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Ayuntamientos y diputaciones
Convocatoria
Burgos
Oficial C2
Ayuntamiento de Espinosa de los Monteros · Castilla y León
Plazas
1
según la publicación
Grupo
C2
según la publicación
Sistema
Oposición
Funcionario
¿Puedo presentarme?
- Titulación ESO / Graduado escolarDeducido del grupo C2: confírmalo en las bases.
- Quién puede presentarse Promoción interna: solo personal que ya trabaja en esa Administración.
- Plazo de solicitudes Aún no ha empezado. Plazo aún no abierto: empieza al publicarse en el BOE (20 naturales)
- Cómo presentarse La solicitud se presenta en la sede electrónica o el registro del organismo convocante; los pasos exactos vienen en la publicación oficial ↗.
- Tipo
- Convocatoria
- Título oficial
- RESOLUCIÓN de 25 de septiembre de 2026, de la Alcaldía del Ayuntamiento de Espinosa de los Monteros (Burgos), por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria del proceso selectivo para cubrir en régimen funcionarial, mediante el sistema de oposición por promoción interna, 1 plaza de Oficial C2, correspondiente a la oferta de empleo público para el año 2026. Expte.: 670/2026.
- Convoca
- Ayuntamiento de Espinosa de los Monteros
- Ámbito
- Ayuntamientos y diputaciones
- Municipio
- Espinosa de los Monteros
- Acceso
- Promoción interna
- Publicada
- 02/10/2026 en Boletín Oficial de Castilla y León
- Fuente
- Basado en datos de Boletín Oficial de Castilla y León ↗. Última comprobación: 11/10/2026.
13 temas según la publicación.
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ANEXO 3
TEMARIO
Tema 1. Personal al servicio de las entidades locales. Derechos y deberes. Organización, coordinación y dirección de equipos de trabajo. Instrucciones, distribución y control de tareas.
Tema 2. Prevención de riesgos laborales en trabajos de mantenimiento y servicios municipales. Principios de la acción preventiva. Riesgos asociados a herramientas, equipos, maquinaria, instalaciones y trabajos en espacios públicos. Equipos de protección y medidas de seguridad.
Tema 3. Organización, planificación y ejecución de trabajos. Interpretación de planos, croquis y órdenes de trabajo. Selección de materiales, herramientas, maquinaria y medios auxiliares. Control de la ejecución y comprobación de resultados. Partes de trabajo y comunicación de incidencias.
Tema 4. Materiales, herramientas, equipos y maquinaria empleados en obras, mantenimiento y servicios municipales. Características, selección y utilización según los trabajos a realizar. Conservación, mantenimiento y seguridad.
Tema 5. Conservación y mantenimiento de edificios e instalaciones municipales. Identificación de patologías y necesidades de intervención. Planificación y ejecución de actuaciones de conservación y reparación. Coordinación y control de trabajos realizados por empresas externas.
Tema 6. Albañilería y obra civil. Materiales y sistemas constructivos. Ejecución y conservación de fábricas, revestimientos, pavimentos y otros elementos constructivos. Interpretación de planos y resolución de incidencias.
Tema 7. Redes municipales de abastecimiento de agua. Elementos constitutivos: tuberías, válvulas, accesorios, arquetas y acometidas. Montaje, conservación e intervención en redes. Localización y resolución de averías. Pruebas y comprobaciones.
Tema 8. Redes municipales de saneamiento. Colectores, pozos de registro, arquetas, acometidas y elementos auxiliares. Inspección, conservación y limpieza. Localización y resolución de obstrucciones, filtraciones, roturas y otras incidencias.
Tema 9. Instalaciones de fontanería y sistemas de distribución de agua. Depósitos, grupos de presión, válvulas y elementos de regulación y control. Diagnóstico y reparación de averías. Mantenimiento preventivo y correctivo. Pruebas de funcionamiento y puesta en servicio.
Tema 10. Instalaciones eléctricas de baja tensión y alumbrado público. Elementos y funcionamiento. Cuadros, protecciones, circuitos y mecanismos. Inspección y localización de averías. Actuaciones de mantenimiento, reparación y comprobación.
Tema 11. Carpintería, cerrajería y metalistería. Materiales, sistemas y técnicas de ejecución. Montaje, adaptación, reparación y conservación de puertas, ventanas, cerraduras, estructuras y elementos metálicos. Resolución de incidencias.
Tema 12. Mantenimiento de parques, jardines, espacios públicos y mobiliario urbano. Organización y ejecución de trabajos de conservación. Materiales, equipos y maquinaria. Detección y resolución de incidencias.
