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Ayuntamientos y diputaciones
Convocatoria
Illes Balears
Bases que regirán la convocatoria para la obtención del permiso municipal de autotaxi de Ariany
Ayuntamiento de Ariany
Plazas
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Grupo
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Sistema
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Personal no indicado
Estado del proceso
- Convocada: hecho
- Solicitudes: fase actual
- Listas
- Examen
- Aprobados
- Nombramientos
Fase 2 de 6 · Solicitudes
- Convocada
- Plazo de solicitudes
- Siguiente: listas de admitidos
Última novedad: convocatoria (06/10/2026). Fechas orientativas: confírmalas en el boletín.
¿Puedo presentarme?
- Titulación No la hemos podido leer: está en las bases de la convocatoria.
- Quién puede presentarse No se indica el tipo de acceso: revisa las bases.
- Plazo de solicitudes Quedan 10 días (hasta el 21/10/2026).
- Cómo presentarse La solicitud se presenta en la sede electrónica o el registro del organismo convocante; los pasos exactos vienen en la publicación oficial ↗.
- Tipo
- Convocatoria
- Título oficial
- Bases que regirán la convocatoria para la obtención del permiso municipal de autotaxi de Ariany
- Convoca
- Ayuntamiento de Ariany
- Ámbito
- Ayuntamientos y diputaciones
- Municipio
- Ariany
- Publicada
- 06/10/2026 en Butlletí Oficial de les Illes Balears
- Fuente
- Basado en datos de Butlletí Oficial de les Illes Balears ↗. Última comprobación: 11/10/2026.
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Crea tu cuenta gratis para usar la IA con tu clave Ya tengo cuentaPRIMERA. OBJETO DE LAS CONVOCATORIAS
Es objeto de las presentes bases la definición de los requisitos y condiciones que han de regir la realización de las pruebas de aptitud para obtener el permiso municipal de autotaxi del Ayuntamiento de Ariany.
SEGUNDA. FORMA DE SELECCIÓN
El procedimiento para obtener este permiso municipal consistirá en la superación de una prueba de aptitud.
TERCERA. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Reglamento Municipal regulador del servicio público de transporte de viajeros en automóviles ligeros de alquiler con conductor (BOIB núm. 161, de 6 de diciembre de 2025), de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 763/1979, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de los servicios urbanos e interurbanos de transportes en automóviles ligeros, y el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores, con su nueva redacción dada por el Real Decreto 1055/2015, de 20 de noviembre, la Ley 4/2014, de 20 de junio, de transportes terrestres y movilidad sostenible de las Illes Balears y los artículos 26 y siguientes del Decreto 6/2026, para obtener el permiso municipal de conductor o conductora, la persona interesada deberá reunir los siguientes requisitos:
a) Tener permiso de conductor o conductora de automóviles suficiente, expedido con al menos dos años de antigüedad.
c) Certificado médico acreditativo de no tener ningún impedimento físico o psíquico que imposibilite o dificulte el normal ejercicio de la profesión de la persona conductora o ponga en peligro la salud de las personas usuarias, ni ser persona consumidora habitual de estupefacientes o de bebidas alcohólicas.
d) No ejercer simultáneamente otros trabajos que afecten a su capacidad física para la conducción o que repercutan negativamente sobre la seguridad vial.
d) Conocer las principales vías públicas y lugares de interés turístico, ubicación de locales públicos de ocio, oficinas municipales, hoteles principales e itinerarios más directos para llegar al lugar de destino.
e) Conocer la normativa de circulación vigente, la normativa de la Corporación y autonómica relativa al servicio y las tarifas aplicables.
f) Tener conocimientos de catalán y castellano que permitan la comprensión de las indicaciones de las personas usuarias y el manejo de dispositivos digitales con mapa de navegación. (Catalán B1).
De acuerdo con lo establecido en el artículo 44 del Reglamento Municipal, los conductores/conductoras deben conocer las lenguas catalana y castellana a un nivel suficiente para atender las indicaciones necesarias para el cumplimiento del servicio.
