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Estado
Libre designación
Resolución de 17 de junio de 2026, de la Subsecretaría, por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación, en la Carrera Diplomática.
Subsecretaría
- Tipo
- Libre designación
- Título oficial
- Resolución de 17 de junio de 2026, de la Subsecretaría, por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación, en la Carrera Diplomática.
- Convoca
- Subsecretaría
- Ámbito
- Estado
- Publicada
- 24/06/2026 en Boletín Oficial del Estado
- Fuente
- Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado ↗. Última comprobación: 11/10/2026.
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Crea tu cuenta gratis para usar la IA con tu clave Ya tengo cuentaDe conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del Real Decreto 674/1993, de 7 de mayo, sobre provisión de puestos de trabajo en el extranjero y ascensos de los funcionarios de la Carrera Diplomática, modificado parcialmente por el Real Decreto 805/2000, de 19 de mayo,
Este Ministerio convoca la primera convocatoria especial 2026 de provisión de puestos de trabajo en el extranjero para el personal funcionario de la Carrera Diplomática, puestos que se relacionan en el anexo I de la presente resolución.
Esta convocatoria se realiza de conformidad con las siguientes
Bases
Primera.
Los puestos incluidos en el anexo I de la presente convocatoria podrán ser solicitados exclusivamente por personal funcionario perteneciente a la Carrera Diplomática.
Segunda.
Los puestos incluidos en el anexo I de la presente convocatoria se proveerán por el procedimiento de libre designación, previa propuesta no vinculante de la Junta de la Carrera Diplomática, si bien no será preceptiva dicha propuesta de la Junta de la Carrera Diplomática para la provisión de los puestos que se indiquen expresamente.
Tercera.
Podrá participar en esta convocatoria especial el personal funcionario de la Carrera Diplomática que cumpla los requisitos establecidos para ello en el artículo 15 del Real Decreto 674/1993, de 7 de mayo, sobre provisión de puestos de trabajo en el extranjero y ascensos de los funcionarios de la Carrera Diplomática.
Cuarta.
El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», con arreglo a lo dispuesto en el artículo 53 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. Las solicitudes deberán dirigirse mediante el anexo II de la presente resolución, a la Dirección General del Servicio Exterior del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, Subdirección General de Personal.
Quinta.
Por analogía con lo dispuesto en el artículo 11 del Real Decreto 674/1993, en su solicitud, los participantes indicarán, por orden de preferencia, los puestos de trabajo entre los incluidos en la convocatoria a los que deseen ser destinados.
Sexta.
Los puestos convocados quedarán circunscritos a las categorías de la Carrera Diplomática que se establezcan en la convocatoria. Únicamente podrán adjudicarse puestos a miembros de categorías inferiores a las previamente establecidas, cuando ninguno de los integrantes de aquellas que participe en la convocatoria haya solicitado dichos puestos, o cuando aun solicitándolos, se le adjudique cualquier otro de los puestos que figuren en su solicitud.
Séptima.
La incorporación a los puestos asignados se producirá de manera inmediata a la resolución de la convocatoria, salvo que se indique expresamente lo contrario.
Octava.
A la provisión de puestos de trabajo en el exterior para el personal funcionario de la Carrera Diplomática le serán aplicables las demás normas y condiciones generales para la provisión de puestos de trabajo en el extranjero contenidas en el capítulo II del Real Decreto 674/1993.
Novena.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su comunidad autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del recurrente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1 Segunda de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.
Madrid, 17 de junio de 2026.–El Subsecretario de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, [nombre omitido].
ANEXO I
N.º Orden
Clasific. País
Centro directivo
Puesto de trabajo
Código
Localidad
CD
Comp. Específico
–
Euros
Grupo
Cuerpo
Puesto de categoría diplomática
1
A
CONSULADO GENERAL DE ESPAÑA EN ITALIA.
Cónsul General (1).
3782210.
ROMA.
30
24.549,84
A1
0001
Embajadores/as y Ministros/as.
2
A
CONSULADO GENERAL DE ESPAÑA EN FRANCIA.
Cónsul General.
3529641.
MARSELLA.
28
24.549,84
A1
0001
Embajadores/as y Ministros/as.
3
A
CONSULADO GENERAL DE ESPAÑA EN ALEMANIA.
Cónsul General (2).
2674570.
MUNICH.
30
24.549,84
A1
0001
Embajadores/as, Ministros/as y Consejeros/as.
4
A
CONSULADO GENERAL DE ESPAÑA EN FRANCIA.
Cónsul General (3).
1433825.
PERPIÑAN.
28
24.549,84
A1
0001
Embajadores/as, Ministros/as y Consejeros/as.
5
A
CONSULADO GENERAL DE ESPAÑA EN FRANCIA.
Cónsul General (4).
1211714.
TOULOUSE.
28
24.549,84
A1
0001
Embajadores/as, Ministros/as y Consejeros/as.
6
C
EMBAJADA DE ESPAÑA EN VENEZUELA.
Consejero/a Asuntos Culturales (5).
4598210.
CARACAS.
28
24.549,84
A1
0001
Embajadores/as, Ministros/as, Consejeros/as y Secretarios/as.
7
B
EMBAJADA DE ESPAÑA EN QATAR.
Segunda Jefatura (6).
4729466.
DOHA.
30
19.667,48
A1
0001
Consejeros/as y Secretarios/as.
8
B
EMBAJADA DE ESPAÑA EN MACEDONIA DEL NORTE.
Segunda Jefatura (7).
5017067.
SKOPJE.
28
19.667,48
A1
0001
Consejeros/as y Secretarios/as.
(1) Incorporación a partir del 7 de octubre de 2026.
(2) Incorporación a partir del 29 de septiembre de 2026.
(3) Incorporación a partir del 26 de septiembre de 2026.
(4) Incorporación a partir del 19 de octubre de 2026.
(5) Incorporación a partir del 22 de agosto de 2026.
(6) Incorporación a partir del 1 de septiembre de 2026.
(7) Incorporación a partir del 1 de agosto de 2026.
ANEXO II