Tema 13. Organización y gestión de almacenes municipales. Recepción, clasificación, almacenamiento y control de materiales y herramientas. Gestión de residuos y funcionamiento del punto limpio. Vehículos y maquinaria municipal. Montaje de estructuras temporales y actuación ante situaciones de emergencia.
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Mediante resolución de Alcaldía 2026-0256 de 25 de septiembre de 2026 se han aprobado las bases reguladoras y la convocatoria de las pruebas selectivas, por el sistema de oposición-promoción interna, de una plaza de OFICIAL C2 en régimen funcionarial del Ayuntamiento de Espinosa de los Monteros (OPE2026)
Contra estas bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Espinosa de los Monteros, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Burgos o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Si se optara por interponer el recurso potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Espinosa de los Monteros, 28 de septiembre de 2026.
El Alcalde,
Fdo.: [nombre omitido]
BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA LA COBERTURA POR PROMOCIÓN INTERNA DE UNA PLAZA DE OFICIAL C2 EN RÉGIMEN FUNCIONARIAL (1-SC-1.3.0-05)
Primera.– Objeto de la convocatoria.
Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad por el procedimiento de oposición, por promoción interna, de una plaza de OFICIAL funcionario, vacante en la plantilla e incluida en la Oferta de Empleo Público de 2026, correspondiéndose con el puesto 1-SC-1.3.0-05 de la Relación de Puestos de Trabajo en vigor
La plaza está encuadrada en la escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales–Personal de Oficios–dotada con el sueldo correspondiente al subgrupo C2 de los previstos en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en concordancia con su disposición transitoria tercera, y las retribuciones complementarias que correspondan según la relación de puestos de trabajo en vigor.
Las funciones a desempeñar estarán relacionadas con tareas de oficios varios, especialmente aquellas que se establezcan en los instrumentos de organización de personal aprobados por este ayuntamiento, y que correspondan a la escala y subescala en que se integra dicha plaza.
Las presentes bases serán objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de anuncios de este ayuntamiento y en su sitio web.
Segunda.– Normativa de aplicación.
El proceso selectivo se sujetará, en todo lo no expresamente previsto en las presentes bases, a lo regulado en las siguientes normas jurídicas:
– Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL)
– Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local (TRRL)
– Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP)
– Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.
– Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado.
– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP)
– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP)
Tercera.– Requisitos que deben reunir los aspirantes.
Las personas aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos específicos:
– Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones o estar en condiciones de su obtención a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes: título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Graduado Escolar, o equivalente.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite la homologación del título.
– Pertenecer como funcionarias de carrera a la Escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, agrupaciones profesionales del Ayuntamiento de Espinosa de los Monteros y desempeñar un puesto de OPERARIO y encontrarse en activo o en cualquiera de las situaciones administrativas que permitan participar en los procesos de promoción interna
– Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionarias de carrera en la Escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, agrupaciones profesionales del Ayuntamiento de Espinosa de los Monteros y desempeñar un puesto de OPERARIO
Cuarta.– Instancias y admisión de los aspirantes.
4.1.– Las instancias solicitando tomar parte en el presente proceso selectivo (Anexo 1), deberán estar debidamente cumplimentadas. Los aspirantes manifestarán que reúnen todas y cada una de las condiciones y requisitos exigidos en la base tercera, referidas al día en que concluya el plazo de presentación de instancias, y se dirigirán a la Alcaldía de este ayuntamiento, debiendo presentarse por medios telemáticos a través de la sede electrónica del ayuntamiento (artículo 14.2 LPACAP), dentro del plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
4.2.– Junto con la solicitud se presentará justificante de haber abonado la correspondiente tasa por derechos de examen ascendente a la cantidad de 10,00 € (Anexo 2)
4.3.– Terminado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía, dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, tablón municipal y en la sede electrónica y página web del Ayuntamiento de Espinosa de los Monteros, con indicación de las causas de exclusión, así como el plazo de subsanación de defectos y presentación de reclamaciones que se concede a los aspirantes excluidos, en los términos del artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas –LPACAP–.
Si se formularan reclamaciones, serán resueltas en el mismo acto administrativo que apruebe la lista definitiva, que se hará pública, asimismo, en la forma indicada para la lista provisional. En la misma resolución se indicará la fecha, lugar y hora de comienzo del ejercicio único que, en todo caso, se realizará transcurrido un mínimo de quince días naturales desde la publicación.