CUARTA. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS
Las solicitudes para tomar parte en las pruebas, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases, deberán realizarse según el modelo del anexo I de estas bases y deberán presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento, o bien en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, a partir del día siguiente a la publicación del anuncio de estas bases y convocatorias en el BOIB y en un plazo que finaliza a los 15 días naturales a contar desde el día siguiente de la publicación de estas bases en el BOIB. En caso de que el último día sea inhábil, el plazo se entenderá ampliado hasta el día hábil siguiente.
No presentarse o no superar la prueba implicará tener que formular una nueva solicitud de participación.
Las bases íntegras y las resoluciones en las que se fije la fecha de la prueba se publicarán en el tablón de anuncios de la sede electrónica de este Ayuntamiento y en la página web (https://ajariany.net/cat).
La solicitud deberá ir acompañada de:
Fotocopia del documento de identidad o, en su caso, pasaporte.
Permiso de conductor o conductora de automóviles.
Certificado, título o diploma acreditativo de conocimientos básicos de lengua catalana y, además, en el caso de personas extranjeras de países de habla no castellana, certificado, título o diploma acreditativo de conocimientos básicos de lengua castellana. En caso de no disponer de él, deberá manifestarse expresamente en la solicitud y se realizará la prueba correspondiente al conocimiento de la lengua el mismo día señalado para la realización de la prueba del permiso municipal. Será necesario el certificado académico de haber cursado la lengua catalana durante los estudios de la ESO o equivalentes.
En caso de personas jurídicas, la documentación que se deberá presentar se referirá, en el caso de sociedades mercantiles, a la persona física que ostente la administración de la entidad; y en los supuestos en que la persona jurídica esté constituida por una sociedad anónima laboral o cooperativa de trabajo asociado, se exigirá a las personas físicas integrantes de las mismas.
QUINTA. ADMISIÓN DE LOS ASPIRANTES
Finalizado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará una resolución que declarará aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En la misma resolución, que se publicará en la web del Ayuntamiento y en el tablón de anuncios de la sede electrónica, se señalará un plazo de 3 días hábiles para la subsanación o presentación de reclamaciones, así como la constitución del Tribunal Calificador y el lugar y hora para la prueba de aptitud en primera y segunda convocatoria.
En caso de que no se presenten subsanaciones o reclamaciones contra la lista provisional, esta se entenderá definitiva a partir del día siguiente a la finalización del plazo de reclamaciones, y no será necesaria nueva resolución ni publicación.
SEXTA. TRIBUNAL CALIFICADOR
El Tribunal Calificador estará constituido por:
TITULARES:
Presidente: [nombre omitido]
Vocal: [nombre omitido]
Secretario: [nombre omitido]
SUPLENTES:
Presidente: [nombre omitido]
Vocal: [nombre omitido]
Secretario: [nombre omitido]
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal se ajustará a lo previsto en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El Tribunal Calificador no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de la mitad de sus miembros, ya sean titulares o suplentes, y las decisiones se adoptarán por mayoría. Siempre será necesario que un miembro del Tribunal actúe de Presidente y otro de Secretario. El Tribunal podrá contar con la asistencia de asesores, con voz pero sin voto.
El Tribunal Calificador queda facultado para resolver las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación o aplicación de las bases, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos.
SÉPTIMA. SISTEMA DE SELECCIÓN Y DESARROLLO DEL PROCESO
En su caso, se realizará una prueba de aptitud evaluando el nivel de conocimiento de la lengua catalana y/o castellana.
Se realizará una prueba de aptitud que versará sobre el conocimiento por parte de los aspirantes del término municipal, de las principales vías públicas y lugares de interés turístico, ubicación de locales públicos de ocio, oficinas municipales, hoteles principales e itinerarios más directos para llegar al lugar de destino, así como el conocimiento de la normativa de la Corporación relativa a la prestación del servicio de autotaxi y sus modificaciones efectuadas. Estas pueden consultarse en: https://ajariany.sedelectronica.es/info.0
La prueba de aptitud consistirá en un examen de 50 preguntas tipo test. Cada pregunta tendrá 4 respuestas posibles y solo una de ellas será correcta. En caso de que haya dos respuestas correctas, se dará por válida la respuesta más correcta. Las preguntas correctamente contestadas valdrán 0,20 puntos y las mal contestadas restarán 0,05 puntos.
