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Comunidad autónoma
Libre designación
Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.- Resolución de 25 de septiembre de 2026, por la que se convocan, por el sistema de libre designación, diversos puestos de trabajo del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, en la Secretearía de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.
Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad · Canarias
- Tipo
- Libre designación
- Título oficial
- Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.- Resolución de 25 de septiembre de 2026, por la que se convocan, por el sistema de libre designación, diversos puestos de trabajo del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, en la Secretearía de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.
- Convoca
- Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad
- Ámbito
- Comunidad autónoma
- Publicada
- 06/10/2026 en Boletín Oficial de Canarias
- Fuente
- Basado en datos de Boletín Oficial de Canarias ↗. Última comprobación: 11/10/2026.
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Crea tu cuenta gratis para usar la IA con tu clave Ya tengo cuentaLa disposición transitoria cuarta de la Ley 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, establece que las Comunidades Autónomas con competencias asumidas aprobarán las relaciones de puestos de trabajo y procederán al acoplamiento de los funcionarios con destino definitivo en el ámbito territorial correspondiente.
De conformidad con los artículos 520.1 y 521 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, la Secretaría de Gobierno constituye un centro de destino propio y la ordenación del personal funcionario destinado en ella debe realizarse mediante la correspondiente relación de puestos de trabajo, con el contenido previsto legalmente.
En dicha relación de puestos de trabajo de la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, se recogen diversos puestos singularizados cuya forma de provisión es el sistema de libre designación, en los términos recogidos en los artículos 56 y siguientes del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia.
En su virtud, esta Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 103 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, aprobado por el Decreto 108/2024, de 31 de julio,
RESUELVE:
Convocar para la provisión, por el procedimiento de libre designación, los puestos de trabajo incluidos en el Anexo I de la convocatoria.
BASES
Primera.- La presente convocatoria tiene por objeto la provisión, por el sistema de libre designación, de la relación de puestos incluidos en el Anexo I a esta convocatoria.
Segunda.- Requisitos y condiciones de participación.
1. Los puestos de trabajo que se convocan solo podrán ser solicitados por personal funcionario perteneciente al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa que se encuentre en situación de servicio activo, o en cualquier otra situación administrativa que comporte reserva de puesto de trabajo, en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de conformidad con el artículo 43 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.
2. No podrán participar en esta convocatoria:
a) Quienes se encuentren en situación de excedencia voluntaria sin reserva de plaza.
b) Los suspensos en firme, mientras dure la suspensión.
c) Los sancionados con traslado forzoso, para destino en la misma localidad en la que se les impuso la sanción, mientras no hayan transcurrido uno o tres años, si se trata de falta grave o muy grave, respectivamente.
d) Los condenados por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos.
Tercera.- Las solicitudes para participar en el procedimiento de provisión, ajustadas al modelo que se inserta como Anexo II, habrán de presentarse dentro del plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación simultánea de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.
Las solicitudes para participar en el procedimiento de provisión se dirigirán a la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia y deberán presentarse a través del Registro General Electrónico de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/rge.
Cuarta.- Además de los datos previstos en el indicado modelo, las personas aspirantes harán constar en la solicitud su curriculum vitae en el que figuren, debidamente acreditados, el Cuerpo al que pertenecen, el Grupo en que el mismo se halle clasificado, titulación académica, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados y cuantos otros méritos estimen oportuno poner de manifiesto en relación con las funciones atribuidas al puesto solicitado, acompañando documentación fehaciente acreditativa de las circunstancias y méritos.
Quinta.- La Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, examinará todas las solicitudes presentadas, y una vez recabado el informe previsto en el artículo 59 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, evacuará informe relativo al cumplimiento por las personas interesadas de los requisitos exigidos para el desempeño del puesto.
Sexta.- Resolución, adjudicación de destino y cese.
1. La presente convocatoria se resolverá por Resolución de la Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, que se publicará en el Boletín Oficial de Canarias.
El personal funcionario que participe en este proceso, si es adjudicatario de la plaza de libre designación, automáticamente quedará excluido de la participación en el posterior proceso de confirmación.
2. El personal nombrado podrá ser cesado con carácter discrecional por la misma autoridad que lo nombró, mediante resolución en la que la motivación se referirá exclusivamente a la competencia para adoptarla. También podrá renunciar a dicho puesto de trabajo, mediante solicitud razonada en la que hará constar los motivos profesionales o personales para esta renuncia y siempre que haya desempeñado el citado puesto al menos durante un año.
3. Los funcionarios cesados en un puesto de libre designación o que hayan renunciado a él, serán adscritos provisionalmente, en tanto no obtengan otro puesto con carácter definitivo, a uno correspondiente a su cuerpo, dentro del mismo municipio y con efectos del día siguiente al de la resolución del cese o aceptación de la renuncia.
4. Los funcionarios cesados o que hayan renunciado a un puesto de libre designación gozarán de derecho preferente para ocupar, la primera vez que se anuncien a concurso, puestos de trabajo genéricos en la misma localidad donde servían cuando se produjo su cese, debiendo solicitar todos los puestos de trabajo que se convoquen en aquella. De no participar en dicho concurso, o no obtener ninguno de los solicitados, se les adjudicará con carácter definitivo cualquiera de los puestos no adjudicados.
Séptima.- Se declarará, por la Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia, desierta la convocatoria cuando no concurra ninguna persona funcionaria o cuando quienes concurran no reúnan los requisitos establecidos en la misma.
Octava.- Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, en el plazo de un mes, según lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, según lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 25 de septiembre de 2026.- La Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia, [nombre omitido].
ANEXO I
PUESTOS DE TRABAJO QUE SE OFERTAN
Ver anexo en la página 36123 del documento
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ANEXO II
Ver anexo en la página 36124 del documento
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