De no presentarse reclamaciones la lista provisional se entenderá elevada automáticamente a definitiva, haciéndose constar tal circunstancia en el anuncio indicado en el párrafo anterior.
4.4. – Contra la resolución aprobatoria de la lista definitiva, podrán los interesados interponer el recurso potestativo de reposición previsto en los artículos 123 y 124 LPACAP, o alternativamente recurso contencioso-administrativo, en los términos de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
4.5. – Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
Quinta.– De los demás trámites previos a la celebración de las pruebas y del órgano de selección.
5.1. – La composición del órgano técnico de selección se ajustará a lo establecido en el artículo 60 TREBEP. Se constituirá atendiendo a los principios de imparcialidad, profesionalidad y especialidad, en función de la disponibilidad de recursos y tendrá la consideración de órgano colegiado y, como tal, estará sujeto a las normas contenidas en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público –LRJSP–.
5.2. – A efectos de lo dispuesto en el artículo 30 y en el anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre Indemnizaciones por Razón del Servicio, el órgano de selección que actúe en esta prueba selectiva, tendrá la categoría tercera.
5.3. – En la misma resolución en la que se apruebe definitivamente la lista de aspirantes admitidos y excluidos, se fijará la composición del órgano de selección.
5.4. – El órgano de selección podrá nombrar colaboradores, especialistas y ayudantes, que estarán siempre bajo su dirección y control directos, para aquellas pruebas que lo requieran, limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas en base a las cuales colaborarán con el órgano de selección con voz, pero sin voto. Los asesores y especialistas estarán sometidos a las mismas causas de abstención y recusación que los miembros del órgano de selección.
5.5. – El órgano de selección estará compuesto por la Presidencia, la Secretaría y tres Vocalías, actuando todos ellos con voz y voto. Todos sus miembros deberán estar en posesión de una titulación igual o superior a la exigida a los aspirantes, procurándose su especialización en función del contenido del programa.
5.6. – El tribunal no podrá constituirse sin la asistencia, como mínimo, de la mitad de sus miembros titulares o suplentes indistintamente.
Sexta.– Del proceso selectivo.
6.1. – Los aspirantes, que serán convocados en llamamiento único, quedarán decaídos en su derecho cuando se personen en el lugar de celebración una vez iniciada la prueba o por la inasistencia a la misma, aún cuando se deba a causas justificadas.
6.2. – El tribunal podrá requerir a los aspirantes en cualquier momento para que acrediten su personalidad, a cuyo fin deberán acudir provistos del DNI o, en defecto de este, de otro documento oficial que acredite su identidad.
Séptima.– Fase de oposición (hasta 10 puntos). La fase de oposición estará compuesta de un único ejercicio práctico, relacionado con las funciones y tareas propias del puesto de Oficial convocado.
Ejercicio único. – Ejercicio único. – Consistirá en resolver en resolver un único supuesto práctico a elegir por los aspirantes, entre dos propuestos por el Tribunal, sobre las materias establecidas en el temario (Anexo 3). El tiempo para la realización de este ejercicio será de 60 minutos.
El ejercicio se valorará del 1 al 10, siendo necesario para aprobar, un mínimo de 5.
Octava.– Calificación definitiva y relación de aprobados.
La calificación provisional se publicará en el tablón de anuncios del ayuntamiento, facilitando un plazo para posibles revisiones y/o alegaciones. Resueltas las posibles alegaciones y subsanaciones, el tribunal dictará propuesta de nombramiento, fijando la relación definitiva de aspirantes aprobados por su orden de puntuación
La relación final de aprobados se publicará en el tablón de anuncios del ayuntamiento. Dicha relación será elevada a la Alcaldía, para la resolución correspondiente
Novena.– Presentación de documentos y nombramiento.
9.1. – En el plazo de veinte días hábiles a contar de la publicación de la relación de aprobados en los tablones de anuncios de este ayuntamiento, el/la aspirante que figure en la misma, deberá presentar los siguientes documentos:
a) Copia auténtica del DNI.
b) Copia auténtica de la titulación exigida en la base tercera.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna administración pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
d) Informe médico, de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el ejercicio de las correspondientes funciones.
9.2. – No obstante, estará exento de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento que consten en su expediente personal.
9.3. – Si dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor, no presentase la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base tercera, no podrá ser nombrado/a funcionario/a de carrera para ocupar la plaza objeto de la presente convocatoria, dando lugar a la invalidez de sus actuaciones y a la subsiguiente nulidad de los actos del tribunal con respecto a este/a, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su solicitud.
9.4. – Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la Alcaldía procederá al nombramiento, como funcionario/a de carrera, abriéndose un plazo de un mes para proceder a la correspondiente toma de posesión.
