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Ayuntamientos y diputaciones
Libre designación
Illes Balears
Jefe/a de departamento adscrito al IME
Ayuntamiento de Palma
- Tipo
- Libre designación
- Título oficial
- Departamento de Selección y Provisión de Recursos Humanos. Servicio de Planificación y Provisión. Convocatoria pública para la provisión temporal en comisión de servicios por el sistema de libre designación del puesto de jefe/a de departamento adscrito al IME
- Convoca
- Ayuntamiento de Palma
- Ámbito
- Ayuntamientos y diputaciones
- Municipio
- Palma
- Publicada
- 03/10/2026 en Butlletí Oficial de les Illes Balears
- Fuente
- Basado en datos de Butlletí Oficial de les Illes Balears ↗. Última comprobación: 11/10/2026.
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Lo que otros ya averiguaron se ve gratis. Para lo demás hace falta tu propia clave de Anthropic (pagas tú, unos céntimos por análisis); se guarda solo en este navegador.
Crea tu cuenta gratis para usar la IA con tu clave Ya tengo cuentaEl Concejal del área de Función Pública, Seguridad Ciudadana, Medio Natural, Entornos Saludables y Mercados por resolución nº. 23844 de 24 de septiembre de 2026, ha resuelto lo siguiente:
Convocar por el sistema de LIBRE DESIGNACIÓN en comisión de servicios, el puesto de trabajo que se relaciona continuación, dado que el puesto de trabajo se encuentra vacante y dotado presupuestariamente, y que cuya cobertura provisional es urgente e inaplazable, de acuerdo con las determinaciones y entre el personal que reúna los requisitos que se indica:
Puesto de trabajo.
1.- JEFE/A DE DEPARTAMENTO ADSCRITO AL IME
CÓDIGO : F30170033
NÚMERO DE PUESTOS A CUBRIR: 1
SE/SUB/CLASE:
Escala de Administración Especial, Subescala Técnica Superior.
Grupo A, Subgrupo A1
REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES:
Ser personal funcionario de carrera de todas las administraciones públicas de las Islas Baleares de la escala de Administración Especial, Subescala Técnica Superior (TAE superior) especialidades:
Arquitectura
Ingeniería de caminos canales y puertos
Certificado de catalán: B2.
FUNCIONES:
Los departamentos tienen como funciones genéricas las que están determinadas por el objetivo que tiene el órgano superior en el que se integran y, en especial las siguientes:
Dirigir, organizar, programar, coordinar y controlar las gestiones y trámites propios de la competencia del Departamento.
Asesorar y apoyar a los órganos superiores y directivos de la concejalía.
Controlar, coordinar y supervisar al personal adscrito al Departamento, e impulsar, programar, organizar e implantar métodos de trabajo y planificación en el ámbito de su Departamento.
Dirigir, organizar y evaluar de forma continua los recursos del Departamento, procurando la consecución de su misión y objetivos de forma eficaz, en orden a los principios de legalidad, agilidad administrativa y transparencia.
Proponer medidas para la modernización, simplificación de trámites y mejora de la gestión y métodos de trabajo en la materia propia del Departamento.
Elaborar y emitir los informes que le encomienden los órganos superiores en la materia propia del Departamento.
Colaborar y coordinarse con el resto de los departamentos y servicios municipales en las materias y programas de carácter transversal.
Impulsar, implantar y realizar el seguimiento de proyectos de mejora y simplificación administrativa de los servicios de su competencia mediante las diferentes herramientas existentes.
Velar por la actualización de la información municipal de su competencia en las diferentes modalidades (presencial, telefónica, correo electrónico, páginas web y sede electrónica).
Responsabilizarse de la ejecución de los acuerdos adoptados que afecten al Departamento.
Responsabilizarse de las propuestas de acuerdo o resolución de su Departamento, y supervisar el resto de los actos administrativos que este Departamento emita.
Velar por el cumplimiento de la legislación vigente y de las normas previstas en los reglamentos.
Colaborar con los órganos de gobierno y directivos en la definición de líneas estratégicas, definición de objetivos y temporalización de los planes de actuación, así como impulsarlos y ejecutarlos, en la materia propia de su Departamento.
Supervisar la tramitación de los procedimientos de los recursos interpuestos contra los actos administrativos emitidos por su Departamento.
Aceptar la delegación de firma como fedatario público de los decretos y resoluciones -en materia de procedimientos reglados y siempre que no se hayan emitido informes contrarios durante la tramitación del expediente- dictados por los concejales de área, concejales de área delegada, ejecutivos de gobierno, presidentes y gerentes de Decretos batidos que le atribuye el resto de funciones de organismos autónomos, así como el resto de funciones de organismos autónomos, así como el resto de funciones . 3000, de 26 de febrero de 2014, BOIB nº 30 de 4 de marzo de 2014.
Responsabilizarse de las DMS y DMI de su departamento y de las incidencias del portal del personal.
Conocer y aplicar la normativa vigente que afecte a los asuntos del Departamento, así como a las herramientas informáticas para llevarla a cabo.
