mayor puntuación haya obtenido en el apartado 3 de dichos méritos generales; en caso de persistir, a favor del que mayor puntuación haya obtenido en el apartado 4 de dichos méritos generales y en caso de persistir, a favor del que mayor puntuación haya obtenido en los méritos específicos.
La comisión no proponer para proceder al nombramiento, un número mayor de personas aspiran - tes al de las plazas convocadas.
Los puestos no pueden ser declarados desiertos, salvo que no se presente ningún candidato.
12. Presentación de documentación.
12.1. Presentación de documentación.- El/la aspirante propuesto/a presentará en la sede elec - trónica del Ayuntamiento o en la oficina de asistencia en materia de registros (O.A.C. planta baja Ayuntamiento), dentro del plazo de veinte días naturales desde que se haga pública la relación defini - tiva de seleccionados, los documentos acreditativos de reunir las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en estas bases.
• Declaración jurada de no padecer enfermedad ni defecto físico que impida el normal ejerci - cio de las funciones propias de la Policía Local.
• Declaración jurada de no estar inhabilitado ni en situación de suspenso firme.
• Permiso Conducir tipo B y A o A2.
Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentase la anterior documen - tación, se invalidará la actuación respecto del mismo y la nulidad subsiguiente de los actos de la Comi - sión de Valoración respecto a éste, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido, en su caso. En el supuesto de que el/la aspirante sea excluido por no presentar la documentación re - querida, o por falsedad de ésta, la Comisión de Valoración podrá proponer la adscripción al puesto de trabajo del siguiente de los aspirantes con mayor puntuación en el concurso de méritos.
13. Plazos de toma de posesión y cese.
13.1. La toma de posesión deberá efectuarse en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el cese en el puesto anterior, que deberá producirse en el plazo de tres días hábiles desde su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. No obstante, el órgano competente del Ayuntamiento donde deba cesar podrá diferir el cese por necesidades del servicio durante un mes como máximo, comunicándose - lo así tanto a la persona funcionaria afectada como a este Ayuntamiento.
13.2. Cuando la toma de posesión determine el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión será de un mes desde la publicación de la resolución definitiva de esta convocatoria. En este supuesto, las personas candidatas deberán acreditar, con carácter previo a la toma de posesión, que reúnen todos los requisitos exigidos para el nombramiento como funcionarios o funcionarias de carrera de la escala básica, categoría de Policía.
13.3. Salvo en el supuesto de reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión se consi - derará como de servicio activo en el puesto adjudicado.
13.4. Las personas funcionarias que no tomen posesión del puesto de trabajo adjudicado dentro del plazo anteriormente establecido serán declarados decaídos en los derechos que pudieran corres - ponderles.
13.5. El personal que ocupe plazas ofertadas por movilidad quedará, en la Administración de ori - gen, en la situación de servicios en otras Administraciones Públicas.
14. Norma final.
14.1. Contra la presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Ciudad Real o, a su elección, el que corresponda al domicilio del recurrente, si éste radi - ca en Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses contados igualmente a partir del día siguiente a aquél en que se efectúe la notificación, o previamente, recurso potestativo de reposición, ante la Al - caldía-Presidencia, en el plazo de un mes, en ambos supuestos, desde el día siguiente al de su publica - ción en el Boletín Oficial de la Provincia, según establecen los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de interponer cual - quier otro que se considere procedente.
14.2. Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del órgano encargado de la selección de estas pruebas, conforme a lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
ANEXO I CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE UNA PLAZA DE POLICÍA DE LA POLICÍA LOCAL DE ALCÁZAR DE SAN JUAN POR EL SISTEMA DE MOVILIDAD.
MODELO DE SOLICITUD.
Datos del interesado Nombre y Apellidos NIF Fecha Nacimiento Datos a efectos de notificaciones Medio de Notificación _ Notificación electrónica _ Notificación postal Dirección Calle y nº Código Postal Municipio Provincia Teléfono Móvil Fax Correo electrónico EXPONE:
Que enterado/a del proceso de convocado para la provisión de UNA PLAZA DE POLICÍA LOCAL del Ayuntamiento de Alcázar de San Juan, mediante el sistema de MOVILIDAD, manifiesta que, a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias, reúne todos y cada uno de los requisitos exigi - dos en la cláusula cuarta de las bases que regulan esta convocatoria y en virtud de ello, SOLICITA:
Que teniendo por presentada esta instancia en tiempo y forma, sea admitido/a para tomar parte en la citada oposición libre.
FECHA Y FIRMA.
Declaro bajo mi responsabilidad que los datos facilitados son ciertos.
En Alcázar de San Juan, a de de 2026.
EL/LA SOLICITANTE.
SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALCÁZAR DE SAN JUAN INFORMACIÓN SOBRE EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES.
_ He sido informado de que el Ayuntamiento de Alcázar de San Juan va a tratar y guardar los datos aportados en la instancia y en la documentación que le acompaña para la tramitación y gestión de expedientes administrativos.
Responsable Ayuntamiento de Alcázar de San Juan Datos de contacto del responsable C/ Santo Domingo, 1. 13600 Alcázar de San Juan (Ciudad Real). Tfno. 926 57 91 00. Email: DPD@aytoalcazar.es Finalidad Principal Tramitación, gestión de expediente administrativo de la convocatoria de una plaza de Policía Local de la plantilla de funcionarios de carrera del Ayuntamiento de Alcázar de San Juan por el sistema de movilidad.
Legitimación Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos otorgados a este Ayuntamiento.
Real Decreto 5/2015, de 30 de octubre. Ley 7/1985, de 2 de abril.
Ley 4/2011, de 10 de marzo.
Destinatarios Los datos se cederán a otras Administraciones Públicas.
No hay previsión de transferencias a terceros países.
Plazo de conservación Ilimitado.
Derechos De conformidad con lo dispuesto en el art. 11 de la L.O. 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y Garantía de los Derechos digitales, puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, notificación de rectificación o supresión de datos personales o limitación del tratamiento, portabilidad de los datos, oposición y decisiones individuales autorizadas.
Información Adicional Puede consultar la información adicional y detallada sobre protección de datos en la siguiente url: www.alcazardesanjuan.es .
Oposición a la obtención o consulta de los siguientes datos o documentos:
En relación con el derecho de los interesados a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante, o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración que esta - blece el art. 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, este Ayuntamiento va a recabar electrónica - mente los documentos que se relacionan a continuación, a través de sus redes corporativas o median - te consulta a la Plataforma de Intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto.
Puede oponerse a dicha consulta, señalando a continuación el documento o documentos concretos. En este caso, deberá/n ser aportado/s por Vd. dicho/s documento/s para la tramitación del procedi - miento.
ME OPONGO expresamente a que se consulten o recaben los siguientes datos o documentos:
_ D.N.I. (Ministerio competente en materia de interior. Consulta datos de identidad).
_ Consulta de títulos universitarios (Ministerio competente en materia de Educación. Consulta de títu - los universitarios por datos de filiación).
_ Consulta de permisos de conducir (Dirección General de Tráfico. Consulta de permisos). En Alcázar de San Juan, a 14 de septiembre de 2026.- El Concejal Delegado de Personal.
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