Décima.– Incidencias.
El órgano de selección queda facultado para resolver las dudas que surjan durante el proceso selectivo y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden de la oposición en todo lo no previsto en estas bases.
Decimoprimera.– Vinculación de las bases.
Las presentes bases vinculan al ayuntamiento, al órgano técnico de selección y a quienes participen en las pruebas selectivas. Tanto las bases, como cuantos actos administrativos deriven de la convocatoria y de la actuación del órgano técnico de selección, podrán ser impugnados por los interesados en los casos, plazos y forma establecida en la LPACAP.
Contra estas bases, que ponen fin a la vía administrativa, podrá interponerse alternativamente, o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el alcalde de este ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 LPACAP, o recurso contenciosoadministrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Burgos en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 LJCA. Asimismo, podrá ejercitar cualquier otro recurso que considere pertinente.
En Espinosa de los Monteros, a 25 de septiembre de 2026.
Lo firma el Sr. Alcalde D. [nombre omitido].
ANEXO 1
SOLICITUD DE LA PERSONA INTERESADA
ANEXO 2
JUSTIFICACIÓN DE INGRESOS DE LA TASA POR DERECHOS DE PARTICIPACIÓN EN LA PRUEBA SELECTIVA
ANEXO 3
TEMARIO
Tema 1. Personal al servicio de las entidades locales. Derechos y deberes. Organización, coordinación y dirección de equipos de trabajo. Instrucciones, distribución y control de tareas.
Tema 2. Prevención de riesgos laborales en trabajos de mantenimiento y servicios municipales. Principios de la acción preventiva. Riesgos asociados a herramientas, equipos, maquinaria, instalaciones y trabajos en espacios públicos. Equipos de protección y medidas de seguridad.
Tema 3. Organización, planificación y ejecución de trabajos. Interpretación de planos, croquis y órdenes de trabajo. Selección de materiales, herramientas, maquinaria y medios auxiliares. Control de la ejecución y comprobación de resultados. Partes de trabajo y comunicación de incidencias.
Tema 4. Materiales, herramientas, equipos y maquinaria empleados en obras, mantenimiento y servicios municipales. Características, selección y utilización según los trabajos a realizar. Conservación, mantenimiento y seguridad.
Tema 5. Conservación y mantenimiento de edificios e instalaciones municipales. Identificación de patologías y necesidades de intervención. Planificación y ejecución de actuaciones de conservación y reparación. Coordinación y control de trabajos realizados por empresas externas.
Tema 6. Albañilería y obra civil. Materiales y sistemas constructivos. Ejecución y conservación de fábricas, revestimientos, pavimentos y otros elementos constructivos. Interpretación de planos y resolución de incidencias.
Tema 7. Redes municipales de abastecimiento de agua. Elementos constitutivos: tuberías, válvulas, accesorios, arquetas y acometidas. Montaje, conservación e intervención en redes. Localización y resolución de averías. Pruebas y comprobaciones.
Tema 8. Redes municipales de saneamiento. Colectores, pozos de registro, arquetas, acometidas y elementos auxiliares. Inspección, conservación y limpieza. Localización y resolución de obstrucciones, filtraciones, roturas y otras incidencias.
Tema 9. Instalaciones de fontanería y sistemas de distribución de agua. Depósitos, grupos de presión, válvulas y elementos de regulación y control. Diagnóstico y reparación de averías. Mantenimiento preventivo y correctivo. Pruebas de funcionamiento y puesta en servicio.
Tema 10. Instalaciones eléctricas de baja tensión y alumbrado público. Elementos y funcionamiento. Cuadros, protecciones, circuitos y mecanismos. Inspección y localización de averías. Actuaciones de mantenimiento, reparación y comprobación.
Tema 11. Carpintería, cerrajería y metalistería. Materiales, sistemas y técnicas de ejecución. Montaje, adaptación, reparación y conservación de puertas, ventanas, cerraduras, estructuras y elementos metálicos. Resolución de incidencias.
Tema 12. Mantenimiento de parques, jardines, espacios públicos y mobiliario urbano. Organización y ejecución de trabajos de conservación. Materiales, equipos y maquinaria. Detección y resolución de incidencias.
Tema 13. Organización y gestión de almacenes municipales. Recepción, clasificación, almacenamiento y control de materiales y herramientas. Gestión de residuos y funcionamiento del punto limpio. Vehículos y maquinaria municipal. Montaje de estructuras temporales y actuación ante situaciones de emergencia.
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