Cumplir y hacer cumplir al personal bajo su mando, directrices, normas, procedimientos y acciones preventivas establecidas en materia de Prevención de Riesgos Laborales y asumir las funciones que le sean encomendadas en materia de actuación en emergencias, colaborando con el Servicio de Prevención cuando le sea requerido.
Cualquier otra tarea que le sea encomendada por los órganos de gobierno de entre las que corresponden a la escala, subescala, clase, especialidad o categoría de adscripción del puesto de trabajo.
Además de las funciones genéricas de jefe/a de Departamento:
Asesorar y apoyar a los órganos superiores y directivos de la concejalía.
Elaborar y emitir los informes que le encomienden los órganos superiores en la materia propia el organismo autónomo.
Colaborar y coordinarse con el resto de los departamentos y servicios municipales en las materias y programas de carácter transversal.
Impulsar, implantar y realizar el seguimiento de proyectos de mejora y simplificación administrativa de los servicios de su competencia mediante las diferentes herramientas existentes.
Velar por el cumplimiento de la legislación vigente y de las normas previstas en los reglamentos.
Colaborar con los órganos de gobierno y directivos en la definición de líneas estratégicas, definición de objetivos y temporalización de los planes de actuación, así como impulsarlas y ejecutarlas, en la materia propia de su organismo autónomo.
Aceptar la delegación de firma como fedatario público de los decretos y resoluciones en materia de procedimientos reglados.
Conocer y aplicar la normativa vigente que afecte a los asuntos del organismo autónomo, así como a las herramientas informáticas para llevarla a cabo.
Cualquier otra tarea que le sea encomendada por los órganos de gobierno de entre las que corresponden a la escala, subescala, clase, especialidad o categoría de adscripción del puesto de trabajo.
Duración . La comisión de servicios tiene carácter temporal y finalizará por la incorporación de la persona titular del puesto de trabajo y en cualquiera de los siguientes supuestos:
a) Cuando el puesto de trabajo se abastezca en forma definitiva.
b) En el plazo máximo de un año. No obstante, y en caso de no haber tenido lugar la provisión definitiva en este plazo y si no consta informe del órgano competente en contrario, se podrá prorrogar por otro año.
c) Cuando cesen las razones de urgencia y necesidad inaplazable que la motivaron.
d) En caso de supresión o amortización del puesto de trabajo.
La limitación temporal prevista en el apartado b) no será de aplicación a las comisiones de servicios en puestos de trabajo reservados a personal en situación de servicios especiales o en cualquier otra situación administrativa que comporte la reserva del puesto de trabajo.
Las personas en situación de comisión de servicios tendrán derecho a la reserva de su puesto de trabajo de procedencia y percibirán las retribuciones correspondientes al puesto de trabajo efectivamente ocupado.
Publicidad . Esta convocatoria se publicará en el BOIB, la página web del Ayuntamiento, la intranet municipal y en el tablón de anuncios y edictos de la sede electrónica.
Solicitudes y plazo de presentación . Las personas interesadas pueden presentar sus solicitudes para tomar parte en esta convocatoria telemáticamente en el Registro General de la plataforma Sedipualba, catálogo de trámites relacionado con personal empleado, convocatorias comisión de servicios de carácter voluntario en el siguiente enlace
https://palma.sedipualba.es/carpetaciudadana/tramite.aspx?idtramite=14021 , sin perjuicio de hacerlo en cualquiera de las formas previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común. Asimismo, adjuntarán su currículum con la relación de sus méritos profesionales y académicos; la administración podrá en cualquier momento exigir o comprobar la acreditación de los méritos alegados
El plazo de presentación de solicitudes será de SIETE DÍAS HÁBILES, contados a partir del día siguiente de su publicación en el BOIB.
Resolución y publicación
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Departamento de Personal dictará resolución con indicación de las personas seleccionadas de acuerdo con el informe emitido por el órgano al que se encuentre adscrito el puesto de trabajo convocado, sin perjuicio de que pueda declararse desierta si ninguno de los aspirantes reúne la idoneidad adecuada para su empleo. Esta resolución se publicará asimismo en la intranet municipal, y en la página web citada, en su caso.
Notificada la resolución a la persona interesada, si ésta renuncia, se podrá proponer por el órgano competente un nuevo candidato de entre los aspirantes.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer por parte de las personas interesadas recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que las haya aprobado, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En caso de no interponer el recurso potestativo de reposición se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo, según el artículo antes mencionado y 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente.
Los abajo firmantes declaran conocer el contenido de los artículos 52, 53 y 54 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público y del artículo 61 del Reglamento Financiero (UE 2018/1046 de 18 julio 2018) y no tener conflictos de interés en este acto que integra el expediente.
Palma, en la fecha de firma electrónica (25 de septiembre de 2026)
La jefa de servicio de Planificación y Provisión p.d. Decreto de Alcaldía núm. 3000, de 26/02/2014 (BOIB núm. 30, de 04/03/2014) [nombre omitido]