Para contestar el examen habrá una hora y media.
No se permitirá la consulta de ningún tipo de documentación ni conexiones electrónicas durante el examen.
Para aprobar será suficiente obtener un 5.
OCTAVA. RELACIÓN DE APROBADOS, PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y NOMBRAMIENTO
El Tribunal Calificador elevará una relación provisional de los aprobados por orden de puntuación al Presidente de la Corporación, que procederá a su publicación en la página web y en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento. A partir del día siguiente, y durante un plazo de tres días hábiles, los aspirantes podrán presentar subsanaciones o reclamaciones contra la misma. Una vez resueltas, se elaborará la relación definitiva y se procederá a su publicación en la página web y en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento. En caso de que no se presenten subsanaciones o reclamaciones contra la lista provisional, esta se entenderá definitiva a partir del día siguiente a la finalización del plazo de reclamaciones.
Los aspirantes propuestos aportarán ante el Ayuntamiento, dentro del plazo de cinco días naturales desde la publicación de la relación definitiva:
a) Declaración responsable de no ejercer simultáneamente otros trabajos que afecten a su capacidad física para la conducción o que repercutan negativamente sobre la seguridad vial.
b) Certificado médico acreditativo de no tener ningún impedimento físico o psíquico que imposibilite o dificulte el normal ejercicio de la profesión de la persona conductora o ponga en peligro la salud de las personas usuarias, ni ser persona consumidora habitual de estupefacientes o de bebidas alcohólicas.
Los aspirantes que dentro del plazo indicado, salvo en los casos de fuerza mayor, no presenten la documentación o de la misma se dedujera que carecen de algún requisito exigido, no obtendrán la expedición del permiso municipal.
NOVENA. INCIDENCIAS
Las presentes bases y convocatorias podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
DÉCIMA. RECURSOS
Contra la resolución de aprobación de las convocatorias y sus bases, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma, a partir del día siguiente al de la publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Alternativamente, y de forma potestativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que lo haya dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o reclamación que resulte pertinente.
Ariany, 1 de octubre de 2026
El alcalde Joan Ribot Mayol
ANEXO I (MODELO DE INSTANCIA)
PRUEBAS DE APTITUD PARA LA OBTENCIÓN DEL PERMISO MUNICIPAL DE AUTOTAXI
Nombre: __________________________________________________________________________
Primer apellido: _____________________________________________________________________
Segundo apellido: ___________________________________________________________________
DNI núm. __________________________________________________________________________
Domicilio a efectos de notificaciones en __________________________________________________
Municipio de ________________________________________________________________________,
Teléfono ____________________________________________________________________________,
Dirección de correo electrónico a efectos de notificaciones electrónicas: _____________________________________________________
EXPONE
PRIMERO. Que ha tenido conocimiento de la convocatoria y de las bases que han de regir la realización de las pruebas de aptitud para obtener el permiso municipal de autotaxi del Ayuntamiento de Ariany.
SEGUNDO. Que considera cumplir todas las condiciones exigidas en las bases referidas a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias.
TERCERO. Que declara conocer y aceptar las bases generales de la convocatoria.
CUARTO. Que adjunta la siguiente documentación (las fotocopias deberán estar compulsadas):
Fotocopia del documento de identidad o, en su caso, pasaporte.
Permiso de conductor o conductora de automóviles.
En su caso:
Certificado, título o diploma acreditativo de conocimientos básicos de lengua catalana y, en su caso, de la lengua castellana.
Manifestación de no disponer de estos y requerir prueba de aptitud de la lengua catalana y, en su caso, de la lengua castellana.
SOLICITA
Que se admita esta solicitud para la convocatoria del mes de _____________________.
_________________, a _____ de ____________ de 2026
Firmado,